PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
SUBSECRETARÍA
DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR
SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS PATRIMONIALES
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
(PCAP)
CONTRATO DE SERVICIOS
XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX - 2024-02-14 13:23:13 CET
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Nº Expediente: SER-23/011
OBJETO: SERVICIO DE MANTENIMIENTO GENERAL XX XXXXXXXX.
LUGAR DE EJECUCIÓN: RESIDENCIA DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA
EN LISBOA (REPÚBLICA PORTUGUESA)
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: NEGOCIADO CON PUBLICIDAD (DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO).
Este PCAP ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado en el Departamento en fecha de de 2023.
Aprobado, El Ministro
La Directora General del Servicio Exterior
P.D. (Orden AUC/462/2021, de 28 xx xxxxx)
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Correo electrónico: xxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx
Xxxxx xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, 0
4ª planta. Área A.04.111 28006 - Madrid
CUADRO RESUMEN
• Tipo de contrato: Contrato Administrativo de Servicios.
• Número de expediente: SER-23/011
• Objeto del contrato: Mantenimiento de los jardines de la Residencia oficial de la Embajada de España en Lisboa (República Portuguesa).
• Lugar de ejecución: Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Praça de Espanha, 39, 1060-108. Lisboa.
• Plazo de ejecución: 2 años.
• Posibilidad de prórroga: Una prórroga anual (2+1).
• Vocabulario Común de Contratos (CPV):
77311000-3 “Servicio de mantenimiento xx xxxxxxxx y parques”
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• Órgano de Contratación: El Ministro y, por delegación, la Directora General del Servicio Exterior (Orden AUC/462/2021, de 28 xx xxxxx, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias).
• Perfil del Contratante: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
• Tramitación del expediente de contratación: Ordinaria.
• Procedimiento de adjudicación: Negociado con publicidad (D.A. 1ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).
• Valor estimado del contrato (sin IVA y con prórrogas): 93.600 €.
• Tipo Impositivo IVA aplicable: 23%.
• Presupuesto base de licitación (con IVA y sin prórrogas): 76.752 €.
• Aplicación presupuestaria: 12.01.13.142A.218
• Criterios de valoración: Criterios de valoración cualitativos y económicos.
• Garantía definitiva: El 5% del importe de adjudicación (excluido I.V.A. o impuesto similar aplicable).
• Plazo de garantía: Hasta 1 mes posterior a la fecha de finalización del contrato.
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CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato lo constituye la prestación del servicio de mantenimiento de los jardines de la Residencia oficial de la Embajada de España en Lisboa (República Portuguesa). El detalle y características del servicio, así como la forma en que debe prestarse, se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP).
El procedimiento se presenta sin desglose por lotes porque la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico. Asimismo, existe una necesaria coordinación en la ejecución de diversas prestaciones del contrato y que, en el caso de su división en lotes, conllevaría la imposibilidad de su realización o, cuanto menos, colisionaría con los principios de una actuación eficiente, transparente e íntegra.
Cláusula 2.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será de 2 años (01/06/2024 – 31/05/2026) con posibilidad de una prórroga anual.
Cláusula 3.- LUGAR DE EJECUCIÓN.
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El servicio objeto del contrato será prestado en la dependencia siguiente: Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Praça de Espanha, 39, 1060-108. Lisboa.
Cláusula 4.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
El contrato al que se refiere el presente pliego es un contrato del Sector Público, de carácter administrativo y de servicios, que se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el presente PCAP, por el PPTP, así como por el propio documento en el que se formalice el contrato. Para todo lo no regulado de forma expresa en el contrato y en los pliegos, se estará a lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Todo ello sin perjuicio de que para resolver las dudas y lagunas que surjan en su aplicación se tendrán en cuenta los principios de la LCSP.
Enumeración de los documentos que integrarán el contrato, enumerados por orden de prelación:
1. El PCAP.
2. El PPTP.
3. La carta de invitación a participar en el procedimiento.
4. El documento de formalización.
5. La oferta del adjudicatario
Cláusula 5.- RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO.
Presupuesto base de licitación: El importe del presupuesto base de licitación (IVA incluido y sin prórrogas), que determina la exclusión de cualquier oferta por importe superior, asciende a 76.752 Euros (€).
I.V.A. o impuesto similar aplicable: 23%.
Valor estimado del contrato: El valor estimado del contrato (sin IVA y con prórrogas) asciende a 93.600 Euros.
Aplicación presupuestaria: 12.01.13.142A.218, siendo la distribución por anualidades prevista la siguiente:
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2024 (junio – noviembre): 19.188 €
2025 (diciembre 2024 – noviembre 2025): 38.376 €
2026 (diciembre 2025 – mayo 2026): 19.188 € Presupuesto Base de Licitación: 76.752 €
Dichas anualidades previstas podrán ser objeto de reajuste en función de la fecha definitiva de inicio de ejecución del contrato.
Estructura de costes del presupuesto base de licitación (artículo 100.2 LCSP):
(CD) Costes directos servicio (1) | 30% | 15.731,10 |
(CS) Costes salariales servicio (2) | 70% | 36.705,87 |
(PEM) Presupuesto de Ejecución Material | (CD+CS) | 52.436,97 |
(GG) Gastos Generales (3) | 13% s/PEM | 6.816,80 |
(BI) Beneficio industrial | 6% s/PEM | 3.146,23 |
(GGE) Total gastos generales de estructura | (GG + BI) | 9.963,03 |
Base Imponible | (PEM+GGE) | 62.400 |
IVA | 23% s/Base Imponible | 14.352 |
(PBL) Presupuesto Base de Licitación | (GGE + IVA) | 76.752 |
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(1) Costes directos (herramientas, suministros, vehículos, maquinaria).
(2) Costes salariales (salarios y seguros sociales).
(3) Gastos generales (amortizaciones, impuestos, licencias, coste estructura administrativa).
CAPÍTULO II - LICITACIÓN Cláusula 6.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES.
Podrán presentar ofertas para la adjudicación del contrato, previa invitación de la Administración, las personas naturales y jurídicas, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, que dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para que técnica y legalmente puedan llevar a buen fin la prestación objeto del contrato, respetando y cumpliendo la normativa vigente y aceptando el alcance de todos los documentos contractuales. La admisión a la licitación requerirá que los licitadores cuenten con la capacidad económica y financiera, así como técnica o profesional necesaria para la ejecución del contrato, reservándose la Administración la facultad de examinar dicha capacidad.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Cláusula 7.- FORMA DE ACREDITAR LOS REQUISITOS DE LOS LICITADORES: CAPACIDAD Y SOLVENCIA.
A) La capacidad de obrar se acreditará como sigue:
1) Las empresas extranjeras, de nacionalidad no española ni de países miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar ante la Misión Diplomática correspondiente u Oficina Consular de España del lugar de ejecución del
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contrato que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Acreditadas estas circunstancias, se emitirá el correspondiente informe por parte de la Representación, que se incorporará al expediente de contratación.
2) Las empresas de nacionalidad española o de un país miembro de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su capacidad de obrar mediante los siguientes documentos:
- Las empresas de nacionalidad española acreditarán su capacidad de obrar mediante la presentación de copia compulsada de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el Registro público que corresponda.
- Las empresas no españolas nacionales de Estados miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su capacidad de obrar a través del correspondiente certificado de inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
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Asimismo, presentarán una declaración responsable de que la empresa no se encuentra comprendida en ninguna de las causas de incapacidad para contratar con la Administración, que establece el art. 71 de la LCSP (según modelo del Anexo 2), y de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en su caso.
3) Documentación acreditativa de la representación:
- Copia del documento de identidad del firmante de la proposición.
- Poder bastante del firmante de la proposición o documento equivalente, debidamente inscrito en el registro que corresponda.
B) La justificación de la solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
1. Solvencia económica y financiera:
Se aportará póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo igual o superior al presupuesto base de licitación (76.752 €) vigente en la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas, que se acreditará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.
2. Solvencia técnica o profesional:
Se aportará una relación de trabajos o servicios realizados de igual o similar naturaleza ejecutados en los últimos cinco años, debiendo ser el importe igual o superior al 100% del presupuesto base de licitación (76.752 €) y en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se deberá acompañar con certificados de buena ejecución emitidos por, al menos, 3 clientes.
Los licitadores, además de acreditar su solvencia, se deben comprometer a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales necesarios suficientes para ello, compromiso que se integrará en el contrato, pudiendo atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 221 de la LCSP, o establecer penalidades, conforme a los señalados en el artículo 192.2 de la LCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. Para ellos deberán cumplimentar y presentar el “Anexo VI compromiso de adscripción de medios personales y materiales”.
Los medios personales obligatorios son los establecidos en la cláusula 4 del PPTP.
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C) Otra documentación:
1) Las empresas que no tengan nacionalidad española y que opten por el sometimiento a los Tribunales españoles deberán presentar la declaración de sumisión a los mismos (Anexo 3).
2) Compromiso de confidencialidad: La totalidad de la documentación e información facilitada al licitador tiene carácter confidencial, teniendo éste el deber de confidencialidad, sobre la documentación e información que reciba para la licitación del presente contrato. Deberá manifestar su compromiso expreso de respetar dicho deber cumplimentando y aportando el Anexo 4 del presente PCAP.
3) Unión Temporal de Empresarios (UTE): En el caso de que se licite en Unión Temporal de Empresarios, deberá aportarse el correspondiente compromiso de constitución, debidamente firmado por los representantes de cada una de las empresas que se pretenden constituir en UTE (Anexo 5).
Los licitadores sustituirán inicialmente la aportación de la documentación acreditativa de su capacidad y solvencia mencionada en esta cláusula en los apartados A) y B) anteriores por una declaración responsable (según modelo del Anexo 2, adjunto a este pliego), indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Para aquellos casos, en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada una de las empresas participantes.
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El Órgano de Contratación podrá pedir en cualquier momento a los licitadores la totalidad o una parte de los documentos justificativos de la capacidad y solvencia sustituida por la presentación de la declaración responsable indicada.
En todo caso, el licitador que resulte propuesto como adjudicatario, deberá acreditar previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad y solvencia.
Las circunstancias relativas a la capacidad y solvencia, así como la ausencia de prohibiciones para contratar deberán concurrir en la fecha de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Si no quedase acreditado que el licitador cumple los requisitos de capacidad y solvencia, su proposición quedará excluida del proceso de licitación.
Todos los documentos requeridos en esta cláusula, salvo que estés escritos en idioma inglés, deberán acompañarse de traducción al español, en su caso, y deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas.
Cláusula 8.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
La Embajada de España en Lisboa invitará a presentar ofertas, como mínimo, a tres empresas con capacidad y solvencia suficiente para realizar el objeto del contrato.
Asimismo, el anuncio de licitación será publicado en la página web de la Representación.
Las proposiciones de los licitadores deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente PCAP.
No se autorizan variantes, mejoras ni alternativas del objeto del contrato. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
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El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial al presentar su oferta.
Plazo de presentación de ofertas: El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de envío de la invitación al procedimiento y de la publicación en la página web, que se hará en el mismo día.
Lugar de presentación de ofertas: Las proposiciones se presentarán en mano o por correo postal en el Registro de la Cancillería de la Embajada de España en Lisboa.
Dirección: Xxx xx Xxxxxxx, 0.- 0000-000 Xxxxxx.
Horario: De lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
El Registro emitirá, una vez finalizado el plazo de presentación, un certificado sobre las proposiciones recibidas, así como de las recibidas extemporáneamente.
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Forma de presentación de ofertas: La proposición constará de tres sobres, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que legalmente lo represente, con los siguientes requisitos:
• En el exterior de cada sobre, se consignarán, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlos para su lectura, los cuadros cuyos modelos constan en el Anexo 1 a este Pliego.
• Contenido de los sobres:
- Sobre nº 1: “Documentación Administrativa”. Contendrá la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a la licitación (capacidad y solvencia) e incluirá exclusivamente:
1.-El Anexo 2 del PCAP (Declaración responsable).
2.-El Anexo 3 del PCAP (en caso de empresas de nacionalidad no española que opten por la sumisión a los Tribunales españoles).
3.-El Anexo 4 del PCAP (Compromiso de confidencialidad).
4.-El Anexo 5 del PCAP (en caso de presentarse a la licitación en régimen de Unión Temporal de Empresarios -UTE-).
5.- El Anexo 6 del PCAP (Modelo de compromiso de adscripción de medios personales)
En el caso de que sea necesaria la subsanación de la documentación presentada en el Sobre nº 1, se conferirá a los licitadores un plazo no superior a tres días hábiles para que procedan a las correcciones oportunas.
- Sobre nº 2: “Proposición de criterios sometidos a juicio de valor”. Contendrá la propuesta de los aspectos valorables mediante juicio de valor. A tales efectos, incluirá el Anexo 7 del PCAP y la documentación prevista en dicho anexo.
Una vez realizada la valoración del contenido del Sobre nº 2, de acuerdo a lo indicado en la Cláusula 9.1 de este Pliego, se procederá a la apertura del Sobre nº 3.
- Sobre nº 3: “Proposición de criterios de valoración automática”. Contendrá la proposición económica, conforme al Anexo 8 de este pliego, y que deberá:
▪ Expresarse en Euros (€)
▪ Contener un presupuesto total (que en ningún caso puede ser superior al presupuesto base de licitación establecido en el presente pliego).
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▪ Estar firmadas por el empresario e incluir el sello de la empresa/empresario, si se dispone del mismo.
Cláusula 9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato atendiendo a la mejor oferta presentada con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
o Criterios cualitativos (hasta un máximo de 20 puntos).
o Criterios económicos (hasta un máximo de 80 puntos).
VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION. TOTAL: 100 PUNTOS.
9.1.- CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR (según modelo del
Anexo 7):
Oferta técnica: hasta un máximo de 20 puntos.
Para su valoración, se ha presentar una breve memoria técnica que abarque los dos siguientes bloques:
a) Características técnicas y organización de los trabajos: hasta 10 puntos, con el siguiente desglose:
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-Descripción técnica del servicio y planificación de los trabajos: hasta 10 puntos. Se valorará la calidad técnica del proyecto presentado para la ejecución de las labores previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Personal y medios técnicos: hasta 7 puntos, con el siguiente desglose:
-Medios humanos: hasta 3,5 puntos. Se valorará el dimensionamiento, cualificación y organigrama de la plantilla propuesta para la prestación del servicio, que deberá incluir los medios humanos obligatorios exigidos para acreditar la solvencia técnica y profesional.
-Medios materiales: hasta 3,5 puntos. Se valorarán los medios técnicos ofertados, atendiendo a su adecuación a las necesidades del servicio y a las características físicas de las distintas zonas de trabajo incluidas en el contrato.
c) Descripción del estado actual de los 3 jardines y propuesta de mejoras técnicas: hasta 3 puntos. El licitador, que ha de visitar previamente los mismos, describirá la totalidad de los espacios ajardinados y propondrá mejoras técnicas a implementar.
La memoria técnica no excederá de 20 páginas (incluidos índices, planos, gráficos, especificaciones de vehículos y máquinas, etc.).
Para la valoración de los criterios cualitativos, la Embajada de España en Lisboa podrá solicitar un informe sobre los mismos a los servicios técnicos de la Subdirección General de Asuntos Patrimoniales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
9.2.- CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS (según modelo del
Anexo 8):
Oferta económica: hasta un máximo de 80 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación (80 puntos) a la empresa que presente la oferta económica más baja, asignándose la puntuación en proporción inversa al resto de proposiciones aplicando la siguiente fórmula:
Fórmula: P = 80 x Oi / Oo. Siendo: P: Puntuación obtenida
Oi: Presupuesto de la oferta más económica
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Oo: Presupuesto de la oferta que se valora
9.3.- ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN.
Acreditado por los licitadores el cumplimiento de los requisitos previos a la licitación, y solventados los trámites relativos al Sobre nº 2, esto es, la obtención del informe de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor, la Representación procederá a la apertura del Sobre nº 3 que contendrá la oferta sobre los criterios valorables de forma automática.
Una vez abiertas y conocidas las ofertas, se realizará una única ronda de negociación con los licitadores, que se iniciará mediante la comunicación escrita dirigida a cada empresa invitándole a mejorar, en el plazo mínimo de tres días hábiles, los aspectos objeto de negociación que se detallan seguidamente, garantizando siempre el principio de igualdad de trato entre los licitadores. En particular, no se facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventaja a ningún licitador con respecto a los demás, y se protegerá el secreto industrial y el derecho de propiedad intelectual, de manera que no se revele al resto de empresas licitadoras la oferta propuesta por una empresa participante.
Los aspectos objeto de negociación son los siguientes:
- Oferta económica.
El incumplimiento durante la ejecución del contrato de los aspectos objeto de negociación podrá ser considerado causa de resolución del contrato.
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9.4.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, según lo dispuesto en el art. 149 de la LCSP, se apreciará de acuerdo con los parámetros previstos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y que se señalan a continuación.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales respecto al presupuesto base de licitación.
En el caso de que el Órgano de contratación aprecie que alguna proposición contiene una oferta anormalmente baja en los términos anteriores, se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 149 de la LCSP.
Cláusula 10.- ADJUDICACIÓN.
Finalizado el proceso de negociación, la Representación clasificará, por orden decreciente atendiendo a la puntuación, las ofertas que no hayan sido excluidas del procedimiento de adjudicación y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Comunicando a las empresas que hayan sido excluidas de la licitación tal circunstancia.
En el caso de que dos o más ofertas estén igualadas se dirimirá mediante sorteo.
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Con carácter previo a la adjudicación del contrato, la Representación requerirá a la empresa que haya obtenido la mayor puntuación, y por lo tanto haya presentado la mejor oferta, para que presente los documentos acreditativos de su capacidad de obrar y solvencia exigidos en la cláusula 7.
Cláusula 11.- GARANTÍA.
Para la adjudicación del contrato, el licitador seleccionado deberá presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
Como garantía de las obligaciones asumidas en el presente contrato, el contratista prestará una fianza del 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o impuesto similar aplicable, en el caso en que proceda la aplicación de este impuesto o de otro similar, por medio de depósito en efectivo, aval bancario o póliza de seguro de caución. La garantía se constituirá ante la Embajada de España en Lisboa.
De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
La garantía responderá de los siguientes conceptos:
a) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato.
b) De las penalidades impuestas al contratista.
c) De los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de las obligaciones.
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d) De los daños y perjuicios ocasionados a la Administración por la ejecución del contrato o por su incumplimiento.
e) De la inexistencia de vicios o defectos de los servicios prestados durante el plazo de garantía.
Si como consecuencia de una modificación del contrato, su precio experimentase una variación, el importe de la garantía deberá reajustarse.
El plazo de la garantía abarcará hasta el mes posterior a la fecha de finalización del contrato. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y el servicio se haya recibido de conformidad.
Cláusula 12.- PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá aportar una póliza de seguro de responsabilidad civil o seguro equivalente, de acuerdo con los usos o costumbre local, por un importe mínimo igual al del presupuesto base de licitación (76.752 €) para responder de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros y a las instalaciones de la Embajada de España en Lisboa como consecuencia de la ejecución del presente contrato. La póliza debe renovarse para cubrir todos los daños y perjuicios durante todo el periodo de ejecución del servicio.
Cláusula 13.- FORMALIZACIÓN.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización con la firma por ambas partes del contrato de servicios correspondiente.
Cláusula 14.-DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrá acordarse por el Órgano de Contratación antes de la formalización.
El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
En estos casos, el importe de indemnización será como máximo el 1% del presupuesto base de licitación,
I.V.A. o impuesto similar excluido, previa solicitud y justificación documental del licitador.
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CAPÍTULO III - EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 15.- EJECUCIÓN.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente pliego, en el PPTP y demás documentos contractuales, y bajo la dirección, inspección y control del responsable del contrato designado por la Administración que podrá dictar las instrucciones oportunas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
El Contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales establecidos por la Administración.
Cláusula 16.- RESPONSABLE DEL CONTRATO DESIGNADO POR LA ADMINISTRACIÓN.
El responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada será el/la Consejero Económico-Administrativo y el/la Canciller de la Embajada de España en Lisboa.
El responsable del contrato deberá ayudarse, para adoptar las decisiones de tipo técnico y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, del asesoramiento que le presten los servicios técnicos de la Subdirección General de Asuntos Patrimoniales.
Cláusula 17.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX.
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El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del Contratista. Será de cuenta del Contratista indemnizar todos los daños que se causen tanto a la Administración contratante como a terceros como consecuencia de las acciones que requiera la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
El Contratista será responsable de cualquier reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial o comercial derivada de la ejecución del contrato que pudiera plantearse.
Cláusula 18.- PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO.
El Contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto del mismo, quedando obligado al cumplimiento de las obligaciones vigentes, especialmente en materia socio-laboral, fiscal y de seguridad social, en el lugar de ejecución del contrato.
El Contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su trabajo correctamente, conforme a las especificaciones contenidas en el PPTP.
El Contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento y con carácter previo a la Administración de cualquier variación.
Asimismo, el Contratista designará un Responsable del contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor del Contratista frente a la Administración contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato de un lado, y la Administración, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
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d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente el Contratista con la Administración contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento de la ejecución del contrato de servicios.
e) Informar a la Administración contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
f) Velar por el cumplimiento de la normativa local respecto a las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
g) Velar por el cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación, si lo hubiera.
Cláusula 19.- GASTOS E IMPUESTOS A CARGO DEL CONTRATISTA.
Serán de cargo del Contratista todos los gastos que se deriven del contrato, incluidos los de naturaleza fiscal o tributaria, ya se trate de impuestos, tasas o contribuciones especiales, y cualquiera que sea la naturaleza y ámbito territorial del tributo del que se trate, exceptuando el I.V.A. o impuesto análogo. En concreto, serán por cuenta del Contratista los gastos así establecidos en el PPTP. Asimismo, corresponderá al Contratista la obtención de todos los permisos, autorizaciones y licencias que requiera la realización del servicio que se contrata.
Cláusula 20.- PROGRAMA DE TRABAJOS, INFORMES Y DOCUMENTACIÓN A PROPORCIONAR POR EL CONTRATISTA.
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El Contratista deberá proporcionar a la Administración, en los plazos estipulados al efecto, la documentación exigida en las Cláusulas 9 y 10 del PPTP.
A efectos del cómputo de plazos, dicha documentación deberá presentarse en el Registro de la Representación.
Cláusula 21.- RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS, CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS, OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
21.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
La contratista será responsable de la calidad de las prestaciones, servicios y suministros realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Embajada de España en Lisboa o para terceras partes de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista tendrá obligación de guardar sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado, así como los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información.
El contratista está obligado a someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
El personal que ejecute el servicio tiene el deber y obligación de mantener el sigilo y la confidencialidad de toda información a la que de manera directa o indirecta pudiera tener conocimiento, incluyendo sin carácter exhaustivo, planos, diseños, especificaciones, comunicaciones, software de ordenador y documentación de programas, registro, datos, gráficos, apuntes, modelos, muestras, información técnica y comercial de todo tipo ya sea transmitida de forma verbal, escrita o por soporte magnético o cualquier otro medio telemático, conocimientos y experiencias directamente vinculados al resultado y ejecución de los servicios contratados, así como datos de carácter personal.
El tratamiento de datos de carácter personal que el adjudicatario se compromete a realizar, se limitará a las actuaciones que resulten necesarias para prestar los servicios contratados, de conformidad con lo establecido en su oferta.
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El incumplimiento de estas obligaciones tiene carácter esencial conforme a lo dispuesto en el art. 122 de la LCSP, por lo que su incumplimiento dará lugar a la resolución del contrato.
21.2. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUEC) se compromete al cumplimiento de la normativa europea y nacional aplicable de protección de datos de carácter personal. Los datos personales recogidos a través de las proposiciones de licitación y que obren en la documentación que se adjunta serán utilizados para la gestión y control del presente expediente de contratación, así como, en su caso, para cumplir con las obligaciones normativas impuestas durante la vigencia del mismo.
Una vez finalizada la vigencia, los datos serán conservados a los únicos efectos de cumplir las obligaciones legales requeridas y para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones, durante el plazo de prescripción de las acciones derivadas del presente Contrato.
Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la legislación vigente, puede dirigirse al responsable del tratamiento de datos, que será el designado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación, en dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx, 0, 00000 xx Xxxxxx, Xxxxxx, y con dirección de correo electrónico xxx@xxxx.xx.
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El Contratista se compromete a respetar el carácter confidencial de toda la información a la que vaya a tener acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Este deber de confidencialidad se extenderá al período de cinco años desde el comienzo del acceso a la información.
Cláusula 22.- INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS
El régimen de indemnización de daños y perjuicios será el establecido en el artículo 196 LCSP, conforme al cual el contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Administración procederá a la imposición de las penalidades que se determinen en la cláusula 24 del presente pliego.
Cláusula 22.- RÉGIMEN DE PAGOS.
La Administración viene obligada al abono del servicio efectivamente realizado, con arreglo al precio convenido.
Las facturas que se emitan con motivo de la prestación del servicio deberán presentarse en el Registro de la Representación, para que quede constancia de la entrada en las dependencias administrativas a efectos del cómputo del plazo de pago.
Para el abono de las facturas será necesaria la previa presentación por el Contratista del informe exigido en la cláusula 9 del PPTP, y todos los pagos deberán llevar incluido el certificado de conformidad con los trabajos realizados por parte de la Embajada de España en Lisboa.
El abono del servicio se producirá mediante pagos periódicos y por mensualidad vencida, y se hará efectivo mediante cheque nominativo y/o transferencia bancaria a la cuenta designada por el contratista en base a la factura presentada por el mismo y conformada por la Unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato.
Cláusula 23.- REVISIÓN DE PRECIOS.
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Los precios resultantes de la adjudicación no serán revisables por ningún concepto durante el período de ejecución del contrato, incluidas las prórrogas.
Cláusula 24.- EVALUACION DE LA EJECUCION DEL CONTRATO Y PENALIDADES.
La evaluación tendrá como objetivo medir la ejecución del contrato, valorando si se cumplen o no los criterios establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en la propia oferta presentada por la empresa adjudicataria. Para la realización y seguimiento de dicha evaluación, las personas responsables del contrato en nombre de la Embajada de España en Lisboa elaborarán un Informe a tal efecto cuando se considere necesario.
El Órgano de Contratación, a propuesta de los responsables de la ejecución del contrato, podrá optar por la resolución del contrato o imponer penalidades en la forma y condiciones establecidas en el artículo
192 de la LCSP, por las faltas cometidas por el contratista, por causas imputables al mismo, por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de los establecido en los Pliegos o en disposiciones vigentes aplicables.
La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Embajada de España en Lisboa por los daños y perjuicios ocasionados imputables al contratista. Con carácter general, se tendrán muy en cuenta a la hora de aplicar penalizaciones los incumplimientos del contratista por:
• El incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte de la empresa adjudicataria de cualquiera de las tareas designadas.
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• La falta reiterada de suministro, o suministro de inferior calidad de los parámetros adjudicados.
• La negativa a gestionar un servicio.
• Las demoras que pudieran producirse en la ejecución correcta del contrato, o en el cumplimiento de las estipulaciones que se encuentran sometidas a plazo.
• El incumplimiento por parte del contratista del número de recursos humanos y técnicos que se hubiera comprometido a adscribir al contrato.
• La falta de cumplimiento de horarios y frecuencias a las que la empresa adjudicataria se hubiera comprometido.
• La no realización de las mejoras a que se ha comprometido en su oferta.
• No cumplir con los criterios de facturación acordados con la Embajada de España en Lisboa.
En caso de incumplimiento del plazo total del contrato, por causas imputables al contratista, la Embajada de España en Lisboa podrá optar entre la resolución del contrato o la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 € por cada 1.000 € del precio del contrato, IVA excluido, estando en lo demás a lo previsto en el art. 193 LCSP.
En caso de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso del contrato, si se decidiera la imposición de penalizaciones, estas serían impuestas de forma gradual y con el siguiente desglose:
• La primera disconformidad que se pusiera de manifiesto, conllevaría un apercibimiento.
• La segunda disconformidad manifiesta conllevaría una penalización del 1% del precio de adjudicación del contrato.
• La tercera disconformidad manifiesta conllevaría una penalización del 2% del precio de adjudicación del contrato.
• La cuarta disconformidad manifiesta conllevaría una penalización del 3% del precio de adjudicación del contrato.
• La quinta disconformidad manifiesta conllevaría una penalización del 4% del precio de adjudicación del contrato y conllevará la posibilidad de resolución del contrato.
En concreto, la demora en el cumplimiento de los plazos dados para plantaciones concretas, reposición o saneamiento de especies que se hayan solicitado, o de las instrucciones de cuidado y limpieza concretas efectuadas por el responsable del contrato en nombre de la Embajada de España en Lisboa, podrá dar lugar a una penalización de hasta 300,00 Euros por cada incumplimiento.
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En todo caso, el órgano de contratación podrá imponer penalidades de hasta el 10% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido, atendida la gravedad de los hechos.
En los supuestos anteriores, independientemente de la sanción económica, la adjudicataria deberá corregir de modo inmediato las anomalías de en la ejecución del contrato.
En todo caso, y conforme con lo señalado en el artículo 192.1 de la LCSP, las penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y la cuantía de cada una de ellas no podrán ser superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato.
Cláusula 25.- MODIFICACIÓN.
La modificación del contrato podrá realizarse siempre que las circunstancias así lo aconsejen y deberá ser acordado entre las partes.
En el procedimiento que se tramite, se dará audiencia al contratista y la modificación se formalizará por escrito entre el Contratista y la Administración, previo informe del Servicio Jurídico.
Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato, se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el objeto del contrato, éstas se valorarán según los precios incluidos en la oferta presentada para la licitación por el Contratista.
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Cuando las modificaciones supongan la introducción de unidades no comprendidas en la oferta o cuyas características difieran sustancialmente, los precios aplicables a las mismas serán fijados por la Administración, previa audiencia del Contratista por plazo mínimo de tres días hábiles. Si éste no aceptase los precios fijados, el Órgano de Contratación podrá contratar las nuevas unidades con otro empresario por los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente.
En caso de que la modificación suponga supresión o reducción de unidades de bienes que integran el objeto del contrato, el Contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna.
Cláusula 26.- SUCESIÓN DEL CONTRATISTA.
En los casos de fusión, escisión o transmisión de empresas, continuará el contrato vigente la empresa que se subroga en los derechos y obligaciones siempre que reúna las condiciones de capacidad y solvencia exigidas para la adjudicación.
Cláusula 27.- CESIÓN.
En virtud de lo dispuesto en el art 214.1 de la LCSP, los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el contratista a un tercero.
Cláusula 28.- SUBCONTRATACIÓN.
En el supuesto de subcontratación de alguna de las prestaciones objeto del contrato, ésta no podrá superar el 40% del precio del contrato, y se deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Órgano de Contratación, señalando la parte de la prestación que se pretenda subcontratar y la identidad del subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. La subcontratación requerirá la previa autorización expresa y por escrito de la Administración.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.
Será exigible al subcontratista y al personal subcontratado el deber de confidencialidad en los términos recogidos en la cláusula 21.1 de este Pliego.
La Administración contratante podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista haga, en su caso, a todos los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato.
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Cláusula 29.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
El órgano de contratación podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 198.5 de la LCSP. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 208 LCSP.
Cláusula 30.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Las cuestiones litigiosas que se susciten en la ejecución del contrato se resolverán de mutuo acuerdo entre las partes y, en su defecto, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales españoles, en el caso de que se trate de empresas españolas.
En los demás supuestos, estas cuestiones se someterán a la jurisdicción de los Tribunales españoles si el Contratista así lo acepta, de acuerdo con el Anexo 3 del presente pliego.
Si no lo aceptara, para resolver cualquier controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él, incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, terminación, interpretación o ejecución, será resuelta definitivamente mediante arbitraje, que será obligatorio para ambas partes, y que tendrá lugar ante la Cámara de Comercio e Industria Luso-Española. La sentencia sobre cualquier laudo emitido por los árbitros puede ser presentada en cualquier tribunal estatal o federal que tenga jurisdicción para ello. Ambas partes declaran que este acuerdo de arbitraje es irrevocable. La sede del arbitraje estará en la ciudad xx Xxxxxx (República Portuguesa).
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CAPÍTULO IV - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 31.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CUMPLIMIENTO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad del servicio objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en su clausulado, en el presente pliego, en el PPTP y en los demás documentos contractuales a satisfacción de la Administración. Dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha de finalización del servicio deberá acordarse, y ser notificada al contratista, la liquidación correspondiente del contrato, y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones por parte de la Administración, quedará extinguida la responsabilidad del Contratista, procediéndose a cancelar la garantía definitiva constituida.
Cláusula 32.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Se podrá resolver el contrato, sin más obligación que el abono del servicio efectivamente prestado, en los siguientes supuestos:
1.- La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual.
2.- La extinción de la personalidad jurídica, salvo los supuestos señalados en la cláusula 27 de este PCAP.
3.- La declaración de concurso o la declaración de insolvencia del contratista 4.- Pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
5.- El incumplimiento de la obligación principal del contrato y, especialmente, la ejecución defectuosa no corregida a requerimiento expreso de la Administración, entendiendo por tal la imposición de al menos cinco disconformidades y la interrupción o abandono de la prestación del servicio sin causa justificada ni autorización.
6.- El incumplimiento durante la ejecución del contrato de los aspectos objeto de negociación. 7.- El incumplimiento de las obligaciones en materia de no cesión o subcontratación.
8.- Incumplimiento de la obligación de guardar sigilo.
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9.- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración, y en particular, la manifiesta negativa del contratista a observar las instrucciones del responsable designado por la Administración, su reiterada falta de colaboración en el desempeño de las funciones supervisoras del responsable o la no entrega o entrega incompleta de los informes o documentación requerida por éste para el efectivo control de la ejecución del contrato.
10.- El desistimiento de la Administración.
11.- El mutuo acuerdo entre la Administración y el Contratista.
CAPÍTULO V - RECURSOS
Cláusula 33.- RECURSOS.
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa serán susceptibles de ser recurridos potestativamente en reposición ante el Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el plazo de un mes, a tenor del art. 123 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o mediante recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en los arts. 11.1.a) y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo; en ambos casos, los plazos se contarán a partir del día siguiente al de la notificación de los actos susceptibles de recurso.
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ANEXO 1
ANEXO 1
CUADROS PARA COLOCAR EN EL EXTERIOR DE LOS SOBRES
CUADROS PARA COLOCAR EN EL EXTERIOR DE LOS SOBRES
SOBRE Nº 1 DOCUMENTACIÓN ADMINITRATIVA
(Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos)
Nº EXPTE: SER-23/011
OBJETO DEL CONTRATO: ………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………..
NOMBRE DEL EMPRESARIO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: …………………………..
………………………………………………………………………………………………………………………..
N.I.F. O ANÁLOGO: ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL: ………………………………………………………………………………….
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO: ……………………………………………………………………………..
NOMBRE DEL REPRESENTANTE: …………………………………………………………………………
Nº DE IDENTIFICACIÓN (NIF O ANÁLOGO): ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL. …………………………………………………………………………………..
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO: ……………………………………………………………………………..
CALIDAD EN QUE ACTÚA: …………………………………
LUGAR, FECHA, FIRMA: ………………………… SELLO:
(si se posee)
SOBRE Nº 2
PROPUESTA DE CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR
Nº EXPTE: SER-23/011
OBJETO DEL CONTRATO: ………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………..
NOMBRE DEL EMPRESARIO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: …………………………..
…………………………………………………………………………………………………………………………
N.I.F. O ANÁLOGO: ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL: …………………………………………………………………………………..
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO:…………………………………………………………………
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:………………………………………………………………………….
Nº DE IDENTIFICACIÓN (NIF O ANÁLOGO): ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL: …………………………………………………………………………………..
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO: ……………………………….……………………………………………..
CALIDAD EN QUE ACTÚA: ……………………………….
LUGAR, FECHA, FIRMA: …………………… SELLO:
(si se posee)
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SOBRE Nº 3
DOCUMENTACIÓN CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULA MATEMÁTICA
Nº EXPTE: SER-23/011
OBJETO DEL CONTRATO: ………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………..
NOMBRE DEL EMPRESARIO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: …………………………..
…………………………………………………………………………………………………………………………
N.I.F. O ANÁLOGO: ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL: …………………………………………………………………………………..
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO:………………………………………………………………………………
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:………………………………………………………………………….
Nº DE IDENTIFICACIÓN (NIF O ANÁLOGO): ……………………………….
DIRECCIÓN POSTAL: …………………………………………………………………………………..
TELÉFONO: ……………………………….
CORREO ELECTRÓNICO: ……………………………….……………………………………………..
CALIDAD EN QUE ACTÚA: ……………………………….
LUGAR, FECHA, FIRMA: …………………… SELLO:
(si se posee)
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 2 DECLARACIÓN RESPONSABLE
Dº/Xx ……………………, con NIF , actuando en nombre y representación de la empresa
………………………, con NIF ……………..……… de nacionalidad y con domicilio social
en ………………………, teléfono nº ………….., correo electrónico …………….……., que señala para notificaciones, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento negociado sin publicidad para la contratación de…………………………………………….., con nº de expediente
………………..…, atendiendo a lo dispuesto en la cláusula 7 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta contratación, a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones
DECLARA que,
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1- La empresa posee personalidad jurídica y capacidad de obrar para acudir a la
presente licitación,
2- Dº/Xx …………………..………, posee representación suficiente para actuar en nombre de la empresa licitante a la presente licitación,
3- La empresa ………………………… cuenta con la solvencia económica/financiera y técnica/profesional requeridas para concurrir a la presente licitación,
4- La empresa , no está incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar
recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017 (LCSP) y está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (párrafo a cumplimentar sólo en el caso de empresas españolas o de países de la UE)
La empresa ..……………….……............se compromete, en caso de resultar adjudicataria, a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
Asimismo, se compromete a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, ante cualquier requerimiento del órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento.
Y para que conste y surta los efectos oportunos en el expediente de contratación arriba indicado, se expide la presente declaración en …………………
(Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de la empresa/empresario)
SOBRE Nº 1
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 3
MODELO DE ESCRITO DE SUMISIÓN A LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES DE LAS EMPRESAS NO ESPAÑOLAS
Yo, D/Dña………………………….., con D.N.I. (o documento equivalente) nº , en
representación de la empresa…………………………………….., de nacionalidad………….
manifiesto mi voluntad de sometimiento a los Tribunales españoles, para resolver cualquier tipo de discrepancia que surja durante la ejecución del contrato de ………………………………………………….
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(Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de la empresa/empresario)
SOBRE Nº1
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 4
MODELO DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
Dº/Xx ……………………, con D.N.I. (o documento equivalente) , actuando, en calidad de
…………………., en nombre y representación de la empresa ………………………, con NIF …………….
…… de nacionalidad………………………… y domicilio social en ……………………
MANIFIESTA QUE,
En relación con el contrato de de la Embajada de España en Lisboa
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se compromete a cumplir con la obligación de respetar el carácter confidencial de toda la documentación e información que reciban con motivo de la LICITACIÓN del contrato antes citado.
(Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de la empresa/empresario)
SOBRE Nº 1
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 5
MODELO DE DECLARACIÓN DE UNIÓN DE EMPRESARIOS
D. ………….. con DNI ………... y domicilio en ………..…., calle …. nº …., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ……. con NIF a la cual representa en
calidad de y
D. ………….. con DNI ………... y domicilio en ………..…., calle …. nº …., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ……. con NIF a la cual representa
en calidad de y
(se recogerán todos los empresarios que concurran agrupados). Declaran responsablemente
Que, en caso de resultar adjudicatarios, se obligan solidariamente en nombre de las empresas que representan, a ejecutar el contrato en régimen de Unión Temporal de Empresas conforme a lo previsto en el art 69 de la LCSP, con una participación cada una de ellas de:
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……………………………………………………………………………………………………………………
….
Se designa como representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción a D.
………………………………..….. con DNI ………... y domicilio en ………..…., calle …. nº ….
Asimismo, asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firman la presente declaración en
………….., a …….. de de 2023
(Firma y sello, en su caso, de todos los integrantes de la unión temporal)
SOBRE Nº 1
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 6
MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES
Dº/Xx ……………………, con D.N.I. (o documento equivalente) , actuando, en calidad de
…………………., en nombre y representación de la empresa ………………………, con NIF …………….
…… de nacionalidad………………………… y domicilio social en ……………………
MANIFIESTA QUE,
La entidad licitadora se compromete a adscribir los medios personales y materiales exigidos para la ejecución del contrato y perevistos en la cláusula 4 y anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX - 2024-02-14 13:23:13 CET
Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_BCS525SNXA6ODN3JF9GECKIBNWT9 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Los medios señalados formarán parte de la propuesta que presenta esta empresa y tendrán carácter contractual. Por tanto, esta empresa se compromete en caso de resultar adjudicataria a mantenerlos durante el periodo de ejecución del servicio que constituye el objeto de este contrato y a comunicar al órgano de contratación cualquier variación que se produzca con respecto a ellos.
Fecha:
Firma del licitador:
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 7
MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR
Dº/Xx ……………………, con documento de identidad ………………, actuando, en calidad de ,
en nombre y representación de la empresa ………………………, con NIF ………………… , de nacionalidad ……………………….. y domicilio social en ……………………
MANIFIESTA QUE, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de ………………………………………………………………………………………………… con nº de expediente …………………… se compromete en a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a dichas condiciones y requisitos, aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
A estos efectos, se compromete a ejecutar el contrato de acuerdo con los Pliegos que rigen la contratación y, teniendo en cuenta lo establecido en la cláusula 9.1 de este PCAP, adjunta la siguiente Memoria técnica relativa a los criterios cualitativos de adjudicación sujetos a juicio de valor.
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Apartados:
a) Características técnicas y organización de los trabajos: hasta 10 puntos, con el siguiente desglose:
- Descripción técnica del servicio y planificación de los trabajos: hasta 10 puntos. Se valorará la calidad técnica del proyecto presentado para la ejecución de las labores previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Personal y medios técnicos: hasta 7 puntos, con el siguiente desglose:
-Medios humanos: hasta 3,5 puntos. Se valorará el dimensionamiento, cualificación y organigrama de la plantilla propuesta para la prestación del servicio, que deberá incluir los medios humanos obligatorios exigidos para acreditar la solvencia técnica y profesional.
-Medios materiales: hasta 3,5 puntos. Se valorarán los medios técnicos ofertados, atendiendo a su adecuación a las necesidades del servicio y a las características físicas de las distintas zonas de trabajo incluidas en el contrato.
c) Descripción del estado actual de los 3 jardines y propuesta de mejoras técnicas: hasta 3 puntos. El licitador, que ha de visitar previamente los mismos, describirá la totalidad de los espacios ajardinados y propondrá mejoras técnicas a implementar.
La memoria técnica no excederá de 20 páginas (incluidos índices, planos, gráficos, especificaciones de vehículos y máquinas, etc.).
(Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de la empresa/empresario)
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Nº Expediente: SER-23/011
ANEXO 8
MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA
Dº/Xx ……………………, con documento de identidad ………………, actuando en calidad de , en nombre
y representación de la empresa ………………………, con NIF ………………… y domicilio social en , correo
electrónico , que señala para notificaciones, MANIFIESTA QUE, enterado de las condiciones y requisitos que
se exigen para la adjudicación del contrato de
………………………………………………………………………………………………… con nº de expediente
………………… se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a dichas condiciones y requisitos, aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el Proyecto.
A estos efectos, se compromete a ejecutar el contrato en base a la siguiente Propuesta económica expresada en Euros (€):
IMPORTE MAXIMO DE LICITACION (2 años e IVA 23% incluido) | IMPORTE OFERTA (IVA 23% INCLUIDO) |
76.752 € |
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En el precio del contrato se consideran y aceptan incluidos la totalidad de los gastos, como son los gastos generales, beneficios, seguros, transportes y desplazamiento del personal a mi cargo y todos los impuestos, derechos y tasas derivados de la ejecución del contrato, aunque no figuren expresamente en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
(Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de la empresa/empresario)
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