Contract
CLAUSULA ADICIONAL A LA POLIZA XX XXXXXXXX PERSONAL DE 30.000 EUROS, SUSCRITA ENTRE LA ENTIDAD FINANCIERA BKB, S.A., Y X. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, INTERVENIDA POR EL NOTARIO DE MADRID, D. ______________________, EL DIA 12 XX XXXXX DE 2.006; CON NUMERO DE CUENTA ________.
En Madrid, a 12 xx Xxxxx de 2.006.
Con intervención xxx Xxxxxxx de Madrid, D. _____________________________, con ejercicio y fe pública en la Plaza Mercantil de Madrid, perteneciente al Colegio de Madrid.
INTERVIENE
De una parte: La entidad financiera BKB, S.A., CIF nº ____________, domiciliada en ________, calle __________, nº __; representado por ___________________ y D. ________________, con NIF ___________ y ___________, respectivamente.
Y de otra parte: D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, casado en separación de bienes, vecino de _______, con domicilio en la calle _________, nº __; con NIF nº _____________.
Han convenido, con la intervención xxx Xxxxxxx de Madrid D. __________________, requerido para ello por las partes, la formalización del presente contrato a cuyo efecto.
C O N V I E N E N
PRIMERO.- Que D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, es titular de 10.000 acciones nominativas de la Mercantil “ISLA DE MALLORCA, S.A”, números 10.001 a 20.000, ambos inclusive, de 1 euros de valor nominal, con CIF nº _________, y domicilio en la calle __________, nº __, de _________; e inscrita en el Registro Mercantil de ______, al tomo __, folio ___, hoja registral número _______.
SEGUNDO.- Que D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx tiene suscrita con fecha __ xx Xxxx de 2.005, Póliza xx Xxxxxxxx Personal por importe de 10.000 Euros, con la entidad financiera BKB, S.A..
TERCERO.- Que D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, manifiesta conocer en su totalidad los pactos, cláusulas y condiciones recogidas en la Póliza xx Xxxxxxxx Personal descrita en el Convenio SEGUNDO del presente contrato y la situación en que se encuentra la operación financiera, en cuanto a cumplimiento y demás extremos al día xx xxx.
1.- CONSTITUCION DE PRENDA.
En garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas y derivadas de la Póliza xx Xxxxxxxx Pesonal de la que es adicional este documento, y sin perjuicio de la responsabilidad general e ilimitada del prestatario, D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (en lo sucesivo denominado "el GARANTE") constituye garantía real pignoraticia a favor de BKB, S.A., sobre los valores de su propiedad que después se dirán. Esta garantía real pignoraticia se entiende convenida y plenamente perfeccionada desde ahora, y sin perjuicio del cumplimiento por el GARANTE de las obligaciones complementarias que se establecen en los siguientes apartados de la presente cláusula.
2.- OBJETO DE LA PRENDA.
Constituyen el objeto de la presente garantía real pignoraticia pactada:
Los valores propiedad del GARANTE que se detallan a continuación, con todos los derechos y acciones derivados de los mismos, los cuales son entregados por el GARANTE a BKB, S.A., en tal concepto de garantía prendaria. El importe nominal total de dichos valores es de 10.000 Euros, y el GARANTE declara que los mismos son de su exclusiva y libre propiedad, totalmente liberados y que sobre ellos no pesa limitación, gravamen, carga o retención alguna.
NÚMERO DE ACCIONES: 10.000
CLASE VALOR: Acciones nominativas no cotizadas
NUMEROS: 10.001 A 20.000, ambos inclusive
SOCIEDAD: ISLA DE MALLORCA, S.A.
VALOR NOMINAL: 1 euros
TITULO DE PROPIEDAD: Resguardo Provisional nominativo expedido por la sociedad emisora.
3.- POSESION DE LOS VALORES PIGNORADOS.
El GARANTE entrega en este acto a BKB, S.A., el resguardo provisional nominativo de los valores detallados en el apartado anterior, entendiéndose con dicha entrega constituida la prenda en garantía xxx xxxxxxxx personal descrito con anterioridad.
En relación con los valores negociables pignorados corresponderán a BKB, S.A., todos los derechos que le concede la Legislación vigente.
En su condición de acreedor pignoraticio BKB, S.A., queda facultado en relación con los valores pignorados para:
Efectuar la gestión de cobro de cuantos beneficios económicos y participación en ganancias correspondan a los valores pignorados.
Efectuar por cuenta y a cargo del GARANTE, en caso de incumplimiento por el prestatario, el desembolso de los dividendos pasivos que correspondan a los valores pignorados, constituyendo ello causa que facultará a BKB, S.A., para proceder al vencimiento anticipado de la póliza xx xxxxxxxx, a la reclamación de su importe total y a la realización de la prenda para aplicar su importe al reintegro del mismo.
Efectuar las notificaciones de la prenda que estime precisas para la mejor seguridad de su derecho, a las entidades emisoras de los valores pignorados.
4.- OTRAS OBLIGACIONES DEL GARANTE Y prestatario.
El GARANTE y prestatario consiente expresamente las siguientes obligaciones accesorias, cuyo incumplimiento será causa de vencimiento anticipado xxx xxxxxxxx objeto de este contrato:
Comunicar a la entidad emisora de las participaciones a petición del prestamista, la existencia de la Prenda. Esta comunicación se realiza en este acto quedando notificados los administradores de la Sociedad en notificación adjunta.
5.- EJECUCION DE LA PRENDA.
En el supuesto de incumplimiento por parte del prestatario de sus obligaciones de pago derivadas de la póliza xx xxxxxxxx y de este contrato, sin perjuicio de la facultad del acreedor para proceder ejecutivamente ante los Tribunales, podrá instar la ejecución extrajudicial de los valores dados en prenda de acuerdo a las leyes.
A los efectos de la realización de la prenda el GARANTE, mediante este documento, autoriza y faculta expresamente a BKB, S.A., dándole mandato irrevocable para actuar en su nombre y cuenta.
6.- OTROS PACTOS.
Reintegrado BKB, S.A., del saldo que por capital, intereses, gastos y/o tributos resulte a su favor, quedará liberada la prenda, poniendo las acciones pignoradas, y en su caso el sobrante en metálico, a disposición del GARANTE.
La presente garantía pignoraticia permanecerá en vigor hasta tanto no se hayan extinguido totalmente las obligaciones asumidas por el prestatario ante BKB, S.A., en razón xxx xxxxxxxx concedido por éste a aquel.
Cualquier prórroga xxx xxxxxxxx, que se pudiera producir en el futuro, llevará automáticamente aparejada la prórroga de la vigencia de esta prenda y la de los demás pactos establecidos en el presente contrato, sin necesidad de aviso o aprobación del GARANTE el cual consiente desde ahora expresamente.
En el supuesto de que el préstamo fuera amortizado anticipadamente y liquidadas a BKB, S.A., todas las obligaciones accesorias por razón del mismo, los valores pignorados quedarán libres de la prenda constituida, procediéndose en tal caso a su devolución al GARANTE.
Serán de cuenta del GARANTE, todos los gastos, costes y tributos, presentes o futuros que se originen como consecuencia de la constitución, formalización y ejecución en su caso de la presente garantía pignoraticia.
BKB, S.A., El GARANTE
aceptante de la prenda.
Con mi intervención
EL NOTARIO