CONTRATO DE COMPRA VENTA N° 0018-2009-SENAMHI
MINISTERIO DEL AMBIENTE
SERVICIO NACIONAl DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA SENAMHI
CONTRATO DE COMPRA VENTA N° 0018-2009-SENAMHI
"ADQUISICION DE AGUA XX XXXX PURIFICADA"
Conste par el presente, el Contrato de COMPRA-VENTA, denominado en adelante EL CONTRATO, que celebran de una parte EI Servicio Nacional de Meteorologfa e Hidrologfa
- SENAMHI, can RUC N° 20131366028, can domicilio en el Jr. Cahuide N° 785, Xxxxx Xxxxx, Lima, en adelante denominado EL COrvllTENTE, debidamente representado por su Presidente Ejecutivo, Mayor General FAP (r) \Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, identificado can DNI N° 00000000, nombrado mediante Resoluci6n Suprema N° 021-2007 -XX/XX xxx 00 xx xxxxx xxx xxxX 0000; y par otra parte la empresa DISTRIBUIDORA VITAL AQUA SAC can RUC N° 20506946744, debidamente representada par el senor Xxxxxx Xxxxxxx
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1:: Xxxxxxx lnfantes, identificado 08820515, can domicilio fiscal en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 000 Of "B" AAHH Intillacta distrito Chorrillos, y poder inscrito en
~ el asiento A0001 de la partida N° 11576456 del Iibro de sociedades mercantiles del registro de personas jurfdicas de Lima, en adelante denominada "EL VENDEDOR", en los terminos y condiciones siguientes:
.,-,'.<_ _ LAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
,/.<t~.:"/IIt"', EI SEf\XXXXX, convoco un proceso de selecci6n bajo la modalidad de adjudicaci6n de
.(r , '. enor cuantfa N° 002-2009-SENAMHI, para el suministro de agua xx xxxx purificada y
ff'<,; - I ._ - - ~ 'onizada, EI Comite Especial ha procedido a otorgar la buena pro a EL VENDEDOR,
~.~ D, <, e,OR 't!'. nforme a las bases y asf como la propuesta tecnica y econ6mica de EL VENDEDOR.
~;,. ':'')j;
"~S_fCI,,~~EL VENDEDOR desarrolla actividades del giro convocado, y declara mediante una
~=:P" declaraci6n jurada no estar inhabilitado para contratar can el Estado
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO
Par el presente contrato, El_ VENDEDOR se obliga a brindar el suministro de agua xx xxxx purificada y ozonizada a EL COMITENTE, par el manto de SI. 5,500.00 (Cinco Mil Quinientos y 00/100) incluido el IGV y cualquier otro concepto que pudiera incidir sobre el
~~"J;;-X.xxxx total de los, bienes adjudicado~, can sujeci6n a su propuesta econ6mica y las bases
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/--f.;~/,,<v~\ la adJudlcaclon de menor cuantla N° 002-2009-SENAMHI, documentos que forman
~f;te integrante del presente contrato.
\~ .\'~~i~{\.<$iAUSULA TERCERA: DE LAS CONDICIONES SASICAS
'<::~~~~kl VENDEDOR se compromete a brindar el suministro de agua xx xxxx purificada y ozonizada, de la siguiente manera:
Cincuenta (50) bidones de agua purificada y ozonizada en forma mensual, 10 mismo sera efectuado can la emisi6n de la orden de compra respectiva, debidamente firmada par el personal responsable.
CLAUSULA CUARTA: CONFORMIDAD
La recepci6n ffsica del agua purificada y ozonizada sera efectuado par el responsable del area xxx Xxxxxxx General del SENAMHI; La recepci6n conforme no enerva el derecho a reclamo posterior par defectos a vicios ocultos.
CLAuSULA QUINTA: CESION DE DERECHOS
EL VENDEDOR, no podra ceder parcial 0 total mente su posicion contractual, teniendo responsabilidad total sabre la ejecuci6n y cumplimiento del mismo.
CLAuSULA SEXTA: RESPONSABILIDAD
EL VENDEDOR es responsable par el suministro del agua purificada y ozonizada, asimismo, para garantizar el permanente suministro, EL VENDEDOR, declara que mantiene y mantendra durante la vigencia del contrato, el precio de su propuesta econ6mica, asi como un stock de los bienes que garantice el suministro
CLAuSULA SEPTIMA: LA FORMA DE PAGO
EI pago sera efectuado en nuevos soles, dentro de los diez (10) dfas calendario de presentada la factura par el monto de los bienes entregados e indicados en la orden de compra.
CLAUSULA OCT AVA: SANCIONES POR RETRP.zo 0 INCUMPLlMIENTO
En caso de retrazo injustificado en la ejecuci6n de los suministros objeto del contrato, EL COMITENTE Ie aplicara a EL VENDEDOR una penalidad por cad a dia de atraso, hasta por un monto maximo equivalente al diez par ciento(10%) del monto contractual. Esta penalidad sera deducida de los pagos cuenta 0 del pago final.
• uando se Xxxxx a cubrir el monto maximo de la penalidad, EL COMITENTE podra
~ Dl t::CTOR :.: olver el contrato par incumplimiento, sin perjuicio de las sanciones aplicables vigentes.
~~,-o>-......-<'~~:~/LAUSULANOVENA: RESOLUCION DE CONTR~TO
~;f.![Ci'".5. ::1~'/Laspartes podran resolver el contrato de mutuo acuerdo par causas no atribuibles a estas
'"",,~~~-.~~.- 0 par caso fortuito 0 fuerza mayor, estableciendo los terminos de la resoluci6n.
CLAUSULA DECIMA: PROCEDIMIEI'JTO DE RESOLUCION DE CONTRA TO
Si a!guna de las partes falta ai cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada debera requerirla mediante carta notarial para que la satisfaga en un plazo no mayor a
~;: J{J cinco dfas, bajo apercibimiento de resolver el contrato; EL COMITENTE puede establecer
( ~~,._""." '1>-0 lazos mayores, pero en ningun caso mayor a quince dfas. SI vencido dicho plazo el
{~!''.~.d1..'1i et. cur:nplimiento continua, la parte perjudicada resolvera el contrato en forma total 0 parcial,
\ '~~ ~.::;~ edlante carta notanal.
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-\<:r.->'N .~~s:"-<' n caso de que surgiera alguna controversia respecto a la resoluci6n del contrato,
....~..-.- cualquiera de las partes podra recurrir a los mecanismos de soluci6n establecidos en el articulo N° 53 del TUO de la ley 26850 aprobado par D.S N° 083-2004-PCM.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: RESOLUCION POR INCUMPLIMIENTO
En caso de incumplimiento par parte de EL VENDEDOR de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada par EL COM ITENTE, Y no haya side materia de subsanaci6n, este ultimo podra resolver el contrato, en farma total 0 parcial, mediante la remisi6n par la via notarial del documento en el que se manifieste esta decisi6n y el motivo que la justifica: el contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepci6n de la documentaci6n par EL VENDEDOR. Igual derecho asiste a EL VENDEDOR ante el incumplimiento de EL COM ITENTE de sus obligaciones esenciales, siempre que EL VENDEDOR 10 haya emplazado mediante carta notarial y este no haya subsanado su incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: CAUSALES DE RESOLUCION
EI COf\·1ITENTE podra resolver el eontrato por las siguientes eausales, euando EL. VENDEDOR:
-Ineumpla injustificadamente obligaciones contractuaies, pese a haber sido requel-ido para ello;
-Haya Ilegado a acumular el monto maximo de la penalidad por xxxx en la ejecuci6n de la prestaci6n a su cargo
-Paralice 0 reduzca injustificadamente la ejecuci6n de los suministros, pese a haber sido requerido para corregir tal situaci6n
CLAUSULA DECIMO TERCERA: DECLARACION JURADA
EL VENDEDOR deelara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanci6n de quedar inhabilitado para contratar con e! Estado en caso de incumplimiento.
CLAuSULA DECIMO CUARTA: VIGENCIA
La vigencia del contrato, regira desde el dfa siguiente de la suscripci6n del mismo, 0 hasta la entrega total del agua purificada y ozonizada, 10 que ocurra primero.
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7~ I.
CLAuSUlA DECIMO QUINTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos ios conflictos que deriven de la ejecucion e interpretacion del presente contrato, inciuidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, seran resueltos mediante arbitraje, baje la organizaci6n y administraci6n del sistema nacienal de conciliaci6n y arbitraje del
ONSUCODE.
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t':? '~~LAUSULA DECIMO SEXT A: COMUNICACIONES
,l i "-;-i~~ECr~i3._1;,jeda eomunieaci6n eursada entre las partes con motivo de ia prestacion a que se refiere el
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j,'r-,~resente contrato, debera ser remitida a ios domieilies indicados en la parte inieial del
t" !~&"presente contrate, y se someten a la jurisdicei6n de los jueces y tribunales de la eiudad de
"~~ Lima.
EN FE DE LO CUAL, las partes firman por triplicado, el presente Contrato ei 30 de Enero del ano 2009.