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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS DE LA LICITACIÓN DEL CONTRATO PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN A PARTIR DE BASES TÉCNICAS REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD, EL ESTUDIO GEOTÉCNICO, REDACCIÓN DE PROYECTO DE ACTIVIDAD Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA EN LA XXXX. XXXXXXX, X/X, XX XXXXXX, INCLUYENDO CONTROL DE CALIDAD DE LAS OBRAS, EXPTE. B/07/035/ARO, CONVOCADO POR LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.
1º.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente Pliego de Cláusulas Administrativas es regular la licitación para la adjudicación por parte de Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx-La Mancha, S.A. (en adelante GICAMAN) del contrato cuyo objeto se define en el Cuadro Resumen de Características Particulares que figura al final del presente pliego.
Por medio del presente Xxxxxx se regulan los pactos y condiciones definitorias de los derechos y obligaciones que asumirán las partes contratantes, por lo que el presente Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas (en su caso) y el Cuadro Resumen de Características Particulares.
2º.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
2.1.- El presupuesto de licitación será el indicado en el Cuadro Resumen de Características Particulares.
El importe del contrato será el que resulte de la adjudicación.
Se entenderá que las ofertas de los contratantes comprenden no sólo el precio de contrata, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que corresponda y demás tributos que puedan recaer.
A todos los efectos se entenderá que el presupuesto comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del proyecto y de la obra contratada, y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes y toda clase de impuestos y licencias municipales, provinciales, autonómicas y estatales.
2.2.- En dicho presupuesto quedará incluido:
2.2.1. La redacción del correspondiente proyecto básico, de ejecución y el estudio de seguridad y salud.
2.2.2. La realización del Estudio Geotécnico.
2.2.3. La Redacción del Proyecto de Actividad.
2.2.4. La ejecución total de las obras, así como la puesta en funcionamiento y uso de todos los servicios del edificio y su urbanización, en su caso.
2.2.5. El desarrollo del control de calidad del proyecto.
2.2.6. El cumplimiento de cuantas obligaciones y gastos sean por cuenta del adjudicatario según el presente Xxxxxx.
2.2.7. Igualmente se entenderá incluido el porcentaje del 4% por gastos y servicios de gestión de obras al que se refiere la cláusula 14.5 de este Pliego.
3º.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del proyecto será el indicado en el Cuadro –Resumen.
El plazo de ejecución de las obras será como máximo el fijado en el Cuadro Resumen de Características Particulares. El contratista en su oferta podrá establecer un plazo menor (solo para las obras), en cuyo caso éste será de obligado cumplimiento. En el supuesto de que hubiera plazos parciales se hará constar en el Cuadro Resumen de Características Particulares.
4º.- GARANTÍA PROVISIONAL.
La garantía provisional será la señalada en el Cuadro Resumen de Características Particulares que encabeza este Pliego, y deberá constituirse mediante aval o seguro de caución, de acuerdo a los modelos establecidos en el apartado A) del ANEXO II.
En caso de concurrir conjuntamente a la licitación del contrato dos o más empresarios, la garantía provisional deberá amparar conjunta y solidariamente a todos los licitadores agrupados.
5º.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan capacidad de obrar y acrediten la clasificación y/o solvencia económica, financiera y técnica o profesional, exigidos.
Las proposiciones se presentarán en el Registro de la Empresa Pública GICAMAN, sita en la Xxxxx xx Xxx Xxxxxxx xx 0, xx Xxxxxx, en el plazo indicado en el Cuadro Resumen de Características Particulares antes de las 14 horas o a través de Correos antes del plazo y hora mencionados y previa notificación por fax antes de las 14 horas del día de finalización de plazo.
La presentación de ofertas o proposiciones se realizará mediante la cumplimentación del impreso normalizado que se recoge como ANEXO I de este Pliego que será presentado, junto a la documentación requerida, en el Registro de la Empresa Pública GICAMAN o mediante su envío por correo certificado en la forma indicada.
Dicho modelo de solicitud deberá ser cumplimentado y firmado por una persona autorizada por el proponente, o por él mismo, y en el se plasmará, en su caso, el sello o membrete del licitador.
Cuando la proposición se presente en el Registro de la Empresa Pública GICAMAN, la solicitud se entregará junto a la documentación requerida y será debidamente registrada, entregándose al proponente una copia de la misma como resguardo de la presentación.
Si es remitida por correo certificado, deberá realizarse antes de las 14 horas del último día de presentación y se presentarán los sobres requeridos en este Pliego de Cláusulas Administrativas indicando el nombre de la empresa así como la denominación y clave del expediente de contratación. El sello de correo certificado deberá figurar en dicha solicitud. En este caso el licitador además deberá anunciar a GICAMAN mediante Fax o Telegrama el envío de la proposición el mismo día en que se remita la proposición por correo y antes de que finalice el plazo establecido en el Cuadro Resumen, es decir, antes de las 14 horas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por GICAMAN con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 5 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Deberá presentarse una solicitud por cada contrato al que se licite, independientemente de que el licitador se presente a uno o más expedientes al tiempo.
La no presentación de dicha solicitud, si bien no supondrá la exclusión automática del licitador, se considerará una renuncia expresa al resguardo de entrega de la proposición. Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en la sede de GICAMAN y en la sede de la Consejería de Salud y Bienestar Social.
6º.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de proposiciones presume por parte del empresario la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx sin salvedad alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas.
Dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación y en el Registro que en este se indique, las empresas licitadoras deberán presentar en TRES SOBRES (A, B y C) la documentación que se indica en el presente Pliego. En cada uno de ellos figurará el nombre del licitador y el título de la obra objeto de licitación.
Documentación a presentar
Toda proposición, sea para concurrir a procedimientos abiertos, restringidos o negociados, se presentará en un sobre cerrado, en el que figurará la inscripción siguiente:
PROPOSICIÓN para tomar parte en LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE……...” (denominación de la obra correspondiente)”, convocada por la EMPRESA PÚBLICA GICAMAN S.A.
Dentro de este sobre mayor se incluirán tres sobres, "A", "B" y “C” cerrados, (salvo en los procedimientos en los que el único criterio de adjudicación resida solo en el precio, como en el negociado sin publicidad que sólo requerirán dos sobres “A” y “C”) con la misma inscripción referida en el apartado anterior, y con el subtítulo que se indica en los párrafos siguientes. En el interior de cada sobre se relacionará el contenido del mismo.
▪ El sobre "A" se subtitulará "DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATISTA”. Este sobre contendrá, en primer lugar, la documentación acreditativa de la capacidad y solvencia del contratista, o alternativamente una declaración responsable manifestando reunir todos los requisitos de capacidad (según Anexo I); en segundo lugar, se incluirá la clasificación empresarial si así se exige en el punto F del CCP, o, para el caso que no se exija solvencia, la documentación exigida en el CCP para acreditar la solvencia económica, técnica y financiera y, en tercer lugar, y en el caso de que así se exigiera en el CCP, el documento original de constitución de la garantía provisional.
Los contratistas inscritos en el REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO, REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES DE LA JUNTA DE
CASTILLA LA MANCHA estarán dispensadas de presentar la documentación relativa a la capacidad del contratista, siendo suficiente para acreditar tales extremos una
certificación del registro oficial correspondiente que se encuentre vigente en el momento de proceder a la licitación.
Sólo el empresario al que se adjudique el contrato deberá acreditar documentalmente y dentro del plazo ofertado su capacidad para contratar con la aportación de la documentación que se señala a continuación:
Para el caso que la empresa no realice ninguna oferta respecto de los plazos administrativos, el propuesto presentará en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de la notificación de la propuesta de adjudicación, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de personalidad, habilitación, capacidad y solvencia exigidos para contratar con entidades del sector público español aportando los documentos siguientes:
1. Si se trata de un empresario individual: Documento Nacional de Identidad o aquél que le sustituya reglamentariamente.
2. En el caso de personas jurídicas:
2.a. Escritura de constitución y, en su caso de modificación, inscrita en el Registro Mercantil
2.b. Código de Identificación Fiscal de la Empresa (CIF).
2.c. Apoderamiento del representante o representantes que actúan en nombre de la sociedad, en escritura pública inscrita en el Registro Mercantil salvo que se recoja directamente en los Estatutos sociales.
2.d. Documento de bastanteo del poder del representante o representantes realizado por el Secretario General GICAMAN, S.A.
2.e. DNI del representante o documento que lo sustituya.
3. Documento acreditativo de disponer de la habilitación profesional legalmente exigible para realizar las prestaciones objeto del contrato concreto al que se concurre.
4. Certificación administrativa vigente de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, expedida en la forma y por los órganos previstos en el art. 13 del RGLCAP, en las que figure expresamente la calificación de “positiva”. Esta certificación tiene una validez de 6 meses desde su emisión.
5. Certificación administrativa vigente de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, expedida en la forma y por los órganos previstos en el art. 14 del RGLCAP, en la que figure expresamente la calificación de “positiva”. Esta certificación tiene una validez de 6 meses desde su emisión.
6. Documento acreditativo del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe o epígrafes correspondientes a las prestaciones objeto de este contrato y una declaración responsable firmada por el contratista indicando no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de tener obligación la empresa de tributar por este Impuesto, copia autenticada del pago del último recibo del mismo; en caso contrario, declaración jurada de no estar obligado al pago del mismo.
7. Certificado de inscripción en el REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1109/2007 que desarrolla la Ley 30/2006 de Subcontratación en el Sector de la Construcción, en los términos previstos en la cláusulas 8.A.7 de este pliego.
8. En el caso de agrupaciones de Empresas que se constituyan temporalmente con la finalidad de contratar con la empresa pública de Gestión de Infraestructuras de Castilla La Mancha S.A., deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que las formen, y la participación de cada uno de ellos en la agrupación, e irán firmadas por todos los empresarios agrupados.
9. Las Empresas extranjeras deberán presentar la documentación acreditativa de su capacidad para suscribir contratos con el sector público español recogidos en la cláusula 8.D de este pliego y una la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
10.Dirección, teléfono, fax y correo electrónico del empresario y de su representante en su caso.
De no presentar esa documentación en el plazo indicado o resultar de la misma que el contratista no se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se solicitará la acreditación de estos requisitos a los sucesivos licitadores por el orden de prelación de sus respectivas ofertas establecido por la Comisión de valoración sin perjuicio de la derivación de responsabilidades contra el contratista o contratistas que por esta causa no permitiesen la adjudicación del contrato a su oferta. Esta indemnización será como mínimo equivalente a la diferencia de valor entre la oferta primeramente elegida y la que finalmente resulte adjudicada definitivamente
▪ El sobre "B" se subtitulará “PLAN DE EJECUCIÓN DE LA OBRA” que incluirá una memoria técnica, en la que se desglose y justifique la oferta en relación con los criterios de valoración distintos del precio que en su caso se establecen en el CCP (apartado N). La memoria técnica del adjudicatario tendrá carácter contractual.
La documentación correspondiente al Plan de Ejecución de la Obra deberá presentarse en un documento encuadernado, de manera que no sea posible mover sus hojas, con el mismo orden en el que aparecen los criterios de valoración de ofertas en este pliego o, en su caso, en el CCP, precedida de un índice de documentos y finalizada con una hoja resumen de la memoria técnica del Plan de
Ejecución de la Obra. El documento encuadernado no podrá tener una extensión superior a 50 páginas por una sola cara, escritos en letra tipo Arial, Times New Xxxxx o similar, de tamaño mínimo 12, paso sencillo.
El Plan de Ejecución de la Obra podrá presentarse en soporte informático, en CD no regrabable duplicado, en formato PDF, acompañado de la hoja resumen antes citada, firmada por licitador o su representante.
▪ El sobre "C" se subtitulará “OFERTA ECONÓMICA” y responderá al modelo recogido en el Anexo III de este pliego, expresando, en letra y número sin contradicciones ni xxxxxxxxxx, la cifra económica global (con el IVA desglosado) en la que se compromete a ejecutar la obra y a asumir todos los gastos que este pliego atribuye al adjudicatario. La oferta económica del adjudicatario tendrá carácter contractual. En la oferta económica formulada por Uniones Temporales de Empresas deberán indicarse nombre y circunstancias de los empresarios que la formen y las participaciones de cada uno de ellos en la agrupación así como la firma de todos los empresarios.
7º.- CALIFICACIÓN PREVIA.
Una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones, se examinará por la COMISIÓN DE SELECCIÓN a que hace referencia el Convenio firmado entre GICAMAN y la Consejería de Salud y Bienestar Social, la documentación presentada en tiempo y forma por los licitadores procediendo a su calificación y se resolverá sobre las empresas que son admitidas al Concurso.
Si la Comisión observara defectos materiales en la documentación presentada, concederá un plazo no superior a 3 días para que el licitador subsane el error. Igualmente, se podrá recabar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de 5 días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas.
La COMISIÓN DE SELECCIÓN podrá rechazar en la fase previa las ofertas que no cumplan las condiciones establecidas en el presente Pliego, entre las que se enumeran sin carácter taxativo las siguientes:
a) No acreditar la capacidad o solvencia para contratar.
b) No haber constituido correctamente la garantía provisional.
c) Xxxxx presentado más de una proposición, así como presentar una propuesta en Unión Temporal, si se hace individualmente o en más de una Unión Temporal.
d) Haber presentado la documentación fuera del plazo establecido al efecto.
8º.- APERTURA DE PROPOSICIONES.
Tras la apertura del sobre relativo a la documentación administrativa, tendrá lugar el acto de apertura de las proposiciones.
De forma previa, la COMISIÓN DE SELECCIÓN, procederá, a notificar el resultado de la CALIFICACIÓN PREVIA. Seguidamente, la Comisión de Selección procederá a la apertura del sobre C y, posteriormente, el sobre B.
La Comisión de Selección evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen en el Cuadro Resumen de Características Particulares y en el presente Pliego, y formulará la propuesta que estime pertinente.
9º.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
9.1.- Solicitud de informes.
Con el fin de elevar la propuesta de adjudicación del concurso a la proposición más ventajosa, o proponer la conveniencia de declararlo desierto, la COMISIÓN DE SELECCIÓN podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
9.2.- Criterios básicos de adjudicación.
Los criterios básicos que se tendrán en cuenta para la adjudicación del contrato son los establecidos en el Cuadro Resumen de Características Particulares que acompaña al presente Pliego.
En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será elegida la oferta de la empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la misma. De persistir el empate se resolverá a favor de la oferta más económica de las incursas en igualdad de puntuación.
9.3.- Umbral mínimo de puntuación y bajas anormales o desproporcionadas.
A. Se considerarán desproporcionadas, o anormalmente bajas o temerarias, las ofertas económicas que ofrezcan un precio de adjudicación inferior en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas. Si sólo existiesen dos ofertas, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta; y si concurriese un único licitador, cuando su oferta sea menor del 25% del presupuesto de licitación señalado en el Cuadro Resumen. A estos efectos no serán consideradas las proposiciones que se formulen individualmente por las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, entendiendo por tales aquellas en las que alguno de los licitadores puedan ejercer, directa o indirectamente una influencia
dominante o puedan ejercerla sobre él, por razón de la propiedad, participación financiera o normas que la regulen.
B. Igualmente se considerarán desproporcionadas o temerarias la reducción en los plazos administrativos y de ejecución material de la obra que superen en más de 15 puntos el promedio de reducción de plazo de todas las ofertas admitidas.
10º.- ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO.
10.1.- La empresa pública GICAMAN, previa remisión por parte de la Comisión de Selección de las proposiciones presentadas, junto con el acta y la propuesta de adjudicación, procederá a adjudicar el contrato a la empresa propuesta o bien a declararlo desierto.
10.2.- En el caso de que la propuesta de adjudicación efectuada por la Comisión de valoración se realice a una oferta con valores anormales o desproporcionados de acuerdo con los criterios establecidos en la cláusula anterior de este pliego, el órgano de contratación concederá al contratita afectado un plazo de TRES DÍAS NATURALES, a contar desde la fecha de comunicación de tal circunstancia, para que justifique las condiciones que le permite ejecutar la obra en las condiciones ofertadas. A la vista de dicha justificación el Órgano de Contratación requerirá el asesoramiento técnico pertinente para determinar si la justificación realizada por el proponente es asumible.
Si el Órgano de Contratación, a la vista de los informes emitidos, considera que la oferta puede ser cumplida, realizará a su favor la adjudicación. Si estima que la oferta no puede ser cumplida, acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a la valoración realizada por la Comisión de Valoración.
Si el contratista no emitiese el informe indicado en el apartado anterior en el plazo establecido, no justificase en el mismo su baja o renunciase a su propuesta, se incautará la garantía provisional si su exigencia fue establecida para el contrato en cuestión y se le reclamará en concepto de daños y perjuicios, como mínimo, la diferencia de valor de su oferta y la que resulte adjudicataria.
11°.- GARANTÍA DEFINITIVA.
11.1.- El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva en el plazo máximo de QUINCE (15) DÍAS naturales desde que se le notifique la adjudicación, por importe del 10 % del importe de adjudicación, IVA EXCLUIDO. De no cumplirse este requisito por causa imputable al contratista, GICAMAN podrá resolver el contrato con incautación, en su caso, de la garantía provisional, en concepto de cláusula penal.
La garantía podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario, entendiéndose en todo caso que la garantía queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuese constituida por la misma.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiere estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, el órgano de contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el 20% del importe de adjudicación o del presupuesto base de licitación cuando el precio se determine en función de precios unitarios, que sustituirá a la del 10%.
La garantía definitiva se constituirá mediante aval o seguro de caución conforme a los modelos que figuran en el apartado B) del ANEXO II.
11.2.- Cuando a consecuencia de la modificación del Contrato el valor total de la obra contratada experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre aquélla y el presupuesto de las obras vigentes en cada momento.
11.3.- La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
a) De las penalidades impuestas al contratista en razón de la ejecución del contrato, cuando no puedan deducirse de las certificaciones.
b) De las obligaciones derivadas del contrato, de los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la ejecución del contrato o en el supuesto de incumplimiento del mismo, sin resolución.
c) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo o con carácter general en la Ley de Contratos del Sector Público.
11.4.- Cancelación de garantías.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate o resuelto éste sin culpa del contratista.
11.5.- Preferencias en la ejecución de garantías.
Para hacer efectiva la garantía definitiva, la empresa pública Gestión de Infraestructuras de Castilla - La Mancha, S.A. tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título en que se funde su pretensión.
11.6.- Garantías prestadas por terceros.
Las personas o entidades distintas del contratista que presten garantías a favor de éste no podrán utilizar el beneficio de excusión a que se refieren el artículo 1.830 y concordantes del Código Civil.
El avalista o asegurador será considerado parte interesada en los procedimientos que afecten a la garantía prestada.
En el contrato de seguro de caución:
a) Tendrá la condición de tomador del seguro el contratista, y la de asegurado GICAMAN
b) La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva su garantía.
c) El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
11.7.- De la devolución de la garantía definitiva.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan que ejercitarse sobre la garantía y transcurrido el plazo de la misma, en su caso, se autorizará la devolución de aquélla o de cancelación del aval.
En el supuesto de recepción parcial sólo podrá el contratista solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía.
En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que no se halle formalmente constituida la del cesionario.
Transcurrido un año, o el plazo superior de garantía ofertado en su caso, desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a ejecutar contra ella.
12°.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante la empresa pública Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx – la Mancha, S.A.:
1°.- Haber constituido la garantía definitiva.
2°.- Haber abonado el importe de los anuncios de licitación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y en la prensa, en su caso.
3°.- Haber asegurado las obras con un seguro del tipo "todo riesgo y construcción", definido en el cláusula 15.8, letra b) y estar al corriente del pago de la prima, siendo beneficiario del mismo GICAMAN.
4°.- Haber concertado el Seguro de Responsabilidad Civil definido en la cláusula 15.8, letra a) de este Pliego, y estar al corriente de pago de la prima.
La falta de aportación de estos documentos en el plazo indicado para la formalización del contrato, facultará para poder acordar la resolución del contrato con pérdida de la garantía constituida, sin perjuicio de la indemnización que se puedan reclamar por daños y perjuicios.
También con anterioridad a la formalización del contrato y para el caso de que la documentación a que se refiere la cláusula 6 de este Pliego haya dejado de tener validez, el adjudicatario deberá presentarla nuevamente.
Igualmente deberá presentarse terna de empresas para el control de calidad del proyecto y terna de empresas para el control de calidad de la obra de conformidad con la cláusula 15.10, acorde al modelo que figura en el ANEXO V.
La formalización del contrato se efectuará en Documento Privado, dentro de los TREINTA
(30) DÍAS naturales a contar desde el siguiente al de la notificación de la ADJUDICACIÓN. No obstante se formalizará en Escritura Pública cuando así lo solicite una de las partes, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización, salvo en los supuestos de urgencia y emergencia.
13º.- INICIACIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se iniciará con la redacción del proyecto que se realizará en el plazo indicado en el Cuadro Resumen de Características Particulares.
13.1. Para la recepción del proyecto, la Unidad Técnica de la Consejería emitirá informe sobre el proyecto presentado en el plazo de mes desde su entrega. Si este fuere positivo, se procederá al trámite de aprobación. Supervisado y aprobado el proyecto se procederá a realizar la correspondiente acta de conformidad o recepción. En caso contrario, la Consejería de Salud y Bienestar Social exigirá la subsanación por el contratista de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándose al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de 15 días.
Supervisado favorablemente el proyecto y aprobado el mismo por la Consejería de Salud y Bienestar Social, la ejecución de las obras comenzará el día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo que se realizará en el plazo máximo de 7 días
desde la fecha de notificación de la aprobación del proyecto. El acta de Comprobación de Replanteo será firmada por un representante de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por un representante de GICAMAN, por la Dirección Facultativa y por el propio contratista, autorizándose en su caso la iniciación de las obras.
13.2. El adjudicatario está obligado a confeccionar antes del comienzo de la ejecución de las obras un Plan de Seguridad y Salud que analice, estudie, desarrolle y complemente las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico que se contiene en el proyecto. El plan de Seguridad y Salud será debidamente informado y aprobado por el Coordinador de Seguridad y Salud. En todo caso, dicho Plan deberá encontrarse aprobado antes del inicio de las obras.
Previo a la firma del acta de comprobación del replanteo, se comprobará por la Dirección de Obra que el Plan de Seguridad y Salud redactado por el contratista ha sido informado y aprobado por el coordinador en materia de Seguridad y Salud.
13.3. Cuando el incumplimiento por parte del adjudicatario de los requisitos y plazos exigidos en este pliego originen el levantamiento de acta de comprobación de replanteo negativa, GICAMAN podrá optar por resolver el contrato o imponer las penalidades legalmente establecidas. Se considerará incumplimiento de requisitos y plazos la presentación del plan de seguridad y salud sin las formalidades y exigencias que establece el R.D.1627/1997, (en particular informe y aprobación por el coordinador). Cuando el acta de replanteo sea positiva, se entregará una copia de dicho Plan a la contrata para que lo mantenga en la obra junto a un ejemplar diligenciado del libro de incidencias.
El importe económico correspondiente al plan de Seguridad y Salud se abonará por partidas realmente ejecutadas, siendo la Contrata responsable de su cumplimiento y adaptación a las normas vigentes, sin que ello pueda suponer un incremento en cuanto a su repercusión económica sobre GICAMAN. Cualquier suspensión de la obra por esta causa se entenderá que es imputable a la Contrata con los efectos correspondientes.
En caso de discrepancia se estará a lo que determine la Dirección General de Trabajo.
No obstante, si el coordinador en materia de seguridad y salud entendiera durante la ejecución del contrato que no se cumple la normativa, aunque ello provenga del primer Estudio de Seguridad y Salud, propondrá a la dirección facultativa la inmediata paralización de las obras, así como la suspensión en la tramitación de las certificaciones de obra hasta tanto no quede justificado por la Contrata el cumplimiento de la normativa, sin que por tal paralización o suspensión pueda repercutirse ningún coste o gasto a GICAMAN.
Será responsabilidad de la Contrata el cumplimiento de todos los trámites y notificaciones que establece la legislación sobre Seguridad y Salud, en especial, las que se impartan a través del “Libro de Incidencias sobre el Plan de Seguridad y Salud”.
No será causa para suspender el cómputo del plazo de la obra la falta de licencia municipal de obra o cualquier otro permiso, cuando el contratista haya incumplido alguna de las obligaciones establecidas en la cláusula 15 del presente Xxxxxx.
14º.- ABONOS AL CONTRATISTA.
14.1. El abono de los trabajos de redacción de proyecto se efectuará en el plazo de 2 meses una vez realizada el acta de conformidad, previa supervisión favorable y aprobación del mismo.
Para su abono, y con carácter general, las certificaciones de obra se abonarán dentro del plazo de 2 meses desde el recibo de las mismas por parte de GICAMAN, siempre que las mismas reúnan todos los requisitos necesarios, incluido el visado previo de la Consejería de Salud y Bienestar Social.
14.2. El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente al contratista, por medio de certificaciones expedidas por el Director de la Obra.
14.3. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para ejecutar las obras en el plazo o plazos contractuales.
14.4. Se podrá realizar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista, por instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, en la forma, con las garantías y en las condiciones legalmente establecidas.
14.5. El contratista deberá abonar un 4% del importe de adjudicación, y en su caso, de liquidación de las obras, IVA excluido, a GICAMAN en concepto de gastos y servicios de gestión de obras. Esta cantidad será objeto de facturación periódica por parte de la empresa con ocasión del trámite de cada certificación.
14.6. También se deducirá al contratista el importe de todos aquellos análisis, ensayos y pruebas de servicios que se tengan que repetir por deficiencia en la calidad de materiales o en la ejecución de las unidades de obra por causa imputable al contratista.
15º.- OBLIGACIONES Y GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA.
El contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, siendo a su cargo el cumplimiento de las obligaciones y el pago de los gastos que se fijan en las cláusulas del presente Xxxxxx, así como todos los que sean necesarios para la entrega del inmueble con todos los servicios en funcionamiento de forma que pueda ser inmediatamente ocupado y entregado al uso que corresponda.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de los anuncios de la licitación y de formalización del contrato, todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la obra contratada y cualesquiera otras que resulte de aplicación según las disposiciones vigentes en la cuantía que éstas señalen, así como toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales, autonómicas y estatales.
15.1.- Licencia Municipal de Obras.
El contratista estará obligado a solicitar la licencia municipal en el plazo máximo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES desde la notificación de la aprobación del proyecto, así como a su abono.
El mismo tratamiento tendrán cualesquiera otras autorizaciones, licencias, visados, permisos y pago de los tributos que fueran necesarios para ejecutar la obra.
15.2.- Alta de las instalaciones.
Serán de cuenta y cargo del contratista la realización de las gestiones y trámites, pagos de tasas y derechos, así como la redacción de los proyectos, que haya que presentar en los Organismos competentes, a efectos de obtener el alta y permiso de funcionamiento de las instalaciones, los enganches a redes y servicios, acometidas provisionales y definitivas, y en general todo lo necesario para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones, suministros y acometidas de todos los servicios para el adecuado uso del inmueble.
15.3.- Maquinaria, medios auxiliares y plantilla.
Antes de dar comienzo las obras, el contratista comunicará a la Dirección Facultativa relación detallada de los siguientes datos:
a) Maquinaria y medios auxiliares que habrá de emplear en la ejecución de los trabajos. Como mínimo podrán en la obra y mantendrán en perfecto estado de funcionamiento para su empleo en ella, la maquinaria y medios que haya hecho constar en su propuesta de contrato.
b) Personal técnico ofertado adscrito permanentemente a la obra. Del personal técnico el jefe de obra permanecerá a pié de obra durante las horas de trabajo. El arquitecto redactor del proyecto deberá formar parte de los medios personales que se adscriben a la ejecución del contrato( proyecto y ejecución de obra).
c) El contratista facilitará también a la Dirección Facultativa relación numerada por oficios y categoría del personal que ha de constituir la plantilla mínima al servicio de las obras, siendo aplicables en este caso las mismas normas indicadas en el apartado a) respecto de la maquinaria y medios auxiliares.
Cualquier modificación de los apartados a, b, y c deberá ser aprobada por la Dirección de la Obra. En caso de propuesta de alguna modificación en el equipo técnico de obra a lo largo de la ejecución de la misma, los perfiles profesionales de la nueva incorporación tendrán, por una parte, la titulación y/o formación de las mismas características a los presentados en la oferta, y por otra, adecuada a la naturaleza de la obra para la correcta ejecución de la misma, de acuerdo con lo estipulado en el presente Xxxxxx y demás documentos anejos.
15.4.- Representación del contratista y Oficina de la obra.
El Contratista designará en el momento de la firma del contrato a la persona que actuará como delegado suyo en la obra, que ostentará su representación única en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales o sus modificaciones, disponiendo para ello de poderes suficientes.
GICAMAN, a través de su Director de la Obra podrá exigir al Contratista, por razones suficientemente justificadas, la sustitución del delegado, así como de cualquier miembro del personal técnico que de él dependa, cuando la situación de la obra así lo aconseje.
El Contratista está obligado a comunicar a GICAMAN, a través del Director de la Obra, al comienzo de las obras, su residencia o la de su delegado, a los efectos de futuras comunicaciones a lo largo del período de ejecución de la misma.
El delegado, desde el comienzo de las obras hasta su recepción, deberá residir en el lugar indicado y sólo se ausentará previa comunicación a la Dirección de Obra, indicando el nombre de la persona en quién delegue.
El Contratista deberá instalar en el primer mes de ejecución de las obras una oficina de obra en un lugar autorizado por la Dirección de Obra, debiendo comunicarle a ésta su emplazamiento.
El Contratista deberá conservar en esta oficina de obra, en su caso, los siguientes documentos:
• Copia autorizada (visada) de los documentos contractuales, entre los que figurará necesariamente el proyecto de obra aprobado.
• Libro de Órdenes, Incidencias y Comunicaciones, en el que la Dirección de Obra podrá transcribir las que transmita al contratista, quedando éste también obligado a transcribir las que reciba directamente de la Dirección de Obra hasta que, concluidas las obras, la Dirección de Obra retire el “Libro de Órdenes, Incidencias y
Comunicaciones”. En este mismo libro el contratista podrá transcribir aquellas comunicaciones que desee transmitir a la Dirección de Obra.
• Libro de Incidencias de Seguridad y Salud.
• Licencia de Obra o carta de pago de la misma.
• Permisos municipales de acometidas.
• Permisos de organismos afectados por alguna de las actividades de las obras.
Asimismo deberá instalar en la obra los almacenes, depósitos, etc. adecuados para guardar en buen estado los materiales y equipos, evitando su desaparición, deterioro, destrucción, etc.
A este respecto, ni la Dirección de Obra ni GICAMAN serán responsables de ningún accidente, pérdida, incendio, robo, etc. de que puedan ser objeto las instalaciones de obra, los almacenes o depósitos, no asumiendo ningún retraso de las obras que de este hecho pueda derivarse, salvo caso de fuerza mayor.
15.5.- Cartel identificativo de las obras.
Dentro del mes siguiente al día en que deba iniciarse la obra, el contratista colocará en el lindero del solar que fije la Dirección de obra correspondiente un cartel ajustado al formato establecido por GICAMAN, que se indica como XXXXX XX.
Dentro del mes siguiente a la finalización de las obras y antes de la Recepción de las mismas, deberá retirar los carteles que hubiere colocado.
15.6.- Ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se efectuará con arreglo a lo establecido en el presente Xxxxxx y en el pliego de prescripciones técnicas.
La contrata se compromete a mantener la obra limpia y suficientemente ordenada en todo momento, de acuerdo con las directrices de la Dirección de Obra. Retirará todo el material inservible y colocará debidamente el material de obra. Terminada ésta, hará una limpieza total, de manera que el día que si indique pueda ocuparse y ponerse en funcionamiento sin ningún estorbo, ni limpieza suplementaria. En dicha limpieza se considera incluida la retirada de todos los materiales sobrantes y la suciedad que haya podido originar cualquier empresa contratada directamente por GICAMAN
Las instalaciones fijas o maquinaria imprescindibles hasta el final de la obra las retirará en el plazo de 15 días naturales desde la recepción, dejando los terrenos completamente limpios y libres de todo estorbo. Transcurrido este plazo, GICAMAN podrá hacer dicha retirada y limpieza con otra empresa, deduciendo a la Contrata este importe y sin que pueda la misma exigir daños que por esta causa hayan sufrido dichos materiales, aun cuando ello suponga la ruina de lo allí dejado por la Contrata.
Serán por cuenta del Contratista la realización, conservación, reposición y arreglo de los accesos necesarios para la ejecución de la obra, tanto referentes a vías públicas y/o
privadas, así como la tramitación de los permisos que para ello tuviera que obtener de los organismos competentes para su utilización, ya sea para maquinaria de la obra propia y/o contratada directa o indirectamente a través de subcontratación para la ejecución de los trabajos propios del presente contrato.
15.7.- Obligaciones Laborales y Sociales.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia Laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que tendrán en cuenta al elaborar su oferta.
15.8.- Seguros.
a) Seguro de Responsabilidad Civil
Sin perjuicio de los gastos y obligaciones establecidas por la Legislación vigente, el Contratista está obligado a concertar una póliza de seguro RESPONSABILIDAD CIVIL, siendo a su cargo hasta la finalización del plazo de garantía y con las condiciones siguientes:
- Límite mínimo asegurado por la póliza será de 3.005.060,52 €, para obras cuyo presupuesto exceda de 15.025.302,61 €.
- 20 % del presupuesto por el que se contrata la obra si éste es inferior a 15.025.302,61 €, no pudiendo en ningún caso ser menor a 300.506,05 €.
- Las coberturas, que deben incluir tanto al contratista principal como a los diferentes subcontratistas que intervengan en sus obras, deben ser:
- Responsabilidad Civil de la Explotación.
- Responsabilidad Civil Cruzada (daños personales).
- Responsabilidad Civil Patronal
- Responsabilidad Civil por daños a cables y tuberías subterráneas.
- Fianzas y defensa.
El contratista deberá presentar:
- A la firma del contrato, justificante acreditativo por parte de la compañía de que ha suscrito la póliza, conforme a los requisitos mencionados anteriormente y de que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. Se entenderá que la presentación del recibo original de la anualidad en curso presupone el pago de la prima correspondiente. En el supuesto de incumplimiento, GICAMAN, podrá dar por resuelta la adjudicación, previa audiencia del interesado.
- Con la certificación del mes que se haya de renovar la póliza, copia de la misma y justificante del pago de la prima.
En caso de incumplimiento GICAMAN, puede proceder a la suspensión del pago de la certificación correspondiente.
- En la recepción de la obra deberá acreditar que la póliza tiene vigencia durante el plazo de garantía de las obras y que la prima correspondiente a la misma se encuentra totalmente satisfecha.
En caso de incumplimiento se procederá a la suspensión del cómputo del plazo de garantía hasta que el contratista acredite el cumplimiento de esta obligación, sin que el período de suspensión sea computable a efectos de indemnización por retraso en el pago de las certificaciones o de la liquidación.
b) Seguro de construcción (Todo Riesgo)
El contratista concertará póliza de modalidad "SEGURO DE TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN” incluyendo desescombros con un límite del 5% del valor de la obra. La póliza de la modalidad seguro de construcciones será por un importe correspondiente al presupuesto de adjudicación de las obras.
Dicha póliza se concertará hasta la recepción de las obras más un período de mantenimiento y conservación que coincidirá con el plazo de garantía de las mismas. Deberán aportar igualmente un compromiso de suscripción de una póliza de seguro de daños a la edificación durante la garantía decenal cuando se trate de obras consideradas de nueva construcción con un presupuesto superior a 15.025.302,61 €. Tal compromiso se hará efectivo en el momento de la recepción de la obra.
La prima correspondiente al seguro de construcción será abonada por el contratista. Las coberturas obligatorias, con independencia de la suscripción por parte del contratista de otras optativas que sean de su interés, serán:
- Seguro de bienes: Incendio, explosión, robo, expoliación, riesgos de la naturaleza no previsibles, riesgos inherentes a la ejecución de la obra, etc.
- Desescombros y/o demolición: Con capital asegurado de al menos el 5 % del Capital asegurado para la cobertura de seguro de bienes.
- Gastos de extinción de incendios: Con capital asegurado de la menos el 1 % del Capital asegurado para la cobertura de seguro de bienes.
A la firma del contrato, el contratista deberá presentar justificante acreditativo por parte de la compañía de que ha suscrito la póliza, conforme a los requisitos mencionados anteriormente y de que la misma se encuentra la corriente de pago y por consiguiente en vigor.
15.9.- Impuestos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), sin que, por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente. Dicha limitación se aplicará igualmente al I.C.I.O.
15.10.- Control de calidad del proyecto y de las obras.
a)Control de calidad del proyecto.
El licitador podrá ofertar la cuantía que destina a control de calidad del proyecto conforme al modelo y con la ponderación que se indica en el Cuadro Resumen de Características Particulares.
b)Control de calidad de la obras.
Con independencia del control descrito en el apartado a) la Dirección de obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes, y los gastos que se originen serán de cuenta del contratista hasta el importe máximo del 3% del presupuesto de licitación de la obra.
La Dirección fijará el número, forma, dimensiones y demás características que deben reunir las muestras y probetas para ensayos y análisis.
La empresa adjudicataria de las obras deberá presentar tres empresas externas de control de calidad de la obras conforme al modelo que figura como ANEXO V, correspondiendo a la Consejería de Salud y Bienestar Social decidir que empresa realizará dicho control.
16º.- PROGRAMA DE TRABAJO.
El contratista presentará un programa de trabajo, en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la aprobación del proyecto relativo a los siguientes extremos:
16.1.- Xxxxxxxxx
Incluirá una memoria justificativa que contendrá los siguientes datos y documentos:
a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto con expresión de sus mediciones
b) Determinación de medios necesarios, personales, instalaciones, equipo y materiales: con expresión de sus rendimientos medios, ajustado a las características comprometidas por la empresa en la oferta presentada en la licitación de las obras.
c) Estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias y de instalaciones, y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra, debiendo asegurarse el cumplimiento de los plazos parciales establecidos en la oferta presentada por la empresa en la licitación de obra, señalándose claramente las fechas previstas para la terminación de cada fase.
d) Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra aprecios unitarios.
e) Diagrama xx xxxxxx conteniendo los datos anteriores.
16.2.- Tramitación.
El Programa de Trabajo se presentará ante la Consejería de Salud y Bienestar Social a los efectos de proceder a su estudio e informe. A dicho Programa de Trabajo se unirá un informe de la Dirección Facultativa relativo a la viabilidad del mismo respecto a los medios y sistemas con que cuenta la empresa.
Tras su informe previo y remisión a GICAMAN, ésta resolverá su aprobación, si procede, en el plazo de los 15 días siguientes a su presentación pudiendo introducir modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones siempre dentro de lo contratado.
GICAMAN no tramitará certificaciones sin que se haya presentado el programa de trabajo, ya sea el inicial o el modificado, en los plazos y formas señalados, así como aquellas que no vengan acompañadas del correspondiente informe de la Dirección Facultativa con actualización del citado Plan.
17º.- REVISIÓN DE PRECIOS, CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y PENALIDADES POR DEMORA.
17.1.- Revisión de precios
La procedencia o no de la revisión de precios, así como las fórmulas de revisión, en su caso, serán las que se indican en el Cuadro Resumen de Características Particulares.
17.2.- Cumplimiento de Plazos y Penalidades por demora.
El contratista queda obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa.
Cuando el contratista, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, la empresa pública GICAMAN podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. Las penalidades se harán efectivas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable.
El importe de la penalidad no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho GICAMAN originados por la demora del contratista.
Para el cálculo de penalidades y respecto a las prórrogas de plazo se tendrá en cuenta lo establecido en la ley aplicable.
17.3.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. 17.4.- 1.- La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que en todo caso se de conocimiento por escrito del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
b) Que las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con tercero no podrá exceder del porcentaje del cincuenta por ciento (50%) del presupuesto del contrato.
c) Que el contratista se obligue a abonar a los subcontratistas y suministradores el pago del precio pactado con unos y otros en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que los establecidos en este Pliego para las relaciones entre la empresa pública GICAMAN y el contratista.
d) La exención de toda responsabilidad de GICAMAN frente al subcontratista.
2.- Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato, con arreglo estricto a este Pliego y a los términos del contrato.
3.- En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas incursas en suspensión de clasificaciones o inhabilidades para contratar.
18º.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
Modificaciones de obra:
18.1.- Ni el Director de la Obra ni el contratista podrán introducir o ejecutar modificaciones en las obras comprendidas en el contrato, sin la debida aprobación de la modificación y del presupuesto resultante como consecuencia de ella.
Cuando el Director facultativo de la obra considere necesaria una modificación del proyecto, recabará de la Consejería de Salud y Bienestar Social autorización para iniciar el correspondiente expediente, que se substanciará con las siguientes actuaciones:
a) Redacción del proyecto, supervisión y aprobación del mismo por parte de la Consejería de Salud y Bienestar Social
b) Audiencia del contratista, por plazo mínimo de 3 días.
18.2.- Realizados dichos trámites, se procederá a la formalización de la modificación, aplicándose lo dispuesto en la cláusula 12 de este Pliego.
18.3.- Las modificaciones del contrato que no superen el veinte por ciento (20%) del valor del contrato en el momento de su tramitación serán obligatorias para el contratista adjudicatario.
18.4.- La modificación dará derecho a una ampliación del plazo de ejecución proporcional al incremento del presupuesto, salvo que razones técnicas justifiquen uno mayor, supuesto este en el que tal incremento será potestativo para la empresa pública GICAMAN, S.A.
18.5.- Cuando la tramitación de un modificado exija la suspensión temporal parcial o total de la ejecución de las obras y ello ocasione graves prejuicios para el interés público, GICAMAN podrá acordar que continúen provisionalmente las mismas tal y como esté previsto en la propuesta técnica que elabore la dirección facultativa, siempre que el importe máximo previsto no supere el 20% del precio primitivo del contrato.
El expediente a tramitar al efecto exigirá las siguientes actuaciones:
a) Propuesta técnica motivada efectuada por el director facultativo de las obras, donde figurará el importe aproximado de la modificación, así como la descripción básica de las obras a realizar.
b) Audiencia al contratista.
En el plazo máximo de 6 meses deberá estar aprobado técnicamente el proyecto y en el de 8 meses el expediente del modificado. Dentro del citado plazo de 8 meses se ejecutarán preferentemente, de las unidades de obras previstas en el contrato, aquellas partes que no hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas.
19º.- SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS.
Si la empresa pública GICAMAN acordara una suspensión de las obras, ya sea "temporal parcial", "temporal total" o "definitiva", se deberá levantar la correspondiente Acta de Suspensión, suscrita por un representante de la Consejería de Salud y Bienestar Social, un representante de GICAMAN, la Dirección Facultativa y el Contratista.
20º CAUSAS DE EXTINCIÓN.
El contrato se extinguirá por su cumplimiento o por resolución.
Son causas de resolución:
a) El incumplimiento de las obligaciones contractuales
b) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personal jurídica de la sociedad contratista.
c) El mutuo acuerdo.
d) La falta de prestación por el contratista de la garantía definitiva o las especiales o complementarias de aquélla en plazo y la no formalización del contrato en plazo.
e) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
f) La falta de pago en el plazo de ocho meses.
g) La demora en la comprobación del replanteo.
h) La suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a seis meses.
i) El desistimiento o la suspensión de las obras por un plazo superior a ocho meses.
j) Las modificaciones en el presupuesto, aunque fuesen sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en el momento de
aprobar la respectiva modificación, en más o en menos, en cuantía superior al 20 por 100 del importe de aquél o representen una alteración sustancial del proyecto inicial.
k) Cualquier otra causa establecida en el contrato, en el presente Pliego o en la Ley de Contratos del Sector Público..
La resolución del contrato podrá instarse por la parte no responsable de la misma, salvo en el supuesto de mutuo acuerdo en que podrá hacerlo cualquiera de las dos.
21º. RECEPCIÓN DEL CONTRATO.
21.1.- Recepción de las obras.
El contratista, con una antelación de 45 días hábiles, comunicará por escrito a la dirección de la obra, para su elevación a GICAMAN, la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato a efectos de que se pueda realizar su recepción.
GICAMAN fijará la fecha de la recepción, citando por escrito a la dirección de la obra, a la Consejería de Salud y Bienestar Social y al contratista. Este último tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, GICAMAN le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo de 10 días formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que se adoptará el acuerdo que corresponda.
Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, se darán por recibidas, levantándose la correspondiente acta, que suscribirán todos los asistentes, retirando cada uno un ejemplar, y comenzando el plazo de garantía. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas, fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
Cuando tengan lugar en el contrato recepciones parciales de partes de obra susceptibles de ser entregadas al uso público, deberá expedirse la correspondiente certificación a cuenta.
GICAMAN podrá acordar, por razones excepcionales de interés público, la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aun sin el cumplimiento del acto formal de recepción.
Previo a cualquier acuerdo de ocupación de las obras o de puesta en servicio para el uso público, se levantará acta de comprobación de las obras, que será suscrita por un
representante de la Consejería de Salud y Bienestar Social, otro de GICAMAN, el director de la obra y el contratista.
Desde el momento de la ocupación de las obras o de la puesta en servicio de las mismas para el uso público se producirán los efectos y consecuencias propios de la recepción, si de conformidad con el acta de comprobación, las obras estuviesen finalizadas y fuesen conformes con las prescripciones previstas en el contrato. Si por el contrario se observarán defectos, deberán detallarse en el acta de comprobación junto con las instrucciones precisas y plazo para subsanarlos. GICAMAN, a la vista de los defectos, decidirá sobre la ocupación y puesta en servicio.
21.2.- Medición de las obras.
Recibidas las obras, se procederá a su medición general, con asistencia del contratista, formulándose por el director de la obra, en el plazo de un mes desde la recepción la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto. A tal efecto, en el acta de recepción, el director de la obra fijará fecha para el inicio de dicha medición, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene la obligación de asistir al acto de la toma de datos y realización de la medición general que efectuará el director de la obra.
Para realizar la medición general se utilizarán como datos complementarios la comprobación del replanteo, los replanteos parciales y las mediciones efectuadas desde el inicio de la ejecución de la obra, el libro de incidencias, el de órdenes y cuantos otros estimen necesarios el director de la obra y el contratista.
De dicho acto se levantará acta con cuatro ejemplares, que firmarán el director de la obra y el contratista, retirando un ejemplar cada uno de los firmantes y remitiéndose los otros dos por el director de la obra a la Consejería de Salud y Bienestar Social y a GICAMAN Si el contratista no ha asistido a la medición, el ejemplar del acta le será remitido por el director de la obra.
El resultado de la medición se notificará al contratista para que en el plazo de 5 días hábiles preste su conformidad o manifieste los reparos que estime oportunos. Las reclamaciones que realice el contratista contra el resultado de la medición general, las dirigirá por escrito en el plazo de 5 días hábiles a GICAMAN por conducto del director de la obra, el cual las elevará con su informe en el plazo de 10 días hábiles.
21.3.- Certificación final de obra.
Dentro de los 10 días siguientes a la finalización del plazo para realizar la medición general, el director de la obra expedirá y tramitará la correspondiente certificación final.
A su vez, en el plazo de los dos meses siguientes a la recepción, GICAMAN deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato.
22º. PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía del proyecto será desde acta de recepción o conformidad hasta la fecha en que se levante acta positiva de comprobación de replanteo.
Teniendo en cuenta que se realizará recepción parcial al entregar el proyecto, procederá si lo solicita el contratista, una vez finalizado el plazo de garantía, la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía referida al proyecto.
Con carácter general se establece un plazo de garantía de la obras de un año a partir de su recepción.
Durante dicho plazo de garantía, el contratista queda obligado a la conservación y policía de las obras, de acuerdo con la legislación vigente.
Dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras.
23º.- LIQUIDACIONES DE LAS OBRAS.
Transcurrido el plazo de garantía, si el informe del director de la obra, sobre el estado de las mismas fuera favorable o, en caso contrario, una vez reparado lo construido, se formulará por el director, en el plazo de un mes, la propuesta de liquidación de las realmente ejecutadas, tomando como base para su valoración las condiciones económicas establecidas en el contrato.
La propuesta de liquidación se notificará al contratista para que, en el plazo de 10 días, preste su conformidad o manifieste los reparos que estime oportunos.
Dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la contestación del contratista o del transcurso del plazo establecido para tal fin, GICAMAN deberá aprobar la liquidación y abonar, en su caso, el saldo resultante de la misma.
El saldo de liquidación no podrá incluir adicionales no autorizados de forma previa por la empresa pública GICAMAN.
24º.- RÉGIMEN JURÍDICO Y NATURALEZA DEL CONTRATO
El contrato será regido por las estipulaciones previstas entre ambas partes y por las normas de derecho privado, quedando sujeto, por tanto, a la legislación civil, mercantil y procesal española. En todo aquello no previsto, en su caso, serán de aplicación, con carácter supletorio, las normas de contratación pública. Finalmente, aquellas cuestiones litigiosas que pudieran plantearse, serán sometidas a los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
ANEXO I
D. provisto con D.N.I. nº , en representación de la empresa , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax , e-mail , N.I.F.
, en relación con la licitación de la obra , solicita la participación en la misma y DECLARA RESPONSABLEMENTE:
1º.- Que conoce el Pliego de Cláusulas Generales, Cuadro Resumen de Características Particulares y resto de documentación que regula la licitación de la referida obra, aceptando íntegramente las condiciones exigidas por GICAMAN, S.A.
2º.- Que reúne todos y cada uno los requisitos de capacidad exigidos en el “Pliego de Cláusulas Generales para los contratos privados de obras de la Empresa Pública Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx-La Mancha, S.A.”, comprometiéndose a aportar y acreditar ante GICAMAN, S.A. todos estos requisitos cuando sea requerido y en los plazos establecidos.
Toledo, a ..... de .................. de ……….
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
Asimismo, en relación con la cláusula 11.E, párrafo 3º, xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, incluye en este sobre A (marque lo que proceda):
- Clasificación empresarial
- Solvencia económica, técnica y financiera
- Solvencia específica según punto 6 del CCP
A N E X O II
A) GARANTÍAS PROVISIONALES
TEXTO DEL AVAL
“La entidad ( razón social de la entidad de crédito)…………, con domicilio en
……………………….. y en su nombre ( nombre y apellidos de los apoderados y descripción de poderes)……………….
AVALA
Ante la empresa pública GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS XX XXXXXXXX-LA MANCHA S.A.,
hasta el límite de (importe en letra) a (nombre y razón social del avalado)
…………………..NIF , en concepto de garantía provisional a efectos de garantizar
el exacto cumplimiento por la empresa antes mencionada de todas y cada una de las obligaciones que le resulten como consecuencia de la participación y posible adjudicación del contrato para (objeto del contrato)………………. conforme a las normas y condiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La/el (entidad)………………………, abonará al primer requerimiento fehaciente de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., por escrito y sin más
requisito que expresar en el mismo la procedencia de la reclamación hasta el límite arriba indicado, considerándose la/el (entidad) , a tal efecto obligado
solidariamente con el avalado, renunciando expresamente a los beneficios de excusión, orden y división y debiendo realizar los pagos reclamados por GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS XX XXXXXXXX-LA MANCHA, S.A., al primer requerimiento de ésta, y sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición del reintegro.
La presente garantía a primer requerimiento tendrá validez desde su entrega a GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., hasta que esta autorice su cancelación una vez acordada la adjudicación, en el supuesto de los no adjudicatarios, o hasta la entrega de la garantía definitiva respecto al adjudicatario.
Este aval ha quedado inscrito, con esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número……………
En ……………., a ……………….de………………..
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
“Certificado nº:
(Entidad aseguradora)…………….(en adelante asegurador), con domicilio en y
CIF…………….debidamente representado por (nombre y apellidos del apoderado)……………., con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta de………………………….
ASEGURA
A (nombre de la empresa contratista)………………….con CIF/NIF en
concepto de tomador de seguro ante GICAMAN, según a quien corresponda la reparación o resarcimiento de los daños, en adelante asegurado, hasta el importe de
............................ pesetas, en concepto de garantía provisional para responder del cumplimiento por la empresa antes mencionada de todas y cada una de las obligaciones que resulten como consecuencia de la participación y posible adjudicación del contrato de:………………….., conforme a las normas y condiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni lo cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la empresa pública GICAMAN, sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que GICAMAN, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, una vez acordada la adjudicación, en el supuesto de los no adjudicatarios, o hasta la entrega de la garantía definitiva, en el caso del adjudicatario.
En……………a…………de…………………de……..
B) GARANTÍAS DEFINITIVAS TEXTO DEL AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito)........., con domicilio en y en su
nombre (nombre y apellidos de los apoderados y descripción de poderes)........
AVALA
Ante la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx-La Mancha, S.A.", hasta el límite de (importe en letra)...... a (nombre y razón social del avalado).........NIF , para
responder en concepto de garantía definitiva del correcto cumplimiento del contrato suscrito entre ambos para (objeto del contrato) conforme a las normas y condiciones
señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La/el (entidad)………………………, abonará al primer requerimiento fehaciente de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., por escrito y sin más
requisito que expresar en el mismo la procedencia de la reclamación hasta el límite arriba indicado, considerándose la/el (entidad) , a tal efecto obligado
solidariamente con el avalado, renunciando expresamente a los beneficios de excusión, orden y división y debiendo realizar los pagos reclamados por GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., al primer requerimiento de ésta, y sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición del reintegro.
La presente garantía a primer requerimiento tendrá validez desde su entrega a GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS XX XXXXXXXX-LA MANCHA, S.A., y hasta que esta autorice su cancelación, una vez finalizado el periodo de garantía del Contrato antes mencionado sin responsabilidades que hayan de ejecutarse sobre la misma.
Este aval ha quedado inscrito, con esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número……………
En ---------, a--------- de (firma de los apoderados)
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
“Certificado nº:
(Entidad aseguradora)…………….(en adelante asegurador), con domicilio en y
C.I.F. …………….debidamente representado por (nombre y apellidos del apoderado)……………., con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta de………………………….
ASEGURA
A (nombre de la empresa contratista)………………….con C.I.F./N.I.F en
concepto de tomador de seguro ante GICAMAN, según a quien corresponda la reparación o resarcimiento de los daños, en adelante asegurado, hasta el importe de pesetas (4% del presupuesto de adjudicación), en concepto de garantía definitiva para responder del cumplimiento del contrato de:………………….., conforme a las normas y condiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la empresa pública GICAMAN, sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que GICAMAN, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
En……………a…………de…………………de……..
CONCURSO
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
"Don.......................................................................................con D.N.I. nº ............................
natural de ................................. provincia de ................................., mayor de edad y con domicilio en ...................................................................... C/ ...................................................
teléfono ...................................... actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, enterado del anuncio publicado en el Perfil del contratante de xxx.xxxxxxxxx.xx, de fecha conforme con todos los requisitos
y condiciones que se exigen para adjudicar mediante concurso el contrato de
.......................................................... y xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas, que ha de regir dicho concurso y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato por el precio alzado (1) de €(2) (I.V.A. incluido), lo que supone una baja de licitación de %
sobre el presupuesto de licitación (3).
(1)Precio alzado = A+B
A) Importe de la obra € (I.V.A. incluido)
B)Redacción de proyecto, incluido estudio de seguridad y salud € (I.V.A. incluido)
(2) Las cantidades en euros se señalarán en letra y número y no podrán sobrepasar los presupuestos establecidos para los distintos conceptos indicados en el Cuadro -Resumen. (3)Dicha oferta económica no incluye controles de calidad
Lugar fecha y firma del proponente.
CARTEL DE OBRAS
Propuesta de valla informativa de obra:
Formato: Dependiendo de su ubicación irá siempre en proporciones de 2x-3x
Material: Irá en chapa estándar para vallas, serigrafiada con tintas Epoxi para exteriores o bien en Vinilo.0.
Color: Los de las Imágenes Gráficas: Azul Pantone 280, Cool Gray 11C.
Textos: Los textos de identificación de la Consejería irán en tipografía Arial. Los textos de identificación de la obra irán en tipografía Arial.
CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL
Construcción de un Centro de Atención a la Infancia
El contratista deberá presentar 3 ofertas de empresas externas, de acuerdo con el modelo abajo indicado, en el que se comprometan a realizar el control de calidad, correspondiendo a la Consejería de Salud y Bienestar Social a decidir qué empresa de las ofertadas realizará dicho control.
D.....................................................en nombre y representación de la empresa (de control de calidad)....................................se compromete a realizar el control de
calidad de la obra...................................................,adjudicada a la empresa (adjudicataria de la obra)
......................................................................................................................................................,
por el importe del 3% del presupuesto de licitación de la obra.
Dicha terna deberá presentarse cuando vaya a formalizarse el correspondiente contrato.