PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ENAJENACION Y EJECUCIÓN DE UN APROVECHAMIENTO FORESTAL EN VARIOS MONTES DEL AYUNTAMIENTO DE UBIDE
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ENAJENACION Y EJECUCIÓN DE UN APROVECHAMIENTO FORESTAL EN VARIOS XXXXXX DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1 OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la enajenación y ejecución de un aprovechamiento forestal en diversos xxxxxx del Ayuntamiento xx Xxxxx, denominados Motxotegi y Atxekolarra. (Se adjunta plano catastral).
Características del Aprovechamiento:
2º Xxxxx – Xxxxxx Xxxxxx, de pies marcados previamente, A RESULTAS DE MEDICION.
2 PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución se establece en 1 año desde la firma del contrato, teniendo en cuenta que la Norma para el Aprovechamiento de los Caminos de Propiedad y Dominio Municipal, establece que el periodo trascurrido entre el 0 xx xxxxxxx x xx 0 xx xxxx queda prohibido el paso de vehículos pesados, y en especial los usados para trasportar maderas y apeas,
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
3 PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato es de 17 €/estéreo + IVA (12%).
4. FORMA DE PAGO
El pago del aprovechamiento forestal se deberá de realizar del siguiente modo:
-50 % en el plazo de 1 mes tras la firma del contrato.
-50% restante en el plazo de 1 año desde la firma del contrato.
5. GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía de 5% del precio de adjudicación para responder de la correcta ejecución del aprovechamiento y de los daños que pudieran ocasionarse en las vías de extracción como de desembosque.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
6. EJECUCION DEL CONTRATO
Los trabajos se realizarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el presente pliego, a las especificaciones técnicas unidas al mismo, así como a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. En especial, la ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
7. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en laboral, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
8. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable, durante la ejecución de las obras, de todos los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización, protección o señalización de las obras.
9. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
• INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato o produjere daños evitables en pistas o en el arbolado que ha de permanecer, la Administración podrá optar por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía
10. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de obras las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento subasta abierta en base al precio ofertado por los licitantes.
13. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación será la formada dentro de la estructura del Ayuntamiento.
14. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
15. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la Secretaria de esta Administración, de 9.00 a 14:00 horas, todos los días hábiles para la presentación de la oferta
San Xxxx, 4. 48145. Ubide. Bizkaia. 945450322. xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx
Estas se presentarán en el mismo lugar y horario indicados en la invitación cursada al efecto.
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
16. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar 2 sobres cerrados (A y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA ENAJENACION Y EJECUCIÓN DE UN APROVECHAMIENTO FORESTAL EN LOS XXXXXX DE MOTXOTEGI Y ATXEKOLARRA DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) El adjudicatario deberá de estar adherido al sistema de certificación forestal regional PEFC- Euskadi y deberá acreditar, antes de la adjudicación del contrato, su inclusión como empresa adherida. A tal efecto, en caso de no estar adherido, deberá de cumplimentar la solicitud de adhesión, dar conformidad al documento de directrices de gestión forestal sostenible y remitir dicha documentación a Basalde.
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art.
151.4 del TRLCSP.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente
El sobre “B” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION
AUTOMATICA” y contendrá los siguientes documentos:
Proposición económica ajustada al modelo incorporado en el Anexo I
17. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
1º. APERTURA DEL SOBRE “A” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “A”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
2º. SELECCIÓN DE EMPRESAS
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
3º.APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “B”
Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre “A”, se llevará a cabo la apertura pública del sobre “B”. Se notificará con suficiente antelación.
4º. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse
5º. REQUERIMIENTO AL PRIMER CLASIFICADO
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
18. ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la proposición que resulte económicamente más ventajosa.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
19. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XX Xxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
20. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
21. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, o cualquiera de los regulados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Ubide, a 00 xx xxxxxx xx 0000
XXXXX 0
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D/Dña. ………………………………………………………………………………….. con DNI/NIF número ……………………………. y domicilio en ……………………………………………., en posesión de su plena capacidad de obrar, en nombre propio o en representación de
…………………………………………………………………….. que acredita mediante
…………………………. enterad@ de los pliegos de condiciones que han de regir la enajenación del aprovechamiento maderable de los xxxxxx
………………………………………………………………………………, desea adquirir, mediante compra, dicho aprovechamiento, a cuyo fin ofrece el precio de:
……………………… euros, más euros de IVA, lo que totaliza un
precio de euros. (cifra
y letra) y se obliga a realizar el mismo, con arreglo a las especificaciones contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas rector de esta subasta así como su Anexo y el Pliego de Prescripciones Técnicas que declara conocer.
Lugar, fecha y firma.