CONTRATO DE PRÉSTAMO CON GARANT E MOBILI ARIO (AL AMPAR O DE LA LEY N O. 45-20 DE GARANTÍAS MOBILIARIAS ) CON FONDOS DE ENCAJE LEGAL
CONTRATO XX XXXXXXXX CON GARANT E MOBILI ARIO (AL AMPAR O DE LA LEY N O. 45-20 DE GARANTÍAS MOBILIARIAS ) CON FONDOS DE ENCAJE LEGAL
ENTRE :
DE UNA PARTE: CORPORACIÓN DE CRÉDITO LEASING CONFISA, S.A .,
entidad de intermediación financiera organizada de conformi dad con las leyes de l a República Dominicana, con su domicilio social y principal estableci miento localizado en la xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 000 , xxxxxxx xxxxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx, Edificio Confisa, Ensanche Xxxxxxxx, de esta ciudad de Santo D omingo xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, marcada con el RNC 1-01- 15065-3 y Registro Mercantil número 9937SD, correo electrónico : (dirección de correo electróni co de la entidad ), debidamente representada por el (la) señor (a) (nombre del representa nte de la entidad) , dominicano (a), mayor de edad, (estado civil) , portador
(a) de la cédula de identidad personal y electoral No. (número de cédula del representante), domiciliad o (a) y residente en esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Dist rito Nacional, capital de la Re pública Xxxxxxx xxx, actuando en su calidad de (posición de l firma nte en la entidad) de dicha entidad , la cual en lo adelante de es te Contrato se denominará LA ACREEDORA GARANTIZADA , o por su correspondiente denomin ación social;
DE OTRA P ARTE: el (la) señor (a) (nombre del cliente), dominican o (a), mayor de edad, (estado civil) , portador (a) de la cédula de identidad y electoral No. (número de cédula del cliente), domicilia do (a) y residente en la (dirección del cl iente), (dirección de correo electrónico del cliente), quien en lo adelante del presente Con trato se denominará EL (LA) DEUDOR (A) .
Y DE OTRA PARTE: el (la) señor (a) (nombre del garante mobiliario-titular del certificado ), dominican o (a), mayor de edad, (estado civil) , portador (a) de la cédula de identidad y elec xxxxx No. (número de cédula del garante mobiliario-titular del certificado ), domicilia do (a) y residente en la (dirección del garante mobiliario-titular del certificado ), (dirección de correo el ectrónico del garante mobiliario-titular del certificado cliente), quien en lo adelante del presente Con trato se denominará se denominará EL (LA) GARANTE MOBILIARIO .
POR CUANTO: El (la) señor (a) _____________________________________, ha
solicitado a la CORPORACIÓN DE CRÉDITO LE ASING CONFISA, S.A ., la
concesión de un préstamo p or la suma de _____________ PESOS DOMINI CANOS
CON CERO CENTAVO S (RD$___________), sujeto a las condiciones establecidas previamente por la CORPORACIÓN DE CRÉDITO LEASING CONFISA, S. A.
POR CUANTO: La CORPORACIÓN DE CRÉDITO LEASING CONFISA, S.A ., ha
acordado conceder el crédito solicitad o por el (la) señor (a)
____________________________, en los términos y condiciones qué más adelante se establecen.
POR TANTO : Y en el expreso entend ido de que el anterior pr eámbulo forma parte íntegra y textua l del presente contrato, las partes de buena fe,
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO : Del Otorgamiento xxx Xxxxxxxx.- Por medio del presente Contrato LA ACREEDORA GARANTIZADA , otorga en calidad xx xxxxxxxx a favor del (la) señor
(a)
____________________ ____________, la suma de
_______________ PESOS
DOMINICANOS CON ________CENTAVOS (RD$ ), quien declara haber
recibido a su entera conformidad dicha suma al momento de la firma del presente contrato.
SEGUNDO: Xxx Xxxxx y de la Forma de Pa go.- EL (LA) DEUDOR (A) se compromet e y obliga a pagar a LA ACREEDORA GARANTIZADA , la totali dad de la suma otorgada en préstamo, que asciende a la suma de
________________________________ _______ ____ (RD$_______________), que ha sido aceptado por EL (LA) DEUDOR (A) , quien se compromete y obliga a pagarla dentro del plazo siguiente:
____________________ (___) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, contentivas de
capital e intereses, ascende ntes a la suma de _______________________
DOMINICANOS CON __________________ CENTAVOS (RD$________) cada una,
siendo exigible la primera en fecha
____________ (___) del mes de
________ del año
dos mil
_______ (_____); y la última en fecha
_________________ (___) del mes de
_______ del año dos mil _______ ( ).
TERCERO: Del Interés .- EL (LA) DEUDOR (A) reconoce que el interés fijo a pagar
ha sido convenido a razón del ________ por ciento ( ___%) anual, el cual será pagadero
en la oficina principal de LA ACREEDORA GARANTIZADA . La misma esta calculada sobre la base de un (1) año de tresci entos sesenta (360) días sobre los saldos insolutos y es pagader o mensualmente en cada cuota.
PÁRRAFO I : EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE reconoce y acepta que la tasa de interés fija estipulada en el presente contrato está condicionada a que el Banco Central de la República Dominicana libere a LA ACREEDORA GARANTIZADA los fondos
correspondientes al coeficiente del encaje legal, según lo dispuesto por la
_____________ Resolución emitida por la Junta Mone taria en fecha ____________
(_____) del mes de
_______ del año
__________ (______) y al cumplimiento de las
condiciones estipuladas en la citada resolución y su instructivo de aplicación. En caso de que los fondos correspondiente s al presente préstamo no l e fueran liberados a LA ACREEDORA GARANTIZADA , entonces el préstamo desembolsado redituar á intereses a la tasa que rija en el mercado en ese momento, la cual será notificada por LA ACREEDORA GARANTIZADA a EL (LA) DEUDOR (A ) GARAN TE, pudiendo
EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE , en caso de que el desembolso de los fondos no haya sido aprobado por el Banco Central, rescindir el presente contrato sin aplicación de penalidad alguna en su perjuicio , EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE reconoce y acepta además que, una vez transcu rrido el plazo otorgado por la precitada resolución del Banco Central , el préstamo desembolsado redituará intereses a la tasa que rija en el mercado en ese momento , misma que será notificada por LA ACREEDORA GARANTIZADA a EL (LA) DEUDOR (A ) GARANTE .
PÁRRAFO II : Toda porci ón xxx xxxxxxxx que no sea pagada a su vencimiento devengará intereses, los cua les han sido convenid os entre las partes, mediante este contrato, y están descritos en este artículo precedentemente, más el pago de los gastos legales y xxxxxx xxxx profesionales que se generen por las gestiones administrativas , judicial es o extrajudiciale s de cobro, sin perju icio de los derechos de ejecución que la Ley No. 45-20 de Garantías Mobiliarias (en lo adelante “ la Ley” ) le otorga a LA ACREEDORA GARANTIZ ADA .
PÁRRAFO III : Las partes suscribientes convienen expresamente que LA ACREEDORA GARANTIZADA podrá revisar y modificar la tasa de interé s, cargos, comisiones y demás accesorios pe riódicamente de manera unilateral, tomando en consideración las normas y p olíticas de LA ACREEDORA GARANTIZADA , las cuales han sido informadas a EL (LA) DEUDOR (A) al momento d e la firma del presente contrato , así como también las condi ciones del m ercado, debiendo notificar previamente a EL (LA) DEUDOR (A), por lo menos treinta (30) días antes de la entrada en vigencia del referido cambio. En caso de que, siempre y cuando LA ACREEDORA GARANTIZADA haya notificado la modificación, EL (LA) DEUDOR
(A) se negare a pagar la nueva cuota resultante de la nueva tasa de interés fijada por LA ACREEDORA GARANTIZADA para adaptarla a la realidad del costo del dinero, su negativa constituirá de pleno derecho, un incumplimiento del presente contrato, especialmente de su obligación de satisfacer los interés, a ún cuando p agare la tasa prevista en e ste documento, tal incumplimiento dará lugar a la pérdida del beneficio del término para el pago de la suma adeudada por EL (LA) DEUDOR (A) . EL (LA) DEUDOR (A) podrá objetar el aumento mediante el saldo total de la suma otorgada en financiamiento dentro de l precitado plazo de treinta (30) días a partir de
la fecha en que le fue notificado el cambio de tasa .
CUARTO: LA ACREEDORA GARANTIZADA entregará conjuntamente con este contrato, al mo mento de la firma del mismo, a EL (LA) DEUD OR (A) una tabla de amortización correspondiente al financiamiento otorgado; dicha tabla también ser á entregada a EL (LA) DEUDOR (A) en ocasión de los cambios estable cidos mediante el PÁRRAFO II del artículo Tercero de este contrato .
PÁRRAFO: Los pagos realizados por EL (LA) DEUDOR (A) a LA ACREEDORA GARANTIZADA deberán ser efectuados en efectivo o cheque, este último deberá ser de administración o certificado, previa confirmación, en caso de que el financiamiento este en estatus Legal .
QUINTO : Del Vencimiento en Días Feriados .- Todo pago o cualquier otro Acto, que de acuerdo con este Contrato debiera efectu arse en días que sean feriados o no laborables, se entenderá validamente exigible en el día laborable o hábil inmediatamente posterior .
SEXTO: Del Lugar de los Pagos.- Todos los pagos previstos en este Contrato deberán ser efectuados por EL (LA) DEUDOR (A) en el asiento social d e la CORPORACIÓN DE CRÉDITO LEASING C ONFISA, S.A ., según se indica en el encabezamiento del presente Contrato. Dichos pagos ser án hechos a la fecha de su vencimiento, sin demora o retardo alguno y sin necesidad de requer imiento previo, ni puesta en xxxx.
SÉPTIMO: De las Sanciones al Incumpli miento de las Obligaciones de EL (LA) DEUDOR (A) .- La falta de pago por parte de EL (LA) D EUDOR (A) de dos (02) cualesquiera de las cuotas en princi pal e intereses según lo establecido en los artículos Segundo y Tercero de esta convención, o de cualquier otra d e las obligaciones establecida s por el presente contrato a cuyo cargo, dará lugar de pleno derecho y sin necesidad de ponerlo en xxxx, ni de ll enar ninguna formalidad judicial o extrajudicial, la pérdida del benefici o del término estipulado a favor de EL (LA) DEUDOR (A) para el pago de l préstamo y sus accesorios, resultando exigibles a partir del momento en que se p roduzca dic ha falta, la totalidad de las sumas en principal, intereses y de más cantidades adeudadas , incluyendo la ejecución de la garantía mobiliaria otorgada por el present e contrato.
PÁRRAFO I : AMBAS PARTES convienen de maner a formal y expresa que en c aso de falta de pago del capital o de los intereses dentro de los térmi nos y condiciones estipulado s en el presente Contrato, EL (LA) DEUDOR (A) , quedará obligado de pleno derecho, a pagar a LA ACREEDORA GARANTIZADA como Cláusula Penal, un monto equivalen te al cinco por ciento (5%) mensual, sobre las sumas vencidas , sin
necesidad de ponerlos en xxxx, ni de cumplir con ninguna otra formalidad judic ial o extrajudicial; porcentaj e que será calculado desde la fecha en que se hizo exig ible la obligación dejada de satisfacer.
PÁRRAFO II : LA ACREEDORA GARANTIZADA podrá proceder i gualmente a exigir la totalidad de la suma adeudada en principal, intereses y accesorios, por la pérdida d el beneficio del término para el pago xxx xxxxxxxx conc edido a EL (LA) DEUDOR (A) , y en ese caso proceder a la persecución del cobro de s u crédito y la ejecución de las garantías ot orgadas, o a su opción notificar la resolució n por su decisión de disolver el presente contrato, en las mismas condiciones estipul adas precedentemen te en este mismo artículo séptimo, en caso de que se verifiquen o establezcan, una, varias o todas en conjun to de las circunstancias o hechos siguientes:
a) Por el consentimiento, ot xxxxxx por EL (LA) GARANTE MO BILIARIO para la constitución de otros gravámenes en favor de terceros, sobre las garantías real es o personales que en virtud de este Acto o por efecto de Contratos anteriores, hayan consentido s en favor de LA ACREEDORA GARANTI ZADA ;
b) Por causa de embargo, mobiliario o inmobilia rio, realizado en p erjuicio de EL (LA) DEUDOR (A) ;
c) Por la emisión, seguida d el correspondiente protesto, de cheques o efec tos de comercio girados por EL (LA) DEUDOR (A );
d) Por el estado de cesac ión de pagos de EL (LA) DEUDOR (A) o su declaraci ón de quiebra o liquidación j udicial; y
e) En general, por el incumpl imiento de una cualesquiera de las obligaciones estipuladas a cargo de EL (LA) DEUDOR (A) , no importa su na turaleza, puesto que tales obligaciones constituyen condiciones expresas sin las cual es LA ACREEDORA GARANTIZADA , no hubiera suscrito el pres ente Contrato.
OCTAVO : De la Imputación de los Pagos. - Queda expresam ente convenido entre LAS PARTES que LA ACREED ORA GARANTIZADA aplicará cualquier pago que reciba de manos de EL (LA) DEUDOR (A) tomando en consideración la a ntigüedad de éstos en cada renglón , de la for ma siguiente: Primero : A liquidar los gas tos en que haya incurrido con motivo del presente contrato; Segundo: Al pago de las penalidades moratorias; Tercero : Al pago de los intereses; Cuarto: Al pago del capital .
PÁRRAFO I: LA ACREEDORA GARANTIZADA se reservará la fa cultad de aceptar el pago de la suma otorgada en préstamo en virtud de este Contrato, con
posterioridad a su vencimiento, pero queda expresamente conven ido entre LAS PARTES, que si el pago se real iza después de haber transcurrid o la fecha de su vencimiento, EL (LA) DEUDOR (A) tendrá la obli gación de pagar los intereses legales si los hubiere, incluyendo la Cláusula Penal precedentemente prevista, siempre sobre las cuotas ven cidas y exigibles y hasta l a fecha en que se realice el pago de la r eferida suma.
PÁRRAFO II : Si se real iza el pago anticipado de la suma dada en préstamo, parcial o totalmente, éste será aceptado sin penalidad de ninguna especie.
NOVENO: De la Garantía.- Para mayor seguridad y g arantía del pago de la suma otorgada en préstamo, la cual asciende a (suma otorgada en préstamo en letras) (RD$suma otorgada en préstamo en números), EL (LA) GARANTE MOBILIARIO , entrega en GARANT ÍA a LA ACREEDORA GARANTIZADA , quien acepta, el siguiente bi en mueble: “ CERTIFICADO DE INVERSIÓN N O. (número del certificado ) EMITIDO POR (nombre de la entidad de intermediación finan ciera en la que se aperturó el certificado), A FAVOR DE (nombre del titular del certificado) POR LA SUMA D E (valor en letras del certificado de inversión) (RD$valor en números del certificado), EN FECHA (fecha de emisión del certificado).
PÁRRAFO I : Queda convenido entre LAS PARTES , que en el caso de la ejecución de la garantía preindicada , por algún incumpli miento de este contrato por parte de EL (LA) DEUDOR (A) , dicha ejecución será ef ectuada conforme se describe más adelan te al amparo de la ley No. 45-20 de Garantías Mobili xxxxx y su Regla mento de Apli cación.
PÁRRAFO I I : En vir tud de lo anteriormente indic ado en este artículo, EL (LA) GARANTE MOBILIARIO por medio del presente Acto a utori za de manera expre sa a LA ACREEDORA GARANTIZADA a inscribir la referida garantía mobiliaria otorgada, respecto del certifica do descrit o precedentement e en este artículo, en el Sistema Electrónico de Garantías Mobili xxxxx (SEGM).
PÁRRAFO III : LA ACREEDORA G ARANTIZADA podrá renovar y/ o modificar la inscripción por igual período de tiem po que el inscrito inicialm ente cuantas veces sea necesario mientras EL (LA) DEU DOR (A) GARA NTE no haya saldado el tota l de su deuda. Sin emba rgo, aún en el caso de que LA ACREEDORA GARANTIZA DA no proceda a la renovación de la inscripción, EL (LA) GARANTE MOBILIARIO , no podrá alegar ese hecho para evadir sus obligaciones, puesto que la vigencia de la relación contractual es independiente de la v igencia d e la inscripción en el siste ma.
PÁRRAFO I V: EL (LA) GARANTE MOBILIARI O, por medio del presente contrato se compromete a mantener vigente el CERTIFICADO DE INVERSIÓN descrito en el artículo Noven o, hasta tanto EL (LA) DEUD OR (A) salde por completo en Capital, Intereses y accesorios, la deuda que por medio del presente docume nto asume.
PÁRRAFO V: En caso de incumplimiento de pago de EL (LA) DEUDOR (A) , LA ACREEDORA GARANTIZADA queda facultada para cobrar el interés, divide ndo x xxxxxx del bien dado en garantía, y abonarlo al pago de los in tereses, gastos y al principal de la obligación contraida por EL (LA) DEUDOR (A) , mediante el presente contrato, a discreción de LA ACREEDORA GARANTIZADA .
PÁRRAFO V I : EL (LA) GARANTE MOBILIARIO , se compromete a no enajenar, disponer, n i en ninguna forma comprometer, el CERTIFICADO DE INVER SIÓN otorgado como garantía del pago de la suma otorgada en préstamo, hasta que EL (LA) DEUDOR (A) satisfaga la totalidad del valor adeudado , en capital , intereses y accesorios, a entera conformidad de LA ACREEDORA GAR ANTIZADA .
PÁRRAFO VI I : EL (LA) GARAN TE MOBILIARIO ha entregado en esta misma fecha la posesión real y legal de el/ los bien/ es dado/ s en garantía a favor de LA ACREEDORA GARANTIZADA , quien reconoce la entrega de ese/ esos bien / es y se compromete a:
i. Custodiarlo/ s y preservarlo/ s de forma razon able y diligente conforme establece la ley ; a tales fi nes EL (LA) DEUDOR (A) X XXXXXX reconoce que es su obligación cubrir tod os los gastos generados por el cuidado y mantenimiento del/ de l os bien/ es dado/ s en garantí a mediante este contrato , siempre que ap lique.
ii. Mantenerlo/ s de manera que sea (n) identificable (s), salvo cuando est os sean fungibles, en este caso deberá mantener bienes en la misma cantida d y de la misma calidad .
iii. No usarlo/ s, salvo lo acordado en el presente contrato.
PÁRRAFO VI II : LA ACREEDORA GARANTIZADA se compromete, por e ste mismo Acto, a mantener bajo su custodia el CERTIFICADO DE INVERSIÓN indicado preced entemente, hasta recibir el reembolso total, por parte de EL (LA) DEUDOR (A) , de la suma otorgada en préstamo, así como de los inte reses y accesorios generados o q ue pudieren generarse. En tal sentido, LA ACREEDORA GARANTIZADA se compromete a entregar a EL (LA) GARANTE MOBILIARIO , el referid o Certificado de Inversi ón, al momento del completo saldo de la deuda
contratada mediante este contrato.
PÁRRAFO IX: La garantía men cionada se estipula sin perjuicio de la constitución de otras garantías, reales o pers onales, que LAS PARTES pudi eren convenir.
DÉCIMO : DE LA EJECUCIÓN DE LA G ARANTÍA MOBILIA RI A: EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE y EL (LA) GARANTE MOBILIARIO aceptan y
reconocen que, en caso de incumplimiento de las o bligaciones pactadas en el presente acuerdo, LA ACREEDORA GAR ANTI ZADA estará facultad a a, luego de ve ncidas dos (02) cuotas, pasar el préstamo a estatus legal y proceder con la ejecución de la garantía mobiliaria, de conformidad con el procedimiento establecido por la ya indicada Ley No. 45-20 de Garantías Mobiliarias conforme se detalla a continuación:
PÁRRAFO I: En caso de incumplimie nto de una cualquiera de las obliga ciones garantizadas en el p resente contrato, las Partes de mutuo acuerdo convienen que el proceso de ejecuci ón de la(s) garantía(s) mobiliaria(s) se re alizará de forma extrajudicial conform e lo previsto en la ley 45 -20 de garantías mobiliarias, su reglamento y demás normas complemen tarias y lo convenido en el presente Contrato.
PÁRRAFO II: En caso de incumplim iento, LA ACREEDORA GARA NTIZADA inscribirá el Formulario de Ejecución en el Sist ema Electrónico de Garantías Mobiliarias el cual generará una comun icación electrónica a todos los correos electrónicos qu e aparezcan en el formulario de ejecu ción relacionado s con esa inscripción y relacionados dentro del folio electrónico de la garantía, en caso de tratarse de una gara ntía previamente inscrita en dicho sistema. En caso de que EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE y/o EL (LA) GARANTE MOBILIARIO no posea (n)
correo electrónico, LA ACREEDORA GARANTIZADA realizará la (s) notificación (es) conforme a lo previs to en el párrafo del artículo Décimo Quinto del presente Contrato.
PÁRRAFO II I: EL (LA) DEUDOR (A) GA RAN TE y EL (LA) GARANTE
MOBILIARIO declaran, reconocen y aceptan que una vez se lleve a c abo la precitada inscri pción, el Sistema Electrónico d e Garantías M obiliarias permitir á emitir una certificación electrónica, la cual conjuntamente con este contrato , constituirá el Título Ejecutori o. En caso de que EL (LA) DEUDOR (A) GA RANTE y/ o EL (LA) GARANTE MOBILIARIO no posea (n) correo electrónico, LA ACREEDORA GARANT IZADA realizará la notif icación de dichos documentos confor me a lo previsto en el Párrafo del artículo Décimo Quinto del presente Contrato .
PÁRRAFO IV: EL (LA) XXXXXX (A) XXXXXXX declara, reconoce y acepta que estarán a su cargo todos los ga stos en que incurriese LA ACREEDO RA
GARANTIZA DA para la ejecución y p reservación de los bienes dados en garantía hasta su realización. Estos gastos se encuentran previstos en el Ta rifario que se entrega conjuntamente con este contrato y que forma parte in tegral del mismo.
PÁRRAFO V: El derecho de EL (LA) GARANTE MOBILIARIO de usar, usufructuar o disponer del/ los bien/ es dado/ s en garantía quedará suspendido con la inscripción del formulario de ejecución y se mantendrá suspen dido hasta qu e el proceso de ejecución hay a real y efectivament e terminado.
PÁRRAFO V I: La ejecución extrajudicial se llevará a cabo por acuerdo expreso entre LAS PARTES , por Adjudicación en pago de conformidad con lo establecido en el artícul o 93 de la l ey 45-20 sobre garantías mobil iarias.
PÁRRAFO V I I: Las partes, convienen que, será designado como ejec utor una de las personas descritas en lista privada identificada como anexo ____. En caso de darse el supuesto de que ninguno de los ejecutores listados en el anexo _________, estuvi ese disponib le, quedará a opción de LA ACREEDORA GARANTIZADA seleccionar u n notario cualquiera de una lista solicitada y obtenida del Colegio Dominicano de Notarios.
PÁRRAFO VI II: Las partes acu erdan que, una vez recibida la solicitud de ejecución, el ejecutor requer irá a EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE , por ministerio xx xxxxxxxx, el pago total de las sumas adeudadas, otorg ándole un plazo de tres (03) días francos para que demuestre ún icamente pago liber atorio o prescripción, medi ante documentación fehaciente e idónea; indicando que procederá a la adjudicación en pago, en caso de no obtemperar al requerimiento realizado. Una vez vencido el plazo anteriormente indicado, y en caso de no ha ber realizado el p ago total requerido, o haberse demostrado únicamente pago liberatorio o prescripc ión, el ejecutor procederá a la adjudicación en pa go en favor d e LA ACREEDORA GARANTIZADA del o los bien(es) otorgado(s) en garantía, de acuerdo al monto de su liquidación tot al (capital más intereses y cualquier penalidad en caso d e que las hubiere) al m omento en que resulte la cancel ación del bi en otorgado en garantía.
PÁRRAFO IX: Con el resultado de la adjudicación en pago se cubrirán los montos adeudados de la obligación g arantizada. Cualquier reman ente será devuelto por LA ACREEDORA GARANTIZADA a EL (LA) GARAN TE MOBILIARIO en un plazo
máximo de cinco (05) días calendario. Si el o los bien (es) adjudicado(s) en pago tienen un valor inferior al monto adeuda do, LA ACREEDORA GARANTIZADA tendrá el derecho de iniciar un proceso judic ial de cobro por el saldo insol uto que se determinará restand o del monto a deudado el va lor del bien adjudicado.
DÉCIMO PRIMERO : Es entendid o y convenido que todos los impuestos, derechos y gastos requerid os para el registro d e la inscripci ón del presente contrato en el SEGM, así como los que pudieren s er necesarios para la cancelación o renovac ión del mi smo, correrán por cuenta de EL (LA) DEUDOR (A) , quien queda igualment e obligado al pago de los gastos que origine cualquier p rocedi miento judicial o extra judicial que sea necesario intentar por c ausa de la ejecución de su obligación.
PÁRRAFO I: De los Gastos Legales.- Para los fines y consecuencias del presente Contrato, queda expresamente conv enido entre LAS PARTES , que los gastos legales relativos a la i nstrumentación de este contrato , su legalización, registro y demás erogaciones necesarias que pudieren ocasionarse, quedarán a cargo de EL (LA) DEUDOR (A) .
PÁRRAFO I I : De los Gastos Judiciales o Extrajudiciales. - Es obligaci ón de EL (LA) DEUDOR (A) pagar a LA ACREEDORA GARANTIZAD A, quien podrá perseguir su pago por todas las vía s legales, todas las sumas de dinero que tenga que pagar por concepto de gastos y honorarios ocasiona dos en cualquier actuaci ón judicial o extrajudicial , que realice en relación con la ejecución del present e Contrato, por considerarlas necesarias o útiles a la preservación de sus de rechos.
PÁRRAFO I I I : LA ACREEDORA GARANTIZADA entregará a requerimiento de EL (LA) DEUDOR (A) la documentación que just ifique los gastos previstos en e ste artículo.
DÉCIMO SEGUNDO : DE LA ELECCIÓN DE XXXXXXXXX .- Para todos los fines y
consecuencias del presente Contrato, LAS PARTES hacen elección de domicilio en los suyos respectivos, los cua les han sido indicados en e l encabezamiento del presente Acto. EL (LA) DEUDOR (A) y EL (LA) GARANTE MOBILIARIO serán
responsables de notificar a LA ACREEDOR A GARAN TIZADA , mediante comunicación física o por correo electrónico, cualquier cambio de dirección o información de contac to, incluyendo los correos electrónico s más arr iba indicado . Ante la falta de notificación por pa rte de EL (LA) D EUDOR (A) de un cambio de domicilio, correo elect rónico o contacto, cualquier comunicación y/ o notificación realizadas al dom icilio, corre o electrónico o contacto aquí descri tos, serán consideradas como regulare s y válidas.
PÁRRAFO: EL (LA) DEUDOR (A) y EL (LA) GARANTE MOBILIARIO autoriza n a
LA ACREEDOR A GARAN TIZADA a realizar notificacio nes que incluyan, pero no se limit en a información, modificación d e tasas, xxxx xxxxx, así como cualqui er otra notificación a cargo de LA ACREEDOR A GARANTIZADA conforme a las disposiciones de este contrato, de la Ley o de las autoridades comp etentes, a las
direcci ones de correo electrónico decl aradas por EL (LA) DEUDOR ( A) y EL (LA) GARANTE MOBILIA RIO en el encabezamiento del pres ente Acto.
DÉCIM O TERCERO: EL (LA) DEUDOR (A) por medio del p resente documento autoriza de maner a expresa a LA ACREEDORA GARANTIZADA a que pueda ser consultad o (a) en las bases de datos de los Buró de Información Creditici a (BIC) y autoriza además a suministrar a dichos Bur ó, la información neces aria a los fines de permiti r la evalu ación de crédito por parte de aquellas instituciones del sistema financiero susc ritas a los referidos Buró s. EL (LA) DEUDOR (A) , reconoce y acepta que el suministro de la referida informac ión por parte de LA ACREED ORA GARANTIZADA y/ o los Buró s de Informaci ón Crediticia (BIC s), o por cualqu ier accionista, funcio nario o empleado de una de estas, no constituirá una violac ión al secreto profesional de acuerdo al artículo 377 del código penal. E n consecuencia, EL (LA) DEUDOR (A) renuncia formal y expre samente a ejercer cualquier op ción, demanda o reclamación a fines de obten er una compensación en d años y perjuicios por la re velación de información o por haber suministr ado una información inexacta.
DÉCIMO CUARTO: SUM INISTRO DE INFORMACIÓN : AUTORIZACIONE S: EL
(LA) DEUDOR (A) autoriza a LA ACREEDORA GARANTIZAD A a reali zar todas las investigaciones y consultas que sobre este (a) sean necesarias en c umplimi ento de la ley 155 -17 contra el Lavado de Activ os y el Financiamiento del T errorismo, el Instructivo " Conozca su Cliente" de la Superintendencia de Bancos, el Manu al de Control Interno para la Prevenc ión xx Xxxxxx de Activos y el Financiamiento del Terrori smo de LA ACREEDORA GARANTIZADA y demás normati vas y política s internas, externas o internacionales so bre el tem a, dentro de los lím ites permitidos por la regulaci ón vigent e.
PÁRRAFO I : En ocasión de lo anterior, y a fin de qu e LA ACREEDORA GARANTI ZADA pueda verificar la identidad y la s informaciones s uministradas por EL (LA) DEUDOR (A) , así como a realizar las evaluaciones de luga r, autoriza expresamente a ser consultado (a) en los sistemas o bases d e datos de la Junta Central Electoral , así como en cualquier otra base de datos que LA ACREEDORA GARANTIZADA considere pertinente.
PÁRRAFO I I : Asimismo EL (LA) DEUDOR (A), reconoce que LA ACREEDORA GARA NTIZADA es una entidad de intermediación fi nanciera supervisa da y regulada, por lo que la autoriza a realizar entrega de las información y l os reportes requeridos por los órganos supervisores y reguladores compe tentes, incluyendo , pero no limitado a, las e ntregas de información financiera requerida s por el gobierno de los Estados Unid os de Norteamérica, vía el Servicio de Impuestos Internos (I RS) de dicho país o la entidad que este desi gne, en cumplimiento del Fo reign Acco unt Tox
Compliance A ct (FATCA), en virtud de los acuerdos que sean suscritos con el refe rido gobierno.
PÁRRAFO I I I: CERTIFICACIÓN DE INFORMACIÓ N : EL (LA) DEUDOR (A)
certifica que l a información que ha suministrado es completa, correcta y veraz, y acepta y reconoce que LA ACREEDORA GARANTIZA DA puede en cualquier momento requerir información a dicional ya sea por reque rimiento de l as autoridades competentes, para actualiz ación de su ex pediente o por cualquier causa que LA ACREEDORA GARANTIZADA considere perti nente, dentro de los límite s permiti dos por la regulación vigente . EL (LA) DEUDOR (A) reconoce que no suministrar o portunamente la información y / o documentació n requerida se rá considerada una causa de terminación de Con trato, por lo que, LA ACREEDORA GARAN TIZADA tendrá la op ción de considerar exigibles todas las obligaciones puestas a cargo de EL (LA) DEUDOR (A) conforme este Contrato sin necesida d de la llegada del t érmino.
DÉCIMO QUI N TO: Para todos los fines , consecuencias legales y ejecución del presente contrato, LAS PARTES se remiten a la s disposiciones establecidas en la Ley No. 45-20 de Garantías Mobiliarias , promulgada en fecha 18 de febrero de 2020, y publicada en la Gaceta Oficial No. 10972 del 21 de febrero de 2020; sus modific aciones y el Reglam ento del Sistema Electrónico xx Xxxxxx ías Mobiliarias .
PÁRRAFO: DEL DERECHO SUPLETORIO .- Para todos aquellos aspec tos no estipulados en la precitada ley, el presente Contrato, o en Actos o documentos supletorios del mi smo, LAS PARTES se remiten a las disp osiciones del der echo común de la Repúblic a Dominicana.
DÉCIMO SEXTO: DERECHOS DE LAS P ARTES. Según las estipulaci ones de este contrato, LA ACREEDORA GARANTIZA DA , sin perjuicio de lo previsto e n otras partes del contra to, tiene dere cho a:
a) Recibir cualquier pago de principal, intereses y demás a ccesorios que se realice con posterioridad al término acordado.
b) Exigir l as cuotas vencidas o la total idad de lo adeud ado, cuando el pag o de la facilida d crediticia no se haya p roducido confo rme al presente acuerdo.
c) Apropiarse y aplicar al pago de las obl igaciones vencidas bajo est e contrato, o en que incurra EL (LA) DEUDOR (A ) GARANTE a favor de LA ACREED ORA GARANTIZADA en el futuro, sob re cualquier sum a que esté actualmente o estuviese en e l futuro en manos d e LA ACREEDORA
GARANTIZADA , bien sea en depósi to o a cualquier otro título , acreditados a EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE , de conformidad con los térm inos estipulados en el presente contr ato. Una vez rea lizada la compensación LA ACREEDORA GAR ANTIZADA notificará a EL (LA) DEUDOR (A)
GARANTE la aplicación de los pagos conforme se prevé en el artículo Décimo séptimo literal b) de este Contrato.
d) Ceder la acre encia a otra persona o entidad de intermediación financiera o asociada al mercado de valores o a favor de u n tercero e inscribirla en el Sistema Electrónico de Garantías Mo biliarias.
e) Recurrir las res oluciones dictadas por la S uperintendencia de Bancos, an te la Administración Monetari a y Financiera.
f) Solicitar a través del Sistema Electrónico de Garantías Mobil iarias la constitución, registro, modificación, inclusión de nuev os bienes, cesión, cancelaci ón y ejecución de la garant ía mobiliaria consentida en s u favor por el titular de l os bienes, conforme la autorización expre sa otorgada en el presente Contrato.
g) Registrar y publicar en el Sistema Electrónico de Garantías Mobil iarias las informaciones per sonales y correspondientes a la(s) garantía(s), requerid a(s) por los formularios electróni cos de inscripción y modificación previst os en la ley 45-20 de Garantías Mobiliarias, su reglamento y normas complementarias; para lo cual EL (LA) D EUDOR (A) GARANTE y EL (LA) GARANTE MOBILIAR IO , conforme corresponda, oto rgan su autorización de forma expresa mediante la suscripción del presente Contrato.
h) Revisar perió dicamente el valor xx xxxxxxx de los bi enes otorgados en garantía en favor d e LA ACREEDORA GARANTIZAD A en respaldo xxx xxxxxxxx consentido en virtud de este contrato. En caso de darse este supuesto, de que el valor de la garantía di xxxxxxx y la relación de cobertura existente entre el valor de la garantía y el balance xxx xxxxxxxx no se corresponda, LA ACREEDORA GARAN TIZADA podrá solicitar a EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE el otorgamiento xx xxxx ntías admisible s adicionales que a satisfacción de LA ACREEDORA GA RANTIZADA sean suficientes para cubrir la deuda.
i) En caso de incumplimiento iniciar el procedimiento d e ejecución d e la Garantía Mobiliaria conforme lo acordad o entre las Partes en este cont rato.
j) Solicit ar a EL (LA) DEUDOR (A) GARAN TE y/o a EL (LA) GARANTE MOBILIARIO , cualquier document o adicional y/ o información requerida p or LA ACREEDORA GARANTIZADA o que fuere necesaria para ll evar a cabo la inscr ipción y e jecución de la garantía mobiliar ia en el Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias.
k) Declarar la pérdida del beneficio del tér xxxx previsto en el presente contrato de: a) darse cualquier evento de incumplimiento según lo pr evisto en el presente contrato; b) darse la ocurrencia de un C ambio Material Adverso en las actividades de EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE , en sus controladores y accionistas, sin que LA ACREEDORA GARANT IZADA tenga que justificar causa, solo comunicando median te aviso previo dado a EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE con treinta (30) días de anticipación; c) pro ducirse u n hecho de Fuerza Mayor. Entendiéndose por un hecho de Fuerza Mayor cualquier evento que se encuentre más allá del control ra zonable de cualquiera de la s Partes, cuya ocurr encia no hubiese sido posible anticipar ra zonablemente a la fecha del presente Contr ato, o que aunque dicha ocurrencia hubiese sido previsi ble, los efectos de la misma sean inevi tables, incluyendo de manera no limitativa, guerras ya sean declaradas o no, r evolución, revuelta, insurrección, huelgas incluyendo huelgas por parte de los empleados gubernamentales, pero excluyendo a las huelgas con vocadas por los empleados d e EL (LA) DEUDOR
(A) GARANTE , o de cualquie r subcontratista de las mis mas, revuelta civil, invasión, conflicto armado, acto hostil p or parte de un enemigo extranjero , bloqueo, embargo, acto de terroris mo, sabotaje, disturbio civi l (incluyendo hechos materiales por par te de grupos medio -ambientales, políticos, sociales o de cualquie r otro grupo o propieta xxxx de terrenos prohibiendo la entrada y salida desde y hacia la s instalaciones o del uso de las ser vidumbres de paso dentro del mismo), contaminación radioactiva o qu ímica, radiación iónica, explosión, fuego, epidemia, pandemia, ciclón, huracán , tifón, d eslizamiento, terremoto, inundac ión, fenómenos naturales como con secuencia de la contaminación, erupción volcán ica, cualquier otro desastre de la naturaleza o calamidad de todo tipo y cualquier otro hecho similar.
l) LA ACREEDOR A GARAN TIZADA se beneficiará d e las prerrogativas previstas a su favor en la Ley 45 -20 sobre garantías m obiliarias, según corresponda en atención a la natu raleza del bie n otorgado en garantía.
Del mismo modo, EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE sin perjuicio de l o previ sto en otras partes del contrato, tiene derecho a:
a) Recibir el desembolso xxx xxxxxxxx c onforme a lo estipulado en el presente
contrato, salvo la ocurr encia de un evento de Fuerza Mayor, conf xxxx se define en el presente C ontrato, que impida a LA ACREEDORA GARANTIZADA realizar e l desembolso del crédito o la oc urrencia de alguno de los eventos indicado s más adelante los cuales facultan a LA ACREEDORA GARANTIZADA a no realizar el desembolso.
b) Exigir que le sean reconocidos y respetados todos sus derech os fundamentales, y en especial los derechos del consumidor.
c) Pagar de manera anticipada, según las alternativas previamente convenidas.
d) Recurrir, en virtud de este c ontrato, a los órganos jurisdic cionales correspondientes, para la protección de sus derec hos y l egítimos inte reses.
e) Presentar sus quejas y denu ncias por ante la Superintendencia de Ba ncos.
f) Presentar sus reclamaciones, inicialmente por ante LA ACREEDORA GARANTIZA DA , y luego por ante la Superintendencia de Bancos.
g) Obtener de LA ACREEDORA GARA NTIZADA todas las in formacione s sobre el estado de las reclama ciones que sean presentadas por a nte éste.
h) Obtener d e LA ACREEDORA GARANTIZADA un original del presente contrato y s us anexos.
i) Obtener de LA ACREEDORA GARANTIZADA todas las informaciones sobre variaci ones que incidan en la facilidad crediticia del presen te contrato.
j) Recibir vía correo electróni co, notificaciones de p arte del Sistema Electrónico de Garantías Mobiliaria s, respecto del inic io de cualquier proceso de eje cución que pudiera realizar LA ACREEDORA GARANT IZADA ; a tales fines EL (LA) DEUDOR (A) GA RANTE autoriza a LA ACREEDORA GARANTIZADA a remitirle notificaciones a las direcciones electrónicas indicadas en el encabezado del presen te contrato. En caso de que EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE no posea correo electr ónico, LA ACREEDORA GARANTIZADA realizará la notificación conforme a lo previsto en el párrafo del artículo Décimo Quinto del presente Contrato .
k) EL (LA) D EUDOR (A) GARANTE se beneficiará de las prerrogativas previstas a su favor en la Ley 45-20 sobre garantías mobi liarias, según corresponda en atención a la naturaleza del bie n otorgado en garantía.
DÉCIM O SÉPTIMO : OBLIGACIONES DE LAS PARTES. LA ACREEDORA
GARANTIZADA , sin per juicio de lo previsto en otras par tes del contrato, está obligada a:
a) Desembolsar la(s) suma(s) objeto de la presente f acilid ad de crédito, conforme a lo previamente acordado, salvo: i) la ocurrencia de un evento de Fuerza Mayor, confo rme se define en el p resente Contrato, que impida a LA ACREEDORA GARANTIZADA reali zar el desembolso; ii) que previo al desembolso EL (LA) DEUDOR ( A) GARANTE fuere incluido e n alguna list a internacional de personas sancionadas o si EL (LA) DEUDOR (A) GARA NTE fuere identificado públicamente como sujeto de sancio nes, controles o medidas similares administrada s por alguna entidad gubername ntal o i nternacional; iii) que previo al desembolso LA ACREEDORA GARANTIZADA tome conocimiento del incumplimiento d e EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE de alguna de las disposiciones esta blecidas en la Ley 155 -17 que prevé y sanciona el lavado de activos. De darse estos s upuestos EL (LA) DEUDOR (A) XXXXX TE reconoce y acepta que LA ACREEDORA GARANTIZADA no estará obligad a a realizar e l desembolso, debiendo LA ACREEDORA GARANTIZADA comunicar a EL (LA) DEUDOR (A) GARAN TE la(s) razón (es) que motiva xxx el no desembolso del cré dito por cualquier medio fehaciente que las Partes hayan previamente acordado, con lo cual el pre sente contrato queda rá sin efecto.
b) Entregar a EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE el comprobante de pago en forma escrita o elect rónica de cada suma recibida, con sufi ciente detalle sobre la aplicació n de dicho pa go a las obligaciones pendientes, en cuanto a capital, intereses y d emás accesorios, cuando procedan.
c) Estipular en este cont rato las consecuencias del incumplimiento por EL (LA) DEU DOR (A) GARANTE de las obligaciones pactadas.
d) Establecer en el presente contrato el régimen y procedimiento para la ejecución de la garantía mobil iaria acordado por las Partes.
e) Xxxxxxx y responder las reclamaciones que sean presentadas por EL (LA) XXXXXX (A) GARANTE .
f) Cumplir las d ecisiones que emanen de la Superi ntendencia de Bancos con relación a los casos de reclamaciones y denuncias, sin perjui cio de utilizar la s vías administrativas y judiciale s que la ley pone a su alca nce.
g) Informar a EL (LA) DEUDO R (A) GARANTE , por escrito o por cualquier medio fehaciente, las modificac iones posteriores a la tasa de interés y demás condiciones variables pac tadas en este cont rato.
h) Informar a los terceros prev iamente autorizados por EL (LA) DEUDOR (A) GARA NTE , respecto del monto pendiente de pago xxx xxxxxxxx, así como dar una descripción de los bienes objeto de garantía.
i) Suministrar a EL (LA) DEUDOR (A) GA RANTE una lista con con la finalidad de que EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE pueda elegir y contratar a su conveniencia dentro del referido list ado los proveedores de servicios complementario s o accesorios que fueran requeridos co nforme el presente Contrato.
j) Cumplir con las obligaciones previstas a su cargo en la Ley 45-20 sobre garantías m obiliarias, en su ca lidad de a creedor garantizado, segú n corresponda en atención a la naturalez a del bie n otorgado en garantía.
Del mismo m odo EL (LA) DEUDOR ( A) GARANTE y/o EL (LA) GARANTE
MOBILIARIO , según corresponda , sin perjuicio de lo previsto en otras par tes del contrato, está obligado a:
a) Xxxxx a LA ACREED ORA GARANTIZADA todas las sumas convenid as en el presente contrato.
b) Suscribir la documentación relativa al presente contrato, qu e sirva de soporte legal y contable a LA ACREEDORA GARANTIZADA , incluyéndose, aunque no limit ándose a: pagarés si aplica, recon ocimien tos de deudas, declaraciones y autorizaciones presentes o futuras de cualqu ier tipo.
c) Utilizar la suma desembolsada conf xxxx al destino indica do en este contr ato.
d) Informar a LA ACREEDO RA GARANTIZADA cualqui er cambi o ocurrido en sus generales, especialment e respecto a su domicilio, reside ncia y correo electrónico, que puedan prod ucirse con posterioridad a la firma del prese nte contrato.
e) Proveer a LA ACREEDORA GARANTIZADA copia certifica da de toda documentaci ón social y corporativa que implique un ca mbio o modificación en los estatutos soc iales, en la composición del capital socia l o en la estructura, manejo o dirección, seg ún aplique respecto d e EL (LA) DEUDOR (A)
GARANTE . (Solo aplica p ara personas jurídica s).
f) Xxxxxxxx a LA ACREEDORA GARANTIZADA informad a sobre la identidad de sus princi pales socios, accionistas y beneficiarios finales; garantizando la entrega y suministro de las informaciones adicionales que razonablemente le sean requeridas por LA ACREEDOR X XXXXXX IZADA como parte de su proceso de debida diligencia. ( Solo aplica para per sonas jurídica s).
g) Notificar a LA ACREEDOR A GARANTIZADA cualquier cambio en la gerencia, representantes y mie mbros del consej o de directores u organismo aplicable d e EL (LA) DEUDOR ( A) GARANTE . (Solo aplica para pers onas jurídica s).
h) Notificar a LA ACREEDO RA GARANTIZADA cualquier litigio, demanda o acusación en contra d e EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE , sus accionista s o controladore s, que pudiese generar un C ambio Significativo Ad verso en EL (LA) DEUDOR (A) GARANTE o en sus bienes.
i) Suministrar a LA ACREEDORA G ARAN TIZADA cualquier documento adicional o información necesaria requerida por el Registro de la Garantía Mobiliaria en el Si stema Electrónico xx Xxxxxx ías Mobiliarias para l levar a cabo la inscripción y ejecución de la garantía otorgada mediante el presen te contrato.
j) Abstenerse de constitui r algún otro gravamen o carga sobre la garantía mobiliaria de esta acree ncia, sin la pre via notificación a LA ACREEDORA GARANTIZADA .
k) No disponer de la garantía mobiliaria otorgada, sin el consentimiento previo y por escri to de LA ACREEDORA GARANTIZADA .
l) No ceder los bienes otorgados en garantía a LA ACREEDORA GARANTIZADA en favor xx xxxxxxx s, sin el consentimiento pr evio por escrito de LA ACREEDO RA GARANTIZADA .
m) Remitir copia a LA ACREEDORA GARANTIZADA , en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas, a partir de la fecha de la notificación, de cualqui er demanda judicial .
HECHO Y FIRMADO en cuatro (4) originales de un mismo tenor y efecto, en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ______________ (_____) días del mes de ___________ del año dos
mil ________ (_____). ------------------------------------------------------------------------------------
POR LA ACREEDORA GARANTIZADA : CORPORACIÓN DE CRÉDITO LEASING C ONFISA, S.A
Nombre del Representante de la entidad Posición en la entidad
EL (LA) DEUDOR (A) :
________________________________ ___ Nombre de EL (LA) DEUDOR (A) :
EL (LA) GARANTE MOBILIARIO
________________________________
Nombre de EL (LA) GARANTE MOBILIARIO
Yo, (nombre completo xxx xxxxxxx), Abogado Not ario Público de los del Número del Distrito Nacional, matriculada con el No. (número de matrícula xxx xxxxxxx), del Colegio Dominicano xx Xxxxxxx, CERTI FICO Y DOY FE : Que por ante mí comparecieron los señores (Nombre del Representante de la entidad), (Nombre EL (LA) DEUDOR (A) y Nombre de EL (LA) GARANTE MOBIL IARIO , de generales y cali dades que constan en documento q ue antecede, quienes libre, voluntariamente y sin impedimento alguno oto rgaron el mismo, firmándolo en mi presenci a, con las firmas que según me ma nifestaron bajo la fe del juramento son las mismas que acostumbran a usar en todos sus actos, por todo lo cua l debe dárseles entera fe y crédito. En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xx zmán, Distrito N acional, capital de la
República Dom inicana, a los _______________ (____) días del mes de año dos mil __________ ( ).
(nombre completo xxx xxxxxx o)
__________ del