Contract
CONTRATO DE SERVICIO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA METROPOLITANA XX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMPRADORA”, REPRESENTADA LEGALMENTE EN ESTE ACTO POR LA MTRA. XXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE RECTORA, CON LA INTERVENCION DE LA LIC. EN DERECHO XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, JEFE DE DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA UNIVERSIDAD Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA SINERGÍA DE ENERGÉTICOS S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR LA C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, QUIENES FORMALIZAN LA ADQUISICIÓN QUE CORRESPONDE AL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES, DECLARACIONES:
DECLARACIONES
I. DE “LA COMPRADORA”
A) QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, CREADO POR DECRETO EXPEDIDO POR EL C. GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX, EL DÍA 7 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 17 DE NOVIEMBRE DEL MISMO AÑO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS.
B) QUE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO No. 25, DE SU DECRETO DE CREACIÓN, LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL ORGANISMO DECLARANTE RECAE EN LA RECTORA CUYO CARGO EJERCE ACTUALMENTE EN LA MTRA. XXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX.
C) QUE SU OBJETO ES IMPARTIR EDUCACIÓN SUPERIOR EN LOS NIVELES DE LICENCIATURA, INGENIERÍA, ESPECIALIZACIÓN TECNOLÓGICA Y OTROS ESTUDIOS DE POSGRADO, ASÍ COMO CURSOS DE ACTUALIZACIÓN EN SUS DIVERSAS MODALIDADES, PARA PREPARAR PROFESIONALES CON UNA SÓLIDA FORMACIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y EN VALORES CÍVICOS Y ÉTICOS, CONSCIENTES DEL CONTEXTO NACIONAL EN LO ECONÓMICO, POLÍTICO Y SOCIAL. LLEVAR A CABO INVESTIGACIÓN APLICADA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO, PERTINENTES PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA REGIÓN, DEL ESTADO Y DE LA NACIÓN. DIFUNDIR EL CONOCIMIENTO Y LA CULTURA A TRAVÉS DE LA EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y LA FORMACIÓN A LO LARGO DE TODA LA VIDA. PRESTAR SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y DE ASESORÍA, QUE CONTRIBUYAN A MEJORAR EL DESEMPEÑO DE LAS EMPRESAS Y OTRAS ORGANIZACIONES DE LA REGIÓN Y DEL ESTADO PRINCIPALMENTE, ASÍ COMO IMPARTIR PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CONTINUA CON ORIENTACIÓN A LA
CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO Y AL FOMENTO DE LA CULTURA TECNOLÓGICA EN LA REGIÓN, EN EL ESTADO Y EN EL PAÍS.
D) QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC) ES UPM08111EG4 Y ESTA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES
E) QUE TIENE SU DOMICILIO EN BOULEVARD ACCESO A TOLCAYUCA. NO. 1009. EX HACIENDA DE SAN XXXXXX, MUNICIPIO, TOLCAYUCA HIDALGO, TELÉFONO 00 (000) 0000000, 00 (000) 0000000, 00 (000) 0000000, Y 00 (000) 0000000.
F) QUE CUENTA CON MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES, PROVENIENTES DE RECURSOS PROPIOS POA 2022.
II. DE “EL PROVEEDOR”
A) QUE LA EMPRESA SINERGÍA DE ENERGÉTICOS S.A DE C.V, ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, LEGALMENTE CONSTITUIDA SEGÚN ACTA CONSTITUTIVA NÚMERO 74,761, VOL. 342, EXPEDIDA POR EL NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 50, LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, HEROICA CIUDAD XX XXXXXXXX, 18 XX XXXXX DE 2016.
B) QUE ESTÁ REGISTRADA ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO CON CLAVE SEN160318189 Y SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE SUS CONTRIBUCIONES.
C) QUE LA C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL TIENE FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO DE CONFORMIDAD CON LA ESCRITURA N° 176, VOL. 66, POR EL LIC. XXXXXXXX XXXX XXXXX, EL 06 DE JULIO DE 2020, LO QUE EXPRESA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN VIRTUD DE QUE EL MISMO NO LE HA SIDO REVOCADO NI EN FORMA ALGUNA LIMITADO O SUSPENDIDO.
D) QUE TIENE CAPACIDAD TÉCNICA Y JURÍDICA PARA OBLIGARSE PARA EL QUE EN ESTE CONTRATO SE REFIEREN Y DISPONE DE LOS ELEMENTOS Y ORGANIZACIÓN NECESARIA PARA EL SUMINISTRO DE LOS MISMOS.
E) QUE CONOCE PLENAMENTE EL CONTENIDO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, LAS NORMAS Y DISPOSICIONES VIGENTES, RESPECTO DE LA COMPRA-VENTA DE LOS SERVICIOS REFERIDOS EN ESTE CONTRATO, COMO TAMBIÉN LAS DISPOSICIONES LEGALES TANTO DE CARÁCTER FEDERAL APLICABLES A ESTAS OPERACIONES.
F) QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO LEGAL EL UBICADO EN XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Xx 000X, XXXX 0X, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XXXXXX XX XXXXXXXX; CORREO ELECTÓNICO: xxxxxx0.xxxxxx@xxxxxxxxx.xxx
III. DE “LAS PARTES”
QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, PARA LO CUAL SE RECONOCEN AMPLIAMENTE LAS FACULTADES Y CAPACIDAD NECESARIAS, MISMAS QUE NO LES HAN SIDO REVOCADAS O LIMITADAS EN FORMA ALGUNA, POR LO QUE DE COMÚN ACUERDO SE OBLIGAN DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - “LA COMPRADORA” ADQUIERE EN EJERCICIO DEL RECURSO MENCIONADO EN LA CLAUSULA QUINTA Y “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A SURTIR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE VEHICULAR, BAJO LAS CONDICIONES Y DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EN EL ANEXO 1 CONVENIDAS A ESTE CONTRATO.
SEGUNDA. - “LA COMPRADORA” CUBRIRÁ A “EL PROVEEDOR” LA CANTIDAD DE UN CONTRATO ABIERTO CON UN MONTO MÍNIMO DE $ 200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), Y UN MONTO MÁXIMO DE $250,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS
00/100 M.N.) POR CONCEPTO DE PAGO DE LAS ADQUISICIONES DEL MES DE 01 MAYO DE
2022 AL 31 DICIEMBRE 2022, MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
TERCERA. - LAS PARTES RECONOCEN EXPRESAMENTE QUE EN LOS PRECIOS APROBADOS SE ENCUENTRA INCLUIDO EL COSTO DE LA ADQUISICIÓN.
CUARTA. - EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE LOS PRODUCTOS COMO DIESEL O GASOLINA, QUE SON OBJETO DE ESTA OPERACIÓN, SE AJUSTARÁN ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y TÉCNICAS QUE HAN SIDO PRESENTADAS EN LA PROPOSICIÓN DE “EL PROVEEDOR” Y ACEPTADAS POR “LA COMPRADORA”, PARA LA ADJUDICACIÓN DE ESTE CONTRATO DE ACUERDO AL ANEXO TECNICO 1 QUE SE ESTABLECE BAJO EL CRITERIO DE LAS PARTES.
QUINTA. - “LA COMPRADORA” CUBRIRÁ EL PRECIO PACTADO POR SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, CON RECURSOS PROPIOS 2022, SE ESTABLECE QUE LOS PAGOS SE REALIZARÁN DE MANERA MENSUAL MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA A LA ORDEN DE “EL PROVEEDOR”, A LA CUENTA NÚMERO. 00000000000 DEL BANCO SCOTIABANK, SUCURSAL LA PAZ, PLAZA PUEBLA, PUE. CLABE INTERBANCARIA 044 65 00 3608 100 5433. “LA COMPRADORA” ENVIARÁ COMPROBANTE DE PAGO AL CORREO
ELECTRÓNICO DE “EL PROVEEDOR” xxxxxx0.xxxxxx@xxxxxxxxx.xxx DENTRO DEL PLAZO DE 6 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA ENTREGA PREVIA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DEBIDAMENTE SELLADAS Y FIRMADAS POR EL ÁREA DE RECURSOS MATERIALES.
EN CASO DE QUE “LA COMPRADORA NO REALICE EL PAGO CORRESPONDIENTE DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO SE SUSPENDERÁ EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE.
SEXTA. - DE EXISTIR ALGUNA RECLAMACIÓN DE “LA COMPRADORA” HACIA “EL PROVEEDOR”, DERIVADO DEL SUMINISTRO O ABASTECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE “LA COMPRADORA” TENDRÁ UN TÉRMINO PERENTORIO DE 05 DÍAS HÁBILES UNA VEZ RECIBIDA LA FACTURA PARA HACER SU RESPECTIVA RECLAMACIÓN, DE NO HACERLO, SE DARÁ POR ENTENDIDO QUE FUE RECIBIDO EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE A SU ENTERA SATISFACCIÓN.
SÉPTIMA.- “LA CONVOCANTE” SE OBLIGA A CUBRIR A “EL PROVEEDOR” SIN NECESIDAD DE REQUERIMIENTO PREVIO ALGUNO, DENTRO DE LOS OCHO (8) DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA FACTURA, LAS CANTIDADES SEÑALADAS EN LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS EMITIDAS POR “EL PROVEEDOR”, POR EL CONCEPTO DEL SUMINISTRO O ABASTECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE.
OCTAVA. - EL PRECIO QUE DEBERÁ PAGAR “LA CONVOCANTE” A “EL PROVEEDOR” POR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE “DIESEL” SERÁ EL PRECIO OFICIAL QUE ESTÉ VIGENTE EN LA FECHA EN QUE SE PROPORCIONE EL SERVICIO. ASÍ MISMO EL PRECIO ESTARÁ SUJETO A CAMBIO SIN PREVIO AVISO. LOS PRECIOS SON VARIABLES SIEMPRE Y CUANDO NO REBASE EL PRECIO PACTADO POR LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA.
NOVENA. -LAS PARTES CONVIENEN QUE EN CASO DE QUE “LA COMPRADORA” NO CUMPLA CON LOS PAGOS ESTABLECIDOS EN TIEMPO Y POR LA CANTIDAD QUE AMPARA LAS FACTURAS, EMITIDAS POR CONCEPTO DE SUMINISTRO O ABASTECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE “EL PROVEEDOR SUSPENDERÁ EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE HASTA EL MOMENTO EN QUE “LA COMPRADORA” REALICE EL PAGO CORRESPONDIENTE.
DÉCIMA. - “LA COMPRADORA”SE OBLIGA A PAGAR AL “EL PROVEEDOR” EN CASO XX XXXX LOS INTERESES MORATORIOS A RAZÓN DEL 1% MENSUAL.
DÉCIMA PRIMERA. - “LAS PARTES” SE OBLIGAN A MANTENER BAJO ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA, TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE SE INTERCAMBIE CON MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO.
POR LO QUE AMBAS PARTES SE COMPROMETEN A TOMAR TODAS LAS PRECAUCIONES NECESARIAS Y APROPIADAS PARA LA GUARDA DE LA CONFIDENCIALIDAD Y COMUNICARÁ A TODOS SUS EMPLEADOS QUE PUEDAN TENER ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE LA MISMA ES DE CARÁCTER ESTRICTAMENTE CONFIDENCIAL Y RESERVADO, POR LO TANTO, NO PUEDE SER DIVULGADA A TERCEROS, NI USADA PARA NINGÚN PROPÓSITO DIFERENTE AL CONSIGNADO EN EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA SEGUNDA. - SERÁN CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y SIN PERJUICIO PARA “EL PROVEEDOR”:
1.- CUANDO “LA COMPRADORA” ESTE DENTRO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
a) POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO, QUEDANDO “EL PROVEEDOR” LIBERADO DE LAS OBLIGACIONES QUE CORRAN SU CARGO, SIN NECESIDAD DE RESOLUCIÓN JUDICIAL ALGUNA Y EN POSIBILIDAD DE SUSPENDER EL SUMINISTRO O ABASTECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE
b) FALTA DE PAGO DE DOS (2) FACTURAS.
DÉCIMA SEGUNDA BIS. - SERÁN CAUSAS DE RESCISIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y SIN PERJUICIO PARA “LA COMPRADORA” CUANTO “EL PROVEEDOR”:
a) POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO
b) CEDIERA, TRASPASARA, SUBARRENDARA EL PRESENTE CONTRATO.
-
LAS PARTES PODRÁN RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO:
a) POR MUTUO CONSENTIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE DÉ AVISO A LA, CON TREINTA (30) DÍAS DE ANTICIPACIÓN, Y NO EXISTA NINGÚN ADEUDO PENDIENTE POR NINGUNA DE LAS PARTES
-
TÉRMINO DEL CONTRATO.
DÉCIMA TERCERA.- LAS PARTES ESTAN DE ACUERDO EN QUE POR NECESIDADES DE “LA COMPRADORA” PODRÁ AMPLIARSE EL SUMINISTRO O ABASTECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SIEMPRE Y CUANDO EL MONTO DE LAS MODIFICACIONES NO REBASEN, EN CONJUNTO EL 20% (VEINTE POR CIENTO) DE LOS CONCEPTOS Y
VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE Y EL PRECIO DE LOS SERVICIOS SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE.
LO ANTERIOR SE FORMALIZARÁ MEDIANTE LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO MODIFICATORIO. ASIMISMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 85 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DÉCIMA CUARTA. - EN CASO DE CONTROVERSIA, AMBAS PARTES SE SOMETEN A LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES DEL FUERO COMÚN DEL ESTADO XX XXXXXXX SIENDO PREFERENTES PARA CONOCER LOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE XXXXXXX XX XXXX. RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.
DÉCIMA QUINTA - LAS PARTES ESTÁN CONFORMES EN QUE LA INFORMACIÓN QUE SE DERIVE DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, TENDRÁ EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, POR LO QUE “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A NO PROPORCIONARLA A TERCEROS INCLUSIVE DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE ESTE CONTRATO.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO,“LAS PARTES”, DECLARAN ESTAR CONFORMES Y BIEN ENTERADAS DE LAS CONSECUENCIAS, VALOR Y ALCANCE LEGAL DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ESTIPULACIONES QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO CONTIENE, POR LO QUE LO RATIFICAN Y FIRMAN EN BOULEVARD ACCESO A TOLCAYUCA. NO. 1009. EX HACIENDA DE SAN XXXXXX, MUNICIPIO TOLCAYUCA HIDALGO EL DÍA 10 XX XXXXX DEL 2022.
POR “LA CONVOCANTE” POR EL “EL PROVEEDOR”
MTRA. XXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XX
XXXXXXX
RECTORA DE LA UNIVERSIDAD REPRESENTANTE LEGAL DE POLITÉCNICA METROPOLITANA XX XXXXXXX SINERGÍA DE ENERGÉTICOS X.X.XX C.V.
TESTIGO
X.X XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
TESTIGO
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO JURÍDICO
ÚLTIMA HOJA DEL CONTRATO No. UPMH/ADQ/11/22 POR EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE PARQUE VEHICULAR, CON FECHA DEL 10 XX XXXXX DEL 2022, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “LA CONVOCANTE” LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA METROPOLITANA XX XXXXXXX, REPRESENTADA POR LA MTRA. XXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX RECTORA Y POR LA OTRA LA EMPRESA SINERGÍA DE ENERGÉTICOS