PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA EXPLOTACIÓN Y GESTIÓN DEL BAR DE LA PISCINA MUNICIPAL DE MORALEJA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITACIÓN ORDINARIA
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXX XXX XXX XX XX XXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX POR PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITACIÓN ORDINARIA
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la adjudicación del servicio de bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
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Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El presupuesto base de licitación del presente contrato asciende a la cuantía de 3.000,00 euros al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 630,00 anuales, que podrá ser mejorado al alza por los licitadores.
El Importe del contrato se actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual positiva experimentada por el índice General Nacional del Sistema de índices de Precios de Consumo o índice que lo sustituya en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.
El importe del contrato definitivamente adjudicado se abonará cada año en 12 mensualidades mediante el giro de recibo por parte de este Ayuntamiento a la cuenta bancaria designada por el adjudicatario dentro de los 5 primeros días de cada mes de contrato, emitiéndose la factura correspondiente.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato se fija en dos años, susceptibles de ser prorrogado por otros dos de mutuo acuerdo entre las partes, por lo tanto un máximo de cuatro años de contrato.
CLÁUSULA SEXTA. Aptitud para Contratar
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De conformidad con lo establecido en el art. 54 del RDL3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba en Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibición de contratar.
El adjudicatario deberá contar asimismo al inicio de la actividad, con la habilitación empresarial o profesional que en su caso sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto de este contrato.
CLÁUSULA
SÉPTIMA.
Presentación
de
Proposiciones
y
Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Registro del Ayuntamiento, Xxxxx xx Xxxxxx xx 0 xx Xxxxxxxx X.X. 00000, desde la publicación de este anuncio hasta el día 15 de enero de 2016 por cualquiera de los medios legalmente establecidos.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación del servicio de bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx». La denominación de los sobres es la siguiente:
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— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica y documentación cuantificable de forma automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración establecidas según la redacción del apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 79 bis in fine del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º
, en representación de la Entidad , con CIF n.º
, a efectos de su participación en la licitación para la contratación del servicio para la explotación del bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx ,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio para la explotación del bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx.
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SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares para ser adjudicatario del contrato para la explotación del bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que no está incurso en prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
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b) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 180,00 €.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE
FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar de la Piscina Municipal xx Xxxxxxxx, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por
el importe de
euros y
euros correspondientes al
Impuesto sobre el Valor Añadido, anuales.
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
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Certificado de empadronamiento histórico acreditativo de la antigüedad exigida.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 180,00 euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
Importe de contrato: 1 punto por cada 100,00 € que excedan de los 3.000,00 € anuales, hasta un máximo de 30 puntos.
5 puntos por estar empadronado en la localidad xx Xxxxxxxx con una antigüedad mínima de 1 años anterior a la publicación del anuncio de la convocatoria de la presente licitación, motivado por el fomento del emprendimiento local y la disminución del nivel de paro de la localidad.
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
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Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará la Secretaria o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma y que en todo caso podrán delegar.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
— D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, que actuará como Presidente de la Mesa.
— Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Vocal (Secretaria de la Corporación).
— X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Vocal (Interventor de la Corporación).
— X. Xxxxxxx Vegas Xxxxxx, Vocal.
— 1 Concejal del Grupo Popular, Vocal.
— Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, que actuará como Secretaria de la Mesa.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el art. 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Apertura de Proposiciones
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La Mesa de Contratación se constituirá el 18 de enero de 2016 a las 12:00 horas y procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada y determinará el día de la siguiente sesión.
Sin embargo, si del examen de la documentación contenida en el sobre A se deduce que todos los licitadores pueden participar en el procedimiento o que las deficiencias de los que no hubiesen presentado la documentación son insubsanables, se procederá en el mismo acto a la apertura del sobre B y su valoración, realizando la propuesta al órgano de contratación.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (el de la Admon. Local será recabado de oficio); y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía correspondiente al 5% del importe de adjudicación excluido el impuesto sobre el valor añadido en base a lo establecido en el art. 95 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
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La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá además de los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de cualquier daño o desperfecto que pudiesen producirse en las instalaciones y/o enseres en la ejecución del contrato así como cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego.
Transcurrido 6 meses desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades antedichas.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, a no ser que motivos de interés general lo aconsejen.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
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En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMONOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Obligaciones del Adjudicatario
1. El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos de cualquier tipo que origine el general funcionamiento del mismo.
2. Será también responsabilidad del adjudicatario la presentación y trámite de cuanta documentación sea necesaria para adecuarse a las exigencias normativas a que hubiera lugar para su puesta en funcionamiento.
3. Correrán de cargo del adjudicatario los gastos de obtención de licencias, autorizaciones, permisos de cualquier tipo, tributos, así como los gastos de luz, reposición de bombillas, agua, etc… y cuantos otros lleve consigo la explotación del centro.
4. Conservar las construcciones, instalaciones, mobiliario, bienes y enseres establecidos en el Anexo I como inventario, manteniéndolos en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, hasta que, por conclusión del contrato deban entregarse al Ayuntamiento.
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A estos efectos el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el inventario como Anexo I será firmado por el adjudicatario y será objeto de las obligaciones de mantenimiento y reposición en su caso por parte del adjudicatario para la prestación del servicio.
5. Realizar la limpieza y mantenimiento de todas las instalaciones del servicio incluyendo terraza, de modo que se encuentren en perfecto estado de uso.
Así mismo el adjudicatario deberá realizar la limpieza de los vestuarios de las piscinas durante los fines de semana de todo el año. El adjudicatario deberá realizar diariamente la retirada de los contenedores que utilicen todas las noches (a la calle para que sea vaciado por el camión de la basura) y la recogida todas las mañanas.
6. Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse y que incluirá el continente y el contenido de propiedad municipal.
7. Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.
8. Responder frente a terceros de los daños que puedan producirse por el funcionamiento de servicio contratado.
9. No enajenar, ni gravar sin autorización bienes, instalaciones que deban revertir en la Corporación contratante.
10. El adjudicatario deberá aportar a su xxxxx el mobiliario y enseres necesarios para el funcionamiento del servicio, que no se incluyan en el inventario (Anexo I) que podrá recuperar a la finalización del contrato.
11. El bar deberá estar abierto todo el año, como mínimo de la siguiente forma:
Los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre, Enero, Febrero y Marzo, apertura de 10 a 21 horas los viernes, xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Los meses xx Xxxxx y Mayo, apertura en horario de tarde de
16 a 22 horas y apertura de 10 a 22 horas los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Los meses xx Xxxxx, Xxxxx, Agosto y Septiembre apertura todos los días de 10 a 00:00 horas. Los días que se realicen
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actividades deportivas nocturnas el bar deberá estar abierto hasta su finalización.
12. No se podrán introducir coches ni vehículos a motor dentro del complejo a excepción de los que sean para carga y descarga, que deberán salir xxx xxxxxxx una vez realizada su labor.
13. Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana.
14. El contratista viene obligado bajo su responsabilidad, a cumplir lo dispuesto por la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de las personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales y demás leyes especiales.
15. El Ayuntamiento no tendrá relación laboral de ningún tipo con los trabajadores que el adjudicatario contrate, circunstancia que deberá quedar reflejada en el contrato a suscribir entre el adjudicatario y el trabajador.
16. El adjudicatario está obligado a realizar las reparaciones que sean necesarias para conservar el establecimiento en las condiciones necesarias para el uso regulado en esta contratación.
17. El adjudicatario no podrá realizar sin el consentimiento del Ayuntamiento expresamente y por escrito, obras que modifiquen la configuración del inmueble o de los accesorios, o que provoquen una disminución de la estabilidad de los mismos.
18. En la prestación del servicio no se podrá sobrepasar los decibelios de sonido establecidos en la normativa vigente.
19. El adjudicatario deberá estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.
20. Los gastos derivados del suministro de agua, electricidad u otro tipo serán de cuenta del adjudicatario y serán abonados por él directamente a las empresas suministradoras.
21. El adjudicatario deberá tener colocado todo su material de forma ordenada, sin que este dificulte el tránsito o muestre mala imagen de la instalación.
22. El adjudicatario deberá abrir a las 10:00 horas de la mañana (durante los meses sin apertura de las piscinas municipales xx xxxxxx) el complejo deportivo, para que las personas que lo deseen, practiquen
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deporte y deberá cerrar el complejo deportivo los sábados y domingos a la hora del cierre del bar.
23. El adjudicatario deberá realizar (durante los meses sin apertura de las piscinas xx xxxxxx) labores de vigilancia mínima del acceso a la instalación sin bicicletas, motos o animales los sábados y los domingos todo el día.
CLÁUSULA DECIOMÓCTAVA. Ejecución del Contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
La explotación del servicio se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin que este Ayuntamiento tenga responsabilidad alguna por circunstancias relacionadas con un descenso en las ventas, robos, inclemencias, etc,.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato podrá tener lugar en los supuestos de incumplimiento de alguna de las obligaciones que para el adjudicatario se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGESIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto
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en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Moraleja a 14 de diciembre de 0000
Xx Xxxxxxx,
Xxx. : Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
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ANEXO I
INVENTARIO BAR PISCINA MUNICIPAL
- 1 lavavajillas marca Cristal line, modelo 400 CH.
-1 máquina de hielo marca IPT Delta, modelo DP-45W.
-1 calentador de agua a gas butano marca Cointra, modelo M-5.
-1 calentador de agua a gas butano marca Beretta, modelo Xxxxxxxxx.
-0 cocina industrial de butano de 3 fuegos.
-1 frigorífico tipo doméstico marca Samsung.
-1 asador de pollos a gas butano. (Con todas las barras y 20 "pinchos")
-1 plancha a gas butano y dos zonas, marca Mica.
-1 freidora a gas butano de dos senos.
-1 campana extractora de 2,00m x 0,75m.
-1 ventilador de techo.
-10 taburetes altos con estructura metálica y asiento tapizado oscuro polipiel.
-9 mesas cuadradas apilables de plástico blanco.
-7 mesas xx xxxxxx cuadradas de 70x70cm con estructura metálica.
-2 muebles estantería.
-1 mobiliario de cocina formado por bajo de 7 puertas y 5 cajones, y alto de 9 puertas, con encimera.
-50 sillas apilables de plástico verde.
-1 fregadero de dos senos con mueble.
-2 extintores portátiles de polvo ABC de 6 Kg y 9 Kg respectivamente.