CONTRATO DE SUMINISTRO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: PROCEDIMIENTO ABIERTO
TRAMITACIÓN:
ORDINARIA
DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO:
CONTRATACIÓN DE RENOVACION XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING
ÍNDICE
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO 3
I. RÉGIMEN JURÍDICO DEL PROCEDIMIENTO 5
II. OBJETO Y REGULACIÓN DEL CONTRATO 5
III. PROCEDIMIENTO Y PERÍODO DE LA ADJUDICACIÓN 6
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO, IMPUESTOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 6
VI. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN 7
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 7
IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES 11
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 12
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 15
XIV. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO 16
XV. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 16
XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 17
XVII. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 17
XVIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 17
XIX. RESERVA, CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD 19
XX. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO 20
XXII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 21
XXIII. PRERROGATIVAS Y RECURSOS 21
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 23
ANEXO II. MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA 24
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO
FORMA DE ADJUDICACIÓN: | Procedimiento abierto. |
TRAMITACIÓN: | Ordinaria. |
A.- Designación del suministro a contratar
CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING.
▪ EN CIFRAS:133.000 €, más IVA
▪ EN LETRAS: CIENTO TREINTA Y TRES MIL EUROS, MAS IVA
12 meses 133.000 € más IVA
▪ 12 mensualidades.
12 meses
No.
5% del precio de adjudicación.
H.- Requisitos específicos del contratista
Los especificados en los pliegos.
I.- Lugar de presentación de las ofertas
▪ ENTIDAD: Defensor del Pueblo
▪ DOMICILIO: X/ Xxxxxxx, 00
▪ LOCALIDAD: 00000 XXXXXX
▪ LUGAR: Registro General
▪ FECHA: En los 20 días siguientes a la publicación del anuncio en el BOE.
▪ HORA: De 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 9 a 14:00 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
▪ ENTIDAD: Defensor del Pueblo
▪ DOMICILIO: X/ Xxxxxxx, 00
▪ LOCALIDAD: 00000 XXXXXX
▪ FECHAS Y HORAS: Se publicarán en el perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxx/xxxxx_xxxxx.xxxx
I. RÉGIMEN JURÍDICO DEL PROCEDIMIENTO
1. El presente procedimiento se regirá por lo previsto en el artículo 72 de la Constitución, en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y las Normas y Acuerdos adoptados por el Defensor del Pueblo en materia de contratación, así como por las normas de la Ley General Presupuestaria, directa o supletoriamente aplicables, y por los acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de desarrollo adoptados por esta Institución, en lo que se refiere a los requisitos del gasto autorizado y régimen presupuestario general.
2. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2.f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público las menciones que en dicho texto se efectúan a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Defensor del Pueblo, en adelante “órgano de contratación”.
2. Asimismo, las referencias que dicho Texto Refundido realiza a la Caja General de Depósitos, con relación a la prestación de garantías, se entenderán referidas al Área de Régimen Económico del Defensor del Pueblo.
II. OBJETO Y REGULACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 3ª
1. El objeto de este procedimiento es la contratación del suministro para la interconexión de los sistemas audiovisuales, grabación y streaming de tres xxxxx xxx Xxxxxxxx del Pueblo, dotando a las mismas de las infraestructuras necesarias, así como la renovación del equipamiento actual a tecnología más moderna, para dar cobertura a los actos institucionales y reuniones que se celebren en la Institución. A tenor de lo indicado en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato será de carácter administrativo, por lo que se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción, por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
2. El desconocimiento por el adjudicatario del contrato en cualquiera de sus términos y de los demás documentos contractuales que puedan resultar relevantes para la ejecución de la cosa pactada no eximirá al adjudicatario de su obligación de cumplirlos.
3. Tanto el pliego de cláusulas administrativas particulares como el pliego de prescripciones técnicas así como la oferta técnica, revisten carácter contractual, por
III. PROCEDIMIENTO Y PERÍODO DE LA ADJUDICACIÓN Cláusula 4ª
1. La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario.
3. La adjudicación se realiza para un período máximo de 12 mensualidades.
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO, IMPUESTOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
1. El presupuesto máximo de licitación para el suministro para la interconexión de los sistemas audiovisuales, grabación y streaming de tres xxxxx xxx Xxxxxxxx del Pueblo, dotando a las mismas de las infraestructuras necesarias, así como la renovación del equipamiento actual a tecnología más moderna, para dar cobertura a los actos institucionales y reuniones que se celebren en la Institución, es de CIENTO TREINTA Y TRES MIL EUROS, MAS IVA (133.000,00 €, más I.V.A.) importe que corresponde a la duración máxima prevista del contrato.
2. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente para financiar las obligaciones de pago, en el presupuesto del Defensor del Pueblo, en cada ejercicio presupuestario.
V. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Cláusula 6ª
1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en este pliego.
2. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3. Las empresas deberán acreditar su solvencia económica-financiera por los medios contemplados en el artículo 75 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en el subapartado a) del punto 1, y la solvencia
b) del punto 1.
VI. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN Cláusula 7ª
1. Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargase desde el portal web del Defensor del Pueblo, en el enlace indicado en el apartado K del cuadro resumen de características del procedimiento que figura al inicio del presente pliego. Asimismo, su retirada podrá realizarse en el Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo, calle Xxxxxxx, 42, de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas de lunes a jueves y de 9 a 14 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
2. Los licitadores que deseen información adicional sobre cuestiones administrativas objeto de este contrato podrán dirigirse al Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo.
Teléfono: (x00)000000000
Correo-e: Xxxxxxxx.XxxxxxxXxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
El horario de atención telefónica será de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a jueves, y de 9:00 a 14:00 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
La información, el seguimiento y la tramitación del presente procedimiento, así como el seguimiento y control de la ejecución del contrato se realizarán por el Área de Infraestructuras del Defensor del Pueblo.
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Cláusula 9ª
1. Cada licitador podrá presentar una única proposición. No podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
2. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
3. No serán aceptadas aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad los términos exactos de la oferta formulada.
4. Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores al presupuesto base de licitación indicado anteriormente; no podrán ser, en caso contrario, admitidas a la licitación.
No se admite expresamente la posibilidad de que los licitadores presenten mejoras más allá de las sugeridas o incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se admitirán propuestas que incluyan opciones distintas.
Las empresas que de un modo distinto al indicado en esta cláusula, presenten en sobre erróneo documentos o aporten datos, de la oferta técnica o de la proposición económica, que fuesen susceptibles de valoración a efectos de la adjudicación o que permitan deducir el contenido de su oferta económica, serán excluidas de la licitación.
La proposición para tomar parte en el presente procedimiento constará de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o su representante; deberá figurar en el exterior de cada uno de ellos la letra que los identifica, junto con el nombre de la empresa y la indicación siguiente: CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING.
Se incluirá en ellos la documentación que a continuación se detalla y en el orden que aquí se indica:
1. Sobre «A»: “Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica del licitador”:
a) Hoja resumen de los datos del licitador a efectos de notificación, que incluya dirección postal completa, número de teléfono y fax, correo electrónico y personas de contacto.
b) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar del licitador: Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad o del pasaporte del licitador o, en su caso, de la persona que lo represente, debidamente legalizada. Si se trata de sociedades mercantiles: escritura de constitución, así como de las modificaciones de la misma, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que ha de obligarse: poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, que para las sociedades mercantiles podrá ser sustituido por certificación del citado Registro, mediante la que
se acredite la constancia de la inscripción del poder que ostenta. Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
Las uniones temporales de empresarios deberán atenerse a lo establecido en el art. 59 del TRLCSP.
c) Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán la capacidad de obrar por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debe presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
f) Los empresarios extranjeros: la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
g) Declaración sobre el número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total.
h) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
i) La documentación que acredite la solvencia económica-financiera por los medios contemplados en el artículo 75 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en el subapartado a) del punto 1.
j) La documentación que acredite la solvencia técnica por los medios contemplados en el artículo 77 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en los subapartados a) y b) del punto 1.
k) Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal de empresas frente a la Administración, todos los empresarios deberán presentar,
individualmente los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compondrán la Unión Temporal de Empresas quedarán obligados solidariamente. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
l) En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
2. Sobre «B»: “Documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor”: En él se incluirá, precedida de un índice de contenidos con identificación numérica, la documentación relativa a la propuesta técnica a desarrollar, así como los compromisos que se oferten de mejora sobre los requerimientos de los pliegos, que en ningún caso supondrán coste adicional alguno. Las propuestas realizadas resultarán de obligado cumplimiento en caso de que el contrato sea adjudicado al licitador. Esta propuesta no podrá contener ninguna proposición económica.
3. Sobre «C»: “Documentación relativa a los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas”: Dentro del sobre el licitador incluirá una única proposición económica firmada por el licitador o por la persona o personas que lo representen, formulada de conformidad con el modelo que se adjunta en el Anexo II MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Si en alguno de los documentos existiera discrepancia entre las cantidades expresadas en letra y lo indicado en cifras, prevalecerá lo expresado en letra.
El contenido de esta parte de la oferta, relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas, se ajustará al modelo que figura en el Anexo II correspondiente.
4. Los tres sobres indicados se presentarán en el Registro del Defensor del Pueblo, de lunes a jueves, de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas y los viernes de 9 a 14 horas, en invierno; y de 9 a 14 horas del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre, durante el verano, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.
5. Los sobres podrán entregarse en mano o remitirse por correo. Cuando se envíen por correo, deberán dirigirse al Defensor del Pueblo: xxxxx Xxxxxxx, 00. 00000– Xxxxxx, justificando, en caso de correo postal, la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la
El fax o telegrama deberá haberse remitido, igualmente, dentro del plazo señalado para licitar. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora límites señaladas para la admisión de proposiciones, se exigirá, como medio de prueba, que en el texto del fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío realizado por correo.
6. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. No será admitida, en ningún caso, la documentación transcurridos diez días siguientes a la indicada fecha.
7. No será admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas a las anteriormente señaladas.
8. La oferta contendrá una declaración expresa de aceptación incondicional y acatamiento del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
VIII. GARANTÍA PROVISIONAL Cláusula 12ª
No se ha previsto la constitución de garantía provisional para el presente procedimiento.
IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Cláusula 13ª
1. El órgano de contratación estará asistido para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación, Obras, Servicios y Suministros del Defensor del Pueblo (en adelante “Junta de Contratación”).
2. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura y examen de los sobres «A». Si se observaren defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados y se les concederá un plazo máximo de tres días hábiles para que subsanen el error.
4. La Junta de Contratación procederá a evaluar y puntuar aquellos criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobre «B»), dejando constancia documental de todo ello.
5. Los sobres «C» (criterios de valoración evaluables mediante fórmulas) serán igualmente abiertos en acto público. En dicho acto se dará a conocer, con carácter previo a la apertura de los sobres, la puntuación obtenida por cada licitador con la propuesta contenida en el sobre «B».
6. Durante todo el proceso se podrá requerir a los licitadores para que realicen las aclaraciones necesarias o las adecuaciones oportunas para la mejor comprensión de algún aspecto de las ofertas. Asimismo, la Junta de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere necesarios.
7. Las fechas y el lugar de la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres «B» y «C» se anunciarán con suficiente antelación en la página web del Defensor del Pueblo, en el enlace que figura en el apartado K) del cuadro resumen de características del presente procedimiento.
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Cláusula 14ª
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación se exponen a continuación así como sus puntuaciones máximas propuestas:
Contratación del SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y TERMINALES DE VIDEOCONFERENCIA | Puntuación máx. |
1. Oferta económica: | 55 puntos |
2. Propuesta técnica | 45 puntos |
2.1 Organización del servicio | 16 puntos |
2.2. Idoneidad de prestaciones técnicas de los equipos ofertados. | 10 puntos |
2.3. Idoneidad del hardware/software propuesto por los licitadores. | 8 puntos |
2.4. Tiempos de respuesta y resolución de xxxxxxx. | 5 puntos |
2.5. Mejoras. | 6 puntos |
1. OFERTA ECONÓMICA:
La puntuación máxima que puede alcanzar una única oferta, en este apartado, será de 55 puntos.
La valoración de la oferta se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
En primer lugar, se aplicará el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Las ofertas que, después de aplicar el anterior procedimiento, se consideren desproporcionadas, se las puntuará con cero puntos.
En segundo lugar, las empresas que no se hayan calificado con cero puntos en la fase anterior se les asignará una puntuación siguiendo el criterio general: a la oferta más baja (y no considerada desproporcionada) se le asignará la puntuación más alta (55 puntos). Y al resto de las ofertas se les asignará una puntuación atendiendo a la siguiente fórmula:
Omb | ||
Po = | 55 x | (---------) |
Oe |
Omb = | Oferta más baja (no considerada desproporcionada) |
2. PROPUESTA TÉCNICA Y MEJORAS DE LA CALIDAD
Las mejoras que se tendrán en cuenta en la valoración de la oferta técnica serán:
Contratación del SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y TERMINALES DE VIDEOCONFERENCIA | Puntuación máx. |
2. Propuesta técnica | 45 puntos |
2.1 Organización del servicio | 16 puntos |
2.1.1. Interconexión xx xxxxx | 4 puntos |
2.1.2.Grabación de señales AV | 4 puntos |
2.1.3. Streaming. | 4 puntos |
2.1.4. Adecuación tecnológica de las salas. | 4 puntos |
2.2. Idoneidad de prestaciones técnicas de los equipos ofertados. | 10 puntos |
2.3. Idoneidad del hardware/software propuesto por los licitadores. | 8 puntos |
2.4. Tiempos de respuesta y resolución de xxxxxxx. | 5 puntos |
2.5. Mejoras. | 6 puntos |
. Desglose de mejoras:
- El quipo de backup secundario no se trate de un único equipo central y si de un equipo en cada sala (1,5 puntos).
- El número de sesiones concurrentes del denominado “streaming interno” por encima de las indicadas (0,75 puntos).
- Funcionalidades adicionales a las indicadas en aquellos equipos en los que se haya descrito un mínimo (1punto).
- Capacidad de crecimiento razonable en el sistema de interconexión y conmutación. Entendiendo como razonable un crecimiento que no sea desproporcionado ni mínimo (2 puntos).
- Mejoras en el sistema de audio adicionales a las solicitadas en el presente documento, incluida en la digitalización (0,75 puntos)
1. La Junta de Contratación elevará al órgano de contratación las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, quien determinará la oferta más ventajosa; y requerirá al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Justificante de reembolso al Defensor del Pueblo del importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
5. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 151.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. Las empresas no adjudicatarias podrán retirar su documentación transcurrido el plazo de cuatro meses desde que se les notifique la adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la finalización del plazo anterior no se hubiera retirado esa documentación, el Defensor del Pueblo no estará obligado a seguirla conservando.
XII. GARANTÍA DEFINITIVA Cláusula 16ª
1. Recibido el requerimiento al que se refiere la cláusula anterior, el licitador deberá constituir a disposición del Defensor del Pueblo una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA), de acuerdo con lo establecido en el art. 96 del TRLCSP.
2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Defensor del Pueblo y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Área de Régimen Económico del Defensor del Pueblo.
3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 96 a 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 17ª
1. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
2. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros en que se
XIV. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO Cláusula 18ª
1. Corresponde al órgano de contratación la renuncia a la celebración del contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, o el desistimiento del procedimiento, basado en la infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación; en ambos casos antes de la adjudicación.
2. Los licitadores serán compensados por los gastos en que hubiesen incurrido, siempre que estos estuvieran debidamente justificados.
XV. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN Cláusula 19ª
1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Defensor del Pueblo la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si esta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y si así se justifica suficientemente.
3. El órgano de contratación podrá imponer penalizaciones a los contratistas por el incumplimiento de los requisitos, normas o reglas que rigen la subcontratación, dentro de los límites del artículo 227.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 60% del importe de adjudicación.
5. Respecto al pago a los subcontratistas y suministradores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. El adjudicatario estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral; asimismo, las relacionadas con las autorizaciones y licencias necesarias para realizar la prestación objeto del contrato, las relativas a la propiedad industrial y comercial de los medios que emplee, así como las referentes a la propiedad de los trabajos realizados, confidencialidad y asistencia al Defensor del Pueblo.
2. El adjudicatario estará obligado a realizar los suministros y el servicio dentro de los plazos temporales y horarios que se le señalen por el Defensor del Pueblo o personal en que delegue.
3. La empresa adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los servicios que preste, así como de la idoneidad técnica del personal que emplee.
4. El adjudicatario y su personal quedarán sujetos a las instrucciones y controles de seguridad que se dispongan para el acceso de visitantes a las sedes del Defensor del Pueblo, a cuyo efecto les puede ser requerida la documentación acreditativa de su identidad y situación jurídica en España, cuyos datos quedarán incorporados a los ficheros correspondientes bajo titularidad de esta Institución.
XVII. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1. El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones.
2. El Defensor del Pueblo no será responsable de las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que éste cuente para la ejecución del contrato.
3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
4. El contratista asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y sobre el programa de actuación definitivo que se derive de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.
5. En la planificación y el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, es responsabilidad del contratista atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etcétera. Para ello deberá realizar a su cargo los cursos de formación necesarios entre su personal.
XVIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
2. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en las cláusulas del presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como a las instrucciones que para la interpretación de los pliegos se impartieran al contratista.
3. El plazo de entrega de los equipos será de dos meses a contar desde la fecha de la firma del contrato y el plazo de ejecución del contrato será de 12 meses a contar, asimismo, desde la fecha de la firma del contrato..
4. El adjudicatario deberá disponer y mantener los medios personales y materiales suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato conforme a la oferta que formulase, durante toda la vigencia del contrato.
5. El adjudicatario vendrá obligado a asistir a las reuniones y a realizar los servicios profesionales que el Defensor del Pueblo estime necesarios para el correcto desarrollo del contrato, sin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria por tales conceptos.
6. El adjudicatario quedará obligado, con respecto al personal que emplee para la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo; siendo el Defensor del Pueblo no asume responsabilidad alguna derivada de dichas relaciones laborales. A la extinción del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos o servicios complementarios, al objeto principal del mismo, como personal del Defensor del Pueblo, conforme al artículo 301.4 del TRLCSP.
7. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios que desarrolle, de los materiales suministrado y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Defensor del Pueblo o para terceras personas por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen sean consecuencia directa de una orden del Defensor del Pueblo o de las condiciones impuestas por éste.
Los suministros y servicios objeto de este contrato podrán ser rechazados, en caso de no superar los requisitos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, debiendo subsanarse los defectos apreciados o llegar a la resolución del contrato, en su caso.
En la planificación del suministro y la ejecución de los servicios conexos es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc. Por ello deberá realizar el adjudicatario a su cargo los cursos de formación necesarios entre su personal para mantener actualizados sus conocimientos en estas materias.
9. Los gastos de entrega y recepción serán por cuenta del contratista según lo establecido en el artículo 297 del TRLCSP.
10. Los vicios o defectos detectados durante el plazo de garantía serán reclamados al contratista según lo establecido en el artículo 298 del TRLCSP.
XIX. RESERVA, CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD Cláusula 23ª
1. El adjudicatario queda obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación. La obligación de confidencialidad subsistirá, sin límite de tiempo, más allá de la vigencia del contrato.
2. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional vigésima sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con lo prevenido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
3. En atención a los ficheros de datos de carácter personal establecidos en el Defensor del Pueblo, el adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier intento de acceso por parte de su personal a la información contenida en dichos ficheros en cualquiera de sus soportes. Asimismo, el adjudicatario se compromete a instruir a su personal de la obligación de confidencialidad sobre cualquier dato personal del que pueda tener noticia, con ocasión de su presencia en las instalaciones de la Institución.
4. El Defensor del Pueblo se reserva el derecho de establecer cualquier tipo de marcaje de los datos que se pondrán a disposición del adjudicatario, de manera que sus características puedan constituirse como prueba que posibilite localizar el origen y los responsables de las eventuales cesiones de datos. Asimismo, el Defensor del Pueblo podrá realizar en cualquier momento controles y auditorías para comprobar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario respecto de los datos puestos a su disposición.
5. Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá suministrar a terceros, ni tan siquiera a efectos de conservación, ni utilizar para sí ni para otros los datos facilitados por el Defensor del Pueblo para fines distintos a los contemplados en el objeto del presente contrato.
7. El Defensor del Pueblo exigirá responsabilidad al adjudicatario y repercutirá los costes derivados de posibles reclamaciones ocasionadas por negligencia o falta de confidencialidad por su actuación o la de cualquier persona que actúe por cuenta del adjudicatario.
8. El incumplimiento de las obligaciones señaladas anteriormente dará derecho al Defensor del Pueblo a exigir las correspondientes responsabilidades de tipo civil y penal a que hubiere lugar.
9. El licitador deberá incluir en su oferta la designación de la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con el Defensor del Pueblo, a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar.
10. Los datos de carácter personal del adjudicatario quedarán incorporados a un fichero propiedad del Defensor del Pueblo con la finalidad de gestionar la relación contractual y asegurar el adecuado seguimiento y control de la ejecución del contrato. De igual modo, todas las personas que actúen por cuenta o en representación del adjudicatario quedarán sujetas a las instrucciones y controles de seguridad que se dispongan para el acceso y la salida a las sedes del Defensor del Pueblo, a cuyo efecto les puede ser requerida la documentación acreditativa de su identidad y, en su caso, situación jurídica en España, de las que se podrán obtener copias, así como registrar los datos personales que estas incorporan, que quedarán registrados en los ficheros correspondientes bajo titularidad de esta Institución. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se realizará ante la Secretaría General del Defensor del Pueblo, en la dirección que figura en el párrafo I del cuadro resumen de características del presente procedimiento.
11. El Defensor del Pueblo se reserva la facultad de excluir a cualquier persona de entre las de responsabilidad del adjudicatario del cumplimiento del contrato, por razones de seguridad.
XX. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO Cláusula 24ª
1. El abono de los trabajos derivados de este contrato se realizará previa presentación de la factura por suministro efectivamente entregado, según el artículo 293 TRLCSP. La factura será verificada por el Área de Infraestructuras, quién habrá de expresar su conformidad.
2. El órgano de contratación determinará, previo informe del responsable del contrato, si el suministro y servicio realizado por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento requiriendo, en su caso,
XXI. REVISIÓN DE PRECIOS Cláusula 25ª
Durante el plazo de ejecución del contrato, no podrán revisarse los precios resultantes de la adjudicación, conforme a la nueva redacción dada al art. 89 del TRLCSP por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
XXII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 26ª
1. Serán causas de resolución del contrato las consignadas en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo el Defensor del Pueblo podrá resolver el contrato si, con posterioridad a la adjudicación, se comprobase la falsedad en los datos aportados por el adjudicatario y que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.
2. También serán causas suficientes de resolución del contrato las que a continuación se indican:
a) La apreciación, por parte del Defensor del Pueblo, de negligencia, desinterés o mala fe por parte del adjudicatario, en la adecuada ejecución y coordinación del servicio.
b) No mantener el adjudicatario las características técnicas contratadas y prestar los servicios comprendidos en este contrato.
c) No guardar el adjudicatario el debido sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos, estén relacionados con el objeto del contrato y haya conocido con ocasión del mismo.
3. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar al Defensor del Pueblo por los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda el importe de la garantía.
4. La resolución por mutuo acuerdo sólo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución que sea imputable al contratista, y siempre que existan razones justificadas que hagan innecesaria o inconveniente la continuidad del contrato. Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
5. La concurrencia de cualquiera de las causas de resolución será apreciada por el Defensor del Pueblo, de oficio o a solicitud del contratista, sin perjuicio de las acciones judiciales o extrajudiciales que procedan.
XXIII. PRERROGATIVAS Y RECURSOS Cláusula 27ª
1. El Defensor del Pueblo ostenta la prerrogativa de interpretar lo dispuesto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
2. Los acuerdos de la institución del Defensor del Pueblo son inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de Contrato del Sector Público.
3. Las decisiones que se adopten por el Defensor del Pueblo en lo referente a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato podrán ser objeto de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, según lo prevenido en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de la posibilidad de interponer previamente si resultara procedente, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los actos que se dicten en el procedimiento de adjudicación del art. 40 que no reúnan los requisitos del apartado 1, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Serán susceptibles de la cuestión de nulidad o del recurso especial en materia de contratación los actos del procedimiento de contratación, cuando los citados medios de impugnación sean procedentes de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 41 del TRLCSP.
5. La competencia para resolver las controversias que surjan entre las partes con relación a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. También conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por el órgano de resolución de recursos previstos en el artículo 41 del TRLCSP, es decir el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales, órgano especial competente para resolver estos recursos.
D/D.ª ,
con DNI núm. En nombre propio/en representación de la empresa , con CIF núm. y
domicilio en , calle
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la cual representa, sus representantes y administradores, así como el mismo no están incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
Que la empresa, a la cual representa legalmente, se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en concreto aquellas a las que se refieren los artículos 13 y
14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En , a de de 2015.
Fdo.:
ANEXO II. MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Doña
en representación de la empresa ,
con NIF , (1) actuando en nombre propio/con poder suficiente para formalizar el presente documento conforme se acredita en el correspondiente poder notarial:
SOLICITA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACION XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y
STREAMING que acepta los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas en su integridad.
Y FORMULA la siguiente oferta económica:
Contratación del suministro para la renovación xx xxxx multimedia, grabación y streaming. | |
Precio total del suministro, sin IVA |
Y SE COMPROMETE a realizar el suministro indicado y prestar los servicios conexos de acuerdo con esta proposición económica, por un precio , más IVA.
En , a de de 2015
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: PROCEDIMIENTO ABIERTO
TRAMITACIÓN:
ORDINARIA
DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO:
CONTRATACIÓN DE RENOVACION XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING.
ÍNDICE
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO 3
I. RÉGIMEN JURÍDICO DEL PROCEDIMIENTO 5
II. OBJETO Y REGULACIÓN DEL CONTRATO 5
III. PROCEDIMIENTO Y PERÍODO DE LA ADJUDICACIÓN 6
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO, IMPUESTOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 6
VI. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN 7
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 7
IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES 11
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 12
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 15
XIV. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO 16
XV. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 16
XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 17
XVII. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 17
XVIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 17
XIX. RESERVA, CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD 19
XX. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO 20
XXII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 21
XXIII. PRERROGATIVAS Y RECURSOS 21
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 23
ANEXO II. MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA 24
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO
FORMA DE ADJUDICACIÓN: | Procedimiento abierto. |
TRAMITACIÓN: | Ordinaria. |
A.- Designación del suministro a contratar
CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING.
▪ EN CIFRAS:133.000 €, más IVA
▪ EN LETRAS: CIENTO TREINTA Y TRES MIL EUROS, MAS IVA
12 meses 133.000 € más IVA
▪ 12 mensualidades.
12 meses
No.
5% del precio de adjudicación.
H.- Requisitos específicos del contratista
Los especificados en los pliegos.
I.- Lugar de presentación de las ofertas
▪ ENTIDAD: Defensor del Pueblo
▪ DOMICILIO: X/ Xxxxxxx, 00
▪ LOCALIDAD: 00000 XXXXXX
▪ LUGAR: Registro General
▪ FECHA: En los 20 días siguientes a la publicación del anuncio en el BOE.
▪ HORA: De 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 9 a 14:00 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
▪ ENTIDAD: Defensor del Pueblo
▪ DOMICILIO: X/ Xxxxxxx, 00
▪ LOCALIDAD: 00000 XXXXXX
▪ FECHAS Y HORAS: Se publicarán en el perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxx/xxxxx_xxxxx.xxxx
I. RÉGIMEN JURÍDICO DEL PROCEDIMIENTO
1. El presente procedimiento se regirá por lo previsto en el artículo 72 de la Constitución, en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y las Normas y Acuerdos adoptados por el Defensor del Pueblo en materia de contratación, así como por las normas de la Ley General Presupuestaria, directa o supletoriamente aplicables, y por los acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de desarrollo adoptados por esta Institución, en lo que se refiere a los requisitos del gasto autorizado y régimen presupuestario general.
2. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2.f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público las menciones que en dicho texto se efectúan a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Defensor del Pueblo, en adelante “órgano de contratación”.
2. Asimismo, las referencias que dicho Texto Refundido realiza a la Caja General de Depósitos, con relación a la prestación de garantías, se entenderán referidas al Área de Régimen Económico del Defensor del Pueblo.
II. OBJETO Y REGULACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 3ª
1. El objeto de este procedimiento es la contratación del suministro para la interconexión de los sistemas audiovisuales, grabación y streaming de tres xxxxx xxx Xxxxxxxx del Pueblo, dotando a las mismas de las infraestructuras necesarias, así como la renovación del equipamiento actual a tecnología más moderna, para dar cobertura a los actos institucionales y reuniones que se celebren en la Institución. A tenor de lo indicado en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato será de carácter administrativo, por lo que se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción, por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
2. El desconocimiento por el adjudicatario del contrato en cualquiera de sus términos y de los demás documentos contractuales que puedan resultar relevantes para la ejecución de la cosa pactada no eximirá al adjudicatario de su obligación de cumplirlos.
3. Tanto el pliego de cláusulas administrativas particulares como el pliego de prescripciones técnicas así como la oferta técnica, revisten carácter contractual, por
III. PROCEDIMIENTO Y PERÍODO DE LA ADJUDICACIÓN Cláusula 4ª
1. La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario.
3. La adjudicación se realiza para un período máximo de 12 mensualidades.
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO, IMPUESTOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
1. El presupuesto máximo de licitación para el suministro para la interconexión de los sistemas audiovisuales, grabación y streaming de tres xxxxx xxx Xxxxxxxx del Pueblo, dotando a las mismas de las infraestructuras necesarias, así como la renovación del equipamiento actual a tecnología más moderna, para dar cobertura a los actos institucionales y reuniones que se celebren en la Institución, es de CIENTO TREINTA Y TRES MIL EUROS, MAS IVA (133.000,00 €, más I.V.A.) importe que corresponde a la duración máxima prevista del contrato.
2. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente para financiar las obligaciones de pago, en el presupuesto del Defensor del Pueblo, en cada ejercicio presupuestario.
V. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Cláusula 6ª
1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en este pliego.
2. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3. Las empresas deberán acreditar su solvencia económica-financiera por los medios contemplados en el artículo 75 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en el subapartado a) del punto 1, y la solvencia
b) del punto 1.
VI. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN Cláusula 7ª
1. Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargase desde el portal web del Defensor del Pueblo, en el enlace indicado en el apartado K del cuadro resumen de características del procedimiento que figura al inicio del presente pliego. Asimismo, su retirada podrá realizarse en el Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo, calle Xxxxxxx, 42, de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas de lunes a jueves y de 9 a 14 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
2. Los licitadores que deseen información adicional sobre cuestiones administrativas objeto de este contrato podrán dirigirse al Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo.
Teléfono: (x00)000000000
Correo-e: Xxxxxxxx.XxxxxxxXxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
El horario de atención telefónica será de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a jueves, y de 9:00 a 14:00 horas los viernes. Del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre el horario será de 9 a 14 horas.
La información, el seguimiento y la tramitación del presente procedimiento, así como el seguimiento y control de la ejecución del contrato se realizarán por el Área de Infraestructuras del Defensor del Pueblo.
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Cláusula 9ª
1. Cada licitador podrá presentar una única proposición. No podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
2. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
3. No serán aceptadas aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad los términos exactos de la oferta formulada.
4. Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores al presupuesto base de licitación indicado anteriormente; no podrán ser, en caso contrario, admitidas a la licitación.
No se admite expresamente la posibilidad de que los licitadores presenten mejoras más allá de las sugeridas o incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se admitirán propuestas que incluyan opciones distintas.
Las empresas que de un modo distinto al indicado en esta cláusula, presenten en sobre erróneo documentos o aporten datos, de la oferta técnica o de la proposición económica, que fuesen susceptibles de valoración a efectos de la adjudicación o que permitan deducir el contenido de su oferta económica, serán excluidas de la licitación.
La proposición para tomar parte en el presente procedimiento constará de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o su representante; deberá figurar en el exterior de cada uno de ellos la letra que los identifica, junto con el nombre de la empresa y la indicación siguiente: CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING.
Se incluirá en ellos la documentación que a continuación se detalla y en el orden que aquí se indica:
1. Sobre «A»: “Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica del licitador”:
a) Hoja resumen de los datos del licitador a efectos de notificación, que incluya dirección postal completa, número de teléfono y fax, correo electrónico y personas de contacto.
b) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar del licitador: Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad o del pasaporte del licitador o, en su caso, de la persona que lo represente, debidamente legalizada. Si se trata de sociedades mercantiles: escritura de constitución, así como de las modificaciones de la misma, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que ha de obligarse: poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, que para las sociedades mercantiles podrá ser sustituido por certificación del citado Registro, mediante la que
se acredite la constancia de la inscripción del poder que ostenta. Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
Las uniones temporales de empresarios deberán atenerse a lo establecido en el art. 59 del TRLCSP.
c) Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán la capacidad de obrar por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debe presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
f) Los empresarios extranjeros: la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
g) Declaración sobre el número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total.
h) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
i) La documentación que acredite la solvencia económica-financiera por los medios contemplados en el artículo 75 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en el subapartado a) del punto 1.
j) La documentación que acredite la solvencia técnica por los medios contemplados en el artículo 77 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto los indicados en los subapartados a) y b) del punto 1.
k) Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal de empresas frente a la Administración, todos los empresarios deberán presentar,
individualmente los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compondrán la Unión Temporal de Empresas quedarán obligados solidariamente. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
l) En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
2. Sobre «B»: “Documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor”: En él se incluirá, precedida de un índice de contenidos con identificación numérica, la documentación relativa a la propuesta técnica a desarrollar, así como los compromisos que se oferten de mejora sobre los requerimientos de los pliegos, que en ningún caso supondrán coste adicional alguno. Las propuestas realizadas resultarán de obligado cumplimiento en caso de que el contrato sea adjudicado al licitador. Esta propuesta no podrá contener ninguna proposición económica.
3. Sobre «C»: “Documentación relativa a los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas”: Dentro del sobre el licitador incluirá una única proposición económica firmada por el licitador o por la persona o personas que lo representen, formulada de conformidad con el modelo que se adjunta en el Anexo II MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Si en alguno de los documentos existiera discrepancia entre las cantidades expresadas en letra y lo indicado en cifras, prevalecerá lo expresado en letra.
El contenido de esta parte de la oferta, relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas, se ajustará al modelo que figura en el Anexo II correspondiente.
4. Los tres sobres indicados se presentarán en el Registro del Defensor del Pueblo, de lunes a jueves, de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas y los viernes de 9 a 14 horas, en invierno; y de 9 a 14 horas del 15 xx xxxxx al 15 de septiembre, durante el verano, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.
5. Los sobres podrán entregarse en mano o remitirse por correo. Cuando se envíen por correo, deberán dirigirse al Defensor del Pueblo: xxxxx Xxxxxxx, 00. 00000– Xxxxxx, justificando, en caso de correo postal, la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la
El fax o telegrama deberá haberse remitido, igualmente, dentro del plazo señalado para licitar. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora límites señaladas para la admisión de proposiciones, se exigirá, como medio de prueba, que en el texto del fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío realizado por correo.
6. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. No será admitida, en ningún caso, la documentación transcurridos diez días siguientes a la indicada fecha.
7. No será admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas a las anteriormente señaladas.
8. La oferta contendrá una declaración expresa de aceptación incondicional y acatamiento del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
VIII. GARANTÍA PROVISIONAL Cláusula 12ª
No se ha previsto la constitución de garantía provisional para el presente procedimiento.
IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Cláusula 13ª
1. El órgano de contratación estará asistido para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación, Obras, Servicios y Suministros del Defensor del Pueblo (en adelante “Junta de Contratación”).
2. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura y examen de los sobres «A». Si se observaren defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados y se les concederá un plazo máximo de tres días hábiles para que subsanen el error.
4. La Junta de Contratación procederá a evaluar y puntuar aquellos criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobre «B»), dejando constancia documental de todo ello.
5. Los sobres «C» (criterios de valoración evaluables mediante fórmulas) serán igualmente abiertos en acto público. En dicho acto se dará a conocer, con carácter previo a la apertura de los sobres, la puntuación obtenida por cada licitador con la propuesta contenida en el sobre «B».
6. Durante todo el proceso se podrá requerir a los licitadores para que realicen las aclaraciones necesarias o las adecuaciones oportunas para la mejor comprensión de algún aspecto de las ofertas. Asimismo, la Junta de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere necesarios.
7. Las fechas y el lugar de la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres «B» y «C» se anunciarán con suficiente antelación en la página web del Defensor del Pueblo, en el enlace que figura en el apartado K) del cuadro resumen de características del presente procedimiento.
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Cláusula 14ª
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación se exponen a continuación así como sus puntuaciones máximas propuestas:
Contratación del SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y TERMINALES DE VIDEOCONFERENCIA | Puntuación máx. |
1. Oferta económica: | 55 puntos |
2. Propuesta técnica | 45 puntos |
2.1 Organización del servicio | 16 puntos |
2.2. Idoneidad de prestaciones técnicas de los equipos ofertados. | 10 puntos |
2.3. Idoneidad del hardware/software propuesto por los licitadores. | 8 puntos |
2.4. Tiempos de respuesta y resolución de xxxxxxx. | 5 puntos |
2.5. Mejoras. | 6 puntos |
1. OFERTA ECONÓMICA:
La puntuación máxima que puede alcanzar una única oferta, en este apartado, será de 55 puntos.
La valoración de la oferta se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
En primer lugar, se aplicará el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Las ofertas que, después de aplicar el anterior procedimiento, se consideren desproporcionadas, se las puntuará con cero puntos.
En segundo lugar, las empresas que no se hayan calificado con cero puntos en la fase anterior se les asignará una puntuación siguiendo el criterio general: a la oferta más baja (y no considerada desproporcionada) se le asignará la puntuación más alta (55 puntos). Y al resto de las ofertas se les asignará una puntuación atendiendo a la siguiente fórmula:
Omb | ||
Po = | 55 x | (---------) |
Oe |
Omb = | Oferta más baja (no considerada desproporcionada) |
2. PROPUESTA TÉCNICA Y MEJORAS DE LA CALIDAD
Las mejoras que se tendrán en cuenta en la valoración de la oferta técnica serán:
Contratación del SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y TERMINALES DE VIDEOCONFERENCIA | Puntuación máx. |
2. Propuesta técnica | 45 puntos |
2.1 Organización del servicio | 16 puntos |
2.1.1. Interconexión xx xxxxx | 4 puntos |
2.1.2.Grabación de señales AV | 4 puntos |
2.1.3. Streaming. | 4 puntos |
2.1.4. Adecuación tecnológica de las salas. | 4 puntos |
2.2. Idoneidad de prestaciones técnicas de los equipos ofertados. | 10 puntos |
2.3. Idoneidad del hardware/software propuesto por los licitadores. | 8 puntos |
2.4. Tiempos de respuesta y resolución de xxxxxxx. | 5 puntos |
2.5. Mejoras. | 6 puntos |
. Desglose de mejoras:
- El quipo de backup secundario no se trate de un único equipo central y si de un equipo en cada sala (1,5 puntos).
- El número de sesiones concurrentes del denominado “streaming interno” por encima de las indicadas (0,75 puntos).
- Funcionalidades adicionales a las indicadas en aquellos equipos en los que se haya descrito un mínimo (1punto).
- Capacidad de crecimiento razonable en el sistema de interconexión y conmutación. Entendiendo como razonable un crecimiento que no sea desproporcionado ni mínimo (2 puntos).
- Mejoras en el sistema de audio adicionales a las solicitadas en el presente documento, incluida en la digitalización (0,75 puntos)
1. La Junta de Contratación elevará al órgano de contratación las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, quien determinará la oferta más ventajosa; y requerirá al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Justificante de reembolso al Defensor del Pueblo del importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
5. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 151.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. Las empresas no adjudicatarias podrán retirar su documentación transcurrido el plazo de cuatro meses desde que se les notifique la adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la finalización del plazo anterior no se hubiera retirado esa documentación, el Defensor del Pueblo no estará obligado a seguirla conservando.
XII. GARANTÍA DEFINITIVA Cláusula 16ª
1. Recibido el requerimiento al que se refiere la cláusula anterior, el licitador deberá constituir a disposición del Defensor del Pueblo una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA), de acuerdo con lo establecido en el art. 96 del TRLCSP.
2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Defensor del Pueblo y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Área de Régimen Económico del Defensor del Pueblo.
3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 96 a 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 17ª
1. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
2. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros en que se
XIV. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO Cláusula 18ª
1. Corresponde al órgano de contratación la renuncia a la celebración del contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, o el desistimiento del procedimiento, basado en la infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación; en ambos casos antes de la adjudicación.
2. Los licitadores serán compensados por los gastos en que hubiesen incurrido, siempre que estos estuvieran debidamente justificados.
XV. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN Cláusula 19ª
1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Defensor del Pueblo la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si esta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y si así se justifica suficientemente.
3. El órgano de contratación podrá imponer penalizaciones a los contratistas por el incumplimiento de los requisitos, normas o reglas que rigen la subcontratación, dentro de los límites del artículo 227.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 60% del importe de adjudicación.
5. Respecto al pago a los subcontratistas y suministradores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. El adjudicatario estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral; asimismo, las relacionadas con las autorizaciones y licencias necesarias para realizar la prestación objeto del contrato, las relativas a la propiedad industrial y comercial de los medios que emplee, así como las referentes a la propiedad de los trabajos realizados, confidencialidad y asistencia al Defensor del Pueblo.
2. El adjudicatario estará obligado a realizar los suministros y el servicio dentro de los plazos temporales y horarios que se le señalen por el Defensor del Pueblo o personal en que delegue.
3. La empresa adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los servicios que preste, así como de la idoneidad técnica del personal que emplee.
4. El adjudicatario y su personal quedarán sujetos a las instrucciones y controles de seguridad que se dispongan para el acceso de visitantes a las sedes del Defensor del Pueblo, a cuyo efecto les puede ser requerida la documentación acreditativa de su identidad y situación jurídica en España, cuyos datos quedarán incorporados a los ficheros correspondientes bajo titularidad de esta Institución.
XVII. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1. El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones.
2. El Defensor del Pueblo no será responsable de las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que éste cuente para la ejecución del contrato.
3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
4. El contratista asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y sobre el programa de actuación definitivo que se derive de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.
5. En la planificación y el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, es responsabilidad del contratista atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etcétera. Para ello deberá realizar a su cargo los cursos de formación necesarios entre su personal.
XVIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
2. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en las cláusulas del presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como a las instrucciones que para la interpretación de los pliegos se impartieran al contratista.
3. El plazo de entrega de los equipos será de dos meses a contar desde la fecha de la firma del contrato y el plazo de ejecución del contrato será de 12 meses a contar, asimismo, desde la fecha de la firma del contrato..
4. El adjudicatario deberá disponer y mantener los medios personales y materiales suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato conforme a la oferta que formulase, durante toda la vigencia del contrato.
5. El adjudicatario vendrá obligado a asistir a las reuniones y a realizar los servicios profesionales que el Defensor del Pueblo estime necesarios para el correcto desarrollo del contrato, sin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria por tales conceptos.
6. El adjudicatario quedará obligado, con respecto al personal que emplee para la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo; siendo el Defensor del Pueblo no asume responsabilidad alguna derivada de dichas relaciones laborales. A la extinción del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos o servicios complementarios, al objeto principal del mismo, como personal del Defensor del Pueblo, conforme al artículo 301.4 del TRLCSP.
7. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios que desarrolle, de los materiales suministrado y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Defensor del Pueblo o para terceras personas por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen sean consecuencia directa de una orden del Defensor del Pueblo o de las condiciones impuestas por éste.
Los suministros y servicios objeto de este contrato podrán ser rechazados, en caso de no superar los requisitos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, debiendo subsanarse los defectos apreciados o llegar a la resolución del contrato, en su caso.
En la planificación del suministro y la ejecución de los servicios conexos es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc. Por ello deberá realizar el adjudicatario a su cargo los cursos de formación necesarios entre su personal para mantener actualizados sus conocimientos en estas materias.
9. Los gastos de entrega y recepción serán por cuenta del contratista según lo establecido en el artículo 297 del TRLCSP.
10. Los vicios o defectos detectados durante el plazo de garantía serán reclamados al contratista según lo establecido en el artículo 298 del TRLCSP.
XIX. RESERVA, CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD Cláusula 23ª
1. El adjudicatario queda obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación. La obligación de confidencialidad subsistirá, sin límite de tiempo, más allá de la vigencia del contrato.
2. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional vigésima sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con lo prevenido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
3. En atención a los ficheros de datos de carácter personal establecidos en el Defensor del Pueblo, el adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier intento de acceso por parte de su personal a la información contenida en dichos ficheros en cualquiera de sus soportes. Asimismo, el adjudicatario se compromete a instruir a su personal de la obligación de confidencialidad sobre cualquier dato personal del que pueda tener noticia, con ocasión de su presencia en las instalaciones de la Institución.
4. El Defensor del Pueblo se reserva el derecho de establecer cualquier tipo de marcaje de los datos que se pondrán a disposición del adjudicatario, de manera que sus características puedan constituirse como prueba que posibilite localizar el origen y los responsables de las eventuales cesiones de datos. Asimismo, el Defensor del Pueblo podrá realizar en cualquier momento controles y auditorías para comprobar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario respecto de los datos puestos a su disposición.
5. Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá suministrar a terceros, ni tan siquiera a efectos de conservación, ni utilizar para sí ni para otros los datos facilitados por el Defensor del Pueblo para fines distintos a los contemplados en el objeto del presente contrato.
7. El Defensor del Pueblo exigirá responsabilidad al adjudicatario y repercutirá los costes derivados de posibles reclamaciones ocasionadas por negligencia o falta de confidencialidad por su actuación o la de cualquier persona que actúe por cuenta del adjudicatario.
8. El incumplimiento de las obligaciones señaladas anteriormente dará derecho al Defensor del Pueblo a exigir las correspondientes responsabilidades de tipo civil y penal a que hubiere lugar.
9. El licitador deberá incluir en su oferta la designación de la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con el Defensor del Pueblo, a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar.
10. Los datos de carácter personal del adjudicatario quedarán incorporados a un fichero propiedad del Defensor del Pueblo con la finalidad de gestionar la relación contractual y asegurar el adecuado seguimiento y control de la ejecución del contrato. De igual modo, todas las personas que actúen por cuenta o en representación del adjudicatario quedarán sujetas a las instrucciones y controles de seguridad que se dispongan para el acceso y la salida a las sedes del Defensor del Pueblo, a cuyo efecto les puede ser requerida la documentación acreditativa de su identidad y, en su caso, situación jurídica en España, de las que se podrán obtener copias, así como registrar los datos personales que estas incorporan, que quedarán registrados en los ficheros correspondientes bajo titularidad de esta Institución. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se realizará ante la Secretaría General del Defensor del Pueblo, en la dirección que figura en el párrafo I del cuadro resumen de características del presente procedimiento.
11. El Defensor del Pueblo se reserva la facultad de excluir a cualquier persona de entre las de responsabilidad del adjudicatario del cumplimiento del contrato, por razones de seguridad.
XX. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO Cláusula 24ª
1. El abono de los trabajos derivados de este contrato se realizará previa presentación de la factura por suministro efectivamente entregado, según el artículo 293 TRLCSP. La factura será verificada por el Área de Infraestructuras, quién habrá de expresar su conformidad.
2. El órgano de contratación determinará, previo informe del responsable del contrato, si el suministro y servicio realizado por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento requiriendo, en su caso,
XXI. REVISIÓN DE PRECIOS Cláusula 25ª
Durante el plazo de ejecución del contrato, no podrán revisarse los precios resultantes de la adjudicación, conforme a la nueva redacción dada al art. 89 del TRLCSP por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
XXII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 26ª
1. Serán causas de resolución del contrato las consignadas en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo el Defensor del Pueblo podrá resolver el contrato si, con posterioridad a la adjudicación, se comprobase la falsedad en los datos aportados por el adjudicatario y que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.
2. También serán causas suficientes de resolución del contrato las que a continuación se indican:
a) La apreciación, por parte del Defensor del Pueblo, de negligencia, desinterés o mala fe por parte del adjudicatario, en la adecuada ejecución y coordinación del servicio.
b) No mantener el adjudicatario las características técnicas contratadas y prestar los servicios comprendidos en este contrato.
c) No guardar el adjudicatario el debido sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos, estén relacionados con el objeto del contrato y haya conocido con ocasión del mismo.
3. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar al Defensor del Pueblo por los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda el importe de la garantía.
4. La resolución por mutuo acuerdo sólo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución que sea imputable al contratista, y siempre que existan razones justificadas que hagan innecesaria o inconveniente la continuidad del contrato. Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
5. La concurrencia de cualquiera de las causas de resolución será apreciada por el Defensor del Pueblo, de oficio o a solicitud del contratista, sin perjuicio de las acciones judiciales o extrajudiciales que procedan.
XXIII. PRERROGATIVAS Y RECURSOS Cláusula 27ª
1. El Defensor del Pueblo ostenta la prerrogativa de interpretar lo dispuesto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
2. Los acuerdos de la institución del Defensor del Pueblo son inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de Contrato del Sector Público.
3. Las decisiones que se adopten por el Defensor del Pueblo en lo referente a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato podrán ser objeto de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, según lo prevenido en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de la posibilidad de interponer previamente si resultara procedente, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los actos que se dicten en el procedimiento de adjudicación del art. 40 que no reúnan los requisitos del apartado 1, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Serán susceptibles de la cuestión de nulidad o del recurso especial en materia de contratación los actos del procedimiento de contratación, cuando los citados medios de impugnación sean procedentes de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 41 del TRLCSP.
5. La competencia para resolver las controversias que surjan entre las partes con relación a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. También conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por el órgano de resolución de recursos previstos en el artículo 41 del TRLCSP, es decir el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales, órgano especial competente para resolver estos recursos.
D/D.ª ,
con DNI núm. En nombre propio/en representación de la empresa , con CIF núm. y
domicilio en , calle
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la cual representa, sus representantes y administradores, así como el mismo no están incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
Que la empresa, a la cual representa legalmente, se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en concreto aquellas a las que se refieren los artículos 13 y
14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En , a de de 2015.
Fdo.:
ANEXO II. MODELO DE ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Doña
en representación de la empresa ,
con NIF , (1) actuando en nombre propio/con poder suficiente para formalizar el presente documento conforme se acredita en el correspondiente poder notarial:
SOLICITA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA RENOVACION XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y
STREAMING que acepta los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas en su integridad.
Y FORMULA la siguiente oferta económica:
Contratación del suministro para la renovación xx xxxx multimedia, grabación y streaming. | |
Precio total del suministro, sin IVA |
Y SE COMPROMETE a realizar el suministro indicado y prestar los servicios conexos de acuerdo con esta proposición económica, por un precio , más IVA.
En , a de de 2015
CONTRATO DE SUMINISTROS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
SISTEMA DE ADJUDICACIÓN:
PROCEDIMIENTO ABIERTO
TRAMITACIÓN:
ORDINARIA
DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO:
CONTRATACIÓN DE RENOVACIÓN XX XXXX MULTIMEDIA, GRABACIÓN Y STREAMING
III.1. FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS ACTUALES 4
III.1.1 SITUACIÓN GENERAL ACTUAL 4
III.1.5 Cabinas de traducción simultánea 8
III.2 FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS REQUERIDAS 9
III.2.1 Comunes en todas las salas 9
IV.1 INGENIERÍA E INSTALACIÓN 18
IV.3 PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO 20
IV.5 GARANTÍA Y MANTENIMIENTO Y SOPORTE 21
La institución del Defensor del Pueblo, cada vez con mayor frecuencia, hace uso de los sistemas multimedia que tienen a su disposición, repercutiendo en un aumento de productividad y efectividad de su personal. En este ámbito, la utilización de un sistema unificado y centralizado de tratamiento de imágenes y sonido añadirá una mejora en el aprovechamiento de los recursos de la Institución.
II. OBJETO DEL CONTRATO
El presente pliego tiene como objeto la interconexión de los sistemas audiovisuales, grabación y streaming de tres xxxxx xxx Xxxxxxxx del Pueblo, dotando a las mismas de las infraestructuras necesarias, así como la renovación del equipamiento actual a tecnología más moderna, para dar cobertura a los actos institucionales y reuniones que se celebren en la Institución.
III. ALCANCE DEL CONTRATO
El conjunto de medios audiovisuales de los que en la actualidad dispone la institución del Defensor del Pueblo se encuentran en tres salas independientes y no homogéneas descritas en el punto III.1. FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS ACTUALES.
Los licitadores deberán entender la descripción de los servicios y de las funcionalidades de los equipos actuales presentadas en el documento como de requisitos mínimos a garantizar en su propuesta, sin perjuicio de aquellos que consideren oportunos añadir. Por ello, deberán realizar en sus propuestas una exposición detallada del conjunto de la solución, indicando de forma clara y por sistema, la incorporación de nuevos equipos y la reutilización o la actualización de los ya existentes.
La nueva plataforma de audiovisuales de la institución del Defensor del Pueblo, deberá contemplar la interconexión, sistema de grabación centralizado, sistema de streaming centralizado y adecuación de los sistemas actuales para el adecuado funcionamiento en el nuevo escenario.
El alcance de suministro comprende, entre otros aspectos, el mantenimiento y actualización de todos los elementos constituyentes, garantizando su plena operatividad y manteniendo de las condiciones que se indican en el presente pliego durante todo el periodo de mantenimiento.
Se incluirá en la oferta todo el material necesario, así como la mano de obra requerida para el correcto funcionamiento de los elementos, ya sea equipamiento hardware, software, adecuación xx xxxxx, cableados, etc.
En caso de que el suministro de los equipos se realizase mediante medios de acceso no exclusivos, es decir, compartidos con otros clientes del adjudicatario o con otros terceros, deberá señalarse en las propuestas presentadas.
III.1. FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS ACTUALES
III.1.1 SITUACIÓN GENERAL ACTUAL
El Defensor del Pueblo tiene dos edificios en los que desarrolla habitualmente su actividad, principalmente en tres salas y tres cabinas auxiliares, que son las que entran dentro del estudio del presente documento.
Se pueden consultar los planos de planta en los anexos del presente documento así como un listado completo de los equipos utilizados en las plataformas actualmente operativas.
La comunicación para el intercambio de señales de emisión y recepción de audio y vídeo entre salas es limitada o nula.
La comunicación a través de la red de datos informática se realiza aprovechando el cableado estructurado ethernet de los edificios con protocolos TCP/IP a velocidad 1000/100/10 Mbps full-duplex.
III.1.3 Sala I
Situada en el edificio de la calle Xxxxxxx número 22 en la planta principal, accesible desde el vestíbulo y contigua al despacho de la defensora.
Se realizan actividades con otras instituciones o públicas, ya que es un salón representativo del Defensor del Pueblo con techos de artesonado, tapices y cuadros en paredes y un mobiliario con obras, obsequios y regalos institucionales. Entre el
Los sistemas que actualmente están implantados en la sala son:
- Sistema de megafonía inalámbrica: El sistema incluye una unidad central de proceso (modelo Bosch DCN-CCU2) con antena cableada (modelo BoschDCN-WAP) y catorce micrófonos inalámbricos con altavoz incorporado. Aunque el sistema es autónomo se encuentra conectado al sistema de unificación de audio.
- Sistema de equipo informático de escritorio: Se trata de un equipo personal multimedia (modelo AsRock Vision HT 420D) conectado a la red corporativa.
- Sistema de comunicación con dispositivos móviles: Es un equipo (modelo Xxxxxxxx XXXX ADAPT.) para que se puedan conectar dispositivos móviles tanto corporativos como de visitantes para presentaciones.
- Sistema de videoconferencia: Incluye un equipo de video conferencia (modelo Cisco SX80), cámara y un panel de gestión. Va conectado al sistema unificado de audio para la entrada y salida del sonido y al sistema de visualización de vídeo, como interfaz con el usuario xx xxxx.
- Sistema de unificación de audio: Se trata de una mesa de mezclas (modelo Sound Craft EPM6)
- Sistema de salida de audio: Es una barra de sonido (modelo LG NB4540) que se encuentra conectada a la televisión.
- Sistema de visualización de vídeo: Es una pantalla de televisión (modelo Sharp LC80LE657E) al que se encuentran conectados los diversos dispositivos que emiten vídeo. Se oculta cuando no se utiliza en un cajón que se encuentra detrás del mueble frontal.
Los sistemas expuestos permiten principalmente:
- Exposición de presentaciones a grupos de trabajo desde el equipo de escritorio o dispositivo móvil por la pantalla de televisión o hacia el sistema de videoconferencia.
- Realización de mesas redondas con megafonía.
- Videoconferencias con otras instituciones representativas.
III.1.1 Sala II
Situada en el edifico de la calle Xxxxxxx número 42 en la planta principal, accesible desde el vestíbulo, utilizada generalmente para eventos públicos y con una
distribución de escenario para los ponentes y filas de asientos frente al escenario, con una habitáculo de control técnico al fondo de la estancia.
Se trata de un salón de actos en el que se busca una funcionalidad práctica acorde a la tecnología actual de relación con actividades públicas de conferencias, exposición de presentaciones actos similares con o sin medios de prensa. La sala cuenta con un escenario elevado con una mesa dividida en cinco puestos, una zona destinada a público con filas de asientos y una cabina de control con dos puestos de trabajo y un armario de electrónica destinado a contener los elementos necesarios y su conexión.
Los sistemas que actualmente están implantados en la sala son:
- Sistema de iluminación: Por la peculiaridad de los actos celebrados en esta sala incluye iluminación de escenario, iluminación xx xxxx y control de luz exterior mediante un sistema robotizado la las persianas de las ventanas, todo centralizado desde la cabina de control.
- Sistema de captación de vídeo: La sala tiene para la toma de imágenes dos cámaras motorizadas (modelo AW-E650) que permiten recoger imágenes de la mesa y del público.
- Sistema de megafonía: Incluye cinco micrófonos xx xxxx con altavoz incorporado (modelo BOSCH micrófono conectable flexible DCN-MICS, panel para control de micrófono DCN-FMICB, panel con conexión de micrófonos DCN-FMIC, panel con altavoz DCN-FLSP, interface DCN-DDI, panel de prioridad DCN-FPRIOB, DCN CCU) y dos micrófonos de mano (modelo sistema inalámbrico de mano AKG WMS 4000 HT + cápsula D3800WL1.) con receptor inalámbrico cableado al sistema de audio (modelo LBB 1928/20).
- Sistema de TDT: Hay un receptor de señal de televisión digital que envía la señal a la plataforma.
- Sistema de equipo informático de escritorio: Se trata de un equipo personal multimedia (modelo Ordenador Intel Core2 Duo E6400) que se utiliza para grabación y edición (software Avid Liquid Pro) de eventos y control de activación/desactivación de micrófonos xx xxxx.
- Sistema de videoconferencia: Incluye una plataforma para la comunicación mediante videoconferencia (modelo Aethra Super Set Codec AVC 8500). Actualmente este equipo se encuentra obsoleto, lo que los descarta para su reutilización y pendiente de su sustitución en otro proyecto paralelo.
- Sistema de unificación de audio: Se trata de una mesa de mezclas (modelo Yamaha MG24/14FX)
- Sistema de unificación de vídeo: En el momento que se realizó el salón obligaba para un buen tratamiento de las señales de vídeo llevar señales separadas del vídeo propiamente dicho y la señal VGA. Para gestionar dichas imágenes se utilizaron dos matrices de vídeo y VGA (modelo Extron MAV
PLUS 16X16AV 00-000-00 y Extron MVX 88 VGA 00-000-00
respectivamente).
- Sistema de salida de audio: Incluye altavoces frontales del escenario y altavoces de techo en la sala.
- Sistema de salida para medios de prensa: Consistente en un armario móvil con paneles montados (modelo Moxie 1E/16S ADD 208 y Xxxxxx SDI 1E/8S SD 7108) que suministra de señal de audio y vídeo para los medios de prensa que así lo requieran.
- Sistema de visualización de vídeo: En el momento de la elaboración de este proyecto se estaba realizando la instalación de un proyector (modelo Sony VPL-FHZ700L) que para la conexión al actual sistema utiliza procesadores de vídeo auxiliares (Extron XTP SR HDMI y HDMI DA6 y Xxxxxx VP-426). También se visualizan las señales necesarias de vídeo y VGA en la cabina de control para su gestión por los operadores y cinco monitores encastrados en la mesa de conferencias para los ponentes.
- Sistema de grabación de audio y vídeo: Se tienen diversos sistemas de hardware para almacenar los eventos realizados. Existen dos magnetoscopios (modelo DVCPRO Panasonic AJ-SD255E), dos grabadores de DVD (modelo Sony RDRHXD 970 B) y un grabador de audio (modelo Marantz PMD 560).
Los sistemas expuestos permiten principalmente:
- Exposición de presentaciones de vídeos o diapositivas desde un equipo de informático ubicado en la mesa del escenario o la cabina de control por el proyector para el público y/o a través de los monitores encastrados en la mesa para los ponentes.
- Realización de presentaciones con megafonía.
- Grabación de sonido con vídeo o sin el de todos los actos y sus presentaciones. Realización de copias para su publicación o entrega inmediata en formato físico.
III.1.4 Sala III
Situada en el edifico de la calle Xxxxxxx número 42 en la planta principal, accesible desde el vestíbulo, utilizada generalmente para reuniones de trabajo y con una distribución xx xxxx redonda, ya que es un salón representativo del Defensor del Pueblo. Entre el mobiliario se encuentra una mesa de trabajo modular que se utiliza para las reuniones de trabajo. Cuenta con un armario móvil para contener la electrónica necesaria y una pantalla en un ventanal que se recoge en un cajón en la parte superior y permite el visionado de un proyector que se encuentra oculto en la parte opuesta.
Los sistemas que actualmente están implantados en la sala son:
- Sistema de megafonía inalámbrica: El sistema incluye una unidad central de proceso (modelo Bosch DCN-CCU2) con antena cableada (modelo BoschDCN-WAP) y diez micrófonos inalámbricos con altavoz incorporado. Aunque el sistema es autónomo se encuentra conectado al sistema de unificación de audio.
- Sistema de TDT: Hay un receptor de señal de televisión digital que envía la señal a la plataforma.
- Sistema de equipo informático de escritorio: Se trata de un equipo personal multimedia (modelo AsRock Vision HT 420D) conectado a la red corporativa.
- Sistema de comunicación con dispositivos móviles: Es un equipo (modelo BRIO Team +) para que se puedan conectar dispositivos móviles tanto corporativos como de visitantes para presentaciones.
- Sistema de salida de audio: Son dos altavoces (modelo) que se encuentran sobre soportes de pared.
- Sistema de selección de vídeo: Se trata de un equipo que permite elegir la señal enviada al proyector (modelo CDATA LKV401)
- Sistema de unificación de audio: Se trata de una mesa de mezclas (modelo ECLER CA200Z + 2UHRMKIT)
- Sistema de visualización de vídeo: Es un proyector de vídeo (modelo Xxxxxxxx DHD600-G) conectado al sistema de selección de vídeo.
- Sistema de grabación de audio: Se tiene un sistema hardware para almacenar el audio de los eventos realizados, un grabador de audio (modelo Marantz PMD 560).
Los sistemas expuestos permiten principalmente:
- Exposición de presentaciones a grupos de trabajo desde el equipo de escritorio o dispositivo móvil por la pantalla de televisión o hacia el sistema de videoconferencia.
- Realización de mesas redondas con megafonía.
III.1.5 Cabinas de traducción simultánea
Cuando se tiene que realizar un acto en la SALA II que requiere un puesto técnico de apoyo, generalmente para la traducción simultánea se monta una o varias cabinas externas en el mismo edifico xx Xxxxxxx 42 para dicho trabajo.
Estos puestos requieren que se les mande vídeo y audio de la sala de diversas maneras para su tratamiento. La señal de vídeo que requieren es suministrada
Existen tres posibles alternativas para la ubicación de las cabinas:
- La primera consiste en utilizar una cabina ubicada en un despacho de la planta baja y preparada para la traducción simultánea con dos pupitres instalados y dos pantallas.
- La segunda consiste en instalar temporalmente una segunda cabina más en un despacho colindante al mencionado en la primera opción. Esta cabina se encuentra cableada y permite añadir otros dos pupitres y dos pantallas.
- La tercera consiste en montar una cabina temporal poniendo paneles de aislamiento en el vestíbulo de entrada y utilizando un panel de conexiones cableado.
Las cabinas necesitan de la sala en la que se desarrolla el evento una señal de audio y dos señales de audio/vídeo/VGA. La señal de audio suministra audio a una unidad de transmisión DCN de 4 canales (modelo BOSCH INT-TX04) para los pupitres de los traductores. La primera señal audio/vídeo/VGA suministra emisión a las cabinas de la planta baja a través de un transmisor (modelo EXTRON TP T 15HD AV) y la segunda señal audio/vídeo/VGA para emitir al panel del vestíbulo para la cabina que se montara.
III.2 FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS REQUERIDAS
La solución compuesta por los servicios y funcionalidades de los equipos comentados en el punto III.1. FUNCIONALIDADES DE LOS EQUIPOS ACTUALES y complementados con los servicios y funcionalidades adicionales requeridos en el presente punto será considerada por las empresas licitantes como los servicios y funcionalidades mínimas de obligado cumplimiento por los equipos, sin menoscabo de las mejoras en características, servicios y funcionalidades de los equipos que el licitante proponga y de las posibles mejoras que se indiquen en los subapartados del presente punto, pero que, en todo caso, siempre representen un avance tecnológico tanto en equipamiento.
III.2.1 Comunes en todas las salas
Adicionalmente a los servicios de los equipos ya existentes en cada una de las salas y los propuestos en posteriores puntos donde se trata individualmente a cada una
de ellas, se solicitan los siguientes funcionalidades a los equipos que serán comunes a todas las salas descritas en este documento:
1. Tratamiento de la señal de video digital.
El procesado de la señal de video deberá ser digital, salvo en los casos concretos en los que se que pida compatibilidad con señales analógicas, como por ejemplo VGA.
2. Conectividad entre todas las salas.
Cualquier señal de audio y video originada en una de las salas deberá poder ser transmitida a cualquiera de las otras dos, incluso de forma concurrente. Esta señal, a su vez, deberá poder ser tratada en la sala de destino como una más de sus señales.
Por ello, se solicita el uso de matrices de conmutación HDMI de alto rendimiento para resoluciones de vídeo de ordenador y vídeo hasta 4K, incluyendo 1080p/60 con Deep Color. El audio digital debe poder ser desembebido desde cualquier entrada y asignarse a salidas estéreo digitales o analógicas para facilitar la integración. Además han de tener suficientes entradas y salidas para realizar todas las conmutaciones de AV necesarias, según las necesidades que se indican para cada sala y dejando siempre entradas y salidas libres para dar capacidad de ampliación al proyecto, valorando mejor a aquellos licitantes que provean de capacidad de crecimiento más razonable.
Por último, las empresas licitantes deberán realizar sus proyectos de forma que aseguren la compatibilidad de todas las señales de AV, de forma que se mantengan todas las prestaciones actuales adicionalmente a las mejoras e indicaciones individuales que se traten a lo largo de este documento.
3. Grabación principal y servicio de grabación de backup.
Se solicita grabación principal con las siguientes características:
− Compatible con al menos los formatos SD y HD (1080p60), la compatibilidad con formatos superiores se considerará como mejora.
− Capacidad para insertar metadatos, con marcado de capítulos y eventos con imágenes en miniatura.
− Superposición de texto de metadatos.
− Grabación a resoluciones 480p, 720p, 1080p, 1024x768 o 1280x1024. Utilización de resoluciones de vídeo estándar o resoluciones de vídeo de ordenador según el contenido o los requisitos de visualización.
− Grabaciones compatibles con sistemas de gestión de contenidos de otros fabricantes, incluyendo iTunes-U, YouTube y feed RSS.
− Conmutación limpia.
− Las grabaciones habrán de guardarse en el disco interno, un almacenamiento USB, o un directorio de almacenamiento de red definido o cualquier combinación de los anteriores.
− Formato de archivo multimedia compatible.
− Facilidad de configuración y manejo, pudiendo realizarse la manipulación desde panel frontal y desde sistemas de control externo, como una pantalla LCD táctil.
− Compatible con tipos de señales AV comunes, incluyendo HDMI, por componentes HD y compuesto. Se considerará como mejora la inclusión de más tipos, como por ejemplo 3G-SDI.
− El equipo de grabación principal deberá ubicarse en la propia sala.
El equipo de grabación de backup, deberá hacer una grabación de seguridad simultánea a la grabación principal cumpliendo con características similares a las de la grabación principal, sin necesidad de la capacidad de insertar metadatos, pudiendo, en este caso, ser un equipo central ubicado en la denominada como sala II, en cuyo caso deberá tener capacidad de realizar tres grabaciones simultaneas de distintos orígenes y ser gestionable vía Web. No obstante, se considerará como mejora que no se trate de un único equipo central y si de un equipo en cada sala.
Se deberá mantener la grabación de audio actual, sin menos cabo de cualquier actualización o adición de funciones que los licitantes consideren oportunas, considerando estas como mejora del sistema de audio.
4. Streaming.
Los equipos utilizados en el streaming deberán cumplir las siguientes características:
− La solución propuesta deberá ser compatible con los protocolos de transporte de push streaming de Akamai, servicio contratado actualmente por el Defensor del Pueblo, sin que ello suponga a la institución ningún coste adicional.
− Se solicita una sesión concurrente de streaming hacía Akamai y capacidad de al menos 40 sesiones concurrentes unicast para realizar streaming interno.
− Funciones de procesamiento de señales digitales y analógicas.
− Ha de soportar señales de audio digital y analógico en los canales de entrada y salida.
− Puertos de E/S flexibles para la gestión de sistemas AV avanzados para conectarse con los puertos de control y automatizar el manejo del sistema.
− La solución propuesta ha de tener capacidad de transmitir streaming de forma simultánea a dos resoluciones y tasas de bits, con el fin de conseguir que las altas resoluciones y altas tasas de bits ofrezcan imágenes de calidad superior para aplicaciones xx xxxxx adicionales, mientras que las bajas tasas de bits y bajas resoluciones sean más eficientes para la distribución de streaming o aplicaciones de visualización de referencia.
− Ha de realizar streaming a resoluciones que irán desde una mínima de 512x288, hasta 1080p/30, como mínimo, en la máxima.
− Compresión de vídeo basada en los estándares H.264/MPEG-4 AVC.
− Deberá procesar dos señales AV de alta resolución desde como mínimo cinco entradas disponibles.
− El personal técnico de la institución de Defensor del Pueblo ha de tener capacidad de poder visualizar el streaming a baja resolución para funciones de soporte.
− Funcionamiento sin necesidad de adquirir licencia.
− Escalado de alta calidad con gestión flexible de dos ventanas. Mostrando una o dos fuentes de alta resolución en varias disposiciones de ventana, incluyendo Picture-in-Picture y Picture-by-Picture para una interpretación óptima.
− Protocolo de anuncio de sesión (SAP) y protocolo de descripción de sesión (SDP).
− Mezcla de audio y funciones DSP.
− Codificación de audio AAC.
− Procesamiento de calidad para audio de múltiples fuentes.
− Gestión de señales conformes a HDCP de entrada y salida.
− Conmutación limpia.
− Facilidad de configuración y manejo, pudiendo realizarse la manipulación desde el panel frontal y desde sistemas de control externo como una pantalla LCD táctil.
− El sistema ha de tener Interfaz Web embebida que sea intuitiva con una ventana de vídeo embebida para ver el stream en directo, así como los ajustes de la fuente de entrada y codificación.
− Puerto de control RS-232.
− El equipo o equipos ofertados deben tener capacidad de guardar preajustes fácilmente intercambiables.
− Carga de archivos de imagen de fondo, de formato estándar y resoluciones de hasta 1920x1080.
− Controles de usuario para ajustar la calidad de codificación que incluyan resolución de vídeo, tasa de bits de vídeo, tasa de fotogramas, control de la tasa de bits constante o variable, longitud del GOP y tasa de bits de audio.
− La ganancia o atenuación deberán poder ajustarse en cada señal de entrada para eliminar las diferencias perceptibles al conmutar entre las diferentes fuentes, o al ajustar los niveles de audio para el stream de salida.
− Controles de imagen que incluyen brillo, contraste, muestreo de señal y sobrescaneado.
− Carcasa de montaje en rack.
Las funcionalidades y servicios proporcionados por el equipamiento instalado indicado en el punto de funcionalidades actuales de esta sala, deberán compatibilizarse y/o actualizarse conforme al proyecto descrito en el presente documento, de manera que las funcionalidades prestadas en ningún caso queden disminuidas con respecto a las que actualmente ofrece y a las solicitadas en la sección de funcionalidades comunes a todas las salas y en este punto, sin perjuicio de las funcionalidades y servicios adicionales que las empresas licitantes consideren oportunos, que serán consideradas como mejoras.
Se solicita, expresamente en esta sala, la previsión necesaria que permita la modificación del sistema de videoconferencia existente para que la cámara de video no se conecte directamente al códec de videoconferencia, si no mediante la matriz HDMI 4k el video, y mediante la señal de audio analógica proveniente de la mesa de mezclas el audio. De igual manera habrá de proveerse la conectividad de la señal de dual stream para otras fuentes en el códec desde la matriz, esta última será compatible con HDMI e incluirá el audio embebido.
Las empresas licitantes deberán indicar en sus proyectos las necesidades ajenas al proyecto, como pueden ser necesidades eléctricas y de red de datos, sin perjuicio de todas aquellas que se consideren necesarias.
Por último, las empresas licitantes instalarán equipamiento que asegure la debida capacidad de crecimiento, valorando mejor a aquellas empresas licitantes que ofrezcan una capacidad de crecimiento más razonable.
III.2.3 Sala II
Las empresas licitantes deberán proponer soluciones técnicas que cubran, adicionalmente a lo descrito en el punto III.2.1 COMUNES A TODAS LAS SALAS, la actualización de la sala II para realizar un tratamiento de la señal de video digital, con el fin de compatibilizar esta con la interconexión, grabación y streaming descritos en el punto anteriormente mencionado.
Considerando de obligado cumplimiento las funcionalidades que actualmente ofrece esta sala y sin menoscabo de aquellas actualizaciones, funcionalidades y servicios adicionales de los equipos que las empresas licitantes consideren oportunas.
Las empresas licitantes deberán indicar en sus proyectos las necesidades ajenas al proyecto, como pueden ser necesidades eléctricas y de red de datos, sin perjuicio de todas aquellas que se consideren necesarias.
Por último, las empresas licitantes instalarán equipamiento que asegure la debida capacidad de crecimiento, valorando mejor a aquellas empresas licitantes que ofrezcan una capacidad de crecimiento más razonable.
Se mencionan las siguientes características, servicios y funcionalidades de los equipos sobre las que se pretende hacer énfasis en su obligado cumplimiento:
1. Cámaras de video.
Como ha quedado reseñado en la sección de funcionalidades de los equipos actuales de esta sala, actualmente hay dos cámaras para la retransmisión y grabación de eventos y una cámara domo de posicionamiento automático, integrada en el sistema de megafonía DCN para dar soporte a las salas de traducción simultánea. Todas estas cámaras han de sustituirse por cámaras que procesen señal digital y añadir una tercera más de retransmisión y grabación de eventos, como apoyo a la cámara que enfoca a la mesa de presidencia, quedando de este modo dos cámaras que enfocan a la mesa de presidencia y una que enfoca al público, además de la domo.
En cuanto a las cámaras de retransmisión y grabación de eventos, las características que han de cumplir estas cámaras son:
− Ha de ser una cámara de alta sensibilidad.
− Ha de permitir grabaciones de alta calidad incluso en condiciones de luz escasa, con un ratio S/N superior, así como alta resolución.
− Ha de tener salidas 3G-SDI y HDMI.
− Ha de permitir la transmisión de vídeo Full HD de alta calidad a través de IP (H.264), con niveles de configuración con selección de calidad.
− Ha de tener un zoom óptico de al menos 20 aumentos.
− Ampliador digital de al menos 1,4 aumentos.
− Sistema de estabilización óptica de imagen.
En cuanto a la cámara Domo, las características han de ser las suficientes para garantizar que cumpla con las mismas funcionalidades actuales, haciendo un tratamiento de la señal digital, asegurando una perfecta compatibilidad con el resto de equipos.
Por último, se deberá proporcionar el controlador de cámaras adecuado que permita la correcta manipulación de las mismas.
2. Monitores mesa presidencial.
Los cinco monitores VGA de la mesa presidencial deberán ser reemplazados por cinco monitores digitales (HDMI/DVI) panorámicos FullHD para que cumplan con la misma función que los VGA, por lo que habrá de reemplazarse el sistema de
conexión necesario para que provea de la debida señal digital a estos monitores, y los equipos necesarios para que la señal llegue a todos los equipos con calidad y con la resolución nativa de estos.
Teniendo en cuenta que hay que adaptarlos a las medidas de los huecos existentes en la mesa, hay que intentar que los monitores sean del mayor número de pulgadas posible y queden colocados lo más arriba que se pueda del hueco existente, siempre consiguiendo una solución estética. Las medidas de cada uno de esos cinco huecos son 40x50 cm.
3. Monitores y equipos de control de cabina.
Los monitores y todos los sistemas de control de la cabina deberán reemplazarse y/o adecuarse para responder a las nuevas características digitales de la sala, garantizando al menos la misma usabilidad de la que ahora se dispone , de manera que las funcionalidades prestadas en ningún caso queden disminuidas con respecto a las que actualmente ofrece y a las solicitadas en la sección de funcionalidades comunes a todas las salas y en este punto, sin perjuicio de las funcionalidades y servicios adicionales que las empresas licitantes consideren oportunos, que serán consideradas como mejoras.
Adicionalmente, se solicita un equipo de reproducción y grabación CD/DVD/Bluray, conectado al sistema de almacenamiento de los equipos de grabación y con su salida de AV conectada a la matriz de conmutación HDMI 4K.
4. Sistema de proyección.
Todo el sistema que se esta describiendo deberá compatibilizarse adecuadamente con el sistema de proyección descrito en el punto de funcionalidades actuales de esta sala, de manera que los servicios prestados en ningún caso queden disminuidos con respecto a las que actualmente ofrece y a las solicitadas en la sección de funcionalidades comunes a todas las salas y en este punto, sin perjuicio de las funcionalidades y servicios adicionales que las empresas licitantes consideren oportunos, que serán consideradas como mejoras.
Quedarán excluidas las señales de VGA y de video componentes que actualmente recibe el proyector, ya que al actualizar a tratamiento de la señal digital la sala, no tendrán uso.
5. Cabinas de traducción simultánea.
Las cabinas de traducción simultánea reciben la señal de video, una señal VGA y el audio por medio de transmisores y receptores de par trenzado (más características en el punto de funcionalidades actuales), no se solicita la actualización de dichas cabinas, sería valorable como mejora, por lo que se pide que se mantenga su funcionalidad proveyendo de los equipos y configuraciones necesarios.
6. Xxxxx xx xxxx presidencial para ponentes y toma en cabina de control.
La mesa presidencial, consta de dos cajas de conexiones denominadas “Puesto 1” y “Puesto 2” y en la cabina de control, existe otra denominada “Puesto Cabina”, que deberán ser rehabilitadas dejando en cada una de ellas una entrada VGA, una entrada de audio y una entrada HDMI, para tomar la señal del dispositivo que se conecte y poder tratarla.
A parte, en el “Puesto 1” de la mesa presidencial, se proveerá una salida HDMI para poder conectar una pantalla externa y emitir la misma señal que los monitores de la mesa presidencial.
7. Sistema de videoconferencia.
Como ya se ha mencionado, existe un equipo de videoconferencia obsoleto, pero la sustitución de este equipo no será objeto del presente proyecto, aunque si habrá de prever las entradas y salidas necesarias en la matriz para que en la instalación del nuevo sistema, el códec pueda ser suministrado tanto de señal AV mix de las cámaras, como la señal de dual stream para otras fuentes, ambas HDMI con el audio embebido.
8. Sistemas de audio y cancelador de eco.
El sistema de audio descrito en el punto de funcionalidades actuales de esta sala deberá compatibilizarse y/o actualizarse conforme al proyecto descrito en el presente documento, de manera que las funcionalidades prestadas en ningún caso queden disminuidas con respecto a las que actualmente ofrece y a las solicitadas en la sección de funcionalidades comunes a todas las salas y en este punto, sin perjuicio de las funcionalidades y servicios adicionales que las empresas licitantes consideren oportunos, que serán consideradas como mejoras.
Adicionalmente, se requiere la instalación de sistemas de cancelación de eco para el sistema de megafonía de la mesa presidencial, que asegure una buena calidad de audio tanto en su amplificación y emisión a la sala, como en la grabación.
9. Sistema de colaboración para presentaciones inalámbricas.
Se pide un sistema de presentaciones para poder conectar de forma inalámbrica al menos cinco dispositivos a la vez, ordenadores, smartphones y/o tabletas, con la intención de poder mostrar sus contenidos audiovisuales en una pantalla y altavoces.
El equipo deberá cumplir las siguientes características:
− La conexión se realizará por medio de WiFi Direct, para poder mantener la conexión WiFi que le de salida al dispositivo hacía Internet.
− Compatible con sistemas IOS, Android y Windows.
− FullHD 1080p.
− Pizarra.
− Salidas: al menos 2 HDMI o 2 DisplayPort, a ser posible con audio embebido. Con soporte para resoluciones personalizadas.
− Entradas:
- DVI-D con soporte para resoluciones hasta 2560 x 1600.
- Que admita hasta 5 señales de video con resoluciones desde 640 x 480 a 1920 x 1080 (H.264)
- Al menos 2 entradas analógicas de audio.
- Entre 4 y 6 USB.
- Conectores RJ-45 GigaEthernet.
10. Distribuidor de señales para prensa.
Actualmente existe un distribuidor de prensa que provee de señales de audio y video que deberá ser actualizado para ofrecer las señales de audio y video conforme al uso actual de estos equipos, considerando como prestaciones mínimas, las siguientes:
− Doble distribuidor de señal HD/SD-SDI de 1 entrada a 6 salidas.
− Distribuidor de vídeo digital XXX xx 0 xxxxxxx x 00 salidas.
− Down Converter" de señal 3G/HD/SD-SDI a SDI.
− Down Converter" de señal SDI a PAL.
− Controlador de comunicaciones por Ethernet/EIA-TIA-232- F/EIATIA-485-A con XXX.
− Rack adecuado para la instalación de todos los equipos.
III.2.4 Sala III
Las funcionalidades y servicios proporcionados por el equipamiento instalado indicado en el punto de funcionalidades de los equipos actuales de esta sala, deberán compatibilizarse y/o actualizarse conforme al proyecto descrito en el presente documento, de manera que las funcionalidades prestadas en ningún caso queden disminuidas con respecto a las que actualmente ofrece y a las solicitadas en la sección de funcionalidades comunes a todas las salas y en este punto, sin perjuicio de las funcionalidades y servicios adicionales que las empresas licitantes consideren oportunos, que serán consideradas como mejoras.
Se ha de proveer de capacidad necesaria para acoger la futura instalación de un equipo de videoconferencia de manera que tanto la señal AV de la cámara de video, como la señal de dual stream para otras fuentes, no se conecten directamente al
Las empresas licitantes deberán indicar en sus proyectos las necesidades ajenas al proyecto, como pueden ser necesidades eléctricas y de red de datos, sin perjuicio de todas aquellas que se consideren necesarias.
Por último, las empresas licitantes instalarán equipamiento que asegure la debida capacidad de crecimiento, valorando mejor a aquellas empresas licitantes que ofrezcan una capacidad de crecimiento más razonable.
III.3 MEJORAS.
En este punto se agrupan las mejoras que se han ido indicando a lo largo de todo el presente documento:
− El equipo de backup secundario no se trate de un único equipo central y si de un equipo en cada sala.
− El número de sesiones concurrentes del denominado “streaming interno” por encima de las indicadas.
− Funcionalidades adicionales a las indicadas en aquellos equipos en los que se haya descrito un mínimo.
− Capacidad de crecimiento razonable en el sistema de interconexión y conmutación. Entendiendo como razonable un crecimiento que no sea desproporcionado ni mínimo.
− Mejoras adicionales en el sistema de audio a las solicitadas en el presente documento, incluida en la digitalización.
IV SERVICIOS ASOCIADOS
De forma adicional a los requisitos técnicos demandados, las ofertas deben presentar soluciones a los siguientes servicios asociados:
IV.1 INGENIERÍA E INSTALACIÓN
IV.1.1 Ingeniería
La empresa adjudicataria garantizará la integración del proyecto con la participación de su departamento de ingeniería, que participará en el diseño, desarrollo, ejecución y puesta en marcha del mismo. Además propondrá soluciones alternativas en caso de imprevistos técnicos o funcionales.
También es su responsabilidad presentar un cronograma final detallado de los trabajos a realizar, incluidas las pruebas de funcionamiento y formación del personal del Defensor del Pueblo.
IV.1.2 Instalación
La empresa seleccionada realizará la instalación de los equipos ofertados, así como el cableado de vídeo, audio y control. Básicamente, los trabajos incluidos serán los siguientes:
• Instalación de los racks y electrificación de los mismos. La conexión a la red eléctrica se hará en aquellas líneas de fuerza habilitadas para tal fin por el Defensor del Pueblo en base a las necesidades trasladadas por el jefe de proyecto.
• Instalación, fijación y cableado de los diferentes equipos de visualización y sus correspondientes estructuras y soportes ofertados, incluidas pequeñas tareas de carpintería.
• Instalación y cableado de todo el equipamiento suministrado en los racks incluyendo la adaptación mecánica de elementos que no dispongan de accesorios estándar de rack 19" y de los que requieran ubicaciones específicas.
• Instalación y cableado de todas las cajas/paneles/equipamiento suministrado fuera de racks.
• Trabajos de cableado y conexionado de video, audio, control, señalización, y demás señales necesarias para el correcto funcionamiento de todos los sistemas incluidos en el expediente.
• Conexionado eléctrico de las cajas de conexión con el cableado bajo suelo.
• Comprobación del cableado de la instalación para su correcto funcionamiento en transmisión y recepción de todas las líneas instaladas, atendiendo a las características requeridas en la normativa interna, especificaciones de estándares y recomendaciones de organismos de normalización competentes en materia de telecomunicaciones y radiodifusión que afecten a las señales en uso.
• Puesta punto por parte de la empresa adjudicatarias de los elementos que componen su oferta.
• Pruebas de instalación. Comprobación de líneas de audio, video, datos y control.
Para el desarrollo del proyecto, la empresa adjudicataria destinará un equipo compuesto por:
• Un jefe de proyecto que será la persona encargada de la coordinación del proyecto con el Defensor del Pueblo, de los trabajos diarios de instalación efectuando su coordinación y seguimiento junto con las personas designadas por el Defensor del Pueblo. También será el encargado de la fase de pruebas y puesta en marcha del sistema además de ser el representante de la empresa durante los procesos de aceptación.
• Un equipo de instalación que trabajará en las labores de cableado e instalación de equipos.
Se proporcionará un organigrama específico con las personas dedicadas al desarrollo de este proyecto. En dicho organigrama quedará reflejado el personal técnico, comercial y de dirección involucrado en el mismo.
Será responsabilidad de la empresa seleccionada:.
• Nombrar a un interlocutor responsable del proyecto que actúe como interfaz único de la empresa adjudicataria.
• Dirigir, organizar y gestionar el proyecto.
• Participar en las reuniones de trabajo acordadas.
• Mantener informado al personal del Defensor del Pueblo sobre las acciones y los resultados de las diferentes actividades.
• Asegurar la confidencialidad de los datos aportados por el Defensor del Pueblo para el desarrollo de la actividad.
• El personal de la empresa adjudicataria que tenga acceso a las oficinas del Defensor del Pueblo quedará sometido a las normas de seguridad que el Defensor del Pueblo tenga establecidas para acceso y permanencia en sus instalaciones.
• Garantizar la calidad de los servicios, suministrar las instalaciones y el equipo humano para la realización de las actividades indicadas
IV.3 PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO
Una vez adjudicado el proyecto, la empresa seleccionada acometerá a lo largo de la implantación los siguientes hitos:
• Planificación del proyecto.
• Replanteo y planimetría.
• Recepción de material.
• Instalación de Equipamiento.
• Configuración y puesta en servicio.
• Pruebas, aceptación del sistema y formación
IV.4 FORMACIÓN
La empresa adjudicataria realizará las jornadas de formación necesaria para asegurar el buen del uso del servicio en la institución del Defensor del Pueblo, así mismo prestará asesoramiento con respecto a los bienes y cuestiones relativas al buen uso y al mantenimiento de los mismos, informándole con carácter general de cualquier aspecto relacionado directamente o indirectamente con ellos.
IV.5 GARANTÍA Y MANTENIMIENTO Y SOPORTE
El adjudicatario deberá garantizar como mínimo por 1 año IN SITU los bienes objeto del presente contrato, así como el montaje y la instalación efectuada, obligándose a realizar durante dicho período el soporte técnico necesario y los cambios precisos para solventar las deficiencias detectadas imputables a la empresa adjudicataria si así lo solicita el Defensor del Pueblo, a través del responsable del contrato. En caso de ofertar una ampliación del plazo de garantía el mantenimiento cubrirá así mismo dicha ampliación.
IV.5.1 Garantía
La garantía comprenderá:
La reparación ó sustitución in situ, componentes o piezas averiadas.
Las reparaciones necesarias comprendiendo éstas los materiales, mano de obra y desplazamiento del personal técnico al lugar donde estuviera instalado el material. En caso de que Defensor del Pueblo detectase anomalías en los equipos, La empresa adjudicataria se compromete a dar un diagnostico al problema en las siguientes 24 horas naturales (horario laborable de lunes a viernes de 9,00 a 18,00 horas). Así mismo las reparaciones IN SITU se realizarán en un plazo máximo de 48 horas naturales a partir del aviso de la incidencia. Tan solo en los casos de que la reparación no pueda realizarse IN SITU y deban ser retirados para su reparación deberá proporcionarse el material de sustitución sin coste adicional para la institución.
La empresa adjudicataria llevará el control de todos los materiales y piezas de repuestos utilizados en la reparación y mantenimiento de los suministros.
IV.5.2 Mantenimiento
Se efectuarán 3 revisiones preventivas al año de las tres salas de reuniones y de los equipos suministrados pasando un informe del estado de los elementos, las posibles anomalías y reparaciones efectuadas.
Existen dos tipos de mantenimiento:
• Mantenimiento preventivo. Comprende todas las operaciones especializadas de carácter, periódico, destinadas por un lado a establecer los parámetros correctos de funcionamiento, para los diferentes equipos de las instalaciones, así como evitar la aparición de xxxxxxx y el envejecimiento de las mismas.
Hay que diferenciar entre el mantenimiento de los equipos y sistemas y el de las instalaciones.
• Mantenimiento correctivo
Existen dos tipos:
Mantenimiento correctivo planificado. Este mantenimiento supone la rectificación o subsanación de los defectos observados en las instalaciones que impidan su normal funcionamiento y la reparación de las averías, actividades que se llevarán a cabo cuando se realicen las revisiones de mantenimiento preventivo o atendiendo a los requerimientos de los responsables de la Institución que al efecto, se produzcan.
Los días de revisión las marcará el Defensor del Pueblo teniendo en cuenta el grado de ocupación de las Salas. En caso de que algún elemento de la instalación (que fuera imprescindible para el correcto funcionamiento de la sala) se tuviera que retirar para su reparación en el servicio técnico correspondiente.
Mantenimiento correctivo no planificado. Es de atención inmediata cuyas vías de solución son diversas de acuerdo a la gravedad de incidencia y atendido por un técnico competente en la materia.
Aunque no está en el ámbito particular de este contrato, se solicita una valoración económica del segundo año de mantenimiento en las siguientes condiciones:
Si tuviera en stock, dicha pieza se sustituiría sin cargo alguno. Si no dispusiera de la misma, se encargaría de alquilarla y pasar el cargo correspondiente a dicho alquiler El tiempo de reparación en el servicio técnico lo marcará dicho servicio, siendo obligación de la empresa adjudicataria comunicarlo a Defensor del Pueblo.
IV.5.3 Soporte
El soporte técnico necesario se prestará de forma gratuita durante el plazo de garantía estimado para el contrato, y que se cifra como mínimo en 1 año.
Soporte técnico procedimientos
Este apartado describe los recursos, los procedimientos y todos los detalles del servicio de mantenimiento que debe aportar la empresa adjudicataria (productos afectados, normas con las que se facilitará el servicio, tiempos de respuesta comprometidos y procedimientos) para poder ofrecer estos servicios de soporte dentro de los altos niveles de calidad, con el objetivo principal de preservar la continuidad del Sistema de Producción del Defensor del Pueblo.
Primer nivel de soporte
Debe incluir:
Suministro de nuevas versiones, revisiones, parches y documentación general del producto.
Gestión de todas las llamadas relacionadas con cualquier problema de hardware/software consulta por parte del cliente en el Helpdesk, durante las horas de trabajo locales.
- Toma de datos requeridos en cada caso de incidente.
- Administración y mantenimiento de un sistema de seguimiento de incidencias.
- Esfuerzo por resolver este problema a través del Sistema de Gestión de Incidencias y conocimiento anterior acumulado.
- Escalado del problema al segundo nivel si no se puede resolver el problema o dar una respuesta a las consultas después de un esfuerzo razonable.
Segundo nivel de soporte
Cuando un incidente o pregunta que afecte al hardware/software del equipo suministrado no se puede resolver a través del soporte de Primer Nivel, o en el caso de que el proceso de resolución esté causando retrasos afectando así al entorno de producción del cliente, la empresa adjudicataria iniciará el soporte de Segundo Nivel, el cual incluye:
- Reproducción y documentación del problema del cliente en su propia empresa. Para ello, el equipo de soporte de la empresa adjudicataria tiene instalado un laboratorio donde se intentan reproducir al máximo los entornos de sus clientes.
- Intento de resolución del incidente a través de las pruebas realizadas en el laboratorio de soporte involucrando, si fuera necesario, al grupo de ingeniería.
- Escalado del problema al fabricante si no es posible resolver el incidente o responder a la pregunta después de un esfuerzo razonable, enviando al vendedor un informe completo por escrito con todos los pasos de realizados.
- Entrega periódica al cliente sobre los seguimientos de la incidencias.
Servicio de mantenimiento horario
La empresa adjudicataria se compromete a dar un diagnostico del problema en las siguientes 24 horas naturales (horario laborable de lunes a Viernes de 9,00 a 18,00 horas)
Actualización de firmware para equipos
La empresa adjudicataria se encargara de proporcionar al cliente las actualizaciones de las versiones de FW de los equipos que sean necesarias a mantener durante la vigencia del contrato. Se requerirá procedimientos testados de actualización y marcha atrás. Diagnóstico, localización y resolución de fallos.
Control de nuevas versiones
La empresa adjudicataria informará al cliente sobre nuevas versiones software que aparezcan durante el período del servicio, informando de nuevas funcionalidades y compatibilidades.
Soporte técnico del fabricante
La empresa adjudicataria debe establecer los acuerdos necesarios con los fabricantes y suministradores a fin de garantizar la actualización de software, reparación de equipos, etc., que sean necesarios para el buen funcionamiento de los sistemas.
Stock de repuestos
La empresa adjudicataria debe garantizar la provisión y disponibilidad de cualquier clase de repuesto necesario para el mantenimiento del equipamiento objeto del presente concurso durante la vigencia del contrato.
Los elementos que sea necesario sustituir (a excepción de materiales consumibles o fungibles), para lograr un normal y correcto funcionamiento de los equipos, se suministrarán sin cargo alguno.
Equipos de sustitución temporal
Si la avería no se pudiera resolver en los plazos indicados, la empresa adjudicataria dispondrá de los componentes necesarios para realizar las sustituciones temporales que permitan mantener el servicio activo hasta la recepción de los componentes definitivos. Se suministrarán sin cargo alguno.
Método de contacto con el soporte
La empresa licitante proporcionará los medios por los que se podrá solicitar soporte, en concreto número de teléfono y correo electrónico.
Seguimiento del incidente
Una vez establecido el contacto con la persona de soporte técnico adecuada, se comenzará a abordar la solución del problema, para lo cual se seguirán las siguientes pautas:
- El objetivo de la intervención será la resolución definitiva del problema o conseguir paliarlo lo suficiente como para que la gravedad del mismo disminuya y varíe su grado de severidad asignado.
- Se revisarán los síntomas del problema así como los resultados de las primeras pruebas realizadas por el cliente, intentando comprender el origen del mismo.
- Se buscará una primera solución o, al menos, una solución alternativa que permita salir del paso con el problema, impidiendo, en lo posible, que afecte al funcionamiento global del sistema y al trabajo normal de los usuarios del mismo.
- Se analizará el estado del incidente determinando, por ambas partes, si es necesario que la persona de soporte se desplace a las oficinas del cliente a realizar el seguimiento del mismo e intentar su solución definitiva o la reducción de su severidad.
- La persona de contacto del cliente será informada, regularmente, sobre la evolución del problema, las pruebas llevadas a cabo, los resultados obtenidos, las siguientes acciones a realizar y las posibilidades que vayan surgiendo para solucionar o paliar el problema.
- Si el técnico de soporte no tuviera posibilidad de resolver o paliar el problema, deberá contactar con el soporte técnico del propio proveedor, para que sean ellos los encargados de dar las pautas a seguir para resolver el problema.
V. DOCUMENTACIÓN
La documentación a entregar una vez finalizado el proyecto se entregará tanto en papel como en formato electrónico y constará de:
• Planimetría y diagrama detallado de todo el conexionado de los equipos; video, audio, control, datos y señalización. Dicho plano debe reflejar de forma exhaustiva el etiquetado realizado durante el proceso de instalación.
• Manual de operación para personal no técnico.
• Datasheet y manual de todos los equipos instalados.
• Procedimiento de Mantenimiento básico.
• Documento de descripción de los sistemas o equipos instalados y de la configuración llevada acabo.
• Códigos fuente de la programación realizada en todos los equipos, incluidas contraseñas.
Los anexos al presente pliego técnico se pueden descargar en el siguiente: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xx- content/uploads/2015/10/Anexos_Streaming.pdf
Xxxx de audio | Sound Craft XXX0 | 0 | ||
Megafonía Inalámbrica | Bosch DCN-CCU2 | 1 | ||
Antena | BoschDCN-WAP | 1 | ||
Barra de sonido | LG NB4540 | 1 | ||
Videoconferencia | Cisco SX80 | 1 | ||
Gateway A/X | Xxxxxxxx BRIO ADAPT. | 1 | ||
Miracast Dongle | Asus Miracast Dongle | 1 | ||
PC multimedia | AsRock Vision HT 420D | 1 | ||
TV | Sharp LC80LE657E | 1 | ||
SALA II | ||||
SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA | ||||
Sistema de videoconferencias | Aethra Super Set Codec XXX 0000 | 0 | ||
XXXXXXX XX XXXXXXXXXX | ||||
Proyector | SONY VPL-FHZ700L | 1 | ||
Óptica | SONY VPLL Z4011 | 1 | ||
Procesador de vídeo | EXTRON XTP T HWP 101 | 2 | ||
Procesador de vídeo | EXTRON XTP SR HDMI | 2 | ||
Procesador de vídeo | EXTRON HDMI DA6 | 1 | ||
Procesador de vídeo | XXXXXX VP-426 | 1 | ||
SISTEMA DE CAPTACION DE VIDEO | ||||
Cámara multipropósito | Panasonic AW-E650 +AW+LZ16MD73P | 2 | ||
Mecanismo Pant Tilt | Panasonic AW-PH360L +AW-PS300AD | 2 | ||
Panel control para 5 cámaras | Panasonic AW-RP555L+AW-PS-505AD | 1 | ||
Mezclador producción | Panasonic AW-SW350E +AW-PS505AD | 1 | ||
Magnetoscopio DVCPRO | Panasonic AJ-SD255E | 2 | ||
TDT | 1 | |||
SISTEMA CAPTURA Y EDICION DE VIDEO | ||||
PC mutimedia | Intel Core2 Duo E6400 | 1 | ||
Software y hardware de edición | Avid Liquid Pro | 1 | ||
SISTEMA DE AUDIO | ||||
Micrófono conectable flexible | Bosch DCN-MICS | 5 | ||
Panel para control de micrófono | Bosch DCN-FMICB | 5 | ||
Panel con conexión de micrófono | Bosch DCN-FMIC | 5 | ||
Panel con altavoz | Bosch DCN-FLSP | 5 | ||
Interface para dos puestos | Bosch DCN-DDI | 3 | ||
Juego 50 embellecedores | Bosch DCN-FEC | 1 | ||
Herramienta montaje unidades empotrar | Bosch DCN-FPT | 1 | ||
Juego de 5 anclajes | Bosch DCN-XXXXX | 3 | ||
Panel de prioridad | Bosch DCN-FPRIOB | 1 | ||
Rollo de cable Bus DCN | Bosch LBB 4116/00 | 1 | ||
Unidad central de control | Bosch DCN CCU | 1 | ||
Sistema inalámbrico de mano | AKG WMS 4000 HT + cápsula D3800WL1 | 2 | ||
Caja acústica | JBL 128 W | 4 | ||
Altavoz Evac de la firma | Bosch LBC 3520/40 | 12 | ||
Rejilla circular metálica | Bosch LBC 3603/01 | 12 | ||
Amplificador | Bosch LBB 1928/20 | 1 | ||
Mesa de mezclas | Yamaha MG24/14FX | 1 | ||
Grabador audio | Marantz PMD 560 | 2 | ||
Distribuidor audio | Moxie 1E/16S ADD 208 | 3 | ||
Amplificador | Crown XLS 402 D | 1 | ||
Pareja altavoces autoamplificados | Xxxx Audio ATRIUM 45 P | 1 | ||
SISTEMA DE VIDEO | ||||
Matriz de Vídeo | Extron MAV PLUS 16X16AV 00-000-00 | 1 | ||
Matriz de Vga | Extron MVX 88 VGA 00-000-00 | 1 | ||
Escalador de Vga a Vídeo | Extron VSC 500 60-476-01 | 1 | ||
Procesador gráfico | Extron VSP-405D I/O 00-000-00 | 1 | ||
Escalador vídeo compuesto | Extron DVS-304 00-000-00 | 1 | ||
Distribuidor de vídeo | Extron DA 8V 00-000-00 | 2 | ||
Distribuidor de Vga | Extron P2 DA4 Xi 00-000-00 | 1 | ||
Xxxxx Xxx + Audio y VC +audio | 3 | |||
Distribuidor SDI 1E/8S | Xxxxxx SD 7108 | 1 | ||
Grabador de DVD | Sony RDRHXD 970 B | 2 | ||
2 Monitores de vídeo | Albiral 084RK02VFA/SDI | 3 | ||
Monitor de vídeo y datos encastrable | Albiral 150OF01MF | 5 | ||
Monitor de vídeo datos LCD | Albiral XXXX 1721 | 1 | ||
SISTEMA VIDEO STREAMING |
Codificador MPEG-2 | Vbrick VB-MP2E | 1 | ||
Decodificador MPEG-2 | Vbrick VB-MP2D | 1 | ||
SISTEMA DE CONTROL | ||||
Fuente de alimentación AMX | PS-50 | 1 | ||
Adaptador a rack AMX | AC-RK | 1 | ||
Controlador AMX | NI 3100 | 1 | ||
Tarjeta de volumen AMX | NXC-VOL 4 | 1 | ||
Tarjeta puertos RS 232 AMX | NXC-COM 2 | 1 | ||
Botonera Dynalite | DLPE-9100 | 1 | ||
Unidad control de potencia AMX | UPC 20 + | 4 | ||
Panel táctil 8,4" AMX | MVP 8400 | 1 | ||
Punto de acceso Wi-Fi para AMX | 1 | |||
DIMMERS ILUMINACION | ||||
Dimmer 4 canales | Dynalite DBC 410 | 1 | ||
Foco de recorte con accesorios | SPOT 300 | 4 | ||
Dimmer 6 canales | JB Systems DSP 6 | 1 | ||
Mesa control dimmers | Equipson PROLIGHT 8 | 1 | ||
SALA III | ||||
Proyecto | Xxxxxxxx DHD600-G (140-003104-01) | 1 | ||
Óptica del proyector | Óptica 1.52 - 2.89 (140-102104-01) | 1 | ||
Soporte proyector | PP120002 | 1 | ||
Pantalla | Space Eleve a medida. | 1 | ||
Matriz de vídeo | CDATA mod. LKV501 | 1 | ||
Mesa de mezclas | ECLER Mod. CA200Z + 2UHRMKIT | 0 | ||
Xxxxxxxxx | XXXXX XXXX000 | 1 | ||
Etapa de potencia | Crown XLI800 | 1 | ||
Gateway A/X | Xxxxxxxx BRIO Team + | 1 | ||
Miracast Dongle | Asus Miracast Dongle | 1 | ||
Desembebedor de audio HDMI | CDATA Mod. CCVAudio3 | 0 | ||
Xxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxx | XXXXX XX000Xx0XXXXXXX | 1 | ||
Unidad de debate | Bosch DCN-CCU2 | 1 | ||
Antena Unidad de debate | Bosch DCN-WAP | 1 | ||
Grabador audio | Marantz PMD 560 | 1 | ||
Escalador | Extron DSC 301 HD | 1 | ||
TDT | ||||
PC mutimedia | AsRock Vision HT 420D. | 1 | ||
SALAS DE TRADUCCION SIMULTANEA | ||||
Pupitre de Intérprete. | BOSCH DCN-IDESK | 4 | ||
Micrófono para pupitre | BOSCH DCN-MICS | 4 | ||
Auricular para pupitre | BOSCH LBB9095/30 | 4 | ||
Unidad de Transmisión DCN 4 canales | BOSCH INT-TX04. | 1 | ||
Radiador Infrarrojos de alta potencia. | BOSCH LBB4512/00 | 1 | ||
Receptor infrarrojos de 4 canales | BOSCH LBB4540/04 | 56 | ||
Baterias NiMH para receptores | BOSCH LBB4550/00 | 56 | ||
Auricular estéreo para receptor Infra. | BOSCH LBB3443/00 | 56 | ||
Maleta de guarda y carga de receptores | BOSCH LBB4560/00 | 1 | ||
Unidad distribuidora DCN | BOSCH LBB4114/00 | 1 | ||
Monitor para puesto de traductor | SAMSUNG UE19D4003 | 4 | ||
Unidad de transmisión Audio/Video por cableado estructural | EXTRON TP T 15HD XX | 0 | ||
Xxxxxx xx xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxxx VGA por cableado estructural | EXTRON TP R 1BNC AV | 1 | ||
Software de gestión de micrófonos | BOSCH DCN-SWSMV-E | 1 | ||
Software de control xx xxxxxx DOMO | BOSCH DCN-SWSACC-E. | 1 | ||
Cámara DOMO de alta calidad | BOSCH VG4-513-PCS + VG4-A-PA0 + F.A. | 1 | ||
Panel de control xx xxxxxx DOMO. | BOSCH LTC5136/51 | 1 | ||
Unidad de derivación TAP para DCN | BOSCH LBB4115/00 | 2 | ||
Distribuidor de VGA + Audio 1E/2S. | EXTRON P/2 DA2xi MT | 2 | ||
Distribuidor de Video+ Audio 1E/2S | EXTRON DA 3AV RCA | 2 | ||
Cajas para pared DCN/Audio/VGA/Video | 3 |
ESQUEMA CONEXIÓN EQUIPAMIENTO MULTIMEDIA SALA REUNIONES C/ XXXXXXX 22
BARRA SONIDO LG NB4540
Megafonía Inalámbrica Bosch DCN-CCU2
OUT_1 IN_1
Antena Bosch DCN-WAP
CIRCUITO_1
ELEVADOR TV
MESA SONIDO BARRA SONIDO ALARGADORES IR
CIRCUITO_2
PC
BOSCH DCN
CIRCUITO_3
CAMARA. VIDEOCONFERENCIA XxX TOUCH PANEL BRIO
TouchPanel
IN_1
AUX_1
MIX_L MIX_R
MESA AUDIO
Sound Craft EPM6
L
IN_STEREO_2
R
AUX_2
230VAC
ADAPT. XXX
IN_5 IN_6
R
L
IN_3 IN_4
IN_STEREO_1
C24 Ge 3/0/30
HDMI
ETH_2 INPUT
MIC_1
1_L 2_R SPEAKER OUT
LINE OUT
Xxxxxxxx XXXX
INPUT_B
DVI
AUDIO OUT
HDMI
HDMI IN
IN_1
VIDEOCONF Cisco SX80
DVI
HDMI
OUT
ADAPT.
CAM
CONTROL
ETH_2
OUT
HDMI_1
DVI
IN_4
OUT_A DVI
ETH_1 ETH_2
MIRACAST
ETH_1
PC
HDMI
ID32 C28 172.31.100.10
Ge/1/0/15
ID42 C22 172.31.12.20
Ge/1/0/15
ID31 C27 192.168.1.10
Ge/1/0/16
DVI
HDMI
IN_5 HDMI
IN_4 HDMI
TV Sharp LC80LE657E
IN_6 HDMI