CONTRATO DE SUMINISTRO NÚMERO 17/2017 LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO LP-68/2016 ACTA NÚMERO 59 ACUERDO NÚMERO 4.17 DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DE 2016.
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados San Xxxxxxxx, El Xxxxxxxx, C.A.
CONTRATO DE SUMINISTRO NÚMERO 17/2017 LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO LP-68/2016 ACTA NÚMERO 59 ACUERDO NÚMERO 4.17 DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DE 2016.
ACTA NÚMERO 5 ACUERDO NÚMERO 9 DE FECHA 02 DE FEBRERO DE 2017.
Nosotros: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, de cincuenta y ocho años de edad, Empresario, del domicilio de la ciudad y Departamento de San Xxxxxxxx, con Documento Único de Identidad Número cero un millón ochocientos setenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete- uno, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número nueve mil quinientos uno – doscientos mil novecientos cincuenta y ocho – cero cero uno– cinco, actuando en mi carácter de Presidente de la Junta de Gobierno, en nombre y representación legal de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS, que
puede abreviarse ANDA, Institución Autónoma, de Servicio Público, de este domicilio, con Tarjeta de Identificación Tributaria número cero seiscientos catorce - doscientos diez mil ciento veintitrés - cero cero cinco - nueve; y con Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios Número treinta y dos mil ochocientos cuatro - nueve, que en el transcurso del presente instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE o ANDA”; y XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, de setenta años de edad, ingeniero electromecánico, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve-seis, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce – ciento ochenta mil setecientos cuarenta y seis – cero cero tres - seis, quien actúa en nombre y representación en su calidad de Director Presidente y Representante Legal de la Sociedad denominada COMERCIO Y REPRESENTACIONES, S. A. DE C.
V., que puede abreviarse C.O.R.E.S.A., DE C. V., de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio, con Tarjeta de Identificación Tributaria número cero seiscientos catorce – doscientos ochenta mil setecientos setenta y cinco – cero cero uno – tres, y con Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número un mil seiscientos noventa - cero; quien en lo sucesivo de este instrumento me denominaré “EL SUMINISTRANTE”, convenimos en celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO derivado de la Licitación Pública Número LP-Sesenta y Ocho/Dos Mil Dieciséis, denominada “SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIALES Y EQUIPO DE LABORATORIO”, el cual se regulará conforme a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública que en adelante se denominará LACAP, Reglamento del mismo cuerpo legal, Bases de Licitación para esta contratación y en especial a las obligaciones, condiciones y pactos establecidos en las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El Suministrante se compromete al SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIALES Y EQUIPO DE LABORATORIO, bajo las condiciones, cantidades y especificaciones técnicas establecidas en las Bases de Licitación Pública para la presente contratación, precios contenidos en la oferta del Suministrante, según se detalla a continuación:
LOTE 1 REACTIVOS DE LABORATORIO | ||||||
LABORATORIO CENTRAL | ||||||
ÍTEM | CANTIDAD | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACION | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
15 | 2 | Solución estándar de DQO de 1000 mg/L COD, Trazable al NIST (contenido: Hidrogenoftalato de Potasio en solución) | Frasco | 100mL | $ 20.27 | $ 40.54 |
30 | 6 | Solución de almacenamiento de pH, Orión 910001 | Frasco | 475mL | $ 93.00 | $ 558.00 |
48 | 1 | Standard de formazina para Turbidez, 1,0 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
49 | 6 | Aceite de Silicona HACH N° de Cat 1269-36 | Frasco | 15mL | $ 12.36 | $ 74.16 |
83 | 6 | Solución de llenado de electrodo de referencia Orión 810007 | Frasco | 60mL | $ 39.00 | $ 234.00 |
84 | 5 | Almohadillas de solución buffer de nutrientes DBO, para 3 L de agua de dilución | Paquetes | 50 almohadillas | $ 37.08 | $ 185.40 |
85 | 8 | TISAB II con CDTA para determinación de Flúor | Garrafa | 4L | $ 159.22 | $ 1,273.76 |
121 | 3 | Solución de Relleno de pH, Orión 900011 | Frasco | 475mL | $ 39.00 | $ 117.00 |
Sub Total | $ 2,631.86 | |||||
13% IVA | $ 342.14 | |||||
Total | $ 2,974.00 |
LOTE 1 REACTIVOS DE LABORATORIO | ||||||
LABORATORIO PLANTA GULUCHAPA | ||||||
ÍTEM | CANTIDAD | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
2 | 2 | Solución Buffer, pH 4.00 ± 0.01 a 25ºC, Solución de Hidrogeno Ftalato de Potasio Trazable al NIST | Frasco | 500mL | $ 13.13 | $ 26.26 |
10 | 1 | Estándar de Formazina <0.1 NTU | Frasco | 500mL | $ 89.00 | $ 89.00 |
11 | 1 | Estándar de Formazina de 10 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
12 | 1 | Estándar de Formazina de 20 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
13 | 1 | Estándar de Formazina de 100 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
14 | 1 | Estándar de Formazina de 200 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
15 | 1 | Estándar de Formazina de 800 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
16 | 1 | Estándar de Formazina de 1000 NTU | Frasco | 500mL | $ 149.00 | $ 149.00 |
17 | 1 | Estándar de Formazina de 4000 NTU | Frasco | 500mL | $ 58.00 | $ 58.00 |
18 | 4 | Estándar de Conductividad/TDS Cloruro de Sodio Conductancia especifica = 1413 uS/cm Valor STD = 692 ppm como NaCl Concentración 0.01000 M +- 0.00005M KCL | Frasco | 500mL | $ 42.00 | $ 168.00 |
21 | 1 | Solución Estándar de O D Parte de Orión: 080113 Uso del producto: Reactivo Componente:Cloruto de potasio (KCL) No. 7447-40-7 Componente: Agua desionizada No. 7732-18-5 | Frasco | 500mL | $ 188.00 | $ 188.00 |
Sub Total | $ 1,423.26 | |||||
13% IVA | $ 185.02 | |||||
Total | $ 1,608.28 |
LOTE 1 REACTIVOS DE LABORATORIO | ||||||||
LABORATORIO PLANTA LAS PAVAS | ||||||||
ÍTEM | CANTIDAD | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL | ||
23 | 1 | TISAB II MARCA THERMO CATALOGO 940909 | Galón | 1G | $ 159.22 | $ 159.22 | ||
24 | 2 | Solución ajustadora de fuerza ionica (ISA) MARCA THERMO CAT: 930711 | Frasco | 475mL | $ 98.58 | $ 197.16 | ||
25 | 2 | Solución Supresora de Interferencia (NISS), MARCA THERMO CAT:930710 | Frasco | 475mL | $ 97.56 | $ 195.12 | ||
26 | 1 | Solución estándar de NaNO3 0.1 M MARCA THERMO | Frasco | 475mL | $ 144.00 | $ 144.00 | ||
27 | 1 | Solución estándar de NaF 0.1 M MARCA THERMO | Frasco | 475mL | $ 141.00 | $ 141.00 | ||
28 | 2 | Solución estándar de Cloruro de Sodio a 491 ± 2.5 mg/l Xxxxx XXXX | Xxxxxx | 500mL | $ 73.00 | $ 73.00 | ||
1/1 L | ||||||||
29 | 1 | SOLUCION DE ALMACENAMIENTO DE PH No DE PARTE 910001, MARCA THERMO SCIENTIFIC | Frasco | 475mL | $ 102.00 | $ 102.00 | ||
Sub Total | $ 1,011.50 | |||||||
13% IVA | $ 131.50 | |||||||
Total | $ 1,143.00 |
LOTE 2 MATERIALES DE LABORATORIO | |||||
LABORATORIO CENTRAL | |||||
ÍTEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO UNITARIO |
3 | 300 | Frascos DBO , vidrio borosilicato tipo I, clase B, de 300mL, Con tapón esmerilado | c/u | $ 13.18 | $ 3,954.00 |
6 | 20 | Crisoles de porcelana perforados Xxxxx de 130 ml para determinación de SST | c/u | $ 47.57 | $ 951.40 |
10 | 14 | Dispensador de líquidos, con graduación de 0.20mL, con válvula de seguridad certificada tipo variable, 1-10mL, resistente a ácidos y bases | c/u | $ 261.35 | $ 3,658.90 |
41 | 6 | Mechero xx xxxxxx , de 100mL | c/u | $ 20.52 | $ 123.12 |
54 | 6 | Garrafa Nalge 2212 Rectangular de Polipropileno de boca ancha; con cierre de rosca de polipropileno, con asa robusta, a prueba de fugas autoclavable. De 9 L | c/u | $ 40.81 | $ 244.86 |
63 | 3 | Kit xx Xxxxxx magnéticas agitadoras octogonales, paquete de 12 barras | c/u | $ 86.60 | $ 259.80 |
65 | 10 | Beakers de Polipropileno de 500 ml, con asa, resistente de químicos | c/u | $ 7.80 | $ 78.00 |
70 | 6 | Cestas xx xxxxx inoxidables para autoclave dimensiones 25.4 x 15.24 x 15.24 (10 x 6 x 6 inches) | c/u | $ 55.23 | $ 331.38 |
Sub Total | $ 9,601.46 | ||||
13% IVA | $ 1,248.19 | ||||
Total | $ 10,849.65 |
LOTE 2 MATERIALES DE LABORATORIO | |||||
LABORATORIO PLANTA GULUCHAPA | |||||
ÍTEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
2 | 6 | COMPARADORES DE CLORO RESIDUAL LIBRE METODO DPD, RANGO DE LECTURA 0-3.5 MG/L, QUE INCLUYA PAQUETE DE REPUESTOS DE 6 TUBOS DE ENSAYO. | C/U | $ 68.18 | $ 409.08 |
3 | 1 | RED COLECTORA DE ARRASTRE PARA FITOPLACTON ACUATICO: XXX XX XXXXX DE 0 A 20 MICRAS , DIÁMETRO DE BOCA: 30 CENTIMETROS,LONGITUD CUERPO DE LA RED 120- 150 CENTIMETROS,COPO COLECTOR CON 4 A 6 VENTANAS XXX XX XXXXX INOXIDABLE DE 30 CENTÍMETROS DE DIÁMETRO CON 3 BRIDAS XX XXXXX INOXIDABLE SUJETAS A UNA ARGOLLA O GRILLETE GIRATORIO PESO EN COPO PARA GARANTIZAR ESTABILIDAD,FABRICADO CON MATERIAL PVC,CAPACIDAD 250 ML. | C/U | $ 1,208.89 | $ 1,208.89 |
12 | 1 | CONTADOR MANUAL, 1 TECLA 4 DIGITOS, TIPO CONTADEDO,CON PERILLA PARA VOLVER A CERO (RESET) ESTRUCTURA METALICA | c/u | $ 37.94 | $ 37.94 |
Sub Total | $ 1,655.91 | ||||
13% IVA | $ 215.27 | ||||
Total | $ 1,871.18 |
LOTE 2 MATERIALES DE LABORATORIO | |||||
REGION OCCIDENTAL | |||||
ÍTEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
3 | 30 | Tubos plásticos para comparadores de cloro residual con tapón, fondo plano, con marca a los 5 ml | C/U | $ 4.35 | $ 130.50 |
4 | 1 | Electrodo de combinación tríodo (ATC), PH/ATC/TRIODO, Rango de PH 0 a 14, Tipo de referencia Ag/Ag/Cl, material Epoxi, conector NBC, Diámetro de cuerpo 12 , longitud 120 mm, Medición de cable 1 metro, no Rellenable, para ser utilizado en Ph metro Orión modelo 210 | C/U | $ 398.00 | $ 398.00 |
5 | 10 | COMPARADORES DE CLORO RESIDUAL LIBRE METODO DPD, RANGO DE LECTURA 0-3.5 MG/L, Disco Graduado de 0,0 a 3,5 mg/l, con intervalos de 0,1 mg/l | C/U | $ 68.18 | $ 681.80 |
Sub Total | $ 1,210.30 | ||||
13%IVA | $ 157.34 | ||||
Total | $ 1,367.64 |
LOTE 3 EQUIPO DE LABORATORIO | |||||
LABORATORIO CENTRAL | |||||
Ítem | CANTIDAD | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
6 | 6 | Micropipeta de volumen ajustable, rango de 10 a 100μL. Con bolsa de 96 puntas reciclables, | C/U | $ 287.50 | $ 1,725.00 |
8 | 4 | Micropipeta de volumen ajustable, rango de 10 a 200μL. Con bolsa de 96 puntas reciclables | C/U | $ 308.76 | $ 1,235.04 |
11 | 2 | Destilador de agua de 5 gal./hr. Con voltaje de entrada de 240 VAC, con cámara evaporadora, condensador y tanque de agua xx xxxxx inoxidable 304, con control automático de bajo nivel de agua, que incluya un suavizador de agua de 1 pie cubico de resina cationica, deposito xx xxxxx inoxidable de 25 galones incorporado con visor para nivel de agua, con mueble de instalación. Contemplar en oferta la instalación eléctrica. | C/U | $ 17,516.56 | $35,033.12 |
13 | 3 | Hot Plate/ Agitador, Hot plate, rango de temperatura de 5º a 540 ºc, con pantalla digital led para temperatura, Agitador de 50 a 1200 rpm, capacidad 15 libras, dimensiones (25x13x10 cm).tamaño del plato 10.8x10.8 cm, 120 v 60 hz | C/U | $ 364.55 | $ 1,093.65 |
14 | 2 | Incubadora para DBO de Alta eficiencia rango -10° to +50°C; uniformity, ±0.5°C at 37°C, ±1°C at 20°C Capacity: 20 cu. ft. controlado por Micro procesador; high/low- temperature protection, digital display, acero exterior, xxxxx powder-coated finish; porcelain-steel interior Ductwork allows forced air convection Six zinc-chromate shelves with stainless-steel supports Magnetic door gasket, luz interior, circulador de aire | C/U | $ 4,282.81 | $ 8,565.62 |
15 | 2 | Extractor de aceites y grasas reconocido por AOAC, armazón de aluminio anodizado que sostenga el colector múltiple, 6 calentadores de 6 vatios con resorte, condensadores con xxxxxxx xx xxxxx inoxidable con válvulas automáticas de liberación de presión, con 12 vasos de precipitados de 100mL xx xxxxxx borosilicato grueso, con bordes redondeados y rectificados, 6 dedales de Alumdum, 6 cubiertas para calentadores eléctricos, empaques xx xxxxxx, anillos para vasos de precipitados, empaques para condensadores superiores, nueve tubos de muestra y tubos de recuperación xx xxxxxx borosilicato, 60recipientes de tubo de muestras (sostén de dedal) xx xxxxx inoxidable. | C/U | $13,105.98 | $26,211.96 |
19 | 2 | Reactor digital de Bloque dual para DQO program (150 °C, 120 minutes) para 30 tubos, con señal acústica cuando ha terminado el tiempo fijado, con rango de temperatura ajustable de 37 a 165°C, rango de calentamiento de 20 a 150°C en 10 minutos, estabilidad de la temperatura ± 2°C. | C/U | $ 1,380.00 | $ 2,760.00 |
20 | 2 | Cámara extractora de gases con mesa, con tecnología de filtración Erlab y Neutrodyne; 100-115V, 50 / 60Hz, 10A; Dimensiones: 95.8D x 121.9W x 167.6cm H (1.21M), ventilador integral, 2 aparatos de servicio, 1 duplex eléctrica, con paneles de revestimiento interno de fibra xx xxxxxx, con luz fluorescente, con recipiente acopado, con grifo de agua, aire y vacío | C/U | $22,337.97 | $44,675.94 |
21 | 2 | Mufla con aislamiento de densidad variable, cabina xx xxxxx capa, capacidad 5.3L de 240V, rango de temperatura 100 a 1100°C, controlada por microprocesador, con interruptor de seguridad en la puerta | C/U | $ 3,293.23 | $ 6,586.46 |
30 | 3 | Micropipeta de volumen ajustable, rango de 100 a 1000μL, con bolsa de 96 puntas reciclables | C/U | $ 287.50 | $ 862.50 |
33 | 2 | Refrigeradora de Laboratorio con xxxxxx xx xxxxxx, de 23.3 cu ft, Dimensiones internas (52.1 x 50.8x 50.8cm) , 115V, controlado con microprocesador, con sistema de alarma audible por desviaciones de temperatura, con sistema de circulación de aire forzado, sin CFC R134-A refrigerante | C/U | $ 5,762.70 | $11,525.40 |
35 | 1 | Turbidimetro Portátil , Método EPA 180.1, determinación en RATIO, entre la señal de luz dispersa nefelométrica (90º) y la señal de luz dispersa transmitida, pantalla LCD, Resolución 0.01NTU, exactitud ± 2 % de la lectura mas luz difusa, standards primarios de calibración en viales sellados (20, 100, 800 NTU), standard primario de verificación (10 NTU), 6 cubetas con tapa, manual de instrucciones, aceite de silicona y paño lubricante, kit de Gelex | C/U | $ 1,580.02 | $ 1,580.02 |
SUB TOTAL | $141,854.71 | ||||
13% IVA | $18,441.11 | ||||
TOTAL | $ 160,295.82 |
LOTE 3 | |||||
LABORATORIO DE PLANTA GULUCHAPA | |||||
Ítem | CANTIDAD | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
4 | 1 | TURBIDIMETRO XX XXXX RANGO DE LECTURA 0 - 4,000 UTN,CON RANGO DE SELECCIÓN MANUAL/ AUTOMATICA,FUENTE DE LUZ: LAMPARA DE FILAMENTO DE TUNGSTENO O DIODO EMISOR DE LUZ (LED) RESOLUCION 0.001 EN EL RANGO MAS BAJO,CERTIFICADO,CONDICION DE OPERACIÓN 0 - 40 °C,HUMEDAD RELATIVA 0-90 % A 30°C- 40°C,MUESTRA REQUERIDA 30 mL,RESISTENTE A IMPACTOS,DIMENSIONES 30.5 X40 X 15.6 cm (12 x 153/4 x 6 1/8 pulgadas) REQUISITO DE ENERGIA 110- 220 QUE INCLUYA KIT DE SOLUCIONES PARA CALIBRACION EN PRESENTACION XX XXXXXX SELLADOS Y CELDAS DE REPUESTO 95 mm X 25 mm CAPACIDAD 30 mL | C/U | $ 2,852.99 | $ 2,852.99 |
7 | 1 | TERMOREACTOR: CAPACIDAD: NUMERO DE MUESTRAS 1X12 CON PERFORACIONES PARA CUBETAS QUE TENGAN UN DIAMETRO EXTERIOR DE 16 mm, PROGRAMAS SELECCIONABLES 7 PROGRAMAS FIJOS 100°C (60 min), 120°C (30 + 60 + 120 min) 148°C (20 + 120min) 150°C(120 min), PRECISION: 1°C ± 1 DIGITO, REQUERIMIENTO de ENERGIA :100 - 240 V, DIMENSIONES 180 x 256 x 307 mm, | C/U | $ 979.49 | $ 979.49 |
9 | 1 | CAMARA EXTRACTORA DE GASES CON GABINETE EXTERIOR, REVESTIDO EN PINTURA EPOXIE. GABINETE INTERIOR RESISTENTE A VAPORES GENERADOS POR. REACCIONES A SUSTANCIAS QUÍMICAS. EQUIPADA CON PUERTA GUILLOTINA CON CONTRAPESOS CON RODAMIENTOS. MESA DE TRABAJO CON BORDE ANTIDERRAME Y DESCARGA DE LÍQUIDOS. ILUMINACIÓN DEL ÁREA DE TRABAJO CON TUBOS FLUORESCENTE. VENTILADORES CENTRÍFUGOS, APTOS PARA SOLVENTES, ÁCIDOS O BASES. MOTOR NORMALIZADO (TOMAS DE 110V O 220V) PARA SERVICIO CONTINUO APTO PARA INTEMPERIE. CONDUCTOS DE VENTILACIÓN. MEDIDAS APROXIMADAS: 1,20 x 0,70m x 1,50m | C/U | $ 10,016.96 | $ 10,016.96 |
SUB TOTAL | $ 13,849.44 | ||||
13% IVA | $ 1,800.43 | ||||
TOTAL | $ 15,649.87 |
LOTE 3 EQUIPOS DE LABORATORIO | |||||
LABORATORIO REGION OCCIDENTAL | |||||
ITEM | CANTIDAD | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
1 | 1 | Muestreador de Agua: con mango, longitud de 6 pies, copa de polietileno con capacidad de 500 ml, portátil | C/U | $ 57.47 | $ 57.47 |
SUB TOTAL | $ 57.47 | ||||
13% IVA | $ 7.47 | ||||
TOTAL | $ 64.94 |
Todo lo cual será suministrado durante el plazo y en la forma establecida en el presente contrato. Para el efecto de garantizar el cumplimiento del objeto del contrato, la Institución contratante podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable que razonablemente considere necesarias con la finalidad de salvaguardar los intereses que persigue. El suministrante garantiza que entregará el suministro adjudicado de la misma calidad, o de mejores especificaciones a las originalmente ofertadas. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: De conformidad con el Acta número 59, Acuerdo número 4.17, tomado en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de diciembre del año dos mil dieciséis, emitido por la Junta de Gobierno de ANDA, la Administración del presente contrato por parte de ANDA, estará a cargo del Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Jefe de la Unidad de Laboratorio, quien tendrá la responsabilidad de verificar que se cumplan todas las obligaciones contractuales, a través del seguimiento del contrato en todos los aspectos administrativos, financieros, legales y técnicos, gestionar los pagos y llevar el control de vencimiento de Garantías y demás documentos contractuales. Asimismo darle el cumplimiento a lo establecido en el Art. 82 Bis de la LACAP, y además cualquier otro trámite pertinente con la presente contratación. SUPERVISOR DEL CONTRATO: El supervisor del presente contrato, será la persona designada por el administrador del mismo. El nombramiento del o los supervisor(es) del presente contrato, deberán ser remitidos a la UACI, a más tardar dos días hábiles después de recibido el presente contrato. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Los documentos de petición del Suministro; b) Las Bases de Licitación Pública N° LP-68/2016; c) Las adendas a las bases de la licitación en su caso, si las hubiese; d) La oferta del Suministrante y sus documentos; e) El Acta Número 59 Acuerdo Número 4.17 de fecha 22 de diciembre del dos mil dieciséis, que contiene la
Resolución Parcial de Adjudicación de la Licitación Pública No LP-68/2016, emitida por la Junta de Gobierno de ANDA; f) El Acta Número Cinco, Acuerdo número Nueve, tomado en Sesión Ordinaria celebrada el día dos de febrero del año dos mil diecisiete, que contiene la Resolución de Ratificación del Acuerdo número Cuatro punto Diecisiete, tomado en Sesión Ordinaria número Cincuenta y Nueve, celebrada el día veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis, de la Adjudicación Parcial de la Licitación Pública No LP-68/2016, emitida por la Junta de Gobierno de ANDA; g) Las Resoluciones Modificativas que se suscriban respecto de este contrato, en su caso; y h) La Garantía. En caso de controversia entre los documentos contractuales y este Contrato, prevalecerán los términos pactados en este último. TERCERA: PLAZO. El Suministrante se obliga a entregar el Suministro objeto del presente contrato en un plazo máximo de SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO, contado a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio, obligándose a cumplir con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. El plazo podrá prorrogarse de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 86 y 92 inciso 2° de la LACAP. CUARTA: PRECIO. El precio total por el suministro objeto del presente contrato asciende a la suma CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS, (US$195,824.38),
que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. QUINTA: FORMA Y CONDICIONES DE PAGO. El monto total o parcial del contrato será pagado en dólares de los Estados Unidos de América (US$), en un plazo de 30 días calendarios, posteriores a la presentación de la documentación establecida en las condiciones de pago en la Unidad Financiera Institucional (UFI), ubicada en el Edificio Central de ANDA, San Xxxxxxxx. CONDICIONES DE PAGO: 1) Según las entregas realizadas, el Suministrante presentará los siguientes documentos: comprobantes de crédito fiscal; copia del contrato (solo para el primer pago), copia del acta de recepción parcial o total de los bienes suministrados y original de ingreso de materiales al almacén o bodega que recibió los suministros. 2) El pago de los bienes suministrados se realizará parcialmente de acuerdo a entregas recibidas, mediante transferencia bancaria o emisión de cheque, posterior a la emisión del quedan el Suministrante deberá proporcionar el número de cuenta del banco en el cual ANDA podrá depositarle el pago. SEXTA: LUGAR FORMA Y PLAZO DE ENTREGA RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO. El suministro objeto del presente proceso, se realizará los lugares y en los plazos establecido en la PARTE III, CONDICIONES GENERALES, CG-10 LUGAR, FORMA Y PLAZO DE ENTREGA, y PARTE V, ESPECIFICACIONES
TECNICAS, establecidas en las Bases de Licitación Pública N° LP-68/2016; debiendo el Suministrante cumplir con todos los requerimientos y obligaciones detalladas en las Especificaciones Técnicas para él suministro objeto de este contrato, tomando en cuenta que éste será utilizado en los análisis de laboratorio de calidad de ANDA, a nivel nacional, por lo tanto, el Suministrante estará sujeto a las
repercusiones legales que podrían derivarse al suministrar productos con características diferentes a las solicitadas, que pongan en riesgo o que perjudiquen la salud de los analistas y la calidad analítica de los resultados de los análisis. Para la entrega de los bienes, el Suministrante deberá coordinarse con el Administrador del contrato, quien deberá comunicarse con los encargados de los almacenes para programar el día y la hora de la recepción. En caso de no recibirse el suministro de acuerdo a los Documentos Contractuales, se hará constar en el Acta respectiva, lo que servirá de base a ANDA para determinar las multas que podrán aplicarse al Contratista; y todas las entregas serán dentro del plazo establecido en la Cláusula Tercera del presente contrato. La recepción del Suministro se efectuará de conformidad a lo que establece el Art. 121 de la LACAP. De comprobarse defectos en la entrega del suministro el suministrante dispondrá del plazo xx xxxx días hábiles contados a partir de la recepción para cumplir a satisfacción y en caso contrario, además, se hará valer la garantía de cumplimiento de contrato. SÉPTIMA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. La Institución Contratante hace constar que el importe del presente contrato se hará con aplicación a las cifras presupuestarias correspondientes. OCTAVA: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El Suministrante rendirá por su cuenta y a favor de la ANDA, a través de un Banco, Compañía Aseguradora o Afianzadora, autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero del El Xxxxxxxx, las Garantías siguientes en dólares de los Estados Unidos de América (US$). a) Garantía de Cumplimiento de Contrato: Con el objeto de asegurar a la Institución contratante el cumplimiento de todas las cláusulas establecidas en el contrato, el Suministrante deberá presentar a satisfacción de ANDA, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles posteriores al recibo de la copia del contrato certificado por Notario, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un monto xxx XXXX POR CIENTO (10%) DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO, y su vigencia será igual al plazo contractual más (150) ciento cincuenta días calendario. Esta garantía deberá ser emitida por Institución Bancaria privada, Compañía Aseguradora, Afianzadora o Sociedades de Garantía Recíproca, debidamente autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx y que cuenten con calificación de Riesgos categoría desde A hasta AAA, emitida por la Superintendencia de Valores o Institución Bancaria Estatal. ANDA hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: i) Por incumplimiento injustificado del plazo contractual; ii) Cuando el contratista no cumpla con lo establecido en las presentes Bases de Licitación; iii) Cuando el contratista no cumpla con las penalizaciones establecidas en el contrato por incumplimiento del suministro. iv) En cualquier otro caso que exista incumplimiento por parte del Suministrante. Esta garantía se incrementara en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar. La garantía antes mencionada se modificara en la medida que el plazo de vigencia del contrato sea modificado. Para tal afecto como garantía: cheque Certificado, Fianza o Garantía, la cual deberá ser aceptada por ANDA. La ANDA únicamente aceptará Fianza emitida por una
Institución Bancaria Privada, Compañía Aseguradora, Afianzadora, debidamente autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx y que cuenten con calificación de Riesgo categoría desde A hasta AAA, emitida por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx; o de Institución Bancaria Estatal o Sociedades de Garantía Recíproca, y que sean aceptadas por la Institución Contratante, las que deberán ser presentadas a la UACI de ANDA para su debida revisión y aceptación juntamente con DOS COPIAS CERTIFICADAS POR NOTARIO. La no presentación de esta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del literal a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que el Suministrante ha desistido de su oferta, haciéndose efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la Institución Contratante para reclamar los daños y perjuicios resultantes. NOVENA: PROHIBICIONES. Queda expresamente prohibido al Suministrante traspasar o ceder a cualquier titulo los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, así como subcontratar. La transgresión de esta disposición, dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Este régimen en todo caso habrá de ceñirse a lo establecido en los artículos 89, 90 y 91 LACAP. DÉCIMA: MULTAS POR XXXX Y SANCIONES: I) MULTAS: En
caso xx xxxx en el cumplimiento del presente contrato por parte del Suministrante, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85 de la LACAP. II) SANCION POR CONTRATAR NIÑAS Y NIÑOS, ADOLESCENTES
DEBAJO DE LA EDAD MINIMA: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte del contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el art. 158 Romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en éste último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. DÉCIMA PRIMERA: I. MODIFICACIÓN CONTRACTUAL. Las partes de mutuo acuerdo podrán modificar el contrato, siempre y cuando fueren causas justificables de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente y que estas no sean contrarias a los términos de referencia y especificaciones técnicas. II. MODIFICACIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. De acuerdo a las circunstancias, las partes contratantes podrán acordar antes del vencimiento del plazo, la prórroga del mismo especialmente por causas que no fueren imputables al Suministrante; si existen motivos suficientes que puedan tipificarse como caso fortuito o fuerza mayor; circunstancias que deberá comprobar le impidan
cumplir con el plazo. III. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Queda convenido por ambas partes que cuando el interés público lo hiciera necesario, sea por necesidades nuevas, causas imprevistas u otras circunstancias, la Institución Contratante podrá modificar de forma unilateral el presente contrato, no entendiéndose dicha modificación como cambio del objeto. En estos casos la Junta de Gobierno de ANDA, deberá emitir una resolución razonada que autorice la modificación al contrato. DÉCIMA SEGUNDA. EXTINCIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá extinguirse por las causales siguientes: a) Por la caducidad; b) Por mutuo acuerdo de las partes contratantes; c) Por revocación; d) Por el incumplimiento de las obligaciones contractuales; y e) Por las demás causas que se determinen contractualmente. Todo de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV del Titulo V de la LACAP. DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN BILATERAL. De conformidad al artículo 95 de la LACAP las partes contratantes podrán dar por terminada bilateralmente la relación jurídica derivada del presente contrato, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de terminación del contrato en un plazo no mayor de ocho días hábiles después de notificada la resolución. DÉCIMA CUARTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Toda controversia que surgiere durante la ejecución del presente contrato entre la Institución Contratante y El Suministrante será sometido al ARREGLO DIRECTO en donde las partes contratantes procuraran la solución de las diferencias sin otra intervención que la de ellas mismas, sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta de los puntos controvertidos y de las soluciones, en su caso. El procedimiento para el Arreglo Directo, se hará de conformidad a lo dispuesto en los artículos 161,163 y 164 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. De no llegarse a un acuerdo en el Arreglo Directo, ambas partes de común acuerdo podrán recurrir al arbitraje en derecho o al arbitraje técnico, con sujeción a las disposiciones que les fueren aplicables de conformidad a las leyes pertinentes, teniendo en cuenta las modificaciones establecidas en la Sección I, Capítulo I, del Título VIII de la LACAP. DÉCIMA QUINTA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales del presente contrato, las partes nos sometemos a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la LACAP. Asimismo señalamos esta ciudad como domicilio especial, a la competencia de cuyos tribunales nos sometemos expresamente. DÉCIMA SEXTA: NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones referentes a la ejecución de éste contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyos efectos las partes señalamos como lugar para recibir notificaciones los siguientes: la Institución Contratante en la UACI cuyas oficinas están ubicadas en Colonia Libertad, Avenida Xxx Xxxxx, Edificio ANDA, San Xxxxxxxx; y el Suministrante en Residencial San Xxxx, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx 0, xxxxxx 00, Xxx Xxxxxxxx,
departamento de San Xxxxxxxx. En fe de lo cual firmamos éste contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los trece días del mes de febrero de dos mil diecisiete.
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Presidente - ANDA
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Suministrante
En la ciudad y departamento de San Xxxxxxxx, a las diez horas con cincuenta y ocho minutos del día trece de febrero de dos mil diecisiete.- Xxxx Xx, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Notario, de éste domicilio, comparecen los señores: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, de cincuenta y ocho años de edad, Empresario, del domicilio de San Xxxxxxxx, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero un millón ochocientos setenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete - uno, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número nueve mil quinientos uno – doscientos mil novecientos cincuenta y ocho – cero cero uno – cinco; en su calidad de Presidente de la Junta de Gobierno y Representante Legal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS, que se abrevia ANDA, institución Autónoma de Servicio Público, de éste domicilio, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce-doscientos diez mil ciento veintitrés - cero cero cinco - nueve; con Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número treinta y dos mil ochocientos cuatro - nueve; personería que al final relacionaré; y XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, de setenta años de edad, ingeniero electromecánico, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a quien no conozco pero identifico con Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve-seis, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce – ciento ochenta mil setecientos cuarenta y seis – cero cero tres - seis, quien actúa en nombre y representación en su calidad de Director Presidente y Representante Legal de la Sociedad denominada COMERCIO Y REPRESENTACIONES, S. A. DE C. V., que puede abreviarse C.O.R.E.S.A., DE C. V., de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio, con Tarjeta de Identificación
Tributaria número cero seiscientos catorce – doscientos ochenta mil setecientos setenta y cinco – cero cero uno – tres, y con Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número un mil seiscientos noventa - cero; personería que al final diré; y ME DICEN: que reconocen como suyas las firmas que anteceden, así como los términos, pactos, obligaciones y condiciones consignadas en el anterior documento que contiene un CONTRATO DE SUMINISTRO derivado de la Licitación Pública Número LP-Sesenta y Ocho/Dos Mil Dieciséis, denominada “SUMINISTRO DE REACTIVOS, MATERIALES Y EQUIPO DE LABORATORIO”, por medio del
cual el segundo de los comparecientes en el carácter indicado, se ha obligado al Suministro de Reactivos, Materiales y Equipo de Laboratorio, de acuerdo a lo descrito en la cláusula primera del referido contrato, todo de conformidad a las Especificaciones Técnicas previamente definidas en las Bases de Licitación Número LP- Sesenta y Ocho /Dos Mil Dieciséis, y precios contenidos en la oferta del Suministrante. El precio total del suministro objeto del contrato asciende a la suma CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON
TREINTA Y OCHO CENTAVOS, que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios; y que será cancelado de acuerdo a lo estipulado en la cláusula QUINTA del mencionado contrato; el plazo máximo para la entrega del Suministro objeto del presente contrato será de SESENTA DÍAS CALENDARIO, contado a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio.- Así se expresaron los otorgantes, a quienes expliqué los efectos legales de la presenta Acta Notarial que consta de dos hojas útiles, y Yo, la Suscrita Notario DOY FE: a) De que las firmas puestas al final del anterior documento son auténticas por haber sido reconocidas por los comparecientes a mi presencia; b) De que los comparecientes declaran reconocer las obligaciones derivadas del expresado contrato, así como todo el contenido de dicho documento; c) De ser legítimas y suficientes las personerías de los comparecientes, por haber tenido a la vista: I) Por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS: i) El Decreto del Directorio Cívico Militar número TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO, del diecisiete de octubre de mil novecientos sesenta y uno, publicado en el Diario Oficial número CIENTO NOVENTA Y UNO del Tomo CIENTO NOVENTA Y TRES del diecinueve de octubre del referido año, por medio del cual se creó la ADMINISTRACIÒN NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS, ANDA; como una Institución Autónoma de Servicio Público, con personalidad jurídica y de este domicilio, estipulándose que el Presidente de la Junta de Gobierno tendrá la representación Judicial y Extrajudicial de la misma, quien comprobará su personería con la trascripción de su nombramiento; ii) Trascripción del Acuerdo de la Presidencia de la República Número TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS, de fecha catorce de julio de dos mil quince, publicado en el Diario Oficial Número CIENTO VEINTINUEVE, Tomo CUATROCIENTOS OCHO, de fecha dieciséis de Julio
de dos mil quince, en la que consta que el señor Presidente de la República en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos seis inciso primero, letra a) y doce inciso final de la Ley de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, nombró al Ingeniero Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Presidente de la Junta de Gobierno de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados - ANDA, para el período legal de funciones que finaliza el día veintiocho de Julio del año dos mil diecisiete; iii) Acta número CINCUENTA Y NUEVE, Acuerdo número CUATRO punto DIECISIETE, tomado en Sesión Ordinaria celebrada el día veintidós de diciembre de dos mil dieciséis, emitido por la Junta de Gobierno de ANDA, que contiene la Resolución de Adjudicación Parcial de la Licitación Pública Número LP-Sesenta y Ocho/Dos Mil Dieciséis, por medio de la cual se autoriza al señor Presidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, ANDA, para firmar el contrato que se reconoce por medio de la presente Acta Notarial; iv) El Acta Número Cinco, Acuerdo número Nueve, tomado en Sesión Ordinaria celebrada el día dos de febrero del año dos mil diecisiete, que contiene la Resolución de Ratificación del Acuerdo número Cuatro punto Diecisiete, tomado en Sesión Ordinaria número Cincuenta y Nueve, celebrada el día veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis, de la Adjudicación Parcial de la Licitación Pública Número Sesenta y Ocho/Dos Mil Dieciséis, emitida por la Junta de Gobierno de ANDA; II) Por COMERCIO Y REPRESENTACIONES, S. A. DE C. V., que
puede abreviarse C.O.R.E.S.A. DE C. V.: i) El Testimonio de la Escritura Pública de Modificación con incorporación íntegra del nuevo Pacto Social, de dicha Sociedad, abreviadamente C.O.R.E.S.A., DE C. V., de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, otorgada en la ciudad de San Xxxxxxxx, a las once horas del día veintidós de diciembre de dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, inscrita en el Registro de Comercio el día veintiocho de febrero de dos mil once, al Número Diecinueve del Libro Dos Mil Setecientos Uno del Registro de Sociedades; de la que consta que su denominación, naturaleza y domicilio son los ya mencionados; que su plazo es indeterminado; que entre sus finalidades está la ejercer el comercio en general, asesoría y servicios técnicos a la industria, agricultura, educación y otros, y cualquier otra actividad afín a las anteriores, que la Representación Legal y el uso de la firma social corresponderá al Presidente de la Junta Directiva o el que haga sus veces; quienes duran en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos; que la representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente de la Junta Directiva o a quien haga sus veces o al Administrador Único Propietario, quienes están facultados para otorgar actos y contratos como el presente; y ii) Certificación de Credencial de Nombramiento de Junta Directiva de la Sociedad, celebrada en esta ciudad, Departamento de San Xxxxxxxx, el día dieciséis xx xxxxx de dos mil trece, inscrita en el Registro de Comercio el día ocho xx xxxx de dos mil trece, al Número Dieciocho del Libro Tres Mil Noventa del Registro de Sociedades; de la que consta que el compareciente
fue electo en el cargo de Presidente, para el período de cinco años a partir del día veinticuatro xx xxxx del año dos mil trece, hasta el día veinticuatro xx xxxx del año dos mil dieciocho, por lo que su nombramiento está vigente y está facultado para otorgar el presente contrato.- Y leído que les hube íntegramente en un solo acto sin interrupción todo lo escrito, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.-