INCLUIR NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE] [INSERTAR LOGO INSTITUCIÓN CONTRATANTE] PLIEGO ESTÁNDAR DE CONDICIONES PARA LA COMPRA DE BIENES COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA LA FLOTILLA DE VEHÍCULOS Y/O LOS GENERADORES ELÉCTRICOS DE LA INSTITUCIÓN [INCLUIR...
SNCC.P.003 Pliego Estándar de Condiciones para la Contratación de Bienes
[INCLUIR NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE]
[INSERTAR LOGO INSTITUCIÓN CONTRATANTE]
PLIEGO ESTÁNDAR DE CONDICIONES PARA LA COMPRA DE BIENES
COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA LA FLOTILLA DE VEHÍCULOS Y/O LOS GENERADORES ELÉCTRICOS DE LA INSTITUCIÓN
[INCLUIR REFERENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN]
[INDICAR SI ESTÁ DIRIGIDO A MIPYMES]
Esta versión xxx Xxxxxx de Condiciones Estándar para la Compra de Bienes contiene recomendaciones marcadas en azul, orientadas a la compra eficiente de combustible, con el objetivo de guiar a las instituciones en la aplicación de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible. En ese contexto, se aclara que se trata de sugerencias generales que deben ser adaptadas por la institución acorde a su necesidad y contexto institucional.
[ciudad]
República Dominicana
[día, mes y año]
Instrucciones y orientaciones para completar este documento estándar
En el ejercicio de sus funciones, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emite el presente pliego de condiciones estándar con el objetivo de homologar el contenido general que deben tener los mismos y armonizar su estructura, así como las condiciones y requisitos que se solicitan a los(as) oferentes y que vienen determinadas por Ley, las cuales serán de aplicación directa e inmediata en todas las contrataciones mediante procedimientos ordinarios para la adquisición de bienes relativos a: (i) Licitación Pública, (ii) Licitación Restringida, (iii) Comparación de Precios y (iv) Compra menor.
La leyenda de colores de este modelo es la siguiente:
Negro - Indicaciones que no pueden ser eliminadas, modificadas ni sustituidas porque es lenguaje tomado directamente de la normativa que regula el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), es decir, la Constitución, la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, su Reglamento de Aplicación núm. 416-23, manual general de procedimientos ordinarios, guías emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, así como otras Leyes y Decretos que vinculan las compras y contrataciones públicas que no puede ser eliminado, modificado o sustituido.
Rojo - Indica información particular del procedimiento de contratación que debe ser incorporada para orientar a los oferentes, comité de compras y contrataciones, peritos y cualquier otra persona vinculada a la contratación.
Azul – Ejemplo orientativo de redacción. Debe ser eliminado una vez considerada la orientación para redactar las condiciones particulares del procedimiento de contratación.
Verde – Notas aclaratorias para orientar sobre cómo complementar este pliego estándar. Deben ser eliminadas en la versión xxx xxxxxx aprobada a fines de publicación.
CONTENIDO
SECCIÓN I: INFORMACIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO 8
2. Objeto del procedimiento de selección 8
4. Lugar de entrega del(los) bien(es) 10
5. Tiempo para la entrega del(los) bien(es) 10
7. Cronograma de actividades 11
8. Forma de presentación de ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B” 13
9.1 Ofertas presentadas en formato papel 13
9.1 Ofertas presentadas en formato electrónico vía el SECP 14
9. Documentación a presentar 15
10. Contenido de la oferta técnica 15
11.1 Documentación de la oferta técnica “Sobre A” 16
11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] 17
11.2 Contenido de la Oferta Económica 19
11.2.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B” 21
11. Metodología de evaluación 21
12.1 Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A” 22
12.1.1 Metodología y criterios de evaluación para la documentación legal 22
12.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financiera 23
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación para la documentación técnica 24
12.2 Metodología y criterios de evaluación de oferta económica 25
12.3 Criterio de adjudicación 26
SECCIÓN II: RECEPCIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 27
1. Recepción de ofertas técnicas “Sobre A” y ofertas económicas “Sobre B” 27
2. Apertura de ofertas técnicas “Sobre A” 28
3. Evaluación de ofertas técnicas “Sobre A”, aclaraciones y subsanación 29
5. Apertura y evaluación de las ofertas económicas “Sobre B” 31
6. Subsanación de la garantía de seriedad de la oferta 32
7. Confidencialidad de la evaluación 33
10. Garantías del fiel cumplimiento de contrato 34
11. Adjudicaciones posteriores 34
SECCIÓN III: DISPOSCIONES GENERALES PARA EL CONTRATO 35
1. Plazo para la suscripción del contrato 35
2. Validez y perfeccionamiento del contrato 35
3. Gastos legales del contrato: 35
5. Supervisor o responsable del contrato 36
6. Entregas a requerimiento 37
7. Anticipo y Garantía de buen uso de anticipo 37
9. Modificación de los contratos 38
10. Equilibrio económico y financiero del contrato 38
11. Condiciones de pago y retenciones 39
13. Recepción de los bienes 40
14. Finalización del contrato 41
15. Incumplimiento de contrato y sus consecuencias. 41
16. Penalidades por retraso 42
17. Causas de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado. 42
3. Objetivo y alcance xxx xxxxxx 00
4. Órgano y personas responsables del procedimiento de selección 46
5. Marco normativo aplicable 47
6. Tratado internacional de libre comercio 47
9. Disponibilidad y acceso al pliego de condiciones 49
10. Conocimiento y aceptación xxx xxxxxx de condiciones 49
13. De los Comportamientos Violatorios, Contrarios y Restrictivos a la Competencia. 51
14. Consultas, solicitud de aclaraciones y enmiendas 52
15. Contratación pública responsable 53
17. Reclamaciones, impugnaciones, controversias y competencia para decidirlas 54
SECCIÓN I: INFORMACIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO
Nota: En esta sección, la institución contratante deberá indicar de forma detallada todos los documentos, fichas técnicas y especificaciones técnicas que deben ser observados, entregados y cumplidos por el(la) oferente y cómo serán evaluados para determinar la oferta más conveniente y presenta ejemplos exclusivamente orientativos que no deben ser replicados de manera mecánica, sino ajustados y adaptados razonada y proporcionalmente al objeto de la contratación y a los resultados e informaciones obtenidos en los estudios previos.
Antecedentes
[Incluir aquí los antecedentes de la contratación]
Para la contratación del combustible, en los antecedentes la institución debe establecer el uso al que serán destinados los carburantes contratados, dígase en la flotilla vehicular para realizar las actividades diarias de la institución, para abastecer los generadores eléctricos, etc.
Recordamos que, de conformidad con el numeral 1.1 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible, se recomienda que las instituciones planifiquen la convocatoria de un único procedimiento de contratación de combustible por año, que pueda cubrir la necesidad total de la institución durante dicho período. Esta medida contribuye a la descarga administrativa y la simplificación de trámites, al tratarse de un bien común, de uso cotidiano. Asimismo, permite que la institución obtenga mayores descuentos, otros incentivos y beneficios, debido al aumento del volumen de la contratación.
De lo anterior, si la institución ya realizó una compra de combustible en el año y se trata de una convocatoria adicional, debe justificar en este apartado el motivo de las múltiples convocatorias, en términos de racionalidad y eficiencia.
Objeto del procedimiento de selección
Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la/el compra de [Describir brevemente el objeto del procedimiento] de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas, dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro -clase- [INSERTAR el objeto de la contratación conforme a la codificación UNSPSC en el tercer nivel -clase- por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial [INSERTAR la actividad comercial -nivel familia- conforme a la codificación UNSPSC a la que corresponda]1 [INDICAR SI ESTÁ DIRIGIDO A MIPYMES].
En este apartado, la institución debe indicar el objeto de la contratación, en este caso, la compra del combustible que será utilizado para el funcionamiento de la flotilla vehicular de la institución, así como para los generadores eléctricos, otros equipos, etc. Es importante agregar el tipo de combustible que será adquirido, es decir, gasolina, gasoil, etc., y la modalidad de consumo.
Recordamos que el numeral 1.2.2.2 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible contiene un listado de los códigos del Catálogo de Bienes y Servicios que son aplicables a esta contratación, en el nivel 3 (rubro o clase) y en el nivel 4 (sub-clase). De igual forma, el numeral 1.31.1 de la Guía, aclara que los proveedores de combustible deben tener registrada en su Constancia de Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE), la actividad comercial 15100000 – Combustibles (nivel 2, familia).
Descripción del bien
Las fichas técnicas/ especificaciones técnicas describen todos los elementos, condiciones, parámetros, requisitos que deben cubrir los oferentes/proponentes en sus ofertas para ser consideradas, a fines de adjudicación [INSERTAR o anexar al pliego las fichas/ especificaciones técnicas que correspondan al objeto de la contratación, tales como las características técnicas (químicas/ físicas/ cualitativas, etc), condiciones de funcionamiento, de rotulado, de presentación, calidad, normas técnicas (sanitarias, nacionales, internacionales, etc.), recursos a ser provistos por el proveedor, prestaciones accesorias a la prestación principal (mantenimiento, transporte, entregas, seguro, soporte técnico, capacitaciones, etc), propiedad intelectual, criterios de sostenibilidad y valor por dinero así como el costo del ciclo de vida de los bienes, en caso de que aplique].
En este apartado, la institución debe describir las características técnicas del bien a contratar. No obstante, esto no aplica en el caso del combustible por tratarse de un bien estandarizado y supervisado por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM).
En consecuencia, la descripción del bien para esta contratación deberá estar orientada a las condiciones técnicas requeridas para los medios de consumo, como las tarjetas electrónicas y los tickets, así como a la cobertura geográfica requerida por la institución. Asimismo, la institución debe describir las demás variables solicitadas en este apartado, como las prestaciones accesorias a la prestación principal y las condiciones especiales que requiera para el suministro, con el objetivo de que los proveedores consideren estos detalles antes de presentar una propuesta.
Lugar de entrega del(los) bien(es)
El lugar de entrega del bien a adquirir es: [INSERTAR el domicilio exacto y las referencias del lugar donde se ejecutará el objeto del contrato]
La institución debe indicar si realizará el consumo de combustible a través de las estaciones de servicio del proveedor ubicadas a nivel nacional, que se encuentren debidamente autorizadas por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM). En estos casos, se debe establecer la dirección exacta donde el proveedor debe efectuar la entrega de las tarjetas electrónicas y/o los tickets, como medios de consumo.
De conformidad con el numeral 1.2.2.3 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible, si la compra de combustible se realiza a granel, la institución debe indicar la dirección exacta en la que se recibirá el combustible contratado, así como si los tanques de almacenamiento son soterrados o sobre la superficie, capacidad y condiciones generales de la infraestructura, a modo que el potencial oferente tenga conocimiento previo del lugar de descarga. Por ejemplo:
Ubicación |
Tipo de combustible |
Capacidad |
Descripción del tanque |
Xxxxx Xxxxxxx (descripción precisa ubicación) |
Gasolina/Diésel/etc. |
XXX galones |
Soterrado, sobre el terreno, etc.
|
Santiago de los Caballeros (descripción precisa ubicación) |
Gasolina/Diésel/etc. |
XXX galones |
Soterrado, sobre el terreno, etc. |
Tiempo para la entrega del(los) bien(es)
El (o los) bien (es) deberá(n) entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en este pliego (y sus anexos) así como en los cronogramas de trabajo presentados por el (la) proveedor (a) aprobados por la institución contratante. [INSERTAR si no debe de exceder de un tiempo en específico]
El plazo mencionado supone que el oferente debe realizar el cálculo de los tiempos estimados de las prestaciones accesorias, según aplique, y ser expresados en su oferta, para que la institución contratante realice los controles que le competen. Los aumentos de tiempo que disponga el (la) proveedor (a), luego de adjudicado, para garantizar la entrega del o los bienes, no originarán mayores erogaciones para la institución contratante y serán asumidas exclusivamente por éste.
El plazo para la entrega del (los) bien (es) propuesto por el proveedor adjudicatario se convertirá en el plazo contractual, siempre y cuando se ajuste al estimado propuesto por la institución contratante en el presente Pliego de Condiciones Específicas.
En este apartado, la institución debe establecer los tiempos de entrega de los mecanismos de consumo, en base a lo contratado. Según lo establecido en el numeral 1.2.2.3 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible, si se trata de consumo a granel, debe indicar de manera detallada la periodicidad del abastecimiento. Esto implica desglosar un plan específico de entrega con el objetivo de que el proveedor pueda programar los despachos del combustible.
Ahora bien, cuando el contrato sea a requerimiento y la institución no cuente con un plan específico de entrega, debe indicar la frecuencia aproximada en que se realizarán las solicitudes de provisión en base al histórico promediado de consumo, de conformidad con el artículo 166 del Decreto núm. 416-23.
Entregables/ cronograma
El (o los) bien (es) y sus prestaciones accesorias (si aplica) que debe entregar el oferente/proponente que resulte Adjudicatario son los siguientes: [Indicar bien/ producto con las fechas o plazos estimados de entrega, incluyendo si es a requerimiento, en el siguiente cuadro].
Producto |
Cantidad |
Fecha de entrega |
[Completar cada fila con el producto] |
[Completar cada fila con la cantidad] |
[Insertar el plazo y la fecha aproximada de entrega, o frecuencias si es a requerimiento] |
Cronograma de actividades
CRONOGRAMA |
|
ACTIVIDADES |
PERÍODO DE EJECUCIÓN |
|
[Indicar fecha y hora]
|
Nota: Incluir periodo de visitas/ reuniones técnicas si procede |
hasta [Insertar hasta que fecha y hora] Nota: No más allá del 50% del plazo para presentar ofertas |
|
Hasta [Insertar hasta que fecha y hora] Nota: Antes del vencimiento de la fecha para emitir enmiendas |
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hasta [Insertar hasta que fecha y hora] Nota: No más allá del 75% del plazo para presentar ofertas |
|
[Indicar fecha] desde las [indicar horario de inicio de recepción] hasta las [indicar horario de fin de recepción] |
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Plazo razonable conforme al objeto de la contratación, y una vez vencido el plazo de la recepción [Indicar fecha y hora de la apertura de las ofertas] |
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha]
|
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha y hora]
|
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha] |
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha] |
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha y hora] |
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha] |
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha]
|
|
Plazo razonable conforme al objeto de la contratación (mínimo 2 días hábiles) [Indicar fecha y hora] |
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Plazo razonable conforme al objeto de la contratación (mínimo 1 día hábil y máximo 5 días hábiles) [Indicar fecha y hora] |
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Concluido el proceso de evaluación, correcciones aritméticas y subsanaciones de garantía, según corresponda [Indicar fecha] |
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A más tardar 5 días hábiles a partir del Acto de Adjudicación [Indicar fecha] |
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Dentro de los siguientes 5 días hábiles, contados a partir de la notificación de adjudicación [Indicar fecha] |
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No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación [Indicar fecha] |
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[Indicar fecha] |
Forma de presentación de ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B”
De conformidad con el artículo 109 del Reglamento núm. 416-23 los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del SECP, o en formato papel ante la institución contratante en el [Insertar el domicilio exacto] en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades de este pliego
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregarán para su análisis por parte de los(las) peritos designados(as).
9.1 Ofertas presentadas en formato papel
Para las ofertas presentadas en formato papel los(las) oferentes presentarán dos sobres, uno contentivo de la oferta técnica que se denominará “Sobre A” y otro contentivo de la oferta económica que se denominará “Sobre B”.
Los documentos contenidos en el “Sobre A” y en el “Sobre B”, deberán ser presentados tanto en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con [Insertar número de fotocopias] fotocopia(s) simple(s) de los mismos, debidamente marcada en su primera página, como “COPIA” y en ella deberá constar en la primera página la firma original del (la)oferente y de ser una persona jurídica la firma del representante legal y el sello social de la compañía.
De igual forma, el original deberá firmarse en todas las páginas por el(la) oferente y estar foliadas, y cuando se trate de una persona jurídica deberá estar firmada por el (la) representante legal y llevar el sello social de la compañía.
Tanto el “Sobre A” como el “Sobre B” deberán contener en su cubierta la siguiente identificación:
NOMBRE DEL(LA) OFERENTE/PROPONENTE (Sello Social)
Firma del (la) Representante Legal
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
[Insertar nombre de la institución]
IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE SOBRE (Sobre A o Sobre B)
REFERENCIA: XXXX-CCC-XXX- XXXX-XXX
No se recibirán sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente.
Ofertas presentadas en formato electrónico vía el SECP
Los(as) oferentes que presenten sus propuestas mediante el SECP, clasificarán la documentación requerida marcando cual pertenece al contenido de la oferta técnica que aparecerá denominado como “Sobre 1” y otro contentivo de la oferta económica “Sobre 2”.
Las ofertas presentadas en soporte electrónico deberán estar firmadas por (la)oferente o de ser una persona jurídica la firma del representante legal y el sello social de la compañía.
En caso de que un interesado presente oferta tanto en formato electrónico como soporte papel, será considerada solamente la oferta electrónica. De existir discrepancias entre lo digitado en el SECP y la documentación cargada en este mismo portal, prevalecerá el documento cargado por el oferente, siempre que esté firmado por el oferente y además sellada cuando se trate de una persona jurídica.
Nota: Se debería aclarar que los procedimientos dirigidos a MIPYMES que vayan a presentarse solo en el portal, el proveedor debe contar con la certificación MIPYMES integrada al RPE de manera previa a fin de que le permita mostrar interés y participar, pues, aunque la certificación es un documento subsanable, ocurre que en el procedimiento en línea no es posible subsanar primero para luego participar.
Documentación a presentar2
La documentación solicitada vinculada al objeto de la contratación3 será analizada y evaluada por los peritos designados para constatar la elegibilidad, capacidad técnica, financiera y la idoneidad del oferente para ejecutar el contrato.
El(la) oferente/proponente es responsable de la exactitud y veracidad del contenido de los documentos que forman su oferta. Todos los documentos entregados en papel mediante Sobres cerrados y sellados o formato electrónico cargado en el SECP deben llevar la rúbrica/ firma del(la) oferente o de su representante legal, apoderado(a) o mandatario(a) designado(a) para dicho fin.
Los oferentes/proponentes extranjeros deben presentar la información homóloga de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien tenga la competencia para hacerlo y con las traducciones al español y legalizaciones correspondientes para ser acreditados en la República Dominicana.
Contenido de la oferta técnica
Con base en el criterio de descentralización de la gestión operativa, las instituciones contratantes son responsables de diseñar sus pliegos de condiciones, términos de referencia, especificaciones técnicas y son autónomas para requerir la documentación con la que verificarán el cumplimiento del requerimiento, sin perjuicio de lo anterior, no podrá solicitarse documento alguno que no tenga como objetivo acreditar una condición o el cumplimiento de un requerimiento establecido en este pliego y en sus fichas/ especificaciones técnicas.
Antes de completar este apartado, recomendamos leer el numeral 1.3.1 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible, titulado “Evaluación de las credenciales y la oferta técnica”.
11.1 Documentación de la oferta técnica “Sobre A”
11.1.1 Credenciales:
Documentación Legal:
Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034)
Formulario de Información sobre el(la) Oferente (SNCC.F.042)
Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). No tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución.
Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). No tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución.
Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial 15100000 – Combustibles, referida en el numeral [INSERTAR el numeral] sobre “objeto del procedimiento de selección” de este pliego. No tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución.
Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (vigente).
Copia de los Estatutos sociales vigentes, debidamente registrados en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
Copia de la nómina de accionistas y acta de la última asamblea realizada debidamente registrada por ante la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
Copia de la nómina de accionistas y acta de asamblea realizada mediante la cual se designe expresamente el actual gerente o consejo de administración, según aplique, que tiene potestad para firmar contratos a nombre de la empresa participante, debidamente registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
Formulario de Compromiso ético de proveedores (as) del Estado4 debidamente firmado y sellado.
Declaración jurada simple (no requiere firma xx xxxxxxx público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
Licencias y/o permisos correspondientes del Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) (verificar la licencia que corresponde, dependiendo de si se trata de una compra a granel o se consumirá directamente en las estaciones de expendio del proveedor; recomendamos leer en la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación de Combustible, el cuadro sobre las principales licencias emitidas por el MICM para la comercialización de combustibles y consultar a dicho órgano rector en caso de dudas).
[Indicar cualquier otra documentación legal requerida en el proceso, incluyendo aquellos que se usarían para realizar la debida diligencia externa] Ejemplo:
Poder de representación
Documento de identidad del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas principales que representen más del 10% del capital social.
Certificación de no antecedentes penales lo cual será verificado en línea por la institución.
Certificación MIPYMES (cuando aplique)
Copia de la cédula de identidad y electoral
Documentación financiera5: (si aplica)
Detallar de forma precisa todos los documentos que deben ser presentados para acreditar los requerimientos de la capacidad financiera, que pueden ser: por ejemplo:
Copia de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades y Personas Físicas presentadas ante la Dirección General de Impuestos Internos (Formularios IR-1 e IR-2)
Estado(s) Financiero(s) del [indicar número de períodos en letras y número] de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) [indicar cuales años], certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará lo siguiente: [Indicar los indicadores financieros que permita evaluar su estabilidad financiera, capacidad de desarrollo y detectar a tiempo los problemas financieros y económicos, tales como índice de solvencia, índice de liquidez corriente, índice de endeudamiento, etc.]
11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]
Detallar de forma precisa todos los documentos que deben ser presentados para acreditar los requerimientos de las especificaciones técnicas y el contenido que deben describirse o desarrollarse en estos.
La supervisión de la calidad del combustible comercializado en la República Dominicana corresponde al Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM), en su rol de órgano rector de la comercialización, el control y el abastecimiento xxx xxxxxxx de derivados del petróleo y demás combustibles. En consecuencia, durante esta fase las instituciones no realizan pruebas de calidad del combustible a contratar o inspecciones de las estaciones de servicio del proveedor, sino que solo queda bajo su responsabilidad la verificación de que el oferente cuenta con las licencias y/o permisos correspondientes emitidos por el MICM.
En ese contexto, la documentación técnica a requerir está principalmente orientada a conocer, en forma no limitativa, los siguientes aspectos:
La distribución geográfica de las estaciones de expendio que pertenecen a la red de servicio del proveedor y que podrán ser utilizadas por la institución para consumir el combustible contratado. La institución debe indicar el ámbito de cobertura que requiere para suplir las necesidades institucionales. En ese sentido, se recomienda solicitar las siguientes informaciones:
Una relación de ubicación de las estaciones de expendio de combustible, ordenadas por provincia, indicando: nombre de la estación, dirección exacta, teléfono, nombre completo de la persona responsable de la estación y horario de servicio.
La “Constancia de Registro Nacional de Estaciones de Expendio de Combustibles”, expedida por la Dirección de Supervisión y Control de Estaciones de Expendio del MICM, de las estaciones incluidas en la oferta.
Las características de los mecanismos de consumo de combustible ofertados por el proveedor, en el caso de tarjetas electrónicas y tickets. Estas características deben corresponderse con lo requerido por la institución en el numeral [INSERTAR el numeral] sobre “Descripción del bien” del presente pliego de condiciones específicas.
Durante el estudio xx xxxxxxx, recomendamos consultar las orientaciones dadas en el numeral 1.2.2.3 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible. No obstante, recordamos que es responsabilidad de cada institución informarse de las opciones de consumo disponibles en el mercado.
Para los consorcios: En adición a los requisitos anteriormente expuestos, los consorcios deberán presentar un Acuerdo o Promesa de consorcio, el cual debe incluir: Las generales actualizadas de los(as) consorciados(as): El objeto del consorcio, las partes que lo integran; Las obligaciones de las partes; La capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, así como la solvencia económica y financiera y la idoneidad técnica y profesional; Designación del(la) representante o gerente único(a) del consorcio; Reconocer la responsabilidad solidaria de los(as) integrantes por los actos practicados en el consorcio, tanto en la fase de selección, como en la de ejecución del contrato; Hacer constar que las personas físicas y/ o jurídicas que lo componen no presentarán ofertas en forma individual o como integrantes de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo objeto de la contratación.
11.2 Contenido de la Oferta Económica
Precio de la oferta
Los precios cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de Oferta Económica deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. No deberán presentar alteraciones ni correcciones, ni tachaduras.
El oferente/proponente cotizará el precio del bien o producto, de manera individual y global, según corresponda. Este precio deberá expresarse en dos decimales (XX.XX), inclusión de todos los gastos, tasas, divisas e impuestos transparentados y explícitos según corresponda. El oferente será responsable y pagará todos los impuestos, derechos de aduana, o gravámenes que hubiesen sido fijados por autoridades municipales, estatales o gubernamentales, dentro y fuera de la República Dominicana, relacionados con los bienes a ser suministrados.
Debido a que el precio del combustible es fijado semanalmente por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM), los oferentes deben presentar su oferta económica sobre la base del monto estimado de la contratación y, a su vez, indicar el porcentaje de descuento ofertado. Esto es aclarado en el numeral 1.3.2 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible.
Moneda de la oferta
El precio en la oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (pesos dominicanos, RD$).
Plazo mantenimiento de oferta
Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el [Indicar fecha exacta de acuerdo con calendario, no días, semanas ni meses que debe coincidir con la fecha de suscripción del contrato de acuerdo al cronograma de actividades xxx xxxxxx de condiciones y con la misma fecha de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta].
Se podrá solicitar a los(as) oferentes/proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus ofertas, con indicación del plazo. Los(as) oferentes/proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus ofertas. Aquellos(as) que la consientan no podrán modificar sus ofertas y deberán ampliar el plazo de la garantía de seriedad de oferta oportunamente constituida.
Garantía de seriedad de la oferta
Con la finalidad de garantizar que los oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selección y para proteger a la [Insertar nombre de la institución] ante dicho incumplimiento, los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato y que cumpla con las siguientes características:
[Insertar tipo de Garantía: Póliza6 o Garantía Bancaria7] por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.
En la misma moneda de la oferta, dígase en pesos dominicanos, RD$
En beneficio de [Insertar nombre de la institución];
Incondicional, irrevocable y renovable;
Con una vigencia de [Indicar fecha exacta de acuerdo al calendario, no días, semanas ni meses que debe ser hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato inclusive.]
Devolución y ejecución de garantía de seriedad de la oferta
Las garantías de seriedad de las ofertas presentadas por los oferentes serán devueltas en plazo no mayor xx xxxx (10) días hábiles contados de la manera siguiente:
A los oferentes descalificados en la etapa de evaluación técnica, a partir de la notificación del acto administrativo de descalificación;
A los oferentes que no fueron adjudicados, a partir de la notificación del acto administrativo de adjudicación;
Al adjudicatario, a partir de la recepción de su garantía de fiel cumplimiento.
11.2.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”
Los oferentes deberán presentar en su oferta económica “Sobre B”, los siguientes documentos:
Formulario de Presentación de Oferta Económica (SNCC.F.033), presentado en Un (1) original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página de la Oferta, junto con [Indicar número de fotocopias] fotocopias simples de la misma. El original deberá estar firmado en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. Las copias deben ser fiel al original y solo deben estar firmadas y selladas en la primera página
Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación. De igual forma, debe establecer el porcentaje de descuento ofertado por el proveedor.
Garantía de la Seriedad de la Oferta, con los requisitos y condiciones establecidos en el numeral [insertar el numeral correspondiente al título de “garantía de seriedad de la oferta”] del presente pliego de condiciones. [subsanable]8.
[Indicar cualquier otra documentación vinculada a la oferta económica que sea necesaria para considerar la oferta] (Si aplica)
Metodología de evaluación
Para evaluar la documentación solicitada a los oferentes y verificar si las ofertas cumplen sustancialmente con lo solicitado en el pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas, los peritos designados aplicarán la metodología y criterios de evaluación establecidos en esta sección y así determinar la oferta más conveniente para fines de adjudicación, suscripción y ejecución del contrato.
Nota: De conformidad con el artículo 72 del Reglamento núm. 416-23 no podrán establecerse reservas de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como tampoco evaluar con base a criterios no establecidos en esta sección.
Nota: Cuando en un procedimiento de selección hayan sido designados más de un (1) perito para la evaluación de la documentación legal, para la documentación financiera y para la documentación técnica, de acuerdo con el párrafo del artículo 124 del Reglamento núm. 416-23, la decisión será el resultado de la mayoría simple de la calificación asignada por cada perito a cada criterio de evaluación. El detalle de esta metodología debe constar en el pliego de condiciones.
12.1 Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A”9
Las ofertas técnicas deberán contener toda la documentación requerida en el numeral [insertar el numeral] sobre “Documentos de la oferta técnica “Sobre A” de este pliego, de manera que los(as) peritos designados al momento de evaluar puedan examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes/proponentes y determinar si una oferta cumple o no con lo requerido, bajo la metodología Cumple/No cumple.
De no cumplirse con uno cualquiera de los requerimientos, el oferente/proponente quedará descalificado y en consecuencia su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación técnica emitido por los peritos evaluadores designados. La institución agotará el proceso de debida diligencia conjuntamente con las fases de evaluación.
12.1.1 Metodología y criterios de evaluación para la documentación legal
La documentación legal debe permitir validar la elegibilidad del oferente/proponente, es decir, que las personas física o jurídica está legalmente autorizado y habilitado para realizar las actividades comerciales solicitadas en el país, y su vez, para presentar ofertas. Esta documentación solo podrá ser evaluada bajo la metodología CUMPLE / NO CUMPLE. Tendrá carácter subsanable conforme a lo establecido en la sección [insertar el numeral] sobre “a) Documentación legal” siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta. El esquema de evaluación será el siguiente:
Criterio a evaluar: Elegibilidad |
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Documento a evaluar |
Cumple/ No Cumple |
Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034) |
|
Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), lo cual será verificado en línea por la institución. |
|
Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034) |
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Licencias y/o permisos correspondientes del Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) (verificar la licencia que corresponde, dependiendo de si se trata de una compra a granel o se consumirá directamente en las estaciones de expendio del proveedor; recomendamos leer en la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación de Combustible, el cuadro sobre las principales licencias emitidas por el MICM para la comercialización de combustibles y consultar a dicho órgano rector en caso de dudas). |
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[Completar cada fila con el criterio establecido en el numeral “documentación legal” del presente pliego de condiciones]. |
|
[Insertar descripción de la metodología en caso de ser un procedimiento con más de un (1) perito para evaluar la documentación legal]
12.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financiera
La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financiera con los documentos requeridos en el [insertar el numeral] sobre “documentación financiera” de este pliego, que solo podrá ser evaluada bajo la metodología CUMPLE/NO CUMPLE.
[Insertar descripción de la metodología en caso de ser un procedimiento con más de un (1) perito para evaluar]
Nota 2: La institución contratante con base en los estudios previos realizados y de manera proporcional a la especialidad de los bienes, podrá aplicar, uno, todos, varios de estos índices financieros y establecer nuevos límites aceptables o aplicar otros métodos de evaluación de la capacidad financiera distintos, pero debidamente justificados, proporcionales y razonables, los cuales se calcularán tomando la información contenida en el(los) estado(s) financieros presentados por los oferentes.
Ejemplo de alguno índices
Índice de solvencia = ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL
Límite establecido: Mayor 1.20
Mayor o igual que > 1.20 (Cumple)
Menor que < 1.20 (No cumple)
Índice de liquidez corriente = ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE
Límite establecido: Mayor 0.9
Mayor o igual que > 0.9 (Cumple)
Menor que < 0.9 (No cumple)
Índice de endeudamiento = PASIVO TOTAL/ PATRIMONIO NETO
Límite establecido: Menor 1.50
Menor o igual que > 1.50 (Cumple)
Mayor que < 1.50 (No cumple)
Si el Oferente/Proponente es un consorcio acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera: [definir la forma en la cual debe cumplir con su capacidad financiera]. Por ejemplo:
1) En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o promesa de consorcio, se considerarán los estados financieros de la empresa líder del Consorcio, la cual deberá tener una participación mínima del 50%.
2) En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio se aceptará la sumatoria de la partida de patrimonio de sus últimos Estados Financieros presentados por las empresas que conforman el Consorcio, para alcanzar con el monto mínimo requerido.
Documentación financiera |
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Criterio a evaluar |
Documento a evaluar |
Cumple/ No Cumple |
[Insertar criterio, índice, indicador, fórmula y/o límite, según corresponda, para cumplimento, en cada fila por separado] Por ejemplo: Índice de solvencia = Activo total / Pasivo total Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple) |
Estados Financieros, [indicar número de períodos en letras y número] de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) [indicar cuales años], certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado). |
[Insertar cumple/ no cumple]
|
[Completar cada fila con el criterio establecido en el numeral xxx “documentación financiera” de este pliego] |
[Insertar el documento que se va a verificar/evaluar]
|
|
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación para la documentación técnica
Las ofertas deberán contener la documentación técnica solicitada en [insertar el numeral] “documentación técnica” para demostrar los requerimientos exigidos en las especificaciones técnicas y/o fichas descritas en este pliego (con sus anexos), la cual será evaluada bajo la metodología Cumple/No cumple, de acuerdo al artículo 81 del Reglamento de aplicación núm. 416-23. En esta, todos los documentos referidos se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente para que los oferentes puedan resultar habilitados para la segunda etapa, es decir, para la apertura y evaluación de las ofertas económicas.
[Insertar descripción de la metodología en caso de ser un procedimiento con más de un (1) perito para evaluar la documentación legal]
La forma de evaluación será la siguiente:
Propuesta técnica |
||
Criterio a evaluar |
Documento a evaluar |
Cumple/ No Cumple |
[Describir el alcance del criterio y la referencia de ubicación en las especificaciones técnicas (numeral y/o página), en cada fila por separado]
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Relación de ubicación de las estaciones de expendio de combustible, ordenadas por provincia, indicando: nombre de la estación, dirección exacta, teléfono, nombre completo de la persona responsable de la estación y horario de servicio. (La institución debe aclarar el alcance territorial que solicita, en base a su necesidad).
|
[Insertar cumple/ no cumple] |
“Constancia de Registro Nacional de Estaciones de Expendio de Combustibles”, expedida por la Dirección de Supervisión y Control de Estaciones de Expendio del Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, de las estaciones incluidas en la oferta.
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Las características de los mecanismos de consumo de combustible ofertados por el proveedor, en el caso de tarjetas electrónicas y tickets. Estas características deben corresponderse con lo requerido por la institución en el numeral [INSERTAR el numeral] sobre “Descripción del bien” del presente pliego de condiciones específicas.
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[Insertar cualquier otro documento que a verificar/evaluar] |
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12.2 Metodología y criterios de evaluación de oferta económica
La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Cumple/ no cumple.
Ejemplo indicativo de tabla para evaluación económica “Cumple/No cumple”
Propuesta económica |
||
Criterio a evaluar |
Documento a evaluar |
Cumple/ No Cumple |
Garantía de mantenimiento y Seriedad de la Oferta. Correspondiente a [Insertar tipo de Garantía: Fianza o Garantía Bancaria] por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta presentada. La vigencia de la garantía deberá ser hasta el [Indicar fecha exacta de acuerdo al calendario, no días, semanas ni meses que debe coincidir con la misma fecha de plazo de mantenimiento de oferta] inclusive. Esta deberá ser presentada mediante póliza expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia de seguros a operar en la República Dominicana. |
Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta presentada |
[Insertar cumple/ no cumple]
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Oferta económica presentada en pesos dominicanos (RD$). Los precios deberán expresarse en dos decimales (XX.XX) que tendrán que incluir todas las tasas, impuestos y gastos que correspondan, transparentados e implícitos según corresponda y en la unidad de medida establecida en el Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 sin alteraciones ni correcciones.
Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación. De igual forma, debe establecer el porcentaje de descuento ofertado por el proveedor. |
Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 presentado |
[Insertar cumple/ no cumple]
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Ser la oferta que presenta el mayor porcentaje de descuento, por tanto, la de menor precio, de entre las ofertas que cumplan con todos los demás criterios |
Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 presentado
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[Insertar cumple/ no cumple]
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Nota: Repetir el mismo ejercicio con todos los criterios establecidos |
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12.3 Criterio de adjudicación
El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es [Insertar el criterio de adjudicación de los indicados en el artículo 83 del Reglamento 416-23]
Nota: Los criterios de adjudicación compatibles para la compra de bienes son: 1) adjudicación basada en menor precio y 2) adjudicación basada en menor costo. La selección también de ser coherente y congruente con los tipos de criterios y metodologías establecidas para la evaluación de las ofertas económicas y técnicas.
En los procedimientos de contratación que se ejecutan para la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado (como es el caso del combustible), en principio, la oferta más conveniente para fines de adjudicación a aquella que reúne los siguientes requisitos: a) cumple con los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones (incluidos los criterios de sostenibilidad fijados, si aplica); b) representa la oferta de menor precio. Esto es aclarado por el párrafo I del artículo 26 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, en el párrafo I del artículo 78 del Reglamento de aplicación, aprobado mediante Decreto núm. 416-23 y en el numeral 1.4 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible.
De lo anterior, dado que la contratación de combustible se realiza en base a “descuento en porcentaje”, en principio, se considera como la oferta económica de menor precio a aquella que ofrezca el mayor porcentaje de descuento sobre el monto a contratar.
SECCIÓN II: RECEPCIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Nota: En esta sección, se detalla el debido proceso a seguir para recibir, abrir y evaluar las ofertas, así como para proceder con la adjudicación. La institución contratante solo podrá completar los espacios donde expresamente se solicite, ya que el resto es redacción normativa.
Recepción de ofertas técnicas “Sobre A” y ofertas económicas “Sobre B”
De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento [Describir el tipo de modalidad y objeto de la contratación] con el número de Referencia [SIGLAS INSTITUCIÓN-CCC-MODALIDAD -AÑO-SECUENCIA DE LA MODALIDAD], la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en dos etapas:
Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y;
Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas.
Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta [Indicar fecha exacta y hora establecida en el cronograma de actividades].
Cuando se trate de ofertas electrónicas recibidas por el SECP, el sistema de forma automática se registra la fecha y hora de la recepción de las ofertas, manteniéndolas encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el presente pliego de condiciones.
Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones (UOCC) será responsable de recibirlas, custodiarlas y de elaborar y llevar registro de oferentes con nombre, fecha y hora. Cada oferente tendrá derecho a recibir un conduce de recepción de oferta entregada.
Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los sobres de los(as) oferentes/proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie en la fecha y/o en la hora señalada en el pliego de condiciones.
Apertura de ofertas técnicas “Sobre A”
La apertura de las ofertas técnicas recibidas ya sea en formato papel o electrónico se realizará en acto público en presencia del CCC y del(la) Notario Público actuante y de los(las) oferentes que deseen participar para quienes la asistencia será voluntaria y nunca obligatoria, en la fecha, lugar y hora establecidos en el cronograma de actividades y a través de [indicar la plataforma digital mediante la cual será transmitido de manera simultánea (en vivo) el acto de apertura y la forma de acceso].
Concluido el acto de apertura, el(la) Notario Público actuante dará por cerrado el mismo, indicando la hora de cierre. Las actas notariales deberán ser publicadas en el SECP a los fines de que estén disponibles para consulta de todos los interesados.
Redacción para Compras Menores [eliminar si no aplica al procedimiento de contratación]
La apertura de las ofertas técnicas recibidas ya sea en formato papel o electrónico se realizará en acto público en presencia de la DAF y la UOCC y de los(las) oferentes que deseen participar para quienes la asistencia será voluntaria y nunca obligatoria, en la fecha, lugar y hora establecidos en el cronograma de actividades y a través de [indicar la plataforma digital mediante la cual será transmitido de manera simultánea (en vivo) el acto de apertura y la forma de acceso].
En el acto de apertura se hará constar las ofertas tanto técnicas como económicas recibidas, tanto en formato o soporte papel como electrónicamente vía la plataforma SECP, y se procederá a la apertura de las ofertas técnicas, según el orden en que hayan sido recibidas.
La UOCC elaborará el acto simple incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto apertura de las ofertas técnicas, si las hubiere.
Las ofertas económicas “Sobres B” en formato o soporte papel, serán mantenidas bajo la custodia el titular de la DAF quien garantizará por los medios que sean necesarios, que no serán abiertas ni ponderadas hasta el día pautado para su apertura y evaluación conforme al cronograma de actividades.
Evaluación de ofertas técnicas “Sobre A”, aclaraciones y subsanación
Los(as) peritos designados para la evaluación, procederán a la validación y verificación de los documentos de la oferta técnica o “Sobre A” evaluando conforme a la metodología y criterios establecidos en [indicar el numeral xxx xxxxxx]. Ejemplo: 12.1.3 Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A”
Ante duda sobre la información presentada, los(as) peritos podrán solicitar hasta antes de emitir el informe definitivo, mediante acto administrativo emitido por el CCC o la DAF, según corresponda y notificado por la UOCC al (la) oferente, las aclaraciones en los términos del artículo 123 del Reglamento núm. 416-23 que considere necesarias y comprobar la veracidad de la información recibida, cursándole del mismo modo.
Los(as) peritos emitirán un informe preliminar de evaluación técnica en el cual se indicará si las ofertas cumplen con los criterios establecidos en este pliego o si existen desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o de tipo subsanables de conformidad con la normativa.
En los casos en que se presenten desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o tipo subsanables, los(as) peritos procederán de conformidad con lo establecido en el párrafo III del artículo 8 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y artículos 120, 121 y 122 del Reglamento núm. 416-23 para solicitar, mediante acto administrativo emitido por el CCC o la DAF, según corresponda y notificado por la UOCC al (la) oferente, las subsanaciones en el plazo previsto en el cronograma de actividades.
Este informe también será publicado en el SECP y notificado a todos(as) los(as) oferentes participantes y contendrá los elementos a subsanar y el resultado de la ponderación preliminar.
Concluido el plazo para las subsanaciones, los(as) peritos emitirán un informe definitivo de evaluación técnica [conforme al documento estándar XXXXX.XXX] que describirá de manera pormenorizada la evaluación realizada a todas las ofertas recibidas, su ponderación, nivel de cumplimiento, si agotó fase de subsanación y la recomendación, con base en los criterios establecidos, de los(as) oferentes que deben ser habilitados para la evaluación de sus ofertas económicas. El CCC o la DAF (según corresponda) aprobará si procede el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas.
A los(as) oferentes cuyas ofertas técnicas no hayan superado los mínimos establecidos en el pliego de condiciones, les serán devueltas sus ofertas económicas sin abrir si fueron recibidas en soporte papel, y si fueron recibidas a través de SECP permanecerán sin abrir encriptadas y sin ser ponderadas.
Todos los informes de evaluación y el acto de aprobación del CCC o la DAF (según corresponda) así como las notificaciones de subsanación y las subsanaciones realizadas en plazo, se harán constar en el SECP aun hayan sido recibidas en formato papel o físico.
Debida diligencia
[Insertar nombre de la institución contratante], para reducir la exposición de este procedimiento de contratación a riesgos legales, operativos, financieros, tecnológicos, antrópicos, económicos, de corrupción, de integridad, reputacionales, xx xxxxxx de activos, de conflictos de interés, de colusión, entre otros, durante la fase de evaluación técnica se llevará a cabo la debida diligencia a los oferentes participantes como medida de mitigación para los diversos riesgos asociados con el procedimiento, garantizando la integridad, transparencia y legalidad de este.
En ese sentido, [Insertar nombre de la institución contratante], se reserva la facultad de realizar el proceso de debida diligencia dentro del marco de la presente contratación a fin de:
Comprobar y verificar la identidad del proveedor sobre la base de documentos, datos o informaciones obtenidas xx xxxxxxx fiables e independientes;
Identificar al Beneficiario Final de la empresa proveedora;
La existencia o no de procesos judiciales actuales o pasados vinculados a delitos contra la administración pública, lavado de activos y otros;
Constatar errores o escrituras similares en los documentos presentados por diferentes empresas en el procedimiento de contratación;
Identificar coincidencias en algunos de los datos suministrados por distintos proveedores tales como: domicilio accionistas, teléfonos, entre otros:
Validar los permisos, licencias o autorizaciones de entidades competentes como Dirección General de Impuestos Internos o las Cámaras de Comercio y Producción, que administran el Registro Mercantil, entre otros;
Prevenir vulneraciones al régimen de inhabilidades para contratar con el Estado, establecido en el artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones;
Determinar posibles vinculaciones entre oferentes y funcionarios públicos de la organización para gestionar posibles conflictos de interés;
Identificar propuestas idénticas en el procedimiento de contratación;
Detectar si una Persona Expuesta Políticamente (PEP) es accionista o socia de una persona jurídica, la cual, a su vez se encuentra participando en el procedimiento.
Determinar la presencia de empresas recién constituidas en un procedimiento de contratación, que no presentan la capacidad financiera para ser adjudicadas, a la vez que se asocian a un mismo proponente.
Si durante la realización de la debida diligencia, se determina que el oferente está sujeto a inhabilidades, ha proporcionado información falsa, o ha manipulado o falsificado documentos, así como participado en prácticas de colusión, coerción u obstrucción, la entidad contratante deberá comunicar al oferente por escrito la existencia de tales indicios. Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.
Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, quedará descalificado. En consecuencia, su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación técnica, sin perjuicio de las demás acciones civiles, administrativas y penales que pudieran corresponder.
Nota: Se recomienda enlistar los objetivos de la debida diligencia, es decir, las informaciones que la institución contratante desea validar más cautelosamente.
Apertura y evaluación de las ofertas económicas “Sobre B”
Posterior a la evaluación técnica y al conocer los oferentes habilitados para el examen de la propuesta económica se convocará nueva vez en la fecha establecida en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, a un acto público con el CCC y oferentes habilitados y el(la) Notario Público para abrir las ofertas económicas recibidas en formato o soporte papel y para desencriptar las ofertas enviadas electrónicamente vía la plataforma SECP. [Si es un procedimiento de compra menor, el acto de apertura se llevará a cabo en presencia de la DAF, la UOCC y los oferentes interesados, no será obligatoria la presencia xx xxxxxxx]
Se entregará a los(as) peritos las ofertas económicas para que las evalúen y recomienden la adjudicación conforme a la metodología y criterios establecidos en [indicar el numeral xxx xxxxxx] de este pliego junto a la garantía de seriedad de la oferta.
En la fase de evaluación de las ofertas económicas los peritos también podrán solicitar aclaraciones en los términos del artículo 123 del Reglamento núm. 416-23 vinculadas a éstas, siempre que se realicen en el plazo establecido en el cronograma de actividades de este pliego.
Del mismo modo, los peritos podrán aplicar correcciones de errores aritméticos, en los términos y condiciones del artículo 129 del citado Reglamento. Dichas correcciones luego de realizadas deberán ser expresamente aceptadas por lo oferentes en los plazos establecidos en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones. Si el oferente no acepta las correcciones su oferta será rechazada lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación emitida por los peritos evaluadores designados.
Los resultados de la evaluación se presentarán mediante informe de evaluación de ofertas económicas [conforme al documento estándar XXXXX.XXX] informe pericial debidamente motivado y con los detalles de la evaluación de cada oferta de forma individualizada, en el que se incluirá un reporte de lugares ocupados que indiquen el orden de preferencia, para fines de adjudicación y suplencia, ante un eventual incumplimiento del(la) adjudicatario(a), o en su defecto, se recomiende la declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento.
Subsanación de la garantía de seriedad de la oferta
La garantía de seriedad de la oferta podrá ser subsanada en estos casos dos casos:
Cuando contiene errores materiales o en la moneda solicitada y;
Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.
Verificada una de estas situaciones, los(as) peritos deberán solicitar antes de emitir el informe de evaluación de ofertas económicas, mediante acto administrativo emitido por el CCC [o la DAF, según aplique], y notificado por la UOCC, que el (la) oferente subsane la garantía de seriedad de la oferta, quien deberá presentarla en el plazo señalado en el cronograma de actividades xxx xxxxxx de condiciones, en caso contrario, su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe.
Confidencialidad de la evaluación
La información relativa al contenido de las ofertas, las subsanaciones, solicitudes de aclaraciones y las evaluaciones realizadas por los peritos no serán reveladas a los oferentes ni a otra persona que no participe oficialmente en el procedimiento, hasta tanto el CCC [o la DAF, según aplique], haya aprobado los informes de evaluación de ofertas emitidos, los cuales deberán ser publicados en el SECP y notificarse directamente a todos los oferentes participantes, de conformidad con los artículos 125 y 133 del Reglamento núm. 416-23.
Desempate de ofertas
En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que [Insertar el criterio de desempate elegido de entre las opciones permitidas por el artículo 131 del Reglamento 416-23], para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir constancia inequívoca en la oferta evaluada.
Si ninguna de las ofertas cumple con algunos de los criterios de preferencia para el desempate, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCC [o la DAF, según aplique], y en presencia xx Xxxxxxx Público, quien certificará el acto.
Adjudicación10
El CCC [o la DAF, según aplique], luego del proceso de verificación y validación del informe de evaluación y recomendación de adjudicación emitido por los(as) peritos y, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base en los criterios y condiciones establecidos en el pliego de condiciones, aprueban el informe y emiten el acto contentivo de la adjudicación. Tanto el informe de los peritos como el acta del CCC [o la DAF, según aplique], deberá publicarse inmediatamente en el SECP.
La UOCC deberá notificar el acto de adjudicación y sus anexos, si tuviese, incluido el informe de evaluación de los peritos a todos(as) los(as) oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades de este pliego.
En el evento de que el adjudicatario se negase de forma injustificada a presentar la garantía de fiel cumplimiento y a suscribir el contrato, el CCC [o la DAF, según aplique], ejecutará la garantía de seriedad de la oferta siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 210 del Reglamento núm. 416-23.
Garantías del fiel cumplimiento de contrato
Para poder suscribir el contrato el(la) o los(las) adjudicatarios(as) deberán constituir previamente una garantía de fiel cumplimiento de contrato en favor de [insertar nombre de la institución contratante] para asegurar que cumplirá con las condiciones y cláusulas establecidas en el pliego de condiciones y en el contrato y que los bienes sean entregados de acuerdo con las condiciones y requisitos previstos en pliego de condiciones, las especificaciones técnicas, la oferta adjudicada y el propio contrato.
En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de [indicar el plazo (cinco (5) días hábiles o diez (10) días hábiles si es una licitación internacional)] una garantía de tipo [Insertar forma de Presentación de Garantía, Póliza de Fianza o Garantía Bancaria] por el equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación.
Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, el equivalente será uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación y solo le será exigida la fianza de seguro. Si se trata de un adjudicatario extranjero, el plazo para presentar la garantía es xx xxxx (10) días hábiles.
La vigencia de la garantía será de mínimo [Indicar plazo], contados a partir de la constitución de la misma y hasta el fiel cumplimiento y hasta la liquidación del contrato.
Si el(la) o los(las) adjudicatarios(as) no presenta la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo señalado, se considerará una renuncia a la adjudicación que dará paso a que la institución contratante ejecute su garantía de seriedad de la oferta y proceda a realizar una adjudicación posterior al oferente que haya quedado en segundo lugar, conforme al reporte de lugares ocupados.
La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme de los bienes contratados.
Adjudicaciones posteriores
En caso de incumplimiento del(la) oferente adjudicatario, de no presentar la garantía de fiel cumplimento o de rechazar suscribir el contrato, se procederá a solicitar, mediante “Carta de Solicitud de Disponibilidad”, al oferente en segundo lugar, de conformidad con el reporte de lugares ocupados, que certifique si está en capacidad de suministrar los bienes ofertados. Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de [indicar el tiempo] para responder la referida solicitud. En caso de respuesta afirmativa, el(la) Oferente/Proponente deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, como se requiere en el numeral [insertar numeral xxx xxxxxx] para suscribir el contrato.
En caso de que el oferente en segundo lugar no acepte ejecutar el contrato, así como sucesivamente ninguno de los demás oferentes del reporte de lugares, el CCC [o la DAF, según aplique], declarará el procedimiento desierto mediante acto administrativo debidamente motivado e iniciará la convocatoria a un nuevo procedimiento de selección.
SECCIÓN III: DISPOSCIONES GENERALES PARA EL CONTRATO
Nota: Esta sección tiene como objetivo informar sobre las distintas condiciones y disposiciones que se harán constar en el contrato a suscribir con el Oferente/Proponente adjudicado.
En este apartado, la institución debe incorporar las recomendaciones dadas en la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible, en el numeral 2 titulado “Etapa contractual” según sean aplicables a su contexto y necesidad.
Plazo para la suscripción del contrato11
El contrato entre [insertar nombre de la institución contratante] y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, de conformidad con el artículo 164 del Reglamento 416-23.
Validez y perfeccionamiento del contrato
El contrato será válido cuando para su suscripción se haya cumplido con ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato hayan sido satisfechas.
El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de [insertar nombre de la institución contratante], en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el caso de las instituciones sujetas a la Ley núm. 10-07 del Sistema Nacional de Control Interno, se haya registrado en la Contraloría General de la República.
Gastos legales del contrato:
En este procedimiento de contratación los gastos de la legalización de firmas del contrato resultante por parte xxx xxxxxxx serán asumidos por la institución contratante [insertar la modalidad].
Nota: En caso contrario, se debe indicar el numeral xxx xxxxxx de condiciones donde se haya establecido, si los gastos de legalización del contrato resultante estarán a cargo del proveedor adjudicatario, a fines de que este pueda incluir dicho costo en su propuesta.
Vigencia del contrato
La vigencia del Contrato será hasta el [Insertar la fecha de finalización del contrato], a partir de la fecha de la suscripción del mismo y hasta su fiel cumplimiento y liquidación, de conformidad con el Cronograma de entregas, el cual formará parte integral y vinculante del mismo.
Supervisor o responsable del contrato
La [insertar nombre de la institución contratante] ha designado como supervisor o responsable del contrato a: [Insertar nombre y cargo que desempeña dentro de la institución].
Nota 1: si se ha designado a un equipo, la redacción sería la siguiente:
La [insertar nombre de la institución contratante] ha designado como miembros del equipo de responsable de la gestión del contrato, a las siguientes personas:
[indicar nombre y apellido] quien se desempeña como [indicar cargo] de [insertar nombre de la institución contratante]
[indicar nombre y apellido] quien se desempeña como [indicar cargo] de [insertar nombre de la institución contratante]
[indicar nombre y apellido] quien se desempeña como [indicar cargo] de [insertar nombre de la institución contratante]
Nota 1: De conformidad con el Manual general de procedimientos ordinarios en caso de equipos tecnológicos o bienes de alta complejidad técnica, se recomienda constituir un equipo de gestión, para monitorear el avance y certificar las entregas con el departamento técnico correspondiente, que verificará que los bienes recibidos cumplen con los requerimientos establecidos en el contrato.
Para la contratación del combustible, es imprescindible que dentro del equipo designado para la supervisión del contrato se encuentre: a) la persona responsable del área de transportación de la institución; y b) la persona que haya sido designada dentro del área administrativa y financiera para la administración y/o supervisión del consumo del combustible contratado. Lo ideal es que estos servidores hayan participado desde la preparación de la contratación y durante la evaluación de las propuestas presentadas, con el objetivo de que las personas que serán responsables de la administración del contrato tengan conocimiento de este desde su origen (ver artículo 183 del Decreto 416-23 y numeral 1.2.1 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible).
Entregas a requerimiento
La/el [insertar nombre de la institución contratante] solicitará que el objeto de la contratación se cumpla en [etapas, fases o parte de los bienes, tomando en cuenta la clasificación en las especificaciones técnicas y describirlas]. Por tanto, estos bienes no se requerirán en su totalidad de forma inmediata, sino con base en lo indicado, cuyo fraccionamiento no afectará ni variará el monto del contrato adjudicado.
El adjudicatario(a) entregará/ prestará la [indicar si es la primera etapa, fases, tomando en cuenta la clasificación en las especificaciones técnicas y describirlas] antes de [indicar la fecha máxima en que deben ser suministrados los bienes y el lugar].
Nota: Es imprescindible que la institución contratante estime apropiadamente la cantidad de los bienes que necesitará, el plazo y la fecha aproximada de entrega para que los proveedores puedan preparar su propuesta.
Anticipo y Garantía de buen uso de anticipo
El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral [insertar numeral de este pliego de condiciones], que asciende a [insertar el % de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que no son mipymes] y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de [escribir en letras y números el plazo] días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una garantía de buen uso de anticipo de tipo [insertar tipo de garantía seleccionada Póliza de Seguro o Garantía Bancaria] que cubra la totalidad del Avance Inicial.
La garantía de buen uso de anticipo será devuelta cuando el(la) contratista demuestre que cumplió con todas las obligaciones del contrato. El monto máximo que será devuelto debe ser igual al monto dado como anticipo.
Suspensión del contrato
La [insertar nombre de la institución contratante] podrá ordenar la suspensión temporal del contrato mediante acto administrativo motivado suscrito por la máxima autoridad y notificado al(la) contratista, por las causas que establece el artículo 31 numeral 5) de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el artículo 182 del Reglamento 416-23.
La DGCP, también podrá ordenar la suspensión del contrato como resultado de una medida cautelar impuesta en el marco del conocimiento de un recurso, investigación o inhabilitación.
Modificación de los contratos
Toda modificación del contrato, sea unilateral o prevista en el pliego de condiciones, se formalizará a través de una enmienda con el contenido previsto en el artículo 164 del Reglamento núm. 416-23 y previo a realizarse cualquier prestación sustentada en la modificación deberá ser publicada en el SECP.
Nota: Este apartado debe completarse solamente cuando la institución contratante, puede identificar previamente posibles situaciones que, de producirse, requerirán una modificación del contrato que deberá ser satisfecha por el contratista, por estar previamente avisado de la condición antes de preparar su oferta. Y a los fines de llevar a cabo las modificaciones identificadas, deben de tener en cuenta el procedimiento establecido en los artículos 179, 180 y 18 del Reglamento núm. 416-23.
El o los contratos derivados del presente procedimiento de selección no podrán ser modificados con el objetivo de aumentar o disminuir las cantidades establecidas en los pliegos de condiciones específicas de la contratación, por la prohibición expresa determinada en el numeral 3 del artículo 31 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
Equilibrio económico y financiero del contrato
[Insertar nombre de la institución] adoptará todas las medidas necesarias para mantener las condiciones técnicas, económicas y financieras del contrato durante su ejecución. En el evento de que estas condiciones no se mantengan, puede dar paso a una ruptura del equilibrio económico y financiero del contrato, que afecte al contratista o a la institución, siempre que se origine por razones no imputables a la parte que reclama la afectación y que no tenía la obligación de soportar.
La afectación puede dar paso al derecho tanto al contratista como a la [Insertar nombre de la institución] a procurar el restablecimiento del equilibro económico y financiero del contrato con sus correspondientes ajustes. No obstante, el hecho de que una de las causas que provocan la ruptura del equilibrio económico se materialice, no significa que, automáticamente, se ha podido comprobar el daño económico para quien lo invoque.
En ese sentido, para el restablecimiento del equilibro económico y financiero del contrato, quien lo invoque deberá demostrarlo y solicitarlo, conforme a los criterios y el procedimiento previsto en el artículo 32 numeral 1) de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y los artículos 176, 177 y 178 del Reglamento núm. 416-23.
Dado que los contratos de combustible tienen la particularidad de que el precio a pagar es ajustado en forma periódica por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM), atendiendo a las condiciones xxx xxxxxxx, el equilibrio económico del contrato se mantiene, sin que sea necesario realizar ajustes adicionales que sean motivados por fluctuaciones de los precios xxx xxxxxxx.
Condiciones de pago y retenciones
La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo12, el cual será [Indicar el %, no pudiendo ser más del 20%, artículo 168 Reglamento 416-23] del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de [escribir en letras y números el plazo] días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (20%)13.
La suma restante será pagada en pagos parciales al proveedor, a partir del bien contratado. Estos pagos se harán en un período no mayor de [Indicar cantidad de días] contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos. No está permitido que el proveedor reciba el pago total de los bienes sin que el objeto del contrato se haya cumplido.
La institución debe especificar cómo se aplicará el descuento ofertado por el proveedor, lo cual dependerá del mecanismo de consumo contratado. Por ejemplo, el numeral 2.1.3 de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible aclara lo siguiente:
Cuando se contrate el suministro a través de tarjetas pospago, el descuento se aplicará directamente como una reducción a la factura de lo consumido por la institución. En estos casos, se recomienda considerar que los cortes y facturación se realicen de manera mensual, presentando el reporte de consumo de cada tarjeta.
Por otro lado, si la institución decide adquirir tickets de combustible, este descuento se materializará en la entrega de tickets adicionales equivalentes al porcentaje de descuento sobre el monto contratado.
Subcontratación
El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con el numeral 2) del artículo 32 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
El(la) oferente, al momento de presentar su oferta, debe indicar el detalle de la adquisición de los bienes que subcontrataría y las personas físicas o empresas que suministrarán cada uno de ellos, quienes no podrán estar en el régimen de inhabilidades previsto en el artículo 14 de la Ley y sus modificaciones; en el entendido, que el(la) contratista será solidariamente responsable de todos los actos, comisiones, defectos, negligencias, descuidos o incumplimientos de los(as) subcontratistas, de sus empleados(as) o trabajadores(as).
Recepción de los bienes
Concluida la entrega de los bienes, el personal designado por la institución como responsable del contrato procederá a completar un acta de recepción provisional donde determine, a partir de las especificaciones técnicas, si los bienes adquiridos cumplieron o no con lo pactado.
Si el suministro de bienes fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo [Indicar cantidad de días14] días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes. El proveedor tiene derecho de intimar a la institución contratante la emisión de la recepción conforme, sino lo realiza en el referido plazo.
De existir cualquier anomalía con la entrega o posibles desperfectos o diferencias en los bienes ofertados y los recibidos por la entidad contratante, y se tenga tiempo suficiente para que el proveedor corrija las faltas antes de que se cumpla el período en que se necesita, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles15, al proveedor para que subsane los defectos y proceda, en un plazo16 no superior a [Indicar cantidad de días] hábiles, a la corrección de los errores detectados.
En los casos donde el proveedor no haya cumplido con la corrección en los bienes o en la entrega de los mismos, antes del período en que la institución lo requería, esta deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles, el acta de no conformidad con la recepción de los bienes y, conforme con el debido proceso, puede iniciar las medidas administrativas correspondientes por la falta del proveedor.
Nota: En el caso de la entrega a requerimiento de los bienes, la recepción de estos se puede realizar periódicamente, de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas y como condición para tramitar los pagos al proveedor.
[Describir cualquier otra condición particular que se ajuste y se proporcional al objeto del procedimiento] Ejemplo: Entrega de documentos como certificados y garantías si equipos y/mobiliarios instalados, licencias etc.
Finalización del contrato
El contrato finalizará por una de las siguientes condiciones que acontezca en el tiempo: a) Cumplimiento del objeto; b) por mutuo acuerdo entre las partes o; c) por las causas de resolución previstas en el artículo 190 del Reglamento núm. 416-23 [puede indicar en este pliego otras causas adicionales de finalización].
Incumplimiento de contrato y sus consecuencias.
Se considerará incumplimiento del contrato las siguientes situaciones, sin perjuicio de aquellas contempladas en la normativa:
La xxxx del proveedor en la entrega de los bienes por causas imputables a éste por más de [indicar cantidad de días];
El incumplimiento de la calidad de los bienes exigidas en las especificaciones técnicas, prevista en el presente pliego de condiciones;
El suministro, prestación o entregas incompletas de las solicitadas y/o adjudicadas.
[insertar cualquier otra causa vinculada y razonable y proporcional a la obligación].
El incumplimiento del contrato por parte del(la) proveedor podrá suponer una causa de resolución del mismo de conformidad con el artículo 190 del Reglamento de Aplicación, y además el(la) contratista ser pasible de las siguientes sanciones previstas en el artículo 66 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan.
Nota: A partir del objeto del contrato y de la acción que la institución requiera evitar para asegurar el fin contractual, corresponde que la institución contratante defina de menor a mayor grado las referidas conductas. A modo de ejemplo, se podría considerar un incumplimiento leve la falta de supervisión del personal, acción que ocasionaría una advertencia escrita donde se identificaría y probaría la falta y se otorgue un plazo para la corrección.
En cambio, puede ser un incumplimiento gravísimo el cambio del bien ofertado, o de las especificaciones técnicas del mismo o la cesión del contrato sin autorización de la institución contratante, hechos que podrían ocasionar la rescisión unilateral del contrato sin responsabilidad.
Penalidades por retraso
Nota: En este apartado la institución contratante podrá identificar cuales penalidades serán aplicadas en caso de incumplimiento del contrato, conforme al artículo 230 numeral 3) del Reglamento núm. 416-23.
[insertar penalidades por retraso debidamente detalladas]
Causas de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado.
La institución contratante podrá solicitar a la Dirección General de Contrataciones Públicas el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, contra el(la) oferente o contratista que ha cometido alguna de las infracciones regladas en el artículo 66 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
El procedimiento administrativo sancionador por las infracciones administrativas referidas en los numerales 7) al 10) del indicado artículo, podrá ser iniciado de oficio por la DGCP, si en el cumplimiento de su función de verificar que se cumplan con las normas del SNCPP, identifica indicios de que han sido cometidas.
SECCIÓN IV: GENERALIDADES
Nota: En esta sección se describen informaciones generales, condiciones obligatorias y transversales de los procedimientos (i) Licitación Pública, (ii) Licitación Restringida, (iii) Comparación de Precios y (iv) Compras menores que deben ser consideradas tanto por la institución contratante como por el(la) oferente. Esta sección no puede ser modificada o eliminada, salvo en los campos que expresamente se permita o indique.
Siglas y acrónimos
CAP |
Certificado de Apropiación Presupuestaria |
CCPC |
Certificado de disponibilidad de cuota para comprometer |
CCC DAF |
Comité de Compras y Contrataciones Dirección Administrativa Financiera |
DGCP |
Dirección General de Contrataciones Pública |
PACC |
Plan Anual de Compras y Contrataciones |
MAE |
Máxima Autoridad Ejecutiva |
SECP |
Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. |
SNCP |
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas |
SIGEF |
Sistema de Información de la Gestión Financiera |
UOCC |
Unidad Operativa de Compras y Contrataciones |
[Incluir cualquier otro término de interés para este procedimiento de selección, no incluido en este apartado].
Definiciones
Para la implementación e interpretación del presente pliego de condiciones estándar, las palabras y expresiones que se citan tienen el siguiente significado:
Bienes17: Los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos otros objetos en estado sólido, liquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda del de los propios bienes.
Bienes Comunes18: Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son regularmente comprados y utilizados por el sector privado, o que tienen especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.
Bienes no comunes19: Son aquellos que por sus características y especificaciones especiales no pueden ser considerados como comunes, debido a su alto nivel de complejidad.
Ciclo de vida del producto20: Se refiera a todas las fases consecutivas o interrelacionadas que sucedan durante su existencia de un producto, obra o servicio, desde la investigación y desarrollo, diseño, materiales utilizados, fabricación, comercialización, incluido el transporte, utilización y mantenimiento del producto o servicio, hasta que se produzca la eliminación, el desmantelamiento o el final de la vida útil.
Conflictos de Interés21: Es aquella situación en la que el juicio del individuo (concerniente a su interés primario) y la integridad de una acción, tienden a estar indebidamente influidos por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal.
Debida Diligencia22: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante el cual los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre el comité de compras y contrataciones, personal de las unidades operativas de compras y contrataciones.
Desglose de Precios Unitarios: La lista detallada de tarifas y precios que muestren la composición de cada uno de los precios de las partidas que intervienen en el Presupuesto Detallado.
Empresa vinculada: Empresa subsidiaria, afiliada y/o controlante. Se considera que una empresa es subsidiaria a otra cuando esta última controla a aquella, y es afiliada con respecto a otra u otras, cuando todas se encuentran bajo un control común.
Gestión de Riesgos23: Es un proceso para identificar, evaluar, manejar y controlar acontecimientos o situaciones potenciales, con el fin de proporcionar un aseguramiento razonable respecto del alcance de los objetivos de la organización.
Informe pericial: Documento elaborado por una persona o grupo de personas en su calidad de peritos que contiene los resultados de sus indagaciones, evaluaciones, sus conclusiones y recomendaciones que servirá de sustento para deliberación y posterior decisión del órgano responsable de un proceso de contratación.
Oferente/proponente habilitado: Aquel que participa en el proceso de selección y resulta habilitado en la fase de Evaluación Técnica del Proceso.
Riesgo24: Efecto de la incertidumbre sobre los objetivos. Puede ser positivo, negativo o ambos, y puede abordar, crear o resultar en oportunidades y amenazas.
Servicios25: La prestación de actividades o serie de actividades cuyo objeto implica el desarrollo de prestaciones identificables para satisfacer necesidades de los entes y órganos relacionados con el normal cumplimiento de su función administrativa vinculada al interés general o como solución de problemas y necesidades de la institución contratante.
Especificaciones técnicas: 26Son aquellas que describen los bienes y las obras a contratar atendiendo estrictamente a lo requerido por la institución contratante para satisfacer una necesidad, con fundamento en estudios previos realizados, sin incluir características que tiendan a favorecer a una marca o a un tipo de oferente en particular, buscando generar la más amplia competencia posible entre oferentes de diversas marcas y productos que puedan satisfacerla.
[Describir cualquier otro término de interés para este procedimiento de selección, no incluido en el Pliego de Condiciones Específicas].
Objetivo y alcance xxx xxxxxx
El presente pliego establece un conjunto de cláusulas jurídicas, económicas, técnicas y administrativas, por el que se fijan los requisitos, exigencias, facultades, derechos y obligaciones de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en el procedimiento, [Describir el tipo de modalidad y objeto del procedimiento] convocado por [insertar nombre de la institución] con el número de Referencia: SIGLAS INSTITUCIÓN-CCC-MODALIDAD -AÑO-SECUENCIA DE LA MODALIDAD, así como el debido proceso que será llevado a cabo para la recepción, evaluación y determinación de la oferta más conveniente para fines de adjudicación y suscripción del contrato.
El pliego de condiciones se encuentra organizado en función de las instrucciones que debe suministrarse a los(as) oferentes para que puedan elaborar sus ofertas, conozcan cómo serán evaluados y las características y condiciones del contrato a suscribir.
Órgano y personas responsables del procedimiento de selección
Para la contratación [Describir el objeto del procedimiento con el número de Referencia: SIGLASINSTITUCIÓN-CCC-MODALIDAD-AÑO-SECUENCIADELAMODALIDAD], el órgano responsable de la organización, conducción y ejecución es el CCC, que debe ser conformado dentro de la institución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Reglamento Aplicación 416-23.
Nota: El órgano responsable podrá variar si los bienes que se adquirirán se realizará bajo la modalidad de compra menor por el umbral determinado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. En ese caso, el órgano responsable sería la DAF de la institución contratante. Por tanto, solo indicar como la máxima autoridad a la DAF.
El CCC o la DAF (dependiendo la modalidad de contratación designará a los peritos que evaluarán las ofertas), considerando los criterios de competencia, experiencia en el área y conocimiento xxx xxxxxxx, bajo los lineamientos del instructivo para la selección de peritos emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas27. Los peritos designados no podrán tener conflicto de interés potencial ni real con los oferentes ni con el objeto de la contratación.
Los peritos designados deberán suscribir, previo a evaluar las ofertas, una declaración de que no tienen conocimiento de ningún hecho que genere un conflicto de interés real, potencial o aparente conforme al Código de Pautas de Ética e Integridad del SNCCP.
Si se comprueba la existencia de un conflicto de interés la institución [insertar nombre de la institución] podrá determinar si el conflicto no puede evitarse, neutralizarse, mitigarse o resolverse de otro modo, en cuyo caso el perito designado mediante acto motivado deberá ser sustituido y notificarse a los proponentes mediante circular del CCC [o la DAF, según aplique], mediante el SECP.
Todas las comunicaciones y solicitudes que realicen los (las) oferentes serán dirigidas al CCC [o la DAF, según aplique], como órgano deliberativo y decisorio de la compra o contratación de que se trate.
Nota: En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración establecida en el artículo 9 del Reglamento 416-23 y para el caso de Ayuntamientos y Juntas Distritales deberán aplicarse las disposiciones previstas en los párrafos I y III del citado artículo e indicar en este apartado cómo está constituido el comité de compras y contrataciones.
Marco normativo aplicable
En este procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución, para la aplicación de la normativa vigente en contrataciones públicas, su interpretación o resolución de controversias e investigaciones, se aplicará el siguiente orden de prelación:
Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 xx xxxxx de 2015.
Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA).
Ley núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y sus modificaciones, del 18 xx xxxxxx de 2006.
Ley núm. 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo de fecha 08 xx xxxxxx de 2013.
Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 340-06, aprobado mediante Decreto núm. 416-23 del 14 de septiembre de 2023;
Pliego de condiciones específicas, especificaciones técnicas, fichas técnicas, anexos, enmiendas y circulares;
Las ofertas y las muestras que se hubieren acompañado;
La Adjudicación;
El contrato (si aplica) y;
La orden de compra.
De igual modo, les serán aplicables todas las normas, resoluciones, circulares, instructivos, guías u orientaciones emitidas por esta Dirección General, según corresponda.
[Incluir cualquier otra norma (Ley, Reglamento o normativa técnica del sector) que pudiera regular el objeto de la contratación y que no haya sido incluido en este apartado].
Tratado internacional de libre comercio
[Si el objeto del procedimiento de contratación está sujeto a un tratado internacional o libre comercio o de cooperación y en caso afirmativo, indicar a cuál o cuáles].
[Si el objeto del procedimiento de contratación está sujeto a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, pero se realiza con fondos mediante donaciones o cooperación, indicar cuál o cuáles]
Ejemplo: La contratación para la “Adquisición de equipos tecnológicos”, con el número de Referencia: INOP-CCC-LPN-2023-01, convocada por el Instituto Nacional de Operaciones Públicas además de la normativa nacional, también está sujeta al capítulo IX, dedicado a Compras Gubernamentales del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA).
Interpretaciones
Para la interpretación del presente pliego y sus anexos, se siguen las siguientes reglas:
Cuando los términos están definidos en la normativa vigente o en el contrato, se interpretará en su sentido literal.
Las palabras o designaciones en singular deben entenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.
El término “por escrito” significa una comunicación escrita con prueba de recepción, acuse de recibido o realizada a través de la plataforma SECP.
Toda indicación a capítulo, numeral, inciso, circular, enmienda, formulario o anexo se entiende referida a la expresión correspondiente de este pliego, salvo indicación expresa en contrario. Los títulos de capítulos, formularios y anexos son utilizados exclusivamente a efectos indicativos y no afectarán su interpretación.
Las referencias a días se entenderán como días hábiles, excluyéndose del cómputo los xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, de acuerdo con lo establecido en el párrafo I del artículo 20 de la Ley núm. 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimientos administrativos, salvo que expresamente se utilice la expresión de “días calendario”, en cuyo caso serán días calendario.
Idioma
El idioma oficial del presente procedimiento es el castellano o español, por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante el procedimiento que intercambien el (la) interesado u oferente y el CCC deberán ser presentados en este idioma.
En ese sentido, se aclara para el (la) oferente que los documentos que acompañan sus ofertas deben presentarse en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por la autoridad competente, ya sea del país de procedencia o de la República Dominicana.
Cuando un(a) oferente no haya presentado la información traducida al idioma castellano, deberá aportarla durante la fase de subsanación.
Disponibilidad y acceso al pliego de condiciones
El pliego de condiciones, así como los documentos que lo conforman (anexos, formularios, circulares, adendas/enmiendas, cronogramas de entrega, etc.) y el expediente electrónico, estarán disponibles para todas las personas interesadas, tanto en el SECP xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, como en la página web de la institución [Indicar dirección web del portal institucional] a partir de la fecha de su convocatoria.
Constituye una obligación del(la) oferente consultar de manera permanente las precitadas direcciones electrónicas, sin perjuicio de acercarse a las instalaciones de la institución. No será admisible como excusa, el desconocimiento o desinformación por no consultar en tiempo oportuno.
Conocimiento y aceptación xxx xxxxxx de condiciones
Será responsabilidad del(la) oferente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto del presente proceso de contratación, y realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
En caso de que los bienes a suministrar requieran de alguna instalación, los oferentes podrán realizar una visita técnica al lugar, de manera que obtengan por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar sus Ofertas. El hecho que los oferentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como argumento válido para posteriores reclamaciones ni causa de descalificación en caso de que la institución contratante lo prevea en el cronograma de actividades. El costo de esta visita será de exclusiva cuenta de los oferentes. La institución contratante suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar las inspecciones correspondientes.
El solo hecho de un(a) oferente participar presentando oferta, implica pleno conocimiento, aceptación y sometimiento por sí mismo(a), por sus miembros, ejecutivos, y su representante legal, a los procedimientos, condiciones, estipulaciones y normativas, establecidos en el presente pliego de condiciones, el cual tiene carácter jurídicamente obligatorio y vinculante entre los(as) oferentes y la institución contratante.
Si el(la) oferente omite suministrar alguna parte de la información requerida o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser su descalificación o la nulidad del contrato si el caso lo amerita.
Derecho a participar
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, de manera individual o en consorcio, que tenga conocimiento de este procedimiento tendrá derecho a participar, siempre y cuando reúna las condiciones siguientes:
Demuestre su plena capacidad conforme a los requisitos exigidos en el artículo 8 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones.
No se encuentre afectado por el régimen de prohibiciones o inhabilidades indicado en el artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y;
Cumple con las condiciones de participación establecidas en este pliego de condiciones, adendas/enmiendas, circulares y en sus anexos (formularios, modelos de contratos, planos, presupuestos, estudios, ect, según aplique.).
No se permite la múltiple participación, esto es, una persona física no podrá participar como persona física si la empresa en la que es socio también participa y viceversa. En ese sentido, los participantes que posean esta condición deben elegir inscribirse únicamente en una de sus calidades: persona física o jurídica en el procedimiento convocado. De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.
En cuanto a los consorcios, de conformidad con el párrafo II del artículo 5 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio o unión temporal de oferentes, no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, en el presente procedimiento de contratación.
Prácticas prohibidas
En el curso del procedimiento de selección la institución contratante puede advertir que alguno de los oferentes incumple alguna de las condiciones previstas en el numeral 11 sobre “Derecho a participar”, así como las prácticas corruptas o fraudulentas28, comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia como los acuerdos colusorios o carteles. También intentos de un Oferente/Proponente para influir en la evaluación de las ofertas o decisión de la adjudicación.
Lo anterior, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del procedimiento de selección o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado sin perjuicio de las demás acciones administrativas, civiles o penales que establezcan las normas; lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación emitido por los peritos designados, según la fase en la que se encuentren. En ese tenor, la institución contratante deberá agotar el debido proceso y dejar constancia documental de la decisión de descalificación en el expediente de contratación.
De los Comportamientos Violatorios, Contrarios y Restrictivos a la Competencia.
Los oferentes deberán respetar las disposiciones contenidas en la Ley núm. 42-08 promulgada en fecha 16 de enero de 2008 relativa a la Defensa a la Competencia, la cual tiene por objeto, con carácter de orden público, promover y defender la competencia efectiva para incrementar la eficiencia económica, así como las establecidas en el artículo 11 de la Ley núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones. Las violaciones a la Ley núm. 42-08 y al artículo 11 de la Ley núm. 340-06, darán lugar a:
La descalificación del oferente que lleve a cabo la conducta ya sea en condición de autor o cómplice de la misma.
El rechazo de la propuesta presentada por el oferente responsable de la conducta en cuestión, ya sea en calidad de autor o cómplice, rechazo que podrá establecerse en cualquier etapa del procedimiento de selección o la contratación en sentido general.
La rescisión del contrato por parte de la entidad contratante, más una acción en daños y perjuicios en contra del oferente por ante la jurisdicción competente.
La denuncia del ilícito a las autoridades de defensa a la competencia a los fines de lugar.
De manera no limitativa, se entenderán como comportamientos violatorios, contrarios y restrictivos a la competencia los siguientes:
Las prácticas concertadas y acuerdos anticompetitivos, conforme se establece en el artículo 5 de la Ley núm. 42-08.
Concertación o coordinación de las ofertas o la abstención en este proceso.
La participación de empresas que posean accionistas en común, mismo domicilio en común y la misma unidad productiva, teléfonos, correos electrónicos, propuestas idénticas, errores o escrituras similares presentados por estas, entre otras.
El abuso de posición dominante, conforme se establece en el artículo 6 de la Ley núm. 42-08.
La competencia desleal, conforme se establece en los artículos 10 y siguientes de la Ley núm. 42-08.
Los precios predatorios ofertados en cualquier procedimiento de selección o en una contratación bajo las excepciones de la Ley núm. 340-06 y su reglamento de aplicación, siendo los precios predatorios, aquellos establecidos de una manera excesivamente baja, más allá de los costos razonables del oferente y que sin lugar a duda tienen por finalidad expulsar a los competidores fuera xxx xxxxxxx, o crear barreras de entrada para los potenciales nuevos competidores.
Cualquier tipo de conducta anticompetitiva ejercida por los oferentes o por cualquier tercero, relacionada con el procedimiento de selección o una contratación bajo las excepciones de la Ley núm. 340-06.
En este sentido, la institución contratante se compromete dentro del marco del Programa de Cumplimiento Regulatorio en las Contrataciones Públicas (Si aplica), y, dando cumplimiento a las políticas emitidas por la DGCP, a realizar la Debida Diligencia, los fines de detectar los comportamientos violatorios x Xxx núm. 340-06, así como la detección oportuna de los posibles conflictos de interés, y comportamientos contrarios y restrictivos a la libre competencia.
Consultas, solicitud de aclaraciones y enmiendas
Las consultas, aclaraciones y observaciones las formularán los(as) interesados(as), sus representantes legales, o agentes autorizados a través del SECP o en físico mediante comunicación escrita presentada en la institución contratante dirigida al CCC [o la DAF, según aplique] dependiendo la modalidad de contratación, dentro del plazo previsto en el cronograma de actividades.
Las respuestas (ya sean a través de una circular, enmienda/adenda) serán publicadas por la institución contratante en el SECP en el plazo previsto en el cronograma. Así como por correo electrónico u otros medios, a todos quienes hayan mostrado interés en participar.
Ninguna aclaración verbal por parte de la institución podrá afectar el alcance y condiciones xxx xxxxxx y sus anexos. Para estos efectos, sólo se tendrán como válidas las circulares/ adendas/ enmiendas que sean publicadas el SECP dentro del plazo permitido por la Ley y conforme al cronograma de actividades.
Contratación pública responsable
En el(los) contrato(s) suscrito(s) derivado(s) del presente procedimiento de selección, la [insertar nombre de la institución] exigirá que el contratista ejecute el contrato público de manera responsable cumpliendo con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, con el régimen de seguridad y protección a sus trabajadores establecidas en las normas vigentes, con la participación y la inclusión laboral de las personas con discapacidad en sus nóminas de trabajo en los términos y porcentajes requeridos por la Ley núm. 5-13, sobre discapacidad en la República Dominicana y cualquier otra normativa vinculada a la promoción y protección de los Derechos Humanos. Así como también se exigirá el cumplimiento de las normas prevención, protección y uso sostenible del medio ambiente.
En caso de incumplimiento o violación por parte del contratista de sus obligaciones de contratación responsable la [insertar nombre de la institución] otorgará un plazo razonable para que el Contratista implemente las medidas correctivas correspondientes. Vencido el plazo sin que se haya regularizado la actuación la [insertar nombre de la institución] podrá declarar la resolución del contrato y el(la) contratista podrá ser pasible de las demás sanciones previstas en el artículo 66 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan.
Firma digital
En consonancia con las disposiciones del artículo 19 de la Ley núm. 340-06, párrafo II del artículo 13 del Reglamento núm. 416-23, la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, la Resolución núm. 206-2022, la Circular núm. 012415 del Ministerio de Administración Pública (MAP), la Circular núm. DGCP44-PNP-2022-0006 sobre implementación de la firma digital, y la Resolución núm. IN-CGR-2023-007173 que establece las Directrices sobre los documentos firmados digitalmente a ser admitidos en el proceso de registro de contratos por ante la Contraloría General de la República (CGR), todos los documentos que componen el expediente administrativo de la contratación podrán ser firmados digitalmente, incluidas las ofertas y la suscripción de los contratos.
Reclamaciones, impugnaciones, controversias y competencia para decidirlas
Los(as) interesados(as) y oferentes tendrán derecho a presentar recursos administrativos como son los recursos de impugnación ante la institución contratante o recursos jerárquicos y solicitudes de investigación ante la DGCP, según corresponda, y en los términos o condiciones previstos en los artículos 67 y 72 en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
A tales fines, los(as) interesados(as) podrán consultar los requisitos, condiciones y plazos para formalizar sus reclamos, así como las acciones disponibles, incluso para cuando la institución hace silencio administrativo y no responde en tiempo oportuno, accediendo a las “Guías para presentar Recursos, Denuncias y Solicitudes de Inhabilitación” disponibles en el portal institucional de la DGCP, en el apartado “Marco Legal” en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx-xxxxxxxx/xxxxx-xxxxx/xxxxx-xxx-xxxxxxx-xxxxxxxx-xx-xxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx-xxxxx/.
Los recursos administrativos son optativos, por lo que en cualquier caso el interesado u oferente podrá presentar reclamación ante la jurisdicción judicial.
Para los conflictos y controversias que susciten en la fase de ejecución contractual, entre la institución y el (la) contratista, la competencia está reservada para el Tribunal Superior Administrativo, en virtud del artículo 3 de la Ley 1494 de 1947 y cuando se trate de municipios, con excepción del Distrito Nacional y la provincia de Xxxxx Xxxxxxx, se interpondrá un recurso contencioso administrativo municipal por ante el juzgado de primera instancia en atribuciones civiles del municipio.
El plazo para los(as) interesados(as) impugnar el pliego de condiciones es de 10 días hábiles a partir de la convocatoria del procedimiento en el SECP; mientras que para los (as) oferentes presentar las acciones descritas será a partir de las notificaciones de los informes de evaluación de ofertas correspondiente, así como de la adjudicación.
Nota: Al margen de lo anterior, las partes tienen la posibilidad de utilizar el procedimiento de arbitraje comercial de la República Dominicana ante conflictos y controversias que resulten de la ejecución del Contrato, su incumplimiento, su interpretación, su resolución o nulidad, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 479-08, de fecha treinta (30) de diciembre del dos mil ocho (2008) siempre que de esta forma haya quedado establecido en propio contrato. Si la institución opta por disponer esta vía, debe indicarlo en el modelo del contrato a suscribir.
Comité de seguimiento
Los Comités de Seguimiento son entes independientes y autónomos, por lo que sus integrantes no tienen relación de dependencia con ninguna institución del Estado29. Los interesados podrán contactar al comité de [insertar nombre de la institución] a través de los siguientes datos:
Nombre de contacto: [insertar nombre de contacto]
Teléfono: [insertar número telefónico]
Correo electrónico: [insertar correo electrónico]
[Eliminar este numeral si la institución contratante no tiene Comité de Seguimiento]
Gestión de riesgos
A continuación, se identifican los riesgos30 del Procedimiento de Contratación, en las etapas precontractual, contractual y postcontractual, de acuerdo con la metodología de la Dirección General de Contrataciones Públicas. [COMPLETAR LA MATRIZ]
MATRIZ DE GESTIÓN DE RIESGO |
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IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO |
VALORACIÓN DEL RIESGO |
EVALUACIÓN DEL CONTROL |
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N° |
Clase |
Fuente |
Etapas |
Tipo |
Factores de riesgo (descripción qué puede pasar y, como puede ocurrir) |
Efectos observables |
Probabilidad |
Impacto |
Valoración del riesgo |
Categoría |
¿A quién se le asigna? |
Tratamiento/controles a ser implementados |
Impacto después de tratamiento |
¿Afecta la ejecución del proceso de contratación? |
Persona responsable de implementar el tratamiento |
Fecha estimada en que se inicia el tratamiento |
Fecha estimada que se completa el tratamiento |
Monitoreo y revisión |
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Probabilidad |
Impacto |
Valoración del riesgo |
Categoría |
¿Cómo se realiza el monitoreo? |
¿Periodicidad? |
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1 |
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2 |
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3 |
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Nota 1: Esta matriz se debe también publicar en los estudios previos, y desde el proyecto o borrador xx Xxxxxx de Condiciones.
Nota 2: Cuando la complejidad xxx xxxxxx así lo amerite, en conjunto con la convocatoria o previo a ella, la Institución Contratante deberán indicar una fecha antes del vencimiento del plazo de enmienda, la celebración de un acto de asignación de riesgos, donde los interesados podrán asistir, la cual deberá estar en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones.
En el mismo acto de asignación, se presentará el análisis de riesgos realizado y se mostrará a los interesados la matriz de riesgos incluida, se ofrecerán aclaraciones y se responderán las preguntas e inquietudes planteadas.
Se levantará un acta que registrará las consultas y respuestas, la cual será firmada por el Órgano responsable del proceso. La notificación de esta acta se realizará a todas las partes interesadas y será publicada en el SECP.
Nota 3: Se recomienda a las instituciones contratantes publicar la matriz de riesgos como documento anexo del procedimiento de contratación (formato Excel o PDF), haciendo referencia en el presente apartado
Anexos documentos estandarizados
El(la) oferente presentará sus ofertas a través de los formularios y documentos estándar determinados en el presente pliego, los cuales se anexan como parte integral del mismo, a los fines de facilitar la evaluación de las ofertas por parte de los(as) peritos designados(as).
Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen. A continuación, se mencionan los documentos de este procedimiento: [Eliminar los que no correspondan e incorporar si aplican otros]
Formulario de presentación de oferta técnica SNCC.F.034
Formulario de presentación de oferta económica SNCC.F.033
Modelo de Contrato de Suministro de Bienes (SNCC.C.023)
Compromiso ético para oferentes del Estado.
Formulario de Entrega de Muestra (SNCC.F.056), si procede.
Compromiso ético fechado y firmado por todos los miembros del comité de compras y contrataciones.
Creación:
Fecha |
Realizado por: |
Aprobado Por: |
19.3.2024 |
Dirección de Políticas, Normas y Procedimientos. |
Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |
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Referencia: |
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CONTROL DE CAMBIOS:
No. |
Fecha |
Realizada /Aprobada por: |
Descripción y Referencias. |
1 |
6.5.2024 |
Departamento de Operaciones Eficientes y Acuerdos Marco |
Inclusión de recomendaciones marcadas en azul, orientadas a la compra eficiente de combustible, con el objetivo de guiar a las instituciones en la aplicación de la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación Eficiente de Combustible. |
Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Director General |
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NOTA: Las secciones “Creación” y “control de cambios” son de uso exclusivo de la Dirección General de Contrataciones Públicas.
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No hay nada escrito después de esta línea
1 Se deberá utilizar el “Sistema de consulta de bienes y servicios” disponible en xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxx-xxxxxxxxx y orientarse de la Guía de uso para la clasificación de bienes y servicios de acuerdo con el clasificador estándar de bienes y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC).
2 No podrá exigirse a los oferentes presentar documentos que no hayan sido indicados en esta sección.
3 Se debe indicar cuales documentos solicitados no serán subsanables. Conforme al artículo 8 párrafo III y artículo 21 sobre principio de competencia, establecido en la Ley núm. 340-06, así como también artículo 120 del Reglamento núm. 416-23, todo documento relativo a credenciales de los oferentes (ejemplo, documentación legal, financiera, experiencia) será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes.
4 Para participar en este procedimiento, es un requisito indispensable que los(as) oferentes suscriban y entreguen junto a su oferta, el documento “compromiso ético de proveedores(as) del Estado”, que consta como anexo en el presente pliego de condiciones. De no ser presentado junto a su oferta, podrá ser incluido en la fase de subsanación prevista en el cronograma de actividades; vencido este plazo sin haberlo acreditado, su oferta será descalificada haciéndose constar en el informe de evaluación que deberá ser emitido en el marco del procedimiento.
6 La póliza deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros a operar en la República Dominicana.
7 La garantía bancaria deberá ser expedida por una entidad de intermediación financiera autorizada por la Superintendencia de Bancos a operar en la República Dominicana.
8 Conforme el artículo 198 del Reglamento núm. 416-23, cuando la garantía de seriedad de la oferta resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica y cuando contengan errores materiales o el tipo de moneda sea distinta a la solicitada será subsanable.
9 De conformidad con el artículo 72 del Reglamento núm. 416-23 no podrán establecerse reservas de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como tampoco evaluar con base a criterios no establecidos en esta sección.
10 Ver definición numeral 1 del artículo 4 del Decreto Núm. 416-23.
11 Ver definición en el artículo 4 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones.
12 El monto del anticipo no puede ser más del 20%, artículo 168 Reglamento 416-23
13 Mandato de los párrafos de los artículos 155 y 168 del Reglamento núm. 416-23.
14 Plazo fijado por el artículo 186 del Reglamento núm. 416-23 es de 10 día hábiles si la institución no establece plazo.
15 Plazo fijado por el párrafo II del artículo 185 del Reglamento núm. 416-23.
16 El plazo debe ser proporcional y congruente al tipo de correcciones y servicio.
17 Artículo 4 de la Ley 340-06 y sus modificaciones
18 Numeral 2, artículo 4 del Reglamento de Aplicación 416-23
19 Numeral 3, artículo 4 del Reglamento de Aplicación 416-23
20 Numeral 6.10 del Artículo 6 de la Política de Compras Públicas Verdes, emitida por la DGCP y MIMARENA.
21 Definición extraída de la Guía de Gestión Integral de Riesgos en los procesos de contratación pública de la DGCP.
22 Definición extraída de la Guía de Gestión Integral de Riesgos en los procesos de contratación pública de la DGCP.
23 Definición extraída de la Guía de Gestión Integral de Riesgos en los procesos de contratación pública de la DGCP.
24 Definición extraída de la Guía de Gestión Integral de Riesgos en los procesos de contratación pública de la DGCP.
25 Artículo 4, numeral 7 del Decreto Núm. 416-23.
26 Numeral 5, artículo 4 del Reglamento de Aplicación 416-23
27 Consultar instructivo emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas vigente, disponible en el enlace: xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx, sección “Sobre Nosotros”, apartado “Marco Legal”, “Instructivos”.
28 Artículo 11 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
29 Artículo 3 del Decreto 426-21
30 Elaborar de conformidad con la metodología propuesta por la DGCP en la "Guía para la Gestión Integral de Riesgos en el Proceso de Contratación", aprobada mediante resolución de esta Dirección General.
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