CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios No Personales que celebran de una parte el NÚCLEO EJECUTOR del Proyecto “AGUA POTABLE PACCHAHUALLHUA”, debidamente representado por su Presidente, Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx identificado con D.N.I. N° 29167377 con domicilio en Pacchahuallhua, por su Tesorero Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, identificado con D.N.I. N° 29167435, con domicilio en Pacchahuallhua, por su Fiscal Xxx. Xxxxx Xxx Ram írez Xxxxxxx, identificada con D.N.I. N° 28249740, con domicilio en Pacchahuallhua, y por su Secretario Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx Xxx identificado con D.N.I. N° 29167307, con domicilio en Pacchahuallhua, en adelante EL NÚCLEO EJECUTOR; y de la otra parte el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx de la Xxxx, identificado con D.N.I. N° 28292635, RUC N° 10282926356, con domicilio en la Avenida Perú N° 409 – Distrito xx Xxxxxx Alto, en adelante EL MAESTRO DE OBRA, el mismo que se suscribe en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: ANTECEDENTES
Mediante Convenio de Financiamiento N° 2020040080 de fecha 14/01/2005, FONCODES otorga a favor de EL NÚCLEO EJECUTOR financiamiento para la ejecución del Proyecto mencionado dentro del marco de cooperación interinstitucional suscrita el 20/05/2004 entre el MINDES (FONCODES) y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA, habiéndose previsto en dicho Convenio gastos por concepto de Gastos Generales (Maestro de Obra), con cargo a los cuales se celebra el presente contrato.
EL NÚCLEO EJECUTOR contrata los servicios de EL MAESTRO DE OBRA para que desarrolle funciones de apoyo logístico, dirección técnica, control y organización de la mano de obra calificada y no calificada, movimiento xx xxxxxxx, trazo y replanteo en el proceso de ejecución, anotación de ocurrencias diarias y prever los recursos a utilizarse en forma oportuna para la ejecución de la obra “AGUA POTABLE PACCHAHUALLHUA”.
TERCERA: DEL PLAZO
El plazo de vigencia del presente Contrato es de 2.5 meses a partir de la fecha de inicio de obra.
CUARTA: DEL MONTO Y FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
El NUCLEO EJECUTOR en contraprestación del servicio, le abonará al MAESTRO DE OBRA un pago total por la suma de S/. 3,000.00 (Tres mil con 00/100 Nuevos Soles), previa aprobación del Ingeniero Residente de Obra. El pago se realizará de acuerdo al avance físico de la obra, cuantificado en el informe mensual del Ingeniero Residente de Obra.
QUINTA: DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO.
El presente contrato es de naturaleza exclusivamente civil, por lo que en todo aquello no previsto, se rige por lo establecido en los artículos 1764, 1765 y demás conexos del Código Civil. Por ello, queda claramente establecido que no existe vínculo laboral alguno entre el NÚCLEO EJECUTOR y EL MAESTRO DE OBRA ni entre EL MAESTRO DE OBRA Y FONCODES para el cumplimiento del presente contrato.
SEXTA: DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
Los servicios objeto del presente Contrato serán prestados por EL MAESTRO DE OBRA bajo su propia dirección y responsabilidad.
SEPTIMA: DE LA COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
Toda comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá válidamente realizada en los domicilios consignados en la parte introductoria del presente documento.
OCTAVA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Si surgen discrepancias en la aplicación o interpretación de este documento, se solucionará de común acuerdo o, en su defecto, se recurrirá a la jurisdicción de los jueces o tribunales del distrito judicial donde se ubique la sede del Núcleo Ejecutor a cargo del proyecto.
NOVENA: DE LA RESOLUCION
A efectos de la resolución del contrato, las partes convienen y aceptan expresamente lo siguiente:
10.1 EL NUCLEO EJECUTOR podrá resolver total o parcialmente el contrato sin perjuicio de las penalidades establecidas en el presente Contrato en caso de incumplimiento, por causas imputables a EL MAESTRO DE OBRA de alguna de las obligaciones previstas en el presente Contrato.
10.2 La resolución del presente Contrato se realizará sin perjuicio del resarcimiento de Daños y Perjuicios ocasionados por daños ulteriores que EL NUCLEO EJECUTOR puedan exigir de acuerdo x xxx.
10.3 Sin perjuicio de lo antes señalado, EL NUCLEO EJECUTOR previo requerimiento podrá comunicar a EL MAESTRO DE OBRA la resolución del presente Contrato.
DECIMA: DE LAS MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Las partes acuerdan expresamente que el presente contrato podrá ser modificado por acuerdo entre las partes, con la conformidad de FONCODES, o a iniciativa de FONCODES. En este último caso, para que la modificación surta efectos bastará una comunicación notarial o comunicación escrita de fecha cierta, dirigida a EL NÚCLEO EJECUTOR Y AL MAESTRO DE OBRA a los domicilios fijados en el presente contrato.
Enterados y estando conformes El NUCLEO EJECUTOR y EL MAESTRO DE OBRA, han convenido en mutuo acuerdo celebrar el presente contrato en la localidad de Pacchahuallhua, a los 16 días del mes de Febrero, en dos ejemplares de igual valor.
PRESIDENTE TESORERO NE