Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LOS PROYECTOS PILOTO EN EL MARCO DE LA RED TRANSFRONTERIZA DE AUTORIDADES LOCALES EN ENERGÍAS RENOVABLES, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
Este contrato tiene por objeto el suministro e instalación de los elementos previstos en el “INFORME DE CUMPLIMIENTO DE NECESIDADES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACTUACIONES PILOTO DEL PROYECTO RETALER EN VARIOS MUNICIPIOS
DE LA MANCOMUNIDAD XXXXXX DE FRESNEDOSA”, de conformidad con el Pliego de Prescripciones técnicas de la contratación (documentos aprobados por resolución 1217/2010, de 3 de septiembre).
En este objeto se incluyen, en concreto, los siguientes lotes:
LOTES | UNIDADES DE ACTUACIÓN | CANTIDAD | IVA | TOTAL |
Lote I | Adquisición e instalación de dos Calderas de Biomasa | 33.898, 30€ | 6.101,70€ | 40.000€ |
Lote II | Adquisición y montaje de Instalación Solar Térmica | 12.711, 86€ | 2.288,14€ | 15.000,00€ |
Lote III | Astilladora | 5.932, 20€ | 1.067,80€ | 7.000,00€ |
TOTAL | 52.542,36€ | 9.457,64€ | 62.000,00€ |
La división del objeto de este contrato en los lotes que se han descrito responde a la naturaleza de cada una de las instalaciones, y a sus diferentes prestaciones. No obstante, están todas previstas en la actuación “Proyectos Piloto” del formulario de candidatura de RETALER, cuya ejecución corresponde al Organismo Autónomo para el Desarrollo Local de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx (en adelante, OADL), y constituyen una unidad funcional en los términos expuestos en el art. 74 de la LCSP, sin perjuicio de la posibilidad de su aprovechamiento separado en cuanto a la utilidad que aporta a cada uno de los edificios de titularidad municipal en los que se ubican.
En este objeto se incluye, según el pliego técnico, no sólo el suministro, sino también una serie de prestaciones accesorias ligadas a la elaboración de las “memorias” y/o “proyectos”, la dirección de los trabajos, el alta de las instalaciones en el Organismo competente, su transporte y montaje, y el mantenimiento durante el plazo de garantía. Sin embargo, el coste de estas prestaciones, según el valor estimado en la cláusula quinta de este pliego, no es relevante en relación con el presupuesto total de la adquisición, por lo que no afectan a la calificación de este contrato como el típico de suministro que se regula en el art. 9 de la LCSP.
En base a lo expuesto, el objeto de este contrato se desglosa en los trabajos que se corresponden con los siguientes códigos de la relación de actividades que se enumeran en el Anexo I de la LCSP, a la que remiten los artículos 6 de la misma Ley y 67.2.a) del RGLCAP:
CPCprov: 54699. Otros servicios de instalación n.c.p.
CPV1: 42160000-8. Instalaciones xx xxxxxxxx.
09331000-8. Placas solares.
1 Nomenclatura de Clasificación que contiene el Reglamento (CE) Nº 213/2008, de la Comisión, que modifica el
CLAUSULA SEGUNDA. JUSTIFICACIÓN. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El OADL es socio del Proyecto Red Transfronteriza de Autoridades Locales en Energías Renovables (RETALER), suscrito entre su Presidente y el representante de la Autoridad de Gestión del Programa de Cooperación Transfronteriza España-Portugal (POCTEP) 2007-2013, y como tal le corresponde la realización y puesta en marcha de las Actividades de Proyectos Piloto programadas en el mismo (número 2 del formulario de candidatura) que se desarrolla en el “INFORME DE CUMPLIMIENTO DE NECESIDADES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACTUACIONES PILOTO DEL PROYECTO RETALER EN VARIOS MUNICIPIOS
DE LA MANCOMUNIDAD XXXXXX DE FRESNEDOSA”, aprobado por resolución 1217/2010, de 3 de septiembre.
De acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 3º de sus Estatutos, el O.A.D.L. tiene atribuidas las funciones de asesoramiento y asistencia en materia de desarrollo local y puesta en marcha de los programas y proyectos que favorezcan objetivos estratégicamente establecidos, concurriendo así con los del Proyecto de referencia.
El presente contrato de suministro tiene carácter administrativo, y las partes que lo suscriben quedarán sometidas expresamente a lo establecido en este pliego. Tendrán, además, carácter contractual los documentos que se relacionan a continuación y en el orden que se indica:
1. El Pliego de prescripciones técnicas.
2. El documento en que se formalice el contrato.
3. La memoria descriptiva ofertada por el adjudicatario, en lo que se refiere a las características de los elementos que componen cada uno de los Lotes.
En caso de discordancia entre este pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el de cláusulas jurídico-administrativas, por entender que contiene los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP). Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora de la Cooperación Transfronteriza y los Fondos Comunitarios.
CLAUSULA TERCERA. ORGANO DE CONTRATACIÓN. PERFIL DE CONTRATANTE.
Según lo dispuesto en el apartado primero de la disposición adicional primera de la LCSP, el Presidente del OADL es el órgano de contratación con competencia para aprobar y suscribir el presente contrato, sin perjuicio de la delegación efectuada en la Vicepresidencia del Organismo por resolución 785, publicada en el B.O.P. Nº 172, de 5 de septiembre de 2007.
En todo lo relativo a la tramitación de este contrato, los interesados podrán dirigirse a la siguiente dirección: X/ Xxxxxxxx, xx 00, xx Xxxxxxx. El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través del Portal de la Contratación Pública de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, en el sitio web institucional:
xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx/00_xxxx /04lici_suministros_list.php.
CLAUSULA CUARTA. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El presente contrato administrativo de suministro se tramitará de forma ordinaria; se adjudicará por procedimiento negociado sin publicidad, por la aplicación combinada de los artículos 10, 157.f) y 161.2 de la LCSP; y en su instrucción, se seguirán las normas que se contienen en los artículos 160, 161 y 162 de la misma ley.
CLAUSULA QUINTA. TIPO DE LICITACIÓN.
Cada licitador puede concurrir a uno, varios o todos los lotes, siendo el tipo máximo de licitación cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y dos euros con treinta y seis céntimos (52.542,36 €), según figura en el siguiente cuadro, desglosado por lotes, en el que se indica, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración.
LOTES | PRESUPUESTO | B.I. | I.V.A. | TOTAL |
Lote I | Adquisición e instalación de dos Calderas de Biomasa | 33.898,30 € | 6.101,70 € | 40.000,00 € |
Lote II | Adquisición y montaje de Instalación Solar Térmica | 12.711,86 € | 2.288,14 € | 15.000,00 € |
Lote III | Astilladora | 5.932,20 € | 1.067,80 € | 7.000,00 € |
TOTAL | 52.542,36 € | 9.457,64 € | 62.000,00 € |
El valor estimado de este contrato es cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y dos euros con treinta y seis céntimos (52.542,36 €), I.V.A. excluido, calculado por referencia a los precios medios xxx xxxxxxx en el momento en que se inicie el procedimiento de adjudicación.
En estos valores se han tenido en cuenta los costes, a tanto alzado, de los siguientes aspectos: adquisición, memorias y/o proyectos, instalación y montaje, control y dirección de los trabajos, garantía y mantenimiento, así como todos aquellos trámites necesarios (permisos, tasas, licencias, etc.) para la legalización y puesta en marcha de las instalaciones, y su garantía y mantenimiento durante el plazo de garantía fijado.
No obstante, el presupuesto estimado de los componentes de la prestación para cada uno de los lotes se expresa en el cuadro adjunto, en el que consta el porcentaje que suponen en relación con el total del presupuesto de las actuaciones.
SUMINISTROS | UBICACIÓN | PRESUPUESTO TOTAL (IVA INCLUIDO) | Coste estimado Adquisición Equipamiento. | Coste estimado prestaciones accesorias. | ||
Importe | % | Importe | % | |||
CALDERA BIOMASA 1. | Pisos Tutelados Acehúche | 20.000,00 € | 17.000,00 | 85,00% | 3.000,00 | 15,00% |
CALDERA BIOMASA 2. | Colegio Público Ceclavín | 20.000,00 € | 17.000,00 | 85,00% | 3.000,00 | 15,00% |
PLACA SOLAR | Polideportivo Torrejoncillo | 15.000,00 € | 12.000,00 | 80,00% | 3.000,00 | 20,00% |
ASTILLADORA | Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa | 7.000,00 € | 7.000,000 | 100,00% | - | - |
Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente para cada uno de los lotes a los que concurran. Aquellas cuyo importe sin IVA superen el tipo máximo de licitación fijado en cada caso, se tendrán por no presentadas en relación con el lote para el que se efectúe oferta de importe superior.
CLAUSULA SEXTA. PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN.
Las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de estos contratos serán satisfechas con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan en el siguiente cuadro para cada una de los lotes que componen su objeto, RC 130 de 6 de septiembre de 2010, perteneciente a los ejercicios económicos de las dos anualidades del proyecto de gastos.
LOTES | UNIDADES DE ACTUACIÓN | CANTIDAD | PARTIDAD PRESUPUESTARIA |
Lote I | Dos Calderas de Biomasa | 40.000,00 € | 2010.17201.6230009. INVERSIONES, MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS 09 |
Lote II | Placa solar térmica | 10.000,00 € | 2010.17201.6230009. INVERSIONES, MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS 09 |
5.000,00 € | 2010.17201.62300. MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE CTEP RETALER 10. | ||
Lote III | Astilladora | 7.000,00 € | 2010.17201.62300. MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE CTEP RETALER 10. |
TOTAL | 62.000,00 € |
En relación con el Presupuesto del Proyecto 0062_RETALER_6_E, estos contratos supondrán, en total, el siguiente gasto:
Anualidad | Total Presupuesto | Anualidad |
2009 | 136.550,00 € | 50.000,00 € |
2010 | 63.450,00 € | 12.000,00 € |
TOTAL | 200.000,00 € | 62.000,00 € |
Este proyecto se financia, en un 25 % de su presupuesto con fondos propios, y en un 75 %, por el FEDER, mediante subvención concedida por acuerdo del Comité de Gestión del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal 2007-2013 en su reunión de 28 de enero de 2009, notificado el 10 de febrero al Organismo Autónomo Área Desarrollo Local de la Diputación de Badajoz, beneficiario principal del proyecto 0062_RETALER_6_E, por la
Dirección General de Fondos Comunitarios de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.
CLAUSULA SÉPTIMA. PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía será de dos años para cada uno de los lotes que componen el objeto contractual, y comenzará a contar desde la fecha en que se suscriba el acta de recepción, que tendrá lugar, atendiendo a las circunstancias de estos contratos, a través de acto formal de conformidad de la Administración dentro del mes siguiente a la entrega del suministro. La entrega requerirá la realización previa de los ensayos y pruebas funcionales que fuesen necesarios para el funcionamiento correcto de las instalaciones. A estos efectos, se realizarán los ensayos y pruebas funcionales necesarias (estanqueidad, pruebas hidrostáticas, válvulas, bombas, sistema de control, etc.) para que las instalaciones presenten un funcionamiento correcto de acuerdo a lo especificado en el proyecto de la empresa adjudicataria.
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro y/o instalación de conformidad con lo pactado.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición y el montaje de los que resulten inadecuados, o su reparación si fuese suficiente.
CLAUSULA OCTAVA. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
El precio de cada uno de los lotes será el de la oferta que resulte seleccionada a propuesta de la Mesa de Contratación, que se pronunciará en relación con cada uno de ellos por separado.
El abono del precio al contratista de cada uno de los lotes se realizará por la parte que corresponda a su valor unitario, una vez aplicado el porcentaje de baja de la oferta adjudicataria con respecto al presupuesto base de licitación.
Los pagos se efectuarán, por el total de cada lote, mediante transferencia bancaria, y se ordenarán contra la presentación de factura, una vez finalizada la instalación correspondiente, previa certificación de la entrega y con la conformidad del responsable del Proyecto, mediante informe favorable de los trabajos realizados.
Salvo que se conceda la prórroga del Proyecto 0062_RETALER_6_E, será necesario que los trabajos estén finalizados antes del 17 de diciembre de 2010 y certificados antes de 31 de diciembre del mismo año, fecha a partir de la cual se efectuarán los pagos que se deducen de la ejecución de estos contratos.
CLAUSULA NOVENA. FIANZAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
Garantía provisional. En atención a las circunstancias que concurren en este contrato, y al amparo de lo dispuesto en el art. 91.1 de la LCSP, se entiende que no existen razones que justifiquen su exigencia, por lo que NO PROCEDE.
Garantía definitiva. Los licitadores que presenten la oferta económicamente más ventajosa para cada uno de los lotes, estarán obligados a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva.
Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del lote al que hubieran licitado,
I.V.A. excluido.
La constitución de esta garantía deberá efectuarse, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 83 a 90 de la LCSP y 55, 56 y 57 del RGLCAP, por el licitador seleccionado, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento que se regula a estos efectos en el art. 135 de la LCSP.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.
CLAUSULA DÉCIMA. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
El órgano de contratación solicitará oferta al menos a cinco empresas o entidades capacitadas para la realización del objeto de cada uno de los lotes de este contrato, pudiendo las empresas invitadas concurrir a uno o más de estos lotes, sin que puedan presentar variantes.
Dentro del plazo de quince días naturales desde el envío de la invitación a participar, los licitadores presentarán en el Registro de Entrada del O.A.D.L., sito en xxxxx Xxxxxxxx xx 00 xx Xxxxxxx, en horario de 8 a 14 horas, los tres sobres cerrados que se indican en la cláusula siguiente (“A” de Documentación administrativa, “B” con la Propuesta económica, y “C” de Documentación técnica).
En cada uno de los sobres se indicará el título del mismo, la contratación a que concurre con especificación del lote o lotes para los que va a presentar oferta, el nombre de la empresa licitadora, dirección del ofertante, nombre y apellidos de quién firme la proposición y el carácter en que lo hace.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, deberán remitirse a las dependencias u oficinas expresadas en la invitación y cumplirán los requisitos señalados en el artículo 80.4 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.
Sin la concurrencia de los requisitos expuestos no será admitida la proposición, y tampoco si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la invitación.
CLAUSULA DECIMOPRIMERA. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la administración.
Las proposiciones que se presenten tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la posibilidad de concurrir a la adjudicación de más de uno de los lotes que componen el objeto del contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar, en su caso, a la no admisión de todas las presentadas por el mismo (artículo 129.3 de LCSP).
Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por ellos mismos, o persona que les represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Propuesta Económica.
- Sobre «C»: Documentación Técnica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor.
Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 49 del LCSP.
El Sobre “A” contendrá original, copia legitimada, o fotocopia compulsada, de los siguientes documentos:
1º Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Los empresarios individuales deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
2º Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder al efecto, previamente bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Excelentísima Diputación Provincial xx Xxxxxxx, y
fotocopia, legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, de su DNI o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3º Solvencia económica, financiera y técnica. Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con la Administración deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica por cualquiera de los medios que se especifican en los artículos 64 y 67 de la LCSP, siendo requisitos mínimos de solvencia para poder participar en esta licitación:
LOTES I Y II:
1. Un certificado de buena ejecución de contrato de instalación y suministro por el mismo objeto por cada uno de los tres últimos años. |
2. Declaración formal expresa, firmada y avalada por el representante de la empresa licitadora, por la que se nombre a un Ingeniero Industrial, o bien, un Licenciado en Ciencias Ambientales, para la ejecución del contrato. Deberá adjuntarse copia del Título. |
3. Relación del personal especializado que se va a destinar a la instalación y puesta en funcionamiento del suministro, con justificación de su habilitación para la ejecución de este contrato. |
XXXX XXX: Un certificado de buena ejecución de contrato de suministro por el mismo objeto por cada uno de los tres últimos años.
4.º Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración, señaladas en el artículo 49 de la LCSP, y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal, Autonómica y Local y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 62 LCSP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta que, en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se les concederá un plazo de 15 días hábiles.
5.º En su caso, una dirección de correo electrónico.
6.º Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
SOBRE «B» PROPUESTA ECONÓMICA
Proposición económica formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo I de este pliego, formando parte inseparable del mismo, al que se adjuntarán las mediciones de la instalación y el presupuesto desglosado en precios unitarios para cada uno de los lotes a los que licita, debiendo especificarse además, en relación con el LOTE II, el coste de las siguientes partidas:
Suministro y montaje de todos los componentes necesarios para el correcto acabado y funcionamiento de la instalación.
Trabajos auxiliares (empleo de grúas para instalación de captadores), ayudas de albañilería, desmontajes de instalaciones existentes, obra civil, etc., necesarios para la completa ejecución de la instalación.
Plan de Seguridad.
Panel Informativo del funcionamiento de la instalación solar.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, los datos que la administración estime fundamentales para considerar la oferta.
SOBRE «C» DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
La documentación técnica contendrá aquellos documentos que reflejen las características de la oferta relativas a la forma de realización del objeto de licitación, considerando lo dispuesto en este pliego y el de prescripciones técnicas. En concreto, deberá incluirse:
PROPUESTA LOTE I: SUMINISTRO DOS CALDERAS DE BIOMASA EN EDIFICIOS MUNICIPALES.
1.- Memoria técnica justificativa y cálculos de la instalación.
2.- Esquema de conexionado al equipo actual.
3.- Características técnicas de los componentes.
4.- Planos de instalación y esquemas hidráulicos de la instalación.
5.- Calendario de ejecución.
6.- Garantías y oferta de mantenimiento.
7.- Carga inicial de combustible con la capacidad del silo.
8.- Puesta en funcionamiento de la instalación.
PROPUESTA LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA PARA AGUA CALIENTE SANITARIA.
1.- Estimación de Prestaciones de la Instalación: Las instalaciones a acometer se contemplan como soluciones de ahorro y eficiencia energética viables en el actual marco técnico, económico y normativo. El ofertante deberá garantizar el buen diseño de las instalaciones apoyándose en cálculos detallados y simulaciones energéticas que consideren la operación en régimen dinámico a lo largo de todo el año, en todas las condiciones ambiente y de demanda previsibles. En la oferta se detallará el procedimiento de diseño, especificando los datos considerados y las hipótesis asumidas, y se ofrecerán los resultados de operación estimados con desgloses diarios (para días representativos), mensuales y anuales. Se ofrecerán valores, al menos, de los siguientes conceptos: energía solar útil aportada (kW y kWh),), demandas totales de calor para ACS (kW y kWh), porcentaje de aporte útil proporcionado (en %), rendimientos de la instalación solar (en %), generación térmica por unidad de superficie de captación solar (en kW/m2).
2.- Planos y Esquemas: Al menos se incluirán los siguientes esquemas: implantación general, esquemas de principio (solar, ACS, etc), esquemas de línea de la distribución de los captadores y el trazado de tuberías, esquemas de línea de los sistemas de acumulación, de intercambio, de energía auxiliar y de bombas, esquemas eléctricos de control y seguimiento, y esquema del diseño de la estructura soporte de los captadores.
3.- Calendario de ejecución.
4.- Garantías y oferta de mantenimiento.
PROPUESTA LOTE III: SUMINISTRO ASTILLADORA.
1.- Memoria justificativa.
2.- Características técnicas. 3.- Plazo de entrega.
4.- Garantías y Mantenimiento.
Cada licitador podrá presentar, además, los documentos que considere oportunos para la valoración de las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el presente pliego.
El licitador deberá responder de la exactitud de todos los datos presentados.
En el supuesto de que alguno de los documentos relacionados anteriormente hubiese sido aportado en el sobre «A», se hará constar esta circunstancia en este sobre «C».
CLAUSULA DECIMOSEGUNDA. MATERIAS OBJETO DE NEGOCIACIÓN.
LOTE I: SUMINISTRO DE DOS CALDERAS DE BIOMASA EN EDIFICIOS MUNICIPALES.
Criterios valorables en cifras o porcentajes: 1.- Precio (40%): Mejora económica.
Puntuación = 40 (33.898,30 – Importe de la Oferta)
33.898,30
2.- Reducción plazos de ejecución (30%): Se asignarán dos puntos por cada día en que se reduzca el plazo de entrega fijado en este pliego hasta un máximo de 30 puntos (o 15 días).
Criterios no valorables en cifras o porcentajes:
Aspectos técnicos (30%): Proyecto, Calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación.
- Rendimiento: 10%
- Potencia: 7,5%
- Grado de innovación tecnológica: 7,5%
- Garantía de la instalación y mantenimiento in situ: 5%
Rendimiento de la caldera a potencia nominal. Se asignará 1 punto por cada punto porcentual adicional tomando como punto xx xxxxxxx un rendimiento del 89%, hasta un máximo de 10 puntos porcentuales.
Potencia. Se valorará la adecuación de la potencia de la caldera a las necesidades térmicas del edificio. Se otorgará 1 punto porcentual por cada 5 kW reducidos en la potencia exigida a las calderas, hasta un máximo de 7,5 puntos porcentuales. Esta reducción deberá estar siempre justificada mediante los cálculos oportunos, que demuestren que, con la bajada de la potencia, la caldera se adecua mejor a las necesidades térmicas del centro y aumenta su rendimiento.
Grado de innovación tecnológica. se recompensarán aquellas instalaciones que tengan elementos que proporcionen una mejora sustancial a las instalaciones, que sean poco comunes, así como la aplicación de la tecnología más reciente. Por ejemplo, sonda lambda, limpieza automática intercambiadores, sistema automático de extracción de cenizas, sistemas de
telecontrol, telegestión, parrilla móvil, sistema de combustión secundario, seguridad contra retroceso en combustión, sistema de compactación de cenizas, etc. Se asignará 1 punto porcentual por cada elemento, hasta un máximo de 7,5 puntos porcentuales.
Garantía y mantenimiento de la instalación. Se otorgará 1 punto porcentual por año adicional de garantía en el conjunto de la instalación, hasta un máximo de 3 puntos porcentuales. También se asignará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento del conjunto de la instalación, hasta un máximo de 2 puntos.
LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA PARA AGUAL CALIENTE SANITARIA.
Criterios valorables en cifras o porcentajes: 1.- Precio (40%): Mejora económica.
Puntuación = 40 (12.711,86 – Importe de la Oferta)
12.711,86
2.- Reducción plazos de ejecución (30%): Se asignarán dos puntos por cada día en que se reduzca el plazo de entrega fijado en este pliego hasta un máximo de 30 puntos (o 15 días).
Criterios no valorables en cifras o porcentajes:
Aspectos técnicos (30%): Proyecto, Calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación.
El sistema de captación. Se tendrá en cuenta la superficie total del sistema de captación y rendimiento de este mediante el cálculo de la contribución solar. Para ello, se empleará el método de F-CHART con los datos de radiación aportados por CENSOLAR para la provincia xx Xxxxxxx y teniendo en cuenta una temperatura de uso de 60 ºC. Se asignará 1 punto por cada punto porcentual adicional al mínimo exigido por el Código Técnico de la Edificación en su Documento Básico HE 4. Hasta un máximo de 12 puntos.
El sistema de acumulación. En este apartado se valorarán dos aspectos. Por un lado el volumen total del sistema de acumulación, otorgando 1 punto por cada 100 litros adicionales al mínimo exigido y hasta un máximo de 4 puntos. Por otro lado, se valorará la relación V/A, concediendo 4 puntos si se encuentra entre 70 y 90 ambos inclusive y 2 puntos si esta en los rangos 60 ≤ V/A < 70 y 90 < V/A ≤ 120. Para el resto de casos la puntuación será 0.
El esquema de conexión. Se valorará con 5 puntos la correcta conexión de los distintos elementos en el esquema, prestando especial atención a la conexión del sistema auxiliar. Asimismo deberá existir una clara identificación de las instalaciones y sus elementos. En el caso de que no se cumpla alguna de estas condiciones se valorará como 0.
Garantía y mantenimiento de la instalación. Se dará 1 punto por cada año adicional de garantía en el conjunto de la instalación, hasta un máximo de 3 puntos. También se dará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento del conjunto de la instalación, hasta un máximo de 2 puntos.
En resumen, los porcentajes se reparten de la siguiente forma:
El sistema de captación. 12 %. El sistema de acumulación. 8%.
o Volumen total del sistema de acumulación, 4%.
o Relación V/A, 4%.
El esquema de conexión. 5 %.
Garantía y mantenimiento de la instalación in situ. 5%.
o Garantía del conjunto de la instalación, 3%.
o Mantenimiento de la instalación, 2%.
LOTE III: SUMINISTRO ASTILLADORA.
Criterios valorables en cifras o porcentajes: 1.- Precio (40%): Mejora económica.
Puntuación = 40 (5.932,20 – Importe de la Oferta)
5.932,20
2.- Reducción plazos de ejecución (30%): Se asignarán dos puntos por cada día en que se reduzca el plazo de entrega fijado en este pliego hasta un máximo de 30 puntos (o 15 días).
Criterios no valorables en cifras o porcentajes:
Aspectos técnicos (30%): Documentación técnica de la maquinaria, calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación y otras mejoras como incorporación de remolque homologado.
Sistema de transporte. Se valorará positivamente la incorporación a la oferta de remolque homologado para el transporte de la astilladora. En concreto, se premiará con 6 puntos la incorporación de dicho remolque.
Sistema xx xxxxx. Se asignarán 1 punto por cada cuchilla adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 3 puntos.
Volumen de trabajo. Se dará 1 punto por cada m3/h adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 5 puntos.
Diámetro xxxxxx xx xxxxx. Se concederá 1 punto por cada centímetro adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 5 puntos.
Potencia del motor. Se adjudicará 1 punto por cada CV adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 7 puntos.
Garantía y mantenimiento del equipo. Se dará 1 punto por cada año adicional de garantía in situ de la astilladora, hasta un máximo de 2 puntos. También se dará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento in situ de la astilladora, hasta un máximo de 2 puntos.
En resumen, los porcentajes se reparten de la siguiente forma:
Sistema de transporte. 6 %. Sistema xx xxxxx. 3%.
Volumen de trabajo. 5 %. Diámetro xxxxxx xx xxxxx. 5 %. Potencia del motor. 7 %.
Garantía y mantenimiento del equipo in situ. 4%.
o Garantía del equipo in situ, 2%.
o Mantenimiento del equipo in situ, 2%.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
La apertura se realizará en el plazo de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, en el lugar, y hora señalados en la invitación.
La Mesa procederá a abrir el sobre de documentación administrativa (Sobre «A») entregado en plazo por las empresas invitadas, y examinará la documentación administrativa a que se refiere el art. 130.1 de la LCSP para comprobar si reúne los requisitos exigidos por este Pliego, y para calificar la validez formal de su contenido por si existieran omisiones determinantes de exclusión.
Si la Mesa de contratación observa defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si considera posible la subsanación, un plazo no superior a tres días hábiles para que se aporte la documentación necesaria, comunicándolo por fax a los interesados, o en la dirección de correo electrónico que se hubiera facilitado, en su caso, en el Sobre «A». Sin perjuicio de lo anterior, esta circunstancia deberá hacerse pública, en atención a lo dispuesto en el art. 81 RGLCAP, a través del perfil de contratante.
La Mesa, una vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección fijados en este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Posteriormente se abrirá el sobre de documentación técnica (Sobre «C»).
Concluida la fase de negociación, se valorarán las distintas proposiciones de acuerdo con los criterios técnicos que se contienen en la cláusula decimosegunda, pudiendo solicitarse los informes técnicos que se estimen necesarios. Se presumirán nulas las ofertas técnicamente inadecuadas o que no garanticen debidamente la prestación del objeto contractual en las condiciones precisas. Finalmente, se determinará la puntuación asignada a las ofertas en consideración a los aspectos valorados y se procederá, a continuación, a la apertura del sobre “B”, propuesta económica.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de contratación se constituirá de conformidad con lo establecido en el artículo 295 de la LCSP, y atendiendo al nombramiento efectuado por Resolución Presidencial número 803/2010, de 23 xx xxxxx de 2010, publicada en el B.O.P. de 5 de julio de 2010.
En general, la Mesa de contratación desempeñará las funciones que le atribuye el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. ADJUDICACIÓN.
El órgano de contratación, asistido por la mesa, clasificará, por orden decreciente las proposiciones presentadas. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en la cláusula decimosegunda de este pliego. La mesa de contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa, aunque también podrá proponer que se declare desierto el procedimiento, cuando ninguna de las ofertas sea admisible por incumplimiento de los criterios establecidos.
En todo caso, en el expediente deberá dejarse constancia de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo. Las ofertas presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente.
Los licitadores que hayan presentado las ofertas económicamente más ventajosas deberán presentar el documento de constitución de la garantía definitiva, y el que demuestre la efectiva disposición de los medios que el adjudicatario se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato; y aportar, además, certificado de estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se le podrá exigir, motivadamente, que acredite de nuevo su personalidad y capacidad para contratar.
Para probar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos:
1º Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, que acrediten que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2º Certificado expedido por el órgano competente, en el que se haga constar que no existen deudas de naturaleza tributaria con esta Administración.
3º Si la entidad adjudicataria estuviera sujeta al Impuesto sobre Actividades Económicas, copia de la declaración censal de alta en la matrícula del mismo referida al ejercicio corriente, o bien, copia del último recibo, completado con una declaración responsable de no haber causado baja en la actividad.
La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada, y se notificará a los licitadores simultáneamente a su publicación en el perfil de contratante. La notificación deberá expresar los siguientes extremos:
1º En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
2º Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
3º En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al art. 140.3 de la LCSP.
Adjudicado cada uno de los lotes, y transcurridos los plazos para la interposición de recurso sin que se haya presentado, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados durante tres meses. Si no se retira en ese plazo, la Administración no estará obligada a custodiarla.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.
Los contratos se perfeccionarán con su formalización, a través de documento administrativo que se ajuste a las condiciones de la licitación, en el plazo de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
Los contratos podrán formalizarse en escritura pública si así lo solicitan los contratistas, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento, en aplicación de lo dispuesto en el último artículo indicado. En este caso, el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Las dos partes firmarán, por duplicado ejemplar, el contrato, el Pliego de Cláusulas administrativas particulares y el Pliego de Prescripciones técnicas particulares, con el fin de que una de las copias quede en poder del O.A.D.L. y la otra sea entregada al adjudicatario.
La falta de formalización del contrato producirá las consecuencias previstas en el artículo 140 de la LCSP.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. DURACIÓN.
Los contratos que resulten de este procedimiento tendrán la duración que se determine en la adjudicación de cada uno de los lotes que componen el objeto contractual, sin que la fecha límite de entrega pueda exceder del 17 de diciembre de 2010.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. OBLIGACIONES Y GASTOS DEL CONTRATISTA.
1. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 199 de la LCSP.
2. La Administración podrá encargar la supervisión del objeto del contrato y las verificaciones que exige su financiación subvencionada a un técnico que la representará en sus comunicaciones con el adjudicatario, haciéndose constar esta circunstancia por escrito, en su caso.
3. Las memorias o proyectos que se incluyen en el objeto contractual deberán ajustarse a la legislación vigente y, en concreto, la instalación de las calderas cumplirá fielmente las previsiones contenidas en el RITE. En general, la ejecución del contrato se sujetará a lo establecido en los documentos en que se formalice el mismo, y en sus pliegos, y los trabajos se realizarán de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al adjudicatario el órgano de contratación.
4. En concreto, las obligaciones del contratista serán:
4.1. Destinar a la ejecución de este contrato los recursos necesarios para la correcta realización de los trabajos encomendados, comprometiéndose a mantener el personal adscrito al desarrollo de los mismos hasta su finalización.
4.2. Abstenerse de proporcionar información alguna a terceros, y/o medios de comunicación, sobre la materia objeto del contrato, a no ser que cuente para ello con la previa y expresa autorización de la Administración.
4.3. Entregar los bienes objeto de suministro e instalación en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas de la contratación. Los gastos de la entrega y transporte al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
4.4. Cumplir el plazo de ejecución total regulado en el contrato. Si llegado a su término el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas que le sean imputables, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades económicas que se regulan en el art. 196.4 de la LCSP.
4.5. En general, la ejecución del contrato deberá ajustarse a las exigencias de la normativa comunitaria en cuanto a publicidad y el control de gastos2.
5. El contratista, al realizar los trabajos de forma íntegra, será responsable de los daños y perjuicios que se originen durante el funcionamiento de las instalaciones, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas del proyecto, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, o reglamentarios, en que el mismo haya incurrido, siempre que le sean imputables, de conformidad con lo dispuesto en el art. 288 de la LCSP.
6. Teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este contrato el adjudicatario se compromete, durante los dos primeros años, a contar desde la recepción del suministro, al mantenimiento de las instalaciones en las condiciones que se especifican en el pliego de prescripciones técnicas, prestación que se considerará incluida en el precio del contrato. Opcionalmente, el contratista podrá prestar el mismo servicio, a petición del titular de la instalación, durante tres años más, al precio que proponga en el apartado correspondiente de la oferta económica que presente a licitación.
7. El contratista facilitará la provisión del combustible necesario para el funcionamiento de las calderas de biomasa durante un período mínimo de cinco años, por sí mismo, o a través de cualquier otro operador en el mercado.
8. Son de cuenta del contratista, los gastos de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias: los tributos y arbitrios estatales, municipales, provinciales y regionales que se deriven del contrato, y los que se produzcan o devenguen por la gestión y obtención de autorizaciones administrativas o permisos oficiales necesarios para la realización de los trabajos.
9. El contratista deberá tener en cuenta las obligaciones relativas a fiscalidad, y protección del medio ambiente, así como las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables a los servicios efectuados durante la ejecución del contrato3.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. CAUSAS DE EXTINCIÓN.
Son causas de resolución las recogidas, con carácter general, en los artículos 206 y 275 de la LCSP, y en concreto: el incumplimiento de las instrucciones que sean dadas al contratista por el técnico responsable del proyecto. La resolución de los contratos, en su caso, se acordará por el órgano de contratación, de oficio, o a instancia del contratista, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida, y con los efectos que se regulan en el art. 208 de la LCSP.
2 La Guía de Información y Publicidad del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal (POCTEP), y su Manual de Gestión.
3 A modo ejemplificativo, se relacionan:
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, pro el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx.
Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y resto de normas que la
desarrollan.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN.
Dado el carácter administrativo de este contrato, el órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación ponen fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las formas de impugnación que procedan en derecho administrativo (recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la notificación de la resolución), y de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para la resolución de las cuestiones litigiosas, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio.
El contratista reconoce y admite la naturaleza jurídica del contrato que se formalice con arreglo a este pliego, sometiéndose a la jurisdicción y competencia que corresponde al OADL, (juzgados y tribunales radicados en la ciudad xx Xxxxxxx), y renunciando las partes a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.
TÉCNICA EN ADMINISTRACIÓN GENERAL
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Visto el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, y que la regulación que hace de la contratación que ha de regir se ajusta a la normativa vigente sobre la materia, en uso de las atribuciones que me son asignadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 99.6 y apartado séptimo de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se informa favorablemente.
Lo que hago constar en Cáceres, a 08 de octubre de 2010.
LA SECRETARIA
Fdo.: Xxx de Xxxx Xxxx.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
«Don ................................................................................................ con DNI n.º ,
natural de ...............................................provincia de , mayor de edad
y con domicilio en ...................................................., C/ ..................................................., teléfono
......................................, actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente) manifiesta que, recibida la invitación para la licitación del Contrato de SUMINISTRO PARA LOS PROYECTOS PILOTO EN EL MARCO DE LA RED TRANSFRONTERIZA DE AUTORIDADES LOCALES EN ENERGÍAS RENOVABLES, A ADJUDICAR POR
PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, y conforme con todos los requisitos y condiciones exigidos y con el Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la realización de los trabajos, SE COMPROMETE a asumir el cumplimiento del contrato por:
LOTE I:
PRECIO Caldera Ceclavín (IVA excluido) | |
PRECIO Caldera Acehúche (IVA excluido) | |
PRECIO TOTAL CALDERAS | |
IVA | |
TOTAL | |
Ampliación de Garantía y mantenimiento opcional durante tres años (IVA excluido). |
LOTE II:
PRECIO (IVA excluido) | |
IVA | |
TOTAL | |
DESGLOSE: | |
- Suministro y montaje. | |
- Trabajos auxiliares. | |
- Plan de Seguridad. | |
- Panel informativo de funcionamiento. | |
Ampliación de Garantía y mantenimiento opcional durante tres años (IVA excluido). |
LOTE III:
PRECIO (IVA excluido) | |
IVA | |
TOTAL |
Lugar, fecha, firma del licitador y sello.”
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO PARA PROYECTOS PILOTO EN EL MARCO DE LA RED TRANSFRONTERIZA DE AUTORIDADES LOCALES EN ENERGÍAS RENOVABLES.
PRIMERO.-OBJETO DEL CONTRATO
El presente pliego tiene por objeto la contratación del suministro de dos calderas de biomasa, una placa solar térmica para agua caliente sanitaria, una astilladora y, la elaboración de proyectos, en su caso, posterior instalación de todas las adquisiciones, puesta en marcha, control, legalización de las instalaciones, prestación de garantías y mantenimiento. Todo ello en cumplimiento de las Actuaciones Piloto, que se llevarán a cabo en los municipios de Acehúche, Ceclavín y Torrejoncillo de la Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa, del Proyecto Red Transfronteriza de Autoridades Locales en Energías Renovables “RETALER”, en el cual participa el Organismo Autónomo para el Desarrollo Local de la Diputación xx Xxxxxxx.
La contratación se fracciona en los lotes que a continuación se detallan.
LOTE 1. Suministro dos calderas de biomasa.
LOTE II. Suministro de una placa solar térmica para agua caliente sanitaria. LOTE III. Suministro de una astilladora.
SEGUNDO.- PRESUPUESTO
El presupuesto asciende a cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y dos euros con treinta y siete céntimos (52.542,37 €) más IVA al 18%, por importe de nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con sesenta y tres céntimos (9.457,63 €), ascendiendo el total licitación a sesenta y dos mil euros (62.000,00 €), IVA incluido.
El valor estimado de este contrato se ha calculado por referencia a los precios medios xxx xxxxxxx en el momento en que se inicie el procedimiento de adjudicación. En este valor se han tenido en cuenta los costes, a tanto alzado, de los siguientes aspectos: adquisición del suministro, proyectos, instalaciones, control, garantía, mantenimiento durante el plazo de garantía y, así como todos aquellos trámites necesarios (permisos, tasas, licencias, etc.) para la legalización y puesta en marcha de las instalaciones.
A efectos de la calificación del contrato se han realizado las siguientes estimaciones de las prestaciones que se incluyen en el mismo:
SUMINISTROS | UBICACIÓN | PRESUPUESTO TOTAL (IVA INCLUIDO) | Coste estimado Adquisición Equipamiento. | Coste estimado prestaciones accesorias. | ||
Importe | % | Importe | % | |||
CALDERA BIOMASA 1. | Pisos Tutelados Acehúche | 20.000,00 € | 17.000,00 | 85,00% | 3.000,00 | 15,00% |
CALDERA BIOMASA 2. | Colegio Público Ceclavín | 20.000,00 € | 17.000,00 | 85,00% | 3.000,00 | 15,00% |
PLACA SOLAR TÉRMICA | Pabellón Polideportivo Municipal Torrejoncillo | 15.000,00 € | 12.000,00 | 80,00% | 3.000,00 | 20,00% |
ASTILLADORA | Parque Maquinaria Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa | 7.000,00 € | 7.000,000 | 100,00% | - | - |
La contratación se fracciona en los lotes que a continuación se detallan, constituyendo el objeto de cada LOTE una unidad funcional susceptible de realización independiente:
LOTES | UNIDADES DE ACTUACIÓN | CANTIDAD | IVA (18%) | TOTAL |
Lote I | Dos Calderas de Biomasa | 33.898, 31€ | 6.101,69€ | 40.000€ |
Lote II | Placa Solar Térmica | 12.711, 86€ | 2.288,14€ | 15.000,00€ |
Lote III | Astilladora | 5.932, 20€ | 1.067,80€ | 7.000,00€ |
TOTAL | 52.542,37€ | 9.457,63€ | 62.000,00€ |
Que se abonará con cargo a las partidas presupuestarias especificadas a continuación:
LOTES | UNIDADES DE ACTUACIÓN | CANTIDAD | PARTIDAD PRESUPUESTARIA |
Lote I | Dos Calderas de Biomasa | 40.000,00 € | 2010.17201.6230009. INVERSIONES, MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS 09 |
Lote II | Placa Solar Térmica para agua caliente sanitaria. | 10.000,00 € | 2010.17201.6230009. INVERSIONES, MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS 09 |
5.000,00 € | 2010.17201.62300. MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE CTEP RETALER 10. | ||
Lote III | Astilladora | 7.000,00 € | 2010.17201.62300. MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE CTEP RETALER 10. |
TOTAL | 62.000,00 € |
TERCERO.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento: Negociado sin publicidad, art. 161.2 LCSP, por razón de la cuantía al amparo de lo establecido el art. 157.f) de la ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx.
CUARTO.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
ANTECEDENTES
El Organismo Autónomo para el Desarrollo Local de la Diputación xx Xxxxxxx como entidad que potencia el desarrollo socioeconómico de la provincia, vela por el desarrollo equilibrado del conjunto de la sociedad y trabaja por implantar un modelo de desarrollo sostenible a nivel local en todos los municipios del territorio de actualización, en el marco del Proyecto Red Transfronteriza de Autoridades Locales en Energías Renovables (RETALER), perteneciente a la primera convocatoria del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-
Portugal, y concedido dentro del eje prioritario 3 de Cooperación Territorial y Accesibilidad, se plantea como objetivo principal reforzar la cooperación entre las autoridades locales y provinciales en el campo de la energías renovables, mediante la transmisión de buenas prácticas y metodología así como la definición conjunta de políticas y proyectos transfronterizos en energías renovables.
OBJETOS PREVISTO DEL CONTRATO
Para favorecer la implantación de las energías renovables en los ámbitos de actuación de las entidades locales de la Provincia xx Xxxxxxx y para lograr el desarrollo sostenible que reduzca las diferencias en la materia entre las zonas urbanas y las rurales, y module las acciones ambientales a nivel local, el Organismo Autónomo para el Desarrollo Local de la Provincia xx Xxxxxxx proyecta en el RETALER el suministro de dos calderas de biomasa, suministro de una placa solar térmica para agua caliente sanitaria y suministro de una astilladora.
El territorio en el cual se va a realizar la implementación de los suministros, la Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa, cuenta con un elevado potencial susceptible de aprovechamiento, elemento éste sobre el que trabajan desde hace años, presentando una clara necesidad de desarrollo.
DISTRIBUCIÓN SOBRE EL TERRITORIO MANCOMUNIDAD XXXXXX DE FRESNEDOSA. | ||
LOCALIDADES | INSTALACIONES | SUMINISTRO |
Acehúche | Pisos tutelados Xxxx. Xxxx Xxxxxxx, 00, 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx | Caldera de Biomasa |
Ceclavín | Colegio Público “Xxxxxx xxx Xxxxxxx” Avda. todos los emigrantes, s/n, 10870, Ceclavín, Xxxxxxx. | Caldera de Biomasa |
Torrejoncillo | Xxxx. xx Xxxxxxx, x/x, 00000, Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx | Placa Solar Térmica ACS. |
Torrejoncillo | Parque de Maquinarias | Astilladora |
En definitiva, con el desarrollo de este proyecto se pretende satisfacer la necesidad y la promoción de las energías renovables a través de la acción ejemplarizante de la Administración Pública.
QUINTO.- RELACIÓN SUMINISTROS OBJETO DEL CONTRATO.
1.- SUMINISTRO DOS CALDERAS DE BIOMASA, una de ellas en los Pisos Tutelados de Acehúche, sito en la Xxxx. Xxxx xx Xxxxxxx, 00, 00000 xx Xxxxxxxx, y otra en el Colegio Público ”Xxxxxx xxx Xxxxxxx” de Ceclavín, sito en la Avda de todos los Emigrantes, s/n, 10870 de Ceclavín,
2.- SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA que permita cubrir la demanda de ACS en el Pabellón Polideportivo municipal de la localidad de Torrejoncillo sito en Xxxx. xx Xxxxxxx, x/x, 00000 de Torrejoncillo
3.- SUMINISTRO ASTILLADORA para el parque de maquinaria de la Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa, será ubicada en la localidad de Torrejoncillo.
Se procede a especificar, para cada uno de los lotes, las características que han de regir la contratación:
LOTE I: CALDERA DE BIOMASA INSTALACIONES MUNICIPALES: COLEGIO PÚBLICO Y PISOS TUTELADOS:
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL LOTE I: SUMINISTRO DOS CALDERAS DE BIOMASA.
Los sistemas de climatización con biomasa son respetuosos con el medioambiente, no generan olores como el gasóleo, ni se pueden producir escapes peligrosos como el gas. Su operación y mantenimientos son similares a otros existentes, ya que cuentan con sistemas electrónicos de manejo. Estas calderas tienen una larga vida útil y son prácticamente silenciosas, presentando un alto rendimiento energético del 85/92%.
En cuanto al espacio para el almacenamiento debe adecuarse a las calderas que se instalen así como al local para el cual se proyecta la climatización.
Un sistema de climatización con biomasa debe contar, al menos, con los siguientes sistemas:
- Almacén de combustible.
- Sistema de alimentación.
- Caldera.
- Chimenea.
- Sistema de distribución de calor.
- Sistema de regulación y control.
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL LOTE I: SUMINISTRO DOS CALDERAS DE BIOMASA.
- Caldera de biomasa automática de 105 kW de potencia nominal, para el caso del Colegio Público de Ceclavín y caldera de biomasa automática de 70 kW de potencia nominal para el caso de los Pisos Tutelados de Acehúche.
Las potencias propuestas podrán ser mejoradas si el licitador, tras el estudio de las instalaciones, considera necesario amentarlas o disminuirlas, justificando su oferta de manera que se produzca una clara mejora del rendimiento de las mismas.
Se entenderá por caldera automática aquella que disponga al menos de sistema de encendido y alimentación automáticos.
- El combustible será astillas y pelets, no obstante y a juicio del licitador se podrán presentar combustibles alternativos, siendo debidamente justificados.
- Depósito para almacenamiento de biomasa con capacidad suficiente para que el número de recargas por temporada sea igual o menor a 3. Deberá estar debidamente protegido. Especialmente se deberá asegurar la impermeabilización del depósito, el acceso directo para el llenado de combustible desde el exterior y el acceso para el sistema de alimentación de la caldera. La distancia entre la caldera y el depósito de alimentación será la mínima posible.
- Sistema de alimentación de combustible automático.
- Sistema de control y regulación.
- Conexionado hidráulico a la instalación existente, dando prioridad al funcionamiento de la caldera de biomasa sobre la caldera actual.
- Sistema de evacuación de humos, que en ningún caso podrá utilizar el existente.
- Depósito de inercia.
CONDICIONES ESPECÍFICAS LOTE 1.
COLEGIO PÚBLICO XXXXXX XXX XXXXXXX |
El municipio de Ceclavín, tiene una ubicación en coordenadas 39º 49’ 10’’ Norte y 6º 46’ 4’’ Oeste.El emplazamiento de la Instalación está en la Xxxx xx xxxxx xxx Xxxxxxxxxx, x/x, 00000. La caldera actual marca BALTUR es de gasoil tiene unas necesidades térmicas específicas para un aulario cuyo uso diario atiende alrededor de 168 personas (150 niños y 18 profesores) presentando una media de 1.800 horas anuales de uso. La caldera lleva en funcionamiento desde el año 1987 cuenta con una Potencia Nominal de 105 kW, un Rendimiento xx xxxxxxx del 90% y una Presión de Trabajo de 4 bar. El consumo medio anual es de 2.500 litros, realizándose dos recargas por anualidad. La xxxx xx xxxxxxxx puede ser aprovechada, y el silo se puede construir anexo a la sala pues está ubicada en el patio del colegio, contando con espacio suficiente para la adaptación. |
PISOS TUTELADOS |
El municipio de Acehúche tiene una ubicación en coordenadas 39º 48’ 18’’ Norte y 6º 38’ 5’’ Oeste. El emplazamiento de la Instalación está en la Xxxx. Xxxx xx Xxxxxxx, 00, 00000. La actual caldera marca THERMITAL es de gasoil, atiende a unas necesidades térmicas específicas para un uso diario de 20 personas (más 5 por ingresar) viven diariamente en el edifico. La caldera se usa tanto para calefacción como para agua caliente sanitaria. La caldera lleva instalada desde el año 2000.Tiene una Potencia Nominal de 64.5 kW, un Rendimiento xx Xxxxxxx del 90% y una Presión de Trabajo de 6 bar. El consumo medio anual es de 4.500 litros, realizándose entre ocho y nueve recargas por anualidad. La xxxx xx xxxxxxxx en la actualidad está ubicada en un sitio no muy adecuado, pero se cuenta con un cuarto construido en el 2009, que puede ser utilizado para la nueva instalación y para la colocación del silo. |
Las propuestas de los licitadores para dar cumplimiento al objeto del LOTE 1deberán cumplir fielmente con la legislación vigente.
LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA PARA AGUA CALIENTE SANITARIA PABELLÓN POLIDEPORTIVO DE TORREJONCILLO:
CARACTERÍSTICAS LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA DE AGUA CALIENTE SANITARIA.
Una instalación solar térmica está constituida por un conjunto de componentes encargados de realizar las funciones de captación de la radiación solar, transformarla directamente en energía térmica cediéndola a un fluido de trabajo y, por último almacenar dicha energía térmica de forma eficiente, bien en el mismo fluido de trabajo de los captadores, o bien transferirla a otro, para poder utilizarla después en los puntos de consumo. Dicho sistema se complementa con una producción de energía térmica por sistema convencional auxiliar que debe estar integrada dentro de la misma instalación.
Los sistemas que, al menos, conforman una instalación solar térmica para la producción de agua caliente sanitaria son los siguientes:
- Sistema de captación.
- Sistema de acumulación.
- Circuito hidráulico.
- Sistema de intercambio.
- Sistema de regulación y control.
- Adicionalmente, se dispone de un equipo de energía convencional auxiliar que se utiliza para complementar la contribución solar suministrando la energía necesaria para cubrir la demanda prevista en momentos puntuales, garantizando la continuidad del suministro de agua caliente en los casos de escasa radiación solar o demanda superior a la prevista.
Se quiere integrar la energía solar en el sistema de calentamiento actual del ACS para reducir el consumo energético y las emisiones de CO2 contaminantes. La instalación solar deberá ser eficaz y segura, que proporcione un alto rendimiento y evite sobrecalentamientos en la misma, adaptándose al sistema de calentamiento actual. Se deben diseñar todos los elementos que componen la instalación solar tal que se integre en la instalación existente pudiendo proponer mejoras en la instalación para optimizar el conjunto. En todo momento se deberá mantener la integración con el edificio. El instalador será el encargado de proveer toda la obra civil que fuera necesaria.
La instalación de energía solar deberá ser diseñada y dimensionada para garantizar su máximo aprovechamiento a lo largo de todo el año para la producción de agua caliente sanitaria de tal forma que no se supere la valoración máxima económica estimada que figura en el apartado correspondiente del presente Pliego, con una previsión mínima de 5 captadores, y una potencia mínima de 8,4 kW (11,5 m2 de superficie de captación solar).
Incluirá, al menos, los siguientes elementos:
- Captadores solares, estructura de apoyo y accesorios.
- Circuitos hidráulicos.
- Acumuladores.
- Bombas de circulación.
- Intercambiador.
- Sistemas de seguridad, expansión y medición.
- Sistema de seguimiento y control.
- Auxiliares y otros.
CONDICIONES GENERALES.
1.- Objetivo básico del sistema solar debe cumplir con las siguientes premisas:
a) Optimizar el ahorro energético global de la instalación en combinación con el resto de equipos térmicos del edificio;
b) Garantizar una durabilidad y calidad suficientes (preferiblemente mediante certificados de garantía y marcado CE);
c) Garantizar un uso seguro de la instalación.
2.- Las instalaciones se realizarán con un circuito primario y un circuito secundario independientes, con producto químico anticongelante, evitándose cualquier tipo de mezcla de los distintos fluidos que pueden operar en la instalación.
3.- La instalación deberá contar, al menos en el primario, con un sistema de circulación forzada.
4.- Debido a la temperatura alcanzada por el agua (superior a 60 ºC) no se admitirá la presencia de componentes xx xxxxx galvanizado.
5.- Se instalarán manguitos electrolíticos entre elementos de diferentes materiales para evitar el par galvánico.
6.- Respecto a la protección contra descargas eléctricas, así como en el resto de los componentes de la instalación, configuración, etc. las instalaciones deben cumplir con la reglamentación vigente y en las normas específicas que la regulen.
Fluido de Trabajo:
1.- El fluido portador se seleccionará de acuerdo con las especificaciones del fabricante de los captadores. Pueden utilizarse como fluidos en el circuito primario agua con aditivos, según las características climatológicas del lugar de instalación y de la calidad del agua empleada. En caso de utilización de otros fluidos térmicos se incluirán en el proyecto su composición y su calor especifico.
2.- El fluido de trabajo tendrá un pH a 20 °C entre 5 y 9, y un contenido en sales que se ajustará a los señalados en los puntos siguientes:
a) La salinidad del agua del circuito primario no excederá de 500 mg/l totales de sales solubles. En el caso de no disponer de este valor se tomará el de conductividad como variable limitante, no sobrepasando los 650 µS/cm
b) El contenido en sales de calcio no excederá de 200 mg/l, expresados como contenido en carbonato cálcico;
c) El límite de dióxido de carbono libre contenido en el agua no excederá de 50 mg/l.
3.- Fuera de estos valores, el agua deberá ser tratada.
Conexionado:
1.- Se debe prestar especial atención en la estanqueidad y durabilidad de las conexiones del captador.
2.- Los captadores se dispondrán en filas constituidas, preferentemente, por el mismo número de elementos. Las filas de captadores se pueden conectar entre sí en paralelo, en serie ó en serie paralelo, debiéndose instalar válvulas de cierre, en la entrada y salida de las distintas baterías de captadores y entre las bombas, de manera que puedan utilizarse para aislamiento de estos componentes en labores de mantenimiento, sustitución, etc. Además se instalará una válvula de seguridad por fila con el fin de proteger la instalación.
3.- Dentro de cada fila los captadores se conectarán en serie ó en paralelo. El número de captadores que se pueden conectar en paralelo tendrá en cuenta las limitaciones del fabricante. En este caso, al ser la aplicación exclusivamente de ACS, se podrán conectar en serie hasta 6 m2, al encontrarnos en la zona climática V.
4.- La conexión entre captadores y entre filas se realizará de manera que el circuito resulte equilibrado hidráulicamente recomendándose el retorno invertido frente a la instalación de válvulas de equilibrado. En caso de seleccionar esta última opción se justificará debidamente.
Estructura Soporte:
1.- Se aplicará a la estructura soporte las exigencias del Código Técnico de la Edificación en cuanto a seguridad.
2.- El cálculo y la construcción de la estructura y el sistema de fijación de captadores permitirá las necesarias dilataciones térmicas, sin transferir cargas que puedan afectar a la integridad de los captadores o al circuito hidráulico.
3.- Los puntos de sujeción del captador serán suficientes en número, teniendo el área de apoyo y posición relativa adecuados, de forma que no se produzcan flexiones en el captador, superiores a las permitidas por el fabricante.
4.- Los topes de sujeción de captadores y la propia estructura no arrojarán sombra sobre los captadores.
Procedimiento de Verificación:
Para la justificación de esta sección debe seguirse la secuencia que se expone a continuación:
1.- Obtención de la contribución solar mínima, según tabla 2.1 CTE-HE4 para la zona climática V.
2.- Cumplimiento de las condiciones de diseño y dimensionado:
El dimensionado de la instalación estará limitado por el cumplimiento de la condición de que en ningún mes del año la energía producida por la instalación podrá superar el 110 % de la demanda energética y en no más de tres meses el 100 % y a estos efectos no se tomarán en consideración aquellos periodos de tiempo en los cuales la demanda energética se sitúe un 50 % por debajo de la media correspondiente al resto del año, tomándose medidas de protección.
Con independencia del uso al que se destine la instalación, en el caso de que en algún mes del año la contribución solar real sobrepase el 110 % de la demanda energética o en más de tres meses seguidos el 100 %, se adoptarán cualquiera de las siguientes medidas:
Dotar a la instalación de la posibilidad de disipar dichos excedentes. Tapado parcial del campo de captadores.
Vaciado parcial del campo de captadores (debe ser repuesto por un fluido de
características similares debiendo incluirse este trabajo en ese caso entre las labores del contrato de mantenimiento;
Desvío de los excedentes energéticos a otras aplicaciones existentes.
En el caso de optarse por las soluciones b) y c), dentro del mantenimiento deben programarse las operaciones a realizar consistentes en el vaciado parcial o tapado parcial del campo de captadores y reposición de las condiciones iniciales. Estas operaciones se realizarán una antes y otra después de cada periodo de sobreproducción energética.
Adicionalmente, durante todo el año se vigilará la instalación con el objeto de prevenir los posibles daños ocasionados por los posibles sobrecalentamientos.
La orientación e inclinación del sistema generador y las posibles sombras sobre el mismo serán tales que las pérdidas sean inferiores a los límites de la tabla 2.4. CTE-HE4.
Se ha de cumplir las tres condiciones: pérdidas por orientación e inclinación, pérdidas por sombreado y pérdidas totales inferiores a los límites estipulados respecto a los valores obtenidos con orientación e inclinación óptimos y sin sombra alguna.
Se adoptará, como la orientación optima, el sur y la inclinación justificada de acuerdo con el periodo de utilización.
Sin excepciones, se deben evaluar las pérdidas por orientación e inclinación y sombras de la superficie de captación cumpliendo los requisitos indicados en el CTE-HE4.
Se pretende dar cobertura a la demanda de agua caliente sanitaria del edificio. El rendimiento solar del sistema debe ser de al menos el 30%. La fracción solar mínima con la que se debe contribuir debe ser de más del 70% anual respecto a las necesidades totales.
Para justificar esta producción de energía el sistema de cálculo empleado en el proyecto deberá estar basado en el método F-CHART, que permite realizar el cálculo de la cobertura de un sistema solar, es decir, de su contribución a la aportación de calor total necesario para cubrir las cargas térmicas, y de su rendimiento medio; o bien mediante algún programa de cálculo o simulación reconocido.
En la memoria se establecerá el método de cálculo, especificando, al menos en base mensual, los valores medios diarios de la demanda de energía y de la contribución solar. Asimismo el método de cálculo incluirá las prestaciones globales anuales definidas por:
1.- La demanda de energía térmica;
2.- La energía solar térmica aportada;
3.- Las fracciones solares mensuales y anuales;
4.- El rendimiento medio anual.
Se deberá comprobar si existe algún mes del año en el cual la energía producida teóricamente por la instalación solar supera la demanda correspondiente a la ocupación real o algún otro periodo de tiempo en el cual puedan darse las condiciones de sobrecalentamiento, tomándose en estos casos las medidas de protección de la instalación correspondientes. Durante ese periodo de tiempo se intensificarán los trabajos de vigilancia descritos en el apartado de mantenimiento. En una instalación de energía solar, el rendimiento del captador, independientemente de la aplicación y la tecnología usada, debe ser siempre igual o superior al 30%. Adicionalmente se deberá cumplir que el rendimiento medio dentro del periodo al año en el que se utilice la instalación, deberá ser mayor que el 20 %. El aporte solar proporcionado por la instalación de aprovechamiento de energía solar se calculará en las condiciones de Temperatura del Agua Caliente Sanitaria a su salida hacia el sistema de distribución será como mínimo de 60 ºC.
Consumo de Agua Caliente Sanitaria:
El consumo de referencia de agua caliente sanitaria se expresará a través de los valores medios diarios (en litros/día) para cada uno de los meses del año.
Se debe considerar una ocupación constante de 50 personas al día con un consumo mínimo de 15 litros/día por persona.
La instalación estará diseñada para operar en modo automático sin intervención alguna.
SISTEMA DE ENERGÍA SOLAR
Debe especificarse el número de captadores, superficie útil, orientación, inclinación, ubicación, tipo, marca y característica técnicas de los captadores así como su esquema de conexionado elegidos (paralelo o serie/ paralelo).
Sistema de Captación:
1.- El captador seleccionado deberá poseer la certificación emitida por el organismo competente en la materia según lo regulado en el RD 891/1980 de 14 xx Xxxxx, sobre homologación de los captadores solares y en la Orden de 28 de Julio de 1980 por la que se aprueban las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los captadores solares, o la certificación o condiciones que considere la reglamentación que lo sustituya.
2.- Los captadores que integren la instalación serán del mismo modelo, tanto por criterios energéticos como por criterios constructivos.
3.- Los captadores tendrán un coeficiente global de pérdidas, referido a la curva de rendimiento en función de la temperatura ambiente y temperatura de entrada, menor de 10 Wm2/ºC, según los coeficientes definidos en la normativa en vigor.
Los captadores a instalar deberán estar homologados por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA) ó entidad homologada por el MITyC.
Los captadores solares habrán de poseer un coeficiente global de pérdidas inferior a 4,5 W/m2ºC referido a la temperatura media del captador y un factor óptico superior a 0,7 en su curva de carga homologada.
Igualmente quedará definida la distancia entre filas de captadores, la distancia entre la primera fila de captadores y aquellos obstáculos que puedan producir sombras sobre los mismos.
Se describirá y justificará el diseño y construcción de la estructura portante a realizar, sistema de fijación de los captadores a la estructura del edificio, material de la estructura, protección del material utilizado en estructura y conducciones, etc.
Se especificará el fluido finalmente seleccionado y la protección prevista frente a heladas.
SISTEMA DE ACUMULACIÓN
El sistema de acumulación será, preferentemente vertical, xx xxxxx vitrificado con protección catódica. El aislamiento de poliuretano inyectado o similar.
1.- Se debe prever una acumulación acorde con la demanda.
2.- Para la aplicación de ACS, el área total de los captadores tendrá un valor tal que se cumpla la condición:
50 < V/A <180
A: suma de las áreas de los captadores [m²];
V: volumen del depósito de acumulación solar [litros].
3.- Preferentemente, el sistema de acumulación solar estará constituido por un solo depósito, será de configuración vertical y estará ubicado en zonas interiores. El volumen de acumulación podrá fraccionarse en dos o más depósitos, que se conectarán, preferentemente, en serie
invertida en el circuito de consumo ó en paralelo con los circuitos primarios y secundarios equilibrados.
4.- Para instalaciones prefabricadas según se definen en el Pliego de Condiciones Técnicas del IDAE, a efectos de prevención de la legionelosis, se alcanzarán los niveles térmicos necesarios según normativa mediante el no uso de la instalación. Para el resto de las instalaciones y únicamente con el fin y con la periodicidad que contemple la legislación vigente referente a la prevención y control de la legionelosis, es admisible prever un conexionado puntual entre el sistema auxiliar y el acumulador solar, de forma que se pueda calentar este último con el auxiliar. En ambos casos deberá ubicarse un termómetro cuya lectura sea fácilmente visible por el usuario. No obstante, se podrán realizar otros métodos de tratamiento antilegionela permitidos por la legislación vigente.
5.-Los acumuladores de los sistemas grandes a medida con un volumen mayor de 2 m3 deben llevar válvulas xx xxxxx u otros sistemas adecuados para cortar flujos al exterior del depósito no intencionados en caso de daños del sistema.
La capacidad total de acumulación será, como mínimo, de 1000 litros. Situación de las Conexiones:
1.- Las conexiones de entrada y salida se situarán de forma que se eviten caminos preferentes de circulación del fluido y, además:
La conexión de entrada de agua caliente procedente del intercambiador o de los captadores al interacumulador se realizará, preferentemente a una altura comprendida entre el 50% y el 75% de la altura total del mismo;
La conexión de salida de agua fría del acumulador hacia el intercambiador o los captadores se realizará por la parte inferior de éste;
La conexión de retorno de consumo al acumulador y agua fría de red se realizarán por la parte inferior;
La extracción de agua caliente del acumulador se realizará por la parte superior.
2.- En los casos debidamente justificados en los que sea necesario instalar depósitos horizontales, las tomas de agua caliente y fría estarán situadas en extremos diagonalmente opuestos.
3.- La conexión de los acumuladores permitirá la desconexión individual de los mismos sin interrumpir el funcionamiento de la instalación.
4.- No se permite la conexión de un sistema de generación auxiliar en el acumulador solar, ya que esto puede suponer una disminución de las posibilidades de la instalación solar para proporcionar las prestaciones energéticas que se pretenden obtener con este tipo de instalaciones. Para los equipos de instalaciones solares que vengan preparados de fábrica para
albergar un sistema auxiliar eléctrico, se deberá anular esta posibilidad de forma permanente, mediante sellado irreversible u otro medio.
SISTEMA DE TRANSFERENCIA
1.- Para el caso de intercambiador independiente, la potencia mínima del intercambiador P, se determinará para las condiciones de trabajo en las horas centrales del día suponiendo una radiación solar de 1000 W/m2 y un rendimiento de la conversión de energía solar a calor del 50 %, cumpliéndose la condición:
P ≥ 500 x A
P: potencia mínima del intercambiador [W]; A: área de captadores [m²].
2.- Para el caso de intercambiador incorporado al acumulador, la relación entre la superficie útil de intercambio y la superficie total de captación no será inferior a 0,15.
3.- En cada una de las tuberías de entrada y salida de agua del intercambiador de calor se instalará una válvula de cierre próxima al manguito correspondiente.
4.- Se puede utilizar el circuito de consumo con un segundo intercambiador, teniendo en cuenta que con el sistema de energía auxiliar de producción instantánea en línea o en acumulador secundario hay que elevar la temperatura hasta 60°C y siempre en el punto más alejado de consumo hay que asegurar 50ºC.
SISTEMAS TÉRMICOS E HIDRÁULICOS
Generalidades:
1.- Debe concebirse inicialmente un circuito hidráulico de por sí equilibrado. Si no fuera posible, el flujo debe ser controlado por válvulas de equilibrado.
2.- El caudal del fluido portador se determinará de acuerdo con las especificaciones del fabricante como consecuencia del diseño de su producto. En su defecto su valor estará comprendido entre 1,2 l/s y 2 l/s por cada 100 m² de red de captadores. En las instalaciones en las que los captadores estén conectados en serie, el caudal de la instalación se obtendrá aplicando el criterio anterior y dividiendo el resultado por el número de captadores conectados en serie.
Tuberías:
1.- El sistema de tuberías y sus materiales deben ser tales que no exista posibilidad de formación de obturaciones o depósitos de cal para las condiciones de trabajo.
2.- Con objeto de evitar pérdidas térmicas, la longitud de tuberías del sistema deberá ser tan corta como sea posible y evitar al máximo los codos y pérdidas de carga en general. Los tramos horizontales tendrán siempre una pendiente mínima del 1% en el sentido de la circulación.
3.- El aislamiento de las tuberías de intemperie deberá llevar una protección externa que asegure la durabilidad ante las acciones climatológicas admitiéndose revestimientos con pinturas asfálticas, poliésteres reforzados con fibra xx xxxxxx o pinturas acrílicas. El aislamiento no dejará zonas visibles de tuberías o accesorios, quedando únicamente al exterior los elementos que sean necesarios para el buen funcionamiento y operación de los componentes. El aislamiento deberá asegurar la protección mecánica frente a la acción de animales, etc… recomendándose el recubrimiento con chapa de aluminio. Los espesores mínimos serán los recogidos en la IT 1.2.4.2.1. del RITE.
Bombas:
1.- La caída de presión se debería mantener aceptablemente baja en todo el circuito.
2.- Siempre que sea posible, las bombas en línea se montarán en las zonas más frías del circuito, teniendo en cuenta que no se produzca ningún tipo de cavitación y siempre con el eje de rotación en posición horizontal.
Vasos de Expansión:
1.- Los vasos de expansión, deberán ser cerrados, preferentemente se conectarán en la aspiración de la bomba (debiéndose justificar cualquier otra ubicación).
Purga de aire:
1.- En los puntos altos de la salida de baterías de captadores y en todos aquellos puntos de la instalación donde pueda quedar aire acumulado, se colocarán sistemas de purga constituidos por botellines de desaireación y purgador automático. El volumen útil del botellín será superior a 100 cm3. Este volumen podrá disminuirse si se instala a la salida del circuito solar y antes del intercambiador un desaireador con purgador automático.
2.- En el caso de utilizar purgadores automáticos, adicionalmente, se colocarán los dispositivos necesarios para la purga manual.
Drenaje:
1.- Los conductos de drenaje de las baterías de captadores se diseñarán en lo posible de forma que no puedan congelarse.
2.- En general, se ofrecerán los esquemas de línea de cada circuito hidráulico, con el cálculo del caudal de diseño, dimensionado de tuberías y componentes y especificación del aislamiento térmico y los sistemas de expansión, que serán cerrados.
3.- Los esquemas de línea especificarán, sobre planos a escala del lugar, la ubicación de los equipos principales, los depósitos de acumulación, los intercambiadores de calor, los grupos de bombeo, el trazado de tuberías del circuito primario y secundario y las válvulas necesarias. Tendrán el grado de definición suficiente para justificar los cálculos de dimensionado del circuito, que se acompañarán indicando las secciones de las tuberías y la selección bombas, válvulas y otros accesorios.
4.- Se especificará el volumen, número y ubicación de los depósitos de acumulación previstos, situación de las conexiones de entrada y salida, sistema de conexionado entre los diferentes acumuladores, ubicación de sensores de temperatura, así como la presión de trabajo y el tipo de aislante instalado y su espesor.
5.- Se especificará la potencia, eficiencia, saltos térmicos y caudales de los circuitos primario y secundario de los distintos intercambiadores de calor que se incluyan en los diseños.
SISTEMA DE ENERGÍA AUXILIAR
Para los aportes auxiliares de energía en cualquier instalación se considerará en primer lugar el uso de los equipos ya disponibles, recurriendo a equipos nuevos solo si estuviera perfectamente justificado. De darse esta circunstancia se justificaría adecuadamente la necesidad aportando un estudio técnico-económico. Deberán cumplir las siguientes características:
1.- Para asegurar la continuidad en el abastecimiento de la demanda térmica, las instalaciones de energía solar deben disponer de un sistema de energía convencional auxiliar.
2.- Queda prohibido el uso de sistemas de energía convencional auxiliar en el circuito primario de captadores.
3.- El sistema convencional auxiliar se diseñara para cubrir el servicio como si no se dispusiera del sistema solar. Sólo entrará en funcionamiento cuando sea estrictamente necesario y de forma que se aproveche lo máximo posible la energía extraída del campo de captación.
4.- El sistema de aporte de energía convencional auxiliar con acumulación o en línea, siempre dispondrá de un termostato de control sobre la temperatura de preparación que en condiciones normales de funcionamiento permitirá cumplir con la legislación vigente en cada momento referente a la prevención y control de la legionelosis.
5.- En el caso de que el sistema de energía convencional auxiliar no disponga de acumulación, es decir sea una fuente instantánea, el equipo será modulante, entendiendo por tal aquel capaz de regular su potencia de forma que se obtenga la temperatura de manera permanente con independencia de la temperatura del agua de entrada al citado equipo.
La temperatura de tarado del termostato de seguridad será, como máximo, 00 xX xxxxx que la temperatura máxima de impulsión.
SISTEMA ELÉCTRICO Y DE CONTROL.
1.- El sistema de control asegurará el correcto funcionamiento de las instalaciones, procurando obtener un buen aprovechamiento de la energía solar captada y asegurando un uso adecuado de la energía auxiliar. El sistema de regulación y control comprenderá el control de funcionamiento de los circuitos y los sistemas de protección y seguridad contra sobrecalentamientos, heladas etc.
2.- En circulación forzada, el control de funcionamiento normal de las bombas del circuito de captadores, deberá ser siempre de tipo diferencial y, en caso de que exista depósito de acumulación solar, deberá actuar en función de la diferencia entre la temperatura del fluido portador en la salida de la batería de los captadores y la del depósito de acumulación. El sistema de control actuará y estará ajustado de manera que las bombas no estén en marcha cuando la diferencia de temperaturas sea menor de 2 ºC y no estén paradas cuando la diferencia sea mayor de 7 ºC. La diferencia de temperaturas entre los puntos de arranque y xx xxxxxx de termostato diferencial no será menor que 2 ºC.
3.- Las sondas de temperatura para el control diferencial se colocarán en la parte superior de los captadores de forma que representen la máxima temperatura del circuito de captación. El sensor de temperatura de la acumulación se colocará preferentemente en la parte inferior en una zona no influenciada por la circulación del circuito secundario o por el calentamiento del intercambiador si éste fuera incorporado.
4.- El sistema de control asegurará que en ningún caso se alcancen temperaturas superiores a las máximas soportadas por los materiales, componentes y tratamientos de los circuitos.
5.- El sistema de control asegurará que en ningún punto la temperatura del fluido de trabajo descienda por debajo de una temperatura tres grados superior a la de congelación del fluido.
6.- Alternativamente al control diferencial, se podrán usar sistemas de control accionados en función de la radiación solar.
Se especificará el esquema eléctrico del sistema y los componentes a utilizar, así como el funcionamiento, características y situación del sistema de control y el sistema de adquisición de datos y los sensores utilizados. Además se reflejará el sistema de telecontrol de la instalación para disponer de datos de funcionamiento.
La solución propuesta debe cumplir fielmente la normativa vigente, así como el pliego de prescripciones técnicas del IDAE para instalaciones solares térmicas.
CONDICIONES ESPECÍFICAS LOTE II.
PABELLÓN POLIDEPORTIVO |
El municipio de Torrejoncillo tiene una ubicación en coordenadas 39º 53’ 29’’ Norte y 6º 28’ 9’’ Oeste. El emplazamiento de la Instalación está en la Xxxx. xx Xxxxxxx, x/x, 00000. La actual caldera, lleva instalada 7 años, es de marca THERMITAL es de gasoil, atiende a unas necesidades térmicas específicas siendo alrededor de 50 usuarios los que utilizan a diario las instalaciones y unos 200 los fines de semana. Tiene una Potencia Nominal de 64.5 kW, un Rendimiento xx Xxxxxxx del 90% y una Presión de Trabajo de 6 bar. La media de recarga es de 900/1000 litros. |
LOTE III: SUMINISTRO ASTILLADORA.
La biomasa requiere de una serie de transformaciones para su aprovechamiento energético. Las características que aparecen tanto en la biomasa agrícola como en la forestal, son las que vamos a tener en cuenta a la hora de la elección de la maquinaria, puesto que es el residuo biomásico sobre el que vamos a trabajar en el territorio de la Mancomunidad Xxxxxx de Fresnedosa; estas particularidades se refieren al tamaño de las piezas (granulometría), la heterogeneidad o su elevado contenido en humedad.
Este tipo de residuo va a presentar inconvenientes específicos, circunstancia imprescindible a tener en cuenta a la hora de la elección de la astilladora. En nuestros residuos, tanto agrícolas (ramas, hojas, paja) como forestales (ramas y hojas verdes), pueden originarse problemas en los equipos de tratamiento de tipo taponamiento en los equipos de astillado, abovedamientos en silos de almacenamiento, fermentación de la biomasa amontonada, o incremento de la humedad entre otros. Estas características pueden dificultar su aprovechamiento por lo tanto, es conveniente que los combustibles biomásicos tengan unas propiedades tales como la homogeneidad y uniformidad, humedad relativa baja o la economía de transporte, elementos éstos que intentaremos conseguir mediante un buen diseño del trabajo con los procesos bien definidos, y con la utilización de la maquinaria idónea para el trabajo. Por consiguiente, para conseguir el acondicionamiento de la biomasa y las características necesarias para mejorar la valorización de la misma como combustible, es necesario tratar el residuo de manera específica antes de la fase de transporte reduciendo el coste del mismo.
La astilladora se utiliza para reducir el volumen de los distintos tipos de biomasa: residuos agrícolas y forestales, leñas producidas en las podas de frutales, olivo y vid, residuos de industrias transformadoras xx xxxxxx, etc, y aumentando la densidad del residuo, facilitando su secado natural, y economizando en su transporte.
La maquinaria que se pretende adquirir, en este pliego, será una astilladora que se adapte a las condiciones del residuo específico con el cual va a trabajar, y que ha sido descrito con anterioridad. Así mismo la maquinaria deberá estar adaptada para el tratamiento y la reducción de volúmenes leñosos como troncos, ramas, restos de poda, etc. También es importante destacar que las fincas donde se va a utilizar no van a estar necesariamente al lado las unas de las otras, con lo cual sería importante que la maquinaria fuese de fácil traslado.
Así mismo el contrato incluirá el servicio del transporte al parque de maquinarias así como la carga y descarga.
La maquinaria a suministrar deberá contar como mínimo con las siguientes características:
Sistema de transporte: manillar y ruedas. (Se valorará la incorporación de remolque homologado)
Sistema xx xxxxx: 3 cuchillas fijas y 24 martillos móviles. Incorporará rodillo hidráulico. Capacidad de trabajo mínima en volumen de 7 m3/h.
Diámetro xx xxxxx de 12 cm. Potencia del motor de 18 C.V.
Así mismo el contrato incluirá el servicio del transporte al parque de maquinarias así como la carga y descarga.
SEXTO.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Los suministros a contratar incluirán, como mínimo, los siguientes conceptos:
1.- Diseño e ingeniería de detalle para el montaje de los equipos que forman parte del suministro.
2.- Suministro completo de equipos, elementos y materiales que componen la instalación.
3.- Embalaje, transporte y descarga de los equipos y elementos que componen la instalación incluyendo los correspondientes seguros.
4.- Montajes, remates, pruebas y puesta en marcha de todos los equipos suministrados. Garantías de los equipos suministrados y de la instalación, y mantenimiento según se especifica en el punto décimo, servicio de garantía y mantenimiento, de este pliego.
5.- Manual de utilización de la instalación y la maquinaria a adquirir, donde se incluyan instrucciones de funcionamiento y operación tanto en condiciones de funcionamiento normal como en circunstancias anómalas. El adjudicatario entregará a la entidad propietaria un manual de instrucciones en el momento de recepción de la instalación, debiendo contener como mínimo la siguiente información:
Descripción de la instalación. Características de funcionamiento. Instrucciones de uso y seguridad. Programa de vigilancia y mantenimiento.
Protocolo de mantenimiento básico a seguir por la propiedad. Condiciones de las garantías.
6.- Legalización de las instalaciones, en su caso, incluyendo la elaboración de la documentación
técnica si fuera necesario.
7.- Impuestos derivados de la puesta en funcionamiento de la instalación.
8.- El contratista facilitará la provisión del combustible necesario para el funcionamiento de las calderas de biomasa durante un periodo mínimo de cinco años, por si mismo, o a través de cualquier otro operador en el mercado.
SÉPTIMO.- CONTENIDO DE LA OFERTA
La empresa licitadora presentará una oferta que contendrá propuestas individualizadas por lotes, de tal modo que puedan ser valoradas de forma independiente:
PROPUESTA LOTE I: SUMINISTRO DOS CALDERAS DE BIOMASA EN EDIFICIOS MUNICIPALES.
1.- Memoria técnica justificativa y cálculos de la instalación.
2.- Esquema de conexionado al equipo actual.
3.- Características técnicas de los componentes.
4.- Planos de instalación y esquemas hidráulicos de la instalación.
5.- Calendario de ejecución.
6.- Garantías y Mantenimiento.
7.- Medición y presupuesto detallado.
8.- Carga inicial de combustible con la capacidad del silo.
9.- Puesta en funcionamiento de la instalación.
Las instalaciones deberán cumplir fielmente con la legislación vigente, especialmente el RITE.
PROPUESTA LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA PARA AGUA CALIENTE SANITARIA.
1.- Estimación de Prestaciones de la Instalación: Las instalaciones a acometer se contemplan como soluciones de ahorro y eficiencia energética viables en el actual marco técnico, económico y normativo. El ofertante deberá garantizar el buen diseño de las instalaciones apoyándose en cálculos detallados y simulaciones energéticas que consideren la operación en régimen dinámico a lo largo de todo el año, en todas las condiciones ambiente y de demanda previsibles.
En la oferta se detallará el procedimiento de diseño, especificando los datos considerados y las hipótesis asumidas, y se ofrecerán los resultados de operación estimados con desgloses diarios (para días representativos), mensuales y anuales. Se ofrecerán valores, al menos, de los siguientes conceptos: energía solar útil aportada (kW y kWh),), demandas totales de calor para ACS (kW y kWh), porcentaje de aporte útil proporcionado (en %), rendimientos de la instalación solar (en %), generación térmica por unidad de superficie de captación solar (en kW/m2).
2.- Planos y Esquemas: Al menos se incluirán los siguientes esquemas: implantación general, esquemas de principio (solar, ACS, etc), esquemas de línea de la distribución de los captadores y el trazado de tuberías, esquemas de línea de los sistemas de acumulación, de intercambio, de energía auxiliar y de bombas, esquemas eléctricos de control y seguimiento, y esquema del diseño de la estructura soporte de los captadores.
3.- Calendario de ejecución.
4.- Garantías y Mantenimiento.
5.- Mediciones y Presupuesto Detallado: Presupuesto detallado por partidas y costes unitarios que se incluirá en el sobre B “Propuesta Económica”, según se detalla en el pliego de cláusulas administrativas particulares. El presupuesto incluirá:
Suministro y montaje de todos los componentes necesarios para el correcto acabado y funcionamiento de la instalación.
Trabajos auxiliares (empleo de grúas para instalación de captadores), ayudas de albañilería, desmontajes de instalaciones existentes, obra civil, etc., necesarios para la completa ejecución de la instalación.
Plan de Seguridad.
Panel Informativo del funcionamiento de la instalación solar.
PROPUESTA LOTE III: SUMINISTRO ASTILLADORA
1.- Memoria justificativa.
2.- Características técnicas.
3.-.Plazo de entrega.
4.- Garantías.
5.- Presupuesto detallado.
OCTAVO.- PRUEBAS Y PUESTA EN SERVICIO
Se realizarán los ensayos de recepción y las pruebas funcionales necesarias de forma que la instalación presente un funcionamiento correcto de acuerdo a lo especificado en el proyecto de la empresa adjudicataria. Descripción de las pruebas a realizar (estanqueidad, pruebas hidrostáticas, válvulas, bombas, sistema de control, etc.).
NOVENO.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El objeto de este contrato se extenderá desde su firma y tendrá que haber sido realizado antes del 17 de diciembre de 2010, teniendo en cuenta que en todo caso está condicionado a la vigencia del proyecto del que trae causa.
Salvo en el caso de prórroga del Proyecto Red Transfronteriza de Autoridades Locales en Energías Renovables, que será notificada a las empresas adjudicatarias, será necesario que los trabajos estén finalizados y certificados antes del 17 de diciembre de 2010.
DECIMO.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y GARANTÍA.
1.- La fecha de conformidad del suministro y certificación de la instalación supondrá el inicio de dos (2) años de garantía, así como el inicio de la obligación de mantenimiento por el mismo plazo. En dicho plazo la empresa adjudicataria está obligada a garantizar el efectivo cumplimiento del objeto del contrato, subsanando cualquier vicio procedente de un defecto en el proyecto inicial, así como en los suministros o instalaciones y/o del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales. Asimismo serán de cuenta del adjudicatario:
Garantías:
Reparación y/o reposición de los componentes y piezas defectuosas o averiadas. Mano de obra empleada en la reparación o reposición.
Resolución de todas las incidencias que se pongan en evidencia.
Todo gasto en el que se incurra como consecuencia de la prestación del servicio de garantía; tiempos de desplazamiento, medios de transporte, amortización de vehículos y herramientas, disponibilidad de otros medios eventuales, portes de recogida y devolución de los equipos para su reparación, impuestos y cualquier otro concepto en el que se incurra como consecuencia de la prestación.
Mantenimiento:
Labores de mantenimiento preventivo, revisiones periódicas, reposiciones y reparaciones que fueren necesarias para el correcto y continúo funcionamiento de las instalaciones suministradas.
Mano de obra, piezas necesarias para la reposición, desplazamiento por este concepto, impuestos y cualquier otro concepto en el que se incurra como consecuencia de la prestación.
Elaboración y presentación de un plan de mantenimiento, así como un manual en el que se detallen todas las instrucciones necesarias para el correcto mantenimiento de los equipos suministrados y sus instalaciones. Dicho manual incorporará los datos necesarios para su conservación y reposición.
2.- Finalizado el referido período de garantía y mantenimiento se extenderá una certificación, en la que el titular del suministro, objeto del contrato, consignará por escrito su conformidad a la correcta ejecución del mismo.
3.- La empresa licitadora podrá presentar, opcionalmente, un servicio de garantía y mantenimiento por un periodo máximo de tres años de duración una vez finalizados los dos años de garantía y mantenimiento del punto 1.-, dicha oferta será vinculante para la empresa licitadora y no vinculante para el titular del suministro, que la aceptará o rechazará. Se
presentará un compromiso en los mismos términos del punto 1.- y una duración máxima de tres años, valorado económicamente y de manera independiente a la oferta presentada.
DÉCIMOPRIMERA.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
LOTE I: SUMINISTRO DE DOS CALDERAS DE BIOMASA EN EDIFICIOS MUNICIPALES.
1.- Aspectos técnicos (30%): Proyecto, Calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación.
- Rendimiento: 10%
- Potencia: 7,5%
- Grado de innovación tecnológica: 7,5%
- Garantía de la instalación y mantenimiento in situ: 5%
Rendimiento de la caldera a potencia nominal. Se asignará 1 punto por cada punto porcentual adicional tomando como punto xx xxxxxxx un rendimiento del 89%, hasta un máximo de 10 puntos porcentuales.
Potencia. Se valorará la adecuación de la potencia de la caldera a las necesidades térmicas del edificio. Se otorgará 1 punto porcentual por cada 5 kW reducidos en la potencia exigida a las calderas, hasta un máximo de 7,5 puntos porcentuales. Esta reducción deberá estar siempre justificada mediante los cálculos oportunos, que demuestren que, con la bajada de la potencia, la caldera se adecua mejor a las necesidades térmicas del centro y aumenta su rendimiento.
Grado de innovación tecnológica. se recompensarán aquellas instalaciones que tengan elementos que proporcionen una mejora sustancial a las instalaciones, que sean poco comunes, así como la aplicación de la tecnología más reciente. Por ejemplo, sonda lambda, limpieza automática intercambiadores, sistema automático de extracción de cenizas, sistemas de telecontrol, telegestión, parrilla móvil, sistema de combustión secundario, seguridad contra retroceso en combustión, sistema de compactación de cenizas, etc. Se asignará 1 punto porcentual por cada elemento, hasta un máximo de 7,5 puntos porcentuales.
Garantía y mantenimiento de la instalación. Se otorgará 1 punto porcentual por año adicional de garantía en el conjunto de la instalación, hasta un máximo de 3 puntos porcentuales. También se asignará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento gratuito del conjunto de la instalación, hasta un máximo de 2 puntos.
2.- Precio (40%): Mejora económica.
3.- Reducción plazos de ejecución (30%): Se valoran los días de adelanto con respecto a la fecha final de ejecución.
LOTE II: SUMINISTRO PLACA SOLAR TÉRMICA PARA AGUAL CALIENTE SANITARIA.
1.- Aspectos técnicos (30%): Proyecto, Calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación.
El sistema de captación. Se tendrá en cuenta la superficie total del sistema de captación y rendimiento de este mediante el cálculo de la contribución solar. Para ello, se empleará el método de F-CHART con los datos de radiación aportados por CENSOLAR para la provincia xx Xxxxxxx y teniendo en cuenta una temperatura de uso de 60 ºC. Se asignará 1 punto por cada punto porcentual adicional al mínimo exigido por el Código Técnico de la Edificación en su Documento Básico HE 4. Hasta un máximo de 12 puntos.
El sistema de acumulación. En este apartado se valorarán dos aspectos. Por un lado el volumen total del sistema de acumulación, otorgando 1 punto por cada 100 litros adicionales al mínimo exigido y hasta un máximo de 4 puntos. Por otro lado, se valorará la relación V/A, concediendo 4 puntos si se encuentra entre 70 y 90 ambos inclusive y 2 puntos si esta en los rangos 60 ≤ V/A < 70 y 90 < V/A ≤ 120. Para el resto de casos la puntuación será 0.
El esquema de conexión. Se valorará con 5 puntos la correcta conexión de los distintos elementos en el esquema, prestando especial atención a la conexión del sistema auxiliar. Asimismo deberá existir una clara identificación de las instalaciones y sus elementos. En el caso de que no se cumpla alguna de estas condiciones se valorará como 0.
Garantía y mantenimiento de la instalación. Se dará 1 punto por cada año adicional de garantía en el conjunto de la instalación, hasta un máximo de 3 puntos. También se dará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento gratuito del conjunto de la instalación, hasta un máximo de 2 puntos.
En resumen, los porcentajes se reparten de la siguiente forma:
El sistema de captación. 12 %. El sistema de acumulación. 8%.
o Volumen total del sistema de acumulación, 4%.
o Relación V/A, 4%.
El esquema de conexión. 5 %.
Garantía y mantenimiento de la instalación in situ. 5%.
o Garantía del conjunto de la instalación, 3%.
o Mantenimiento de la instalación, 2%.
2.- Precio (40%): Mejora económica.
3.- Reducción plazos de ejecución (30%): Se valoran los días de adelanto con respecto a la fecha final de ejecución.
LOTE III: SUMINISTRO ASTILLADORA.
1.- Aspectos técnicos (30%): Documentación técnica de la maquinaria, calidad equipos, garantías, mantenimiento, innovación y otras mejoras como incorporación de remolque homologado.
Sistema de transporte. Se valorará positivamente la incorporación a la oferta de remolque homologado para el transporte de la astilladora. En concreto, se premiará con 6 puntos la incorporación de dicho remolque.
Sistema xx xxxxx. Se asignarán 1 punto por cada cuchilla adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 3 puntos.
Volumen de trabajo. Se dará 1 punto por cada m3/h adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 5 puntos.
Diámetro xxxxxx xx xxxxx. Se concederá 1 punto por cada centímetro adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 5 puntos.
Potencia del motor. Se adjudicará 1 punto por cada CV adicional al mínimo exigido, hasta un máximo de 7 puntos.
Garantía y mantenimiento del equipo. Se dará 1 punto por cada año adicional de garantía in situ de la astilladora, hasta un máximo de 2 puntos. También se dará 1 punto por cada año adicional de mantenimiento in situ gratuito de la astilladora, hasta un máximo de 2 puntos.
En resumen, los porcentajes se reparten de la siguiente forma:
Sistema de transporte. 6 %. Sistema xx xxxxx. 3%.
Volumen de trabajo. 5 %. Diámetro xxxxxx xx xxxxx. 5 %. Potencia del motor. 7 %.
Garantía y mantenimiento del equipo in situ. 4%.
o Garantía del equipo in situ, 2%.
o Mantenimiento del equipo in situ, 2%.
2.- Precio (40%): Mejora económica.
3.- Reducción plazos de entrega (30%): Se valoran los días de adelanto con respecto a la fecha final de ejecución.
DÉCIMOSEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE.
Para lo no previsto en el pliego, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y en cuanto no se ponga a lo establecido en la LCSP, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP). Supletoriamente se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las de derecho privado.
En Cáceres a 3 de septiembre de 2010.
Técnico de Innovación y Desarrollo Tecnológico.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx