PLIEGO DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES PARA EL PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA (PSC- PSOE)
PLIEGO DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES PARA EL PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA (PSC- PSOE)
I. Consideraciones de carácter general
1. Objeto y finalidad del contrato
El presente pliego tiene como objeto la regulación de las cláusulas administrativas que deben regir la prestación de servicios consistente en la contratación de una empresa que provea al Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE), en adelante PSC, del servicio de telecomunicaciones en las 118 sedes/locales y que tiene actualmente el PSC de fibra con voz y datos, y una red privada virtual de 16 federaciones/locales con la sede central del PSC en las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
2. Servicio a presupuestar
Por la duración del contrato, 3 años, el coste se fija en la cantidad de 620.000 €, a los cuales, se aplicará el tipo de IVA correspondiente.
En caso de ejercer la posibilidad de prórroga, el presupuesto de la misma se fija en 206.700 € al que se aplicará el tipo de IVA correspondiente.
3. Solvencia económica
Sólo podrán concurrir a la contratación que regula estas bases las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad jurídica de obrar cuyo objeto, estatutos o reglas fundacionales incluya entre su objeto, hasta o ámbito de actividad, las prestaciones que se pretendan contratar.
Asimismo, deberán disponer de la solvencia o clasificación y habilitación profesional o empresarial necesaria para realizar el objeto del presente pliego de bases.
La solvencia económica se justificará con una cifra anual de negocios declarada en el último ejercicio, que deberá ser, en conjunto, como mínimo equivalente al valor anual medio de licitación, acreditada mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390.
Alternativamente podrá acreditarse mediante la justificación de un patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de presentar las cuentas anuales, equivalente al valor estimado del contrato para un año.
El adjudicatario deberá justificar que dispone de recursos humanos y técnicos suficientes para ejecutar las prestaciones objeto del contrato, sin que esta actividad suponga la afectación de la totalidad de sus recursos.
4. Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte del presupuesto propuesto por parte del licitador adjudicatario, de acuerdo con su oferta que debe indicar, como partida independiente, el importe correspondiente al IVA que debe soportar el PSC.
En el precio del contrato se consideran incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier orden que sean de aplicación, así como los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en este pliego.
5. Duración del contrato y posibles prórrogas
El contrato tendrá una duración de (3) años a contar desde la firma del contrato. Finalizado este plazo, el PSC podrá optar por una prórroga de (1) año con el mantenimiento de las condiciones de la licitación.
6. División en lotes
Las razones por las que la presente licitación no es objeto de una división en lotes se justifica en que no hay prestaciones suficientemente diferenciadas que aconsejen la división en lotes del objeto del contrato ya que éste consiste en el servicio de telecomunicaciones, de voz, fija, móvil y datos que lo más recomendable es que sea facilitado por la propia empresa debido a la interrelación de cada uno de ellos.
II. Procedimiento de adjudicación
7. Publicidad de la licitación
Según lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación la presente licitación se mantendrá publicada en el perfil del contratante del PSC hasta que se produzca la adjudicación del contrato.
8. Procedimiento y forma de adjudicación
El procedimiento de aplicación será el ordinario. En caso de que no se hayan presentado ofertas o que las presentadas se consideren inadecuadas, irregulares o inaceptables la presente licitación podrá declararse desierta por parte del órgano de contratación.
Igualmente, el órgano de contratación puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación, en cualquier fase de éste, pero siempre antes de la formalización del contrato, cuando concurran circunstancias de carácter fáctico o jurídico que así lo aconsejen, prevaleciendo siempre el interés del PSC.
La valoración de las proposiciones corresponderá al órgano de contratación y recaerá sobre aquella proposición más ventajosa, de acuerdo con los criterios definidos en el pliego de bases contractuales y técnicas.
9. Documentos, plazo y forma para concurrir a la licitación
La documentación y ofertas para concurrir en la presente licitación deberá remitirse por correo electrónico a xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx hasta las 21 h de la fecha establecida como plazo máximo de presentación de ofertas en el anuncio de licitación.
El plazo para la presentación de las proposiciones y la documentación exigida será de treinta (30) días naturales a contar desde la fecha de publicación del anuncio de licitación.
El licitador, en el correo de remisión de la oferta y documental, indicará los siguientes datos de identificación de la empresa: su denominación, persona de contacto, teléfono y correo electrónico.
En el asunto del correo que se remita, junto con la documentación y oferta, se deberá indicar el número de expediente que se encuentra identificado en el anuncio de licitación publicado en el Perfil del contratante "004 2023".
No se admitirán ofertas presentadas fuera de este plazo. No obstante, se establece un plazo de dos (2) días hábiles para solicitar aclaraciones o enmiendas de la documentación presentada por los licitadores dentro del plazo establecido.
La presentación de la documentación y oferta supone la aceptación por parte del empresario de las condiciones de estas bases y su carácter vinculante.
La forma de presentación de la documentación, para preservar el principio xx xxxxxxx de las ofertas, deberá realizarse en tres envíos diferenciados.
El primero de los envíos incluirá la documentación necesaria para concurrir a la presente licitación que consiste en los siguientes documentos:
i. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia económica, declaración de no encontrarse incursiva en ninguna causa prevista de prohibición de contratar y el documento de Responsabilidad Social Corporativa.
ii. La firma del Código de Buenas prácticas de los proveedores del PSC.
iii. La firma del Compromiso de confidencialidad: los licitadores se comprometen a tratar la información que se les proporcione con absoluta confidencialidad durante y después del proceso de adjudicación sean o no seleccionados.
Un segundo envío en el que se contenga la documentación donde se valore los puntos sometidos a juicio de valor y la documentación técnica necesaria.
Un tercer envío que debe incluir únicamente la oferta económica de la licitación.
Ante deficiencias en ambos envíos, el órgano de contratación dispondrá de un plazo de tres días hábiles para requerir su enmienda.
Para ser considerada válida la documentación enviada deberá hacer uso xxx xxxxxxx x xxxxxxxxxx y deberá constar firmada por el licitador o por una persona con facultades de representación suficientes.
El licitador, con su concurrencia en el presente concurso y con la remisión de un correo electrónico con la documentación referida y su oferta, admite que las posteriores comunicaciones se puedan realizar a través del correo electrónico.
El licitador, con su concurrencia en la presente licitación, se compromete a presentar, en el momento que le sean requeridos, los documentos relativos al cumplimiento de los requisitos de personalidad, capacidad y representación, así como de la solvencia requerida.
10. Criterios de valoración y procedimiento de valoración de las ofertas
La evaluación de las ofertas recibidas corresponderá al órgano de contratación. Para la elección de la empresa adjudicataria se valorarán las ofertas presentadas estableciendo como criterio el precio y otros criterios relacionados con el objeto y finalidad del contrato como la calidad, prestaciones, valor técnico u otros similares.
Los criterios para valorar las ofertas presentadas responderán a criterios evaluables de forma automática, criterios que dependen de un juicio de valor, criterios técnicos y el precio propuesto según la relación siguiente:
I. Criterios evaluables de forma automática: para que pueda ser valorada la proposición se tendrá que aportar la documentación de obligada presentación.
En todo caso, se considerará documentación básica:
- Documento de confidencialidad y protección de datos.
- Documento de Responsabilidad Social Corporativa.
- Código de Buenas prácticas de los proveedores del PSC.
La presentación de la documentación básica será requisito indispensable para que el órgano de contratación pueda realizar la valoración de la oferta.
II. Precio Ofrecido
La valoración del precio ofrecido se realizará de acuerdo con la fórmula siguiente:
La valoración se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntuación = 40* (IMO/IO)
(1) IMO: importe mejor oferta en euros.
(2) IO: importe oferta
La adjudicación al licitador que presente la oferta económica más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundamentadamente que la proposición no se podrá llevar a cabo como consecuencia de la inclusión en ésta de valores anormales o desproporcionadas.
III. Criterios ponderables mediante un juicio de valor: estos criterios, vinculados al objeto del contrato, serán:
Juicios de valor | Puntos |
Calidad de la prestación del servicio | 1 a 5 |
La claridad y la coherencia del proyecto. | 1 a 5 |
Personal especializado formado por ingenieros y técnicos con experiencia. | 1 a 5 |
Servicio de asesoramiento y consultoría, con posibilidad de asesoramiento técnico permanente. | 1 a 5 |
Prestigio empresa licitadora. | 1 a 5 |
Experiencia previa satisfactoria con la empresa licitadora. | 1 a 5 |
TOTAL MÁXIMO | 30 sobre 15 |
IV. Requisitos técnicos:
Serán aquellos descritos en el Pliego de bases técnicas cuya puntuación máxima podrá ser de un máximo de 40 puntos.
Los criterios especificados serán evaluados según la puntuación máxima que a continuación se detalla:
CRITERIOS | TIPOS DE EVALUACIÓN | PUNTUACIÓN – Total 100 puntos |
Evaluables automáticamente | Automática | Máximo 5 puntos |
Precio ofertado | Máximo 40 puntos | |
Criterios ponderables juicio de valor | Juicio de valor | Máximo 15 puntos |
Requisitos técnicos | Tabla | Máximo 40 puntos |
En caso de empate en la igualación de las proposiciones económicas se tendrá en cuenta criterios de responsabilidad social y ambiental implantados en las empresas licitadoras. No obstante, si sigue persistiendo el empate, se procederá a un sorteo para dirimirlo.
11. Modificación del contrato
El contrato podrá modificarse durante su vigencia hasta un máximo del veinte por ciento del precio inicial según la previsión de los artículos 203 y siguientes de la LCSP.
12. Formalización del contrato
El contrato se formalizará por escrito mediante documento privado y se firmará en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha de notificación de la adjudicación y previa la aportación requerida para su formalización.
El gerente y responsable de la gestión económico-financiera será la persona responsable de la representación del Partido en los actos de representación y firma de los contratos tal como se establecen en los Estatutos.
El Pliego de cláusulas administrativas, el Pliego de prescripciones técnicas particulares y el resto de los documentos anexos, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente documento, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato.
III. Derechos y obligaciones de las partes.
13. Derechos y obligaciones de las partes.
El contratista tiene la obligación de ejecutar el objeto del contrato sujeto a estas bases, a las prescripciones técnicas aprobadas y de acuerdo con las instrucciones que por su interpretación dé al contratista a través del responsable del contrato.
El contratista debe cumplir las disposiciones vigentes en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones del derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado.
El contratista está obligado a acreditar cuando sea requerido del cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, administrativa, laboral, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales, así como la normativa interna del sector que regule el objeto del contrato.
14. Confidencialidad
Los licitadores se comprometen a tratar la información que se les proporcione con absoluta confidencialidad, durante y después del proceso de selección, sean o no seleccionados, a través de la firma del compromiso de confidencialidad como requisito de concurrencia.
Los licitadores se obligan a proteger la confidencialidad de la información que se intercambie, poniendo los medios necesarios para evitar la divulgación a terceras personas de su organización no implicadas en el presente proceso de licitación.
El contratista y el partido asumen la obligación de no divulgar, ni durante la vigencia del contrato ni tras su finalización, los secretos empresariales que una de las partes haya suministrado al otro en el contexto del contrato que se formalice. El deber de confidencialidad tendrá un carácter indefinido y se extenderá tanto durante la vigencia del contrato de prestación del servicio como una vez extinguido la relación entre ambas partes.
El contratista no podrá utilizar ni proporcionar a terceros ningún dato de los trabajos contratados y realizados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización expresa del PSC. El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
La infracción del deber de confidencialidad podrá suponer la reclamación por los daños y perjuicios causados.
El órgano de contratación se obliga a no divulgar la información facilitada por los contratistas y designada como confidencial.
15. Información sobre Protección de datos
El tratamiento de datos personales se hará de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en protección de datos, concretamente el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD).
El PSC será Responsable del tratamiento de los datos facilitados por los candidatos con la única finalidad de evaluar el perfil del contratante y adjudicar el servicio ofertado y se conservarán durante los plazos legalmente establecidos para atender posibles reclamaciones derivadas de la gestión de la presente licitación. Posteriormente estos datos serán eliminados.
La base legal que legitima el citado tratamiento es la participación en la licitación.
Se informa que los datos no serán comunicados a ningún tercero excepto por obligación legal.
Para ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de sus datos puede ponerse en contacta con el Delegado de protección de datos a través de xxx@xxx.xxx.
Para consultar la política completa de protección de datos puede dirigirse a xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx/.
Si para la prestación de servicios el adjudicatario tuviera que acceder a datos personales titularidad del PSC, será necesaria la suscripción al contrato de tratamiento de datos por cuenta de terceros en cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 del RGPD, donde el contratista desarrollará sus funciones en concepto de Encargado del tratamiento.
El adjudicatario responderá del incumplimiento del citado contrato. A tal efecto, el contratista se obliga a indemnizar al Partido por cualquier daño y perjuicio que sufre directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que derive de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contratista o de sus profesionales de lo previsto tanto en el contrato que se suscriba como en la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.
16. Propiedad intelectual
Los informes, estudios, documentos, programas en soporte informático o audiovisual en general, manuales de aplicación, análisis funcionales y orgánicos y cualquier otra documentación, dato o material de soporte derivado de los trabajos encomendados que elabore el contratista a consecuencia de la prestación del servicio objeto del contrato, serán propiedad del Partido a todos los efectos sin que el contratista pueda conservarlos, ni obtener copias o facilitarlos a terceras personas sin la autorización expresa del PSC."
17. Resolución del contrato
El contrato se entiende cumplido cuando se ha realizado la totalidad de la prestación de conformidad con los términos del mismo y plena satisfacción del PSC.
Los contratos también se extinguen por resolución, y se consideran causas de resolución anticipada las siguientes:
La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
El mutuo acuerdo entre las partes.
La demora en el cumplimiento de los plazos por el contratista.
Las establecidas expresamente en el contrato.
El incumplimiento de obligaciones esenciales previstas en el pliego o en el contrato.
Las previstas por el Código Civil.
18. Sometimiento a fuero
Por la resolución de cualquier cuestión o diferencia relativa a la interpretación, efectos, cumplimiento, y resolución del contrato, de cualquiera de sus cláusulas o de los encargos derivados, las partes, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia expresa a cualquier otro fuero aplicable.
19. Domicilio a efectos de notificaciones
Xxxxx manifestación expresa en contrario, formalizada por escrito, el domicilio de los empresarios seleccionados para suscribir el contrato, con el fin de efectuar todo tipo de notificaciones y trámites en relación con el expediente de la presente adjudicación, así como de los encargos derivados, será el que se haga constar en el contrato firmado con el licitador.