CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS No XXXXXX ENTRE PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. Y XXXXXX
CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS No XXXXXX ENTRE PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. Y XXXXXX
XXXX XXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.772.427, domiciliado en Medellín, en su calidad de Gerente General de PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. , sociedad anónima de economía mixta del orden municipal, legalmente constituida, domiciliada en la ciudad de Medellín, identificada con NIT. 890.909.297-2, autorizado a través del acta de Junta Directiva No. xx del xx xx xxxx de 2017 para la celebración del presente contrato, quien para efectos de este contrato se denominará PLAZA MAYOR, y XXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No XXXXX, actuando en su calidad de Representante Legal de XXXXX, identificada con NIT. XXXX, quien para efectos del contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, previas las siguientes consideraciones:
1. Que PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. requiere de la Prestación de Servicios de Datacenter que incluyan hardware, licenciamiento, canal de comunicaciones, conectividad a internet, gestión y custodia de copias de respaldo y demás servicios asociados a un Datacenter externo y administración de la Plataforma tecnológica de Plaza Mayor Medellín S.A., de acuerdo a los requerimientos de la entidad.
2. Que para satisfacer esta necesidad PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. cursó la invitación pública No 10 de 2017 cuyo objeto es “Prestación de Servicios de Datacenter que incluyan hardware, licenciamiento, canal de comunicaciones, conectividad a internet, gestión y custodia de copias de respaldo y demás servicios asociados a un Datacenter externo y administración de la Plataforma tecnológica de Plaza Mayor Medellín S.A., de acuerdo a los requerimientos de la entidad”, con un presupuesto oficial total de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS M/L ($954.463.762) incluido IVA del 19%. , respaldado en la verificación presupuestal No. xxxxx, y recomendado por el Comité Asesor de Contratación de PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. en sesión del 28 xx xxxxx de 2017.
3. Que PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. publicó en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx los pliegos de condiciones y profirió través de la resolución No. xxx del 28 xx xxxxx de 2017 el inicio del proceso de Invitación Pública No. 007 de 2017.
4. Que de conformidad con el cronograma del proceso, el día 5 xx xxxx de 2017 siendo las 3:00 pm, fecha y hora del cierre del recibo de propuestas, PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. recibió propuestas de los oferentes XXXXXXX.
5. Que siendo las 3:05 pm de esta misma fecha, se dio inicio a la audiencia de apertura de sobres en la cual se verificaron las propuestas recibidas con su hora, fecha de entrega, número de folios, valor, tal cual consta en el acta publicada en la web.
6. Que con base en el informe de evaluación publicado en la página web el día xx xx xxxx de 2017, el proponente XXXXX obtuvo el mayor puntaje de calificación ubicándose en el primer lugar del orden de elegibilidad.
7. Que la evaluación definitiva de la invitación pública No 007 de 2017 fue sometida a consideración del Comité Asesor de Contratación de PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. del día xxx xx xxxx de 2017 y recomendó la adjudicación del contrato derivado del Proceso de Invitación Publica No 007 de 2017 al proponente XXXXX.
8. Que mediante la Resolución No. xxx del xxx xx xxxx de 2017, se adjudicó al proponente XXXX el contrato derivado del proceso de Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx 0000 xxxx xxxxxx xx: “Prestación de Servicios de Datacenter que incluyan hardware, licenciamiento, canal de comunicaciones, conectividad a internet, gestión y custodia de copias de respaldo y demás servicios asociados a un Datacenter externo y administración de la Plataforma tecnológica de Plaza Mayor Medellín S.A., de acuerdo a los requerimientos de la entidad”, por valor de XXXX PESOS ($XXXXX) IVA INCLUIDO.
9. Que la presente contratación se justifica con base en lo dispuesto en el artículo 24 del Acuerdo 01 del 23 de septiembre de 2016 “Por el cual se expide el Manual de Contratación de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A.”, donde se indica que procederá la contratación mediante invitación pública cuando la cuantía del contrato supere los 100 SMLMV.
De conformidad con lo expuesto, las partes acuerdan el sometimiento y aplicación de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO. Prestación de Servicios de Datacenter que incluyan hardware, licenciamiento, canal de comunicaciones, conectividad a internet, gestión y custodia de copias de respaldo y demás servicios asociados a un Datacenter externo y administración de la Plataforma tecnológica de Plaza Mayor Medellín S.A., de acuerdo a los requerimientos de la entidad.
SEGUNDA. PLAZO DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será de 36 meses contados desde la aprobación de las garantías por parte de la Dirección Jurídica de PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A.
PARÁGRAFO PRIMERO. El plazo del contrato que se suscriba podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo entre las partes, antes del vencimiento, por periodos iguales o inferiores al inicialmente pactado, previo el análisis de la ejecución por parte del contratista.
TERCERA. VALOR DEL CONTRATO. El valor del presente contrato se estima en la suma de XXXXX PESOS M/L ($XXXXXX) incluido IVA.
PARÁGRAFO PRIMERO. Sin perjuicio del valor estimado del contrato, PLAZA MAYOR pagará a EL CONTRATISTA el valor que resulte sobre los servicios totales facturados, los cuales al final del plazo de ejecución podrán ser iguales o inferiores al valor del contrato.
CUARTA. FORMA DE PAGO. PLAZA MAYOR pagará mensualmente al CONTRATISTA el valor correspondiente a los servicios objeto del contrato, previa presentación de la factura correspondiente, acompañada de la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello.
Una vez se emita el recibo a satisfacción por parte del Supervisor, PLAZA MAYOR dispone de treinta (30) días calendario para cancelar la factura al contratista, previa deducción de los impuestos, retenciones y descuentos a que hubiere lugar, de acuerdo con la Ley.
Así mismo, para proceder al pago, PLAZA MAYOR verificará que EL CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de sus obligaciones parafiscales y aquellas relacionadas con los sistemas de seguridad social integral.
Finalmente el CONTRATISTA deberá presentar pre factura digital dentro de los primeros quince días del mes, incluyendo los servicios ejecutados dentro del mes inmediatamente anterior y una vez recibido el visto bueno por parte del supervisor de Plaza mayor deberá presentar factura definitiva antes del día 20 de cada mes.
PARÁGRAFO PRIMERO. Las demoras que tengan lugar por la presentación de los documentos sin el lleno de los requisitos o por la presentación incompleta de los mismos, será responsabilidad de EL CONTRATISTA y no tendrá por ello el derecho al pago de intereses o de compensaciones de ninguna naturaleza.
QUINTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA.
I) OBLIGACIÓN GENERAL
Cumplir en forma eficiente y oportuna el servicio encomendado y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con el objeto del contrato, así como también cumplir a cabalidad con todos los parámetros establecidos en el pliego de condiciones de la invitación pública No 10 de 2017, sus anexos y en su propuesta comercial, documentos que hacen parte integral del presente contrato.
II) OBLIGACIONES TECNICAS
1. Conservar como mínimo la misma estructura de plataforma actual, garantizando la continuidad de la información, seguridad de los datos y sistemas de contingencia.
2. Administrar la plataforma según lo siguiente:
- Mantener una disponibilidad del servicio de Datacenter igual o superior garantizada de 99,982% anual.
- Administración de la consola de antivirus Kaspersky, que permita monitorear la actualización de las últimas protecciones y la detección de condiciones de riesgo, en las estaciones y en los servidores, incluye bloqueos de puertos USB, Unidades de CD etc.
- Mantenimiento de las bases de datos a través de un Administrador de Bases de Datos especializado (DBA).
- Monitoreo, reportes y gestión de alertas sobre las capacidades administradas de procesamiento, almacenamiento y enlaces de comunicaciones.
- Implementar la plataforma y garantizar su estabilización de todos los servicios solicitados en el pliego de condiciones.
- Realizar el monitoreo y soporte sobre la plataforma tecnológica.
- Realizar la gestión de todos los elementos de seguridad de la plataforma como Firewall, actualización de protecciones, bloqueo de puertos y acceso VPN.
- Mantenimiento de la bases de datos. Administrador de Bases de Datos (DBA) de SQL server, Mysql y Oracle, gestión de alertas, depuración de logs de transacciones, procesos de depuración y afinamiento (tuning) de Bases de Datos.
- Realizar la atención de incidentes de la infraestructura en el Datacenter, con cumplimiento de niveles de servicio acordados.
- La plataforma de Datacenter debe ser propia o sea del proponente. No se aceptan tercerizaciones
- Implementar infraestructura para realizar respaldos de los equipos de escritorio de personal de Plaza Mayor mediante equipo de infraestructura propia del Oferente. Para esto se requiere:
Espacio: 15 TB con crecimiento de 20% durante la duración del contrato
- Realizar la implementación del servicio de internet y L2L entre la sede de Plaza Mayor y el Datacenter con replica en otra ciudad.
- Se debe contar con infraestructura para entregar servicio de WLAN para un mínimo de 100 dispositivos simultáneos para el piso 3 y 40 dispositivos simultáneos para el sótano de las oficinas administrativas de Plaza Mayor, esto quiere decir que se tiene una solución WIFI dentro del mismo segmento de red de Datacenter para los portátiles de Plaza Mayor.
- Las demás especificaciones técnicas incluidas en el presente pliego de condiciones.
III) OBLIGACIONES ESPECIFICAS
1. Prestar los servicios objeto del contrato, de conformidad con los requerimientos y necesidades de
PLAZA MAYOR, las cuales serán canalizadas siempre a través del supervisor del contrato.
2. Cumplir durante la vigencia del contrato con todas las especificaciones técnicas consagradas en el pliego de condiciones, sus anexos y en la oferta económica.
3. Contar con el personal idóneo y calificado para la prestación de los servicios objeto del contrato. Se deberá garantizar que tenga la experticia suficiente en cada una de las líneas de ejecución del contrato.
5. Suministrar con cargo al valor del contrato todos los bienes y herramientas necesarias para la ejecución del objeto y alcance contractual.
6. Proporcionar todo su conocimiento, experiencia para la implementación y desarrollo del objeto contractual.
7. Contar con la autorización formal del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
8. Asumir todas las obligaciones legales y extralegales que se deriven de la relación contractual con el personal que presta el servicio, quedando PLAZA MAYOR indemne de toda reclamación.
9. Acatar las indicaciones que sobre la ejecución del contrato le haga el supervisor del contrato.
10. Entregar a PLAZA MAYOR cualquier información necesaria relacionada con el presente contrato.
11. Cumplir con los impuestos, retenciones y gastos que sean relacionados con el objeto del presente contrato.
12. Brindar el apoyo y asistencia técnica requerida para cumplir a cabalidad el contrato.
13. Asistir a las reuniones programadas con ocasión del contrato, previamente concertadas con la Fundación.
14. Facilitar la labor de supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen.
15. Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto, alcance y especificaciones esenciales estipuladas en la propuesta.
16. Presentar los informes que sean requeridos según las necesidades específicas y en los tiempos acordados con el supervisor.
17. Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta PLAZA MAYOR a través del supervisor, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
18. Reportar de manera inmediata al supervisor, la ocurrencia de cualquier novedad durante la ejecución del contrato.
19. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato, serán de uso exclusivo de PLAZA MAYOR, obligándose EL CONTRATISTA a no utilizarlos para fines distintos a los previstos en este contrato, ni a divulgar la información que se le suministre, ni los resultados de su labor conservando la confidencialidad de los mismos, de conformidad con la ley, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
20. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales.
21. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
SEXTA. OBLIGACIONES DE PLAZA MAYOR. Para efectos del presente contrato, PLAZA MAYOR se obliga a:
1. Informar oportunamente a EL CONTRATISTA las condiciones de tiempo, modo y lugar en las cuales debe llevar a cabo el objeto contractual.
2. Entregar previamente a EL CONTRATISTA toda la información requerida para la ejecución del objeto contractual.
3. Pagar oportunamente a EL CONTRATISTA en los términos consignados en la cláusula cuarta del presente contrato.
4. Facilitar las reuniones necesarias para lograr los cometidos del objeto del contrato.
5. Designar el supervisor del contrato, quien se encargará de la supervisión y el seguimiento al desarrollo de las actividades del contrato, de acompañar el proceso, y de las gestiones necesarias para alcanzar el cien por ciento (100%) de la ejecución del contrato.
6. Cumplir con todos y cada uno de los requisitos xx xxx, encaminados al cumplimiento del objeto pactado, dando aplicación a las disposiciones legales vigentes.
7. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
SÉPTIMA. EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD LABORAL. El presente contrato no genera relación o vínculo laboral alguno entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA, y por tanto no tendrá derecho a ninguna contraprestación distinta a la expresamente descrita en la cláusula tercera del presente contrato.
OCTAVA. RÉGIMEN APLICABLE. El presente contrato se regirá por el Manual de Contratación de PLAZA MAYOR (Acuerdo 1 del 23 de septiembre de 2016) así como por las normas civiles, comerciales y demás normatividad aplicable a la naturaleza del servicio.
NOVENA. SUPERVISIÓN. PLAZA MAYOR verificará el cumplimiento del contrato con un supervisor designado a través del acta respectiva, quien actuará como intermediario entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA. Entre sus funciones estarán, verificar el adecuado desarrollo del contrato y las demás que se estipulan y sean inherentes a esta clase de encargos.
PARÁGRAFO. El supervisor del contrato tendrá de manera conjunta con EL CONTRATISTA la facultad de realizar ajustes o modificaciones a las obligaciones del contrato que no impliquen una alteración sustancial al mismo y que no afecten el equilibrio contractual, de lo cual dejará constancia por escrito.
DÉCIMA. RÉGIMEN TRIBUTARIO. Se aplicarán a EL CONTRATISTA todas las normas tributarias vigentes al momento del pago.
DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN. LAS PARTES no podrán ceder el presente contrato, salvo autorización conjunta, cumpliendo con las formalidades que la cesión requiere.
DÉCIMA SEGUNDA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad
del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1174 de 2011, 1778 de 2016, así
como en sus Decretos Reglamentarios y en las demás normas legales vigentes. La contravención de lo anterior dará lugar a las sanciones xx Xxx.
PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA y su representante legal, declaran con la suscripción del presente contrato que no se encuentran reportados en el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la Republica, ni en el Sistema de Información de Sanciones e Inhabilidades “SIRI” de la Procuraduría General de Nación.
DÉCIMA TERCERA. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
DÉCIMA CUARTA. CLÁUSULA OBLIGATORIA. EL CONTRATISTA garantiza, bajo la gravedad del juramento, que ninguna persona al servicio de PLAZA MAYOR, ha recibido, ni recibirá beneficio directo o indirecto resultante de la adjudicación, celebración o ejecución del contrato, y acepta expresamente que la presente disposición es condición esencial del contrato, por lo que su incumplimiento dará lugar a su terminación y a la aplicación de las sanciones legales pertinentes.
DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD. La suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica la obligación para EL CONTRATISTA de utilizar y manejar cualquier información de la que tenga conocimiento por cualquier medio y que le sea confiada o a la que tenga acceso en razón o con ocasión de sus labores, de manera confidencial, garantizando por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la obligación de mantener reserva sobre la misma.
Las partes se obligan a que la información que se suministre durante el desarrollo del contrato sea manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a la parte cumplida a reclamar indemnización a cargo de la parte incumplida, así como a tipificar un incumplimiento contractual objetivo, independientemente de la causación de perjuicios, cuando la información confidencial fue marcada como tal por PLAZA MAYOR.
No se considera violación de la confidencialidad, la entrega de información a autoridad competente o cuando sea de conocimiento público. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por la otra.
DÉCIMA SEXTA. HABEAS DATA. Cuando para la debida ejecución del contrato EL CONTRATISTA deba acceder, consultar y/o administrar bases de datos de PLAZA MAYOR, sus clientes, trabajadores, proveedores o accionistas, previos los permisos concedidos para el efecto, se obliga a disponer de los medios necesarios para observar, cumplir e instruir a sus empleados sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad,
seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del oferente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada PLAZA MAYOR, para el manejo de su información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.
DÉCIMA SÉPTIMA. AVISO DE PRIVACIDAD. De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como titular de los datos personales y los procedimientos para acceder a ellos, EL CONTRATISTA tiene la facultad de conocerlas a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
DÉCIMA OCTAVA. PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 862 de 2013 y demás normatividad vigente EL CONTRATISTA deberá acreditar mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según lo exija la ley, el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Así mismo deberá presentar la planilla integrada de liquidación de aportes de cada uno de los operarios que prestó el servicio en el mes a pagar.
DÉCIMA NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA responderá por el
incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y causen daño o perjuicio a PLAZA MAYOR.
VIGÉSIMA. IMPUESTOS. EL CONTRATISTA deberá pagar todos los impuestos establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. INDEMNIDAD.EL CONTRATISTA mantendrá indemne a PLAZA MAYOR, de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. GARANTÍAS. Para iniciar la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA, deberá constituir una Garantía Única de Cumplimiento a favor de Entidades Estatales, según lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015, que cubra los siguientes amparos:
-Cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá constituir una póliza equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia por el plazo del contrato y cuatro (4) meses más.
-Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. Se constituye para cubrir a Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A. de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. Su cuantía será hasta del veinte por ciento (20%) del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de su terminación.
-Responsabilidad Civil Extracontractual. Se solicita para garantizar los daños y perjuicios que se causen a terceros, derivados de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o subcontratistas. Su vigencia deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato y el valor xxx xxxxxx no podrá ser inferior al quince por ciento (15%) del monto del contrato debiendo siempre en los estudios previos razonar el porcentaje correspondiente y verificar que el mismo sea suficiente de conformidad con los riesgos de ejecución del contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato termina por alguna o algunas de las siguientes causales: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) por cumplimiento del objeto contractual;
c) por incumplimiento de las obligaciones del contrato; d) por vencimiento del plazo; e) por las demás causas establecidas por la ley.
VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, pero para su ejecución se requiere de la aprobación de las garantías por parte de la Dirección Jurídica de Plaza Mayor Medellín S.A.
VIGÉSIMA QUINTA. LIQUIDACIÓN. El presente contrato deberá ser liquidado por ser de tracto sucesivo. La liquidación se realizará mediante acta bilateral que las partes deberán suscribir en el plazo señalado en el contrato o, a falta de estipulación, dentro de los seis (6) meses siguientes a su terminación, plazos que podrá ampliar PLAZA MAYOR por una sola vez, previa comunicación a EL CONTRATISTA antes del vencimiento del término correspondiente y por un plazo igual al inicialmente estipulado, o a falta de este al establecido en este manual para la liquidación.
En el acta se consignarán, entre otros, los ajustes y reconocimientos a que haya lugar, así como los acuerdos a que lleguen las partes para poner fin a las controversias presentadas y declararse x xxx y salvo o en su defecto establecer de manera clara y precisa las salvedades del caso
VIGÉSIMA SEXTA. DOCUMENTOS. Serán parte integral del presente contrato, el estudio previo, el pliego de condiciones de la invitación pública No 007 de 2017, la propuesta y documentos del CONTRATISTA, así como los informes de supervisión que se generen a partir de la ejecución del contrato y demás documentos.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. DOMICILIO DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se fija como domicilio el municipio de Medellín.
Para constancia se firma en Medellín, a los xxx (xx) días del mes xx xxxx de 2017.
XXXX XXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXXX
Gerente EL CONTRATISTA
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
Elaboró | Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Revisó | Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Aprobó | Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx |
Abogado | Directora Jurídica | Secretario General |