Señores Padres:
Xxxxxx Xxxxx, 00 de Noviembre de 2017
Señores Padres:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. en cumplimiento de la Resolución Nº 73/91 y del Decreto Nº 2417/93, originados en el Ministerio de Economía, para adjuntarles el Contrato de Enseñanza Ciclo escolar 2018.
Contrato de Enseñanza Ciclo escolar 2018
Entre el Instituto San Xxxxx, con domicilio en Xxxxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, propiedad de la Asociación Cultural Xxxx, representado en este acto por su Representante Legal XXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI 00.000.000, en adelante EL INSTITUTO, por una parte; y el Sr....................................................................... DNI…………………….……. y la
Sra.......................…………………………................. DNI..........……….................................. con domicilio en
.......................................................................................………...................., en representación legal del
menor…………………….………………………………………..……………………..DNI............……….….....
domiciliado en............................................................................................., en adelante EL/LOS
RESPONSABLE/S convienen en celebrar el presente contrato de enseñanza que se regirá por las siguientes cláusulas:
1. En razón de haber aceptado el Instituto, la solicitud de reserva xx xxxxxxx presentada por el/los responsable/s, el Instituto se compromete a:
a) Matricular al alumno para el curso lectivo 2018, cuando se hubiesen cumplido las condiciones que fijan las reglamentaciones escolares vigentes y en los plazos que ellas determinan y el aspirante hubiese observado las normas de convivencia establecidas en la reglamentación interna del ISR.
b) Impartir la enseñanza correspondiente al nivel, modalidad y año en el que quedará matriculado según los planes oficiales en los que se encuentra incorporado el Instituto.
c) Prestar los demás servicios educativos que con carácter general y obligatorio se desarrollan en el establecimiento y aquellos optativos que se ofrezcan y sean aceptados por el/ los responsable.
d) Realizar las evaluaciones respectivas y demás trámites que impone la normativa vigente.
2. El/los responsable/s y el alumno se obligan a respetar y hacer respetar las disposiciones oficiales, el Plan Pedagógico Institucional, las reglamentaciones oficiales, los reglamentos internos del Instituto San Xxxxx, sus normas de convivencia y el Ideario institucional.
3. El/los responsable/s ha/n abonado por separado el importe correspondiente a la reserva de inscripción y se obliga/n personal y solidariamente a abonar el arancel anual de enseñanza determinado por el Instituto para el año lectivo 2018 (VER ANEXO). Dichos importes respetan las bandas arancelarias según la disposición Nº 360/ DGEGP/17 y sus anexos, las cuales discriminan el impacto de la aplicación de la Nueva Escuela Secundaria durante el próximo ciclo lectivo en el Nivel de Educación Secundaria de la Jurisdicción.
El Instituto mantendrá para el ciclo lectivo 2018 la decisión de no cobrar la cuota de Mantenimiento del Servicio Educativo, monto autorizado a cobrar según lo establecido en el artículo 9 del decreto Nº 2542/91. No obstante, la misma será incorporada a la composición de aranceles a partir del ciclo lectivo 2019.
El arancel anual de enseñanza será abonado en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas de igual valor que vencerán desde marzo a diciembre de 2018 inclusive. Las mismas se cancelarán por transferencia bancaria y/o depósito en los cajeros automáticos de las sucursales del Banco Francés y/o cualquier otro medio que el Instituto designe para tal efecto, antes de las 15 hs del día en que opere su vencimiento según factura.
4. El valor de la reserva xx xxxxxxx para el año 2018 según el nivel es el siguiente:
Nivel Inicial Nivel Primario: | Jardín 2, 3 y 4 años: $ 7.768 1ro a 7mo grado: $ 10.196 | Pre-Escolar: $10.196 |
Nivel Medio: | 1ro a 4to. Año: $ 11.543 | 5to año: $ 10.532 |
Estos montos no serán afectados por las nuevas bandas arancelarias, y en ningún caso podrán superar el monto de dos aranceles al valor de la cuota vigente al día de la fecha (arancel programático + arancel extraprogramático)
• Para que la reserva xx xxxxxxx se haga efectiva es necesario haberla cancelado en su totalidad, estar al día con las cuotas de aranceles correspondientes a años anteriores y/o del año en curso, y haber entregado este Contrato firmado antes del 11 de diciembre de 2017.
• La devolución del importe abonado en concepto de Reserva xx Xxxxxxx tendrá lugar exclusivamente a solicitud del responsable económico de la familia presentada antes del 30 de noviembre manifestando su decisión de no renovar contrato para el año lectivo siguiente. El importe a reintegrar será equivalente al 80% abonado por ese concepto. Los casos de alumnos que a esa fecha adeuden materias y tengan comprometida su promoción al curso siguiente, merecerán atención particular.
5. Los valores consignados en la presente comunicación son los vigentes a la fecha y los mismos podrán ser modificados en virtud de lo normado por el Decreto N° 2417/93 y/o lo que pudiesen disponer las Autoridades de Aplicación y/o por modificaciones obligatorias de costos salariales o circunstancias que modifiquen la realidad económica actual.
6. Los aranceles de enseñanza que no se encuentren abonados a su fecha de vencimiento incurrirán en xxxx en forma automática por el mero transcurso del tiempo y sin necesidad de interpelación alguna. (art. 886 Código Civil y Comercial de la Nación). Las facturas impagas tendrán un recargo por intereses resarcitorios de 0,10 % diario calculado sobre el capital adeudado. Las facturas por aranceles no incluyen el importe de los intereses devengados, los cuales se calcularán al momento de efectuar el pago según la información que surja del extracto bancario y se respaldarán con la emisión de una nota de débito.
7. Por cuanto la contraprestación del Instituto es indivisible, ya que los aranceles se establecen para toda la enseñanza a impartir durante el ciclo lectivo 2018, la obligación de pago es única, aún cuando pueda cancelarse en cuotas. Por esta razón, no se podrá solicitar ni pretender que se exima de cumplir una parte cualquiera de la obligación que se asume por el presente contrato, aún cuando por cualquier causa el alumno perdiera su condición de regular o dejara de concurrir al Instituto, o cuando por motivos pedagógicos se aconsejara la reducción de su jornada diaria.
8. El Instituto acreditará la prestación del servicio educativo con la presentación de las constancias obrantes en los Registros de la Documentación Oficial del mismo. El/los Representante/s acreditará/n el cumplimiento de la cláusula tercera con la exhibición de los respectivos comprobantes de pago. Las partes confieren al presente acuerdo el carácter de titulo ejecutivo, de conformidad a lo prescripto en el título 2 del libro lll° del código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
9. Este contrato de enseñanza quedará efectivizado con la inscripción del alumno en el libro de matrículas en la oportunidad que corresponda.
10. El presente contrato tiene vigencia para el ciclo escolar 2018, prolongándose sus efectos hasta que el
alumno rinda sus periodos de recuperación o las evaluaciones que correspondan al año para el curso en que fuere matriculado. En consecuencia, la admisión de un alumno es exclusivamente para un ciclo lectivo y no obliga al Instituto San Xxxxx a admitir la reinscripción del mismo para un ciclo lectivo diferente posterior al del presente contrato.
00.Xx suscripción del presente contrato por parte de los responsables parentales del alumno/a significa que todos ellos, responsables y representado, aceptan los reglamentos internos del Instituto San Xxxxx, sus normas de convivencia y el ideario institucional. Todos ellos desde el rol que cada uno tenga, se obligan de respetar y hacer respetar la normativa mencionada, como alumno y como integrantes todos de la comunidad educativa, asumiendo para el caso de incumplimiento a las mismas, que las autoridades del Instituto San Xxxxx podrán adoptar sanciones que podrán llegar a la expulsión durante el año lectivo o la negatoria de renovar la matriculación para el siguiente año.
12. Para cualquier divergencia en la interpretación o aplicación del presente las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Nacionales Ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo así mismo domicilio especial en los más arriba indicados, donde se consideran válidas todas las comunicaciones o diligencias que se practiquen, aunque las partes no vivan o no se encuentren en ellas.
13. La copia del presente contrato deberá ser entregada firmada por ambos padres o tutor antes del día lunes 11 DE DICIEMBRE DE 2017. Este requerimiento completa y formaliza el proceso de inscripción.
14. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Ciudad de Buenos Aires, a los……………………….….. del mes de………………………………. de 20…..…
X. XXXX XXXXXX XXXXXXXX., a.a. Representante Legal
Firma del Padre o Tutor: ................................................................................
DNI / LC N°...............................................................
Aclaración de la firma: ....................................................................................................................................
DOMICILIO ACTUAL: ……………………………..…………………. CP: …………………………
TELEFONO DE LINEA………………………………………. CELULAR: ………………………………
Firma de la Madre: ...........................................................................
DNI / LC N°..............................................................
Aclaración de la firma: .....................................................................................................................................
DOMICILIO ACTUAL: ………………………………………………… CP: ………………………….
TELEFONO DE LINEA: …………………….……...…… CELULAR: … …………………………………..