LICITACIÓN PUBLICA Nº 67/22 – Sgdo. llamado
LICITACIÓN PUBLICA Nº 67/22 – Sgdo. llamado
MOTIVO: Contratación del Servicio de retiro, traslado, tratamiento y disposición final de residuos patológicos, por doce meses, ejercicio 2023, destinado a los Hospitales Municipales Xx. Xxxx X. Xxxxxxx, San Xxxxxx Xxxxxxxx, Santa Xxxxx y Dirección de Primer Nivel, dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Xxxxxx.
APERTURA: 15 xx Xxxxx de 2023
HORA: 09.30
EXPTE. Nº: 6571/22
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 99.165.000,00 VALOR XXX XXXXXX: $ 109.082,16
El presente pliego consta de la siguiente documentación: 1- Pliego de condiciones generales.
2- Pliego de cláusulas particulares. 3- Modelo carta declaración jurada.
4- Declaración jurada – constatación de datos. 5- Planilla de cotización.
LICITACION PUBLICA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLAUSULAS GENERALES – NORMAS LEGALES
OBJETO
ARTICULO Nº 1: La presente licitación pública tiene por objeto determinar la persona/empresa que ofrece a la Administración las condiciones más ventajosas del elemento y/o servicio que se pretende adquirir y/o contratar, cuyo detalle concreto y específico figura en el Pliego de Condiciones Particulares adjunto. En caso de duda u omisión serán de aplicación supletoria las disposiciones de la Ley 6021.
NORMAS QUE RIGEN LA LICITACION
ARTICULO Nº 2: El presente acto licitatorio se regirá por la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias; por la Ley de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires y sus modificatorias; por el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas; por la Ordenanza General vigentes en la materia; por el Pliego general de Condiciones y el Pliego de Condiciones Particulares. Supletoriamente, y en todo lo que no está previsto en las normas enunciadas precedentemente serán de aplicación los principios establecidos en los Códigos Civil y de Comercio.
APERTURAS DE LAS OFERTAS
ARTICULO Nº 3: Las ofertas serán abiertas en la Dirección de Compras, sita en Xxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, Xxx Xxxxxx, en presencia de las autoridades designadas e interesados que concurran al acto.
Si el día fijado para la apertura fuere feriado o asueto administrativo, éste tendrá lugar el primer día hábil siguiente en el mismo lugar y a la misma hora.
De lo allí obrado se levantará acta en la que se incluirán también las observaciones que merezca la regularidad del acto. Las observaciones, reclamaciones o consultas que los proveedores deseen hacer con respecto a las bases de la licitación deberán ejecutarlas por escrito con no menos de setenta y dos (72) horas de anticipación a la fecha de apertura. El organismo licitante evacuará las consultas por medio de circulares que hará llegar a todos los adquirentes de la documentación correspondiente, antes de la apertura.
Por lo tanto, no se admitirán ni durante, ni con posterioridad al acto de apertura de las ofertas, reclamo ni observación alguna fundada en diferencias xxx Xxxxxx o de información.
A partir de la hora fijada para la apertura de sobres, no se aceptarán otras ofertas, bajo ningún concepto, aun cuando el acto se hubiera demorado.
Las ofertas serán recibidas en mano, únicamente en la Dirección de Compras, hasta la hora fijada para la apertura de las ofertas.
La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar aclaraciones, ampliaciones o correcciones que considere necesarias, las que deberán ser resueltas antes de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a su modificación.
Sin perjuicio de ello, el oferente deberá tener en cuenta que la omisión total o parcial de cualquiera de los requisitos establecidos en el pliego, podrá ser causal de rechazo de la oferta.
En el acto de apertura, la autoridad competente podrá desestimar las ofertas que se encuentren en las causales determinadas en el artículo 10º del presente pliego.
Los originales de las propuestas serán exhibidos a los proponentes que lo soliciten.
FORMAS DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
ARTICULO Nº 4: La presentación de las propuestas se efectuará en original y duplicado, en un solo sobre cerrado, sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al oferente y que llevará como única leyenda, lo siguiente:
• Nº de Licitación, expediente, etc.
• Fecha de apertura de Licitación.
• Hora de apertura de Licitación.
Las enmiendas o raspaduras en partes esenciales de la oferta, deberán ser salvadas por el firmante, para que tengan validez.
Las omisiones parciales o totales de documentación que no sea considerada esencial, con los defectos formales en la presentación y no ameriten el rechazo de la oferta, podrán ser subsanados en los días subsiguientes al de la apertura, previo al dictado del decreto de adjudicación.
Una vez abiertas las ofertas no se permitirá que el licitante corrija las divergencias ni efectúe cambios del precio ofertado.
Asimismo queda expresamente aclarado que no se dará a conocer información alguna acerca del análisis y evolución de las ofertas hasta su comunicación, sea de precalificación o pre adjudicación.
La presentación de ofertas, significa el pleno conocimiento y aceptación, por parte del oferente, de las cláusulas particulares y generales.
REQUISITOS DE LAS OFERTAS
ARTICULO Nº 5: Según lo requerido en las cláusulas particulares.
OFERTA DE IMPORTACION
ARTICULO Nº 6: Además de lo indicado en el artículo 5º, cuando las cláusulas particulares permitan ofertas de productos a importar, la cotización deberá hacerse bajo las siguientes condiciones:
a) En moneda extranjera correspondiente al país de origen, o en dólares estadounidenses, debiéndose optar por una de las posibilidades.
b) Las cotizaciones se efectuarán en condición FOB, puerto de origen, salvo que se autorizara condición CIF, puerto argentino, en cuyo caso el valor del seguro deberá cotizarse en pesos, separadamente del valor de la mercadería.
c) Se ajustarán a las disposiciones que sobre la materia establezcan las autoridades competentes, vigentes a la fecha de apertura de la licitación. La gestión correspondiente a la liberación de derechos aduaneros, gravámenes, recargos, etc., estará a cargo del adjudicatario.
d) Los plazos de entrega se contarán a partir de la fecha de recepción de la cara de crédito por parte del beneficiario o de acuerdo a la modalidad que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares.
e) Cuando la mercadería adquirida deba ser instalada y a recibir en funcionamiento se establecerá en el Pliego de Condiciones Particulares los plazos necesarios para dar cumplimiento a esta obligación.
FORMACION DE LA OFERTA
ARTICULO Nº 7: El proponente deberá formular oferta, por la cantidad total de cada uno de los ítems. Conforme a lo requerido en el p.c.p.
DEFECTOS DE LA OFERTA
ARTICULO Nº 8: No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma, como ser la falta de totalización de cada renglón o del importe general de la propuesta u otras imperfecciones que no impidan su comparación con las demás ofertas.
ERRORES DE COTIZACION
ARTICULO Nº 9: Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como válido.
En caso de error evidente, debidamente comprobado a juicio de la dependencia licitante, se desestimará:
a) La oferta: sin penalidades si el error es denunciado o advertido antes de la adjudicación.
b) La adjudicación: con la pérdida del 2% del valor adjudicado si el error es denunciado o advertido después de la adjudicación.
En este último caso, la denuncia del error debe ser efectuada por el adjudicatario dentro de los tres (3) días de notificado de la adjudicación. Vencido el mismo perderá todo derecho.
RECHAZO DE OFERTAS
ARTICULO Nº 10: Serán objeto de desestimación las ofertas que:
a) Xxxxxx raspaduras o enmiendas sin salvar, según lo prescripto en el artículo 4º.
b) Carecieran del presente pliego original.
c) Carecieran de garantía de oferta, su monto fuere inferior a lo solicitado o no se adecue a las especificaciones solicitadas al respecto.
d) Carecieran del certificado de “Libre deuda Registrada” de no ser deudores alimentarios morosos, vigente al día de la apertura de la presente licitación, no se aceptará constancia de solicitud o de pedido de renovación en trámite.
e) No estén firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal debidamente autorizado.
f) Las determinadas en el pliego de cláusulas particulares.
Las ofertas quedarán condicionadas a la CONSULTA - PROVEEDORES DEL ESTADO.
Las causas de rechazo que pasaran inadvertidas en el acto de la apertura de las ofertas, podrán surtir efecto posteriormente, si se comprobare durante el estudio de las propuestas.
GARANTIAS
ARTICULO Nº 11: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los proponentes y los adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías:
a) De la oferta, a la presentación de la misma, 1% del presupuesto oficial.
b) De la adjudicación, dentro de los diez (10) días de recibida la notificación correspondiente: 10% del valor total adjudicado.
c) De contra garantía, antes de percibir el anticipo: por el equivalente de los montos que recibirá el adjudicatario como anticipo, en las contrataciones en que los planes de financiamiento prevean tales adelantos.
En caso de mantenimiento del plazo de la garantía de oferta y vencido el plazo establecido, las propuestas se consideraran automáticamente prorrogadas en igual plazo del exigido inicialmente. El oferente deberá notificar por escrito (antes del vencimiento del plazo inicial), a la autoridad municipal, la voluntad de no prorrogar dicha ampliación; de lo contrario el plazo se renovará automáticamente.
FORMAS DE GARANTIAS
ARTICULO Nº 12: Las garantías a que se refiere el artículo 11º podrán constituirse en alguna de las siguientes formas a opción del oferente o adjudicatario:
a) En efectivo, mediante depósito en la Tesorería Municipal, el que será a su vez, depositado en el Banco de la Provincia de Buenos Aires acompañando la boleta pertinente.
b) En cheque certificado, contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la licitación, giro postal o bancario. En caso de optarse por el cheque, el mismo no podrá ser de pago diferido.
c) En títulos de deuda pública nacional, bonos xxx xxxxxx emitidos por el Estado Nacional o Provincial o cualquier otro valor similar nacional, provincial o municipal, aforados a su valor nominal y siempre que se coticen oficialmente en Bolsas de Comercio. Los intereses que devengaren estos valores pertenecerán a sus depositantes.
En caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por gastos que ello ocasione y por la diferencia que resultare, si se liquidaran bajo el par.
d) Mediante fianza bancaria constituyéndose el fiador como deudor solidario liso y llano y principal pagador con renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil (previa verificación por parte de la autoridad municipal).
e) Con seguro de caución, mediante pólizas, extendidas a favor de la dependencia licitante, emitidas por cualquiera de las aseguradoras oficiales o privadas que actúen en el territorio nacional, que cuenten con la aprobación de la Superintendencia de Seguros de la Nación, certificadas por Escribano Público o validada mediante certificación digital.
Las garantías otorgadas en valores según inciso a), b) y c) no darán derecho a solicitar intereses ni actualización. Todos los comprobantes de las garantías constituidos serán reservados por el organismo licitante hasta su devolución.
DEVOLUCION DE GARANTIAS
ARTICULO Nº 13: Serán devueltas de oficio-mediante la solicitud por escrito:
a) Las garantías de oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los treinta (30) días corridos, siguientes al vencimiento del período de validez de oferta.
b) La garantía de oferta del adjudicatario será devuelta una vez que el oferente haya presentado la garantía de adjudicación requerida.
El licitante podrá perder su garantía de oferta, cuando:
- Retire su oferta durante el período de validez de la misma.
- En caso de serle otorgada la adjudicación, no proceda dentro del plazo estipulado a proporcionar la garantía requerida.
La fianza bancaria o en su caso la Póliza de Seguro de Caución deberán cumplimentar las disposiciones de la Resolución Nº 17047 Circular Nº 1720 de la Superintendencia de Seguros de la Nación y los Decretos Provinciales correspondientes que atañen a la misma todo ello bajo pena de rechazo de la propuesta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 6021 y se reglamentación.
c) Las garantías de adjudicación dentro de los treinta (30) días de cumplida la contratación.
- Riesgo de cubrir: la garantía de cumplimiento de adjudicación cubrirá la penalidad por rescisión por culpa del contratista, según lo establecido en el presente pliego, así como todas las obligaciones por eventuales incumplimientos a cargo del adjudicatario y derivadas de la ejecución de la contratación, incluidos vicios de todo tipo y responsabilidad profesional si existiere.
Esta garantía no significa limitación alguna en la responsabilidad personal del adjudicatario.
d) Las contra-garantías, dentro de los treinta (30) días de haberse entregado la totalidad del suministro.
e) En el caso de los incisos a y b del Art. 12º, el oferente presentará una nota de devolución en la Dirección de Compras, acompañado de las fotocopias del depósito (y de corresponder, del cheque) efectuado, la cual a su vez le dará traslado a la Contaduría Gral., para que emita la orden de pago por la devolución requerida.
DETERMINACION DEL PRECIO
ARTICULO Nº 14: El precio es el que la municipalidad pagará al adjudicatario por la totalidad de los materiales comprendidos en el objeto de la licitación. Se encontrará incluido en el precio el I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado) y todo otro impuesto que deba pagar el adjudicatario en virtud de la contratación o por cualquier otra razón conexa, dispuesta en el Pliego de Condiciones Particulares.
INVARIABILIDAD DE PRECIOS
ARTICULO Nº 15: Los precios establecidos en las propuestas y en la adjudicación serán invariables. Excepto en la normativa vigente.
IGUALDAD DE PRECIOS
ARTICULO Nº 16: En el caso de igualdad de precios, calidad y condiciones entre 2 o más ofertas, se llamará a los oferentes a mejorarlas por escrito, en la fecha que se establezca. De subsistir la igualdad se hará la adjudicación por sorteo.
MEJORA DE OFERTAS
ARTICULO Nº 17: De existir – a criterio de la autoridad de aplicación – ofertas equivalentes en cuanto a su conveniencia, incluidos el precio o cotización, cuando la diferencia entre ellos no es significativa, o bien por cualquier otra razón de conveniencia pública fundada, podrá llamar a mejora de dichas ofertas, para que así se haga dentro del término que se fije al efecto.
FACULTAD DE ACEPTAR O RECHAZAR PROPUESTA
ARTICULO Nº 18: El Intendente podrá rechazar todas las propuestas y él o la persona en quien delegue tal facultad podrán adjudicar todos o parte de los elementos licitados.
Tanto el rechazo de las propuestas, como la adjudicación parcial deberán estar debidamente fundados.
18.1 Decisión de dejar sin efecto la licitación. El Municipio podrá dejar sin efecto la contratación, en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los oferentes derecho a reclamo o indemnización alguna.
IMPUGNACIONES
ARTICULO Nº 19: Los oferentes podrán formular impugnaciones fundadas a la adjudicación dentro del término que fijen las cláusulas particulares. La providencia o no de las impugnaciones será por la autoridad competente, con intervención del departamento legal.
NOTIFICACION DE LA ADJUDICACION
ARTICULO Nº 20: Aprobada la adjudicación por la autoridad competente, ésta será notificada mediante comunicación telefónica / correo electrónico, a los efectos de la presentación de la garantía de adjudicación correspondiente, en la Dirección de Compras, la cual procederá a entregar la respectiva orden de compra contra la recepción de dicha garantía.
PERFECCIONAMIENTO
ARTICULO Nº 21: La contratación se perfecciona con la notificación de la adjudicación indicada en el artículo anterior, y forman parte del mismo:
a) El presente Pliego de condiciones Generales.
b) El Pliego de condiciones Particulares.
c) Las especificaciones técnicas cuando correspondan.
d) El decreto de adjudicación.
e) La oferta adjudicada.
f) La orden de compra correspondiente.
La orden de compra no podrá ser transferida, ni cedida por el adjudicatario, sin la previa anuencia de la autoridad competente. En caso de infracción, ésta se dará por rescindida de pleno derecho.
ENTREGA DE LOS ELEMENTOS
ARTICULO Nº 22: Los adjudicatarios procederán a la entrega de los elementos, ajustándose a la forma, plazo, lugar y demás especificaciones establecidas en la adjudicación.
RECEPCION DEFINITIVA
ARTICULO Nº 23: A los efectos de la conformidad definitiva, deberá procederse previamente a la computación de los elementos con las especificaciones del pedido y en su caso, con los resultados de los ensayos, pruebas o análisis que fuera necesario realizar para determinar si el material entregado se ajusta a lo requerido.
La conformidad definitiva se acordará dentro de los siete (7) días de la entrega de los elementos, salvo cuando el Pliego de Condiciones Particulares prevea la realización de pruebas, ensayos o análisis, en cuyo caso no podrá superar los veintiún (21) días.
La conformidad definitiva no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios los que se presumirán existentes al tiempo de la entrega de los elementos o mercaderías.
En todos casos la oficina actuante deberá presentar el informe correspondiente según el caso.
PENALIDADES
ARTICULO Nº 24: Por desistimiento de oferta: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido, acarreará la pérdida del 1% del total de la oferta o del valor proporcional si el desistimiento es parcial.
ARTICULO Nº 25: Por no-integración de la garantía de adjudicación: La no-integración de la garantía de adjudicación dentro del plazo previsto en el artículo 11º b), ocasionará la rescisión de la orden de compra, con la pérdida del total de la garantía de oferta, la que se ejecutará automáticamente.
ARTICULO Nº 26: Por xxxx en las entregas: Las prórrogas concedidas con excepción de las que obedezcan caso fortuito o fuerza mayor, determinarán en todos los casos la aplicación de una multa por xxxx, equivalente al 1% del valor de lo entregado fuera del término contractual, por cada 7 días de atraso o fracción mayor de 3.
Cuando se trate de provisiones que provean entregas diarias de víveres u otros artículos perecederos, se aplicará una multa del 1% directo del valor de los elementos o efectos no entregados, con rescisión de la contratación si el incumplimiento supera los 3 días.
ARTICULO Nº 27: Rescisión: Vencido el plazo de cumplimiento de la orden de compra o de las prórrogas que se hubieran acordado sin que los elementos fueran entregados de conformidad, ésta quedará rescindida de pleno derecho por la parte no cumplida, sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial.
Ello ocasionará la pérdida de la garantía de adjudicación en proporción a la parte no cumplida y además, en el caso de haberse acordado prórroga, la multa correspondiente.
ARTICULO Nº 28: Afectación de multas: Las multas o cargos que se formulen afectarán por su orden:
a) A los intereses de la contratación o de otras contrataciones entre la Municipalidad y el proveedor, y que estuvieran reconocidas o liquidadas para su pago.
b) A las facturas emergentes de la orden de compra, que estén al cobro o en trámite.
c) A la correspondiente garantía.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO Nº 29: Serán por cuenta del adjudicatario cuando correspondan, los siguientes gastos:
a) CAAITBA. LEY 13753: Conforme a lo determinado por la CAAITBA (Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Prov. de Bs. As.), el adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 12490 artículo 26º inc. i –modificado por ley 13753, “en toda obra pública, mediante contrato con terceros por la Pcia. de Bs. As., los Municipios y los Entes descentralizados provinciales y municipales, en jurisdicción provincial, por la encomienda de relevamiento, estudio, anteproyecto, proyecto, dirección, asesoramiento o ejecución desarrollada por profesionales contemplados en esta Ley, se deberá realizar el aporte del 10% de los honorarios profesionales resultantes a la Caja, de acuerdo a su tipología o escalas referenciales vigentes al momento. Este aporte estará a cargo de quien contrate con el Estado provincial o municipal la ejecución de la obra, es decir el tercero contratista…”. Los aportes deberán ser abonados por la contratista y por el representante técnico y los tiques expedidos por la Caja, conforme lo dispuesto por los artículos 31º y 32º de la Ley, con las boletas de pago correspondientes, calculados sobre los honorarios que surjan del monto básico del contrato y los adicionales si los hubiere, serán presentados en la Contaduría Gral. del Municipio de San Xxxxxx.
b) Gastos de protocolarización del contrato cuando se previera esa formalidad.
c) Los que especialmente se determinen en el Pliego de Condiciones Particulares.
d) Todo otro gasto atinente.
ARTICULO Nº 30: Aplicación leyes de compre nacional y/o provincial: Inclusión de obligatoriedad de contratar bajo el Régimen de las normativas de fomento de la industria nacional y provincial.
ARTICULO Nº 31: Contratación Veteranos de Malvinas: De acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza 42/2004 del H.C.D., se establece que las empresas adjudicatarias, deberán dar prioridad, cuando las condiciones del servicio se lo permitan, a la contratación de ex combatientes veteranos de la guerra de las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, con domicilio real en el Partido de San Xxxxxx.
ARTÍCULO Nº 32º: Las cuestiones que se susciten con motivo de esta Licitación se someterán ante el fuero en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Gral. San Xxxxxx, en la Provincia de Buenos Aires.
LICITACIÓN PUBLICA N° 67/22 – Sgdo. llamado PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLÁUSULAS PARTICULARES – NORMAS LEGALES
X.XX LA LICITACIÓN
ART.01°- Objeto:
La presente Licitación tiene por objeto la contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patológicos, del Hospital Municipal Xx. Xxxx X. Xxxxxxx, Hospital San Xxxxxx Xxxxxxxx, Hospital Santa Xxxxx y Dirección de Primer Nivel – Centros de Salud, por 12 meses. Ejercicio 2023. Dependientes de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de San Xxxxxx, en las condiciones más ventajosas para la Comuna.
ART.02°- FINANCIACION- PRESUPUESTO OFICIAL- VALOR XXX XXXXXX: La adquisición es financiada con fondos xxx Xxxxxx Municipal.
2.1 El Presupuesto Oficial de la presente Licitación asciende a la suma de $ 99.165.600,00
2.2 Valor xxx xxxxxx: $ 109.082,16
Modalidades de pago:
Efectivo, débito o cheque al día sin cruzar a nombre de Municipalidad de San Xxxxxx.
Para el caso mediante trasferencia bancaria:
Solicitar el CBU por mail.
Al realizar una transferencia para la adquisición xxx xxxxxx, consignar el valor exacto sin redondear los centavos. Asimismo antes de confirmar la operación, se deberá completar el mail de notificación con el de la Dirección de Compras: xxxxxxx@xxx.xxx.xx
La operación debe hacerse mediante la modalidad de acreditación inmediata, durante el período de venta, y como máximo hasta las 12.00 hs. del último día establecido para la adquisición de los pliegos.
Una vez realizada la transferencia deberán enviar una copia a la Dirección de Compras, la que procederá a confeccionar el recibo que será intervenido por la Tesorería Municipal, la cual verificará y realizará el timbrado correspondiente. DENTRO DEL PERIODO ESTABLECIDO PARA LA VENTA DE PLIEGOS.
Luego de la intervención de la Tesorería, el pliego y recibo originales se entregarán en la Dirección de Compras de lunes a viernes de 8.30 a 14.00 hs.
No se aceptarán constancias de transferencias que sean realizadas fuera del período establecido. Quedando bajo absoluta responsabilidad de la empresa cualquier movimiento realizado fuera de término.
ART.03°- CONSULTA y VENTA:
3.1 Los pliegos podrán ser consultados en la página Web xxx.xxx.xxx.xx – entre los días 07 al 10 xx Xxxxx de 2023
inclusive
3.2 Venta de pliegos originales en la Dirección de Compras, en las mismas fechas entre los días 07 al 10 xx Xxxxx de 2023 inclusive de 09.00 a 13.00 hs.
ART.04°- FECHA Y LUGAR DE APERTURA: 15 xx Xxxxx de 2023, 09.30 hs. en la Dirección de Compras, Xxxxxxxx 0000, 0x xxxx, Xxx Xxxxxx.
ART.05º- Requisitos de la oferta – El oferente deberá integrar y organizar su oferta por duplicado en su totalidad, siguiendo el inciso que refiere la documentación requerida a continuación:
a) Carta de presentación.
b) Constancia adquisición xxx xxxxxx
c) Pliego original firmado y sellado en todas sus fojas.
d) Garantía de oferta por el 1% del presupuesto oficial, de acuerdo a lo exigido en los artículos 11° y 12° del
P. C. G. y 7º del P.C.P.
e) Copia del Certificado de “Libre deuda Registrada” expedida por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente al día de apertura de la presente licitación, no se aceptará constancia de solicitud o de pedido de renovación en trámite.
f) Print de pantalla del estado de cuenta tributario. Según artículo 18° pcp
g) Planilla de cotización, con precio unitario y total en pesos, por renglón, expresado en números. Importe general de la propuesta en pesos, expresado en números y letras.
h) Copia del último pago exigible a la fecha de licitación, y formulario del impuesto a los Ingresos Xxxxxx.
i) Copia del último pago exigible a la fecha de licitación, y formulario 931 SUSS.
j) Constancia de inscripción del oferente en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de San Xxxxxx o, en su defecto, constancia de inscripción en trámite. Deberán completar la inscripción, previo a la adjudicación.
k) Declaración Jurada de tener domicilio en la Provincia de Buenos Aires.
l) Certificado de Habilitación Municipal, otorgados por la jurisdicción donde se encuentra radicado el operador cuya vigencia deberá mantenerse durante todo el período de la contratación.
m) Constancia de autorización para realizar el transporte de Residuos Patogénicos en un todo de acuerdo a la Ley 11347 y sus decretos 450/94, 403/97 y 469/97 de la Provincia de Buenos Aires.
n) Certificado de Aptitud Ambiental expedido por el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible, donde conste Inscripción
o) Certificado de Operador de Residuos Especiales, según Ley 11720 de la Provincia de Buenos Aires.
p) Ultimo pago de la Tasa de Seguridad e Higiene del Municipio donde se encuentre radicada la empresa, o el equivalente si estuviese radicado en otra Localidad.
q) La documentación obrante en la oferta con firma digital, deberá ser respaldada, además, con la presentación mediante soporte sólido (Pendrive) para su validación.
En el Acto de Apertura serán excluidos automáticamente aquellos oferentes que no incluyan en su propuesta lo requerido en los puntos c), d), y e) dejando constancia de ello en el Acta.
ART.06°- Forma de cotización:
• 6.1 Los oferentes deberán cotizar sus precios en pesos (moneda nacional) en la “Planilla de cotización” adjunta al presente pliego, o en su defecto en planilla sistematizada de la Empresa oferente, siempre y cuando respete todos los datos requeridos en la “Planilla de cotización” emitida por el Municipio. La cotización deberá ser realizada contemplando el servicio mensual para cada Hospital y Dirección de Primer nivel, de acuerdo a lo requerido en la Planilla de cotización adjunta.
• 6.2 Los oferentes están OBLIGADOS A LA COTIZACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS ÍTEMS, y por la cantidad total de cada uno de ellos, no aceptándose su parcialización, para cada planilla de cotización.
ART.07°- Garantías:
• 7.1 De oferta: Será del 1 % del Presupuesto Oficial, además de las formas especificadas en el Art. 11° y 12° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
• 7.2 De adjudicación: será del 10 % del importe total adjudicado y será integrada en las formas estipuladas en el Art. 12°, Pliego de Bases y Condiciones Generales, la cual deberá ser presentada contra entrega de la orden de compra.
• 7.3 De impugnación: como presupuesto formal para la viabilidad de cada una de las impugnaciones o recursos que se pretendan deducir, los oferentes deberán formalizar un depósito en efectivo por el diez por ciento (10%) del presupuesto oficial, en la Tesorería Municipal. Dicho valor será reintegrado al concurrente sólo en el caso que la impugnación prospere, en cuyo caso no se abonará interés alguno en su devolución.
ART.08°- Devolución de garantías:
Se realizará de acuerdo a lo establecido en el Art. 13° del P. C. G.
ART.09°- Mantenimiento de la oferta:
Será de sesenta (60) días, prorrogable. En el caso del mantenimiento del plazo de la garantía de oferta y vencido el plazo establecido las propuestas se considerarán automáticamente prorrogadas en igual plazo del exigido inicialmente. El oferente deberá notificar por escrito (antes del vencimiento del plazo inicial), a la autoridad municipal, la voluntad de no prorrogar dicha ampliación; de lo contrario el plazo se renovará automáticamente
ART.10°- Forma de pago:
La municipalidad abonará el servicio, contra la presentación de una única factura parcial correspondiente al total del mes vencido y debidamente conformada de acuerdo al orden y composición de la Orden de Compra adjudicada, con los remitos originales debidamente firmados e intervenidos por la Secretaría de Salud, y preferentemente dentro de los 30 días de recibida la facturación.
ART.11°- Rechazo de factura:
El rechazo de la factura, interrumpe los plazos posibles para el pago, los que se contarán a partir del momento de conformación.
ART.12º- Período de prestación: La contratación del servicio es por 12 meses. El adjudicatario coordinará con la Dirección Médica, todas las tareas a realizarse.
Por tratarse de un servicio esencial para el normal funcionamiento hospitalario, a pedido de la Unidad Ejecutora, podrá ampliarse el servicio según los siguientes casos:
12.1- Mayor incremento en la demanda de pacientes durante el período de prestación.
12.2- Terminado el servicio, y hasta tanto se hubiere adjudicado la nueva licitación para el ejercicio siguiente, se deberá continuar con el servicio por un período no mayor a los dos meses. Lo que ocurra primero.
ART.13º- Penalidades: Teniendo en cuenta el tipo de servicio a prestar y la imperiosa necesidad de que el mismo se efectúe en forma diaria, el incumplimiento del mismo originará las siguientes penalidades:
1º Incumplimiento (dentro del mes): Multa equivalente al 15% de la facturación mensual. 2º Incumplimiento (dentro del mes): Multa equivalente al 30% de la facturación mensual. 3º Incumplimiento (dentro del mes): Multa equivalente al 50% de la facturación mensual.
4º Incumplimiento (dentro del mes): Rescisión del contrato, con pérdida de la garantía de adjudicación y cualquier otra acción legal que el Departamento Ejecutivo disponga.
ART.14º- Comunicación xx xxxxxx: La Municipalidad a través de la Dirección Médica, se reserva el derecho de comunicar por escrito al adjudicatario cualquier falta que a su juicio, corresponda proceder a la aplicación de una multa o sanción. Dicha comunicación se enviará dentro de las 48 horas de producido el hecho, indicando la gravedad del mismo.
ART.15º- Sanciones: En caso de incumplimiento de lo contratado, la Municipalidad se reserva el derecho de aplicar sanciones al proveedor que pueden ir desde un apercibimiento, multas y hasta la anulación del contrato, en un todo de acuerdo a las penalidades fijadas en el artículo 13º del presente pliego.
ART.16º- Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de San Xxxxxx:
• 16.1 Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores del Municipio de San Xxxxxx.
• 16.2 En caso de no estar registrados como proveedores del municipio, podrán iniciar el trámite de inscripción como mínimo con 96 horas hábiles de antelación a la fecha de apertura.
ART. 17°- Información suministrada por el oferente:
Toda información requerida a los oferentes será proporcionada con carácter de declaración jurada. El contratante podrá disponer la realización de inspecciones o auditorias con el objeto de comprobar su veracidad. Cualquier falsedad comprobada implicará, automáticamente, el rechazo de la oferta.
ART. 18°- SITUACIÓN FISCAL:
Presentar print de pantalla de la situación fiscal del oferente según Resolución General 4164. E/2017 Afip, y adjuntar declaración jurada, manifestando estar en forma regular con la AFIP a la fecha de apertura de la presente licitación.
Los oferentes antes de hacer su presentación deberán verificar su estado tributario Ingresando en Afip con clave fiscal, (Sistema de Cuentas Tributarias. Cuenta corriente. Estado de cumplimiento) e imprimir pantalla para la presentación de la oferta.
Rige la “Resolución General 4164. E/2017. Sector Público. Proveedores. Incumplimientos Fiscales” implementada por la AFIP con vigencia a partir del 01/12/17. Decretos N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios y N° 1030/16. Incumplimientos tributarios y/o previsionales. Resolución General N° 1.814 Certificado y sus modificaciones “certificado fiscal para contratar”. Su sustitución.
ART.19° - Vista de las presentaciones:
Los duplicados estarán a disposición de los oferentes, por un día, el primer día hábil posterior al de la apertura, en la Dirección de compras, de 9.00 a 13.00 horas.
ART.20°- Análisis de ofertas:
La documentación contenida en la propuesta será analizada por las áreas técnicas dependientes de la Secretaría de Salud, y el área Legal y Técnica dependiente de la Secretaría de Gobierno.
ART.21°- Pre Adjudicación: La pre adjudicación sugerida se efectuará a través de la Secretaría de Salud, y recaerá sobre el oferente que, a criterio de la citada cumplimente con lo exigido.
ART.22°-Causales de rechazo de oferta: Rigen las establecidas en el art. 10º xxx Xxxxxx de cláusulas generales.
22.1 La oferta quedará condicionada al resultado que se obtenga de la consulta on-line por parte del Municipio sobre la existencia o no de incumplimientos tributarios y/o previsionales de los proveedores en el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. No se considerarán obligaciones a vencer al momento de la presentación de la oferta.
oportuno.
22.1.2 En caso de no estar activas las herramientas informáticas, esta consulta será realizada en el momento
22.1.3 Hecha la consulta, si la firma oferente registrara incumplimientos ante Afip, contará con tres (3) días
hábiles para su regularización. Transcurrido dicho período y de persistir la irregularidad, la oferta será rechazada en su oportunidad.
ART.23°- Impugnaciones:
Los oferentes podrán formular impugnaciones fundadas a la adjudicación dentro del término de cuarenta y ocho horas mediante la presentación por Mesa de Entradas del Municipio de San Xxxxxx. La providencia o no de las impugnaciones será, por la autoridad competente, con intervención del departamento legal.
ART.24°- De los oferentes:
Podrán concurrir como oferentes al presente llamado a licitación, sólo las sociedades constituidas conforme a las disposiciones de la ley nacional 19.550 (de sociedades comerciales) y sus modificatorias. En consecuencia no podrán concurrir como oferentes sean en forma individual o asociada en consorcio, las personas físicas y/o sociedades irregulares y/o de hecho.
• 24.1 A exclusivo juicio de la Municipalidad de San Xxxxxx, los proponentes deberán reunir suficiente capacidad civil, técnica, administrativa y financiera. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a los oferentes todos los elementos que considere necesarios para determinar experiencia comprobable para dar cumplimiento al art. 24º.
ART. 25°- De los impedimentos para ser oferente:
No serán aceptados como oferentes quienes:
• 25.1 Se encuentren comprendidos en algunas de las causales de incompatibilidad e inhabilidad para contratar con la Municipalidad, conforme lo prescrito por la Ley Orgánica de las Municipalidades (decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias).
• 25.2 Se encuentren inhabilitados por condenas judiciales.
• 25.3 Se hallen quebrados mientras no obtengan su rehabilitación y los concursados.
• 25.4 Estén suspendidos en algún Registro de Proveedores de cualquier organismo oficial.
Tales inhabilitaciones serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legales se encontraran comprendidos en dichas causales o se hubieran desempeñado como directores, síndicos, socios mayoristas o representantes legales que se encuentren comprendidos en dichos supuestos.
De igual modo, no serán aceptados como oferentes quienes en forma individual o las sociedades que hubieren integrado, hayan sido objeto de rescisión por su culpa de contratos públicos de obra, concesión o servicio, estén excluidos de los Registros de Proveedores de la Municipalidad o del Ministerio respectivo de la Provincia de Buenos Aires, por sanciones suspensivas o expulsivas atribuibles a su comportamiento contractual.
ART. 26°- Efectos de los impedimentos:
Cuando se constatase que el proponente estuviere alcanzado por alguno de los impedimentos prescritos en los artículos 22° y 24° del presente, a la fecha de la presentación de las propuestas o cuando siendo el impedimento sobreviniente, no lo hubiere denunciado oportunamente, procederá lo siguiente:
• 26.1 Rechazo de la propuesta con pérdida de la garantía de oferta, en el lapso que va entre la apertura de la Licitación y el perfeccionamiento de la adjudicación.
• 26.2 La anulación de la orden de compra, con pérdida de la garantía de adjudicación y la indemnización de los daños y perjuicios, cuando el impedimento se advirtiere después del perfeccionamiento de la adjudicación.
ART. 27°: Domicilio Legal y notificaciones:
Se considerará como domicilio del oferente, el que hubiera constituido como domicilio legal en la propuesta, el cual deberá estar ubicado en la Pcia. de Buenos Aires. Asimismo deberá denunciar su domicilio real.
La Municipalidad fijará su domicilio en el Xxxxxxx Municipal sito en la xxxxx Xxxxxxxxx 0000, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Los domicilios así declarados se considerarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no se constituyan nuevos en su reemplazo.
Las notificaciones serán válidas siempre que se efectúen en alguna de las siguientes formas:
• 27.1 Personalmente en el expediente, con constancia de la fecha e identificación del interesado, apoderado o representante legal, en las mismas actuaciones.
• 27.2 Por telegrama colacionado o carta documento con aviso de recepción dirigido al domicilio legal constituido.
ART.28°- Requisitos de la licitación:
Para ser admitidos en la Licitación, los proponentes deberán, reunir y cumplir los requisitos formales y substanciales exigidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, para la admisibilidad de las ofertas, de modo de acreditar la respectiva capacidad empresaria.
ART.29°- Circulares, consultas y aclaraciones: Toda aclaración, revisión, agregado o supresión de los contenidos o documentos integrantes de la presente licitación, deberán ser efectuados mediante circular debidamente emitida por la Municipalidad y notificado a cada oferente.
• 19.1 todo oferente que tenga dudas sobre cualquier parte de documentos o contenidos xxx xxxxxx de la presente licitación, podrá solicitar aclaraciones, siempre que sean efectuadas hasta 3 días hábiles anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
• 19.2 Las circulares formarán parte de los Pliegos de Bases y Condiciones. Por lo tanto no se admitirán ni durante, ni con posterioridad al acto de apertura de las ofertas, reclamo ni observación alguna, fundada en diferencias xxx xxxxxx de información.
ART.30°- Conocimiento xxx xxxxxx de bases y condiciones, y de la circunstancia de la contratación:
El oferente estudiará detenidamente este Pliego de Bases y Condiciones, sus Cláusulas, Especificaciones y Anexos, si los hubiere, quedando establecido, por el sólo hecho de participación de la Licitación, que habrá interpretado sin dudas su exacto alcance y el justo significado de todos sus términos, siendo apreciado las condiciones de hecho y derecho, bajo la que tratarán las prestaciones, así como las dificultades y contingencias que tendrán que superar, no pudiendo alegar desconocimiento o error al respecto.
ART.31°- Valor de los pliegos:
Para el caso que ocurriera un segundo llamado a la presente licitación, aquellos adquirentes de pliegos para el primer llamado que no hubieran presentado ofertas, para participar del segundo llamado deberán abonar el pliego nuevamente.
ART.32°- Orden de prelación:
Para todos los efectos, se establece como orden de prelación las cláusulas particulares sobre las cláusulas generales, en caso de discordancia o modificaciones entre sí.
LICITACION PUBLICA N° 67/22 – Segundo llamado ESPECIFICACIONES TECNICAS
EL CONTROL DE LAS ESPECIFICACIONES A CONTINUACION ENUMERADAS, SERA DE COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA SECRETARÍA DE SALUD.
a) Certificado de Habilitación Municipal, otorgados por la jurisdicción donde se encuentra radicado el operador cuya vigencia deberá mantenerse durante todo el período de la contratación.
b) Constancia de autorización para realizar el transporte de Residuos Patogénicos en un todo de acuerdo a la Ley 11347 y sus decretos 450/94, 403/97 y 469/97 de la Provincia de Buenos Aires.
c) Certificado de Aptitud Ambiental expedido por el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible, donde conste Inscripción
d) Certificado de Operador de Residuos Especiales, según Ley 11720 de la Provincia de Buenos Aires.
1- Contenedores: La empresa que resulte adjudicada deberá proveer a los lugares de recolección, de contenedores de color rojo, de tapa hermética con la leyenda ‘RESIDUOS PATOLÓGICOS”, que se retirarán llenos diariamente a primera hora del día, en horario a convenir, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, debiendo ser dejado en el lugar, contenedores similares, desinfectados y en perfectas condiciones de higiene. Con respecto a la higiene de los contenedores, la misma no podrá ser realizada dentro del establecimiento. El número de contenedores se deberá adecuar a las necesidades del Hospital Xxxxxxx, de acuerdo a la cantidad de residuos que se retiren diariamente. Los mismos deberán ser retirados e higienizados según decreto 450/94.
2- Carros transportadores: La empresa operadora deberá proveer carros transportadores de recipientes (de color rojo) con la leyenda en color negro ‘RESIDUOS PATOGENICOS”, para la recolección interna de los recipientes (color rojo) con la leyenda en color negro ‘RESIDUOS PATOGENICOS’, ubicados de acuerdo a la organización del Hospital o establecimiento que se trate.
3- Provisión de bolsas y descartadores: La empresa operadora tendrá que disponer de los elementos cuyas cantidades deberán ser provistas en forma mensual, descartadores de 1 y 4lts, la cantidad de precintos requeridos mensualmente y bolsas de diversas medidas
4- Disposición final: El proveedor deberá garantizar la disposición final y la destrucción de los residuos patogénicos, en su propia planta, conforme con las exigencias fijadas por la Ley 11347 de la Provincia de Buenos Aires, con decreto reglamentario 450/94.y Ley 11720 de la Provincia de Buenos Aires y Decreto 403/97.
5- Transporte autorizado: El transporte a utilizar por la empresa operadora de residuos patogénicos deberá contar con la autorización otorgada por la CNRT, destinada al transporte de este tipo de sustancias peligrosas, el chofer deberá disponer de la Licencia Anual correspondiente a conductor de sustancias peligrosas. Los vehículos deberán ajustarse a lo determinado específicamente en la Ley 11347.
6- Manifiestos: La empresa operadora deberá entregar al Hospital, los diferentes manifiestos de transporte (firmada por su Director Técnico, responsable de la Planta de Tratamiento) por cada lugar de recolección y por cada recolección de acuerdo al decreto 469/97, con el formato establecido en el mismo. Dicha documentación deberá estar conformada por la persona designada en cada caso como responsable para tal fin por el hospital.
7- Certificados de incineración: La empresa deberá entregar al Hospital los correspondientes “Certificados de Tratamiento" (firmada por su Director Técnico, responsable de la Planta de Tratamiento) en forma mensual, donde debe figurar claramente los números correspondientes a los manifiestos de transporte, por cada lugar de recolección, fecha de incineración y demás datos.
8° A.R.T.: La empresa adjudicataria se compromete a cumplimentar con lo requerido por la ley de Riesgos de Accidentes en el Trabajo (Ley 24557). Disponiendo a requerimiento de la Unidad Ejecutora la documentación pertinente.
CANTIDADES BOLSAS Y DESCARTADORES MENSUALES
LARCADE | |
INSUMO | CANTIDAD |
BOLSAS XXXXX DE 0,80 X 1,00 X 1,20 | 3000 |
DESCARTADORES 2 LTS | 320 |
SANTA XXXXX | |
INSUMO | CANTIDAD |
BOLSAS XXXXX DE 0,70 X 0,60 | 200 |
BOLSAS XXXXX DE 0.83 X 1.20 | 300 |
BOLSA XXXXX DE 1.16 X 1.30 | 100 |
DESCARTADORES 2 LTS | 30 |
DESCARTADORES 4 LTS | 40 |
SAN XXXXXX XXXXXXXX | |
INSUMO | CANTIDAD |
BOLSAS XXXXX DE 0,45 X 0,60 | 200 |
BOLSAS XXXXX DE 0.60 X 0.75 | 1200 |
BOLSAS XXXXX DE 1.16 X 1.30 | 500 |
DESCARTADORES 2 LTS | 160 |
DESCARTADORES 4 LTS | 120 |
1ER NIVEL | |
INSUMO | CANTIDAD |
CAJAS 6.2 | 380 |
BOLSAS XXXXX (PARA LAS CAJAS 6.2) 0.60 x 0.75 | 380 |
DESCARTADORES 2 LTS | 190 |
LICITACIÓN PUBLICA N° 67/22 – Segundo llamado CARTA DE PRESENTACIÓN
El oferente deberá adjuntar una carta de presentación en carácter de declaración jurada en hoja con membrete de la empresa conforme al siguiente modelo:
San Xxxxxx,…….. de …………..………… de ……..
Sr. Intendente Municipal Xxxxx Xxxxxx
Municipalidad de San Xxxxxx
De nuestra mayor consideración:
En Relación a la presente Licitación Pública Nº…… /22, para “……………
…………………………………….” (Nombre del firmante), ………………………………………………………..
(D.N.I)…………..………..…., representante legal de (Nombre de la empresa)
……………………………………….……………………; que constituye domicilio real en…………………………………………………………………………..……….………..………., y legal en
……………………………..………….…………. garantiza la veracidad y la exactitud de todas sus manifestaciones, en carácter de DECLARACIÓN JURADA, asumiendo el compromiso de actualizarlas y autorizando a la Autoridad de Aplicación a requerir las informaciones pertinentes relacionadas con la oferta presentada, a organismos oficiales y a cualquier otra persona, firma, sociedad u organismo. Declaramos:
a) Someternos a los Tribunales Ordinarios que corresponden a la jurisdicción del organismo licitante.
b) No tener litigios pendientes. (En caso de tenerlos detallar las partes del mismo y del monto reclamado), como así tampoco ninguno de los oferentes o integrantes de la sociedad y de su órgano directivo están incursos en procesos de quiebra o concursos preventivos, ni tienen en trámite procesos judiciales o administrativos, sentencias judiciales o sanciones administrativas, que puedan tener como consecuencia previsible ejecuciones o a la inhibición general de bienes.
c) No estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades indicadas en el presente pliego, haciendo constar además, que no tenemos juicios pendientes con la Municipalidad de San Xxxxxx u otros Municipios bonaerenses, y/o la Provincia de Buenos Aires, sea como actor o demandado. (En el caso de estarlo indicar el importe comprendido en el pleito y su objeto).
d) Las Instituciones bancarias con las que operamos son: (banco, tipo y nº de cuenta)
….…..………………………………………………………………………………………..…………… y autorizamos a la Municipalidad de San Xxxxxx a pedir referencias económicas financieras a las mismas.
e) Estamos inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de San Xxxxxx bajo el número , y declaramos contar con la documentación actualizada al día de la fecha.
PLANILLA DE CONSTATACIÓN DE DATOS
DECLARACIÓN JURADA LICITACIÓN PÚBLICA N° 67/22 – Sgdo. llamado
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DOMICILIO COMERCIAL | CALLE | N° | LOCALIDAD | COD.POSTAL |
TELEFONO | N° | DIRECCION E-MAIL | ||
DOMICILIO LEGAL | CALLE | N° | LOCALIDAD | COD.POSTAL |
TELEFONO | N° | DIRECCION E-MAIL | ||
DOMICILIO REAL | CALLE | N° | LOCALIDAD | COD. POSTAL |
TELÉFONO | N° | DIRECCION E-MAIL | ||
GARANTIA | TIPO Y N° | IMPORTE | ||
N° C.U.I.T. | N° INGRESOS BRUTOS | N° CONVENIO MULTILATERAL | ||
INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA COMUNA. | N° | EXPEDIENTE N° |
Declaro bajo juramento que los datos consignados precedentemente, son auténticos, así como también haber tomado conocimiento de lo determinado en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Cláusulas Particulares, de la presente Licitación Pública, y me someto expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Buenos Aires.
Firma | |
Aclaración | |
Sello |