CONDICIONES PARTICULARES
CONDICIONES PARTICULARES
Estas cláusulas precisan y completan en caso necesario las disposiciones de las Condiciones Generales aplicables al contrato. Salvo que estas Condiciones Particulares dispongan otra cosa, las Condiciones Generales seguirán siendo plenamente aplicables. Las cláusulas de las Condiciones Particulares no están numeradas consecutivamente, sino que siguen la numeración de las cláusulas de las Condiciones Generales
ÍNDICE
1 DEFINICIONES 3
2 LEGISLACIÓN APLICABLE E IDIOMA XXX XXXXXX DE LICITACIÓN 3
3 ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES 3
4 COMUNICACIONES 4
5 CESIÓN 4
6 SUBCONTRATACIÓN 4
7 DOCUMENTOS QUE DEBEN APORTARSE 4
8 ASISTENCIA EN RELACIÓN A LA NORMATIVA NACIONAL 4
9 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 5
10 ORIGEN 5
11 GARANTÍA DE BUENA EJECUCIÓN 5
12 RESPONSABILIDAD Y SEGURO 6
13 PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LAS TAREAS 7
14 PLANOS DEL CONTRATISTA 7
15 SUFICIENCIA DE LOS PRECIOS DE LA OFERTA 8
16 RÉGIMEN FISCAL Y ADUANERO 9
18 ORDEN DE INICIO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 9
19 PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LAS TAREAS 9
22 MODIFICACIONES 9
24 CALIDAD DE LOS SUMINISTROS 10
25 INSPECCIONES Y PRUEBAS 10
26 PRINCIPIOS GENERALES – PROCEDIMIENTOS DE PAGO 11
27 PAGOS A TERCEROS 11
28 PAGOS ATRASADOS 11
29 ENTREGA 11
31 RECEPCIÓN PROVISIONAL 12
32 OBLIGACIONES DE LA GARANTÍA 13
33 SERVICIO POSVENTA 13
34 RECEPCIÓN DEFINITIVA 14
35 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RESOLUCIÓN 14
38 FUERZA MAYOR 14
40 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 15
45 CAPACITACIÓN PARA EL USO 15
46 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR DOLO O NEGLIGENCIA 15
Cláusula 1 Definiciones
1.2 Se define como Coordinador del Proyecto al Órgano de Contratación. Todas las facultades atribuidas en los documentos de licitación al Coordinador del Proyecto se entienden atribuidas al Órgano de Contratación. El Órgano de Contratación se reserva el derecho de delegar en parte o totalmente sus responsabilidades a un Responsable del Proyecto o a un Equipo de Coordinación del Proyecto lo que será notificado por escrito a los contratistas.
1.3 Las definiciones de los términos empleados en las presentes Condiciones Particulares se encuentran establecidas en el anexo C1 que forma parte integrante xxx Xxxxxx de Licitación.
Cláusula 2 Legislación Aplicable e Idioma xxx Xxxxxx de Licitación
2.1 La lengua utilizada será español. Todos los documentos que no estén en español deberán ser acompañados de una traducción pública a dicho idioma debidamente certificada.
2.2 El presente contrato está sujeto a la legislación vigente en la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la Comunidad Europea y por los Criterios y Principios de elegibilidad de los contratos de la Cooperación italiana, con enmiendas relativas a la especificidad del crédito de ayuda italiano y al régimen legal específico de esta Licitación, es decir que adicionalmente a los ya relacionados está sujeto a:
● El Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Italiana referido a las condiciones y modalidades de concesión de un crédito de ayuda para un Programa a favor del Sistema de Salud Pública, de fecha 0 xx Xxxx 0000. Con nota del
17 de noviembre de 2006 – Letra XXXXX 00000/00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, aceptada por el Gobierno de la República Italiana con Nota Xxxxxx xx 000 xxx 00 xx xxxxxxx de 2007 y por intercambio de cartas de fechas 0x xx xxxxxx xx 0000 x 0 xx xxxxxxxxxx de 2008, las Autoridades enmendaron el Memorándum de Entendimiento para reflejar la transferencia de fondos adicionales y los términos y condiciones para su ejecución.
● El Acuerdo Financiero de Crédito entre el Gobierno de la República Argentina – Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas (MHyFP) y el CASSA DEPOSITI E PRESTITI S.p.A. de la República Italiana, suscripto con fecha 9 de Noviembre de 2017 todas las cuestiones no cubiertas por las disposiciones de este contrato se aplicará la legislación de la República Argentina.
Cláusula 3 Orden de prelación de los documentos contractuales
3.1 El orden de prelación de los documentos contractuales será:
a) Contrato suscripto por ambas partes;
b) Instrucciones a los licitadores y su Anexo II: Especificaciones técnicas (incluidas las aclaraciones antes del plazo de presentación de la oferta) y Anexo III oferta económica (incluidas las aclaraciones del licitador presentadas durante la evaluación de la oferta);
c) Condiciones Particulares;
d) Criterios de Elegibilidad (Anexo VI),
e) Condiciones Generales (Anexo I);
f) Formularios D1 a D14, Otras Informaciones C1 a C5 y otros documentos relevantes (Anexos IV, y V); Los apéndices de cada documento mantienen el orden de prelación del documento que modifican.
Cláusula 4 Comunicaciones
Cualquier comunicación por escrito relacionada con el contrato entre el Coordinador del Proyecto, por un lado, y el Contratista, por otro, deberá indicar el título del contrato y su número de referencia, y ser remitida por correo postal u electrónico o entregada en mano a la dirección siguiente:
MINISTERIO DE SALUD
Dirección Nacional de Recursos Físicos
Dirección Av. 9 de Julio 1925, 12° piso Xxxxxxx 0000 (Xxx Xxxxxxxx) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
Tel. 4379-9000 int. 4855
Coordinador Arq. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxx0@xxxx.xxx.xx
Cláusula 5 Cesión
El contrato que haya sido celebrado no puede ser cedido a terceros. En caso de cesión, el contrato quedará rescindido de pleno derecho automáticamente, sin necesidad de interpelación previa y sin perjuicio del reclamo por los daños y perjuicios que dicha violación contractual genere.
Cláusula 6 Subcontratación
La subcontratación está permitida hasta un importe máximo del 30% del importe total del contrato y es permitida sólo bajo la notificación y autorización del Órgano de Contratación. Los licitadores deberán haber declarado en sus ofertas los suministros/servicios/obras que tienen intención de subcontratar. El contratista debe someter los subcontratos al Órgano de Contratación por lo menos 20 días antes de iniciar la ejecución de los mismos. Los subcontratistas deben ser elegibles para los suministros/servicios/obras que le han sido asignados de acuerdo con las condiciones de participación a la licitación.
Cláusula 7 Documentos que deben Aportarse
El Órgano de Contratación entregará al Contratista la eventual documentación técnica y administrativa necesaria o de apoyo sobre la situación del Hospital y/o Hospitales, para la correcta ejecución del contrato y dimensionamiento de los suministros (esto incluye, planos y memorias descriptivas de las instalaciones físicas, plan de distribución, etc.).
Cláusula 8 Asistencia en Relación a la Normativa Nacional
8.1 El Órgano de Contratación podrá prestar asesoramiento en la tramitación de los permisos o licencias de importación para la ejecución del contrato, incluidos los permisos de aduana, y facilitará todos
los trámites de importación y entrega en el sitio de destino, previo suministro por parte del Contratista de la documentación que se requiera para dichos permisos.
8.2 El Órgano de Contratación proporcionará al contratista, previa solicitud, información general acerca de la obtención (por parte de este) de los visados y permisos exigidos por la legislación del país. La tramitación, como así también los correspondientes gastos, estarán a cargo del Contratista.
Cláusula 9 Obligaciones Generales del Contratista
9.1 Serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, la integridad del procedimiento logístico que involucre la distribución y almacenamiento (de corresponder) de Bienes según el plan de entrega de los equipos, la ejecución de servicios relacionados, la puesta en marcha, y la sincronización con otros servicios específicos o complementarios. Los costos que se originen dentro de esas actividades, así como otros provenientes de contingencias asociadas a la etapa previa al cumplimiento del objetivo final, se considerarán parte integrante de la Oferta Económica a los efectos de determinar el precio.
9.2 El Contratista tomará las medidas necesarias para asegurar la visibilidad de la financiación del Gobierno Italiano. Estas medidas deben cumplir con las reglas establecidas en la Cláusula 29 - Entrega.
Cláusula 10 Origen
10.1 Todos los bienes adquiridos deberán ser originarios de un país elegible conforme lo define el Artículo 5 de las Instrucciones a los Licitadores. En este contexto, se entenderá por «origen» el lugar donde los bienes fueron extraídos, cultivados, producidos o fabricados. El origen de los bienes se establece de acuerdo con el código aduanero de la Unión o los acuerdos internacionales aplicables.
Cláusula 11 Garantía de Buena Ejecución
11.1 Dentro de un plazo de 15 días desde la notificación de la adjudicación por el Órgano de Contratación, el contratista firmará el contrato y adjuntará una Garantía de Buena Ejecución de las obligaciones del mismo por un importe igual al 10% (diez por ciento) del valor del Contrato adjudicado, que incluye todos los servicios complementarios objeto de este contrato. La Garantía de Buena Ejecución será otorgada según los términos establecidos en la cláusula 22.11 de la Sección A - Instrucciones a los Licitadores, así como en la cláusula 11.3 del presente documento. Dentro de este mismo plazo el Contratista deberá proporcionar todos los documentos solicitados en el pliego de licitación. Solo con la entrega de la Garantía de Buena Ejecución y la firma, el contrato se considerará perfeccionado. Si esta Garantía de Buena Ejecución no es entregada al Órgano de Contratación dentro de los 15 días siguientes, contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación, esto provocará la inmediata resolución del mismo por responsabilidad del Contratista, y el Órgano de Contratación ejecutará la Garantía de Licitación y exigirá los eventuales daños.
11.2 Esta garantía deberá ser emitida por parte de un Banco en forma de garantía bancaria o Compañía de Seguros, en forma de póliza de seguro de caución, ambas entidades deben estar constituidas en la
Republica Argentina debiendo consignar la misma que su ejecución será a simple requerimiento del Órgano de Contratación y permanecerá vigente durante toda la duración del Contrato.
11.3 La Garantía de Buena Ejecución estará compuesta de 2 ítems:
A) La garantía del 10% del precio del contrato que se mantendrá vigente hasta los 45 días posteriores a la entrega de los bienes en los respectivos destinos y de la confección del certificado de recepción provisoria;
B) El ítem A se reducirá hasta el 2% del valor del contrato y el certificado que sustituye al monto deberá ser presentado previo a la devolución de la garantía mencionada en el ítem A y su vigencia se liberará en un plazo de 45 días a partir de la fecha del certificado de recepción definitiva emitido por el Órgano de Contratación.
Las garantías deberán presentarse de acuerdo al formato establecido en el pliego de licitación Sección B - Anexo IV. El Órgano de Contratación se reserva el derecho de aceptar modelos distintos al Anexo IV, siempre que contenga los elementos esenciales establecidos.
Cláusula 12 Responsabilidad y Seguro
Desde la firma del contrato y en cada caso antes de comenzar la entrega de los suministros, el Contratista deberá contar, con sus propios recursos y con compañías de Seguros internacionalmente reconocidas, con todos los seguros que correspondan para afrontar las responsabilidades civiles derivadas de la ejecución del contrato, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12 de las Condiciones Generales del mismo.
Los seguros deberán responder a las siguientes condiciones mínimas:
a) Seguro de Cargo
Asunto: Daños derivados y/o provocados a los equipos, partes y materiales, incluyendo los aparatos, los medios, las maquinarias que se utilizan para la ejecución del contrato durante el transporte desde la sede del Contratista al lugar de entrega e instalación.
Monto del seguro: 110% del valor CIF lugar de destino
Partes aseguradas: Órgano de Contratación y Adjudicatario
Amparo: desde la fecha de salida xxx xxxxxxx del Adjudicatario hasta la fecha de entrega en el sitio.
b) Seguro por la Ejecución del Contrato
Asunto: Daños causados en el sitio de entrega y a los suministros entregados durante la instalación y las pruebas de funcionamiento y daños a los suministros durante el período de almacenamiento en el sitio de entrega.
Monto del seguro: 110% del valor del contrato
Partes aseguradas: Órgano de Contratación y Contratista
Amparo: hasta la Recepción Provisoria
c) Seguro por Daños a Terceros
Asunto: Daños y muerte a terceros (incluidos los empleados del Contratista, de los subcontratistas y del personal del Órgano de Contratación y sus representantes) daños consiguientes a: 1) las propiedades del Órgano de contratación 2) daños a cosas bajo tierra y a cosas que se encuentran en
el sitio de trabajo 3) daños por paros de actividades 4) daños consiguientes a las cosas en mudanza
5) daños por incendio 6) daños de contaminación.
Monto del seguro: 500.000 Euros por lesiones y muerte; 20% del monto del contrato por daños a propiedades, servicios y cosas.
Partes aseguradas: Terceros
Amparo: Desde la fecha de inicio de las actividades hasta la fecha de recepción definitiva.
d) Seguro por Vehículos
Asunto: cualquier tipología de daños consiguiente al uso de vehículos por parte del Contratista (independientemente da la propiedad del vehículo) en el transcurso de la Ejecución de las Actividades del Contrato, incluido el período de garantía.
Monto del seguro: 110% del valor CIF lugar de destino
Partes aseguradas: Órgano de Contratación y Adjudicatario
Amparo: desde la fecha de salida xxx xxxxxxx del Adjudicatario hasta la fecha de entrega en el sitio.
e) Seguros Adicionales
Todos los seguros previstos en las leyes vigentes en el país de entrega, que es Argentina, donde el objeto del contrato será ejecutado.
Cláusula 13 Programa de Ejecución de las Tareas
13.1 El Contratista deberá presentar el programa de ejecución, incluidos plazos y fechas, acordados con el Órgano de Contratación firmado y sellado por parte de su Representante Legal. El período de ejecución no deberá sobrepasar los períodos máximos establecidos para cada lote a contarse desde la fecha de inicio de las actividades establecidas en la siguiente cláusula 18.
13.2 El programa de ejecución deberá tener la forma de un diagrama xx xxxxxx (diagrama Xxxxx), e indicar, para cada entrega, los recursos humanos y los medios que se pretenden utilizar. Dicho programa de ejecución tendrá que tomar en cuenta las exigencias de los destinatarios para reducir al mínimo las incomodidades consiguientes a las actividades del contrato.
13.3 El programa de ejecución tendrá que ser entregado oficialmente al Coordinador de Proyecto dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de Firma del contrato. El Coordinador se reserva el derecho de solicitar correcciones o aclaraciones en caso de resultar necesario.
Cláusula 14 Planos del Contratista
14.1 El Adjudicatario deberá presentar, de acuerdo con lo establecido en el pliego de licitación, previo a la instalación y puesta en marcha de los equipos, los siguientes documentos:
a) Los esquemas de montaje, firmados y sellados por parte del Contratista y por sus proyectistas habilitados, de los suministros que requieren para su instalación, obras civiles o intervenciones permanentes a la estructura física del Hospital, conexiones a las redes del Hospital, según lo descripto en las especificaciones técnicas.
b) Los planos generales en escala 1:100 y 1:50 que indiquen las medidas y la ubicación de los ítems en las distintas áreas del Hospital. Estos datos son obligatorios para todos los equipos en los cuales las dimensiones sean críticas.
c) Los dibujos de detalle en escala 1:20 que describan las particularidades de instalación de los ítems cuando estos sean indispensables para la correcta comprensión y ejecución del contrato.
14.2 Los dibujos relacionados en la cláusula 14.1 tendrán que ser entregados formalmente al Órgano de Contratación, 30 días antes de la entrega e instalación. El Órgano de Contratación, después de haberlos aprobado, enviará al Contratista un informe de aprobación dentro de los 15 días siguientes a su entrega.
14.3 Los Planos indicados en la cláusula 14.1 deberán ser presentados según las siguientes modalidades:
a) El idioma será el español
b) Tendrán que ser de calidad aceptable, fácilmente consultables, completos de leyendas, escala y medidas. El tamaño mínimo del soporte del papel será la doble carta (11”x17“/A3) y será también entregada en soporte digital (CD/DVD).
c) Respetar el Plan de Distribución y/o el lugar de instalación de los bienes a proveer.
d) Presentar las intervenciones a la infraestructura del hospital que se estimen necesarias para la correcta instalación de los equipos;
e) Adecuarse a los ambientes del Hospital en el aspecto de la Circulación libre y cómoda de los usuarios, de la compatibilidad con las instalaciones eléctricas, de la compatibilidad con las instalaciones sanitarias, de las demás instalaciones técnicas y del flujo funcional de cada servicio.
f) Deberán, entre los límites de conformidad técnica, aportar calidad y mejorías en cuanto a lo solicitado por el Órgano de Contratación.
Cláusula 15 Suficiencia de los Precios de la Oferta
15.1 Los precios indicados en las tablas de la cláusula 1 del contrato serán fijos, invariables y no revisables para toda la duración del contrato.
15.2 Además de aceptar y reconocer el contenido de la cláusula 15 de las condiciones generales, el Contratista deberá tomar en cuenta las condiciones ambientales del lugar y las circunstancias generales y particulares que han podido determinar los precios y las condiciones contractuales para una correcta entrega de los suministros y de su instalación, así como haber considerado los costos asociados que permiten la viabilidad de su oferta. Asimismo, la propia empresa deberá contar con la capacidad organizativa técnica y de mano de obra necesaria para la perfecta ejecución de las instalaciones necesarias dentro de los plazos establecidos.
15.3 Los precios del contrato se expresarán y pagarán exclusivamente en Euros. Cualquier riesgo de cambio o las variaciones de precios no serán objeto de compensación alguna y correrán por cuenta del Contratista.
Cláusula 16 Régimen fiscal y aduanero
16.1 Cuando se trate de suministros fabricados localmente, se excluirá del precio todas las cargas fiscales internas aplicables a su fabricación, incluido el IVA. Únicamente deberá indicarse en la oferta económica la alícuota del IVA aplicable.
16.2 Cuando se trate de suministros que vayan a ser importados al país del Órgano de Contratación, se excluirán del precio todos los derechos y tasas aplicables a su importación y demás impuestos que correspondan.
16.3 Independientemente del origen de los suministros, el contrato está exento de derechos de timbre y registro.
Cláusula 18 Orden de Inicio de la Ejecución del Contrato
18.1 El inicio de las actividades será sucesivo a la fecha de la entrada en vigencia del contrato, así como ha sido establecido en la cláusula 22.10 de las Instrucciones a los Licitadores y tendrá que ser establecido dentro de los 45 (cuarenta cinco) días después de esta fecha.
18.2 La fecha de inicio de las actividades será establecida por parte del Órgano de Contratación y aceptada sin reserva por parte del Contratista.
18.3 Es obligación del Órgano de Contratación comunicar al Contratista la fecha de inicio de las actividades con un preaviso de 15 días.
Cláusula 19 Período de Ejecución de las Tareas
19.1 La fecha límite para la ejecución de las actividades previstas en el contrato será de 180 días a partir de la fecha establecida en la Orden de inicio de la ejecución del contrato.
Cláusula 22 Modificaciones
22.1 Cualquier modificación del contrato de suministro será efectiva únicamente previa autorización escrita de la AICS. El precio global del contrato que resultará por efecto de estas modificaciones no deberá sobrepasar el importe máximo disponible por el lote indicado en el pliego de licitación y la entidad de dichas modificaciones no podrá exceder los límites fijados en las líneas guías de la Cooperación Italiana.
22.2 Si en el curso del desarrollo del contrato, por problemas que no están cubiertos por ninguna garantía, se requieren repuestos no incluidos en la lista de los repuestos adjunta al contrato, el Órgano de Contratación tendrá la facultad de pedir al Contratista modificaciones a dicha lista sin modificar el monto total indicado en el contrato.
22.3 Los precios aplicables serán los precios indicados en la oferta presentada; si se requieren repuestos no cotizados en la oferta serán propuestos por parte del Contratista al Órgano de Contratación, quien tendrá la facultad de negociar, aprobar o rechazar los precios propuestos, en base en lo establecido en las Condiciones Generales. El Contratista deberá ejecutar cualquier modificación no sustancial
que el Órgano de Contratación considere oportuno, sin costos adicionales e impuestos, siempre que la naturaleza de las actividades solicitadas no modifique de manera esencial los términos del contrato.
Cláusula 24 Calidad de los Suministros
24.1 Todos los bienes, independientemente de su origen, deberán ser conformes a las normativas vigentes en Argentina (ANMAT) aun cuando no sea expresamente indicadas en las especificaciones técnicas. Para todos los bienes de tecnología médica importados se deberá acreditar las certificaciones CE y/o FDA, y ANMAT.
Todos los bienes deberán ser conformes al estándar eléctrico vigente en Argentina (Tensión: 220 volt; 50 Hz) a menos que sea indicado de otra manera en las especificaciones técnicas, IEC 60601-1 y/o Directiva CEE 93/42 “Equipos Médicos” - modificada en la Directiva 2007/47/CE.
Para el caso que lo considere necesario, el Órgano de Contratación podrá exigir otra normativa en forma complementaria y sólo para casos particulares, donde deba aclararse la calidad técnica entre productos de similar característica, como instrumento para calificar de manera especial, aquellas que mejoren las prestaciones, el diagnóstico o garanticen mejor comportamiento y sostenibilidad frente a los usuarios.
Cláusula 25 Inspecciones y Pruebas
25.1 El Contratista deberá asumir los gravámenes técnicos, logísticos y económicos completamente a su cargo; y, realizar los controles y las pruebas de funcionamiento necesarias que se soliciten. Se realizará una inspección de los bienes y se someterán a pruebas de rigor, sin costo adicional alguno para el Órgano de Contratación, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones técnicas solicitadas previa a su puesta en marcha.
25.2 Se deberán suministrar todos los materiales, equipos y dispositivos necesarios para ejecutar en forma completa y segura la instalación y puesta en marcha de los equipos que se proveerán, para los cuales se deberán proporcionar todas las herramientas, mano de obra, dirección técnica, administración, solicitud de servicios y demás servicios requeridos, que aunque no hayan sido expresamente indicados en estas Condiciones Particulares, sean necesarios para completar y poner en operación segura y eficiente el equipamiento.
25.3 El Contratista será responsable de cualquier modificación a la infraestructura existente; asimismo será responsable de cualquier daño que se realice al Hospital y/o sus instalaciones, de manera que no afecten la integridad del inmueble.
25.4 Las verificaciones de la correspondencia técnico – operativa entre lo entregado y lo solicitado se harán en presencia del Contratista, de los encargados del Órgano de Contratación, del personal usuario y técnico del Hospital.
25.5 En ocasión de cada entrega parcial de los suministros, el Órgano de Contratación procederá, con la asistencia del Contratista, a efectuar la inspección de los suministros y de toda la documentación que se solicita en las especificaciones técnicas.
Cláusula 26 Principios generales – Procedimientos de pago
26.1 Los pagos se efectuarán en Euros y sus modalidades serán establecidas por la Convención Financiera. Los pagos del importe del contrato serán efectuados del siguiente modo:
a) 15% (quince por ciento) del importe total del contrato, como anticipo, dentro de los 30 días (treinta), luego de la presentación del pedido de erogación por parte del Contratista, a la Cassa Depositi e Prestiti S.p.A. junto con la presentación de la factura y de la constancia del depósito de una fianza irrevocable (garantía bancaria de prefinanciación según el modelo presente en el Anexo V al contrato) igual al monto de dicha cuota. La garantía de prefinanciación será devuelta después de 15 (quince) días desde la entrega DAP destino.
b) 65% (sesenta y cinco por ciento) del importe total del contrato, al embarcar los bienes, dentro de los 30 (treinta) días, luego de la presentación del pedido de erogación por parte del Contratista, a la Cassa Depositi e Prestiti S.p.A. junto con la siguiente documentación: factura comercial, packing list y bill of lading. En caso de bienes de origen nacional, el Contratista deberá presentar constancia de envío de los productos emitida por el Órgano de Contratación.
c) 20% (veinte por ciento) del importe total del contrato, dentro de los 30 días (treinta), luego de la presentación del pedido de erogación por parte del Contratista, a la Cassa Depositi e Prestiti S.p.A., (adjuntando la siguiente documentación administrativa: factura comercial y certificado de recepción provisoria emitido por el Órgano de Contratación).
De toda solicitud de pago que realice el contratista, deberá remitir copia al Órgano de Contratación y a la Embajada de Italia.
Cláusula 27 Pagos a Terceros
27.1. No podrán efectuarse órdenes de pagos a terceros.
Cláusula 28 Pagos Atrasados
El Órgano de contratación no abonará intereses por xxxx.
Cláusula 29 Entrega
29.1 El Contratista asumirá todos los gastos y riesgos relativos al traslado, almacenamiento, instalación y puesta en marcha de los suministros hasta la recepción provisional en el lugar de destino. Los suministros estarán embalados de manera que no se dañen o deterioren en el tránsito hasta su llegada al destino final.
29.2 Todos los embalajes tendrán que ser resistentes a las altas temperaturas, al ambiente salino, al almacenamiento al aire libre y los movimientos inadecuados. Cada embalaje será identificado de manera clara y evidente, con el nombre del beneficiario, del Órgano de Contratación, del Contratista, la referencia del contrato y los equipos que contiene. Además, cada embalaje llevará el logo del Ente Financiador, o sea la Agencia Italiana de Cooperación para el Desarrollo, en acuerdo al ejemplo que sigue:
29.3 El embalaje seguirá siendo propiedad del Contratista, siempre y cuando se respete el medio ambiente.
29.4 Antes de enviar los bienes, el Contratista notificará, por correo electrónico o por nota al Órgano de Contratación y a la compañía de seguros todos los detalles de la expedición (número de contrato, la descripción de los ítems, las cantidades, el barco u otro vector, el puerto o el lugar de salida, la fecha de la salida, el puerto o el lugar de destino). Los suministros serán entregados DAP ARGENTINA en los lugares establecidos en el Anexo C5 “Plan de Distribución de Equipos”. El Contratista tendrá que enviar al Órgano de Contratación los documentos de la lista que sigue, con copia a la compañía de seguros:
a) Factura comercial original con la descripción de los materiales, cantidades, precios unitarios, precios totales, la denominación y la Dirección del Beneficiario.
b) Un Original y tres copias de los documentos de embarque o de envío según corresponda.
c) Copia del Packing List.
d) Copia de los Certificados de seguros.
e) Declaración de Garantías del Fabricante correspondientes a los bienes incluidos en el embarque.
f) Certificado de Origen de los Bienes.
Todos los documentos tendrán que llevar el código de la licitación y el número del contrato.
En el caso de los bienes importados, todos los documentos antes mencionados tendrán que ser recibidos por el Órgano de Contratación al menos veinte (20) días antes de la llegada de los suministros al puerto; en caso contrario, todos los gastos consiguientes serán a cargo del Contratista.
Cláusula 31 Recepción Provisional
La Recepción Provisoria de los suministros con la consiguiente emisión del Certificado de Recepción Provisoria por parte del Órgano de Contratación, será expedido después de las pruebas de funcionamiento indicadas en la cláusula 25 y los requisitos indicados en la cláusula 29 de las Condiciones Particulares, las operaciones de control indicadas en la cláusula 30 de las Condiciones Generales del presente proceso licitatorio y las capacitaciones a los usuarios y personal técnico. El certificado de Recepción Provisoria será emitido por parte del Órgano de Contratación, dentro de los 15 días siguientes a partir de la fecha de pedido del Contratista.
Cláusula 32 Obligaciones de la Garantía
32. 1 El Contratista deberá garantizar que los suministros son nuevos, de primera mano, de los modelos más recientes o actuales y que incluyen los últimos adelantos en diseño y materiales. Asimismo, el Contratista garantizará que todos los suministros carecen de defectos derivados del diseño, los materiales o la mano de obra.
Los Bienes que se provean, deberán gozar de una garantía de al menos un (1) año o lo indicado en las correspondientes especificaciones técnicas (Anexo II xxx Xxxxxx de Licitación), contra todo defecto de fabricación y/o mano de obra, sin perjuicio de las ampliaciones de plazo indicadas en las especificaciones técnicas. La garantía deberá cubrir los repuestos (no los insumos) y mano de obra necesaria para efectuar las reparaciones, hasta dejarlos funcionando de forma adecuada y sin costo para el Órgano de Contratación.
La garantía comenzará a tener vigencia a partir de la fecha de Recepción Provisoria de los Bienes y servicios complementarios relacionados.
32.2 A partir de la fecha de puesta en funcionamiento, y hasta la finalización de la garantía, correrán por cuenta del Contratista la reparación y el mantenimiento preventivo-correctivo del bien, así como eventuales intervenciones de reconstrucción o reacondicionamiento, siempre y cuando no se origine el desperfecto en un siniestro o uso indebido. En caso de no haber acuerdo sobre el origen de los desperfectos, se recurrirá al dictamen de un grupo de expertos designado al efecto por el Órgano de Contratación.
Cláusula 33 Servicio Posventa
33.1 El servicio de mantenimiento y post-venta incluirá todos los equipos y las cláusulas del contrato, tendrá una duración de al menos 12 meses, sin perjuicio de las ampliaciones de plazo indicadas en las especificaciones técnicas, a partir de la fecha de Recepción Provisoria. Será incluido en el monto total del contrato y comprenderá un mínimo de 2 intervenciones anuales de mantenimiento con frecuencia semestral en los meses de garantía y servicio post-venta, o lo indicado en sus respectivas especificaciones técnicas (Anexo II xxx Xxxxxx de Licitación).
Estas intervenciones de verificaciones funcionales serán en número superior si así lo prevén los manuales técnicos y operativos y de las eventuales prescripciones del productor en este aspecto.
El Contratista deberá asegurar un servicio calificado y eficiente de asistencia, mantenimiento y reparación para satisfacer las exigencias del Órgano de Contratación. Esta asistencia será ejecutada por el representante técnico en Argentina y debe contar con personal técnico calificado según lo indicado en los CVs.
33.2 En la formulación del listado de las piezas de repuestos, el Contratista deberá haber tomado en cuenta las exigencias, que con base en su propia experiencia y know-how y del contexto específico argentino y la ubicación de los destinos que podrán presentarse los años de servicio post-venta.
Se deberá garantizar la disponibilidad de los repuestos por parte del fabricante y de su representante local, a través de una declaración conjunta de los mismos para los próximos 5 años a contar desde la fecha de recepción provisoria de los equipos.
33.3 La asistencia post-venta tendrá que abarcar lo siguiente:
a) Mantenimiento preventivo (incluyendo controles y pruebas de seguridad eléctrica según las normas IEC 62353, calibraciones, pruebas de funcionamiento) con la periodicidad declarada en los formularios de oferta y en el manual de los equipos;
b) Mantenimiento preventivo y correctivo para los defectos de construcción de los bienes y sus componentes;
c) Pruebas de calidad según los procesos y la periodicidad declaradas en el Formulario D9;
d) Obligación de reparación en los tiempos declarados en la oferta y limitando al mínimo el tiempo de paro de los equipos;
e) Intervenciones extraordinarias para causas accidentales de acuerdo a lo establecido en especificaciones técnicas;
Todas las actividades antes mencionadas deberán ser cumplidas por parte del personal especializado del Contratista.
33.4 En el momento de cada intervención de mantenimiento, el Contratista deberá presentar un reporte técnico de servicio que será avalado por el Director del Hospital o quien designe el Órgano de Contratación y notificado a este último.
33.5 Todos los trabajos de mantenimiento deben realizarse en presencia del Personal Técnico de los establecimientos de salud quienes serán capacitados durante estas visitas. El servicio será llevado a cabo por personal técnico autorizado y capacitado por el fabricante.
Cláusula 34 Recepción Definitiva
El certificado de Recepción Definitiva será emitido a la finalización de la garantía y del período de servicio de mantenimiento y post-venta, por el Órgano de Contratación.
Cláusula 35 Incumplimiento del Contrato y Resolución
En el caso de retraso en la entrega de los suministros, respecto de los términos pactados, el Contratista pagará al Órgano de Contratación, en concepto de multa por el mero retraso, el cero punto veinte por ciento (0.20%) del valor de la parte de los suministros que no se hayan entregado, por cada día de retraso hasta que todos los suministros sean entregados.
El monto de la penalidad máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del importe total de los suministros que no han sido entregados. Superado este porcentaje, el Órgano de Contratación se reserva el derecho de rescindir el contrato.
Cláusula 38 Fuerza Mayor
38.1 Para aquellos casos considerados en la Cláusula 38 de las Condiciones Generales del Contrato, el Órgano de Contratación podrá, cuando esté debidamente acreditada la fuerza mayor, proceder a la resolución del Contrato. En dicha circunstancia será necesario solicitar al siguiente Licitador en orden de mérito resultante del Informe de Evaluación, un manifiesto en donde declare mantener su oferta vigente, procediéndose finalmente a realizar una nueva adjudicación.
38. 2 En caso que el siguiente Licitador decida no mantener su oferta, se procederá de la misma manera con el tercer Licitador en orden y así sucesivamente hasta agotar la cantidad de Licitadores o bien hasta que finalmente la oferta sea mantenida.
Cláusula 40 Solución de Controversias
40.3/40.4 Si no se llega a un arreglo amistoso ni a una conciliación en un plazo de 120 días tras el inicio del procedimiento de resolución amistosa previsto por la Cláusula 40 de las Condiciones Generales, los litigios se someterán a la Justicia Ordinaria competente con arreglo a la legislación nacional Argentina.
Si la oferta prevé la subcontratación, las condiciones contractuales entre los licitadores y sus subcontratistas deben prever la mediación conforme a los usos nacionales e internacionales como método de arreglo de controversias.
Cláusula 45 Capacitación para el Uso
Todos los equipos, dispondrán de una capacitación de uso y de formación técnica en mantenimiento y fallas, que será brindada a médicos, operadores y técnicos de mantenimiento, con extensión de certificación individual, que permitirá a los responsables de los servicios clínicos, la realización de las revisiones preventivas y/o de alguna de las intervenciones correctivas, en caso de corresponder.
La capacitación se efectuará en forma directa, presencial y apoyada con manuales, presentaciones interactivas y soporte a distancia, los cuales deberán ser entregados a los participantes.
La capacitación será conformada según las características descriptas en las Especificaciones Técnicas, Anexo II al Contrato y la presentación del servicio en oferta.
Los cursos para médicos y personal de enfermería deberán incluir la descripción y características del equipo, así como Instrucciones de Buen Uso, Normas de Seguridad y Bioseguridad, si correspondiera, así como los métodos de mantenimiento rutinario.
Cláusula 46 Limitación de Responsabilidad por Dolo o Negligencia