CONTRATO No. 101-C
CONTRIBUYENTE RÉGIMEN MICROEMPRESA
CONTRATO No. 101-C
PROCESO: MCBS-BCE-004-2020
“IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA"
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE MENOR CUANTÍA DE BIENES Y/O SERVICIOS
COMPARECIENTES
Comparecen a la celebración del presente contrato por una parte, el BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, debidamente representado por la ingeniera Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx, Directora Administrativa Encargada, en calidad de delegada de la economista Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Gerente General y Representante Legal de la Institución, mediante Resolución Administrativa No. BCE-GG- 093-2019 de 07 xx xxxxx de 2019, a quien en adelante se le denominará como CONTRATANTE; y, por otra parte, el señor Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, con RUC No. 1718864968001; por sus propios derechos, a quien en adelante se le denominará como CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, los artículos 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, en el Plan Anual de Contratación de la CONTRATANTE, se contempla la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA.
1.2 La Gerente General del Banco Central del Ecuador mediante Resolución Administrativa No. BCE-GG-093-2019 de 07 xx xxxxx de 2019, en el artículo 21 numeral 1 delegó a el/la Director/a Administrativo/a, para: “Intervenir ejerciendo las funciones y atribuciones concedidas a la máxima autoridad en todas las etapas del proceso de contratación pública, así como la suscripción, liquidación y de ser el caso la terminación de los contratos que se originen en los procesos de adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las Resoluciones emitidas por el órgano rector del Sistema Nacional de Contratación Pública, así como en los procedimientos y contratos de adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría sujetos a las normas de los organismos multilaterales o internacionales cuya cuantía no supere el valor que resulte de multiplicar el coeficiente de 0,000007 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, sin incluir el IVA.”.
1.3 Con Acción de Personal No. GTHRD-1015, se nombró a Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx como Directora Administrativa Encargada a partir del 09 de septiembre de 2020.
1.4 En cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con los artículos 25 y 26 de su Reglamento General, la Responsable de la Gestión de Compras Públicas, con Certificado No. BCE-DA-CP- 251-2020 de 01 de octubre de 2020, certificó que en el Plan Anual de Contrataciones 2020 del Banco Central del Ecuador, se encuentra contemplada la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, contenido en las partidas presupuestarias: Cuenta: 412410 401201; con CPC: 964110021, por el valor de USD 27.235,00 sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
1.5 De conformidad con el artículo 24 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 27 de su Reglamento General, mediante Memorando No. BCE-DFP-2020-1488-M, de 02 de octubre de 2020, el Director Financiero y de Presupuesto Encargado, certificó que en la proforma presupuestaria de la Institución para el año 2021, en el CRP 2062 Dirección de Atención al Cliente, se incluirán recursos según el siguiente detalle:
CRP | Partida Presupuestaria | Nombre De La Partida | Detalle / Objeto de la contratación) | VALOR con IVA “0” año 2021 |
2062 | 412410 - 401201 | ACTIVIDADES NUMISMÁTICAS DEM UIO | IMPLEMENTACIÒN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360º DEL MUSEO NUMISMÀTICO QUITO Y CUENCA | 27.235,00 |
.
1.6 Mediante Resolución Administrativa No. BCE-DA-RA-205-2020 de 09 de noviembre de 2020, la Directora Administrativa Encargada, resolvió: “Artículo 1.- Autorizar el inicio, aprobar el pliego y el cronograma del procedimiento de Menor Cuantía Bienes y/o Servicios signado con el código No. MCBS-BCE-004-2020, para la “IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA”, con un presupuesto referencial de USD 27.235,00 (veinte y siete mil doscientos treinta y cinco con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) valor que grava tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado
I.V.A. / Artículo 2.- Disponer a la Gestión de Compras Públicas, la publicación de la presente Resolución en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; y, de los documentos que hace referencia la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 xx xxxxxx de 2016 y sus reformas, según corresponda. / Artículo 3.- De la ejecución de la presente Resolución encárguense a la Gestión de Compras Públicas y a la Dirección de Atención al Cliente, dentro del ámbito de sus competencias”.
1.7 El 09 de noviembre de 2020, la Gestión de Compras Públicas, publicó el proceso de Menor Cuantía Bienes y/o Servicios, signado con el código No. MCBS-BCE-004-2020, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
1.8 Luego del procedimiento correspondiente, la Directora Administrativa Encargada, mediante Resolución Administrativa No. BCE-DA-RA-250-2020 de 15 de diciembre de 2020, resolvió: "Artículo 1.- Adjudicar al señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001, el contrato para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, por el valor USD 26.000,00 (Veintiséis mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), valor que grava tarifa 0%del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dentro del procedimiento de Menor Cuantía Bienes y/o Servicios signado con el código No. MCBS-BCE-004- 2020, con un plazo de ejecución de 90 días contados a partir de la entrega del anticipo, en razón que su propuesta cumple con todos los requisitos mínimos solicitados en el pliego y términos de referencia.- Artículo 2.- Disponer a la Gestión de Compras Públicas, proceda con la notificación de la presente Resolución al señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001, a través del portal www.compraspublicas.gob.ec.- De conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá rendir las garantías correspondientes; y, de acuerdo con el artículo 113 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberá suscribir el contrato dentro de los 15 días término siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación.- Artículo 3.- Encargar a la Coordinación General Jurídica la elaboración del contrato correspondiente. (...)";
1.9 Con Memorando No. BCE-DA-2020-5142-M de 28 de diciembre de 2020, la Directora Administrativa Encargada solicitó al Coordinador General Jurídico, la elaboración del presente contrato.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia del objeto de la contratación;
b) Las Condiciones Generales del Contrato publicadas y vigentes a la fecha de la convocatoria en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública;
c) Mediante Memorando No. BCE-DFP-2020-1488-M, de 02 de octubre de 2020, , el Director Financiero y de Presupuesto Encargado, certificò la disponibilidad de fondos futura para el año 2021;
d) La oferta presentada por el CONTRATISTA el 18 de noviembre de 2020, con todos los documentos que la conforman;
e) La Resolución Administrativa de Adjudicación No. BCE-DA-RA-250-2020 de 15 de diciembre de 2020;
f) Las Garantías de Buen Uso de Anticipo de fecha 18 de diciembre de 2020 y la Garantía Técnica de 21 de diciembre de 2020, presentadas por el CONTRATISTA;
g) La oferta económica desglosada presentada por el CONTRATISTA de 23 de diciembre de 2020;
h) Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato;
i) Los demás documentos descritos en la Cláusula Primera.- ANTECEDENTES.
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
El CONTRATISTA se obliga con la CONTRATANTE a la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO
VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA y a ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y términos de referencia constantes en el pliego y en la oferta presentada por el CONTRATISTA el 18 de noviembre de 2020, que se agregan y forman parte integrante de este contrato.
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es de VEINTE Y SEIS MIL con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 26.000,00), valor que grava tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de conformidad con la oferta presentada el 18 de noviembre de 2020; y, el desglose de precios remitido por el contratista mediante comunicación de 23 de diciembre de 2020, que se agregan y forman parte integrante del presente instrumento.
4.2 Los precios acordados en el contrato para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que grava tarifa 0%, conforme se menciona en el numeral 4.1 de esta Cláusula.
Cláusula Quinta.- METODOLOGÍA DE TRABAJO PRODUCTOS ESPERADOS
5.1 Metodología de Trabajo:
La Metodología de Trabajo a seguir se encuentra determinada en el numeral 8 de los Términos de Referencia, que forman parte integrante del presente instrumento.
5.2. Especificaciones Técnicas:
Las especificaciones técnicas establecidas para la ejecución del servicio se encuentran detalladas en el numeral 10 y los productos esperados se encuentran detallados en el numeral 11 de los Términos de Referencia que forman parte del procedimiento precontractual No. MCBS-BCE-004- 2020; así como, en la oferta presentada las cuales se agregan y forman parte de la documentación habilitante del presente instrumento.
Cláusula Sexta- FORMA DE PAGO
La CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente manera:
6.1 ANTICIPO: La Contratante entregará en calidad de anticipo el 50% (cincuenta por ciento) del valor total del contrato, luego de la suscripción del mismo y una vez que el CONTRATISTA haya presentado la garantía del anticipo, prevista en el artículo 75 la LOSNCP, por igual valor del mismo y a satisfacción de la Contratante.
El valor del anticipo será depositado en una cuenta que el Contratista abra en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento (50%). “El/la contratista”, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.
La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro del término de quince (15) días siguientes de suscrito el contrato.
El Contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El/la
La administradora del contrato designada por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual.
Adicionalmente la Administradora del contrato emitirá los informes respectivos con los cuales se dará trámite al pago por la entidad contratante.
La Contratante pagará al Contratista por cada ítem requerido en los numerales 10 y 11 de los Términos de Referencia conforme la oferta económica desglosada presentada y lo definido en el contrato, el valor unitario y total de cada ítem deberá estar dentro del margen del presupuesto referencial.
En ese sentido, el 100% del valor del contrato será cancelado contra entrega total de los recorridos 360°, descontando el porcentaje del anticipo contractual que se haya entregado.
Cláusula Séptima.- GARANTÍAS
7.1 La CONTRATISTA a la firma del contrato presentará las garantías previstas en los artículos 75 y 76 de la LOSNCP:
a) Garantía del Buen Uso del Anticipo: El CONTRATISTA, presenta la garantía del buen uso del anticipo será por el 50% del monto total del contrato , según lo dispone el art. 75 de la LOSNCP, la misma que deberá ser presentada previa la suscripción del contrato, y que se
reducirán en la proporción que se reciban provisionalmente los bienes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la LOSNCP, Garantia de Anticipo: “ Si por la forma de pago establecida en el contrato, la Entidad Contratante debiera otorgar anticipos de cualquier naturaleza, sea en dinero, giros a la vista u otra forma de pago, el contratista para recibir el anticipo, deberá rendir previamente garantías por igual valor del anticipo, que se reducirán en la proporción que se vaya amortizando aquel o se reciban provisionalmente de las obras, bienes o servicios (…)”.
El CONTRATISTA entrega la póliza de seguros No. 0006871 de Sweaden Compañía de Seguros S.A., vigente desde el 18 de diciembre de 2020 hasta el 08 xx xxxxx de 2021, por el valor de USD 13.000,00.
b) Garantía Técnica: En esta contratación se entregarà la garantía técnica prevista en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contrataciòn Pùblica, a la firma del contrato, la Contratista presenta la Garantía Técnica, señalando que: “(…) La Garantía Técnica entrará en vigencia a partir de la entrega de los recorridos 360º por el periodo de un
(1) año y se aplica sobre la plataforma y se aplica sobre toda la plataforma virtual entregada y todos sus componentes insertos. Específicamente en caso de presentarse cualquier defecto en la plataforma virtual en lo referente a su funcionamiento: despliegue del recorrido virtual, visualización de los objetos modelados en 3D, problemas con la compatibilidad de navegadores de internet, cualquier tipo de restricciones de acceso el proveedor deberá dar atención al o los daños que se presenten en un tiempo máximo de 5 días calendario”.
De no presentarse esta garantía, el CONTRATISTA entregará una de las previstas en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública por igual valor .
7.3 Ejecución de las Garantías.- Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
7.3.1 La de Buen Uso del Anticipo:
a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que la CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
7.3.2 La Técnica:
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato.
b) En caso de incumplimiento con lo establecido en la presente Garantía Técnica, el CONTRATISTA se sujeta a las sanciones previstas en la Ley.
7.3 Devolución de las Garantías: Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en los artículos 77 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 118 de su Reglamento General. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE, a través de la Administradora del Contrato.
7.4 Renovación de las Garantías: El CONTRATISTA se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a más tardar a los cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario ; la CONTRATANTE solicitará a la compañía de Seguros se haga efectivo su valor.
Cláusula Octava.- PLAZO
El plazo de ejecución del contrato será de noventa (90) días contados a partir de la entrega del anticipo.
Cláusula Novena.- MULTAS
9.1 En caso de incumplimiento del objeto de la presente contratación y/o de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud del presente instrumento, la CONTRATISTA conviene en pagar al CONTRATANTE, en concepto de multa, la cantidad equivalente al uno por mil (1X1000) sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes de ejecutarse en el Contrato, por cada día de retardo, en el cumplimiento de sus obligaciones, según lo estipulado en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública, excepto en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por la CONTRATANTE, para lo cual se notificará a esta institución dentro de las veinte y cuatro (24) horas subsiguientes de ocurridos los hechos, transcurrido el cual de no mediar dicha notificación, se entenderán como no ocurridos los hechos que alegue el CONTRATISTA como causa para no prestar los servicios a los cuales está obligada.
9.2 LA CONTRATANTE queda autorizada por el CONTRATISTA para que haga efectiva la multa impuesta, de los valores que por este contrato le corresponde recibir a la misma, sin requisito o trámite previo alguno.
9.4 Si el valor de las multas llegare a superar el 5% del monto total del contrato, la CONTRATANTE podrá declarar, anticipada y unilateralmente la terminación del mismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
9.5 Las multas causadas, no serán reveídas ni devueltas por ningún concepto al CONTRATISTA.
9.6 El retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales se producirá cuando el CONTRATISTA no preste los servicios en el tiempo que debería y en consideración a las estipulaciones establecidas para el efecto..
Xxxxxxxx Xxxxxx.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 126 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no habrá reajuste de precios.
Cláusula Décima Primera.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
11.1 La CONTRATANTE designa a la magister Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Especialista de Museo Numismático, o quién la reemplace, en calidad de Administradora del Contrato, quien deberá atenerse a las Condiciones Generales y Particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente instrumento, así como las obligaciones aquí convenidas.
11.2 Velará por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato; además adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiera lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 121 de su Reglamento General; y, las reglas aplicables de las normas de control interno.
11.3 La Administradora del Contrato será la encargada de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte del CONTRATISTA durante todo el periodo de vigencia del contrato.
11.4 La Administradora es responsable administrativa, civil y penalmente de la ejecución del
contrato, según corresponda, conforme el artículo 99 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
11.5 La Administradora del Contrato velará por la correcta y oportuna planificación del presupuesto contractual, es decir por la existencia presente y futura de recursos para la plena ejecución del presente contrato.
11.6 Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los servicios que entregue el CONTRATISTA en las condiciones establecidas en los términos de referencia y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
11.7 La máxima autoridad o su delegado, en el caso de ser necesario o si renunciare la funcionaria designada como Administradora del Contrato, podrá designar otro funcionario en calidad de Administrador del Contrato, mediante memorando dirigido a quien sea nombrado como tal, hecho que se notificará a quien asuma la administración y al CONTRATISTA, sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
11.8 La Administradora del contrato hará el seguimiento para el pago oportuno de la factura.
11.9 En caso de que la Administradora del Contrato cese en funciones en la entidad CONTRATANTE o si por disposición de la máxima autoridad o su delegado fuese reemplazada, se realizará un Acta de Entrega Recepción suscrita por la Administradora saliente y el nuevo Administrador del Contrato, previo informe pormenorizado del primero, indicando el estado en el que se encuentra la ejecución del mismo.
11.10 De igual manera, se dará estricto cumplimiento a las Disposiciones Generales emitidas mediante Memorando No. BCE-BCE-2018-0380-M de fecha 23 de noviembre de 2018, suscrito por la Gerente General (S), en cuya parte pertinente indica: “(…) Procedo a disponer a los miembro de la Comisión Técnica Precontractual; a los administradores de Contrato; y, a los miembros designados para la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios, especialmente en el ámbito tecnológico, respecto a todos los procesos que ejecuta el Banco Central del Ecuador, designados directamente por los autorizadores de gasto de cada unidad requirente, que cumplan con la normativa general de Contratación Pública y Administración de contratos, determinada en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las Resoluciones emitidas por el SERCOP; y, adicionalmente observen y ejecuten las siguientes instrucciones: (…) 1. En todos los procesos de recepción de bienes o servicios, los servidores públicos deberán verificar el cumplimiento del objeto de la contratación, conforme el Contrato suscrito entre las partes, revisar las características y especificaciones técnicas establecidas en los pliegos y términos de referencia o especificaciones técnicas; y, en atención a las actuaciones realizadas, deberán elaborar los correspondientes informes técnicos de validación de recepción, revisión y aceptación. Estos informes técnicos serán parte integrante de la documentación del proceso de entrega recepción definitiva y de los pagos parciales y totales correspondientes. 2. Si los componentes entregados corresponden a contratos de la CGTIC, los miembros de las Comisiones Técnicas de recepción deberán incluir en sus actuaciones y por ende en sus informes, el detalle de las pruebas de verificación de las funcionalidades requeridas por la entidad, así se garantizará el cumplimiento del objeto de la contratación…”.
Cláusula Décima Segunda.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN
12.1 La CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar, previa autorización de la CONTRATANTE de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y artículo 120 de su Reglamento General.
12.2 La CONTRATISTA será la única responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
13.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP- y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
13.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral del contrato, en los casos establecidos en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP-. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la entrega de los servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de oferta - Presentación y compromiso;
e) En caso de que la CONTRATANTE encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por el CONTRATISTA, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, le declarará CONTRATISTA incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
13.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1 Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado.
14.2 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento contencioso administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o a la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Unidad Judicial de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad CONTRATANTE.
14.3 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
14.4 La CONTRATANTE de considerarlo pertinente se acogerá al procedimiento coactivo establecido en la ley.
Cláusula Décima Quinta.- RESPONSABILIDAD SOCIOAMBIENTAL
La suscripción del presente contrato supone que el CONTRATISTA conoce y acepta todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, lo que incluye las leyes y normas de protección laboral, social y medioambiental que lo regulan, entre otras, de tal manera que las obligaciones que asume el CONTRATISTA incluyen la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato, en cuanto constituyen elementos naturales del mismo.
En caso que el contrato requiera la obtención de licencias ambientales que fuesen obligatorias por motivo del objeto contractual, el CONTRATISTA se encuentra en la obligación de obtenerlas previo al cumplimiento de las prestaciones obligacionales que se derivan del vínculo contractual, sin que ello suponga de parte de la CONTRATANTE la necesidad de reconocer valores adicionales por tal concepto.
Cláusula Décima Sexta.- CONFIDENCIALIDAD
16.1 El CONTRATISTA, en virtud de la suscripción del presente contrato se compromete a manejar de manera confidencial la información que llegare a su conocimiento y toda aquella que se genere como fruto del objeto de esta contratación; y, a no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de reservada.
La inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la CONTRATANTE ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en el Código Orgánico Integral Penal.
16.2 El CONTRATISTA no podrá reproducir, generar o difundir en ninguna forma la información que llegare a su conocimiento, durante tres años después de la suscripción del contrato.
16.3 El CONTRATISTA se compromete a que el personal a su cargo guarde el mismo nivel de confidencialidad sobre la información recibida con el mismo grado de cautela con el que protege su propia información.
Cláusula Décima Séptima.- CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN
El CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP, su Reglamento General y, demás disposiciones legales vigentes en el Ecuador.
Cláusula Décima Octava.- DECLARACIÓN DE LICITUD DE FONDOS
18.1 El CONTRATISTA declara que los fondos que se utilizarán en la ejecución de este contrato provienen de ingresos normales, y no guardan ninguna relación con transacciones o actividades ilícitas; así como su destino de ninguna manera estarán relacionados con lo establecido en la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito xx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento de Delitos.
18.2 El CONTRATISTA autoriza a la CONTRATANTE a realizar los análisis y verificaciones que considere necesarios; y en caso de que se inicien en su contra investigaciones relacionadas con actividades ilícitas o, para los demás casos determinados en la legislación ecuatoriana, pueda proporcionar a las autoridades judiciales competentes, la información que estos demanden.
18.3 En virtud de lo autorizado, el CONTRATISTA renuncia a instaurar por este motivo cualquier tipo de acción civil, penal o administrativa en contra de la CONTRATANTE.
Cláusula Décima Novena.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
19.1 Obligaciones del CONTRATISTA
a) El Contratista deberá entregar los recorridos virtuales 360° conforme a las condiciones indicadas por la entidad contratante en el presente TDR, por lo cual cualquier costo adicional no podrá ser cargado a la institución y correrán a cargo del contratista.
b) El Contratista deberá coordinar con la Administradora del Contrato para el acceso respectivo a los espacios museísticos de Quito y Cuenca para realizar las fotografías de los espacios y bienes culturales.
c) El Contratista para realizar las fotografías de los bienes culturales deberá cumplir con el INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LAS COLECCIONES CUSTODIADAS EN EL MUSEO NUMISMÁTICO, versión 2 .0, abril 2020 en lo que tiene que ver con la manipulación y apertura de vitrinas que exhiben bienes culturales.
d) El Contratista se encargará de ser el caso de gestionar los permisos correspondientes con la autoridad competente para realizar las tomas 360º de áreas exteriores de Quito y Cuenca.
e) El Contratista está obligado a cumplir con cualquier otra obligación que se derive natural o legalmente del objeto de contratación y puede ser exigible por constar en cualquier otro de los documentos o en norma legal específicamente aplicable al mismo.
f) El Contratista debe proteger y salvar de responsabilidad de la CONTRATANTE y a sus representantes de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de cualquier norma jurídica por parte del Contratista o su personal.
g) A más de las obligaciones que serán establecidas en el contrato el Contratista está obligado a cumplir con cualquier otra obligación que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y puede ser exigible por constar en cualquier otro de sus documentos o en norma legal y específicamente aplicable al mismo.
h) El Contratista deberá responder por daños a terceros ocasionados dentro de la ejecución del contrato.
i) El Contratista se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista, de ser el caso.
j) El Contratista se compromete a suscribir la “Declaración de conocimiento y compromiso de
cumplimiento de la Política Antisoborno del BCE para socios de negocio”.
k) El Contratista deberá presentar un protocolo de bioseguridad relacionado a la pandemia ocasionada por el COVID-19, y contar con la asepsia y seguridad que se llevará a cabo para los trabajos requeridos para la implementación de los recorridos virtuales como son las fotografías de los espacios y/o bienes culturales.
l) El Contratista podrá suscribir un contrato complementario en el caso de que la institución considere ampliar, modificar o complementar el servicio, este procedimiento deberá ser debidamente motivado por el administrador del contrato y autorizado por la máxima autoridad.
m) En cumplimiento del memorando No. BCE-BCE-2018-0342-M de 3 de octubre de 2018, la Gerente General del Banco Central del Ecuador dispone el cumplimiento de la siguiente recomendación que consta en el Informe BCE-DNAIG-I-007-2018 de 19 de septiembre de 2018:“Que en la elaboración de los contratos de prestación de servicios o consultoría, en los que involucre participación de personal de las empresas o firmas participantes, se considere dentro de la cláusula de obligaciones la presentación del Acuerdo de Confidencialidad”, entre la CONTRATANTE, el representante legal de la CONTRATISTA y todo el personal técnico que participe en la provisión de los bienes objeto del contrato.
19.2 Obligaciones de la CONTRATANTE
a) Xxxxxxx todas las facilidades para que la contratista cumpla a satisfacción con el objeto del presente contrato.
b) La Contratante dará solución a las peticiones o problemas que se presentaren en la ejecución del contrato en un plazo de cinco (5) días a partir de la petición escrita formulada por el CONTRATISTA.
c) En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo celebrar los contratos complementarios en un plazo de quince (15) días contados a partir de la petición escrita formulada por el Contratista.
d) Suscribir las actas de entrega recepción del servicio recibido, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Vigésima.- CONOCIMIENTO DE LA POLÍTICA ANTISOBORNO DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
La CONTRATISTA declara conocer lo expuesto en la Resolución Administrativa No. BCE-GG-099- 2019, respecto a la Política Antisoborno del Banco Central del Ecuador, que se encuentra publicada en la página web institucional; y, se compromete a remitir a la Administradora del Contrato en el plazo máximo de 30 días a partir de la suscripción del presente contrato, el documento denominado “Declaración de conocimiento y compromiso de cumplimiento de la Política Antisoborno del BCE para socios de negocio”, el mismo que deberá estar firmado por el representante legal de la CONTRATISTA.
Cláusula Vigésima Primera.- DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA
El CONTRATISTA, declara bajo juramento que no se halla incurso en las prohibiciones mencionadas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para celebrar contratos con el Estado o con las Entidades del Sector Público.
Cláusula Vigésima Segunda.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a la entrega de los bienes objeto del presente Contrato, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma castellano.
Cláusula Vigésima Tercera: DOMICILIO
23.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito.
23.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE:
Dirección: Quito, Av. 10 xx Xxxxxx N11-409 y Xxxxxxx Teléfono: 000000000
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxx.xx
El CONTRATISTA:
Dirección: Xxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxx XX 0 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxx Xx. C101 y Las Palmas, parroquia Xxxxxxxx
Teléfono: 0000000 / 0000000000
Correo Electrónico: xxxxx@xxxx.xxx
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Vigésima Cuarta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
24.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Menor Cuantía de Bienes y Servicios, publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigentes a la fecha de la Invitación del procedimiento de contratación y, que forma parte integrante de este Contrato que lo están suscribiendo.
24.2 Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones, firmando para constancia en cuatro ejemplares de igual contenido y valor legal.
En Quito, D.M., en la fecha constante en la firma de la delegada de la máxima autoridad.
POR EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
POR DELEGACIÓN DE LA MÁXIMA AUTORIDAD:
EL CONTRATISTA
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
Nombre de reconocimiento (DN): c=EC, o=BANCO CENTRAL DEL ECUADOR,
XXXXXX
XXXXXXXXX XXXXX XXXX
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX
Fecha: 2020.12.31
16:34:12 -05'00'
ou=ENTIDAD DE CERTIFICACION DE INFORMACION-ECIBCE, l=QUITO,
serialNumber=0000563625, cn=XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
Fecha: 2020.12.31 16:19:17 -05'00'
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx DIRECTORA ADMINISTRATIVA ENCARGADA
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx
RUC No. 1718864968001
PRIMERA. - COMPARECIENTES
En el Distrito Metropolitano de Quito, a los 20 xxxx xxx xxxxx de enero de 2021, comparecen por una parte en representación del Banco Central del Ecuador, la Mgs. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx en calidad de Administradora del Contrato No. 101-C; el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx como Técnico que no intervino en el proceso y por otra parte el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, Contratista, a fin de suscribir la presente acta de entrega recepción definitiva.
SEGUNDA. - ANTECEDENTES
Mediante Memorando Nro. BCE-DAC-2020-0697-M, de fecha 15 de octubre de 2020 la Dirección de Atención al Cliente solicitó a la Dirección Administrativa se autorice el inicio del proceso para la “IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA”, mediante el
procedimiento sugerido de menor cuantía de servicios, considerando el presupuesto referencial de USD 27,235.00 (VEINTE Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100), valor que graba 0%, de Impuesto al Valor Agregado IVA, en base a Decreto Ejecutivo N°. 829 de fecha 29 de julio de 2019 y Circular N°. NAC-DGECCGC19-00000004 de fecha 13 de septiembre de 2019 del Servicio xx Xxxxxx Internas, respecto a servicios artísticos y culturales gravados con tarifa 0% de IVA. Para lo cual se adjuntó la constancia POA Plurianual Nro. BCE-DPS-2020-0202-M de fecha 18 de septiembre de 2020, certificado (PAC) N° BCE-DA-CP-251-2020 de fecha 01 de octubre de 2020, y certificación de disponibilidad futura de fondos Nro. BCE- DFP-2020-1488-M de 2 de octubre de 2020.
Mediante Resolución Administrativa No. BCE-DA-RA-205-2020 de 09 de noviembre de 2020, la Directora Administrativa Encargada, resolvió: “Artículo 1.- Autorizar el inicio, aprobar el pliego y el cronograma del procedimiento de Menor Cuantía Bienes y/o Servicios signado con el código No. MCBS-BCE-004-2020, para la “IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO
NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA”, con un presupuesto referencial de USD 27.235,00 (veinte y siete mil doscientos treinta y cinco con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) valor que grava tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado I.V.A. / Artículo 2.- Disponer a la Gestión de Compras Públicas, la publicación de la presente Resolución en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; y, de los documentos que hace referencia la Resolución No. RE-SERCOP-2016- 0000072 de 31 xx xxxxxx de 2016 y sus reformas, según corresponda. / Artículo 3.- De la ejecución de la presente Resolución encárguense a la Gestión de Compras Públicas y a la Dirección de Atención al Cliente, dentro del ámbito de sus competencias”.
Luego del procedimiento correspondiente, la Directora Administrativa Encargada, mediante Resolución Administrativa No. BCE-DA-RA-250-2020 de 15 de diciembre de 2020, resolvió: "Artículo 1.- Adjudicar al señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001, el contrato para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO
NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, por el valor USD 26.000,00 (Veintiséis mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), valor que grava tarifa 0%del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dentro del procedimiento de Menor Cuantía Bienes y/o Servicios signado con el código No. MCBS-BCE-004- 2020, con un plazo de ejecución de 90 días contados a partir de la entrega del anticipo, en razón que su propuesta cumple con todos los requisitos mínimos solicitados en el pliego y términos de referencia.- Artículo 2.- Disponer a la Gestión de Compras Públicas, proceda con la notificación de la presente Resolución al señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001,
a través del portal www.compraspublicas.gob.ec.- De conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá rendir las garantías correspondientes; y, de acuerdo con el artículo 113 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberá suscribir el contrato dentro de los 15 días término siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación.- Artículo 3.- Encargar a la Coordinación General Jurídica la elaboración del contrato correspondiente. (...)".
Con fecha 18 de diciembre de 2020, el contratista realizó la entrega de la Garantía de Buen Uso de Anticipo de Nº0006871 la misma que tiene vigencia hasta el 8 xx xxxxx de 2021 con una suma asegurada de USD 13.000.
Con fecha 21 de diciembre de 2020, el contratista realizó la entrega de la Garantía Técnica por el servicio contratado.
Con fecha 31 de diciembre de 2020 se suscribió el contrato N° 101-C entre el Banco Central del Ecuador y el contratista señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001 para la ejecución del servicio de "IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA".
Con fecha 31 de diciembre de 2020, mediante Memorando BCE-DA-CP-341- 2020, la Gestión de Compras Públicas procedió a distribuir el contrato 101-C a la Mgs. Xxxxxx Xxxxxx, Administradora de Contrato.
Con fecha 19 de enero de 2021, el Banco Central del Ecuador realizó el pago del anticipo con comprobante Nro.108 al contratista Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx el por concepto de: “C101-2020. XXXXXXXX XXXXX. PAGO DEL 50% COMO
ANTICIPO DEL CONTRATO PARA IMPLEMENTACIÓN RECORRIDO VIRTUAL 360 MUSEO NUMIS. QUITO Y CUENCA, SEGÚN PÓLIZA BU 6871 VIGENTE 08/04/2021”.
Con fecha 19 de enero de 2021, la administradora del contrato 101-C, a través de correo electrónico notificó al contratista XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX que el Banco Central del Ecuador ha realizado el depósito por el valor del anticipo y que a partir de esa fecha inicia el plazo de ejecución del contrato.
Mediante Memorando Nro. BCE-DAC-2021-0095-M de 17 de febrero de 2021, la Dirección de Atención al Cliente solicitó a la Dirección Administrativa autorice al Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Asistente de Comunicación Social, para ser nombrado como técnico que no intervino en el proceso.
Mediante Memorando Nro. BCE-DA-2021-0840-M de 24 de febrero de 2021, la Dirección Administrativa autorizó al Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx como Técnico que no ha intervenido en el proceso de ejecución del contrato Nro. 101- C "IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA".
Con fecha 8 xx xxxxx de 2021, el contratista hace la entrega de renovación de la Garantía de Buen Uso de Anticipo de Nº0006871 la misma que tiene vigencia hasta el 8 xx xxxx de 2021 con una suma asegurada de USD 13.000.
TERCERA. - OBJETO DEL CONTRATO
El CONTRATISTA se obliga con la CONTRATANTE a la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y
XXXXXX y a ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y términos de referencia constantes en el pliego y en la oferta presentada por el CONTRATISTA el 18 de noviembre de 2020, que se agregan y forman parte integrante de este contrato.
CUARTA. - CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN
El contratista seleccionado por el Banco Central del Ecuador desarrolló la siguiente metodología de trabajo para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, de acuerdo con
lo establecido en el Término de Referencia que forma parte del contrato 101-C:
METODOLOGÍA DE TRABAJO | EJECUCIÓN DE LA METODOLOGÍA | |
1 | El/la Administrador del contrato, a los 5 días posterior a la entrega del anticipo entregará a el/la Contratista los insumos que se encuentran detallados en el numeral 9 del presente documento correspondiente a "Información que entrega la entidad contratante". | Mediante Oficio Nro. BCE-DAC- GDHEN-041-2021, de 23 de enero de 2021 la administradora del contrato procedió a realizar la entrega de la información que dispone la entidad contratante. |
2 | El/la Administrador del contrato, el equipo del Museo Numismático y el/la Contratista realizarán reuniones mensuales para la revisión de los avances del desarrollo de los recorridos 360°. | De manera mensual se realizaron las reuniones pertinentes para el seguimiento y revisión de avances entre el contratista, la administradora del contrato y el equipo del Museo Numismático. ● Acta de reunión 003 del 25 de enero de 2021. ● Acta de reunión 004 del 16 de febrero de 2021. ● Acta de reunión 005 de 16 xx xxxxx de 2021. ● Acta de reunión 006 de 25 xx xxxxx de 2021. |
3 | El/la Contratista a los 30 días posterior a la entrega del anticipo, entregará a el/la Administradora del Contrato, los guiones de los podcast y videos cortos para revisión. El/la Administradora del Contrato tendrá 5 días posterior a la entrega de los mismos para su revisión y aprobación. En caso de que se requieran realizar cambios a los guiones el plazo entre correcciones y aprobación será de 5 días contados a partir de la notificación de el/la Administrador del contrato. Una vez aprobados los guiones de podcast y videos cortos el/la Contratista podrá iniciar con su producción. | Mediante Oficio s/n de 17 de febrero de 2021 el contratista realizó la entrega los guiones de los podcast y videos cortos para revisión. Mediante Oficio Nro. BCE-DAC- GDHEN-078-2021, de 21 de febrero de 2021, la administradora del contrato solicitó al contratista a realizar correcciones sobre los guiones presentados. Mediante Oficio s/n de 25 de febrero de 2021 el contratista entregó los guiones de los podcast y videos con las correcciones solicitadas. |
Mediante Oficio Nro. Nro. BCE- DAC-GDHEN-082-2021, de 1 xx xxxxx de 2021, la administradora del contrato procedió a aprobar los guiones de los podcast y videos para su producción. | ||
4 | El/la Contratista a los 75 días posterior a la entrega del anticipo presentará la implementación de los recorridos 360° en la plataforma virtual para revisión. El/la Administradora del contrato tendrá 7 días posterior a la entrega para su revisión y aprobación. En caso de que se requieran realizar cambios a los recorridos 360° el plazo entre correcciones y aprobación final será de 8 días contados a partir de la notificación de el/la Administrador del contrato. | Mediante Oficio s/n de 3 xx xxxxx de 2021, el contratista realizó la entrega de los avances de los productos, a los 75 días correspondientes a la implementación de los recorridos 360° en la plataforma virtual para revisión. Mediante Oficio Nro. BCE-DAC- GDHEN-111-2021 de 9 xx xxxxx de 2021 la administradora del contrato envió al contratista las observaciones y pedido de correcciones a los productos entregados y dió al contratista un plazo máximo de 5 días para la entrega final. |
Mediante Oficio s/n de 14 xx xxxxx de 2021 y oficio s/n de 15 xx xxxxx de 2021 en alcance al precedente, el contratista entregó los cambios solicitados a la implementación de los recorridos 360 en la plataforma virtual que incluyen la revisiones y añadiduras solicitadas por la administradora del contrato. | ||
Mediante Oficio Nro. BCE-DAC- GDHEN-115-2021 de 16 xx xxxxx de 2021 la administradora del contrato aprobó la implementación de los recorridos 360 en la plataforma virtual. |
5 | El/la Contratista a los 90 días de la entrega del anticipo deberá entregar la implementación final de los dos recorridos 360° en la plataforma virtual accesible y funcional desde la página web del Museo Numismático y adicional entregará los productos insertos (modelados 3D, podcast, vídeos, fotografías) de manera digital en cualquier medio (flash memory, disco, disco duro) y en formatos editables de acuerdo a lo que se establece en el numeral 10. | Mediante Oficio s/n de 18 xx xxxxx de 2021 el contratista realizó la entrega de los productos finales del contrato 101-C de acuerdo como se estipula en los numerales 8. Metodología de Trabajo y 11. Productos esperados del Término de Referencia que forma parte del contrato. El contratista realizó la entrega física de una flash memory con los productos esperados. |
6 | El contratista brindará 2 horas de capacitación al personal del Museo Numismático, sobre el uso de la plataforma con los recorridos virtuales implementados y entregará material (manuales de uso y aplicativos ) de manera física y digital mediante correo electrónico al administrador del contrato. | El contratista brindó 2 horas de capacitación el 19 xx xxxxx de 2021 con la participación de 9 funcionarios del Museo Numismático y la Dirección de Atención al Cliente. Se registra en Acta de reunión 008 de 19 xx xxxxx de 2021. El contratista realizó la entrega del |
material de manual de uso y aplicativo | ||
de forma física (impresa) y digital | ||
mediante correo electrónico. |
QUINTA. - CONDICIONES OPERATIVAS
Sobre la base de las condiciones generales de ejecución, el contratista Ing. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX ejecutó la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y
XXXXXX, de acuerdo con la metodología de trabajo estipulada en el numeral 8. Metodología de Trabajo del Término de Referencia.
Mediante INFORME TÉCNICO DE REVISIÓN, RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN DEL CONTRATO No. 101-C, BCE-DAC-GDHEN-116-202, suscrito el 20 xx xxxxx
de 2021 se revisó, validó y aceptó la ejecución de la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA
conforme la metodología y especificaciones técnicas de cada ítem. Este documento forma parte de la presente acta.
SEXTA. - LIQUIDACIÓN ECONÓMICA
Según la Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO del contrato 101-C:
“4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es de VEINTE Y SEIS MIL con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 26.000,00), valor que grava tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de conformidad con la oferta presentada el 18 de noviembre de 2020; y, el desglose de precios remitido por el contratista mediante comunicación de 23 de diciembre de 2020, que se agregan y forman parte integrante del presente instrumento.
4.2 Los precios acordados en el contrato para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que grava tarifa 0%, conforme se menciona en el numeral 4.1 de esta Cláusula.”
Código CPC | Descripción del servicio | Unida d | Cantida d | Precio Unitario | Precio Global |
IMPLEMENTACIÓN DEL | |||||
RECORRIDO VIRTUAL | |||||
96411002 | 360 DEL MUSEO | 1 | 1 | 26.000 | 26.000 |
1 | NUMISMÁTICO QUITO Y | ||||
CUENCA | |||||
TOTAL (no graba IVA) | 26.000 |
FORMA DE PAGO
De acuerdo a la cláusula Sexta. – FORMA DE PAGO del contrato 101-C:
“La CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente manera:
6.1 ANTICIPO: La Contratante entregará en calidad de anticipo el 50% (cincuenta por ciento) del valor total del contrato, luego de la suscripción del mismo y una vez que el CONTRATISTA haya presentado la garantía del anticipo, prevista en el artículo 75 la LOSNCP, por igual valor del mismo y a satisfacción de la Contratante.
El valor del anticipo será depositado en una cuenta que el Contratista abra en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento (50%). “El/la contratista”, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.
La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro del término de quince (15) días siguientes de suscrito el contrato.
El Contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El/la
La administradora del contrato designada por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual.
Adicionalmente la Administradora del contrato emitirá los informes respectivos con los cuales se dará trámite al pago por la entidad contratante.
La Contratante pagará al Contratista por cada ítem requerido en los numerales 10 y 11 de los Términos de Referencia conforme la oferta económica desglosada presentada y lo definido en el contrato, el valor unitario y total de cada ítem deberá estar dentro del margen del presupuesto referencial.
En ese sentido, el 100% del valor del contrato será cancelado contra entrega total de los recorridos 360°, descontando el porcentaje del anticipo contractual que se haya entregado.”
CANT. | DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | Valor unitario | Valor total |
2 | RECORRIDO VIRTUAL 360 | 2 recorridos virtuales de los museos de Quito y Cuenca: consiste en fotografías 360° de interiores y exteriores montadas en una plataforma para los recorridos. Área en Quito: Interiores: 1129.3 m2; Exteriores: 1249 m2 Área en Cuenca: 298,68 m2 interiores. 2 videos cortos: 15 segundos c/u | $4010 | $8020 |
para redes sociales de cada recorrido. 2 tomas 360º de áreas exteriores de Quito y Cuenca. Etiquetas ilimitadas: consiste en etiquetas que se despliegan en cada recorrido 360° con texto y/o imágenes de bienes culturales y/o detalles arquitectónicos en alta resolución. | ||||
300 | FOTOGRAFÍAS DE EXTERIORES, INTERIORES Y BIENES CULTURALES | Fotografías sedes Quito y Cuenca: - 70 fotografías de exteriores - 230 fotografías de interiores y bienes culturales. - Postproducción fotográfica. - Entrega en .tiff para impresión y .jpg para web y redes. | $ 15 | $4500 |
50 | OBJETOS EN 3D | Elaboración y modelado1 de bienes arqueológicos y monedas que se despliegan desde las vitrinas en medio de los recorridos en 360° de Quito Cuenca | $220 | $11000 |
2 | PODCASTS TEMÁTICOS | Elaboración de guiones. Grabación de locuciones Idiomas: español, e inglés. Edición. Diseño sonoro. Masterización2. 3 minutos c/u | $1200 | $2400 |
1 | HOSTING | Plataforma externa3 por 1 año: la plataforma debe estar embebida4 o alojada en la página web del Museo Numismático | $80 | $80 |
SUBTOTAL | $26000 | |||
IVA 0% | 0 | |||
TOTAL | $26000 |
1 El modelado 3D es la creación de imágenes en 3 dimensiones a través de medios informáticos como las computadoras u otros dispositivos. El modelado 3D permite visualizar el resultado final de un objeto de manera tridimensional y sirve para su aplicación en animación y/o efectos visuales.
2 La masterización es el último paso de la postproducción de audio.El propósito de la masterización es equilibrar los elementos sonoros de una mezcla estéreo y optimizar la reproducción de todos los sistemas y formatos.
3 La plataforma externa debe ser compatible con la página web del Museo Numismático del Banco Central del Ecuador.
4 En programación o desarrollo de páginas web, embeber significa insertar (incrustar) código de un lenguaje dentro de otro lenguaje.
Los pagos relacionados con el Contrato No. 101-C, se detallan en el siguiente cuadro:
DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO (SIN IVA) | CANTIDAD | PRECIO TOTAL (SIN IVA)* | AMORTIZACIÓN | MULTAS | LIQUIDACIÓN DE PAGO | ESTADO |
Valor total del contrato No. 101-C | 26.000,00 | ||||||
Pago de anticipo | 13.000,00 | pagado | |||||
RECORRIDO VIRTUAL 360 | $ 4.010,00 | 2 | $ 8.020,00 | $ 4.010,00 | $ - | - 4.010,00 | pago a contra entrega para trámite de pago |
FOTOGRAFÍAS DE EXTERIORES, INTERIORES Y BIENES CULTURALES | $ 15,00 | 300 | $ 4.500,00 | $ 2.250,00 | $ - | - 2.250,00 | |
OBJETOS MODELADOS EN 3D | $ 220,00 | 50 | $ 11.000,00 | $ 5.500,00 | $ - | - 5.500,00 | |
PODCAST TEMÁTICOS | $ 1.200,00 | 2 | $ 2.400,00 | $ 1.200,00 | $ - | - 1.200,00 | |
HOSTING | $ 80,00 | 1 | $ 80,00 | $ 40,00 | $ - | - 40,00 | |
TOTAL | $ 26.000,00 | $ 13.000,00 | $ - | 26.000,00 |
*0% del Impuesto al Valor Agregado IVA en base al Decreto Ejecutivo Nro. 829 de 29 de julio de 2019 y Circular Nro. NAC- DGECCGC19-00000004 de 13 de septiembre de 2019
El pago correspondiente al anticipo, tendrá la siguiente afectación presupuestaria:
CERTIFICACIÓ N DE FONDOS | CRP | NOMBRE DE LA CUENTA | CUENTA | AUXILIAR | MONTO A PAGAR CON IVA 0% |
CE-139 | 2062 | ACTIVIDADES NUMISMÁTICAS DEM UIO | 412410 | 401201 | $ 26.000 |
SÉPTIMA. –LIQUIDACIÓN DE PLAZOS
CONTRATADO | ENTREGA | |||||
CANT . | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | PLAZO | CAN T. | PRODUCTO ENTREGADO | FECHA DE ENTREGA | OBSERV ACIÓN |
2 recorridos virtuales de los museos de Quito y Cuenca: consiste en fotografías 360° de interiores y exteriores montadas en una plataforma para los recorridos. Área en Quito: Interiores: 1129.3 m2; Exteriores: 1249 m2 Área en Cuenca: 298,68 m2 interiores. | 2 recorridos virtuales de los museos de Quito y Cuenca Quito: xxxxx://xx.xxxxxxxxx x.xxx/xxxx/?xx0X T6Wy6P356 Cuenca: xxxxx://xx.xxxxxxxxx x.xxx/xxxx/?xx0xx o4f57t4n | |||||
2 | 2 videos cortos: 15 segundos c/u para redes sociales de cada recorrido. 2 tomas 360 de áreas exteriores de Quito y Cuenca. Etiquetas ilimitadas: consiste en etiquetas que se despliegan en cada recorrido 360° con texto y/o imágenes de bienes culturales y/o detalles arquitectónicos en alta resolución. | 18 xx xxxxx de 2021 | 2 | 2 videos cortos: 15 segundos c/u para redes sociales de cada recorrido - entrega en flash memory (*) 2 tomas 360 de áreas exteriores de Quito y Cuenca - entrega en flash memory) Etiquetas ilimitadas: se encuentran incrustadas en los recorridos virtuales en los links que se adjuntan. | 18 xx xxxxx de 2021 | Se recibe a satisfacci ón |
300 | FOTOGRAFÍAS DE EXTERIORES, INTERIORES Y BIENES CULTURALES Fotografías sedes Quito y Cuenca: - 70 fotografías de exteriores | 18 xx xxxxx de 2021 | 300 | 300 FOTOGRAFÍAS DE EXTERIORES, INTERIORES Y BIENES CULTURALES Fotografías sedes Quito y Cuenca: - 70 fotografías de exteriores | 18 xx xxxxx de 2021 | Se recibe a satisfacci ón |
- 230 fotografías de interiores y bienes culturales. - Postproducción fotográfica. - Entrega en .tiff para impresión y .jpg para web y redes. | - 230 fotografías de interiores y bienes culturales. - Postproducción fotográfica. - Entrega en .tiff para impresión y .jpg para web y redes. | |||||
Entrega en flash memory | ||||||
50 | OBJETOS EN 3D Elaboración y modelado de bienes arqueológicos y monedas que se despliegan desde las vitrinas en medio de los recorridos en 360° de Quito Cuenca | 18 xx xxxxx de 2021 | 50 | 50 OBJETOS EN 3D Elaboración y modelado de bienes arqueológicos y monedas que se despliegan desde las vitrinas en medio de los recorridos en 360° de Quito Cuenca | 18 xx xxxxx de 2021 | Se recibe a satisfacci ón |
Entrega en flash memory | ||||||
2 | PODCAST TEMÁTICOS Elaboración de guiones. Grabación de locuciones Idiomas: español, e inglés. Edición. Diseño sonoro. Masterización. 3 minutos c/u | 18 xx xxxxx de 2021 | 2 | 2PODCASTS TEMÁTICOS Elaboración de guiones. (*) Grabación de locuciones Idiomas: español, e inglés. Edición. Diseño sonoro. Masterización. 3 minutos c/u | 18 xx xxxxx de 201 | Se recibe a satisfacci ón |
Entrega en flash memory | ||||||
1 | HOSTING Plataforma externa por 1 año: la plataforma debe estar embebida o alojada en la página web del Museo Numismático | 18 xx xxxxx de 2021 | 1 | 1 HOSTING MATTERPORT Plataforma externa por 1 año: la plataforma está alojada en la página web del Museo Numismático | 18 xx xxxxx de 2021 | Se recibe a satisfacci ón |
Entrega links de ingreso y claves |
(*) Los guiones de los podcast y videos cortos para revisión fueron recibidos el 17 de febrero de 2021, y la aprobación a esos contenidos se efectuó el 1 xx xxxxx de 2021, con ese procedimiento el contratista pudo producir y entregar el 18 xx xxxxx de 2021.
En tal virtud, el contratista ha llevado a cabo la ejecución de la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y
CUENCA, conforme lo expuesto en las condiciones operativas del presente documento.
De acuerdo a la Cláusula Octava del Contrato No. 101-C señala que:
“El plazo de ejecución del contrato será de noventa (90) días contados a partir de la entrega del anticipo.”
Con lo expuesto, es necesario señalar que el 31 de diciembre de 2020 se suscribió el contrato No. 101-C entre el Banco Central del Ecuador y el contratista señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX con RUC No. 1718864968001
para la ejecución del servicio de "IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA".
Con fecha 19 de enero de 2021, el Banco Central del Ecuador realizó el pago del anticipo correspondiente al 50% del valor del contrato, desde esa fecha se contabilizó el plazo de 90 días calendario para la entrega de los productos del servicio de “IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA”, contrato 101-C.
Con la entrega efectuada mediante Oficio s/n de 18 xx xxxxx de 2021 el contratista ha cumplido con todas sus obligaciones contractuales del Contrato No. 101-C con lo cual concluye sus obligaciones una vez que han sido recibidos los productos esperados a satisfacción por el Museo Numismático del Banco Central del Ecuador.
OCTAVA. - CONSTANCIA DE LA RECEPCIÓN
En virtud de lo expuesto, el Banco Central del Ecuador deja constancia que el contratista Ing. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX ha entregado los productos esperados, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8. Metodología de Trabajo del Término de Referencia y las condiciones particulares del contrato 101-C, por lo que se procede a firmar la presente acta entrega recepción definitiva.
NOVENA. - CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES
La Mgs. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en calidad de Administradora del Contrato No. 101-C y el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, como Técnico que no intervino en la ejecución del Contrato, dejan constancia que el contratista señor XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX ha dado cumplimiento a las obligaciones generadas en el contrato No. 101-C, suscrito el 31 de diciembre de 2020, para la IMPLEMENTACIÓN DEL RECORRIDO VIRTUAL 360 DEL MUSEO
NUMISMÁTICO QUITO Y CUENCA conforme a los términos de referencia, a los pliegos y a la oferta, con lo cual concluye su obligación contractual.
Las partes que intervienen en la suscripción de la presente acta de entrega recepción definitiva se ratifican en todo lo expuesto y para constancia de ella suscriben la presente acta.
ENTREGUÉ CONFORME
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
Nombre de reconocimiento (DN): c=EC, o=BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, ou=ENTIDAD DE CERTIFICACION DE INFORMACION- ECIBCE, l=QUITO,
serialNumber=0000563625, cn=XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
Fecha: 2021.04.20 19:30:41 -05'00'
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Contratista
RECIBÍ CONFORME
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX
Mgs. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Administradora del Contrato Técnico que no interviene en el proceso
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX