CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN
ESTUDIOS PREVIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.1.1.6.1 y 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 se presenta el siguiente ESTUDIO PREVIO, requerido para la presente contratación directa
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA PERSONERÍA MUNICIPAL DE POPAYÁN PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
Conforme a lo dispuesto por el Decreto 1082 de 2015, la PERSONERIA MUNICIPAL DE POPAYAN, en su calidad de ente estatal contratante, se encuentra sujeta a las disposiciones contenidas en el Estatuto de Contratación de la Administración Pública y demás normatividad que la adicione o modifique, razón por la que a través del presente documento realiza la respectiva justificación de la necesidad de la contratación de una persona natural para atender la necesidad que se pretende satisfacer bajo la modalidad de CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
La Personería Municipal de Popayán es un ente que garantiza a la ciudadanía la defensa de sus derechos; en su condición de Agencia del Ministerio Publico, atiende todos los requerimientos y necesidades de la sociedad, representa a la comunidad y vela por la promoción y protección de los Derechos Humanos.
Este Ente está al servicio de los intereses generales de los habitantes del municipio de Popayán y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, imparcialidad, buena fe, eficacia, eficiencia, economía, celeridad, responsabilidad, trasparencia, publicidad, contradicción, polivalencia e interdisciplinariedad.
En virtud de las funciones que son propias de la Personería tanto desde el punto de vista misional como de gestión y de conformidad al Decreto 1082 de 2.015, se requiere apoyar y acompañar los diferentes procesos que adelanta la entidad para su normal funcionamiento, siendo indispensable para la entidad garantizar el cumplimiento eficaz y eficiente de los procesos y procedimientos que se adelantan en el despacho del Personero Municipal.
En este orden, la Personería Municipal ha establecido la necesidad de fortalecer el ejercicio de la función administrativa a su cargo mediante la vinculación de personal idóneo para atender en forma debida ésta necesidad, mediante la prestación de servicios
de apoyo a la gestión, realizando actividades de archivo, recibo y entrega de documentación; debido al gran volumen de manejo de documentación, peticiones que se radican o se dan respuesta, y radicación de documentación, actividades que no pueden ser cubiertas por personal planta existente.
La Personería Municipal considera que, en la planta de personal de la entidad, no existe un cargo de un perfil similar al requerido, que pueda dedicarse a éstas actividades y brindar el resultado requerido dentro del término propuesto, por lo cual se hace necesario contar con la prestación de los servicios de una persona con conocimiento en esta área.
En razón de lo anterior, la Personería Municipal, requiere para ejecutar la prestación servicios de apoyo a la gestión de una persona que apoye dichas actividades, con el propósito de complementar el talento humano de planta, por cuanto no existe personal para atender los requerimientos.
Además, se deja constancia que la presente contratación se encuentra dentro del Plan Anual de Adquisiciones y cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal para su realización.
2. ANÁLISIS DEL SECTOR
En el presente asunto se pretende realizar la contratación de una persona natural, con estudios técnicos en archivo, o afines que cuente al menos una experiencia relacionada con el objeto contractual, para que apoye las actividades de archivo de la Personería Municipal de Popayán, servicios que ubican en el sector terciario de la economía, el cual se define así: “Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía. Ej: comercio, los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, los servicios de educación, los servicios profesionales, etc.”
A partir de lo anteriores claro que los servicios de apoyo a la gestión requeridos se encuentra en el sector terciario de la economía, el cual será analizado desde el punto legal y comercial, se deja en claro que no se hará análisis desde le punta de vista financiero y organizacional, lo anterior en razón a que no se entregaran recursos anticipadamente al contratista (Anticipo – pago anticipado), además los servicios se cancelaran previa constancia de recibo a satisfacción del supervisor del contrato, razones suficientes para sostener que el análisis xx xxxxxxx de los servicios de una persona natural con estudios técnicos en archivo, en el caso concreto, no requiere ser analizado desde lo financiero u organizacional.
2.1 ANÁLISIS DESDE LO LEGAL
En el presente asunto se pretende adelantar la contratación de una persona con formación técnica y/o tecnológica, por ser idóneo para ejecutar el objeto contractual.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución Política, “Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgos social”
La Ley 30 de diciembre 28 de 1992 que organiza el Servicio de Educación Superior al referirse a los técnicos y tecnólogos resalta en los siguientes artículos:
"Artículo 25. Los programas académicos de acuerdo con su campo de acción, cuando son ofrecidos por una Institución Técnica Profesional, conducen al título en la ocupación o área correspondiente. Al título deberá anteponerse la denominación de: "Técnico Profesional en..."
Los ofrecidos por las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas, o por una universidad, conducen al título en la respectiva ocupación, caso en el cual deberá anteponerse la denominación de" Técnico...".
La Ley 115 de febrero 8 de 1994 por la cual se expide la ley general de educación, al referirse en su capítulo 2 a la Educación no formal, en cuanto a la parte técnica y tecnológica, afirma:
"Artículo 36. Definición de educación no formal. La educación no formal es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de esta Ley.
Artículo 37. Finalidad. La educación no formal se rige por los principios y fines generales de la educación establecidos en la presente Ley. Promueve el perfeccionamiento de la persona humana, el conocimiento y la reafirmación de los valores nacionales, la capacitación para el desempeño artesanal, artístico, recreacional, ocupacional y técnico, la protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria.
Artículo 90. Certificados en la educación no formal. Las instituciones de educación no formal podrán expedir certificados de técnico en los
programas de artes y oficios y de formación vocacional que acrediten al titular para ejercer la actividad laboral correspondiente.
A los títulos que expidan por los programas ofrecidos se les antepondrá la denominación de "Técnico Profesional en.", si se refiere a ocupaciones. Si hacen relación a disciplinas académicas, al título se le antepondrá la denominación de "Técnico en.". Las instituciones tecnológicas tendrán un representante en el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, que será escogido de acuerdo con lo dispuesto por el reglamento que expida el Gobierno Nacional.
Para todos los efectos de la carrera administrativa se tendrá en cuenta el cargo y el título de técnico. Se deroga el artículo 139 de la Ley 30 de 1992".
La Ley 749 de 2002 regula la modalidad de Formación Técnica y Tecnológica, dictaminando la normativa por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, y dicta otras disposiciones. (Julio 19 de 2002).
Por su parte el Decreto 2216 de 2003, hace referencia al carácter académico de las ITP y T (Públicas y Privadas); estableciendo los requisitos para la redefinición y el cambio de carácter académico de las Instituciones Técnicas Profesionales y Tecnológicas, públicas y privadas. (Agosto 6 de 2003).
2.2 Análisis desde lo comercial
Para el caso de técnicos y/o tecnólogos en áreas afines a archivo, que cuente con al menos una (01) experiencia relacionada con el objeto a contratar, la entidad considera que existe suficiente oferta de servicios, teniendo en cuenta que en la ciudad existen diferentes instituciones educativas que ofrecen estos programas, siendo amplía la oferta de técnica o tecnológica en la materia. A partir de lo anterior, la entidad manejara estándares de honorarios correspondientes a los manejados en contrataciones realizadas por la Personería Municipal de Popayán en contratos anteriores.
3. LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
3.1. OBJETO DEL CONTRATO.
PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO AUXILIAR DE ARCHIVO DE LA PERSONERÍA MUNICIPAL DE POPAYÁN.
3.2 ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL Y/O ACTIVIDADES DEL CONTRATISTA:
1. Apoyar en la Identificación, marcación y rotulación de las carpetas y demás unidades de conservación, de tal forma que permita su ubicación y recuperación.
2. Apoyar en la foliación de los documentos que integran las unidades documentales con el fin de facilitar su ordenación, consulta y control.
3. Apoyar en la foliación de manera legible y sin enmendaduras sobre un espacio en blanco, y sin alterar membretes, sellos, textos o numeraciones originales.
4. Apoyar en la ubicación física de los documentos, la cual se realizará de tal manera que la fecha más antigua de elaboración será el primer documento que se encontrará al abrir la carpeta y la fecha más reciente se encontrará al final de la misma.
5. Apoyar en la rotulación de las cajas de archivo en las cuales se van a disponer las carpetas.
6. Apoyar en la ordenación del depósito de archivo.
7. Apoyar en el desarrollo de cada una de las actividades que se le designen en cumplimiento del contrato y en el lugar donde se encuentre la necesidad
3.3. OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA:
Serán obligaciones del CONTRATISTA:
1. Realizar las actividades para el logro de los resultados objeto del contrato.
2. Elaborar informes parciales e informe final como soportes para el trámite y pagos pactados.
3. Cumplir las normas legales vigentes, en especial lo dispuesto en las Leyes 789 de 2002, 797 de 2003, 1122 de 2007 y 1150 de 2007 en lo referente al pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y en especial el Decreto 723 de 2013 que regula la afiliación al SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES de las personas vinculadas a través de un contrato de prestación de servicios con entidades públicas.
4. Cumplir con el objeto del contrato de conformidad con lo requerido por la entidad y en el plazo estipulado.
5. Las establecidas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993.
6. Mientras persista la pandemia COVID-19, cumplir con las normas o protocolos de bioseguridad establecidos por el gobierno nacional y/o departamental y/o municipal, en especial, aquellas implementadas por la entidad, con el fin de preservar su integridad personal y la de las comunidades con las cuales tenga relación durante la ejecución del contrato.
7. Comunicar inmediatamente al supervisor del contrato la ocurrencia de cualquier evento adverso que se presente en el desarrollo de la prestación de servicio objeto del presente contrato.
3.3 OBLIGACIONES DE LA PERSONERIA MUNICIPAL DE POPAYAN.
La Personería Municipal de Popayán tendrá las siguientes obligaciones:
a. Pagar el servicio efectivamente prestado.
b. Ejercer la supervisión del contrato
3.4 TIPOLOGÍA CONTRACTUAL
Contrato de Prestación de Servicios y de apoyo a la gestión
3.5 PLAZO DE EJECUCION
A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021.
4. VALOR Y FORMA DE PAGO
Para todos los efectos legales y fiscales, se estima la cuantía del presente contrato en la suma de DOS MILLONES, OCHOCIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE
($2.860.000.00) M/CTE, La personería Municipal de Popayán pagará el valor del presente contrato así : una primera acta parcial por valor de SEISCIENTOS SESENTA MIL PESOS ($660.000) M/CTE pagadera a 31 de julio de 2021. y dos (02) actas parciales por valor de UN MILLON CIEN MIL PESOS ($1.100.000) M/CTE cada una.
Todas las cuotas se pagarán previa presentación del informe de ejecución de actividades, certificación de cumplimiento del servicio expedida por el funcionario supervisor, comprobante de pago de los aportes relativos al sistema integral de Seguridad Social (salud, pensión y riesgos), y cumplimiento del respectivo tramite interno para el pago. Se cuenta con recursos disponibles de acuerdo a la disponibilidad presupuestal No. 184 del 28 xx xxxxx de 2.021
5. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Las obligaciones a que se refiere el contrato serán ejecutadas en el Municipio de Popayán.
6. SUPERVISIÓN
La Personería Municipal de Popayán, supervisará el cumplimiento del contrato a través del Tesorero General de la Personería Municipal de Popayán, o quien haga sus veces, o quien sea delegado por éste para tal fin, la cual será desarrollado conforme a las disposiciones de la Ley 1474 de 2011, la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes.
7.- LIQUIDACIÓN
No será obligatoria de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012 Artículo 217. DE LA OCURRENCIA Y CONTENIDO DE LA LIQUIDACIÓN DE
LOS CONTRATOS ESTATALES inciso final “La liquidación a la que se refiere el presente artículo no será obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión”.
8. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
En el presente asunto se utilizará la modalidad de selección denominada CONTRATACIÓN DIRECTA, pues, se trata de la celebración de un contrato de prestación de servicios profesionales para la ejecución de trabajos artísticos, al respecto dispone el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007:
“La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas: (…)4. Contratación directa. La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en los siguientes casos: (…)
h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales;”.
La anterior norma fue reglamentada en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, el cual dispone:
“Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con
el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.
Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la entidad estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales”. (Subrayado fuera de texto).
En el presente estudio, se justifica la contratación del técnico y/o tecnólogo en archivo o relacionados.
9. FACTORES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Para la futura contratación de prestación de servicios de apoyo a la gestión, se hará uso de la modalidad de selección de contratación directa, la cual según lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, se podrá realizar sin que sea necesario que se hayan obtenido previamente varias ofertas, sin embargo, la entidad verificará que el contratista cumpla el perfil señalado en el análisis realizado en éste estudio.
9.1. DOCUMENTOS REQUERIDOS AL CONTRATISTA
Se deberán aportar los siguientes documentos:
9.1.1. HOJA DE VIDA:
El futuro contratista deberá allegar la hoja de vida registrada y constancia de haber sido debidamente validada en el SIGEP, la cual debe de contener los datos personales, formación académica si es del caso, experiencia laboral; y los demás documentos soportes, en los cuales se evidencien los requisitos de experiencia y estudios exigidos en el perfil.
- Anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Hoja de vida en formato único.
9.1.2. DIPLOMA O ACTA DE GRADO DE CONTADOR PUBLICO: Si es del caso.
9.1.3. TITULO DE ESPECIALISTA: Si es del caso.
9.1.4. TARJETA PROFESIONAL: Si es del caso.
9.1.5. OFERTA (PROPUESTA): El futuro contratista debe anexar documento en el cual haga ofrecimiento del servicio, el cual debe contener las actividades principales a desarrollar.
9.1.6. CLASIFICACIÓN EN EL RUT: Registro Único Tributario, Indicando a que régimen pertenece y actualizado a la fecha 2013, según la nueva codificación establecida.
9.1.7. CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y/O APORTES PARAFISCALES: El futuro contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Pensión, Salud y Riesgos Laborales).
9.1.8. BOLETÍN DE RESPONSABILIDAD FISCAL: La Personería Municipal De Popayán, de conformidad con lo previsto en la ley, verificará los antecedentes fiscales del oferente en la página web de la Contraloría General de la Nación.
9.1.9. CERTIFICADO JUDICIAL: La Personería Municipal De Popayán, de conformidad con lo previsto en la ley, verificará los antecedentes de la Policía Nacional del oferente en la página web de la Policía Nacional de Colombia de antecedentes y requerimientos judiciales.
9.1.10. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS: La Personería
Municipal De Popayán, de conformidad con lo previsto en la ley, verificará, los antecedentes disciplinarios del oferente en la página web de la Procuraduría General de la Nación de antecedentes disciplinarios.
9.1.11. COPIA DE LA LIBRETA MILITAR: Si es del caso.
9.1.12. REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS
9.1.13. CERTIFICADO DEL EXAMEN PRE-OCUPACIONAL.
9.1.14. FORMATO UNICO DE BIENES Y RENTAS
10. ANÁLISIS DE RIESGOS
S Entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual.
Corresponderá al contratista asumir el riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo de la Personería Municipal en el presente estudio. Entre otros, los riesgos previsibles son los siguientes:
N ° | Clase | Fue nte | Etapa | Tip o | Descripc ión (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir) | Cons ecue ncia de la ocurr encia del | P ro b a bi li d | I m p a ct o | C a li fi c a c | Priorid ad | ¿ A qu ié n se le | Tratamiento /Controles a ser implementa dos | Impacto después del tratamiento | ¿Af ect a el equ ilibr io eco | Perso na respo nsabl e por imple ment | Fech a estim ada en que se | Xxxxx estimad a en que se complet a el tratamie | Monitoreo y revisión | |||||
P r o | I m p | C a xx | X xxx fic | ¿Cómo se realiza el | Peri odi cid |
even to | a d | i ó n t o t a l | as ig na ? | b a b i l i d a d | a ct o | fi c a c i ó n | ac ió n tot al | nó mic o del con trat o? | ar el trata mient o | inicia el trata mient o | nto | monitoreo ? | ad ¿C uán do? | ||||||||||
1 | Gene ral | Ext ern o | Contr atació n | Qu e no se firm e el con trat o | El contratis ta puede negarse a firmar el contrato | No pode r ejecu tar o ejecu tar en men or cuan tía los recur sos asign ados al contr ato y la cons ecue nte afect acion de las funci ones de la entid ad | 2 | 5 | 7 | D - i (Aclara r los requisit os, requeri miento s y especifi cacion es y product os del contrat o) | En tid ad co ntr at an te | 1. Poner en conocimient o del futuro contratista las condiciones del contrato (especificaci ones, plazos, lugar de ejecución, productos, etc.). 2. Exigir manifestaci ón de conocimient o y aceptacion de las condiciones por parte del futuro contratista. | 1 | 5 | 6 | Alt o | No | Servi dor(e s) Públic o(s) que proye cta(n) y/o suscri be(n) el estudi o previo . | Desd e la fecha de los Estud ios Previ os | Hasta la termina ción del contrato | Mediante la revisión de la lista de chequeo del proceso y comunica ción telefónica con el fututo contratist a | Ca da dos día s. | |
2 | Gene ral | Ext ern o | Contr atació n | Qu e no pre sen ta la gar antí a o que su pre sen taci | Que no presente la garantía o que ésta no cumpla las condicio nes exigidas en el contrato o que la entrega | No pode r inicia r a tiem po la ejecu cion del contr ato | 1 | 2 | 3 | D - i (Aclara r los requisit os, requeri miento s y especifi cacion es y product os del contrat o) | En tid ad co ntr at an te | 1. Poner en conocimient o del futuro contratista las condiciones del contrato (cobertura, plazo y vigencia de la garantía.). 2. Exigir manifestaci ón de | 1 | 1 | 2 | Ba jo | No | Servi dor(e s) Públic o(s) que proye cta(n) y/o suscri be(n) el estudi o previo | Desd e la fecha de los Estud ios Previ os | Hasta la termina ción del contrato | Mediante la revisión de la lista de chequeo del proceso y comunica ción telefónica con el fututo contratist a | Ca da dos día s. |
on sea tard ía. | de la misma sea tardía. | conocimient o y aceptacion de las condiciones por parte del futuro contratista. | . | |||||||||||||||||||
3 | Gene ral | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | Xxxxxxx ento prematu ro de los recursos asignad os para gastos de desplaz amiento. | No pode r ejecu tar corre ctam ente sus activi dade s, y por ende afect ar el norm al desa rrollo de las funci ones de la entid ad. | 4 | 3 | 7 | C - (Acept ar el riesgo cuando no puede ser evitado ) | En tid ad co ntr at an te | Realizar seguimiento a los gastos de viaje y desplazami ento | 4 | 3 | 7 | Alt o | Si | Servi dor(e s) Públic o(s) que proye cta(n) y/o suscri be(n) el estudi o previo . | Desd e la fecha de los Estud ios Previ os | Hasta la termina ción del contrato | Revisión de la base de datos de la oficina financiera | Me nsu al |
4 | Gene ral | Ext ern o | Ejecu ción | Soc ial | Paros, manifest aciones, protesta s de la comunid ad, gremios, indigena s que impidan la correcta ejecucio n de las activida des del contrato | No pode r ejecu tar corre ctam ente sus activi dade s, y por ende afect ar el norm al desa rrollo de | 3 | 5 | 8 | E- (Reduc ir las consec uencia s o el impact o del riesgo a través de planes de conting encia) | En tid ad co ntr at an te | Mediante el seguimiento realizado a los informes de Ejecución | 3 | 5 | 8 | Alt o | Si | Servi dor públic o desig nado como super visor | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | a través de los Informes de Supervisi ón | Me nsu al |
las funci ones de la entid ad. | ||||||||||||||||||||||
5 | Espe cífico | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | El contratis ta no presenta los informes de acuerdo a lo estipula do en el contrato | Entor pece el segui mien to a la ejecu ción de las activi dade s con la impr obab ilidad de obte ner logro s, halla zgos y alter nativ as de corre ción oport unas | 2 | 2 | 4 | D - ii (revisar proces os) | En tid ad co ntr at an te | Notificación oficial al contrtista sobre el incumplimie nto en la periodicidad de la presentació n de los informes | 2 | 2 | 4 | Ba jo | Si | Servi dor públic o desig nado como super visor | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | A través de notificacio nes oficiales | Co nfor me a la peri odi cid ad des crit a en el con trat o |
6 | Espe cífico | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | El contratis ta no presenta los pagos a la segurida d social de acuerdo a lo estipula do en el contrato y en la normativ | Entor pece el segui mien to a la ejecu ción de las activi xxxx x. | 0 | 0 | 0 | X - xx (revisar proces os) | En tid ad co ntr at an te | Notificación oficial al contrtista sobre el incumplimie nto en el pago de seguridad social acorde a lo establecido en el contrato y en la normativida d | 1 | 1 | 2 | Ba jo | no | Servi dor públic o desig nado como super visor | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | A través de notificacio nes oficiales | Co nfor me a la peri odi cid ad des crit a en el con trat o |
idad | ||||||||||||||||||||||
7 | Gene ral | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | La solicitud por parte del contratis ta de terminar el contrato por mutuo acuerdo | Entor pece el cum plimi ento del objet o contr actu al | 2 | 5 | 7 | C - (Acept ar el riesgo cuando no puede ser evitado ) | En tid ad co ntr at an te | Notificacion a la oficina Juridica para adelantar el Acta de terminaciòn por mutuo acuerdo | 2 | 5 | 6 | Alt o | no | Servi dor públic o desig nado como super visor | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | A través de notificacio nes oficiales | Cu and o se pre sen te la situ aci ón |
8 | Espe cífico | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | Falla en la disposici ón de insumos , herrami entas, logistica | Entor pece el cum plimi ento del objet o contr actu al | 4 | 4 | 8 | E- (Reduc ir las consec uencia s o el impact o del riesgo a través de planes de conting encia) | En tid ad co ntr at an te | Notificacion al ordenador del gasto | 4 | 4 | 8 | Alt o | Si | Orde nador del gasto - Area comp etent e | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | A través de notificacio nes oficiales | Cu and o se pre sen te la situ aci ón |
9 | Espe cífico | Ext ern o | Ejecu ción | Op era cio nal | Accident alidad en el desarroll o del contrato | Entor pece el cum plimi ento del objet o contr actu al | 2 | 2 | 4 | B- Transfe rir el riesgo a ARP | En tid ad co ntr at an te | Notificacion al ordenador del gasto- Oficina Juridica para Suspender el contrato si a ello hubiere lugar | 1 | 1 | 2 | Ba jo | no | Orde nador del gasto - Area comp etent e | Desd e la legali zacio n del contr ato hasta el 30/09 /2021 | Hasta la termina ción del contrato | A través de notificacio nes oficiales | Cu and o se pre sen te la situ aci ón |
11. GARANTIAS QUE SE EXIGIRAN EN EL CONTRATO
No se exigirán garantías de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, lo anterior en razón a que no se entregará anticipo y los servicios se remuneraran previa presentación del informe de actividades; cuenta de cobro y/o factura respectiva y la constancia de recibo a satisfacción del servicio suscrita por el supervisor del contrato.
12. APLICACIÓN TRATADOS O CONVENIOS DE LIBRE COMERCIO
De conformidad con numeral 1.2.3 del MANUAL EXPLICATIVO DE LOS CAPÍTULOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES NEGOCIADOS POR
COLOMBIA PARA ENTIDADES CONTRATANTES expedido por el DNP la presente contratación no se encuentra cobijada por tratados o convenios de libre comercio, pues se trata de una contratación directa (excluida).
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Personero Municipal de Popayán
Proyectó: L.M.A.S- Abogada contratista Personería Municipal de Popayán. Revisó: J.A.R.F- Abogado Contratista Personería Municipal de Popayán.