CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS
EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LTDA.
CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS
TRABAJADOR: «Nombre»
Primero: Lugar y Partes.-
En Santiago, a «Fecha_Contrato», entre EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, RUT: 00.000.000-0, y Nº 82 de
Registro de Empresa de Servicios Transitorios de la Inspección del Trabajo, representada legalmente por xxx Xxxxxx X. Xxxxxxxx X., Rut Nº 00.000.000-0, ambos domiciliados en esta ciudad, Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 0000, Xxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxx; por una parte, y por la otra parte; Don (ña)
«Nombre», de nacionalidad «Nacionalidad», Estado Civil «Estado_civil», Nacido (a) el «Fecha_de_Nacimiento», Domiciliado en «Direccion»,
«Comuna», Cédula Nacional de Identidad Nº «Rut»; se ha convenido en la celebración del siguiente Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios :
Segundo: Determinación de la Naturaleza de los Servicios:
EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, quien en adelante se denominará la empresa empleadora, contrata a don (ña)
«Nombre», el que en adelante se denominará el trabajador, quien se obliga a ejecutar y prestar servicios de carácter transitorio, de conformidad con la causal del código del trabajo, Art. 183-Ñ Letra «Causal», «Reemplazo» en el cargo de «Cargo», siendo algunas de sus principales funciones:
«Función»; en la Empresa Usuaria «Nombre». ubicada en «Nombre», Santiago. En caso que sus labores consistan en aquellas que necesariamente deben desempeñarse fuera xxx xxxxxxx de la empresa-usuaria, obligando el desplazamiento del trabajador se entenderá que su lugar de trabajo comprende toda la zona geográfica dentro de la cual desarrolla su actividad la empresa-usuaria.
Se deja constancia que el origen de este contrato de trabajo de servicios transitorios es el Contrato de Puesta a Disposición celebrado entre la Empresa Usuaria y Empresa de Servicios Transitorios Human Net Limitada, individualizado en el Folio Nº «Codigo_Puesta_Disposición» cuya duración es hasta el día «Vencimiento_Puesta_Disposición».
Tercero: El trabajador se obliga especialmente a:
1. Cumplir, íntegramente, la jornada de trabajo.
2. Cuidar y mantener, en perfecto estado de conservación, las máquinas, útiles y otros bienes de Human Net Ltda., como los de la Empresa Usuaria Geotec Xxxxxx Bros S.A.
3. Cumplir las instrucciones y las órdenes que le imparta cualquiera de sus superiores.
4. Realizar gestión administrativa relacionada que se le encomiende.
5. Utilizar en todo momento y en forma efectiva los sistemas o aplicaciones computacionales de la empresa usuaria.
6. Retroalimentar a sus superiores, respecto de cualquier nueva necesidad del cliente, como asimismo, falencias, oportunidades y plazo de respuestas.
7. Timbrar la tarjeta del reloj control o firmar el libro de asistencia, tanto a la entrada, como a la salida de la empresa. Se presumirá que el trabajador
(a) ha faltado o que ha llegado atrasado (a), en su caso, por la sola circunstancia de no marcar la tarjeta o no firmar el Libro. Si el trabajador (a) fuere sorprendido (a) marcando (firmando) la tarjeta de otro o aceptare que otro marque (firme) la suya, terminará ipso facto, este contrato, por acción dolosa y grave. Xxxxxxx, el testimonio del portero, del encargado del reloj control (Libro de asistencia), o del funcionario a quien se cometa esta inspección, al respecto.
8. Trabajar horas extraordinarias cada vez que, por razones de producción, la Gerencia lo determine, las que serán pagadas con recargo de un 50%. La negativa de cumplir esta obligación, se entenderá como negativa, del trabajador (a), de desempeñar su labor; y como incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato.
9. En casos de inasistencia al trabajo, por enfermedad, el trabajador (a) deberá justificarla únicamente con el correspondiente certificado médico, otorgado por un Facultativo de la especialidad dentro del plazo de 24 horas, desde que aquél dejó de asistir al trabajo.
10. Mantener relaciones interpersonales basadas en normas de sana convivencia, tantas con los interlocutores del empleador, de la Empresa Usuaria, como con el público o personales que interactúa en sus dependencias, y con los compañeros de labor.
11. Respetar las normas internas de Higiene y Seguridad de la Empresa Usuaria.
12. Dar inmediata cuenta y aviso de todo siniestro o accidente que sufra o que le afecte a causa o como consecuencia del desarrollo de sus labores.
Las partes convienen en elevar a la calidad de cláusulas esenciales determinantes del presente contrato, cada una de las indicadas en el artículo anterior, de modo que el incumplimiento de cualquiera de ellas se entiende de común acuerdo, causal suficiente de término de contrato.
Cuarto: Jornada de Trabajo:
El trabajador desempeñará una jornada ordinaria de trabajo de 45 horas a la semana, las cuales estarán distribuida de la manera que sigue:
«Horario».
Esta jornada estará interrumpida por 30 minutos destinados x xxxxxxxx los cuales no serán imputables a la jornada de trabajo.
Sólo podrán pactarse las horas extraordinarias dentro del máximo legal que fija el artículo 32 del Código del Trabajo, entre el trabajador de servicios transitorios y la EST, para lo cual debe dirigirse al supervisor a cargo de la empleadora, a fin de formalizar dicho acuerdo y demás condiciones, según lo establece el art.183-X inc.3º del Código del Trabajo.
Quinto: Remuneración:
En cumplimiento del artículo 183-Z del Código del Trabajo, se establece una remuneración mensual consolidada de «Renta_», proporcional a los días trabajados, en la cual se considera la gratificación legal, el desahucio, las indemnizaciones por años de servicios y sustitutiva de avisa previo, y cualquier otro concepto que se devengue en proporción al tiempo servido, salvo la compensación del feriado que se regirá de acuerdo a lo que establece el artículo 183-V del Código del Trabajo.
Esta remuneración se pagará el último día hábil de cada mes o el día hábil subsiguiente, en moneda nacional, mediante vale vista, cheque o efectivo.
Sexto: Confidencialidad:
El trabajador se compromete y obliga a guardar la más absoluta reserva y confidencialidad acerca de todos los asuntos de la empresa.
En consecuencia, al trabajador le estará prohibido divulgar a otras personas, incluso trabajadores de la misma empresa, toda información confidencial, reservada o secreta de que tenga conocimiento en el desempeño de su cargo o función, relacionada con fórmulas, negocios, servicios, sistemas de producción, productos y sus mejoras, herramientas, procedimientos de fabricación, materias primas, combinaciones técnicas o industriales diversas, dibujos, procesos, listas de clientes, identificaciones y palabras claves de usuarios de sistemas de computación y toda otra información técnica, financiera o administrativa pertenecientes al empleador.
Asimismo, se considera información confidencial las investigaciones xx xxxxxxx, planes de lanzamiento de nuevos productos, objetivos estratégicos e información clasificada y reservada o que sea imposible de conocer y obtener por una persona ajena a la empresa
Esta obligación subsistirá durante toda la vigencia del presente contrato y hasta un año después de su expiración, por lo tanto, se deduce que la violación a este punto, los perjuicios al empleador y/o terceros es susceptible de reparación pecuniaria.
Séptimo: Duración de Contrato:
El presente contrato es por su esencia de carácter transitorio. Por lo que el mismo durará hasta el día «Fecha_Termino», de conformidad con la causal del Código del trabajo, Art. 183-Ñ Letra «Causal»”, en relación al artículo 159 número 4 del Código del Trabajo, esto es “Termino del plazo convenido”.
Octavo: Constancia:
Se deja constancia de lo siguiente:
1.- Don (ña) «Nombre» ingresó al servicio de la empleadora, con fecha «Fecha_Inicio». 2.- El trabajador declara estar afiliado a la AFP: «AFP_»
3.- El trabajador declara estar afiliado al siguiente sistema de salud: «ISAPRE»
4.- El presente contrato ha sido extendido en tres ejemplares de igual valor y contenido, declarando el trabajador haber recibido uno de ellos en este acto.
5.- Al presente instrumento se entiende incorporadas todas las disposiciones legales que tengan relación con el trabajador y que se dicten con posterioridad a la fecha de su suscripción.
Noveno:
De toda modificación del presente contrato se dejará constancia, debidamente firmada por ambas partes, al dorso de este o en documento anexo con las firmas que establece la ley.
El trabajador se responsabiliza de los daños materiales que le ocasione al vehículo a su cargo, por accidentes y por daños a terceros; además se hace responsable de las notificaciones por infracciones que se le hagan y aquellas que se deriven del empadronamiento del vehículo.
El presente contrato que consta de dos páginas, se firma en tres ejemplares, uno de los ejemplares queda en poder del trabajador quien declara haberlo recibido a su entera satisfacción, otro en poder de la empresa empleadora, y el tercer ejemplar en poder de la empresa usuaria.
PREVIA LECTURA SE RATIFICA Y FIRMAN.
P.P
EMPLEADOR TRABAJADOR
RUT: 00.000.000-0 RUT: «Rut»
PACTO DE HORAS EXTRAORDINARIAS
En Santiago a «Fecha_Contrato», entre la Empresa de Servicios Transitorios Human Net Ltda., RUT Nº 00.000.000-0, en adelante el “Empleador”, representada por xxx Xxxxxx X. Xxxxxxxx X., cédula de identidad Nº 00.000.000-0, ambos domiciliados en Xxxxx Xxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxx, por una parte; y por la otra, don (ña) «Nombre», cédula de identidad Nº «Rut», en adelante el “Trabajador”, se ha pactado lo siguiente:
PRIMERO: El Trabajador acuerda con el empleador su disponibilidad para trabajar horas extraordinarias, bajo las circunstancias detalladas a continuación.
SEGUNDO: Este pacto se suscribe a conformidad de las partes para atender situaciones o necesidades específicas y temporales de la operación consistentes en:
a) Aumento del Servicio.
TERCERO: Las horas extraordinarias serán pagadas, de acuerdo a lo estipulado en el Código del Trabajo vigente, las cuales serán liquidadas y pagadas conjuntamente con las remuneraciones mensuales según corresponda a las efectivamente trabajadas de acuerdo al control de asistencia registrado en el periodo.
CUARTO: Este pacto tiene una vigencia transitoria la cual no será superior a tres meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes, de acuerdo a lo que señala el artículo 32 del Código del Trabajo.
QUINTO: El presente instrumento se extiende en tres ejemplares, quedando uno en poder de cada parte.
P.P
Empresa de Servicios Transitorios «Nombre» Human Net Ltda. Rut: «RUT»
RUT. 00.000.000-0
FORMATO DE PREVENCION DE RIESGOS | F-HSE-13 | |
INDUCCION DE SEGURIDAD DECRETO SUPREMO N° 40- LEY 16744 | Revision:00 Fecha: 04/09/2013 Hoja: 1 de 2 |
FECHA:«Fecha_Contrato»
Por medio del siguiente documento, acredito entender a que riesgos laborales estoy expuesto en mí que hacer laboral, las medidas preventivas y atenciones de primeros auxilios.
RECIBÍ DE: Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxx (Experto Profesional en Prevención de Riesgos de Empresa de Servicios Transitorios Ltda.
Temario:
1.- Política de seguridad y salud ocupacional
2.- Ley 16.744 Establece el Seguro Social Obligatorio Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Personas protegidas, Objetivos y Cobertura de contingencias
3.-Organismo administrador del seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
4.- Ley 20.001 Regula el peso máxima de carga humana.
5.- Ley 20.096 Establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadores dela capa de Ozono. 6.- Decreto Supremo 40 Aprueba reglamento sobre prevención de riesgos profesionales.
7.- Decreto Supremo 594 Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. 8.- Tips sobre el Reglamento interno de Human Net.
9.- Ley 20.123 Regula el trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios, y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
9.- Recibo conforme, tríptico complementario inducción de seguridad y salud ocupacional, tomo conocimiento de los riesgos a los que estoy expuesto y procedimientos enfocados al trabajo a realizar.
RIESGOS LABORALES A LOS QUE SE ESTÁ EXPUESTO EN LAS TAREAS A DESARROLLAR EN LA INSTALACIÓN:
A. RIESGOS EN LA OPERACIÓN:
GOLPES CON Y CONTRA
ATRAPAMIENTOS
QUEBRADURAS, FRACTURAS y ESGUINCES
CAIDAS DE MISMO Y DISTINTO NIVEL
DOLOR MUSCULO-ESQUELETICO Y LESIONES POR SOBREESFUERZOS
CONTACTO CON OBJETO CORTANTE Y PUNZANTE
CONTACTO CON SUSTANCIAS QUÍMICAS Y ABRASIVAS.
PROYECCIONES DE PARTÍCULAS
ATROPELLAMIENTO, COLISIONES Y CHOQUES
VOLCAMIENTO
AFECCIONES A LA PIEL,
RADIACIÓN UV, RUIDO, VIBRACIÓN, EXPOSICIÓN A TEMPERATURAS EXTREMAS (FRÍO Y/O CALOR)
QUEMADURAS
CONTANTO ELÉCTRICOS
B. MEDIDAS PREVENTIVAS:
TRABAJAR EN FORMA SISTEMATICA Y PROGRAMADA. CONCENTRACIÓN LABORAL, EN TODO MOMENTO DE LA ACTIVIDAD LABORAL. USO DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL (TODOS LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, QUE SEAN NECESARIOS PARA AMINORAR EL RIESGO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES). CAMINAR TRANSITAR POR LUGARES AUTORIZADOS. NO OPERAR MAQUINAS, SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN. NO OPERAR MAQUINARIAS NI UTENSILIOS, CON RASGOS DE HABER CONSUMIDO ALCOHOL U O DROGAS. ADOPTAR METODOS DE TRABAJO CORRECTOS Y SEGUROS. NO EXCEDER DE LA FUERZA INDIVIDUAL EN LA MANIPULACION DE MATERIALES. SENTARSE DE FORMA CORRECTA CON LA ESPALDA APOYADA EN EL RESPALDO DE LA SILLA. NO PASAR SOBRE MANCHAS DE AGUA U OTRO MATERIAL QUE EVITE LA ADHERENCIA DE LA PERSONA, AVISAR DE INMEDIATO A SU JEFE O SUPERVISORES DE AREAS, EN CASO DE ESTA ANORMALIDAD. RESPETAR PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO SEGURO DE CLIENTE Y HUMAN-NET SOLO FUMAR EN AREAS AUTORIZADAS. NO REALIZAR ACTIVIDADES DENTRO DE SU HORARIO DE TRABAJO, PARA LAS QUE NO FUERON CONTRATADOS. CONDUCIR A LA DEFENSIVA. |
Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Lagos Xxxxxxxx Jefe Dpto. Prevención de Riesgos Sub-Gerente RRHH Human-Net Ltda. Human-Net Ltda. |
EN CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 16.744 DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, ASÍ COMO TAMBIÉN CON EL DS. Nº 40, HUMAN-NET, DEJA CONSTANCIA QUE EL TRABAJADOR FIRMANTE DE ESTE DOCUMENTO, HA RECIBIDO LA INSTRUCCIÓN DESCRITA EN LOS PUNTOS ANTERIORES.
PREVIA LECTURA SE RATIFICA Y FIRMA.
RUT DEL TRABAJADOR:
NOMBRE:
Firma identica al carnet de identidad
Huella dactilar