DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL “DEL CANTÓN SHUSHUFINDI”
Creado mediante Registro Oficial N° 802 del 07 Agosto de 1984
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CONTRATO DE ÍNFIMA CUANTÍA DE SERVICIOS No.0017-ICS-DA-2018
CONTRATO DE ÍNFIMA CUANTÍA DE SERVICIOS, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, Y LA EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR, PARA REALIZAR EL SERVICIO DE PROVISIÓN DE RECARGAS A DOMICILIO DE GAS INDUSTRIAL DE 15 KG. PARA EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.
En la ciudad de Shushufindi, a los dieciocho días (18) del mes xx xxxx del dos mil dieciocho, comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, representado por la Ingeniera XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, en su calidad de Delegada del señor Alcalde, del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi; mediante resolución Administrativa, quien en adelante se denominara EL MUNICIPIO y/o El CONTRATANTE; y por la otra parte, LA EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP
PETROECUADOR, representada legalmente por el Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, según poder especial otorgado por el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, suscrita en la Notaria Vigésimo Sexto del Cantón Quito, Nº 00000000000X00000, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”; las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas.
PRIMERA.- ANTECENDENTES.-
1.1.El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipio al del Cantón Shushufindi, de conformidad al Presupuesto Municipal del presente ejercicio fiscal y el Plan Anual de Contrataciones, realizados fundamentalmente a partir del Plan de Desarrollo Participativo Cantonal; con la finalidad de atender los diversos requerimientos de la colectividad, ha programado realizar obras, adquisición de bienes o prestación de servicios que vayan en beneficio de los habitantes de nuestro Cantón;
1.2.Mediante RESOLUCIÓN ADM-D-A-GADMSFD 0127-A-2017 de fecha 9 xx xxxxxx de 2017, el señor Alcalde Licenciado. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, resuelve Art 1..- DELEGO a la Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, en su calidad de Directora Administrativa, para que en observancia y cumplimiento con las normas presentas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el Reglamento a dicha ley, las reformas que se dieran a esos cuerpos legales; a la norma de control No. 402-02 de la Contraloría General del Estado, las emitidas por el SERCOP, las leyes vigentes y las que se crearen siempre que guarden relación con: la contratación de bienes, reparación, refacción, remodelación, adecuación o mejora de una construcción o infraestructura ya existente y servicios bajo la modalidad de ínfima cuantía.- (…).
0.0.Xx ser la Dirección Administrativa la que elabore los contratos de ínfima cuantía se le solicita a todos los departamentos y áreas requirentes, que hagan llegar una copia de las planillas correspondientes, informes de cumplimiento y actas de recepción a la dirección Administrativa para el descargo de los contratos.
1.4.Mediante Memorando Nro. AMF-GADMSFD-2018-116-M, de fecha 9 xx xxxxx del 2018, suscrito por la Lic. Xxxxx Xxxxx Directora de Servicios Públicos.- quien su parte pertinente del antes mencionado documento indica: “En tal razón solicito se digne a quien corresponda la adquisición de tres recargas de gas industrial de 15 kg a la semana, necesitando aproximadamente 105 recargas de gas industrial de 15 kg para el presente ejercicio fiscal.”
DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000
Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
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0.0.Xx acuerdo a la sumilla inserta por la Directora Administrativa en el Memorando Nro. AMF-GADMSFD-2018-116-M, se remite a la Jefatura de Compras Públicas, para que procede a realizar la revisión en catalogo electrónico, la misma que es verificada y devuelta con Memorando Nº GADMSFD-CP-2018-335-M, a la Dirección Administrativa con fecha 12 xx xxxxx del 2018.
1.6.Con Memorando Nro.GAMSFD-DA-2018-0498-M, de fecha 18 xx xxxxx del 2018, suscrito por la Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Directora Administrativa, solicita al Econ. Xxxxxxxx Xxxxxxx Jefe de Compras Públicas, la elaboración del registro de requisición y cuadro comparativo, el mismo es remitido mediante Memorando Nº GADMSFD-CP-2018-398-M, con fecha 00 xx xxxxx, xx xx xxx xxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxxxxxxxxx Xx 0000.
1.7.Mediante Memorando Nro.GAMSFD-DA-2018-0546-M, de fecha 23 xx xxxxx del 2018, suscrito por la Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Directora Administrativa, solicita a la Dirección Financiera emita la respectiva Certificación Presupuestaria.
1.8.Con Memorando Nº 261-GAMSFD-DF-2018-M, de fecha 00 xx xxxx xxx 0000, xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Director Financiero remite la certificación presupuestaria Nº651 para la ejecución de lo antes descrito en el registro de requisición Nº 0272.
Con los citados antecedentes y al estar amparado en la Constitución de la República del Ecuador y demás normativa vigente, es responsabilidad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, precautelar los bienes institucionales, en tal efecto, se determina la procedencia del siguiente contrato.
SEGUNDA OBJETO.-
SERVICIO DE PROVISIÓN DE RECARGAS A DOMICILIO DE GAS INDUSTRIAL DE 15 KG. PARA EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.
TERCERA.- MONTO:
El monto total y único que la entidad contratante pagará al Contratista, por SERVICIO DE PROVISIÓN DE RECARGAS A DOMICILIO DE GAS INDUSTRIAL DE 15 KG. PARA EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, es de
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE, CON 66/100 xx Xxxxx Americano, incluido IVA. Como se indica a continuación:
REPUESTOS/SERVICIOS | VALORES |
MONTO DE BIEN RECARGAS DE GLP INDUSTRIAL. | 1274,70 |
MONTO -SERVICIO A DOMICILIO 0% | 42,00 |
Subtotal 12% | 1274,70 |
Iva 12% | 152,96 |
Subtotal Total 0% | 42,00 |
Total | 1469,66 |
PRECIO REFERENCIAL MES XX XXXXX DEL 2018: MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE, CON 66/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS INCLUIDO IVA.
El valor unitario determinado par esta contratación, variará mensualmente de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ejecutivo 799, publicado en el suplemento del Registro Oficial Nº 613, del 22 de octubre de 2015.
DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000
Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
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Las cantidades por producto ofertadas variarán en relación al precio que se encuentre vigente el día del despacho, de acuerdo a Decreto Ejecutivo mencionado, hasta aproximarse al total del monto referencial señalado en la oferta.
EP PETROECUADOR, determinara los precios de venta al consumidor final, según lo determine la Ley, Decreto o Normativa de autoridad competente que establezca los precios oficiales vigentes a la fecha del consumo.
CUARTA.- FORMA DE PAGO.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, pagará al Contratista con cargo a la partida presupuestaria Nro. 7.3.08.03, Denominada: Combustible y Lubricantes, Área Subprograma 1- Higiene Ambiental, partida presupuestaria Nro.7.3.02.02, Denominada: Fletes y Maniobras, Área Subprograma 6- Oros Servicios Comunales, de acuerdo a la certificación presupuestaria No. 651, de fecha abril 26 del 2018, emitida por la Dirección Financiera.
El pago por el SERVICIO DE PROVISIÓN DE RECARGAS A DOMICILIO DE GAS INDUSTRIAL DE 15 KG. PARA EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI,
PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, será previo al despacho del combustible Gas: 100% de anticipo del monto total del contrato, una vez suscrito el contrato y se efectuara de acuerdo al consumo del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI.
Una vez que se haya verificado por parte de EPPETROECUADOR el pago, se procederá con la entrega del producto cancelado de acuerdo a la disponibilidad del producto en los patios xxx Xxxxx Municipal.
QUINTA.- PLAZO.-
El plazo total para la ejecución terminación de la totalidad de los servicios es hasta completar las recargas por el valor certificado, el presente contrato será vigente partir del día siguiente la fecha de suscripción del Contrato de Xxxxxx Xxxxxxx, conforme el Art. 116 del Reglamento de la ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
SEXTA.- PRORROGA DEL PLAZO.-
La Entidad podrá prorrogar el plazo del Contrato de Servicio de Ínfima Cuantía, únicamente en caso.
a) Por caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual el Contratista solicitará por escrito, justificando los fundamentos del requerimiento, dentro de los dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.
b) Por suspensión en los trabajos ordenadas por la Entidad Contratante, a través de fiscalización u o Administrador del Contrato.
SEPTIMA.- GARANTIAS.-
En este contrato se rendirán la siguiente garantía:
Ejecución de las garantías: en el presente contrato no aplica “GARANTÍA”
OCTAVA.- MULTAS.-
DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000
Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
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En caso de incumplimiento la institución aplicará el 2x1000 diario del monto del contrato que no supere el 5% del presupuesto referencial, en cuyo caso podrá declarar la terminación unilateral del contrato y su publicación en el Portal de Compras Públicas.
NOVENA.- RECEPCION.-
Una vez que el Contratista realice el SERVICIO DE PROVISIÓN DE RECARGAS A DOMICILIO DE GAS INDUSTRIAL DE 15 KG. PARA EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTÓN
SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, se realizara a entera satisfacción del CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva acta por parte de la CONTRATISTA y el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
DECIMA.- ADMINSTRACION DEL CONTRATO
EL CONTRATANTE designa la Licenciada Xxxxx Xxxxx Directora de Servicios Públicos, quien deberá ser la Administradora del presente Contrato, y será quien emitirá su informe definitivo de las condiciones generales y específicas de los servicios realizados, así como la revisión de la documentación pertinente que forman parte del presente contrato y que se enviara a la Dirección Financiera para el pago.
DECIMA PRIMERA.- TERMINACION.-
Este Contrato de Ínfima Cuantía de servicios terminará, de conformidad con el procedimiento establecido en el Art. 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
DECIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIAS.-
De existir dificultades no solventadas dentro del proceso de ejecución tanto con el Contratista como con el Contratante o de ambas partes, o de acuerdo común, podrán utilizar los procesos de mediación y arbitraje, de conformidad al Artículo 104 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
De surgir controversias en que las partes no concuerden someterlas a los procedimientos de mediación y arbitraje y decidan ir a sede judicial, el procedimiento se lo ventilará ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo aplicando para ello la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
DECIMA TERCERA.- DEL DOMICILIO.-
Los Contratantes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Shushufindi, renunciando el Contratista a cualquier fuero especial, que en razón del domicilio pueda tener.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, ubicado en la calle Xxxxxxxx y Av.11 de Julio, Telf. 000 000000, Fax: 062839-029.
• Contratista :EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR
• Ruc 1768153530001
• Dirección :Alpallana Av. 6 de Diciembre
• Barrio :La Paz
• Provincia :Pichincha
• Teléfono 0000000000
• Correo electrónico :xxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000
Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
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DECIMA CUARTA.- ACEPTACION DE LAS PARTES.-
Libre y voluntariamente, previo el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por las leyes de la materia, las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo convenido en el presente documento, a cuyas estipulaciones se someten.
Para constancia y fe de lo estipulado, los comparecientes firman en unidad de acto, en un original y tres copias de igual tenor, en el mismo día de su celebración.
Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx DIRECTORA ADMINISTRATIVA DEL GAD- MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI DELEGADA DE LOS PROCESOS DE ÍNFIMA CUANTÍA CONTRATANTE | Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX EP PETROECUADOR CONTRATISTA |
DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000
Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
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