CONTRATO DE PRENDA SIN DESAPODERAMIENTO
CONTRATO DE PRENDA SIN DESAPODERAMIENTO
ENTRE: De una parte LA ASOCIACION XXXXXX DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, RNC 000-00000-0, Registro Mercantil No.2007-00397 PD, con domicilio social y establecimiento principal en la calle Xxxxxxxx Esquina San Xxxxxxxxx de esta ciudad de San Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, entidad organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No.5897 del 14 xx xxxx del 1962, y sus modificaciones, debidamente representada por el XX. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, dominicano, mayor de edad, casado, con cédula de identidad y electoral Número 000-0000000-0, en su calidad de Director Gerente General de la Institución, domiciliado y residente en la ciudad de San Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, quien para los fines y consecuencias legales del presente contrato se denominará LA ACREEDORA PRENDARIA.
Y de la otra parte El (La) señor (a) _______________________________, dominicano, mayor de edad, ______________, _____________________, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número ________________, domiciliado y residente en la calle __________________________________________, República Dominicana, quien (es) en lo adelante se denominará (n) EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A).
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
PRIMERO: Por medio del presente contrato las partes convienen en formalizar un préstamo con GARANTIA PRENDARIA, acogiéndose a lo dispuesto por la LEY 6186 de fecha 12 febrero de 1963, para garantizar el préstamo otorgado por LA ASOCIACION XXXXXX DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA.
SEGUNDO: Por medio del presente contrato LA ACREEDORA PRENDARIA, otorga a favor de él (la) señor (a) ________________________________, en su condición de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), quien (es) así lo acepta (n), un préstamo por la suma de ______________________________ PESOS (RD$___________) moneda de curso legal, bajo las condiciones estipuladas en este mismo contrato, para la compra de _______________, única y exclusivamente, otorgando a dicha Institución LA GARANTIA DEL MUEBLE que se va a comprar por parte de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A).
PARRAFO I: El préstamo que LA ACREEDORA PRENDARIA otorga a EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), en su totalidad, es en dinero efectivo, y éste (a) así lo acepta, por lo que por el mismo acto, otorga a LA ACREEDORA PRENDARIA carta de descargo por la suma recibida y la exonera de cualquier responsabilidad al respecto.
TERCERO: Por medio del presente contrato las partes acuerdan de manera formal y expresa que el préstamo que se otorga producirá intereses sobre saldo insoluto a razón de un ___________________ por ciento (____%) anual, calculados en base a trescientos sesenta (360) días por año, los cuales deberán ser pagados mensual y consecutivamente en el domicilio de LA ACREEDORA PRENDARIA.
PARRAFO I: Esta tasa de interés sólo será válida por treinta (30) días, y modificadas tan pronto se produzca un alza o disminución en las mismas, producidas por la fuerza xxx xxxxxxx, una resolución de la Junta Monetaria, por una ley y/o cualquier otra disposición emanada por un organismo competente, este contrato quedará ajustado al nuevo aumento o disminución sobre el saldo insoluto xxx xxxxxxxx, lo que reconoce y acepta EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), y se compromete a pagarlo mensualmente.
PARRAFO II.- Comunicación de Variación en la Tasa de Interés.- LA ACREEDORA PRENDARIA comunicará cualquier variación en la tasa de interés por escrito con treinta (30) días de anticipación a su efectividad, por cualquier vía fehaciente, tales como carta, correo electrónico, menajes SMS, estados de cuentas, recibos de pago, o cualquier canal directo disponible, sin perjuicio de cualquier otro medio que adicionalmente LA ACREEDORA PRENDARIA disponga y sea previamente informado a EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), quien se compromete y obliga a pagar a LA ACREEDORA PRENDARIA los ajustes en la tasa de interés al vencimiento del indicado plazo, salvo que EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) salde el préstamo dentro del referido plazo.
PARRAFO III.- Variación en los montos de las cuotas consignadas en la Tabla de Amortización.- Es convenido que el monto de las cuotas antes indicadas y que se consignan además en la Tabla de Amortización que se anexa al presente contrato y del cual forma parte integral del mismo, pueden variar debido a los siguientes motivos: a) Por atrasos de parte de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) respecto al calendario de pagos definido, b) Por pagos incompletos; c) Por cambios en la fecha estipulada para efectuar el pago a solicitud de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A); d) Aumento o reducción en la tasa de interés, según lo previsto en el Artículo Segundo y su Párrafo, y e) Por abonos extraordinarios al capital, entre otras. Cualquier variación en las cuotas será pagadera al mes siguiente a la fecha en que dicha modificación le haya sido comunicada a EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) por escrito o por cualquier medio o canal directo.
PARRAFO IV: De Los Seguros: En relación al presente contrato, EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), previa presentación de las tres (03) opciones existentes, ha tomado la siguiente póliza de seguros que más adelante se consigna, con la aprobación de LA ACREEDORA PRENDARIA, mediante la firma de los documentos previstos a tal efecto, entregando LA ACREEDORA PRENDARIA en manos de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) un ejemplar de la póliza y los documentos relativos a su contratación. Póliza de seguro de vida No._____________, emitida por ____________________, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$_________________. La cual tiene como finalidad garantizar el saldo de las obligaciones asumidas por EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) en caso de que ocurra su muerte natural o su incapacidad total y permanente. La Preindicada póliza es delegada a favor de LA ACREEDORA PRENDARIA. EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), se compromete (n), a mantener la vigencia de la referida póliza u obtener otra equivalente hasta la terminación del presente contrato, y asumir cualquier alza o disminución que en su precio se opere con la aprobación de la autoridad competente. LA ACREEDORA PRENDARIA notificará a EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) con treinta (30) de antelación a su pago el alza o disminución experimentada por la prima.
EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), acepta (n) conocer que la póliza citada anteriormente será efectiva luego que sea aceptada por la Compañía aseguradora, lo que significa que aún cuando LA ACREEDORA PRENDARIA, haya recibido el pago de dicha prima, como simple intermediaria de la aseguradora, si esta rechaza o demora la aceptación por la compañía, o se produjere una muerte o cualquier otra eventualidad, LA ACREEDORA PRENDARIA, queda obligada única y exclusivamente a la devolución del importe recibido para el pago del seguro.
CUARTO: EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) se obliga a pagar a LA ACREEDORA PRENDARIA, los gastos legales del presente préstamo, entendiéndose por este concepto, la instrumentación de este contrato, por ante los abogados de LA ACREEDORA PRENDARIA, y los gastos conexos por concepto de registro del presente documento, todo según lo estipulado en el Extracto de Tarifario revisado y aceptado por EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), el cual forma parte integral de presente contrato. LA ACREEDORA PRENDARIA, a requerimiento de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) presentará los documentos que justifiquen la ejecución de las diligencias que originaron los costos establecidos en este artículo.
QUINTO: Acepta EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) que LA ACREEDORA PRENDARIA pueda debitar de la Cuenta de Ahorros No. _____________________, las cuotas del pago relacionadas con este contrato, así como también de cualquier otro producto existente a nombre de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) que se encuentre vigente; en tal virtud manifiestan su consentimiento en ese sentido otorga formal descargo a favor de LA ACREEDORA PRENDARIA, la cual informará por escrito a EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes, por cualquier medio o canal directo, el débito realizado con indicación de cómo fue aplicado el pago.
SEXTO: Todo pago se imputará primeramente a los gastos y honorarios legales en que incurra LA ACREEDORA PRENDARIA con motivo de este contrato, a los intereses vencidos y xxxx, amortizaciones vencidas, y luego al saldo de capital si lo hubiere. LA ACREEDORA PRENDARIA, se reserva, sin embargo, el derecho de aceptar el pago de cualquier monto con posterioridad a su vencimiento, pero quedará por pagar una penalidad sobre los pagos atrasados hasta la fecha en que se realicen los mismos, a razón del cuatro por ciento (4%) mensual.
SEPTIMO: EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) se obliga a pagar a LA ACREEDORA PRENDARIA, el préstamo entregado a la firma de este contrato, en el asiento social o cualquiera de sus sucursales de LA ACREEDORA PRENDARIA, sin retardo alguno y sin necesidad de ningún tipo de requerimiento hasta completar la amortización xxx xxxxxxxx concedido, mediante los pagos que efectuará en el término de __________ (_____) meses, mediante el pago de ____________________(___) cuotas, mensuales y consecutivas de __________________________ PESOS CON ______________ CENTAVOS (RD$__________), las cuales serán pagadas a los treinta (30) días después de la fecha de haber efectuado el desembolso y hasta completar la amortización de la deuda, el día ___________ (______) del Mes de _______________ Del Año Dos Mil __________ (____________), de acuerdo con los términos de este contrato.
Queda convenido que si con el pago de la última cuota, quedare alguna suma no satisfecha con dicha ultima cuota, será pagada conjuntamente con ésta por EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A). Cada pago de una cuota comprenderá el pago del interés que corresponda al mes, y una amortización de parte del saldo insoluto del capital prestado, y podrán ser pagadas de manera presencial por ventanilla en efectivo o cheque certificado, debito a cuenta o transferencia bancaria.
PARRAFO I: El (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) perderá (n) de pleno derecho el beneficio del término y las condiciones de pagos estipuladas para el reembolso xxx xxxxxxxx otorgado en virtud del presente contrato, al solo incumplimiento de dos (2) cuotas consecutivas y las obligaciones de pago de los intereses, o de cualquier otra suma que se adeude a LA ACREEDORA PRENDARIA en las fechas indicadas en este acto, haciéndose por consiguiente previa notificación a El (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) exigible la totalidad de los valores adeudados a la fecha y ejecutable la garantía que en virtud de este convenio se otorga a favor de LA ACREEDORA PRENDARIA, si no cumplen con las obligaciones consignadas en este contrato.
PARRAFO II: Sin perjuicio de lo consignado en el párrafo anterior de esta cláusula, y sin que ello signifique renuncia alguna de los derechos que le asisten, LA ACREEDORA PRENDARIA se reserva la facultad de aceptar el pago de cualquier cuota, con posterioridad a su fecha de vencimiento, sin que esto implique, novación o caducidad alguna del derecho de que LA ACREEDORA PRENDARIA pueda exigir el pago total de los valores adeudados, en este caso. EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), está (n) obligado (s) a pagar a LA ACREEDORA PRENDARIA, una suma igual al cuatro por ciento (4%) por cada mes o fracción de mes en retraso sobre el monto de la cuota o mensualidad atrasada.
OCTAVO: Por medio del presente contrato las partes acuerdan formal y expresamente, que para la garantía y seguridad xxx xxxxxxxx, acogiéndose a lo dispuesto en el artículo 200 de la ley 6186 de fecha 12 de febrero del 1963, EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) consiente (n) en otorgar en garantía prendaria a favor de LA ACREEDORA PRENDARIA el (los) siguiente (s) mueble (s), el (los) cual (es) avala (n) el presente contrato y tiene un valor de RD$ ______________________ ( ), y se describe (n) a continuación: _______________________________________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________
NOVENO: Por medio del presente contrato EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) se compromete (n) a no dar como garantía PRENDARIA, NI BAJO NINGUN TITULO, NI CEDER DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO la prenda en garantía descrita anteriormente, así como también a brindarle los servicios necesarios para mantener (los) (las) en perfecto(s) estado(s), para su condición y funcionamiento de cada uno.-
DECIMO: Por medio del presente contrato EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) se compromete (n) a pagar todos los gastos legales necesarios para cubrir los impuestos fiscales, legalizaciones notariales del contrato y su formalización, así como cualquier otros gastos en que se deba incurrir en caso de ejecución de la (s) prenda (s) otorgada (s) en garantía (s), según lo estipulado en el Extracto de Tarifario, el cual fue revisado y aceptado por EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A), el cual forma parte integral del presente contrato. LA ACREEDORA PRENDARIA, a requerimiento de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) presentará los documentos que justifiquen la ejecución de las diligencias que originaron los costos establecidos en este artículo.
PARRAFO I: Pago de Honorarios por Actuaciones Judiciales o Extrajudiciales. Es obligación de EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) pagar a LA ACREEDORA PRENDARIA o a la Oficina de Abogados apoderada del caso, quien podrá perseguir su pago por todas las vías legales, todas las sumas de dinero que tenga que pagar por concepto de honorarios ocasionados en cualquier actuación judicial o extrajudicial que realice en relación con el presente contrato por considerarlas necesaria o útiles a la preservación de sus derechos.
PARRAFO II: EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) antes de realizar el pago mencionado, podrá solicitar los documentos que evidencian los gastos por las actuaciones judiciales o extrajudiciales, incurridas por LA ACREEDORA PRENDARIA o la Oficina de Abogados apoderada del caso. Los honorarios legales, estarán sujetos a la ley de honorarios de abogados vigente al momento de realizar el pago.
DECIMO PRIMERO: EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) autoriza (n) de manera formal y expresa a LA ASOCIACION XXXXXX DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA en su condición de LA ACREEDORA PRENDARIA, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 200 de la Ley 6186 de fecha 12 de febrero del 1963 a inscribir en el Juzgado xx Xxx correspondiente la (s) prenda (s) otorgada (s) en garantía para que surtan los efectos establecidos por la Ley.-
DECIMO SEGUNDO: Todo pago que EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) hiciere (n) con motivo del presente contrato y/o cualquier compensación que haga LA ACREEDORA PRENDARIA conforme a lo establecido en este contrato, será aplicado por esta en el siguiente orden:
A los gastos y honorarios legales en que incurriera LA ACREEDORA
PRENDARIA con motivo de este contrato.
A los intereses vencidos y xxxx.
Amortizaciones vencidas.
Al saldo de capital si lo hubiere.
DECIMO TERCERO: EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) en cumplimiento a lo establecido en el artículo 211 de la Ley No.6186 de Fomento Agrícola, por medio del presente contrato declara a LA ACREEDORA PRENDARIA que el mueble dado en garantía será guardado en su domicilio indicado al inicio del presente contrato, así como también se compromete a conservarlo en buen estado y a no trasladarlo del lugar establecido que será mantenido, sin el consentimiento previo y por escrito de LA ACREEDORA PRENDARIA, salvo caso justificado de fuerza mayor, y ponerlo a disposición de la justicia al primer requerimiento que se le haga.
DECIMO CUARTO: Reclamaciones. Cuando EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A) considere que han violado, en su perjuicio, los términos de este contrato o que han sido vulnerados sus derechos, podrá efectuar una reclamación por escrito, la cual depositará en cualquier oficina o sucursal de LA ACREEDORA PRENDARIA, anexando los documentos, si los hubiere, que sustenten su reclamación. LA ACREEDORA PRENDARIA procederá analizando el caso y emitirá su respuesta en el plazo establecido para los fines, el cual podrá oscilar entre diez (10) y cuarenta y cinco (45) días según sea la naturaleza de la solicitud.
Hecho y firmado en tres (3) originales, una para cada una de las partes, otra para el notario actuante y la otra para depositar la inscripción en el Juzgado xx Xxx correspondiente. En la ciudad y Municipio de San Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Provincia Xxxxxx, República Dominicana, a los ______________(__) días del Mes de _________ del Año Dos Mil ________ (________).
POR EL (LA) DEUDOR (A) PRENDARIO (A)
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POR LA ACREEDORA PRENDARIA
ASOCIACION XXXXXX DE AHORROS Y PRÉSTAMOS PARA LA VIVIENDA
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YO, _______________________________________ dominicana, mayor de edad, ______________, abogada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral número ___________________, domiciliada y residente en esta ciudad; Notaria de los del Número para este Municipio, autorizado para ejercer la Notaría, mediante el Exequátur número ________________; Miembra Activa del Colegio Dominicano de Notarios, Incorporado, con Matrícula número ____________; con estudio profesional abierto en la calle _________________, Apartamento __________ guión _________ (___________), Residencial __________ (_), Urbanización Piña __________ (_), de esta ciudad, CERTIFICO: Que las firmas que figuran al pie del contrato que antecede, fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por el (la) señor (a) ___________________________________________ y el (la) señor (a) ________________________________, en representación de la Asociación Xxxxxx de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda, y fueron puesta en mi presencia, a quienes identifico con la presentación de sus cédulas de identidades y electorales, con las cuales confirmo que estas son las mismas firmas que ellos acostumbran a realizar, por lo que certifico y doy fe. En la Ciudad de San Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Provincia Xxxxxx, a los _________ (__) días del Mes de __________ Del Año Dos Mil____________ (__________).-
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NOTARIO
“Contrato Aprobado por la Superintendencia de Bancos mediante Oficio No.1437, de fecha 29-06-2016”.
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