Diakonia y
(versión 210305)
Diakonia y
[Nombre de la consultora/o empresa/institución/organización]
Contrato de Consultoría Monto fijo
[Fecha]
Contenido
1. Naturaleza y alcance de la Asignación 4
2. Ejecución de la Asignación 4
3. Modificaciones de la Asignación 4
4. Cancelación de la Asignación 5
5. Gestión, responsabilidades y personal 5
9. Informes, documentación, etc 7
10. Propiedad y uso de los resultados 7
11. Violaciones de derechos de terceros 7
12. Otras asignaciones, etc. 8
14. GDPR ¡Error! Marcador no definido.
17. Legislación Aplicable y Controversias 10
[No olvide actualizar la lista de contenido]
CONTRATO DE CONSULTORÍA
Este contrato de consultoría (el “Contrato”) se suscribe este día en
Se debe revisar especialmente todo el texto en rojo e introducir la información pertinente para el país y el servicio.
ENTRE
1. Diakonia, No. Reg. [el registro de la oficina, o el registro de l Sede 802017-3517], una compañía debidamente constituida y organizada bajo las leyes de Suecia o la oficina en el país para firmar este contrato, teniendo su dirección registrada en Xxxxxxxxxxxxxxxxx00, Xxx 00000, 000 00 Xxxxxx, Xxxxxx [o inserte la Dirección de la Oficina]; y
2. Parte 2, No. Reg. XXXXXX-XXXX, una empresa debidamente constituida y organizada conforme a las leyes de XXXXX, con domicilio social en Dirección, Código postal, Ciudad, País, (el “Consultor”). Registro de IVA.
3. Con respecto al IVA y Diakonia
En Suecia:
Diakonia está registrada en Suecia como una asociación sin ánimo lucro y no se considera una persona sujeta a impuestos en Suecia. Diakonia Suecia deberá pagar siempre el IVA sobre las facturas de bienes y servicios. Todos los precios deben incluir el IVA en los procesos de licitación. En Suecia, el proveedor pagará luego el IVA de conformidad con la legislación fiscal sueca. En caso de que Diakonia Suecia contrate un proveedor extranjero deberá notificar el IVA del proveedor extranjero de acuerdo con las normas locales.
En las Regiones:
Por lo general, Diakonia pagará el IVA en los países de registro, lo que significa que todos los precios en los procesos de licitación deben incluir el IVA. Es importante que la oficina que adquiere bienes o servicios se asegure de que los proveedores tengan el registro del IVA y que las facturas incluyan el
El pago del IVA en el país depende de la legislación local en el país donde está registrada la oficina de Diakonia, y en particular de la legislación tributaria. Es posible que sea necesario llevar a cabo una investigación sobre la situación relacionada con la obligación de Diakonia de pagar el IVA en el país local, para conocer la situación tributaria de Diakonia.
En adelante, Diakonia y el Consultor se denominan colectivamente las “Partes” o
individualmente una “Parte”.
Nombre del Servicio: XXXXXX
El Servicio: XXXXX
Número y nombre de la subvención: XXXXX
Nombre de la Oficina y del Acuerdo de Diakonia: XXXXXX y YYYYYYY Fecha del Contrato: XX Mes 20XX
1. Naturaleza y alcance de la Asignación
a. Por Medio del presente Diakonia le asigna al Consultor la tarea de realizar, en calidad de Consultor # (en adelante denominado la “Asignación”).
b. El presente Acuerdo entrará en vigor el XX mes de 20XX y se aplicará hasta el XX mes de 20XX inclusive. El acuerdo podrá rescindirse de conformidad con XX.X [cláusula de rescisión más adelante].
c. El contenido y el alcance de la Asignación se indican en la Descripción de la Asignación, Apéndice 1. El propósito de la Asignación es #. El Consultor acuerda llevar a cabo la Asignación de acuerdo con las disposiciones específicas de este contrato. Cualquier incoherencia entre las distintas partes del Contrato se resolverá dando prioridad en el siguiente orden: (A) el Contrato; (b) los Términos y Condiciones de Diakonia; (c) el Presupuesto; (d) la Descripción o de la Asignación o la Cotización.
d. Apéndices:
Apéndice 1 Descripción del Servicio o Cotización Apéndice 2 Presupuesto/Propuesta financiera
Apéndice 3 Código de Conducta para proveedores de Diakonia (TBW)
2. Ejecución de la Asignación
a. El consultor deberá ejecutar todas las partes de la Asignación de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo y con la habilidad y el cuidado que Diakonia tenga razón para esperar de una empresa de consultoría de buena reputación en el campo de actividad del Consultor.
3. Modificaciones de la Asignación
a. Diakonia tiene derecho a modificar la Asignación mientras se realiza; sin embargo, cualquier cambio material requiere el consentimiento previo del consultor. Tal consentimiento no puede ser retenido injustificadamente. Cualquier modificación en la Asignación será acordada por ambas partes por escrito antes de que se lleven a cabo los cambios.
b. En caso de modificación de la Asignación, la compensación al Consultor se incrementará o disminuirá en proporción a la modificación.
c. El Consultor no tiene derecho a una indemnización por un posible aumento de los costos (más allá de cualquier remuneración adicional que pueda pagarse de conformidad con el párrafo anterior) que pueda surgir como resultado de las modificaciones de la Asignación.
4. Cancelación de la Asignación
a. Diakonia tiene derecho en cualquier momento a cancelar partes no realizadas de la Asignación. En caso de cancelación, Diakonia pagará una compensación al Consultor por el trabajo realizado y por los gastos reembolsables.
5. Gestión, responsabilidades y personal
a. Las Partes, en consulta mutua, planificarán los detalles y gestionarán la cesión. Si las Partes no pueden ponerse de acuerdo sobre un determinado asunto, prevalecerá la posición de Diakonia.
b. El representante del Consultor es # y el de Diakonia es #. Los representantes están autorizados a representar al Consultor y a Diakonia respectivamente en todas las cuestiones relativas al contenido de la Asignación. Una parte podrá sustituir en cualquier momento a su representante. La otra Parte debe ser informada de cualquier sustitución sin demora y por escrito.
c. El reemplazo de personal sólo puede ocurrir con el permiso de Diakonia.
6. Sub-consultores
a. El Consultor no tiene derecho a retener subconsultores sin el consentimiento previo por escrito de Diakonia.
b. Si se nombra a un subconsultor con la aprobación de Xxxxxxxx, el consultor será el responsable del trabajo realizado por el subconsultor y la compensación por dicho trabajo se pagará sobre la base aprobada por Diakonia y de acuerdo con la factura presentada por el subconsultor; sin embargo, la cantidad pagadera no podrá exceder en ningún caso el valor que tendría que haberse pagado de conformidad con este contrato si el Consultor hubiera realizado el trabajo.
7. Compensación
La moneda puede cambiarse según el contexto.
a. La compensación por la Asignación se pagará en forma de un monto fijo de X SEK, incluido el IVA, por los servicios prestados en virtud del presente Contrato. El monto total se basa en la tasa de cambio de 1 SEK = X XXX (X Mes XXXX, Fuente: Oanda). Diakonia no será responsable de las fluctuaciones de las tasas de cambio y no compensará ninguna desviación de las tasas de cambio.
b. [Gastos de viaje hasta un máximo de X SEK IVA incluido]. [Insertar i].
[Los gastos adicionales, como los gastos de viaje, hasta un máximo de X SEK, incluido el IVA, deben ser especificados por el Consultor y aprobados por Diakonia por escrito, antes de producirse. [Insertar a]. Los gastos adicionales se facturan sobre la base de los recibos de viaje y alojamiento adjuntos y sobre la base de la lista de viáticos de Diakonia (anexo X)], tomada de la lista de viáticos de las Autoridades Fiscales Suecas.
i. Se evitará todo tipo de viaje tanto como sea posible. Si es necesario viajar, es preferible viajar en tren u otro tipo de transporte público en lugar de viajar en avión o en automóvil, siempre que sea práctico. El viaje será en clase turista, usando la tarifa más baja disponible.
8. Pago
a. El pago se efectuará mediante factura en dos cuotas. Un monto correspondiente al X % (máximo 50%) del pago total, X SEK, se abonará mediante factura una vez que el Contrato haya sido debidamente firmado y Diakonia haya recibido un original. La primera factura debe entregarse a Diakonia a más tardar el X Mes XXXX. El valor restante correspondiente a X SEK se pagará después de que el informe haya sido entregado y aprobado por Diakonia/después de que se hayan cumplido los requisitos de presentación de informes. La factura final se debe entregar a Diakonia a más tardar el X Mes XXXX (en un plazo razonable, por ejemplo, 6 meses después de la finalización del acuerdo, si no afecta al presupuesto).
b. Las facturas se deben hacer a nombre de Diakonia [Oficina] y. enviarse a [dirección] o para la Sede (HO) [xxxxxxx@xxxxxxxx.xx]
c. Las facturas del Consultor deberán contener la siguiente información:
i. el alcance y la naturaleza del trabajo realizado
ii. una contabilidad de tiempo para cualquier segmento de la Asignación que pudiera haber aumentado
iii. descripción de los costos especiales con una especificación separada de cada uno de los elementos del costo
iv. costos de los subconsultores con especificaciones
v. nombre del acuerdo y fecha de firma
vi. persona de referencia/persona de contacto de Xxxxxxxx
vii. la última fecha de pago
viii. la suma facturada
ix. valor del IVA
d. Los soportes solicitados por Diakonia se deben adjuntar a la factura.
9. Informes, documentación, etc.
a. [El Consultor debe presentar informes detallados de los resultados obtenidos de forma continua y en los momentos que estipule Diakonia. Los informes se harán de acuerdo con las instrucciones de Diakonia. Al final de la Asignación, el Consultor debe presentar un informe final que contenga x].
b. Se debe entregar un informe [final] escrito sobre la Asignación a Diakonia el X de Mes de
XXXX. [U otros requisitos de informes].
10. Propiedad y uso de los resultados
a. Diakonia será el único propietario de todos los materiales y derechos de propiedad intelectual e industrial que se deriven de la ejecución de la Asignación (a los que se hace referencia conjuntamente en los sucesivo como “Resultados”). Todos los derechos de autor y cualquier derecho de patente u otros derechos de propiedad intelectual relacionados con los resultados constituyen propiedad de Diakonia.
b. El Consultor no tiene derecho a utilizar los Resultados en negocios futuros del Consultor.
c. El Consultor se compromete a que sus subconsultores firmarán y ejecutarán un compromiso vinculante de no cuestionar o impugnar la propiedad de los Resultados por parte de Diakonia.
d. Diakonia también tendrá derecho a enmendar y alterar cualquier Resultado y a ceder y otorgar licencias de todos sus derechos a terceros.
11. Violaciones de derechos de terceros
a. El consultor garantiza por medio de la presente que los resultados de la Asignación (los Resultados) pueden ser utilizados libremente por Diakonia y que no están gravados ni infringen el derecho de ningún tercero.
b. El Consultor se compromete a indemnizar a Diakonia por cualquier indemnización o daños que Diakonia, mediante acuerdo o sentencia, esté obligada a pagar por la infracción de un derecho de propiedad intelectual (incluidos los actos violatorios de la Ley de Secretos
Comerciales (Ley Sueca, por favor, indique la ley aplicable) derivados del uso de los resultados por parte de Diakonia.
c. En caso de reclamación de infracción, el Consultor se hará cargo de la disputa y seguirá un procedimiento legal en nombre de Diakonia, y a expensas de Diakonia, o bien garantizará a Diakonia el derecho a seguir utilizando los resultados o sustituirá una parte disputada de los resultados por resultados que puedan considerarse aceptables. Si el uso continuado de los Resultados se puede dar durante una disputa pendiente, el Consultor deberá proporciona la garantía por la pérdida que Diakonia pueda incurrir como resultado de una infracción reclamada.
d. Diakonia tendrá derecho a rescindir este Acuerdo si el Consultor no soluciona un defecto de la ley de propiedad intelectual en un plazo razonable desde el momento en que el Consultor ha recibido la notificación de Diakonia de una infracción reclamada por un tercero.
e. Además de las sumas que Diakonia esté obligada a pagar a un tercero, Diakonia tiene derecho a indemnización por cualquier otra pérdida derivada del defecto o infracción de la ley de propiedad intelectual.
12. Otras asignaciones, etc.
a. En la situación en que el Consultor emprenda cualquier otra tarea o realice o participe en cualquier proyecto comercial por cuenta propia o en nombre de otra parte que a) tuviera un efecto negativo en la capacidad de los consultores para completar los resultados acordados, así como en la asignación de tiempo necesaria para la asignación de Diakonia, o b) de alguna u otra manera pudiera dañar material y directamente la reputación o las actividades de Diakonia, el Consultor deberá alertar a Diakonia antes de asumir tal tarea o proyecto y emprenderá tal trabajo sólo con una dispensación específica de Diakonia. Las asignaciones o proyectos adicionales que no afecten la entrega de proyectos o la reputación o actividades de Diakonia no requerirán tal dispensación.
b. Durante la realización de la Asignación, el Consultor se compromete a proteger siempre los intereses de Diakonia y a no revelar ninguna información sobre las actividades de la organización a terceros. Este compromiso permanece en vigor después de la terminación del Contrato.
c. El Consultor debe informar inmediatamente a Diakonia de cualquier circunstancia que pueda estar en conflicto con las disposiciones del párrafo anterior.
13. Confidencialidad:
a. El Consultor se compromete a no revelar a terceros información confidencial de la Parte relativa a este Contrato o a Diakonia. A los efectos de esta sección, se entenderá por
información confidencial toda la información de carácter técnico, comercial o de otro tipo, independientemente de si la información está documentada o no, que Diakonia desea mantener confidencial. Se excluirá la información que sea o pueda ser puesta en el dominio público de otra manera que como resultado de una violación de esta disposición. El deber de confidencialidad se aplicará durante y después de la vigencia del Contrato.
14. RGPD
a. Si el Consultor va a manejar datos personales a nombre de Diakonia, se debe redactar un acuerdo mutuo por separado en relación con el compromiso del Consultor de actuar de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
15. Rescisión del Contrato
a. Cada Parte tendrá derecho a rescindir el Acuerdo inmediatamente si la otra Parte:
i. ha cometido un incumplimiento material del Contrato;
ii. se declara en bancarrota, presenta una solicitud para una orden de reorganización de la empresa, entra en liquidación, suspende sus pagos o es considerada insolvente.
16. Varios
a. Ninguna de las Partes podrá ceder o transferir total o parcialmente sus derechos y/u obligaciones en virtud del presente Contrato a terceros sin la aprobación previa por escrito de la otra Parte.
b. Sólo son válidas las enmiendas y adiciones al presente contrato que se realicen por escrito y que hayan sido firmadas por las Partes.
c. Ningún consentimiento o renuncia, expresa o implícita, por cualquiera de las Partes en relación con una violación o incumplimiento de la otra Parte en la ejecución de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo se considerará o interpretará como un consentimiento o renuncia de cualquier otra violación o incumplimiento por parte de la otra Parte de la misma o de cualquier otra obligación en virtud del presente. El hecho de que una de las partes no reclame frente a algún acto o incumplimiento de la otra Parte o que no declare que la otra Parte está en incumplimiento no constituirá una renuncia por parte de la primera Parte de sus derechos en virtud del presente Contrato. Ninguna renuncia de algún derecho bajo este Contrato será efectiva a menos que se haga por escrito y esté firmada por la Parte que pretenda otorgar dicha renuncia.
d. El Contrato y sus Apéndices constituyen el Acuerdo completo entre las Partes con relación a todos los asuntos a los que se refiere el Contrato.
e. El contenido del presente Contrato y de sus Apéndices sustituirá a todos los compromisos anteriores, ya sean orales o escritos.
17. Legislación Aplicable y Controversias
a. Este Acuerdo se interpretará de acuerdo con las leyes de Suecia y se regirá por ellas. [Elija
17.b o 17.c] (Las leyes de gobierno son diferentes dependiendo de dónde esté registrada la oficina de Diakonia. Se deben buscar las leyes que aplican antes de firmar el contrato.)
b. Cualquier disputa, controversia o reclamación que surja de o en relación con este Contrato, o el incumplimiento, terminación o invalidez de los mismos, se resolverá finalmente mediante arbitraje en Estocolmo, Suecia, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo.
c. Cualquier disputa que surja o esté relacionada con este Contrato, o el incumplimiento, terminación o invalidez del mismo, será resuelta exclusivamente por los tribunales suecos y el Tribunal de Distrito de Estocolmo (Sw. Stockholms tingsrätt) será el tribunal de primera instancia. [Utilice 17.c si el consultor es una empresa pequeña de una persona]
Acepte este Acuerdo por medio de una firma electrónica en un plazo de 10 días.
AUTORIZADO POR: ACEPTADO POR:
Diakonia Nombre del consultor
[Oficina]
Nombre: Nombre:
Cargo: Título:
Fecha: Fecha: