CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS N° 1151.20.6. 014 -2020 CELEBRADO ENTRE
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS N° 1151.20.6. 014 -2020 CELEBRADO ENTRE
LA INSTITUCION EDUCATIVA SAGRADA FAMILIA Y XXXXXXX XXXX XXXXXXX
Entre los suscritos a saber: XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado civilmente con cedula de ciudadanía N° 2.571.764 expedida en Guacari (Xxxxx), obrando en calidad de RECTOR de la Institución Educativa Sagrada Familia, quien actúa de conformidad con el Decreto 1075 del 26 xx xxxx de 2015 Articulo 2.3.1.6.3.11, numerales 12 y 14 y el decreto 4791 del 2008 articulo 11 numeral 11 y articulo 17, los principios generales de la contratación pública, y la resolución 2634 (Abril 30 de 2019) por medio del cual modifica la resolución N° 6891 (Diciembre 11 del 2018) Guía de contratación Instituciones Educativas xx Xxxxxxx; de una parte que en adelante se denominará LA INSTITUCION EDUCATIVA- CONTRATANTE, y por el otro el señor XXXXXXX XXXX XXXXXXX,
persona natural con C.C. No. 16.282.500 xx Xxxxxxx, con domicilio principal en XXXXX 00 XX. 00-00 XXXXXX BIZERTA TEL 0000000000; quien en adelante se denominara CONTRATISTA; hemos acordado celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS contenido en las siguientes clausulas: PRIMERA. OBJETO CONTRACTUAL: Por este contrato el contratista se compromete para con la Institución Educativa contratante a prestar el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS DE COMPUTO, SOPORTE TECNICO AL USUARIO FINAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA DURANTE 3 MESES”
SEGUNDA. ACTIVIDADES: En cumplimiento del objeto contractual, el contratista, deberá realizar las actividades que se describen en los estudios previos del contrato y en la propuesta económica presentada por la contratista, aprobada por la Institución Educativa que integra el presente contrato. Según las siguientes actividades:
ITEM | DESCRIPCION DEL OBJTO CONTRACTUAL | CANT |
1 | Mantenimiento y reparación a los equipos de cómputo, tanto de las salas como de las oficinas en todas las sedes. | 260 |
2 | Tener un inventario al día de los equipos de cómputo, tanto xx xxxxx como de oficina de todas las sedes. | |
3 | Prestar asesoría vía telefónica, plataformas sociales como whatsapp o conexión virtual y asesorar al personal docente y administrativo de la institución | |
4 | Capacitar y apoyar si es necesario, al personal administrativo, Docente, secretaria entre otros en los manejos de los diferentes programas de oficina (office Matica), atravesó de la telecomunicación y sus medios por la situación actual. |
5 | Presentar reporte de daños, soluciones e insumos, cuando se realice un mantenimiento o reparación de un equipo xx xxxx u oficina | |
6 | Cuando la red se caiga o no esté en funcionamiento, gestionar para darle solución de manera presencial, debería estar solo en la institución para hacer las llamadas correspondientes a las empresas prestadoras del servicio | |
7 | Tender cableado si es necesario, para la instalación de nuevas redes | |
8 | Copias de Seguridad mensual a los equipos de mayor relevancia de cada una de las sedes, en especial las zonas Administrativas y de la plataforma ciudad educativa al finalizar cada periodo académico. | |
9 | Hacer revisión periódica de las cámaras de seguridad, asesoría y apoyo de manera virtual, solo si es necesario ver videos, por la situación actual, estar presente para revisión y movimientos de cámaras. |
TERCERA. VIGENCIA: la vigencia del presente contrato será TRES (03) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio de actividades, previa firma del presente contrato. CUARTA. RESULTADOS: El contratista deberá efectuará el objeto contractual a entera satisfacción, en la oportunidad acordada y con la calidad, diligencia y eficiencia requerida. QUINTA. VALOR: las partes contratantes convienen como valor total del contrato la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($ 3.559.500). SEXTA. FORMA DE PAGO:
La Institución Educativa CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA en tres cuotas mensuales, previo informe de actividades ejecutadas de acuerdo al objeto del contrato con la certificación de recibido a entera satisfacción por parte del supervisor del contrato. SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A) DEL CONTRATISTA: El contratista deberá cumplir estrictamente con las siguientes obligaciones: 1) Dar cumplimiento a la ejecución del objeto del contrato con la mejor calidad, oportunidad y responder por el mismo. 2) cancelar las obligaciones que se deriven del objeto del contrato. 3) De conformidad con artículo 5, numeral 5 de la ley 80/1993 “ no acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlas a hacer u omitir algún acto o hecho. 4) El contratista debe cumplir con las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. 5) Responder por los trabajos asignados y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad que le sean requeridos, las demás obligaciones inherentes al objeto del contrato, que tengan por finalidad ejecutarlo y cumplirlo a cabalidad. B) DE LA INSTITUCION: 1) cumplir con el pago del valor del contrato en la forma acordada con el contratista favorecido. 2) Hacer seguimiento a la calidad y oportunidad del objeto contratado. 3) Las demás obligaciones inherentes al objeto del contrato, que tengan por finalidad ejecutarlo y cumplirlo a cabalidad. OCTAVA. DERECHOS DE LA ENTIDAD: La Institución educativa Contratante ejercerá los derechos consagrados en las leyes que regulan la materia y particularmente exigirá la prestación oportuna del servicio contratado, lo mismo que su calidad. NOVENA. APROPIACION PRESUPUESTAL: El pago de las sumas de dinero a que la institución educativa queda obligado en
razón de este contrato, se subordinará a la apropiación presupuestal que dé él se gana en su presupuesto. DECIMA. IMPUTACION DE GASTOS: Los gastos que demande la legalización del presente contrato se efectuaran con cargo al contratista y los que impliquen para la Institución Educativa contratante el cumplimiento del mismo durante la presente vigencia fiscal, se hace con cargo a la apropiación presupuestal N° 2.3.02.01.02 MANTENIMIENTO DE BIENES MUEBLES; según certificado de disponibilidad presupuestal N° 000028 del 11 de septiembre del 2020 y registro presupuestal N°00030 del 17 de septiembre del 2020 expedidos por el Auxiliar administrativo con funciones xx xxxxxxx de la Institución Educativa, por valor de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($ 3.559.500). DECIMAPRIMERA.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista para todos los efectos del presente contrato declara expresamente que no incurre en las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar, previstas legalmente. DÉCIMASEGUNDA. INDEMNIDAD: El contratista se compromete a ejecutar el objeto contractual, bajo su única responsabilidad y riesgo. La institución Educativa en ningún caso responderá por el pago de seguros, salarios y prestaciones sociales de su personal técnico y de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan derivarse de la ejecución del contrato. DÉCIMATERCERA. MULTAS: La xxxx o deficiencia en el cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista facultan a la institución Educativa contratante para imponer multas sucesivas equivalentes hasta del cinco por mil (5x1000) del valor total del contrato. DÉCIMACUARTA. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento parcial o tal del contratista de alguna de las obligaciones que adquiere mediante este contrato o declaratoria de caducidad, dará lugar además de su responsabilidad por perjuicios ocasionados, el pago de un diez por ciento (10%) del valor total del contrato a favor de institución Educativa contratante a título de clausula penal pecuniaria, para cuya efectividad se surtirá el mismo procedimiento establecido en la declaración de caducidad. DÉCIMAQUINTA. DE LA APLICACIÓN DE LA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: El valor de las
multas y de la cláusula penal pecuniaria a que se refieren las cláusulas anteriores serán impuestas por la entidad competente mediante resolución motivada y conforme al procedimiento consagrada en el artículo 86 de la ley 1474 del 2011. DÉCIMASEXTA.SITUACION JURIDICA DEL CONTRATISTA: El
contratista se considera para efectos de este contrato como independiente, en consecuencia, la institución Educativa contratante no adquiere ningún vínculo de carácter laboral con él, ni con las personas que dependan de el para el desarrollo de ese contrato. Por lo tanto, el pago de salarios y prestaciones sociales de este personal estará a cargo exclusivamente del contratista. DÉCIMASÉPTIMA. PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: El contratista atenderá
todas las obligaciones por concepto de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, ateniéndose a las normas legales vigentes en el momento de la celebración del contrato y a las que se expidan durante su desarrollo. Además, responderá por todas las prestaciones extralegales que tenga pactadas o pacte con sus trabajadores. En consecuencia, si como resultado de la solidaridad prescrita por el artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo, Institución Educativa contratante fuere obligada judicialmente a pagar alguna suma por concepto de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones por despido injusto o indemnizaciones originadas por la ocurrencia de accidentes de trabajo o
enfermedad profesional ( artículo 216 del código sustantivo de trabajo) el contratista se obliga a cancelar el monto de la indemnización ordenada y si la Institución Educativa contratante llegare a cancelar el monto de la indemnización tendrá derecho a repetir contra el contratista por la cantidad pagada. DECIMAOCTAVA. AFILIACION Y PAGO AL SISTEMA DE SEGURIAD SOCIAL. Al momento
de la suscripción del presente contrato, el contratista se encuentra al día con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y deberá continuar paz y salvo con los mismos en los términos establecidos en el artículo 50 de la ley 789/2002 y articulo 23 de la ley 1150/2007. Sera obligación del supervisor de este contrato, verificar previo a la realización de los pagos estipulados que el contratista se encuentre x xxx y salvo en el pago de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. DECIMANOVENA. SUPERVISION Y VIGILANCIA: La vigilancia del presente contrato estará a cargo de Institución Educativa contratante a través del XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX docente de sistemas, quien vigilará y supervisará el cabal cumplimiento del objeto del contrato de este y cumplirá las demás funciones inherentes a la vigilancia del mismo. VIGÉSIMA. PROHIBICION DE CEDER EL CONTRATO: El presente contrato se celebra teniendo en cuenta las calidades y condiciones especiales del contratista, por lo tanto, este no podrá ceder total o parcialmente a otra persona o entidad algunas sin previa autorización de la entidad contratante la ejecución del contrato. VIGÉSIMAPRIMERA.SUSPENSION: Por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito debidamente comprobadas y de mutuo acuerdo, se podrá entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del presente contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para efectos de plazo extintivo se compute dicho termino. VIGÉSIMASEGUNDA. ESTAMPILLAS Y DEMAS RETENCIONES XX XXX: El contratista autoriza a la Institución Educativa Contratante para que, por conducto de tesorería de los Fondos de Servicios Educativos, efectué de los pagos a su favor las deducciones por concepto de estampillas. VIGÉSIMA TERCERA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales del presente contrato hacen parte integral del mismo los siguientes documentos: 1) Certificado de Disponibilidad presupuestal. 2) Certificado de registro presupuestal. 3) propuesta presentada por el contratista. VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION. El presente contrato se entenderá perfeccionado una vez haya sido suscrito por las partes y para su ejecución requiere el registro presupuestal. VIGÉSIMA QUINTA. DOMICILIO: Para todos los efectos legales del contrato se fija como domicilio las instalaciones de la Institución Educativa Contratante.
Para su constancia se firma en el Municipio xx Xxxxxxx a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020).
Lic. XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX
RECTOR CONTRATISTA
C.C.: 2.571.764 de Guacari (Xxxxx) C.C. No. 16.282.500 xx Xxxxxxx