Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN EL DESARROLLO DE LA MOVILIDAD EUROPEA DE LOS JÓVENES XX XXXXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato el servicio consistente en el desarrollo de la movilidad europea de los jóvenes xx Xxxxxxxxxx potenciando el aprendizaje permanente y el desarrollo de las competencias personales que favorezcan la empleabilidad, interculturalidad y sentimiento de ciudadanía activa.
Promover la participación de las asociaciones xx Xxxxxxxxxx en proyectos europeos. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV), 80570000-0. Servicios de formación para el perfeccionamiento personal.
2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato ha sido calificado de SERVICIOS de conformidad con el artículo 10 y el Anexo II categoría 24 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre, (en adelante TRLCSP), el presente contrato se califica como CONTRATO DE SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO Y CULTURALES.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El expediente tiene carácter ordinario tramitándose por procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, en atención a la cuantía del servicio, conforme disponen los artículos 177.2 y 174 de la TRLCSP.
4.- ÓRGANO COMPETENTE
El órgano competente para aprobar la presente licitación será el Presidente del Patronato Sociocultural por Delegación del Gerente según Decreto 2/2012, de uno de octubre.
5.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son el desarrollo de la movilidad europea de los jóvenes xx Xxxxxxxxxx potenciando el aprendizaje permanente y el desarrollo de las competencias personales que favorezcan la empleabilidad, interculturalidad y sentimiento de ciudadanía activa.
6.- TIPO DE LICITACIÓN.
Se establece un tipo de
licitación en la cantidad de VEINTISEIS
MIL QUINIENTOS DIEZ
EUROS (26.510,00 .- € +21% IVA). El importe correspondiente al IVA (21%) es de CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS DE EURO (5.567,10 .-€).
Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA.
Todos los gastos en materiales, transportes, entrega en las dependencias municipales, impuestos, tributos o de cualquier otra índole estarán incluidos en este precio.
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de UN AÑO contado desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo.
De mutuo acuerdo entre las partes el plazo podrá prorrogarse por periodo de UN AÑO, si las necesidades de la prestación del servicio que se oferta así lo aconsejan.
8.- VARIANTES Y/O MEJORAS.
Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes.
No obstante podrán presentarse mejoras de utilidad para el servicio que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación.
Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Patronato.
9.- FORMA DE PAGO.
El pago se efectuará mediante la presentación, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de la correspondiente factura que se abonará previo informe del Departamento correspondiente, la fiscalización de la Intervención Municipal y una vez aprobada por el Órgano Municipal competente.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 216.4 de la TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria sexta de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
10.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 187 3370 22799 por valor de 2.673,09 €, del Presupuesto del año 2014.
El desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2014 2.673,09.- € IVA incluido.(para 1 mes).
Año 2015 32.077,10.- € IVA incluido.(para 12 meses). (en caso de prórroga) Año 2016 29.404,01.- € IVA incluido.(para 11 meses). (en caso de prórroga)
Al estar previsto que este contrato se formalice en el presente ejercicio presupuestario y que la
ejecución del mismo alcance ejercicios posteriores, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 110.2 TRLCSP
deberán de comprometerse créditos con
las limitaciones que se
determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.
11.- ASPECTOS NEGOCIABLES.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 176 del TRLCSP y a la propuesta
efectuada por el Servicio
promotor del expediente, se indica que
se consideran aspectos
puntuables y negociables los que siguen:
- El precio del contrato, que no podrá superar el tipo máximo de licitación establecido en el Pliego, ponderando el 51% respecto del total de la oferta.
- Desarrollo del proyecto, ponderando el 20% respecto del total de la oferta.
- Organización del servicio, ponderando el 15% respecto del total de la oferta.
- Mejoras técnicas, ponderando el 14% respecto del total de la oferta.
12.- GARANTÍAS.
PROVISIONAL: De conformidad con el Art. 103 del TRLCSP no se exige garantía provisional en el presente contrato.
DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP deberá depositar la garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación, excluido
el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP y en caso de
constituirse mediante aval el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Trámite de ingreso de garantía definitiva:
• El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Tesorería (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora.
La garantía definitiva debe entregarse en el Departamento de Tesorería del Patronato Sociocultural.
• En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de
caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
13.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición para contratar establecidos en el artículo 60 del TRLCSP.
Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y económica, técnica y profesional de la siguiente manera:
acreditar su solvencia
• Solvencia económica y financiera:
1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse con la aportación de:
Declaración sobre el volumen global de negocios y sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
2. Si por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Solvencia técnica y profesional:
• Tener conocimiento de la red de información europea de acreditará ser miembro de la red Eurodesk y en su caso gestionado el servicio.
• Estar acreditado ante la agencia nacional de Erasmus + en realización del voluntariado europeo.
juventud Eurodesk: se la experiencia de haber
España (Injuve) para la
• Experiencia en gestión de programas similares durante los años 2012, 2013 y 2014.
• La formación (mostrada) del representante de la entidad, actividades desarrolladas, será:
- Conocimientos de programas europeos.
- Conocimientos xx xxxxxx.
mediante currículo de
• La formación y experiencia (mostrada) de la persona que cubre el horario de 32h en el servicio será la siguiente:
- Diplomatura o grado.
- Titulación en Tiempo libre, Coordinador, Monitor o sociocultural.
Técnico de animación
- Conocimientos xx xxxxxx mínimo First certificate o similar.
- Experiencia personal de estancia en Europa, por estudios u otras experiencias, en especial el servicio de voluntariado europeo.
- Experiencia europeo..etc.
en gestión de programas europeos intercambios, voluntariado
- Experiencia en trabajo con jóvenes y asociacionismo juvenil.
• Indicación de la subcontratar.
parte de contrato que tiene, eventualmente, el propósito de
14.-. PLAZOS DE PRESENTACIÓN, PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS.
El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado, en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural, desde las 9,00 a las 14,00 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de presentación de ofertas.
1) INVITACIÓN PARA PRESENTAR OFERTAS.
Se invitará al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato,
concediendo el plazo de presentación de oferta.
10 días naturales, desde el siguiente
a la recepción, para la
2) FORMA EN QUE DEBERÁN PRESENTARSE LAS OFERTAS
Antes de las 14 horas del último día del plazo, los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxxxx o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del art. 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos de
cláusulas administrativas particulares y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho
individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Persona de contacto.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico.
- En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido.
Sobre 1. Documentación Administrativa.
La documentación administrativa podrá aportarse por cualquiera de los siguientes modos, a elección del licitador:
A).- Registro de licitadores.
En caso de encontrarse inscrito el licitador en el Registro de licitadores de la Comunidad de Madrid, bastará con la presentación de original o fotocopia compulsada de la certificación
correspondiente, vigente
a la finalización del plazo de presentación
de las proposiciones, a
cuyo efecto se acompañará de declaración expresa de que los datos incluidos en la
certificación se mantienen en vigor y de que no ha experimentado variación.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, según se requiera en el presente Xxxxxx, así como de la dirección a efectos de notificaciones conforme el apartado B, e).
B).- Aportación de la siguiente documentación:
Deberán presentar originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o por el Secretario del Consejo Rector, persona en quien delegue o empleados del Registro de Entrada.
a) Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su
representación (D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos,
Escritura de Poder, representación, etc..). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza.
La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán a la proposición bastanteados por el Secretario del Consejo Rector o persona en quien delegue, a cuyo efecto, deberán ser presentados previamente en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento), en atención al siguiente trámite:
Podrá efectuarse en cualquier momento desde la apertura de la licitación hasta las 48
horas previas a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones,
requiriéndose la aportación de escritura de constitución de Sociedad, escritura de poder,
D.N.I. del apoderado e ingreso de la tasa correspondiente (según ordenanzas municipales) en las entidades bancarias colaboradoras del Patronato Sociocultural xx Xxxxxxxxxx. Este documento tendrá una validez de 6 meses.
Las personas físicas no han de realizar este trámite.
b) Acreditación de la clasificación o solvencia económica y técnica o profesional en los términos expuestos en la cláusula de “Criterios de selección y capacidad para contratar” del presente Xxxxxx.
En su caso, deberá acompañarse la clasificación de declaración expresa de que la misma se mantiene en vigor y que no ha experimentado variación.
c) Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla
comprendido en
ninguno de los casos de prohibición
para contratar con la
Administración, a que se refieren los artículos 60 y concordantes de la TRLCSP.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba
presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
La declaración correspondiente a las obligaciones tributarias podrá sustituirse por la
autorización que realice el adjudicatario para que, por el Patronato Sociocultural del
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se acceda a los datos tributarios de su empresa,
cumplimentando para ello el modelo que figura en el Anexo correspondiente del presente Xxxxxx.
d) Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el
contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos.
artículo 38.1 de la Ley
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el
que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de
reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en
plantilla el 2% de
trabajadores minusválidos por no superar
los 50 trabajadores, se
deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
e) Correo electrónico y domicilio a efectos de notificación: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax.
f) Cualquier otro documento que, a criterio del licitador, ayude al Patronato Sociocultural a su mejor identificación y valoración de la oferta presentada.
g) En el caso de empresas extranjeras deberán aportar además:
- Sus documentos constitutivos, traducidos al Castellano.
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles
de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto
pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero Jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
- Las empresas
no españolas de Estados miembros de
la Comunidad Europea
acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos
previstos en los arts. 58 y 72.2 TRLCSP. La prueba, cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea de no estar incursos los empresarios en las prohibiciones para contratar con la administración recogidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, podrá también realizarse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial cuando esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, conforme a lo dispuesto en el art. 73.2 del indicado texto legal.
- Las empresas
extranjeras no comunitarias acreditarán
su capacidad de obrar
mediante la aportación de los documentos previstos en el art. 72.3 de la TRLCSP.
Sobre 2. Documentación Técnica y Económica:
En este sobre deberá introducirse la documentación necesaria para definir y valorar la
propuesta presentada en
los aspectos recogidos en la cláusula de
criterios de adjudicación
ponderables en función de un juicio de valor. A tal efecto, deberán presentar:
- Adecuación del proyecto a las características técnicas
- Otras mejoras
La Propuesta técnica deberá venir asimismo firmada por el representante o apoderado legal de la empresa.
Asimismo, deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos, conforme al modelo de proposición económica incluido al final del presente pliego.
15.- REQUISITOS DE LAS OFERTAS.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los Pliegos y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas, así como del proyecto y xxx xxxxxx de condiciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se autorice.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho
individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas la propuestas por él suscritas.
16.- CALIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, por parte de la Secretaría del Patronato se
procederá a examinar la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1:
Documentación administrativa, dejando constancia del mismo.
Si no se observan defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente a la apertura de la oferta técnica y económica.
Si se observaran defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada se requerirá al licitador concediendo un plazo no superior a tres días hábiles a
contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante
entrega de los documentos que xxxxxxxx o subsanen la documentación en el Departamento de Contratación del PSC, 4ª planta, Plaza Mayor, nº 1.
17.- FASES DE SELECCIÓN:
Tras la apertura de la oferta económica y técnica y el estudio de las ofertas presentadas se solicitará a cada licitador la mejora de la misma en el aspecto económico principalmente así como en el resto de aspectos negociables.
Se mantendrá al menos una reunión, de la que se levantará acta suscrita por el técnico
representante del Patronato y por el representante de cada licitador presentado, que versará sobre la mejora de la oferta en los aspectos negociables.
18.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Una vez abierta la oferta técnica y económica, se dará traslado de la misma a los servicios técnicos, para que procedan a la negociación con los licitadores. Negociados definitivamente las ofertas de los licitadores, la adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
CRITERIOS DE PONDERACIÓN OBJETIVOS:
Mejor oferta económica De 0 a 51 puntos.
La puntuación de las ofertas económicas se determinará de la siguiente manera:
Obtendrán 0,51 puntos por cada 0,10% de baja respecto del precio
unitario, hasta un máximo de 51 puntos (Las bajas iguales o superiores al 10% obtendrán la puntuación máxima)
CRITERIOS DE PONDERACIÓN SUBJETIVOS De 0 a 49 puntos
•Desarrollo del Proyecto (objetivos, acciones a realizar, métodos de evaluación)
•Organización del Servicio
•Mejoras técnicas presentadas
de 0 a 20 puntos
de 0 a 15 puntos
de 0 a 14 puntos
19.- ADJUDICACIÓN.
1) Clasificación de las ofertas:
El órgano de contratación previo informe técnico, aprobará la adjudicación de las proposiciones presentadas.
El órgano de contratación requerirá al licitador elegido para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar
o adscribir a la ejecución
del contrato conforme al artículo 64.2 que
le reclame el órgano de
contratación, así como constituir la garantía definitiva.
Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se
desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos
laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. Se propondrá, previo informe técnico, nueva adjudicación.
2) Adjudicación:
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de siguientes a la recepción de la documentación.
los cinco días hábiles
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art. 151 de la TRLCSP.
3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
La formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores de conformidad con el art. 156 TRLCSP.
20.- REVISION DE PRECIOS
Este contrato queda expresamente excluido de la revisión de precios que se determina en el artículo 89 y siguientes del TRLCSP.
21.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
Se podrá designar a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su
ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la
correcta realización de la atribuyan.
prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le
22.- SUBCONTRATACIÓN.
Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación en un (máximo 60%).por ciento del importe del contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 227 TRLCSP. Deberá indicarse necesariamente en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, indicando el importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, los subcontratistas.
En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos en los términos del apartado 2,b del artículo 227 de la TRLCSP.
En todo caso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 del Real Decreto Ley 9/2008, los contratistas deberán abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones
cuya realización les hayan encomendado en el plazo máximo de treinta días naturales,
computado desde la fecha de aprobación por el contratista principal de la factura emitida por el subcontratista o suministrador.
Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.2 de la Ley de Contratos del Sector Público o el límite máximo especial establecido para la subcontratación se impondrá la penalidad regulada en el artículo 227,3 con sujeción a lo siguiente:
Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 212,8 de la TRLCSP.
Como regla general, su
cuantía será un 5% del importe del
subcontrato, salvo que,
motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
En caso de que una parte del contrato tenga que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, podrá suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de una porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstos no exceda del 50% del contrato.
23.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
No se establecen condiciones especiales de ejecución.
24.- CASOS DE IMPOSICION DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCION Y DENUNCIA DEL CONTRATO.
El contrato quedará sometido en estos aspectos al R.D. 3/2011, de 14 de noviembre, Texto
Refundido de Contratos del Sector Público y legislación que la desarrolle, y específicamente:
1. Si el contratista incumple las obligaciones que le corresponden, el Patronato estará facultado para exigir su cumplimiento, declarar la resolución del contrato o imponer una sanción de conformidad con lo establecido en el Pliego.
2.- Determinación de las faltas
Se considerarán infracciones muy graves:
▪ La prestación del servicio contratado con personal que no sea del adjudicatario o con la empresa subcontratada.
▪ Desobediencia a las órdenes oficiales de los servicios técnicos del Patronato Socio Cultural xx Xxxxxxxxxx.
▪ El incumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
▪ El incumplimiento de las normas y condiciones que regulan la prestación del servicio así como de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego
cuando supongan
un perjuicio muy grave a las personas,
los bienes o el medio
ambiente, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
▪ La comisión de dos o más infracciones graves en el plazo de seis meses.
Tendrán la consideración de infracciones graves:
▪ Cualquier retraso superior a dos horas en la atención de emergencias.
▪ Incumplimiento en la colaboración con los Organismos de Control Autorizado.
▪ La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios y sancionada más de dos veces en un año.
▪ El retraso sistemático en los horarios, la no utilización de establecidos o el mal estado de conservación de los mismos.
los medios mecánicos
▪ Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria con el vecindario o
personal municipal, tanto por trato incorrecto como por deficiencias en la prestación del servicio.
▪ El incumplimiento de las normas y condiciones que regulan la prestación del servicio así como de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego
cuando supongan ambiente.
un perjuicio subsanable a las personas,
los bienes o el medio
▪ La comisión de dos o más infracciones leves en el plazo de tres meses.
Tendrán la consideración de infracciones leves:
▪ La imperfección no reiterada en la prestación de los servicios.
▪ La descortesía mostrada hacia el personal municipal.
▪ La falta o deficiencia en la uniformidad o identificación del ejecutar los servicios.
personal encargado de
▪ Todas aquellas infracciones no previstas en los puntos anteriores y que signifiquen detrimento de las condiciones de servicio establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, con perjuicio no grave.
3.- Determinación de las Sanciones
A. La comisión de cualquier falta leve dará lugar, previo expediente instruido a tal efecto por la Presidente del Patronato Sociocultural, con audiencia del adjudicatario, al apercibimiento de la Entidad contratante.
B. La comisión de cualquier falta grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto por la Presidente del Patronato Sociocultural, con audiencia de la Entidad Contratante, a la imposición de la sanción económica estipulada por la normativa vigente y a la reparación del daño causado, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad a que el hecho diere lugar.
C. La comisión de falta muy grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto con
audiencia a la entidad contratante, a la imposición de la sanción económica estipulada por la normativa vigente y/o a la renovación del contrato.
D .La reiteración en el plazo de tres meses de tres faltas de las calificadas como muy graves, dará lugar a la revocación del contrato, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar.
4 .- Las causas de resolución del contrato serán, además de las previstas en la Ley de Contratos del Sector Público, el incumplimiento de tres faltas graves en un periodo de seis meses
Las sanciones aplicables
por el órgano de contratación de las
infracciones más arriba
recogidas consistirán en multa pecuniaria en la siguiente cuantía:
Sanciones leves: 2% del precio del contrato. Sanciones graves: 5% del precio del contrato. Sanciones muy graves: 10% del precio del contrato.
La apertura de expediente sancionador no exime al contratista de su obligación conforme a los
términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta
obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente.
La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos.
En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de órdenes de
ejecución origine gastos para el Patronato, el importe de los mismos se repercutirá al
contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro.
La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Patronato, originados por la demora del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la fianza y deberá además indemnizar al Patronato por los daños y perjuicios ocasionados.
Será competente para la iniciación y resolución de los expedientes a que se refiere esta
cláusula el órgano de contratación que lo fuera para aprobar el expediente y adjudicar el contrato.
Los expedientes sancionadores se tramitarán y resolverán según lo dispuesto en el RD
1398/93 de 4 xx xxxxxx, Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Estas sanciones se podrán detraer del pago de las facturas pendientes.
25.- RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar
alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados, si no se da causa de fuerza mayor.
26.- INTERPRETACIÓN.
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP, para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el art. 97 del Reglamento.
27.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los
asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando
obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo
referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx
profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
28.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 106 TRLCSP, el presente contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes supuestos:
1.- Modificaciones hasta un 20% del importe de adjudicación del contrato en virtud de la concesión de subvenciones europeas afectas al presente contrato.
Las modificaciones del contrato, aunque sucesivas, no podrán implicar aislada o conjuntamente, alteraciones del precio de adjudicación del contrato en cuantía superior en más o en menos, al 50% del mismo, con exclusión del IVA.
Las modificaciones que se acuerden se inciarán por escrito del contratista adjudicatario o del
responsable del contrato
designado por la Administración, dirigido al
órgano de contratación,
exponiendo las razones de interés público que basadas en la aparición de causas que no pudieron preverse al redactarse las especificaciones técnicas exigen dicho modificado para satisfacer las necesidades de la Administración que dieron lugar a la celebración del mismo.
Presentada dicha solicitud, el expediente de modificación contractual, carácter de urgencia, incluirá las siguientes actuaciones:
que se sustanciará con
Confección detallada de los elementos a modificar y de las características de los mismos. Audiencia del contratista por plazo de tres días.
Aprobación del expediente complementarios precisos.
de modificación del contrato, así como de
en su caso, los gastos
Requerimiento al contratista para formalización del documento de modificación contractual
conforme al artículo 156 del TRLCSP, con el consiguiente reajuste de la garantía definitiva en la cifra resultante del nuevo importe de adjudicación.
La modificación del expediente deberá adoptarse en el plazo máximo de tres meses desde su inicio.
29.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de
litigio, se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté
comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx.
30.- SEGUROS
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios de responsabilidad civil por valor mínimo de 300.000.-€ de riesgo cubierto.
Las correspondientes pólizas dispondrán de una cláusula de revalorización automática, en función de los incrementos que experimente el índice de los precios al consumo anualmente.
El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
31.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en:
- TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal.
desarrollo de la Ley de
- Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, de modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
32.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El Pliego de Condiciones Técnicas.
- El documento en que se formalice el contrato.
- La oferta técnica y económica del adjudicatario.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. con domicilio en y D.N.I. nº , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en
representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar:
1º.- Que enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico – Administrativas y Técnicas
aprobado por el Patronato Sociocultural xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato de
DESARROLLO MOVILIDAD EUROPEA DE LOS JÓVENES XX XXXXXXXXXX, lo acepta
íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º.- Que ofrece como precio para la ejecución del presente contrato la cantidad anual de
......................................................... euros, más el IVA correspondiente, que asciende a
................................................ euros. Siendo el importe total del contrato, IVA incluido de
........................................................................................... euros.
(expresar en letra y número)
3º.- Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..............., a ... de de 20 .
Firma
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía
recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos
de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida ...................
C.P. ................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F.
..................................., en virtud de lo dispuesto por : (artículos 95 y siguientes para constituir la garantía definitiva) de la Ley 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y
artículo 55 y siguientes
del Reglamento General de la Ley
de Contratos de las
Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de
la garantía y
obligación asumida por
el garantizado),
.............................................................................................., ante el Patronato Sociocultural del
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx por importe de (en letra) euros,
(en cifra) euros.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al
beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Patronato
Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley
de Contratos del Sector Administraciones Públicas.
Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las
La presente garantía estará en vigor hasta que el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación
o devolución de acuerdo complementaria.
con lo establecido en la citada Ley de
Contratos y legislación
Fecha.......................................
Razón social de la entidad.......
Firma de apoderados...............
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o Código
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir el contrato,
a adjudicar por el procedimiento................., para la realización del
contrato.................. de...............................................
AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS TRIBUTARIOS.
D./D.ª en
..........................................................
calidad de1
Con DNI / NIF nº , en nombre propio o en representación de la empresa
........................................................., con C.I.F. nº ............................................................
autoriza al Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, a acceder a los datos tributarios de esta empresa de conformidad con la legislación vigente y resultando exonerado de la obligación de presentar el certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias requerido en el Pliego de Condiciones de conformidad con el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre.
La presente autorización tendrá validez en cualquier expediente de contratación tramitado por el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx hasta tanto no sea revocada.
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
Fdo.
(1) Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.