Enero de 2018
Dirección General de Servicios
Enero de 2018
GCS 17/09816-ADS-0064
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona Pliego de Cláusulas Particulares
Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales
Primera. Objeto de la contratación.
El objeto del presente procedimiento es la contratación de la prestación, por parte del adjudicatario al Banco de España, del servicio de mantenimiento conductivo, preventivo, correctivo, realización de mejoras y resolución de incidencias de las instalaciones y equipos de la Sucursal del Banco de España en Barcelona, así como la atención a maniobras en obras, atención de avisos de averías y contingencias en servicio 24 horas, y mantenimiento correctivo menor, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El objeto del presente procedimiento de contratación, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aplicable, aprobado por el Reglamento (CE) 213/2008 de la Comisión, que modifica el Reglamento (CE) 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, corresponde a los códigos CPV 50700000-2, “Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de edificios”, 50711000-2 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos eléctricos de edificios” y “50720000-8 Servicios de reparación y mantenimiento de calefacción central.
Segunda. Procedimiento de adjudicación.
Para la adjudicación del presente contrato se seguirá el procedimiento abierto, conforme a las Reglas de Contratación del Banco de España, Circular Interna 7/2015, de 23 de diciembre.
Los documentos que contienen las condiciones detalladas a las que se ajustará la adjudicación del contrato son, por orden de prioridad, los siguientes:
1 El presente Pliego de Cláusulas Particulares.
2 El Pliego de Prescripciones Técnicas.
3 El Pliego de Cláusulas Generales aplicables a los contratos del Banco de España.
En el supuesto de que exista alguna contradicción entre lo establecido en estos documentos, las posibles discrepancias que pudieren suscitarse siempre serán resueltas según el orden de prelación citado.
Tercera. Duración del contrato.
El contrato tendrá una duración inicial de dos años, computándose desde la entrada en funcionamiento del servicio y prorrogándose de manera expresa por períodos de un año a partir de la fecha de su vencimiento.
La duración total del contrato, incluidas sus posibles prórrogas no podrá exceder de 4 años. Se estima que el servicio entrará en funcionamiento el 1 xx xxxxx de 2018.
La expiración del plazo pactado o el de cualquiera de sus prórrogas determinará la extinción del contrato, si bien el Banco de España podrá acordar la prórroga forzosa del contrato por
tiempo no superior a seis meses si, por cualquier causa, no hubiera podido procederse a la adjudicación de nuevo contrato a la terminación de su vigencia.
Todo ello sin perjuicio de la resolución del contrato a que se refiere la cláusula vigésima sexta.
Cuarta. Presupuesto de licitación.
El importe máximo presupuestado por el Banco de España para la realización del objeto del presente procedimiento de contratación, correspondiente a la duración inicial del contrato, es de 320.000 euros, que más el 21% de IVA vigente en la actualidad asciende a
387.200 euros.
Si se incluyen las eventuales prórrogas y las opciones previsibles: otros trabajos de mantenimiento correctivo o realización de mejoras adicionales necesarias, el valor estimado del contrato asciende a 760.000 euros, que más el 21% de IVA actualmente en vigor alcanza un total de 919.600 euros.
Se estima que los trabajos de mantenimiento correctivo o de realización de mejoras adicionales necesarias en contrato que se encarguen al adjudicatario del contrato pueden ascender a 30.000 euros al año, lo que supone un total de 120.000 euros a lo largo de los cuatro años de eventual duración del contrato.
Quinta. Presentación de las ofertas. Lugar y fecha.
Las ofertas deberán entregarse antes de las 14 horas del próximo día de de 201_, en el Registro General del Banco de España en la calle Xxxxxx, n.º 48, de Madrid (28014), o en la sucursal del Banco de España en la Xx. xx Xxxxxxxx 00, xx Xxxxxxxxx (00000), constando cada una de ellas de tres sobres cerrados y dirigidos a la atención de la Directora del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales del Banco de España. El contenido de dichos sobres será el especificado en la cláusula octava de este Pliego.
Igualmente podrán ser enviadas por correo, dentro del mismo plazo, siendo requisito indispensable en este caso que se justifiquen la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y se anuncie al Banco de España - Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales la remisión de la documentación mediante comunicación cursada en el mismo día por alguno de los siguientes medios: fax al número 000 000 000; o correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Transcurridos, no obstante, los siete días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Sexta. Validez de las ofertas.
Las ofertas presentadas deberán tener un período de validez mínimo de seis meses, contados a partir de la fecha límite de recepción de ofertas indicado en la cláusula quinta de este Pliego de Cláusulas Particulares.
Séptima. Rechazo de ofertas.
Serán rechazadas aquellas ofertas en que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a Cuando la entrega de la oferta no se realice según lo indicado en la cláusula quinta.
b Cuando el plazo de validez de la oferta presentada sea inferior al establecido en la cláusula sexta.
c Cuando la oferta no cumpla con alguno de los requisitos o funcionalidades exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
d Cuando el licitador no cumpla o no acredite el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en la cláusula octava.
La omisión de cualquiera de los documentos exigidos para la contratación, o su presentación sin ajustarse a lo especificado en los Pliegos de Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares o Prescripciones Técnicas que regulan la presente contratación, podrá ser motivo suficiente para desestimar la correspondiente oferta. Ello no obstante, el Órgano de Tramitación o la Mesa de Contratación podrán establecer un plazo para subsanar las deficiencias encontradas en la documentación presentada, que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de su notificación al correspondiente licitador.
Octava. Documentación a presentar por los licitadores.
La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, en el segundo la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor y en el tercero la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia:
Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
GCS 17/09816-ADS-0064.
Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas en el Registro General del Banco de España.
Todos los documentos se presentaran en el orden establecido en esta cláusula.
Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus
intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector.
La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta.
Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial.
Sobre I: Documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar.
En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2.
A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con el Banco de España, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes.
Estarán excusados de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por el Banco de España, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, el Banco de España podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca.
Alternativamente a la presentación de la documentación a que se hace mención en los apartados 1, 2, 4, 5, 6 y 7 de este Sobre I, los licitadores podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en dichos apartados presentando, debidamente cumplimentado, el documento europeo único de contratación a que se refiere el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación (DOUE de 6 de enero). En caso de aportarse el mencionado documento, el Banco de España podrá recabar posteriormente, en cualquier momento del procedimiento cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo de la licitación, que el licitador que lo hubiera presentado aporte la totalidad o una parte de los documentos justificativos del cumplimiento de los mencionados requisitos. Asimismo con carácter previo a la adjudicación, en el supuesto de que el licitador que haya realizado la oferta más ventajosa hubiera presentado el referido documento europeo, se le requerirá para que presente dichos documentos justificativos actualizados.
1 Acreditación de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar.
a En el caso de empresario individual: fotocopia, debidamente compulsada o cotejada con el original, del DNI o pasaporte en vigor.
b En el caso de personas jurídicas españolas: fotocopias, debidamente compulsadas o cotejadas con el original, de la escritura de constitución o modificación, en su caso, de los estatutos sociales, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, fotocopia, debidamente compulsada o cotejada con el original, de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, haciendo constar que están inscritas en el Registro local profesional correspondiente, así como que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. No se exigirá este último informe de reciprocidad a las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
2 Acreditación de la representación.
Fotocopias, debidamente compulsadas o cotejadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal:
a D.N.I. o pasaporte en vigor.
b Escritura de poder, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil y publicada en el BORME.
Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre
la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx.
3 Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Banco de España. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal.
4 Acreditación de otros requisitos.
a Declaración responsable firmada por persona con poder bastante, según modelo facilitado en el anejo 4, que acredite la no concurrencia de las circunstancias especificadas en la cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
b Certificación positiva expedida al efecto por la Administración Tributaria, acreditativa de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
c En relación con las obligaciones relativas al Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre que el licitador ejerza actividades sujetas a dicho impuesto se aportará:
- Fotocopia compulsada del último recibo satisfecho, salvo que se haya dado de alta en el ejercicio corriente, en cuyo caso se aportará fotocopia compulsada de la declaración de alta.
- Declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
d Certificación positiva expedida por el órgano competente, acreditativa de que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
e Certificaciones/inscripciones oficiales que tiene que disponer la empresa como empresa mantenedora:
- Mantenedora de instalaciones térmicas en edificios.
- Mantenedora de instalaciones frigoríficas.
- Mantenedora de instalaciones de baja tensión.
- Mantenedora de instalaciones de protección contra incendios.
- Mantenedora de aparatos de elevación.
- Registro oficial de servicios biocidas (legionelosis).
En caso de que la propia empresa no disponga de alguno de estas certificaciones o registros, podrá aportarlo a través de una subcontrata, junto con el compromiso de la misma a realizar el servicio de mantenimiento correspondiente.
Asimismo, la presentación del certificado como empresa mantenedora de instalaciones eléctricas así como de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado no será necesaria para aquellos licitadores que acrediten su solvencia mediante clasificación.
Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación del Banco, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.
5 Solvencia.
No se tomarán en consideración las ofertas de empresas que no acrediten la suficiencia de medios y solvencia económica, financiera y técnica para cumplir con garantías el contrato y durante el período de vigencia del mismo.
Para las empresas que se encuentren clasificadas, el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera y técnica exigidos se acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Certificado de clasificación emitido por el órgano encargado del Registro Oficial de Empresas Clasificadas, de los siguientes Grupos y Subgrupos de Servicios:
- Grupo P- Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones, con al menos la categoría 1 en los siguientes subgrupos:
- Subgrupo 1-Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas.
- Subgrupo 3- Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
- Declaración responsable en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
Alternativamente al medio descrito en los párrafos anteriores, las empresas que no justifiquen su solvencia mediante su clasificación deberán acreditar el cumplimiento de estos requisitos de la siguiente manera:
a Solvencia económica y financiera.
Se entenderá que cuentan con suficiente solvencia económica y financiera para la ejecución del contrato, aquellos licitadores que hayan alcanzado un volumen global de negocios de, como mínimo, 960.000 euros en, al menos, uno de los últimos tres ejercicios cerrados.
El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la aportación de una declaración sobre el volumen anual global de negocios, correspondiente a cada uno de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
b Solvencia técnica.
El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:
- Relación de los principales servicios prestados en el curso de los cinco últimos años, que contenga como mínimo 4 referencias cuyo objeto sea similar al del presente procedimiento de contratación.
Para cada una de estas referencias, el licitador deberá detallar importe anual, fechas de inicio y finalización, si procede, el destinatario (público o privado) de los mismos, y descripción pormenorizada de las principales instalaciones incluidas en cada referencia presentada, así como el alcance de infraestructuras, instalaciones, equipos y tareas realizadas.
El importe anual mínimo de cada contrato será de 130.000 euros, antes de impuestos.
Se deberán incluir las referencias de acuerdo al modelo que se adjunta como anejo 9 de este Pliego de Cláusulas Particulares.
No se considerarán aquellas referencias que no incluyan un detalle del alcance del contrato de mantenimiento.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador firmada por persona con poder bastante.
6 Cumplimiento de normas de garantía de calidad.
Al objeto de acreditar el cumplimiento de determinadas normas de garantía de calidad relativas al objeto de este contrato, los licitadores aportarán los certificados de garantía de calidad basados en la serie de normas internacionales ISO 9001, europeas EN 29000 o
españolas UNE 66900 y expedidos por organismos conformes con la serie de normas europeas EN 45000. No obstante, se podrán tener en cuenta certificados de calidad equivalentes expedidos por otros organismos de normalización establecidos en cualquier Estado Miembro de la Unión Europea. En defecto de los certificados anteriores el licitador podrá aportar pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad.
7 Cumplimiento de normas de gestión medioambiental.
Al objeto de acreditar el cumplimiento de determinadas normas de gestión medioambiental relativas al objeto de este contrato, los licitadores aportarán los certificados de gestión medioambiental basados en la serie de normas internacionales ISO 14001, emitidos por un organismo verificador medioambiental acreditado, o bien los certificados de adecuación a las normas de gestión medioambientales basadas en las normas europeas o internacionales en la materia y certificadas por organismos conformes a la legislación comunitaria o a las normas europeas o internacionales relativas a la certificación. No obstante, se podrán tener en cuenta certificados de gestión medioambiental equivalentes expedidos por otros organismos establecidos en cualquier Estado Miembro de la Unión Europea. En defecto de los certificados anteriores el licitador podrá aportar una autodeclaración de conformidad con esta norma internacional.
Se deberá especificar si el empresario esta registrado en el sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS) regulado por el Reglamento (CE) N.º 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009.
8 Conocimiento de los Pliegos.
Con el fin de acreditar el conocimiento y aceptación por parte de los licitadores de los Pliegos de Cláusulas Particulares, de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Generales aplicables a este licitación, se incluirá en este sobre una declaración del licitador según modelo que se adjunta como anejo 5, sellada y firmada por la persona con poder bastante que presente la oferta.
Posteriormente, una vez se le notifique la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar los originales de cada uno de dichos Pliegos, firmados en todas sus páginas por la persona con poder bastante que presente la oferta.
9 Acreditación de la visita o conocimiento previo del lugar de ejecución de la obra
Se incluirá en este sobre I el modelo del anejo 10 de “Declaración de realización de la visita y de conocimiento del lugar de ejecución del contrato” o bien el anejo 11 “Declaración de conocimiento previo del lugar de ejecución del contrato sin necesidad de visita”.
Los licitadores efectuarán de manera obligatoria una visita guiada al edificio. Deberá quedar constancia escrita de dicha visita.
Aquellos licitadores que no acudan a la visita por tener un conocimiento notorio (claro y evidente) y pleno (completo) presentarán la Declaración de conocimiento previo del lugar de ejecución del contrato sin necesidad de visita (Anejo 11).
El Banco de España se reserva la facultad de excluir al licitador, cuando considere que el conocimiento del lugar de ejecución de las obras, por él alegado, no ha sido debidamente acreditado, o bien es insuficiente o inadecuado,
Sobre II: Documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor.
Contendrá dos ejemplares (original y copia) de la documentación exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La propuesta se presentará en soporte papel. También se presentará dentro de este sobre copia en soporte informático, con los documentos en formato compatible Office XP. El soporte electrónico se usará como material de trabajo y ayuda en la evaluación de las ofertas, por lo que en el caso de existir cualquier discrepancia, la propuesta presentada en papel prevalecerá sobre la información recogida en el soporte informático.
Sobre III: Documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática.
Proposición económica
Cada licitador únicamente podrá presentar una proposición. Por consiguiente no podrá suscribirse ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
Se deberá incluir la proposición económica de acuerdo al modelo de oferta que se adjunta como anejo 6 a este Pliego de Cláusulas Particulares, de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debidamente cumplimentado y firmado por persona con poder bastante, haciendo constar expresamente el importe total en euros IVA no incluido, tanto en papel como en soporte informático. Para ello deben recuperar el fichero Excel correspondiente, disponible para su descarga desde el sitio web institucional del Banco de España, y completarlo, para los trabajos de mantenimiento correctivo o de realización de mejoras adicionales necesarias, con los precios unitarios redondeados como máximo a dos decimales. Deberán incluir en el mencionado sobre III, una copia grabada en soporte informático del fichero modificado (cumplimentado) y una copia del mismo impresa en papel. El soporte electrónico se usará como material de trabajo y ayuda en la evaluación de las ofertas, por lo que en el caso de existir cualquier discrepancia, la propuesta presentada en papel prevalecerá sobre la información recogida en el soporte informático. La inclusión de esta documentación en cualquiera de los otros sobres será motivo de rechazo de la oferta.
Novena. Criterios de adjudicación.
Los criterios de adjudicación y sus ponderaciones serán los siguientes:
a Criterios de adjudicación sujetos a valoración automática, con una ponderación global del 80%:
- Importe de la prestación del servicio de mantenimiento integral de las instalaciones, con una ponderación del 75%, que será objeto de valoración utilizando la siguiente fórmula:
Puntuación = Ponderación · (PMÍN / PO) Ponderación= 75
PMÍN = Precio total más bajo de las ofertas recibidas, impuestos incluidos. PO = Precio total, impuestos incluidos, de la oferta que se está evaluando.
- Precios por hora para trabajos de mantenimiento correctivo o de realización de mejoras adicionales necesarias, con una ponderación del 5%. Para su valoración se utilizará la fórmula siguiente:
Puntuación = Ponderación • (PEST MIN / PEST 0) Ponderación = 5
PEST MIN = Precio por estimación de horas para trabajos no incluidos dentro del contrato, de la oferta más baja de las ofertas recibidas, impuestos excluidos.
PEST 0 = Precio por estimación de horas para trabajos no incluidos dentro del contrato, impuestos excluidos, de la oferta que se está evaluando.
b Criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor, con una ponderación global del 20%:
- Experiencia y dedicación del responsable o coordinador del servicio, con una ponderación del 7,5%.
El responsable o coordinador del servicio será, de acuerdo con lo indicado en el apartado 8.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el interlocutor del adjudicatario ante el Banco de España y ante otros contratistas y entidades
Deberá tener una titulación mínima de ingeniero técnico o grado en ingeniería, con al menos 3 años de experiencia en gestión de contratos de mantenimiento u obra nueva, así como conocimiento concreto en instalaciones similares a las del Banco de España y en concreto en las instalaciones enumeradas en el apartado 2.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Para evaluar la adecuación de la persona propuesta al puesto se deberá justificar la experiencia y formación exigida del candidato.
Para los candidatos que cumplan los requerimientos mínimos se evaluará su experiencia y dedicación, de acuerdo con los siguientes subcriterios:
- Experiencia del candidato, con una ponderación del 5%.
Se valorará la experiencia en gestión de mantenimiento, considerando también, con menor peso, la experiencia en ejecución de obras y reformas o en realización de proyectos de instalaciones.
En el capítulo “Documentación relativa a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se detalla la documentación necesaria para evaluar este criterio. En el caso de no se presente la documentación con la información requerida no recibirá puntuación por este criterio.
- Dedicación del candidato, con una ponderación del 2,5%.
En el capítulo “Documentación relativa a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se detalla la documentación necesaria para evaluar este criterio. En el caso de no se presente la documentación con la información requerida no recibirá puntuación por este criterio.
- Experiencia de los oficiales propuestos para el mantenimiento correctivo menor y preventivo de la sucursal, con una ponderación del 7,5%.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas se establece que el adjudicatario dispondrá de
2 oficiales para las tareas de mantenimiento correctivo menor y apoyo a trabajos relacionados con el edificio, con dedicación exclusiva (80 h/semana), y un tercer oficial para trabajos de mantenimiento conductivo y preventivo.
Dichos oficiales deberán disponer de formación técnica en electricidad, instrumentación, climatización, calefacción o de mantenimiento de instalaciones o edificios, y deberán aportar una experiencia de al menos 5 años en mantenimiento de este tipo de instalaciones, junto con el conocimiento específico y demostrable en su legislación asociada.
Para evaluar la adecuación de los candidatos propuestos al puesto se deberá justificar la experiencia y formación exigida del candidato.
Para los candidatos que cumplan los requerimientos mínimos exigidos se evaluará su experiencia, con una ponderación del 2,5% por candidato, 7,5% en conjunto.
Se valorará la experiencia en gestión de mantenimiento, considerando también, con menor peso, la experiencia en ejecución de obras y reformas o en realización de proyectos de instalaciones.
En el capítulo “Documentación relativa a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se detalla la documentación necesaria para evaluar este criterio. En el caso de no se presente la documentación con la información requerida no recibirá puntuación por este criterio.
- Organización general del servicio de mantenimiento, con una ponderación del 2,5%.
Se valorarán los siguientes subcriterios:
- Modelos de informe mensual y anual: 1%.
- Modelos de órdenes de trabajo: 0,5%.
- Procedimientos para realizar el seguimiento del mantenimiento correctivo y la gestión de presupuestos y facturación: 0,5%.
- Tareas a realizar por parte del responsable o coordinador del contrato: 0,5%.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas se indica la documentación requerida para evaluar este criterio. En caso de que de la información entregada no pueda analizarse los subcriterios a evaluar, no se recibirá puntuación por dicho subcriterio.
- Herramientas y medios de trabajo asignados al servicio, con una ponderación del 2,5%.
Se valorará la memoria que presenten relativa a herramientas y medios de trabajo.
En el capítulo “Documentación relativa a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se detalla la documentación necesaria para evaluar este criterio. En caso de que de la información entregada no pueda evaluarse este criterio, no se recibirá puntuación.
Décima. Adjudicación del contrato.
En primer lugar se tendrán en cuenta, en el caso de que se produzcan, aquellos precios que puedan considerarse anormalmente bajos para rechazar aquellas ofertas que merezcan tal calificación, una vez realizado el análisis de las mismas. Se considerará que una oferta contiene precios anormalmente bajos si el importe de la prestación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones (apartado A), es inferior a la media del resto de las ofertas recibidas en más de un 10%, o en caso de que concurra un solo licitador, si la oferta es inferior al presupuesto base de licitación en más de un 25%.
Antes de rechazar una oferta se solicitará al licitador que aclare y confirme por escrito dichos precios. En caso de que se adjudique el contrato a dicha oferta, el órgano de adjudicación podrá aumentar los límites de las garantías que el contratista debe aportar con carácter general.
El órgano de adjudicación tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar el contrato al licitador que hubiera presentado la oferta más ventajosa mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el presente Xxxxxx, o declarar desierto el concurso en caso de no haberse presentado ninguna oferta que cumpla la totalidad de los requisitos exigidos en la documentación del procedimiento.
Undécima. Garantía definitiva.
El adjudicatario, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde que se le notifique la adjudicación, deberá presentar, en garantía del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento, y sin perjuicio de su responsabilidad personal y patrimonial ilimitada, aval solidario o seguro de caución otorgado por entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca autorizada para operar en España o entidad aseguradora autorizada también para operar en España en el ramo de seguro de caución, que no mantenga avales o seguros impagados con el Banco de España, no se encuentre en declaración de concurso, ni sometida a medidas de control especial ni extinguida su autorización administrativa para el ejercicio de la actividad, por un importe en euros que se corresponda con el 5% del precio total de la adjudicación, IVA excluido. La citada garantía definitiva también podrá constituirse en metálico ante el Banco de España, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
La suficiencia de los poderes que ostenten la/s persona/s que suscriban el aval o seguro de caución podrá acreditarse haciendo constar en el propio documento el número o código, fecha y lugar del bastanteo de poderes realizado por la asesoría jurídica de la Caja General de Depósitos o Abogacía del Estado, o de los órganos públicos equivalentes de las
Comunidades Autónomas o Entidades Locales. En defecto de éste deberán acompañar la/s escritura/s correspondiente/s para su bastanteo por el Banco de España.
El aval o el seguro de caución deberán ser solidarios respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de división, excusión, orden y plazo, y pagadero al primer requerimiento que efectúe el Banco de España. Asimismo en el seguro de caución, garantía que deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro expedido por la propia compañía aseguradora del riesgo, se hará constar que la falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía, así como a que el asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El aval, seguro de caución o, en su caso, el certificado individual expedido por la compañía aseguradora, cuyo texto deberá contar, en todo caso, con el visto bueno y aceptación expresa del Banco de España (los modelos de aval y de certificado individual de seguro de caución que se deberán seguir se adjuntan en los anejos 7 y 8, respectivamente) o la garantía en metálico, permanecerán vigentes, cuando menos, desde el inicio de la relación contractual hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución. Asimismo la garantía aportada se cancelará cuando el contrato haya quedado resuelto sin culpa del adjudicatario.
El aval o, en su caso, el seguro se configurará expresamente como una obligación autónoma, no accesoria de las obligaciones derivadas del contrato entre Banco de España y el adjudicatario.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en un plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando, como consecuencia de una o varias modificaciones del contrato, el precio inicial del mismo haya experimentado una variación en un porcentaje superior al 10%, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que tenga lugar la firma del acuerdo de modificación, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
La ejecución de la garantía no supone renuncia al ejercicio de las acciones que pudieran corresponder al Banco de España para lograr el total resarcimiento de los daños causados por el incumplimiento del adjudicatario.
La entidad avalista o aseguradora se comprometerá a satisfacer la cantidad objeto del aval o seguro de caución a primer requerimiento del Banco de España, ingresando su importe en la cuenta que éste le indique.
La plena efectividad de la adjudicación del contrato queda supeditada a la constitución del depósito en metálico en el Banco de España o a la presentación por el adjudicatario del aval, contrato de caución o, en su caso, certificado individual expedido por la propia compañía aseguradora, conforme a los requisitos y plazos establecidos en la presente cláusula.
Duodécima. Precio.
El precio para los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones será el que determine el adjudicatario en su oferta.
Los precios unitarios para trabajos de mantenimiento correctivo o de realización de mejoras adicionales necesarias, serán determinados por el adjudicatario en su oferta, aplicados para las horas efectivamente realizadas.
Dichos precios no estarán sujetos a revisión.
Decimotercera. Impuestos y gastos.
El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente.
Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.
Decimocuarta. Facturación y forma de pago.
El adjudicatario facturará al Banco de España de forma mensual, por los trabajos de mantenimiento integral de las instalaciones (apartado A), por el importe que resulte de dividir el importe de su oferta entre los meses de duración.
Aquellos trabajos que realice el adjudicatario de mantenimiento correctivo o de mejoras adicionales necesarias que supongan un coste adicional (apartado B), se facturarán por los trabajos efectivamente realizados, en el mes siguiente a su realización.
Las facturas se abonarán mediante ingreso en la cuenta bancaria designada por el adjudicatario, en un plazo no superior a 30 días a contar desde la fecha de su recepción de conformidad en el Banco de España.
Decimoquinta. Obligaciones del adjudicatario en materia de prevención de riesgos laborales.
El adjudicatario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa vigente sobre prevención de riesgos laborales, reservándose el Banco de España el derecho a exigir su observancia o requerir al adjudicatario para que acredite su cumplimiento en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
De manera enunciativa y no limitativa, serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
Preparar, elaborar y aplicar un Plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
Asegurar, durante la ejecución del contrato, la seguridad y salud, tanto de sus empleados, como, en su caso, la de los subcontratistas y personal autónomo a su cargo, responsabilizándose de los daños que se produzcan tanto a éstos como a terceros.
Cumplir las obligaciones sobre coordinación previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y normativa de desarrollo.
Destinar a la actividad preventiva todos aquellos recursos humanos y materiales que sean necesarios para el cumplimiento de la legislación vigente en esta materia.
Designar y comunicar al Banco de España la persona de su organización que actuará como responsable de prevención en los servicios contratados. Dicha persona ejercerá las funciones de interlocutor a estos efectos con el Banco de España, debiendo comunicar al Banco la modalidad organizativa en prevención existente en su empresa, así como cualquier cambio o cuestión relevante que pueda afectar a la prevención de riesgos laborales de los empleados del Banco de España o de otras empresas concurrentes en sus centros de trabajo.
Acreditar ante el Banco a su satisfacción, previamente a la firma del contrato o en cualquier momento que sea requerido por el Banco, el cumplimiento de la normativa en relación con:
- La evaluación de los riesgos inherentes a las actividades contratadas y la adopción de medidas preventivas necesarias para su realización.
- La información e instrucciones facilitadas a los trabajadores, sobre los riesgos de sus puestos de trabajo y sobre el material de protección que debe utilizarse, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar en el caso de que fueran necesarias.
- La formación de los trabajadores en esta materia, tanto de carácter general para los que no estén expuestos a riesgos específicos, como la que determine la normativa específica para aquellos a los que sea de aplicación.
- La aptitud médica de los trabajadores para el desempeño de las tareas propias de su puesto de trabajo.
- La entrega, en su caso, de los equipos de protección individual correspondientes.
- El control de adecuación a la normativa (declaración de conformidad CE, Comunidad Europea o certificado de conformidad según RD 1215/97) de los
equipos y otros medios utilizados, así como de la realización de las revisiones y mantenimientos requeridos por aquélla.
Sin perjuicio de la normativa imperativa de aplicación (básicamente, los artículos 13.14 y
42.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) y siempre de conformidad con lo permitido por la legislación vigente, el adjudicatario se compromete a mantener indemne al Banco de España de todos los perjuicios económicos o gastos de cualquier naturaleza que pudieran derivarse para este último como consecuencia del incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Por su parte, el Banco de España asumirá aquellos perjuicios económicos o gastos de cualquier naturaleza que vengan impuestos por la legislación vigente y cuya repercusión al adjudicatario no sea posible legalmente.
Decimosexta. Subcontratación y cesión.
El adjudicatario deberá indicar la parte o partes del contrato que pretende subcontratar con terceros, señalando su importe, así como los subcontratistas propuestos, justificando la aptitud de éstos para ejecutarlas por referencia a los elementos técnicos y humanos de que disponen y a su experiencia. En todo caso, la subcontratación deberá ser autorizada por el Banco de España. El adjudicatario podrá subcontratar con terceros, sin limitación, todas aquellas prestaciones que haya indicado en su oferta, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la presente cláusula.
El adjudicatario será, en todo caso, responsable de los actos e incumplimientos de cualquiera de sus subcontratistas, y de los de sus agentes y empleados, como si fueran actos e incumplimientos suyos. Asimismo será responsable de que los subcontratistas cumplan con los requisitos exigidos para contratar con el Banco de España establecidos en el punto 4 del sobre I, dentro de la cláusula de Documentación a presentar por los licitadores.
El Banco se reserva el derecho a mantener, por propia iniciativa y en cualquier momento, con el conocimiento del adjudicatario, contactos con los subcontratistas para tratar todas aquellas cuestiones que estimen convenientes para el aseguramiento de la calidad de las soluciones técnicas a aplicar en los servicios. El adjudicatario prestará su colaboración para la efectividad de dicho derecho y contribuirá a remover cualquier obstáculo, incluida la reticencia del subcontratista. Sin embargo, los subcontratistas no tendrán derecho a reclamar la existencia de dichos contactos.
El Banco podrá exigir al adjudicatario, en cualquier momento y atendiendo a perjuicios en el plazo o la calidad de los servicios, la exclusión o sustitución de cualquiera de sus subcontratistas. El adjudicatario deberá adoptar las medidas necesarias para que el subcontratista cese de manera inmediata en su prestación y abandone el emplazamiento en su caso. El adjudicatario no tendrá derecho a reclamar del Banco ninguna indemnización, ampliación de plazo o modificación del precio de la prestación por esta causa.
Por otra parte, los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero cuando las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón
determinante de la adjudicación del contrato, siempre que el Banco de España lo autorice de forma previa y expresa y que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del importe del contrato. Este último requisito no será de aplicación si la cesión se produce encontrándose el cedente en concurso, aunque se haya abierto ya la fase de liquidación.
El cedente será responsable de que el cesionario cumpla con los requisitos exigidos para contratar con el Banco de España establecidos en los puntos 4 y 5, del sobre I, dentro de la cláusula de Documentación a presentar por los licitadores. Asimismo, el cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
Decimoséptima. Póliza de responsabilidad civil.
La empresa adjudicataria deberá tener suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir, a juicio del Banco de España, la responsabilidad civil que pudiera serle exigida, durante la vigencia del contrato, por los daños ocasionados por la empresa o sus dependientes no sólo a terceros, tanto a personas como a cosas, sino también a los inmuebles del Banco de España, su mobiliario, enseres, documentos, etc., así como al personal dependiente del mismo, por un importe mínimo de 500.000 euros por siniestro.
La póliza en la que se formalice el seguro, así como el recibo corriente de la prima del mismo, deberán presentarse al Banco de España con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, siendo su presentación requisito para la iniciación de la ejecución del mismo. Alternativamente a la póliza, se podrá aportar una certificación original de la compañía aseguradora en la que se haga constar que la empresa adjudicataria tiene contratado un seguro que cumple con los requisitos de la presente cláusula, sin perjuicio de la facultad del Banco de requerir la presentación de la Póliza si así lo estima necesario.
En cada vencimiento del seguro, se presentará recibo de pago de la nueva anualidad.
Decimoctava. Xxxxxxx y lugar de trabajo.
La prestación del servicio se desarrollará en la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
A este fin, el Banco de España proporcionará el espacio físico para el equipo de trabajo y estaciones de trabajo con la configuración estándar del Banco de España. El adjudicatario proporcionará al equipo de trabajo aquellas herramientas que necesite, para el correcto desarrollo de sus tareas, y no se correspondan con la configuración estándar de los equipos del Banco de España.
El horario de trabajo lo establecerá el contratista, si bien, al desarrollarse en los locales del Banco de España, por la propia naturaleza de los servicios contratados y por motivos de seguridad, será de 8:00 a 20:00 horas en jornada de lunes a viernes, salvo que la realización de pruebas o cualesquiera otras circunstancias relacionadas con los servicios requieran la presencia de la empresa, bien mediante atención "in situ", bien mediante soporte telefónico, en xxxxxxx, xxxxxxxx y otros festivos.
Decimonovena. Acceso y permanencia en los edificios e instalaciones del Banco de España.
En el caso de que el servicio o trabajo deba prestarse en alguno de los edificios o instalaciones del Banco de España, el adjudicatario se obliga a que el personal a su cargo que acceda a los mismos lleve, por razones de seguridad para el adecuado control de identificación y vigilancia de dichos edificios e instalaciones, la tarjeta identificativa prevista en la normativa interna del Banco para los empleados de las contratas. Dicha acreditación es personal e intransferible.
El titular de la tarjeta deberá llevarla en lugar visible, desde su entrada en el edificio o instalación y durante el período de permanencia en los mismos hasta el momento de la salida. En caso de pérdida o sustracción de la citada tarjeta se dará inmediata cuenta al Servicio de Seguridad del Banco de España que proporcionará un duplicado al afectado.
El adjudicatario será responsable de la devolución al Servicio de Seguridad del Banco de España de las tarjetas del personal a su cargo; dicha entrega deberá realizarse siempre por el adjudicatario dentro de los quince días siguientes a la finalización de la prestación contratada o dentro de los quince días siguientes al cese del titular en su trabajo cuando la prestación contratada continúe vigente, salvo declaración justificativa por parte del adjudicatario. La no devolución de las tarjetas legitimará al Banco de España a retener los pagos que en dicho instante quedaran pendientes de realizar en tanto las tarjetas no sean devueltas.
Con independencia de lo anterior, el retraso en más de un mes en el cumplimiento de la obligación de devolución de las tarjetas, conllevará una penalización cifrada en un uno por mil del coste total del contrato por cada tarjeta y por cada mes que transcurra sin que se proceda a su devolución. La penalización descrita en esta cláusula queda limitada a un máximo del dos por ciento del coste total del contrato.
Los importes de las penalizaciones por demora se harán efectivos, a elección del Banco de España, mediante la ejecución de la garantía que, en su caso, haya aportado el contratista o la deducción en las facturas de liquidación de los servicios o trabajos.
Vigésima. Formación.
La empresa adjudicataria se compromete a mantener debidamente formado al personal asignado a este servicio, pudiendo el Banco de España señalar aquellos cursos de formación, internos o externos, que resulten de interés para el personal que presta el servicio.
Se entiende como formación interna cualquiera que se dé en el ámbito del Banco de España, del Banco Central Europeo o del Sistema Europeo de Bancos Centrales, SEBC, promovida por los mismos. El coste de la formación interna correrá a cargo del Banco de España, incluido cualquier otro tipo de coste o gasto. El coste de la formación externa correrá, incluido asimismo cualquier otro tipo de coste o gasto, íntegramente a cargo de la empresa adjudicataria.
Vigésima primera. Incorporación
El equipo de trabajo durante el desarrollo de la prestación del servicio deberá estar compuesto por personas que cuenten, al menos, con los mismos perfiles, titulación y experiencia que hubieran sido ofertados por el adjudicatario en su Oferta Técnica para su valoración conforme al contenido de la cláusula de este pliego titulada “Criterios de adjudicación”. Esta obligación tendrá carácter esencial y su incumplimiento constituirá causa de resolución del contrato a instancia del Banco de España.
Sin perjuicio de lo anterior el adjudicatario comunicará, a efectos informativos, los cambios de personal al Jefe de Proyecto del Banco de España. El Banco de España podrá solicitar la sustitución de aquellos trabajadores respecto de los cuales se compruebe que no cumplen con los requisitos de perfil, titulación o experiencia antes mencionados.
Vigésima segunda. Inspección de los trabajos.
El Banco se reserva la facultad de inspeccionar el trabajo y requerir al adjudicatario que subsane las faltas y omisiones que puedan observarse, así como la de resolver el contrato cuando se observe alguna y no sea corregida por el contratista de inmediato, o en un plazo razonable a juicio del Banco.
Vigésima tercera. Publicidad del contrato.
En relación con el último inciso de la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el contratista podrá incluir al Banco de España en su lista de clientes así como la referencia del trabajo que debe ser llevado a cabo de acuerdo con este contrato en propuestas a licitaciones públicas o privadas, si bien la difusión general de cualquier información deberá ser previamente autorizada por el Banco de España.
Vigésima cuarta. Confidencialidad.
Los datos que se conozcan u obtengan en virtud de la participación en la presente licitación, se utilizarán con el único propósito de participar en el procedimiento de adjudicación al que ha concurrido el licitador. No podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la anterior, tendrán carácter confidencial y no serán publicados o puestos en conocimiento de terceras partes sin la autorización previa y por escrito del Banco de España. Estas obligaciones no serán de aplicación a la información incluida en los documentos relativos a la licitación que, legítimamente y por otros medios diferentes al Banco de España, llegue a su conocimiento o sea hecha pública por el propio Banco de España.
Vigésima quinta. Protección de datos de carácter personal.
En el caso de que para la ejecución del contrato el adjudicatario tuviera acceso a ficheros que contienen datos de carácter personal, el contratista, en cuanto encargado del tratamiento, se compromete a realizar los trabajos encomendados ajustándose a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y disposiciones complementarias. En consecuencia, únicamente tratará los datos recibidos conforme a las instrucciones del Banco de España, no los aplicará o utilizará con fin distinto
al establecido en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceras personas, manteniendo absoluta reserva y confidencialidad sobre los mismos. Al igual que sucede respecto de los datos o documentos confidenciales esta obligación de guardar secreto alcanza al adjudicatario incluso hasta después xx xxxxx en su relación con el Banco de España cualquiera que fuera la causa.
Asimismo, el adjudicatario cumplirá, en su caso, las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la Ley, de nivel que, en su caso, corresponda establecidas por el Banco de España para dichos ficheros. La identificación de los ficheros y la concreción del nivel se efectuará por el Banco de España, informando simultáneamente de la normativa implantada a estos efectos. El mismo procedimiento se seguirá en el caso de que, durante la vigencia del contrato, se modificara el nivel de seguridad del fichero o ficheros en el que estén contenidos los datos tratados.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Banco de España, al igual que cualquier soporte o documento en que consten.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
En el caso de que la ejecución del contrato no implique el acceso a datos de carácter personal, queda expresamente prohibido el acceso por el adjudicatario o sus empleados a los datos personales en poder del Banco de España, y del mismo modo el adjudicatario y sus empleados quedan obligados a guardar secreto respecto a estos datos que hubieran podido conocer con motivo de la ejecución del contrato.
Vigésima sexta. Resolución y extinción del contrato.
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
Asimismo, será causa de resolución del contrato el abandono del edificio en el que se realiza el objeto de este contrato por cese de la actividad que en él se lleva a cabo por parte del Banco de España.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles.
El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
Vigésima séptima. Jurisdicción.
Para cuantas cuestiones pudieran plantearse en la interpretación y ejecución del contrato, ambas partes acuerdan someterse expresamente a la legislación española y a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando a su fuero propio si lo tuviesen.
ANEJO 1. MODELO DE DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que los documentos y datos presentados en el siguiente sobre (1) se consideran de carácter confidencial y son los que a continuación se relacionan:
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
(1) Indicar número de sobre, teniendo en cuenta que deberá presentarse, en su caso, una declaración por cada sobre.
ANEJO 2. DATOS DE LA EMPRESA / PERSONAS DE CONTACTO
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
DATOS DE LA EMPRESA:
Empresa:
N.I.F.:
Domicilio Profesional: Población: Código Postal: País: Teléfono: Fax:
RESPONSABLE DE LA PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Nombre y apellidos: Departamento: Teléfono: Fax: Correo electrónico:
APODERADO / REPRESENTANTE:
Nombre y apellidos:
D.N.I.:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
En , a de de 201_.
ANEJO 3. MODELO DE DECLARACIÓN DE EXENCIÓN DE PRESENTAR DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx.
en nombre y
representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que en este Sobre I, Documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, (Nombre de la empresa) se exime de aportar la documentación siguiente:
- (…)
- (…)
- (…)
por haber sido presentada con fecha de de , en el procedimiento de
contratación de
al haber
resultado adjudicataria, y por no haber sufrido variación desde la fecha de adjudicación.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 4. MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE MODELO PARA PERSONAS FÍSICAS
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx.
en su propio nombre y bajo su responsabilidad DECLARA:
Que no está incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, ni en ninguna situación de eventuales conflictos de intereses que puedan afectar a su independencia y objetividad.
Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no ha sido declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido eficacia un convenio, no está sujeto a intervención judicial ni ha sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Que no ha sido condenado, mediante sentencia firme, por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, ni x xxxx de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
Que no ha sido sancionado con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad ni por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, o en materia medioambiental.
Que no ha incurrido en falsedad al efectuar cualquier declaración responsable o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, ni ha incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información que le sea exigible.
Que no ha retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, ni ha imposibilitado la firma del contrato, mediando dolo, culpa o negligencia, ni ha dado lugar a la resolución de un anterior contrato con el Banco de España por una causa que le sea imputable.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello)
Firmado:
MODELO PARA PERSONAS JURÍDICAS
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que los administradores de la persona jurídica no están incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, ni en ninguna situación de eventuales conflictos de intereses que puedan afectar a su independencia y objetividad.
Que la persona jurídica no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, no ha sido declarada en concurso, salvo que en éste haya adquirido eficacia un convenio, no está sujeta a intervención judicial ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Que ni la persona jurídica ni sus administradores o representantes, vigente su cargo de representación, han sido condenados, mediante sentencia firme, por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, ni x xxxx de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
Que la persona jurídica no ha sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad ni por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, o en materia medioambiental.
Que la persona jurídica no ha incurrido en falsedad al efectuar cualquier declaración responsable ni al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, ni ha incumplido, por causa que les sea imputable, la obligación de comunicar la información que le sea exigible.
Que la persona jurídica no ha retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, ni ha imposibilitado la firma del contrato, mediando dolo, culpa o negligencia, ni ha dado lugar a la resolución de un anterior contrato con el Banco de España por una causa que le sea imputable.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de . (Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 5. MODELO DE DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO DE LOS PLIEGOS
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), bajo su responsabilidad
DECLARA:
Que se tiene perfecto conocimiento xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales aplicables a esta licitación y que estos pliegos son aceptados en su totalidad.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de .
(Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 6. MODELO DE DOCUMENTACIÓN PARA CRITERIOS SUJETOS A VALORACIÓN AUTOMÁTICA
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de (Apoderado / Administrador único), según poder (se hará constar el apoderamiento), empresa participante en el procedimiento abierto para la contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona ( Expediente: 17/09816-ADS-0064), conociendo las condiciones y pliegos que rigen este procedimiento y estando de acuerdo con los mismos se compromete en nombre de a la realización del objeto del contrato por un importe de:
A. Prestación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones
Importe servicio de mantenimiento, 2 años euros. IVA euros.
Total: euros, IVA incluido.
B. Precios por hora para trabajos de mantenimiento correctivo o de realización de mejoras adicionales necesarias.
Oficial electricista
20 | ||
20 | ||
20 |
Horario laboral normal, de 8:00 a 21:00 h Días laborables, horario nocturno:
Días festivos:
Precios por hora
IVA excluido
Horas estimadas 2 años (1)
Precio Total
Oficial mecánico
20 | ||
20 | ||
20 |
Horario laboral normal, de 8:00 a 21:00 h Días laborables, horario nocturno:
Días festivos:
Técnico control de instalaciones
10 | ||
10 | ||
10 |
Horario laboral normal, de 8:00 a 21:00 h Días laborables, horario nocturno:
Días festivos:
Oficial ascensorista
10 | ||
10 | ||
10 |
Horario laboral normal, de 8:00 a 21:00 h Días laborables, horario nocturno:
Días festivos:
Técnico sistemas extinción de incendios
10 | ||
10 | ||
10 | ||
Horario laboral normal, de 8:00 a 21:00 h Días laborables, horario nocturno:
Días festivos: Importe precios hora: IVA:
Total precios hora:
(1) Horas estimadas, para los dos años de duración inicial, a efectos de cálculo. La cantidad de horas reflejadas no supone ningún compromiso para el Banco de España.
Lugar y fecha
Firma del Proponente (incluir sello de la entidad representada)
ANEJO 7. MODELO DE AVAL
D. …………………, actuando en nombre de …………… (entidad avalista), con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta (i) del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, o (ii) de la escritura de poderes que se acompaña AVALA, constituyéndose en fiador solidario de ………………… con NIF ………, ante el Banco de España, hasta una cantidad máxima de …….. euros, con objeto de responder del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato para la realización de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona (Expediente: 17/09816-ADS-0064),así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento.
El presente afianzamiento se presta con carácter solidario, renunciando el avalista a los derechos de excusión, división, orden y plazo, y con compromiso de pago al primer requerimiento del Banco de España, sin que sea posible ninguna excepción, ni admisible excusa alguna, siendo suficiente dicho requerimiento para entender que el obligado principal no ha cumplido su obligación.
La presente garantía se configura, consecuentemente, como una obligación autónoma no accesoria del contrato anteriormente mencionado, reconociéndosele, por lo tanto, una naturaleza abstracta por expresa voluntad del ordenante y de la entidad garante.
Como consecuencia de este aval, (entidad avalista) queda obligado a abonar al
Banco de España, en la cuenta que designe, dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde que sea requerida para ello por cualquier medio escrito, la cantidad que esta determine hasta el límite máximo garantizado.
Finalmente, se hace constar que este aval tendrá plena validez hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha quedado inscrito en el Registro de Avales con el n.º ………
En ……………………………, a ……… de de 201…
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS O ABOGACÍA DEL ESTADO (1):
Provincia Fecha Nº o Código
(1) o por los órganos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales
AL BANCO DE ESPAÑA, XXXXX XXXXXX X.x 00, 00000 XXXXXX
ANEJO 8. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
CERTIFICADO NÚMERO
(1) (en adelante asegurador), con domicilio en
, c/ y C.I.F. debidamente representado por D. (2) con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta (i) del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, o (ii) de la escritura de poderes que se acompaña.
ASEGURA
A (3) , C.I.F./N.I.F. en concepto de tomador de seguro y con carácter SOLIDARIO ante el Banco de España, en adelante asegurado, hasta el importe de EUROS (4) (en letra) (en cifra)
, en los términos y condiciones establecidos en (5) en concepto de garantía para responder de sus obligaciones derivadas del contrato para la realización de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona (Expediente: 17/09816-ADS-0064), así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de su incumplimiento.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador renuncia expresamente a los beneficios de excusión, división, orden y plazo y no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
La garantía prestada por la entidad garante se entiende otorgada a primer requerimiento, de modo que, dicha entidad, queda obligada a pagar en efectivo, o ingresar en la cuenta corriente que designe, al Banco de España, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde que sea requerida para ello por cualquier medio escrito, la cantidad que esta determine hasta el límite máximo garantizado, sin que pueda invocar para no realizar dicho pago razón o pretexto alguno, en especial derivado de las relaciones contractuales entre el tomador y la entidad garantizada.
La presente garantía se configura como una obligación autónoma no accesoria de las obligaciones derivadas del contrato.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta la fecha en que, habiéndose cumplido satisfactoriamente el contrato incluidas, en su caso, las prórrogas y el periodo de garantía cuando éste exista, el Banco de España autorice su cancelación o devolución.
En , a de de 201_. Firma:
ASEGURADOR
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS O ABOGACÍA DEL ESTADO (1):
Provincia Fecha Nº o Código
(1) o por los órganos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACION DEL MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar la disposición que determina la constitución de la garantía o fianza; Pliego de Cláusulas Particulares; cláusula contractual n.º ; etc.
ANEJO 9. MODELO DE PRESENTACIÓN DE REFERENCIAS: CUADRO DE REFERENCIAS ACREDITADAS.
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
Hoja resumen de referencias
Se rellenará el siguiente cuadro con todas las referencias presentadas en el apartado a de la cláusula 8ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares, dando un número correlativo a cada una de ellas.
Nº REF. | Objeto | Importe anual del contrato (IVA excluido) |
Ficha individual referencia
Objeto referencia: (título trabajo) | |
Objeto referencia: (título trabajo) Titular del Servicio de mantenimiento | Nº REF: -tabla resumen |
Importe anual del servicio (antes de impuestos): | |
Fecha inicio: | |
Fecha finalización: En caso de que el contrato esté vigente indicarlo | |
Certificado de buena ejecución firmado por el órgano competente | |
MEMORIA GENERAL OBJETO DEL TRABAJO | Si ⃝ No ⃝ |
(En este apartado se deberán indicar las instalaciones objeto del contrato) | |
ANEJO 10. MODELO DE DECLARACIÓN DE REALIZACIÓN DE LA VISITA Y DE CONOCIMIENTO DEL LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de
(Apoderado / Administrador), según escritura otorgada el de
de , ante el Notario de , D. , bajo el número de su protocolo, en la representación que ostenta, y bajo su responsabilidad
DECLARA:
- Que por haber realizado la visita a las instalaciones en las que se han de prestar los servicios objeto de la licitación arriba referenciada, esta empresa conoce con detalle las citadas instalaciones, así como las peculiaridades técnicas para la prestación de los servicios, por lo que no tiene dudas sobre tales extremos.
- Que dispone de información suficiente para la correcta elaboración de la oferta.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de . (Firma y sello de la empresa)
Firmado:
ANEJO 11. MODELO DE DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO PREVIO DEL LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SIN NECESIDAD DE VISITA
Contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona.
Número de expediente: 17/09816-ADS-0064.
D. / Xx. , en nombre y representación de , en calidad de
(Apoderado/Administrador), según escritura otorgada el de de , ante el Notario de , D. , bajo el número de su protocolo, bajo su responsabilidad
DECLARA:
1. Que participa en el procedimiento de licitación para la contratación de los servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de la Sucursal del Banco de España en Barcelona, conforme al pliego de prescripciones técnicas del citado procedimiento.
2. Que tiene un conocimiento pleno de las instalaciones en las que van a prestarse los servicios, que –a su juicio, de manera notoria- resulta suficiente para la correcta elaboración de la oferta, y para la adecuada ejecución del contrato, y ello por los motivos que se exponen a continuación:
- [AÑADIR HECHO NOTORIO QUE JUSTIFICA SU CONOCIMIENTO PLENO DEL LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, APORTANDO PRUEBAS, EN SU CASO]
-
3. Que en consideración a lo expuesto, el abajo firmante, actuando en la representación antedicha de :
o Renuncia formal y expresamente a efectuar la visita a las instalaciones prevista en la cláusula xxxxxx xxx xxxxxx de cláusulas particulares del procedimiento de licitación al margen referenciado.
o Declara conocer con detalle tanto las instalaciones en las que se va a desarrollar la prestación de los servicios, como las peculiaridades técnicas para su ejecución, por lo que no tiene dudas sobre tales extremos.
o Declara y reconoce que dispone de información suficiente para la correcta elaboración de la oferta.
4. Que, en todo caso, el abajo firmante acepta y reconoce expresamente la facultad del Banco de España para verificar el efectivo conocimiento de las instalaciones, por parte de [NOMBRE/RAZON SOCIAL DEL LICITADOR], así como la suficiencia de dicho conocimiento para la correcta elaboración de la oferta y la adecuada ejecución del contrato, y reconoce asimismo
su facultad de excluirla justificadamente, en caso de que dicho conocimiento no resulte probado o se estime insuficiente o inadecuado.
Para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
, a de de . (Firma y sello de la empresa)
Firmado: