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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“SERVICIO DE CATERING PARA EL EVENTO BAAV 2019, CONTENIDOS PARA EL ESCENARIO XXXXXX”
XX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
ARTÍCULO 1°.- OBJETO
La presente contratación tiene por objeto la adquisición de un (1) servicio de catering en el marco del evento “BAAV, CONTENIDOS PARA EL ESCENARIO GLOBAL” a llevarse a cabo el día 0 xx xxxx xx 0000 xx xxx xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Cultural de la Ciencia (C3) sito en la xxxxx Xxxxx Xxxx 0000, Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 2º.- SERVICIO DE CATERING
El adjudicatario será responsable de efectuar las prestaciones de acuerdo con el detalle contemplado en el presente Xxxxxx, así como también toda otra actividad vinculada al servicio contratado que resulte necesaria para su concreción y cometido.
El proveedor quedará a cargo del armado y desarme de las estructuras necesarias, para el catering y fletes necesarios para cumplir con todo lo que aquí se solicita.
2.1 El adjudicatario deberá encargarse de proveer los ítems que se indican seguidamente:
2.1.1 Coffee Break para cincuenta (50) personas afectadas al evento, el que se servirá en el primer piso del edificio en el horario de 14:00 a 16:00 hs. el que contendrá mínimamente:
- Infusiones: café, diferentes variedades de té, leche, mate cocido, jugo de naranja- agua con y sin gas, gaseosas (primeras marcas).
- Variedad de delicatesen
2.1.2 Coffee Break para trescientas (300) personas afectadas al evento, el que se servirá en el primer piso del edificio en el horario de 17:30 a 18:30 hs. el que contendrá mínimamente:
- Infusiones: café, diferentes variedades de té, leche, mate cocido, jugo de naranja- agua con y sin gas, gaseosas (primeras marcas).
- Variedad de delicatesen
2.1.3 Catering para trescientas (300) personas afectadas al evento, en el horario de 19:00 a 21:00 hs. el cual contendrá mínimamente:
- Cuatro (4) opciones de bocados fríos
- Cuatro (4) opciones de bocados calientes para buffet
- Dos (2) opciones de postres para buffet
- Bebida: Gaseosas (primeras marcas), agua con gas y sin gas
IF-2019-13071002-GCABA-DGDECO
2.1.4 Además deberá proveer:
- Vasos (no descartables)
- Fuentes y bandejas (según corresponda)
- Servilletas
- Hielo
- Mantelería
- Vajilla (no descartable)
- Mobiliario necesario para estaciones de servicio.
- Cantidad necesaria xx xxxxxx eléctricos y otros bienes necesarios para la correcta prestación del servicio, incluyendo refrigeración.
En cada opción deberá contemplarse al menos una opción para celíacos y/o vegetarianos.
ARTICULO 3° PERSONAL:
El adjudicatario deberá prestar el servicio de personal de acuerdo a lo dispuesto en este artículo:
8.1. Un (1) camarero por cada treinta (30) invitados, asegurando la reposición de comida y
bebida constantemente durante el tiempo que dure el servicio de coffee break y catering (en todas las instancias del evento).
8.2 Personal para carga y descarga de elementos contratados y mobiliario existente en el lugar del evento, para ser ubicados en donde requiera la Dirección General Distritos Económicos.
IF-2019-13071002-GCABA-DGDECO
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
IF-2019-13071002-GCABA-DGDECO
Buenos Aires,
Miércoles 24 xx Xxxxx de 2019
Referencia: Pliego de Especificaciones Técnicas, evento "BAAV"
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Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2019.04.24 16:32:39 -03'00'
Seco Xxxx Xxxxxx Director General
D.G. DISTRITOS ECONOMICOS (SSDECO) MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.04.24 16:32:40 -03'00'
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
“SERVICIOS ACCESORIOS EVENTO BAAV “Contenidos para el escenario Xxxxxx””
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXX
ARTÍCULO 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente Contratación Directa por exclusividad tiene por objeto la adquisición de los contenidos accesorios que hacen al servicio de catering para el evento “XXXX 0000, Xxxxxxxxxx para el escenario global”, a realizarse en el Centro Cultural de la Ciencia, ubicado en la xxxxx Xxxxx Xxxx 0000 xx xx xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, el día 7 xx xxxx del año en curso a favor de la Dirección General Distritos Económicos dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 2°.- MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Contratación Directa por exclusividad se regirá por la normativa dispuesta en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 parcialmente modificado por el Decreto Reglamentario N° 287/GCABA/18, y la Resolución Nº 596/MHGC/11, el artículo 2º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 1274/DGCyC/17, que se completa, aclara y perfecciona mediante el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 3º.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
A los efectos de la interpretación de este Pliego y de todo otro documento contractual a él vinculado, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:
• GCBA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
• RIUPP: Registro Informatizado Único y Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
• BAC: Plataforma virtual Buenos Aires Compras:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
• PBCG: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que rige la presente contratación.
• PBCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación.
• PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Pliegos: Conjuntamente el PBCG, PBCP y PET.
• Circular con Consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todo pedido de aclaración formulado por los participantes u oferentes previo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
• Circular sin Consulta: Aclaraciones o modificaciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda formular previo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
• Adquirente: Persona que ha adquirido los Pliegos conforme las disposiciones del presente PBCP.
• Oferente: Es la persona que presenta una oferta.
• Oferta: Documentación presentada por el oferente.
• Adjudicación: Es el Acto Administrativo por el cual la Autoridad competente selecciona al/los oferente/s más conveniente/s para el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
• Adjudicatario: Oferente cuya oferta haya sido declarada la más conveniente por acto administrativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Orden de Compra: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente contratación identificándose los términos principales del procedimiento y de su ejecución.
• Garantía de mantenimiento de oferta y de cumplimiento de contrato: Instrumentos destinados a garantizar el mantenimiento de la oferta o el cumplimiento del contrato, respectivamente.
• UT: Unión Transitoria.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
• DJ: Declaración Jurada.
• PRD: Parte de Recepción Definitivo.
ARTÍCULO 4°.- PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial para la presente contratación, asciende a un monto total de pesos doscientos veintisiete mil ($227.000).
ARTÍCULO 5°.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
La Cotización se deberá ingresar a través de formulario disponible en la plataforma virtual “Buenos Aires Compras” (BAC), hasta el día establecido en el Artículo 2 de la disposición aprobatoria de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y que dispone el llamado a contratación
ARTÍCULO 6°.- LUGAR Y DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio objeto de la presente contratación comenzará a partir del perfeccionamiento de la orden de compra.
El evento se realizará el día 7 xx xxxx del corriente conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas y en el lugar establecido en el mismo.
ARTÍCULO 7°.- OBTENCIÓN XXX XXXXXX
Los Pliegos se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y retiro en forma gratuita en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme al artículo 3 del Anexo I de la Disposición 1274/DGCYC/17.
ARTÍCULO 8°.- FORMA DE COTIZAR
El oferente deberá formular la oferta por todo el servicio.
Serán desestimadas las ofertas que no coticen la totalidad del servicio solicitado o lo coticen de forma parcial.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
La cotización deberá realizarse en pesos ($), moneda de curso legal en la República Argentina, consignando en números y letras la suma total e incluyendo el IVA, ya que el GCBA reviste la calidad de exento.
La cotización se ingresará a través del formulario disponible en la plataforma virtual BAC.
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas condicionales o alternativas a las modalidades descriptas. Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este Pliego.
ARTÍCULO 9°.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del PBCG.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en los Pliegos deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
Asimismo, se deja constancia que toda la documentación que presentaren los oferentes tendrá el carácter de declaración jurada. La falsedad documental será sancionada con la exclusión de la Contratación y la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta, sin perjuicio de las demás acciones que pudieran corresponder.
A los efectos de lo exigido por el artículo 104 del Decreto N° 326/17, se considerará firmada toda la documentación ingresada a través de BAC por el usuario autorizado a tales efectos.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Economía y Finanzas, sita en Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 0x Xxxx, hasta la fecha y hora establecida para la presentación de ofertas.
ARTÍCULO 10°- IMPUGNACIONES AL PLIEGO
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
La impugnación al Pliego será tramitada conforme lo establece el artículo 20 inc. a) y el Artículo 21 del PBCG.
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al presente pliego la constitución de una garantía del tres por ciento (3%) del valor del renglón impugnado, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 17.1.d) del PBCG. La impugnación puede ser recibida hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas, la cual tramitará por expediente separado, conforme a lo establecido en el artículo 20 xxx xxxxxx citado precedentemente.
ARTÍCULO 11°.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN
Ante cualquier divergencia se aplicará el siguiente orden de prelación:
a) Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, y la Resolución Nº 596/MHGC/11.
b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias, si las hubiera;
d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e) La adjudicación;
f) La Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual enunciada y en la normativa de aplicación, será resuelto de acuerdo con las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la Contratación Menor.
ARTÍCULO 12°.- ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del portal electrónico BAC, liberándose las ofertas en el día y hora fijados en el acto administrativo de llamado a contratación.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Se labrará electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios.
ARTÍCULO 13°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Los interesados en participar en el procedimiento de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP).
Es condición para la adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP, a través del BAC.
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx.xxxx, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Podrán presentarse como oferentes:
• Personas Jurídicas:
- En caso de presentarse Sociedades: Deberán estar regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas por la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (denominación del Título sustituida por punto 2.1 del Anexo II de la Ley N° 26.994).
ARTÍCULO 14°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente contratación,
x Las sociedades o personas humanas que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
x Las sociedades o personas humanas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
x Las personas jurídicas o personas humanas cuyos miembros del directorio, consejo de vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes y/o apoderados registren antecedentes de ser evasores y/o deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
x En el caso de U.T., la totalidad de los integrantes que la conformen no deberán encontrarse dentro de los impedimentos estipulados en el presente artículo ni en el Anexo I del PBCG.
x En ningún caso un oferente podrá presentarse simultáneamente en forma individual y como parte integrante de una UT, ni integrando dos o más Uniones Transitorias.
x Las personas no habilitadas en el Anexo I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” del PBCG.
x Las personas humanas y/o las Uniones Transitorias de Empresas.
ARTÍCULO 15°.- DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE EN CADA OFERTA
Para la presentación de las propuestas, los oferentes deberán presentar:
• Declaración Jurada suscripta por el oferente aceptando la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia, en caso de controversia en el marco de la presente contratación.
• Declaración Jurada suscripta por el oferente manifestando no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
• Declaración Jurada Aptitud Contratar: Los oferentes deberán presentar una declaración de que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades, de conformidad con el artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Para ello el oferente deberá suscribir la declaración Jurada del Anexo X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición 1274/DGCYC/2017.
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• Documentación el oferente deberá acompañar la orden de compra y/o la resolución de adjudicación y prórroga por la que se le adjudicó la concesión del uso de lugar donde se realizará el evento para el destino exclusivo de prestación del servicio de Gastronomía para el personal, funcionarios y terceros del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
• Oferta Económica.
ARTÍCULO 16°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de veinte (20) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima xx xxxx (10) días al vencimiento del plazo.
ARTÍCULO 17°.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la presente Contratación Menor, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación.
ARTÍCULO 18°.- FALSEAMIENTO DE DATOS.
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía, y procediendo a la ejecución de la misma. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder, conforme a lo estipulado en el artículo 15 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
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ARTÍCULO 19°.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Se efectuará un análisis integral de cada una de las ofertas presentadas, se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley N° 6.017 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17, y lo exigido en los Pliegos de Bases y Condiciones, y se pronunciará sobre la aptitud de cada uno de los oferentes. En dicho sentido, se analizarán tanto los aspectos legales mencionados precedentemente como así también se valorarán los antecedentes del oferente y su experiencia en eventos similares.
Una vez verificado el cumplimiento de los aspectos legales, verificados los antecedentes y experiencia, se procederá al análisis de los aspectos técnicos de la oferta.
Los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requisitos técnicos solicitados en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
A tal fin, se solicitarán los Informes Técnicos que se consideren necesarios a efectos de llevar a cabo la evaluación, y se podrá requerir de los oferentes la información adicional que se estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. Se fijará el plazo para que los oferentes den cumplimiento a lo solicitado en función de la naturaleza del requerimiento. La falta de respuesta implicará que la evaluación de ofertas resuelva con la documentación que se haya presentado junto a la oferta. Las aclaraciones en ningún caso implicarán una modificación de la Oferta Económica.
ARTÍCULO 20°.- CONTRATACIÓN FRACASADA O DESIERTA
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones indispensables para ser adjudicatarios, la Contratación será declarada fracasada, sin derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
En caso de que no se presenten ofertas, la Contratación será declarada desierta.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
ARTICULO 21°.- CONTRATACIÓN DEJADA SIN EFECTO
El organismo contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que ello genere indemnización alguna a favor de los oferentes.
ARTÍCULO 22°.- ADJUDICACIÓN.
Una vez evaluadas las ofertas y confeccionado el cuadro comparativo de ofertas se resolverá en forma fundada la adjudicación.
ARTÍCULO 23°.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto de la presente contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.
La transgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.
ARTÍCULO 24°.- DOMICILIOS
A los efectos del segundo párrafo del artículo 6º del PBCG, el GCBA constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 25°.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO. PENALIDADES
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática sin necesidad de interpelación y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17.
Las multas y/o sanciones de las que pudiera resultar pasible el adjudicatario serán aplicadas aun cuando el contrato se encuentre rescindido y/o extinguido;
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ello en tanto que el hecho motivador hubiere ocurrido durante la vigencia del contrato o que por la naturaleza de la obligación asumida por el adjudicatario correspondiera a éste su cumplimiento aun finalizado el mismo.
ARTÍCULO 26°.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Serán causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo del contrato, según lo estipulado en el presente pliego;
b) Mutuo acuerdo;
c) Quiebra del adjudicatario;
d) Rescisión por incumplimiento del adjudicatario;
e) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCBA; y/o,
f) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
En todos los casos en que se declare la extinción y/o rescisión del contrato por causa imputable al adjudicatario, éste perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al GCBA.
ARTÍCULO 27°.- FORMA DE PAGO
El pago se efectuará al finalizar el servicio, con la emisión del correspondiente PRD.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO 28°.- PAGO
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
ARTÍCULO 29º- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL.
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones contractuales emanadas de la presente Contratación carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario el cumplimiento de las obligaciones y cargas laborales, civiles, previsionales, administrativas y de cualquier otra índole, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por todos los conceptos sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
El adjudicatario deberá presentar una lista del personal que cumplirá las tareas objeto de la presente contratación junto con la nómina de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo correspondiente por empleado.
Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole civil y/o laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare y/o las personas físicas o jurídicas con las que contratare a fines de cumplir con los servicios objeto de la presente Licitación. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario.
Asimismo, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la presente Contratación.
ARTÍCULO 30°- DEPENDENCIA LABORAL
Todo el personal afectado estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con el GCBA.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Por otra parte, queda entendido que el GCBA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para el suministro que se le ha contratado.
ARTÍCULO 31°- DAÑOS A TERCEROS.
El adjudicatario implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.
Las comunicaciones que se refieran a medidas de seguridad, deberán ser cumplidas inexcusablemente de acuerdo con las indicaciones impartidas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dentro del plazo que ésta indique.
ARTÍCULO 32°.-SEGUROS
a) Generalidades
El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario.
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $2.000.000 (Pesos dos millones)
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
E) Suministro de alimentos y bebidas.
F) Montaje y desmontaje de estructuras.
G) Responsabilidad civil cruzada (de corresponder)
H) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
I) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
ARTÍCULO 33°.- CONSULTA
Para consultas técnicas o administrativas, comunicarse con la Mesa de Ayuda BAC al Tel. 0000-0000 al 4810 Opción: 8. O enviar un mail a: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxx.xxx.xx.
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X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-13446089-GCABA-DGDECO
Buenos Aires,
Viernes 26 xx Xxxxx de 2019
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares - BAAV
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Date: 2019.04.26 17:43:24 -03'00'
Seco Xxxx Xxxxxx Director General
D.G. DISTRITOS ECONOMICOS (SSDECO) MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
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