CONTRATO Nº 050-2006/CMAC-HUANCAYO S.A DE LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR LA ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA N° AMC 0053-2006/CMACHUANCAYO S.A.
CONTRATO Nº 050-2006/CMAC-HUANCAYO S.A DE LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR LA ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA N° AMC 0053-2006/CMACHUANCAYO S.A.
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios de Consultaría que celebramos de una parte, LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE HUANCAYO S.A. con R.U.C. N° 20130200789, con domicilio en la Xxxxx Xxxx Xx 000-000 Xxxxxxxx, debidamente representada por sus Gerentes que suscriben al final del presente documento con poderes inscritos en los registros públicos, a quien en lo sucesivo se le denominara LA CAJA y de la otra parte El Abogado XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXX, con R.U.C. Nº 10198218567, identificado con D.N.I. Nº 19821856, con domicilio legal para efectos de este contrato en la Xx. Xxxxxxxx Xx 000 Xx. 0- X Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Departamento de Junín, en adelante EL LOCADOR bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1. LA CAJA, es una institución financiera cuyo objetivo es brindar acceso al crédito a aquellos estratos de la población que no pueden hacerlo a través del sistema financiero tradicional, utilizando para ello su tecnología crediticia que incluye la incorporación de garantías no convencionales y un seguimiento estricto de la morosidad. Rige sus operaciones de conformidad con la Ley 26702, D.S .Nº 157-90-EF, disposiciones de la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xxx Xxxx, Contraloría General de la república y la Dirección Nacional del presupuesto Público.
EL LOCADOR es un persona natural, de profesión abogado, Hábil para el ejercicio profesional, con Registro del Colegio de Abogados de Junín Nº 1440, que brinda asesoría legal en los temas de carácter laboral, civil y constitucional, con experiencia acreditada. Brinda sus servicios a sus patrocinados ya sea directamente o por cualquiera de los abogados debidamente calificados que componen su estudio.
SEGUNDA: NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que EL LOCADOR no está sujeto a relación de dependencia frente a LA CAJA, gozando de libertad en el ejercicio de sus servicios y en procura de obtener el mejor resultado a favor de LA CAJA, en función de los intereses de la misma, queda claramente establecido y aceptado expresamente por las partes que la naturaleza del presente contrato es de locación de servicios regido por lo estipulado en los artículos 1764 al 1770 del código Civil, no generando vínculo laboral alguno, ni derivándose derechos o beneficios de orden laboral a favor del locador.
TERCERA: OBJETO
3.1 LA CAJA requiere los servicios de un abogado y/o estudio competente especializado en materia laboral, civil y constitucional, para que le encargue de los procesos judiciales en los que la Caja tenga la condición de demandado o demandante con los trabajadores de la institución o terceros.
Cuyas características y condiciones se describen y especifican en las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0053-2006, propuesta técnica y propuesta económica del Locador, las mismas que forman parte integrante del presente contrato.
3.2 Por el presente contrato, EL LOCADOR conviene en prestar sus servicios de asesoría legal integral en los rubros señalados en la cláusula anterior, a LA CAJA; de la forma y manera que sean mas convenientes para LA CAJA tanto en el tiempo como en el aspecto económico, A efectos de desarrollar su trabajo en forma eficiente EL LOCADOR acreditara adecuada disponibilidad de tiempo, personal idóneo adecuadamente capacitado recursos materiales y logística adecuada, esto también comprende el asignar a una persona para que diariamente asista a LA CAJA, a recabar las notificaciones recibidas así como cualesquiera otra información o documentos necesarios para el inicio de acciones judiciales.
CUARTA: OBLIGACIONES
EL LOCADOR
4.1. EL LOCADOR realizará las labores de asesoría y patrocinio en procesos judiciales en materia laboral, civil, constitucional, debiendo para ello encargarse entre otras cosas, de lo siguiente:
4.1.1.- Estudio, elaboración y presentación de demandas y prosecución de los procesos judiciales hasta la culminación de los mismos, debiendo informar a la gerencia del estado judicial de los procesos y coordinar con dicho órgano las alternativas de conciliación en cada uno de los procesos de advertirse dicha posibilidad.
4.1.2.- EL LOCADOR deberá presentar a LA CAJA en forma mensual o cuando se lo solicite, pero cuando menos una vez por mes un informe detallado de las acciones realizadas en el mes así como del estado de los juicios a su cargo, Dicho informe deberá contener por lo menos la siguiente información: nombre del demandado principal, tipo de juicio, numero de expediente, fecha de presentación de la demanda, fecha de la ultima resolución judicial.
DE LA CAJA
4.2. A efectos de que EL LOCADOR pueda realizar todas aquellas acciones estipuladas en las cláusulas precedentes, LA CAJA brindará todas las facilidades del caso, tanto en la presentación de los documentos necesarios para cada caso, a través de las oficinas respectivas así como la de proporcionar los documentos e información que se requiera.
Asimismo todos los gastos que sean necesarios, legales, administrativos, notariales, viáticos en caso que la defensa es fuera de la ciudad de Huancayo, etc. Serán plenamente asumidos, previo conocimiento y consentimiento de LA CAJA, debiendo en todo caso sustentarse con sus respectivos comprobantes de pago.
QUINTA: VIGENCIA
5.1 El plazo del presente contrato es de 10 meses y se computa desde el 04 xx Xxxxx del 2006 al 04 de febrero del 2007.
5.2 Puede ser asimismo resuelto por una de las partes cuando lo estimen conveniente, bastando para ello cursar una carta con lo menos de quince días de anticipación.
5.3 En caso de resolverse el contrato EL LOCADOR procederá a dar cuenta y entrega a LA CAJA el falso expediente de cada proceso, así como toda la documentación que resulte pertinente, sustentando el estado del proceso y opinando sobre el resultado final del mismo.
SEXTA: RETRIBUCIÓN
LA CAJA abonará a EL LOCADOR como retribución por los servicios prestados una suma ascendiente a S/. 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensuales, monto que incluye los impuestos xx xxx. Debiendo dicho pago efectuarse a la presentación del Recibo de Honorarios Profesionales del Abogado con las formalidades xx xxx.
SEPTIMA.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
EL LOCADOR se compromete a guardar absoluta reserva y confidencialidad de todas y cada una de las informaciones, documentos, trabajos u otros a los que tenga acceso y los que hayan sido proporcionados por LA CAJA, durante la ejecución del presente contrato y aún cuando haya concluido el mismo, a fin de proteger e impedir la posesión y el uso de dicha información por parte de otras personas u organizaciones. Asimismo al momento de la conclusión de la ejecución del presente contrato EL LOCADOR se compromete a devolver a LA CAJA todo el material recibido.
Las obligaciones contenidas en esta cláusula seguirán vigentes durante el plazo de vigencia de este contrato y por un periodo de dos años después de concluido el mismo. Las partes convienen en que EL LOCADOR se encuentra totalmente impedido de poner a disposición de algún tercero la información confidencial proporcionada por LA CAJA, a menos que sea con el objeto de cumplir el presente contrato y siempre que así lo autorice de modo expreso y por escrito LA CAJA. En consecuencia, EL LOCADOR se compromete y obliga a tomar todas las medidas necesarias para asegurar que las confidencialidades dispuestas en estas cláusulas, haciéndose absolutamente responsable de las consecuencias civiles y penales que puedan derivarse del incumplimiento de lo establecido en la presente cláusula.
En el supuesto improbable que EL LOCADOR no obrara con el debido cuidado respecto a las obligaciones establecidas en esta Cláusula, o no remediase cualquier incumplimiento notificado por LA CAJA, esta última tendrá derecho a resolver el presente Contrato y EL LOCADOR deberá devolver de inmediato toda la documentación, información o materiales entregados por LA CAJA, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal que pudiera corresponderle.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD SOBRE LA DOCUMENTACIÓN
EL LOCADOR será responsable de todo tipo de documentación que e entregue LA CAJA para la realización de las acciones judiciales, debiendo efectuar el resarcimiento pecuniario del caso por cualquier daño que se pueda ocasionar por perdida, destrucción o deterioro de los mencionados documentos.
NOVENA.- APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY
En lo no previsto por las partes en el presente contrato ambas se someten a lo establecido por las normas del código civil, la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás del sistema jurídico que resulten aplicables
DECIMA: JURISDICCIÓN
En caso de cualquier controversia las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten a los Jueces y Tribunales de la Provincia de Huancayo.
Ambas partes declaramos nuestra conformidad con las cláusulas señaladas en el presente documento, y en fe de los cual firmamos a los 04 días del mes xx Xxxxx del año dos mil cinco
POR LA CAJA
EL LOCADOR
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XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXX,
D.N.I. Nº 19821856