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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE CAMPAÑAS DE CO- MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
1. ANTECEDENTES, OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO Y PUBLICIDAD, RELACIONES ELECTRÓNICAS CON EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
1.1.- ANTECEDENTES.
27/07/2018 11:16:01
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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El «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» (en adelante, ITREM), es un organismo público con naturaleza jurídica de entidad pública empresarial, que se encuentra adscrito a la Consejería de Turismo y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto del Presidente nº2/2018, de 00 xx xxxxx, xx xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (XXXX xx 91 de 21 xx xxxxx); que fue constituido por el capítulo IV del libro III de la «Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional» de la Asamblea Regional xx Xxxxxx; y que tiene como fines generales la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región xx Xxxxxx en materia de turismo, en el marco de la política del Gobierno regional.
En cumplimiento de dichos objetivos el ITREM realiza diversos tipos de acciones promocionales, entre las que destaca la realización de campañas de publicidad a nivel nacional e internacional de los recursos y productos turísticos existentes, con la finalidad de dar a conocer la Xxxxx Cálida-Región xx Xxxxxx como destino vacacional y aumentar el flujo de turistas que nos visitan.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Para la Región xx Xxxxxx, los países anglosajones son los principales emisores de turismo internacional, aportando el 42,1% del total de turistas extranjeros y el 39,6% de su gasto. Así, el turismo internacional de la Región xx Xxxxxx se caracteriza por una fuerte dependencia xxx xxxxxxx anglosajón, muy superior a la del conjunto de España donde la cuota es del 20,4% (frente al 42,1% en la Región xx Xxxxxx), por lo que los efectos negativos de la salida del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Xxxxx Unido) de la Unión Europea (UE), conocido como Brexit, tendrán un mayor impacto que en el resto del país en el turismo regional.
Conforme a lo establecido en el artículo 99.3 de la LCSP se prevé la realización independiente de cada una de las partes del contrato mediante su división en lotes, atendiendo a los mercados y segmentos objetivo de la contratación; estando claramente definidas las características requeridas por el ITREM, las cuales admiten perfectamente la fragmentación del objeto del contrato, y considerando además más eficiente su ejecución de forma separada.
1.2.- OBJETO.
El presente pliego tiene por objeto establecer las cláusulas administrativas que van a regir en el procedimiento abierto para la contratación de campañas de co-marketing promocional entre el Itrem y empresas de transporte y/u operadores turísticos con presencia en el mercado británico e irlandés que comercialicen servicios de transporte de personas y otros servicios turísticos complementarios con destino a la Región xx Xxxxxx, divididos en los siguientes lotes:
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LOTE 1. EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX EN CAMPAÑAS DIRIGIDAS AL ÁMBITO 1: GRANDES CIUDADES DE REINO UNIDO Y REPÚBLICA XX XXXXXXX – SEGMENTO COSMOPOLITA.
LOTE 2. EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX EN CAMPAÑAS DIRIGIDAS AL ÁMBITO 2: NORTE DE REINO UNIDO – MULTISEGMENTO.
27/07/2018 11:16:01
LOTE 3. EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX EN CAMPAÑAS DIRIGIDAS AL ÁMBITO 3: SUR DE REINO UNIDO – MULTISEGMENTO.
1.3.- RÉGIMEN JURÍDICO Y PUBLICIDAD.
Esta contratación se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.4 de la LCSP, los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.
El ITREM desarrolla la presente contratación en su calidad de poder adjudicador que tiene carácter de administración pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y 3.3 letra d) de la LCSP.
La presente CONTRATACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, en atención a lo establecido en los artículos 19, 22.1 letra b) y 22.2 de la LCSP.
El procedimiento y forma de adjudicación, se llevará a cabo mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 156, 157 Y 158 de la LCSP.
A los efectos de la presente contratación y de las normas y documentos que constituyen su régimen jurídico, se entenderá por «poder adjudicador» o simplemente por «contratante» al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», y se entenderá por «empresa contratista» o simplemente por «contratista» o «adjudicataria» a la empresa o empresario que aquélla contrate para la realización de las prestaciones en cuestión. Por su parte, las referencias al
«órgano de contratación» han de entenderse referidas al órgano competente de la entidad pública empresarial «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 135.1 de la LCSP, los anuncios de este procedimiento se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Perfil del Contratante del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
27/07/2018 11:16:01
El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento. Ante cualquier discrepancia entre la versión en castellano de este pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, y otras que pudieran editarse en distinto idioma, prevalecerá siempre la primera.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Los interesados en el procedimiento de licitación podrán solicitar información adicional, documentación complementaria y aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación a condición de que lo hagan al menos 12 días antes del transcurso del plazo previsto para la presentación de las proposiciones a través del apartado de formulario de solicitud genérica de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (https:\\xxxx.xxxx.xx). A estos efectos el código de identificación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx (código DIR3) es el A14022337, y el código para sus procedimientos de contratación es el 1609. En el caso de que lo solicitado sean ACLARACIONES, las respuestas del ITREM tendrán carácter vinculante y se harán públicas en su perfil del contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato es la Oficina de Promoción del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
1.4 RELACIONES ELECTRÓNICAS CON EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX. Todos los licitadores deberán disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el
D.N.I. electrónico.
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Así mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 140.1a).4 de la LCSP, todos los licitadores deben indicar la DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO HABILITADA en la que se practicarán por parte del ITREM la totalidad de las comunicaciones que se deriven de la tramitación del presente procedimiento de contratación. URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
A los efectos de lo previsto en el Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas consta como código DIR3 del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx el A14022337.
El código para los procedimientos de contratación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx es el 1609.
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
27/07/2018 11:16:01
2.1.- Se fija como PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN para cada lote las siguientes cantidades: Lote 1: CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (484.000,00 €), IVA incluido, a
razón de 242.000,00 € al año.
Lote 2: DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL EUROS (242.000,00 €), IVA incluido, a razón
de 121.000,00 € al año.
Lote 3: CIENTO VEINTIÚN MIL EUROS (121.000,00 €), IVA incluido, a razón de 60.500,00
€ al año.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El IVA ha sido calculado al tipo del 21% vigente en España. De acuerdo con lo señalado en el art. 84. Uno 2º a) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, si el adjudicatario no se encontrase establecido en el territorio de aplicación del impuesto, sería de aplicación el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, por lo que correspondería al ITREM liquidar y pagar el impuesto en España.
2.2.- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 100.2 de la LCSP, la elaboración del presupuesto base de licitación se ha realizado teniendo en cuenta los precios xx xxxxxxx.
Según los Ratios sectoriales de las sociedades no financieras (base RSE) del Banco de España en el sector M731, referente a publicidad, los costes se desglosan de la siguiente manera:
- Costes directos: 82,18%.
- Gastos generales de estructura: 12,47%.
- Beneficio industrial: 5,35%.
2.3.- De conformidad con lo señalado en el art.101 de la LCSP, el VALOR ESTIMADO para esta contratación es de SETECIENTOS MIL EUROS (700.000,00 €) IVA excluido, habiendo sido el método aplicado para su cálculo, el de precios unitarios de los componentes de la prestación, y habiéndose tenido en cuenta para ello los costes que se derivan de su ejecución material, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial.
27/07/2018 11:16:01
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2.4.- Las facturas deberán emitirse por la contratista con periodicidad trimestral, en legal forma y con las retenciones e impuestos que legalmente correspondan, y deberán presentarse en las oficinas del ITREM, sitas en la Xxxx. Xxxxx Xxxxx, 0, (Xxxxxxxx XXX), 00000 – Xxxxxx. No pudiendo facturarse cada año más de la mitad del precio de adjudicación de cada uno de los lotes.
Las facturas deberán contener las prestaciones del servicio que se hayan efectuado en el trimestre correspondiente, señalándose así expresamente en el concepto de la factura.
Para el abono de las facturas el adjudicatario deberá haber cumplido la obligación de presentación trimestral de un informe de actividad, con comprobantes y certificados de la ejecución de las acciones publicitarias contratadas, para cuya verificación el ITREM tendrá un plazo máximo de treinta días, el cual se suspenderá en caso de que la contratista fuese requerida para subsanar la justificación presentada o aportar aquella omitida.
Dichos informes deberán contener debidamente descritas, valoradas y justificadas las acciones de promoción realizadas por su cuenta por la contratista en el mismo trimestre, debiendo ser al final de cada uno de los dos ejercicios el importe facturado, al menos igual a la valoración de las acciones realizadas por su cuenta por la contratista en dicho ejercicio.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210.4 de la LCSP, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del documento de conformidad con lo dispuesto en el contrato, deberá acordarse y notificarse al contratista la liquidación correspondiente, abonándosele, en su caso, el saldo resultante, mediante transferencia bancaria a nombre del adjudicatario contratista, en la cuenta bancaria que éste indique en su oferta o en cualquier otra que notifique expresamente a la entidad contratante con posterioridad.
2.5.- El PRECIO DEL CONTRATO será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio queda incluido cualquier otro tipo de gasto que necesite satisfacer la contratista para la realización del servicio ya sean gastos generales, financieros, de material, de equipo técnico o de cualquier otra naturaleza, así como el beneficio imputable a su gestión, cánones, tasas, impuestos y contribuciones de
cualquier clase que sea, incluidos los gastos derivados de cualquier acción presentada en la oferta, a excepción del IVA que se adicionará a cada factura como partida independiente, y en el caso de que se incurra en el supuesto de aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo previsto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, habrá de señalarse con valor de 0,00 €.
2.6.- Para atender a las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, está prevista la consignación presupuestaria y crédito adecuado y suficiente de fondos propios con cargo al presupuesto de ITREM para los ejercicios 2019 y 2020 en los que se debe realizar la ejecución del gasto, de acuerdo con el correspondiente expediente de retención de crédito RC456-18.
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2.7.- No se admitirán ofertas cuyo importe sea superior al presupuesto máximo fijado para la presente contratación.
2.8- En las ofertas económicas que se formulen, se especificará la cantidad propuesta IVA excluido, entendiéndose siempre, que en la cantidad propuesta se incluye cualquier otro tipo de impuesto o carga fiscal que le sea de aplicación, en su caso, por la naturaleza del contrato.
27/07/2018 11:16:01
3.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y REVISIÓN DEL PRECIO.
El contrato obligará a las partes desde su formalización y tendrá una duración de dos años.
La ejecución de las acciones publicitarias está previsto que se lleve a cabo desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
4.- CLASIFICACIÓN EXIGIDA.
No se requiere exigencia de clasificación, conforme a lo dispuesto en el art. 77 de la LCSP.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Sin perjuicio de lo expuesto, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx acreditará, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional establecidos en los apartados 12.3 y 12.4 del presente pliego, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimosexta de la LCSP, si a la licitación concurren empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad,
solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se podrá realizar:
- bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado Miembro de la Unión Europea, o
- bien mediante la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva.
Según lo establecido en los artículos 37 y 38 del RGLCAP, la clasificación aplicable a cada uno de los lotes, atendiendo a la correspondencia entre subgrupos de clasificación de servicios y códigos CPV incluidos en cada subgrupo del Anexo II del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público (RGLCAP), será la siguiente:
27/07/2018 11:16:01
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CPV 79341000-6. Servicios de publicidad. GRUPO T, SUBGRUPO 1. CATEGORIA 1. 5.- APTITUD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA EXIGIDA AL LICITADOR.
5.1- Capacidad para contratar
5.1.1 Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 69 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP y en la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP o, se encuentren debidamente clasificadas.
Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
5.1.2 Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
5.1.3 Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar con el sector público siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas, exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
5.1.4 Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar
mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada, como ocurre en el presente supuesto, se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
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5.1.5 Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
27/07/2018 11:16:01
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
5.2.- Xxxxxxxxx exigida al licitador
5.2.1 En lo que se refiere a las condiciones mínimas de SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA del artículo 87 de la LCSP, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77.1 b) del citado texto legal, la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En aquellos casos en que el empresario no esté clasificado, la solvencia económica y financiera se acreditará por el siguiente medio: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 300.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 1, 150.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 2, y 75.000,00 € si lo son del lote 3.
5.2.2- En relación a las condiciones mínimas de SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL a las que se refiere el art. 90 de la LCSP, esta se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, las fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
El requisito mínimo para considerar acreditada esta solvencia, será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 140.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 1, 70.000,00 € si resultan adjudicatarios del lote 2 y, 35.000,00 si lo son del lote 3.
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Los medios y pruebas necesarios para poder acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se describen en la cláusula decimosegunda (12) del presente pliego y tendrán que ser presentados por el licitador propuesto como adjudicatario cuando le sea requerido para ello.
27/07/2018 11:16:01
6. GARANTÍA DEFINITIVA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la LCSP, se establece para el adjudicatario del contrato de cada lote una garantía definitiva equivalente al 5% del precio final ofertado por el mismo, IVA excluido.
Esta garantía podrá prestarse cualquiera de las formas establecidas en el artículo 108 de la LCSP, o bien, a elección del adjudicatario, mediante la retención en el precio de la primera o en sucesivas facturas, si el importe de la primera no fuera suficiente para cubrir la totalidad de la misma.
La garantía se depositará, en cualquier caso, ante el órgano de contratación del ITREM y su reposición, reajuste, devolución y cancelación se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 y 111 de la LCSP.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El plazo de garantía será de 3 meses desde la finalización de la ejecución del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 110 de la LCSP y no podrá devolverse o cancelarse hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía previsto y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía.
7.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato de servicios se adjudicará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 156, 157 Y 158 de la LCSP.
Dada la complejidad en la valoración técnica de los elementos objeto de licitación, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de tres meses a contar desde el acto de apertura del Sobre B.
8.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA.
8.1 Presentación de las ofertas.
27/07/2018 11:16:01
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LAS OFERTAS SE PRESENTARÁN EN LENGUA CASTELLANA. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano. No obstante, el órgano de contratación se reserva la posibilidad de admitir directamente sin necesidad de traducción al castellano, los documentos redactados en inglés.
Las ofertas se presentarán únicamente en el Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx, Xxxx. Xxxxx Xxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, de lunes a viernes en horario de atención al público (de 9:00 a 14:00), a la atención del «Área Jurídica, Régimen Interior y Contratación», dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación publicado en el DOUE, que en cualquier caso será de al menos de 35 días naturales desde la fecha del envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, según dispone el artículo 156.3 de la LCSP. El anuncio se publicará también en el perfil del contratante del ITREM.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
No obstante lo anterior, las proposiciones podrán también presentarse por correo, debiendo en este caso el empresario justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos o cualquier empresa de mensajería, y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta al siguiente correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx en el mismo día, consignándose en una carátula adjunta al justificante el número de expediente, título completo del objeto del contrato , denominación social y CIF de la empresa o, en su caso, nombre del licitador con su D.N.I.
La acreditación de la recepción del referido correo electrónico se efectuará mediante diligencia extendida por la oficina receptora del ITREM. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
En todo caso, transcurridos diez días naturales desde esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Ningún licitador podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ha presentado alguna proposición individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea establecidos en el Anexo I Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público.
27/07/2018 11:16:01
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Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación deben ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Los medios electrónicos, informáticos o telemáticos empleados deben poder garantizar que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimosexta de la LCSP.
8.2 Forma de Presentación
Dado que la contratación se llevará a cabo por lotes, se presentarán por el licitador, o persona que lo represente: UN ÚNICO SOBRE “A” POR EMPRESA, Y UN SOBRE “B” y UN SOBRE “C”
POR CADA LOTE AL QUE SE OPTE, debidamente cerrados y firmados, y CON INDICACIÓN EN EL ANVERSO DE LOS MISMOS Y DE MANERA LEGIBLE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
1. El nombre o razón social del oferente, domicilio y número de identificación fiscal, persona de contacto, teléfono y una dirección de correo electrónico a efecto de notificaciones.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
2. La denominación de la contratación: « CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.».
3. La denominación y contenido de cada sobre:
Sobre A: Documentación de capacidad y solvencia.
Sobre B: Documentación que deba ser valorada conforme a criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor.
Sobre C: Documentación relativa a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
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4. El número de lote al que concurre según las denominaciones de cada uno de ellos que figuran en el apartado 1.2 del presente pliego.
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:
Domicilio: C.I.F.:
PERSONA DE CONTACTO
Teléfono: Email:
CONTRATACIÓN: CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
Firma.
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
Domicilio: C.I.F.:
PERSONA DE CONTACTO
Teléfono: Email:
CONTRATACIÓN: CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
LOTE:
Firma.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
Domicilio: C.I.F.: PERSONA DE CONTACTO:
Teléfono: Email:
CONTRATACIÓN: CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
LOTE:
Firma.
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8.3. Documentación a presentar en cada sobre:
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias auténticas, conforme a la legislación en vigor.
Los licitadores deberán designar en sus ofertas la información que, en su caso, consideren confidencial. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El deber de confidencialidad del órgano de contratación así como de sus servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE ≪A≫
DOCUMENTACIÓN DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA
Los licitadores presentarán un único sobre A que contendrá los siguientes documentos:
1) Declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación (DEUC), que deberá estar firmada electrónicamente y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de manifiesto las circunstancias referidas en el artículo 140.1 a) de la LCSP, conforme a las orientaciones que se desarrollan en el ANEXO I.
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2) En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, de conformidad con el artículo 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos, con arreglo al modelo normalizado del documento europeo único de contratación.
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3) En los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal de empresas (UTE), se aportará una declaración responsable por cada empresa participante(DEUC), así como el compromiso de constituir formalmente la UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato, según el modelo que figura como XXXXX XX al presente pliego.
4) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
5) Declaración expresa de si existen o no empresas del mismo grupo o vinculadas que concurran a la licitación, a los efectos de lo establecido en el artículo 149.3 de la LCSP y artículo 86 del RGLCAP, según modelo que figura como XXXXX XXX de este pliego. Se consideran empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
6) Declaración de preferencia de lotes conforme al ANEXO IV que se adjunta al presente pliego.
La falta de presentación de los documentos relacionados en este apartado podrá determinar la no consideración de la proposición y la exclusión del licitador. No obstante, si a juicio de la Mesa de Contratación, ésta observare defectos u omisiones subsanables en la misma, podrá concederle un plazo no superior a tres días naturales, con objeto de que los concurrentes
interesados puedan corregir o aportar la documentación pertinente, previa su comunicación verbal y/o a través de correo electrónico.
NO PODRÁ INCLUIRSE EN EL “SOBRE A” NINGÚN ASPECTO RELATIVO AL CONTENIDO DEL SOBRE C (AQUELLOS ASPECTOS DE LA OFERTA RELACIONADOS CON LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS), SIENDO ESTA ACCIÓN CAUSA DIRECTA DE EXCLUSIÓN DE LA OFERTA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CON RESPECTO A ESE LOTE.
SOBRE ≪B≫
CRITERIOS PONDERABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR
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Los licitadores presentarán un SOBRE B POR CADA LOTE AL QUE OPTEN y este sobre contendrá la Propuesta técnica consistente en la PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA GLOBAL Y TÁCTICA DE ACCIONES (tanto las que se financien con la aportación del ITREM como las que sean por cuenta del licitador) que será elaborada con arreglo a los requisitos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas y a los criterios de baremación establecidos en el apartado decimo (10) del presente pliego.
EN ESTE “SOBRE B” NO SE PODRÁ INCLUIR NINGUNA INFORMACIÓN QUE PUEDA DESVELAR EL CONTENIDO DEL SOBRE C (AQUELLOS ASPECTOS DE LA OFERTA RELACIONADOS CON LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS), SIENDO ESTA ACCIÓN CAUSA DIRECTA DE EXCLUSIÓN DE LA OFERTA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CON RESPECTO A ESE LOTE.
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SOBRE ≪C≫
CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
Los licitadores presentarán un sobre C por cada lote al que opten en el que incluirán:
- Proposición económica que se ajustará al modelo adjunto al presente pliego como
ANEXO VI.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
De acuerdo con lo señalado en el artículo 139.4 de la LCSP, las propuestas económicas deberán expresar de manera separada, esto es en partidas independientes, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. En la propuesta económica se plasmará el coste total del servicio a precio xx xxxxxxx (no de tarifa).
9.- ADMISIÓN DE PROPOSICIONES Y CALIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS.
9.1- Las ofertas serán admitidas durante el plazo fijado en el anuncio de convocatoria del concurso que se publicará en el DOUE y en el perfil del contratante del ITREM.
9.2- Dicho plazo, no podrá ser inferior a 35 días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea.
9.3- En principio, serán admisibles todas las propuestas que se ajusten a lo previsto en este pliego, y cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas.
9.4- Certificación y calificación de los documentos del “Sobre A”. Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación junto con el certificado de la persona responsable del Registro, la Mesa de contratación calificará la documentación contenida en el citado sobre. De acuerdo con lo señalado en el art. 141.2 de la LCSP, si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en los documentos presentados por los distintos licitadores concederá un plazo no superior a tres días naturales para que los licitadores puedan subsanarlos.
Posteriormente se reunirá la Mesa de contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de las personas licitadoras.
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9.5- Apertura de proposiciones del “Sobre B” Por la Mesa de contratación en el día y hora señalado en el perfil de contratante del órgano de contratación, se procederá a la apertura pública del sobre B, que contiene los criterios ponderables mediante juicio de valor.
La Mesa de Contratación valorará el contenido del “Sobre B”, a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos de conformidad con lo previsto en el artículo 150.1 y
157.5 de la LCSP.
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9.6- Apertura de proposiciones del “Sobre C”. Por la Mesa de contratación en el día y hora señalado en el perfil de contratante del órgano de contratación, se procederá al acto público de apertura del “Sobre C”.
Finalmente, la Mesa de Contratación procederá a valorar el contenido del “Sobre C” utilizando los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas señaladas en este pliego, levantando acta con el resultado de las valoraciones.
9.7- Clasificación de las ofertas. La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente las proposiciones presentadas, y elevará una propuesta de adjudicación al órgano de contratación, pudiendo solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto.
10.- CRITERIOS DE VALORACIÓN A TENER EN CUENTA PARA LA ADJUDICACIÓN.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El órgano de Contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar la contratación de cada lote a la oferta que presente la mejor relación calidad precio, o bien declarar desierta la licitación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
10.1.- CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: PLANIFICACION ESTRATÉGICA GLOBAL Y PLAN TÁCTICO DE ACCIONES – hasta 49 puntos.
Hace referencia a la idoneidad de las acciones seleccionadas en función del ámbito establecido, su distribución en el tiempo en función de las fechas de la campaña, el público
objetivo delimitado para cada lote y el grado de notoriedad y eficacia de los formatos seleccionados.
10.2- CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
10.2 .1 ALCANCE DE LA CAMPAÑA – hasta 25 puntos
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Se valora el total de las personas alcanzadas con la campaña según las acciones propuestas en la planificación estratégica global. Los licitadores deberán desglosar igualmente el alcance de cada una de las acciones reflejadas en su plan táctico. La puntuación asignada para este criterio es la siguiente:
Oferta a evaluar
Pa = x 25 Oferta con mayor alcance
Siendo:
Pa: Puntuación del alcance de la campaña.
Los resultados se redondearán también con dos (2) cifras decimales.
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10.2.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO SUPERIOR A LA MÍNIMA REQUERIDA – hasta 15 puntos
Se valorará la experiencia del equipo propuesto (mínimo 3 personas, máximo 5) encargado de la realización de la propuesta de co-marketing para la planificación estratégica, compra de espacios publicitarios y ejecución de acciones publicitarias, a razón de 3 puntos por cada año o fracción de experiencia del equipo, hasta un máximo de 15 puntos.
Para el cálculo de la experiencia profesional del equipo de trabajo, se realizará la media aritmética de los años de experiencia de cada uno de los integrantes del equipo, y al resultado obtenido se le aplicará el baremo previamente mencionado.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Para acreditar la experiencia profesional del equipo mínimo a adscribir, en este tipo de trabajos, el licitador propuesto como posible adjudicatario deberá presentar, junto con el resto de la documentación necesaria, los currículos vitae de cada uno de los integrantes (mínimo 3), rubricados por los mismos, en los que se detallen los trabajos similares realizados y durante cuánto tiempo, acompañados de los certificados de empresa correspondientes.
En caso de que no se acreditara la experiencia ofertada con la documentación requerida, no se podrá adjudicar a este licitador, pasando la posible adjudicación al siguiente clasificado.
En caso de que el equipo de trabajo sea externo, el posible adjudicatario deberá aportar un compromiso de vinculación entre el licitador y el equipo de trabajo para la ejecución de este contrato.
10.2.3 PROPUESTA ECONÓMICA – hasta 11 puntos
Las ofertas económicas se valorarán atendiendo a un criterio estricto de proporcionalidad de las ofertas, de acuerdo con la siguiente fórmula y con un máximo de 11 puntos:
Oferta más económica
Po = x 11 Oferta a evaluar
Siendo:
Po: Puntuación de la oferta económica
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Los resultados se redondearán también con dos (2) cifras decimales.
10.2.4- PARÁMETROS PARA IDENTIFICAR UNA OFERTA COMO PRESUNTAMENTE ANORMAL.
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De conformidad con lo señalado en el artículo 149 de la «Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000», xxx xxxxxxxxxx objetivos para identificar los casos en que una oferta se pueda considerar presuntamente como anormal, en referencia a la consideración de la misma en su conjunto, serán los siguientes: Se presumirá que una oferta puede ser anormal, cuando la puntuación total obtenida por la misma, aplicados los criterios de adjudicación xxx Xxxxxx, exceda en más de 20 unidades porcentuales a la puntuación media obtenida por el conjunto de las ofertas válidas presentadas. No obstante, si dándose lo anterior hubiera ofertas con puntuación inferior en 20 unidades porcentuales a dicha puntuación media, se calculará una nueva media sin considerar las ofertas que se encuentren en este supuesto.
11.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Número máximo de lotes a los que puede presentar una oferta y de los que puede ser adjudicatario un mismo licitador:
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Un mismo licitador podrá presentar oferta a todos los lotes. Por otro lado, se limita el número de lotes a adjudicar a un mismo licitador, no pudiendo éste ser adjudicatario de más de un lote. En el caso de que un mismo licitador haya obtenido la mejor puntuación en dos o tres lotes a los que haya presentado oferta, la Mesa de contratación atenderá para su adjudicación a lo declarado en el documento de preferencia que figura como ANEXO IV del presente pliego.
12. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO.
La Mesa de contratación requerirá a la persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla en este apartado.
Los documentos deberán aportarse mediante originales o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales.
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En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada una de sus componentes presentará la documentación exigida en esta cláusula, acreditando su capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 69 de la LCSP.
12.1.- Si la empresa propuesta como adjudicataria se encuentra clasificada, puede acreditar la representación, la capacidad para contratar, la solvencia técnica o profesional y la económica y financiera, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar mediante certificado en vigor del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, ya sea estatal o de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Este certificado deberá ir acompañado de una declaración expresa responsable, emitida por el representante legal, relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo.
Así mismo, si el adjudicatario es un empresario extranjero de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se podrá realizar:
- Bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado Miembro de la Unión Europea, o
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
- Bien mediante la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva.
La clasificación de las Uniones de empresarios será la resultante de la acumulación de las clasificaciones de las empresas agrupadas, de conformidad con lo establecido en el artículo
69.6 de la LCSP, así como en el reglamento de desarrollo, y demás normas reguladoras de la clasificación de empresas.
12.2.- Documentos acreditativos de la PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL EMPRESARIO, así como su representación.
1. Escritura de constitución o documento equivalente, y en su caso de modificación de estatutos que afecte a la forma, a la denominación, al domicilio, o al objeto. Documentos en los que deberá constar la inscripción en el Registro Mercantil o en cualquier otro que correspondiese, cuando ello fuese obligatorio.
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2. Escritura de apoderamiento o documento equivalente, o en su caso, de nombramiento de administrador/es o consejero/s delegado/s mancomunado/s o solidario/s. Documentos en los que deberá constar la inscripción en el Registro Mercantil o en cualquier otro que correspondiese, cuando ello fuese obligatorio.
3. Copia auténtica del CIF de la empresa.
4. Copia auténtica del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
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5. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará:
- mediante la presentación de certificación u otra documentación probatoria de su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos (y que se indican en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público), o
- mediante declaración jurada ante notario u otro fedatario público del Estado donde están establecidas, que cuente con apostilla de La Haya.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
6. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa., en la que se haga constar, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Así mismo, deberán acompañar informe de la Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP.
No será necesario presentar dicho informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
7. De presentarse a la licitación uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, los documentos acreditativos de la capacidad de obrar de cada una de las empresas que la componen, conforme a las cláusulas precedentes. En el escrito de proposición de unión, deberán indicar los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y nombrar un representante único de la agrupación con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión de empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma.
12.3.- Documentación en relación a las PROHIBICIONES DE CONTRATAR:
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12.3.1 En el caso de empresas españolas, éstas tendrán la opción de presentar directamente o autorizar al ITREM, la siguiente documentación:
a.- Certificado positivo de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. b.- Certificado positivo de la Agencia Tributaria de la Región xx Xxxxxx de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Regional.
c.- Certificado positivo de la AEAT de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal.
27/07/2018 11:16:01
Así mismo, las empresas españolas acreditarán estar dadas de alta en la matrícula fiscal del IAE en el epígrafe adecuado a la materia de contratación objeto de la presente contratación, y de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales derivadas del mismo. Todo lo cual podrá acreditarse de una de las siguientes maneras, según corresponda:
a) Presentación del documento de alta, referida al último ejercicio corriente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
b) Presentación de un recibo de pago del IAE, referido al último ejercicio corriente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
c) Presentación del documento de alta, en algún ejercicio anterior, completado con una declaración responsable de no hallarse obligado al pago del citado impuesto y con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
d) Presentación de una certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, señalando que en la actualidad está dada de alta en el epígrafe correspondiente, completado con una declaración responsable de no hallarse obligado al pago del citado impuesto.
12.3.2.- En el caso de empresas de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Certificados emitidos por las autoridades competentes del país de origen de hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
12.3.3.- En el caso de empresas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea:
Certificados emitidos por las autoridades competentes del país de origen de hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
12.3.4.- Declaración expresa de no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, de acuerdo con lo señalado en el art. 85 de la LCSP: “mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado”. Se adjunta como ANEXO VII el modelo de Acta Notarial de Manifestaciones.
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En el caso de empresas de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta declaración deberá realizarse ante notario o autoridad similar de su país, con la correspondiente apostilla de La Haya, y traducida al español por traductor intérprete jurado. No obstante, se admitirán las redactadas en lengua inglesa.
27/07/2018 11:16:01
En el caso de empresas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea, está declaración deberá realizarse ante notario, con la correspondiente apostilla de La Haya, o ante la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Deberá aportarse traducida al español por traductor intérprete jurado. No obstante, se admitirán las redactadas en lengua inglesa.
12.4.- Documentos que acreditan la SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En lo que se refiere a las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera del artículo 87 de la LCSP, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74.2 del citado texto legal, la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma. En otro caso, el requisito de la solvencia económica y financiera se acreditará por el medio siguiente: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a 300.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 1, 150.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 2, y 75.000,00 € si los son del lote 3.
El volumen anual de negocios se acreditará aportando alguno de los siguientes documentos:
1. Las CUENTAS ANUALES aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
A estos efectos, el licitador propuesto como adjudicatario podrá solicitar al Registro Mercantil correspondiente el certificado del depósito de las cuentas para su remisión directa al ITREM.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
En el caso de empresas de países miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad, autenticadas por notario o autoridad similar de su país.
En el caso de las restantes empresas extranjeras, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad y autenticadas por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
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2. CERTIFICADO DE IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS a efectos de la gestión del Impuesto Sobre Actividades Económicas expedido por la Agencia Española de Administración Tributaria.
12.5.- Documentos que acreditan la SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.
Se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, las fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del adjudicatario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El requisito mínimo para considerar acreditada esta solvencia, será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 150.000,00 € si resultan propuestos como adjudicatarios del lote 1, 75.000,00 € si resultan adjudicatarios del lote 2 y, 37.500,00 si los son del lote 3.
12.6.- Declaración responsable del compromiso por parte del licitador propuesto como adjudicatario de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y personales suficientes para ello (Artículo 76.2 de la LCSP).
12.7.- Declaración responsable por parte del licitador propuesto como adjudicatario indicando en su caso, la parte del contrato que tiene eventualmente el propósito de subcontratar, señalando el importe y el nombre o perfil de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización y declarando que éstos cumplen con los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia exigidos en el presente pliego.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
12.8.- Designación del Jefe de Equipo, el cual mantendrá contacto regular con el responsable del contrato designado por el ITREM. Asimismo, deberá identificarse al resto de personal responsable de la ejecución del servicio.
12.9.- El licitador propuesto como adjudicatario, deberá aportar certificado de entidad bancaria donde conste la titularidad de dicha cuenta.
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12.10.- Presentación de los currículos vitae firmados por el personal técnico destinado a la ejecución del servicio, acompañados de las titulaciones y certificaciones de empresas que acrediten la experiencia.
13.- VIGENCIA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
13.1.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 153.3 de la LCSP, el contrato no podrá formalizarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a 5 días a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiere recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se haya interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, en muestra de aceptación.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
13.2.- El documento en que se formalice el contrato tendrá carácter administrativo.
13.3.- El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, debiendo entregarse al órgano de contratación la primera copia de la misma.
13.4.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato en el plazo anteriormente señalado, se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de
licitación, XXX excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula doce (12) del presente pliego.
14. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
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Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
14.1.- El contratista realizará la prestación del servicio con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de cláusulas administrativas, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que le diere la Dirección Técnica designada por «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
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14.2.- De conformidad con lo anterior, el adjudicatario deberá tener asegurado a su personal contra accidentes, así como cubrir los seguros sociales, impuestos y demás obligaciones laborales y fiscales previstas en la legislación vigente, declinando el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» cualquier posible reclamación o incidencia en este sentido; asimismo, deberá tener cubierta la Responsabilidad Civil que pueda derivarse de su actuación.
14.3.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
14.4.- Deberá ejecutar a su xxxxx, las subsanaciones de los trabajos recusados por defectuosos o incorrectos.
14.5.- Serán a cargo del contratista todos los gastos derivados de cualquier acción presentada en la planificación estratégica.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
14.6.- Será obligación del contratista, indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 196 de la LCSP.
14.7.- El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
14.8.- El Órgano de Contratación podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento, que vuelva acreditar la persistencia de su situación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, pudiendo ser su falta de acreditación motivo de resolución del contrato.
14.9.- La empresa contratista nombrará un Jefe de Equipo que mantendrá regularmente contacto con el responsable del contrato nombrado por el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
14.10.- Condición especial de ejecución del contrato. En relación con la ejecución del contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución del contrato la realización de acciones de formación en el lugar de trabajo por al menos dos de los tres trabajadores designados para la ejecución del mismo, en materia relacionada con su objeto. Dicha condición será acreditada mediante un certificado de la empresa adjudicataria del servicio, el cual deberá ir firmado también por las trabajadores/as que hayan recibido la formación.
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15. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.
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15.1.- La entidad contratante designará un Director Técnico del contrato, quien servirá de enlace entre la contratante y la contratista para la coordinación de la correcta ejecución de los servicios objeto del contrato, lo que incluye entre otras cosas: velar por el cumplimiento de los trabajos objeto de la contratación y validar la correcta ejecución de las prestaciones del contrato a medida que se vayan realizando.
15.2.- La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
15.3.- La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las acciones contratadas e informado de conformidad dichas acciones por el Director Técnico.
16.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El uso de imágenes, audios, logos, marcas y cualquier otro elemento análogo que el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» ceda a la empresa contratista para la ejecución de la presente contratación, se entenderá cedido con carácter no exclusivo, restringido al ámbito geográfico donde se vaya a ejecutar el contrato y limitado temporalmente al periodo de ejecución del mismo.
17.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el contrato por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en los artículos 203 a 207 de la LCSP , por lo que al objeto de lo establecido en la Disposición Adicional Vigésima apartado 6 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2018, serán causas de modificación del presente contrato
aquellas que, en su caso, fuera preciso introducir para posibilitar el objetivo de estabilidad presupuestaria que se fije.
En el procedimiento que se instruya, en su caso, para la adopción del acuerdo de modificación por el órgano de contratación, deberá darse audiencia al contratista.
El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
18.-SUBCONTRATACIÓN.
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El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, con los requisitos previstos en el artículo 215 de la LCSP. En todo caso:
- El licitador deberá indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
27/07/2018 11:16:01
- El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP.
- El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
-
Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la entidad contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
19.- CESIÓN DEL CONTRATO.
No podrán ser cedidos a terceros los derechos y obligaciones dimanantes del contrato que se formalice en virtud del presente procedimiento. No se entenderá por cesión a terceros (y por tanto no será de aplicación lo anterior) cualquier supuesto de transformación y/o integración empresarial de «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», ni cualquier transformación o integración de esta empresa dentro del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. En cualquiera de dichos casos, la entidad que asuma las competencias
relativas a la actividad objeto de esta contratación, se subrogará automáticamente en los derechos y obligaciones dimanantes de la misma.
20.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
20.1. Extinción por cumplimiento del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del ITREM, la totalidad de la prestación.
20.2 Extinción por resolución del contrato.
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Son causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 211 de la LCSP, con los efectos que se establecen en el artículo 213.
21.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.
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Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
22.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 44.2 de la LCSP podrán ser objeto del recurso especial en materia de contratación las siguientes actuaciones:
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149.
c) Los acuerdos de adjudicación.
d) Las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación.
e) La formalización de encargos a medios propios en los casos en que estos no cumplan los requisitos legales.
f) Los acuerdos de rescate de concesiones.
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La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 60 de la LCSP. Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO:
Anexo I.- Orientaciones para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC).
Anexo II.- Modelo de compromiso de UTE.
Anexo III. Modelo de declaración responsable de pertenencia a grupo de empresas.
Anexo IV. Modelo de declaración de preferencia de lotes.
Anexo V. Modelo para la valoración de la experiencia del equipo de trabajo.
Anexo VI. Modelo de proposición económica.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Anexo VII. Modelo de acta de manifestaciones ante Notario.
En Murcia, a fecha de la firma electrónica Xxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxx
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
ANEXO I
ORIENTACIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC).
1. Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en la en el perfil del contratante del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx, dentro del apartado anuncio de licitación.
2. Abrir el siguiente link: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx
3. Seleccionar el idioma “español”.
4. Seleccionar la opción "soy un operador económico".
5. Seleccionar la opción "importar un DEUC".
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6. Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1).
7. Seleccione el país y pinche “siguiente”.
8. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente (partes II, III, IV V – en su caso- y VI).
9. Imprimir y firmar el documento.
27/07/2018 11:16:01
10. Este documento debidamente cumplimentado y firmado se deberá presentar junto con el resto de la documentación de la licitación de acuerdo con lo establecido en los pliegos que rigen la convocatoria y dentro del plazo fijado en la misma.
11. En caso de que se trate de un contrato con varios lotes, deberá cumplimentar una declaración por cada lote por el que licite.
12. Cuando concurra a la licitación agrupado en una UTE, se deberá cumplimentar un documento por cada una de las empresas que constituyan la UTE.
13. En caso de que el licitador acredite la solvencia necesaria para celebrar el contrato basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que tenga con ellas, se deberá cumplimentar un documento por la empresa licitadora y otro por la empresa cuyos medios se adscriben.
Tienen a su disposición la "Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública", publicada en el Boletín Oficial del Estado Núm.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
85 xxx xxxxxxx 8 xx xxxxx de 2016 (Sec. III. Pág. 24845) en el siguiente link: xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx
ANEXO II
MODELO DE COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D/Xx…………………………………………………………………......., con D.N.I./NIF nº en
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF…………………. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a esta contratación.
D/Xx……………………………………………………….................., con D.N.I./NIF nº en
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa……………………………………………………………………………………CIF………………… en calidad de
…………………………………………………, para concurrir a esta contratación.
DECLARAN
1º.- Que se comprometen en nombre de las Empresas...................................................
y. , conjunta y solidariamente, a ejecutar el CAMPAÑAS DE
27/07/2018 11:16:01
CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
2º.- Que asimismo se comprometen, caso de resultar adjudicatarios, a constituirse en Unión Temporal de Empresas (UTE).
3º.- Que la participación de cada una de la Empresas en la UTE es la siguiente:
- ................................................. ...%
- ................................................. ...%
4º.-Que designan a D para que, durante la
vigencia del contrato, ostente la plena representación de la U.T.E., y el domicilio de la misma, a efectos de notificación, será……………............................................
(Lugar, fecha y firmas de los representantes de las empresas integrantes de la UTE)
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
ANEXO III
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
D./Xx.……………………………………………………………………………., con D.N.I./NIF nº en
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF……………..…. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a la contratación del « CAMPAÑAS DE CO- MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.»
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DECLARA
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación concurriendo con las empresas pertenecientes al mismo grupo siguientes:
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
27/07/2018 11:16:01
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación no concurriendo con otras empresas pertenecientes al mismo grupo.
□ Que la empresa a la que represento no forma parte de ningún grupo empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
(Lugar, fecha, firma del representante de la empresa)
*Marcar con X la casilla que proceda
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
ANEXO IV
DECLARACIÓN DE PREFERENCIA DE LOTES
D/Xx……………………………………………………………………………., con D.N.I./NIF nº en
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF……………..…. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a la contratación del CAMPAÑAS DE CO- MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX XXXXXX.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
DECLARA
Que, en caso de resultar propuesto como adjudicatario de dos lotes, la empresa que represento manifiesta su preferencia por el lote número…………
27/07/2018 11:16:01
(Lugar, fecha, firma y del representante de la empresa)
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
ANEXO V
VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO LOTE NÚMERO …..
(CRITERIO EVALUABLE DE FORMA AUTOMÁTICA)
D./Xx. ......................................................................, con D.N.I. núm. .........................., en
nombre y representación de....................................................................., con C.I.F. núm.
................................, con domicilio en..................., con teléfono núm. ..............................., y
con dirección electrónica: ....................................................................................................
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Enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto para la contratación de « CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN XX
XXXXXX.», cree que se encuentra en situación de acudir como licitador a dicho procedimiento, y a estos efectos, declara los siguientes datos en relación a su oferta que serán valorados conforme a los criterios establecidos en la cláusula xxxxxx xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas:
NOTA: RELLENAR EL CUADRO DEL LOTE AL QUE PRESENTEN OFERTA X XXXXXXXXXX XXXX XXXXX XX XX XXXXX X XXX XXXX XX QUE OPTEN.
27/07/2018 11:16:01
EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO
LOTE NÚMERO … | |
NOMBRE Y APELLIDOS | AÑOS DE EXPERIENCIA* |
Trabajador/a 1 | |
Trabajador/a 2 | |
Trabajador/a 3 | |
Trabajador/a 4 | |
Trabajador/a 5 |
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
* Expresar de manera numérica cada año y/o fracción de experiencia por trabajador.
(Lugar, fecha y firma del representante de la empresa)
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx
ANEXO VI
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA LOTE NÚMERO …..
(CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA)
D./Xx. ......................................................................, con D.N.I. núm. , actuando
en nombre y representación de....................................................................., con C.I.F. núm.
................................., con domicilio en ,
con teléfono núm. , y con dirección electrónica a efecto de notificaciones
en: .......................................................................................................................
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Enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento negociado para la contratación de una « CAMPAÑAS DE CO-MARKETING PROMOCIONAL ENTRE EL ITREM Y EMPRESAS DE TRANSPORTE Y/U OPERADORES TURÍSTICOS CON PRESENCIA EN EL MERCADO BRITÁNICO E IRLANDÉS QUE COMERCIALICEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y OTROS SERVICIOS TURÍSTICOS COMPLEMENTARIOS CON DESTINO A LA REGIÓN DE
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MURCIA», cree que se encuentra en situación de acudir como licitador a dicho procedimiento, y a estos efectos,
DECLARA
Que conoce el pliego de cláusulas administrativas y el pliego de prescripciones técnicas que rigen dicha contratación y que acepta incondicionalmente todas sus cláusulas y prescripciones, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en los mismos para contratar, no hallándose comprendido en ninguna de las circunstancias que, según la legislación vigente, le pudieran excluir de la contratación antes referenciada, y se compromete en nombre
............................................................. (propio o de la persona física que representa), a realizar el objeto del contrato antes señalado, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de (expresar en letras y números):
Importe por cuenta del ITREM, XXX excluido: .......................... EUROS (..................’ €), (I)*
IVA: ………….................................................................................... EUROS (....................’ €), (II)
Total: .................................................................................. EUROS (....................’ €) (III = I + II)
Importe por cuenta del LICITADOR, IVA excluido: ............................ EUROS (................’ €)
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En dichos precios se incluye cualquier impuesto o gasto que sea de aplicación al presente contrato, excluido el IVA, que figura como partida independiente.
*Esta cuantía será la que se aplicará en la fórmula de valoración de las ofertas económicas.
(Lugar, fecha y firma del representante de la empresa)
A la Dirección General del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx
ANEXO VII
MODELO DE ACTA DE MANIFESTACIONES ANTE NOTARIO
(NOTA: A otorgar ante notario público, únicamente por el adjudicatario)
Ante mi,...............................................................................................................................
COMPARECE
D./Xx. ........................................................................., mayor de edad, vecino de
........................., domiciliado en ........................................................................, con D.N.I.
.....................................
Identifico al compareciente a través de su D.N.I. que me exhibe y devuelvo.
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INTERVIENE
En nombre y representación de.........................................................................................., con
domicilio en......................................................., con C.I.F./N.I.F , etc.
ME REQUIERE
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A mí,................................................................, para que haga constar en actas las siguientes manifestaciones que hace oralmente en mi presencia, en el concepto que interviene:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que no concurren en la persona jurídica aquí representada, ni en sus órganos de gobierno, dirección o administración, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Circunstancias que se manifiestan a continuación:
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, financiación ilegal de los partidos políticos, trata de seres humanos, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, fraudes, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, malversación, negociaciones prohibidas a los funcionarios, blanqueo de capitales, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
La prohibición de contratar alcanzará a las personas jurídicas que sean declaradas penalmente responsables, y a aquellas cuyos administradores o representantes, lo sean de hecho o de derecho, vigente su cargo o representación y hasta su cese, se encontraran en la situación mencionada en este apartado.
b) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia profesional que ponga en entredicho su integridad, de disciplina xx xxxxxxx, de falseamiento de la competencia, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o de extranjería, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente; o por infracción muy grave en materia medioambiental de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, o por infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del citado texto.
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c) Xxxxx solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en este haya adquirido eficacia un convenio o se haya iniciado un expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
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d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de más de 250 trabajadores, no cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres.
En relación con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el mismo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
A estos efectos, autoriza al «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», para recabar de las Administraciones Públicas Competentes, si así lo estima oportuno, cuantos datos resulten procedentes para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 140 o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el artículo 82.4 y en el artículo 343.1.
f) Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
La presente causa de prohibición de contratar dejará de aplicarse cuando el órgano de contratación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 72.1, compruebe que la empresa ha
cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de las cantidades adeudadas, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
g) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
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La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
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La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, cuando se produzca conflicto de intereses con el titular del órgano de contratación o los titulares de los órganos en que se hubiere delegado la facultad para contratar o los que ejerzan la sustitución del primero.
x) Xxxxx contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el incumplimiento a que se refiere el artículo 15.1 de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o en las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
i) Xxxxx retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apartado 2 del artículo 150 dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.
j) Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en el artículo 153 por causa imputable al adjudicatario.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
k) Haber incumplido las cláusulas que son esenciales en el contrato, incluyendo las condiciones especiales de ejecución establecidas de acuerdo con lo señalado en el artículo 202, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a la imposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios.
l) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad de las comprendidas en el artículo 3 de la presente Ley.