Contract
Asunto | Ref | Descripción |
Sociedad Concesionaria | PGN GASNORTE S.A.C. | |
Socios de la Soc. Concesionaria | Peruana de Gas Natural S.A.C. 50% Peruana de Combustibles S.A. 25% Gazel S.A. 25% | |
Socio Técnico | Cláusulas 1.6 y 4.3.1 (a. iv) | Gazel S.A. Participación mínima de 25 % en el capital social, por 4 años desde la fecha de cierre. |
Capital de la Sociedad Concesionaria | Cláusula 4.3.1 (g) | Mínimo US $ 430,000 (Cuatrocientos treinta mil dólares americanos) íntegramente suscrito y pagado. |
Concedente | PROTRANSPORTE | |
Ubicación | Av. De la Confraternidad, Chorrillos | |
Objeto | Cláusula 2.1 | Diseño, construcción, implementación, operación y mantenimiento del Gasocentro Norte para el abastecimiento de combustible en el COSAC I |
Fecha de suscripción | 00 xx xxxx xx 0000 | |
Xxxxx | Cláusula 3.1 | 12 años a partir del inicio de la operación |
Toma de posesión | Cláusula 5.18 | 5 días a partir de la suscripción |
Inversión estimada | US $ 4,300,000 (Cuatro millones trescientos mil dólares americanos) | |
Estudio Definitivo | Cláusula 6.2 | 30 días calendario de la suscripción |
Etapa de Ejecución de Obras | Cláusulas 6.12 | Fecha suspendida según adenda N° 1 al Contrato de Concesión, suscrita el 20/10/09 |
Pagos al Supervisor | Cláusula 9.4 | 5 % de la inversión en la etapa de ejecución de obras. 1 % de los ingresos en la etapa de explotación. |
Inicio de Pruebas de Puesta en Marcha | Cláusula 6.23 Segunda Adenda | Fecha suspendida según adenda N° 1 al Contrato de Concesión, suscrita el 20/10/09 Se coordinara por las partes; según adenda N° 2 al Contrato de Concesión, suscrita el 14/04/10. |
Inicio Operación comercial | Cláusula 6.31 Segunda Adenda | Cuando se inicie el funcionamiento del PATIO NORTE y la autoridad administrativa otorgue la autorización correspondiente para la operación y funcionamiento del Gasocentro Norte; según adenda N° 2 al Contrato de Concesión, suscrita el 14/04/10. |
Inicio explotación | Cláusula 8.2 | En la fecha de la suscripción del Acta de Recepción de Obras |
Garantía de Fiel Cumplimiento | Cláusula 10.3 | US $ 430,000 (Cuatrocientos treinta mil dólares americanos) vigente desde la suscripción hasta dos años después del inicio de la explotación. US $ 215,000 (Doscientos quince mil dólares americanos) vigente después de dos años del inicio de la explotación hasta dos años después del término de la Concesión |
Precios | Cláusula 9.2 | Propuesta económica (S/. 0.333 por Sm3 incluido IGV ) Reajuste anual según fórmula polinómica |
Retribución al Concedente | No hay retribución al Concedente | |
Seguros | Cláusula 12 | Estudio de Riesgos Responsabilidad civil Seguro contra todo riesgo durante la etapa de construcción. CAR Personal Seguro sobre los Bienes de la Concesión Otros |
Arbitraje | Cláusula 15.13 Cláusula 15.14 | Trato Directo Arbitraje: Xxxxxx xx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxx |