Contract
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CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I
INFORMACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1.1. SUPERVISIÓN.
La supervisión en la ejecución del contrato, la ejercerá el COORDINADOR GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE SERVICIOS GENERALES, o quien designe el competente contractual. Para estos efectos, el supervisor estará sujeto a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 4 y numeral 1 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, adoptado mediante Resolución No. 1227 del 16 xx xxxxx de 2011, y demás normas establecidas sobre la materia.
1.2. FORMA DE PAGO.
El Fondo Rotatorio del Ministerio del Ministerio de Relaciones Exteriores pagará al Contratista el valor del contrato resultante de este proceso, una vez se encuentre aprobado el P.A.C (Programa Anual Mensualizado de Caja), así:
Cortes mensuales atendiendo el porcentaje de avance de Obra, incluido IVA del 19% y demás impuestos, tasas, contribuciones y costos directos e indirectos a cargo del Contratista, pagaderos dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la factura por los servicios de mantenimiento integral y adecuaciones de oficinas efectivamente prestados, el informe del contratista en cada corte mensual, previa expedición del cumplido a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
El contratista deberá adjuntar a cada una de las facturas la certificación expedida por el revisor fiscal, o si el mismo se requiere legalmente o por el representante legal, según corresponda, en la que conste que el contratista o sus integrantes si es un consorcio o unión temporal, durante el periodo de ejecución contractual respectivo, han efectuado el pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones, riesgos profesionales) y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA), de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y en la Ley 1150 de 2007.
Todos los pagos serán consignados en la cuenta bancaria que el contratista acredite como propia, por lo tanto éste deberá aportar certificación reciente expedida por la entidad bancaria donde conste el número de la cuenta en la cual se le pueden consignar los valores correspondientes a nombre del Contratista.
Si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago y/o se presentan de manera incorrecta, el término para éste sólo empezará a contarse desde la fecha en que se aporte el último de los documentos y/o se presenten en debida forma. Las demoras ocasionadas por
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estos conceptos, serán responsabilidad del contratista y no tendrán por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
1.3. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYME.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015, para el presente proceso de selección se podrá efectuar convocatoria limitada a MIPYMES, toda vez que el valor del mismo es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
La Entidad Estatal debe limitar a las Mipyme nacionales con mínimo un (1) año de existencia la convocatoria del Proceso de Contratación en la modalidad de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos cuando:
1. El valor del Proceso de Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y
2. La Entidad Estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La Entidad Estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un día hábil antes de la Apertura del Proceso de Contratación.
Limitaciones Territoriales. Las Entidades Estatales pueden realizar convocatorias limitadas a Mipyme Nacionales domiciliadas en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato. La Mipyme debe acreditar su domicilio con el registro mercantil o el certificado de existencia y representación legal de la empresa.
Acreditación de requisitos para participar en Convocatorias Limitadas. La Mipyme Nacional debe acreditar su condición con un certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en el cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley.
En las convocatorias limitadas, la Entidad Estatal debe aceptar solamente las ofertas de Mipyme, Consorcios o Uniones Temporales formados únicamente por Xxxxxx y promesas de sociedad futura suscritas por Xxxxxx.
NOTA: PARA ACREDITAR LA CALIDAD DE MIPYME LA CERTIFICACIÓN DESCRITA, DEBERÁ INCLUIR EL NÚMERO DE PERSONAL Y EL TOTAL DE ACTIVOS.
La solicitud para la limitación a Mipyme según sea el caso, se efectuará por escrito diligenciando el ANEXO No. 10 MANIFESTACIÓN DE INTERÉS CONVOCATORIA LIMITADA PARA MIPYMES, el cual debe ser
dirigido en original con sus respectivos anexos a la Oficina Asesora Jurídica Interna - Coordinación de
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La Entidad no tendrá en cuenta las solicitudes, que se radiquen en lugar, o correo electrónico distinto al aquí indicado, o fuera del término previsto en el cronograma del proceso, o que no acredite los requisitos para participar en la convocatoria limitada a Mipyme.
1.4. CONVOCATORIA PÚBLICA Y AVISO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015 para el presente proceso de selección, el aviso de convocatoria se publicará en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, SECOP II.
1.5. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN.
En desarrollo del artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 de 2015, que establece que la entidad debe evaluar el riesgo que el proceso de contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente, se realiza el siguiente análisis de riesgo, a partir del Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación (Versión 1) publicado en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Matriz de Riesgos
N° | Clase | Fuente | Etapa | Tipo | Descripción (Qué puede pasar y, cómo puede ocurrir) | Consecuencia de la ocurrencia del evento | Probabilidad | Impacto | Valoración del Riesgo | Categoría |
1 | ESPECIFICO | INTERNO | PLANEACION | ECONÓMICO | Estimación inadecuada de los costos de los mantenimientos y adecuaciones. | Mayores valores de los presupuestados para las intervenciones. | 1 | 4 | 5 | Medi o |
2 | GENERAL | EJECUCIÓN | ECONÓMICO | Nuevos impuestos tasas o contribuciones que se presente durante la ejecución. | Reducción del presupuesto de inversión y menores mantenimientos atendidos | 2 | 4 | 6 | Bajo |
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3 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCIÓN | OPERACIONAL | Falta de capacitación del personal técnico del contratista desconocimiento del alcance y condiciones mínimas del contrato. | Disminución de la calidad del servicio requerido por la Entidad para suplir sus necesidades de mantenimiento integral y adecuación de oficinas. | 3 | 4 | 7 | Medi o |
4 | ESPECIFICO | EXTERNO | SELECCIÓN | OPERACIONAL | Declaratorio desierta de la Licitación Pública de la obra a Intervenir. | No hay lugar a la contratación de la Interventoría, toda vez que el origen de la misma decayó jurídicamente. | 3 | 3 | 6 | Bajo |
N° | ¿A quién se le asigna? | Tratamiento/Control es a ser implementados | Impacto después del tratamiento | ¿Afecta el equilibrio económico del contrato? | Persona responsable por implementar el | Fecha estimada en que se inicia el tratamiento | Fecha estimada en que se completa el tratamiento | Monitoreo y revisión | |||
Probabilida d | Impacto | Calificación Total | ¿Cómo se realiza el monitoreo? | Periodicid ad ¿Cuándo? | |||||||
1 | contratista | Verificación actual xxx xxxxxxx y análisis de las cotizaciones recibidas para establecer el presupuesto oficial del proceso de selección de acuerdo a los requerimientos de la Entidad. | Improbable | Medio | Medio | no | Área Técnica de La Entidad | Adjudicación del proceso de selección | Adjudicació n del contrato, porque con la propuesta el contratista favorecido asume los costos ofertados | Mediante el estudio de las cotizaciones, análisis xxx xxxxxxx y del sector, y posteriormente la propuesta económica por parte del oferente, el análisis de costos y su estructuración eficiente. | Previo a la convocato ria y en curso del proceso de selección |
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2 | contratista | Verificación de la existencia efectiva del riesgo, realizar el análisis del caso por parte de la entidad, de verificarse el desequilibrio económico, realizar los ajustes pertinentes en el contrato. | Improbable | Medio | medio | no | Entidad Estatal | Desde el inicio del proceso de selección | Hasta la terminación del contrato | Informándose oportunamente para realizar los ajustes necesarios, para realizar la revisión del caso por parte de la Entidad | Cada vez que se requiera durante la ejecución del contrato |
3 | contratista | Evaluar la idoneidad del personal ofrecido y realizar oportunamente el cambio de algún integrante del equipo, según el caso, atendiendo a los requisitos establecidos en el pliego | Improbable | Medio | Medio | no | Supervisor y Contratista | Desde el inicio del contrato | Durante toda la ejecución del contrato | Verificando las hojas de vida y la acreditación de los cursos cuando envíen el personal, inducción y conocimiento técnico de los trabajos a realizar. Y constante seguimiento en la prestación del servicio. | Cada vez que se requiera durante la ejecución del contrato |
4 | Entidad Estatal | Teniendo en cuenta las observaciones que se den en desarrollo del proceso de Licitación Pública de obra, declarado desierto, estructurar lo nuevos términos para la convocatoria pública. | Posible | Bajo | Medio | no | Entidad Estatal | Desde el inicio del proceso de selección de obra e interventoría. | Hasta la última etapa del proceso de selección. | Verificando las observaciones que se presenten en el proceso de selección por los posibles oferentes. | Durante el desarrollo del proceso de selección. |
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1.6. DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Es responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto de este proceso de selección, y realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente realizó el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma.
La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, e igualmente la interpretación que haga de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión.
La Entidad no entregará para los fines de presentación y preparación de propuestas para este proceso, material, documentación o manuales de ninguna naturaleza asociados a las descripciones y especificaciones técnicas de los bienes que se van a adquirir, excepto la información suministrada en el pliego de condiciones y/o adendas. En consecuencia, es responsabilidad del proponente, al asumir los deberes de garantía asociados con la adquisición de bienes y/o servicios que se solicitan a través de la presente contratación, conocer plenamente las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios a proveer, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados de solicitar por escrito (a través de la plataforma de SECOP II), información puntual que le permita precisar los aspectos que puedan incidir en la formulación de su propuesta.
Se recomienda al proponente, que obtenga asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica, económica y de cualquier otra naturaleza que considere necesaria para la presentación de una propuesta. El proponente se informará sobre los requisitos legales aplicables en la jurisdicción del presente proceso de selección, es decir, la legislación vigente en la República de Colombia, el pliego de condiciones y del contrato que se celebrará como consecuencia de la misma.
El proponente, al elaborar su propuesta, tendrá en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se basarán estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
Cada proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual la Entidad no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación.
Igualmente, corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, según la asignación de costos previstos para la adquisición del objeto de este proceso, para lo cual se recomienda a los proponentes obtener asesoría calificada.
1.7. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
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Los Proponentes deben presentar sus Ofertas de MANERA DIGITAL a través de la plataforma de SECOP II, con los formatos contenidos en los anexos del presente proceso, en la fecha establecida en el Cronograma, y acompañadas de los documentos solicitados. Las Ofertas estarán vigentes por el término de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de su presentación.
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES y mantendrá sus condiciones durante la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
El proponente no podrá retirar la propuesta so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
NOTA.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A pesar que la naturaleza de la información solicitada para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegido por la ley, los proponentes son responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, indicando tal calidad y expresando las normas legales que lo fundamentan.
En todo caso, el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
1.8. PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
El oferente presentará su propuesta, de carácter obligatorio, la cual debe ajustarse en todos los aspectos a las condiciones del presente pliego de condiciones.
1.9. ENTREGA DE LAS PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO
La entrega de propuestas se hará dentro del término comprendido entre el día de la publicación xxx xxxxxx definitivo y la fecha y hora establecidas para el cierre del proceso de selección, tal como se señalan en el cronograma del proceso.
1.10. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE
Cuando el Fondo Rotatorio del Ministerio lo estime conveniente podrá prorrogar el plazo de cierre antes de su vencimiento a través de adenda, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
1.11. TÉRMINO PARA RETIRAR LAS PROPUESTAS
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Los proponentes podrán retirar sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso.
1.12. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas comprende:
a. La verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico del proponente.
b. La ponderación o calificación técnica, según corresponda, conforme a lo establecido en el Anexo No. 11 del presente pliego de condiciones.
El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES realizará en primer lugar la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y de los requisitos técnicos mínimos excluyentes, para posteriormente asignar el puntaje a las ofertas que hayan sido consideradas hábiles de conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones.
1.13. ACLARACIONES DE LAS OFERTAS
Después de la diligencia de cierre sólo se aceptarán al oferente las aclaraciones relacionadas exclusivamente con las solicitudes formuladas por la Entidad.
La Entidad podrá solicitar hasta la adjudicación aclaraciones a los proponentes en relación con cualquier documento o afirmación efectuada por el proponente en su oferta.
El proponente responderá las solicitudes de aclaración a su propuesta hasta el momento previo a la adjudicación.
El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES analizará las respuestas de los oferentes en estos casos y evaluará si ellas se ajustan a lo solicitado.
NOTA: EL FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES NO ATENDERÁ CONSULTAS PERSONALES NI TELEFÓNICAS. TODA SOLICITUD DE ACLARACIÓN DEBE PRESENTARSE A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL SECOP II.
1.14. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación, no podrán ser reveladas a los proponentes ni a terceros hasta que la Entidad publique y ponga a disposición de los proponentes el primer informe de evaluación para que presenten las observaciones correspondientes.
1.15. PUBLICACIÓN Y PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN
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A partir del día hábil siguiente al vencimiento del término de evaluación y por un término de tres (3) días hábiles, la Entidad pondrá a disposición de los proponentes los informes de evaluación para que dentro de este mismo término presenten a través de la plataforma del SECOP II las observaciones que estimen pertinentes.
Los informes de evaluación se publicarán en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP II.
La Entidad aplicará las reglas de subsanabilidad en materia de requisitos habilitantes conforme al artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 a los proponentes que según los informes no resultaren habilitados.
1.16. REVISIÓN DE COHERENCIA Y CONSISTENCIA DE LA OFERTA ECONÓMICA DEL OFERENTE CALIFICADO EN EL PRIMER LUGAR DE ELEGIBILIDAD.
Conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.3.2. del Decreto 1082 de 2015, la entidad revisará con el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad la coherencia y la consistencia entre (i) la necesidad de la entidad y el alcance de la oferta; (ii) la consultoría ofrecida y el precio ofrecido; y (iii) el precio ofrecido y la disponibilidad presupuestal del proceso de selección.
Si el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES y el oferente calificado en primer lugar, llegan a un acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato, se dejará constancia del mismo y se firmará el contrato, si no hay acuerdo, se dejará constancia de ello, y la entidad revisará dichos aspectos con el oferente calificado en el segundo lugar. Si tampoco hubiere acuerdo la entidad procederá a declarar desierto el proceso.
1.17. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Sin perjuicio de lo establecido por la ley aplicable, serán rechazadas las propuestas cuando por su contenido impidan la selección objetiva, especialmente en los siguientes casos:
1. Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en un lugar distinto al señalado en el pliego de condiciones.
2. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución o en la ley.
3. La presentación de varias propuestas por el mismo oferente dentro del mismo proceso, por sí o por interpuesta persona (en consorcio, en unión temporal o individualmente).
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4. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que no se ajusten a la realidad por contener datos tergiversados, alterados, contradictorios o tendientes a inducir a error al Ministerio y/o a su Fondo Rotatorio.
5. Cuando el Ministerio y/o su Fondo Rotatorio establezca que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.
6. Cuando el Ministerio y/o su Fondo establezca que ha habido confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
7. Cuando el proponente no oferte económicamente, o cuando dicha oferta supere el presupuesto oficial establecido para el presente proceso de selección.
8. Cuando la oferta haya sido evaluada como NO HÁBIL en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones y el proponente no da respuesta, o responde en forma insatisfactoria o incompleta, de conformidad con los requerimientos de la entidad.
1.18. DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES declarará desierto el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva o que se señale en el pliego de condiciones.
La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación Pública - SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición.
1.19. CRITERIOS DE DESEMPATE
En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, se entenderá que hay empate entre dos
(2) o más propuestas, cuando presenten un número idéntico en el puntaje final. En el caso en que dos (2) o más propuestas, bajo el anterior criterio, hubieran arrojado un mismo resultado, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en su orden:
1. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos
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en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
2. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
4. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
5. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
6. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
De acuerdo a lo anterior se llevará a cabo el desempate de manera aleatoria por el sistema de balotas así: Se explica a los asistentes que existen unas balotas marcadas cada una con un número de 0 a 9 las cuales pueden ser verificadas por los oferentes presentes. Luego las balotas se introducen en una bolsa que está vacía y se da la oportunidad a los oferentes de extraer solo una (1) balota por cada, uno, quien saque la balota con el número mayor será el que obtendrá el primer orden de elegibilidad para la suscripción del contrato, y así sucesivamente se establece el orden de los proponentes.
1.20. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Por oferentes HÁBILES, entiéndase, aquellos que han cumplido en su totalidad con los requisitos jurídicos, financieros y técnicos exigidos en el pliego de condiciones.
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A los oferentes HÁBILES se les asignará el puntaje de que trata el presente pliego de condiciones.
Se establecerá el orden de elegibilidad de los proponentes, ordenando las propuestas según el puntaje final obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente, y así sucesivamente.
PONDERACIÓN TÉCNICA (1.200 PUNTOS)
1.20.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE (MÁXIMO 400 PUNTOS)
Una vez efectuada la verificación en el RUP de la EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE, se proceder a la revisión de tres (3) contratos adicionales registrados en el RUP, que cumplan como mínimo con dos de los códigos del presente proceso de selección y cuya sumatoria sea superior al 100% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV.
De acuerdo con el criterio anterior, para obtener el puntaje equivalente a CUATROCIENTOS (400) PUNTOS, se asignará al proponente habilitado cuya sumatoria de la experiencia adicional sea la más alta en SMMLV, las demás ofertas habilitadas se asignará el puntaje en forma proporcional a la oferta con la mayor calificación.
Nota: En este criterio de ponderación NO se tendrán en cuenta los contratos que acrediten la experiencia habilitante del proponente.
1.20.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO (MÁXIMO 500 PUNTOS)
Una vez efectuada la verificación de la experiencia mínima del equipo de trabajo, la Entidad procederá a evaluar la experiencia adicional otorgando una calificación máxima hasta de QUINIENTOS (500) PUNTOS de acuerdo a los criterios expresados en la siguiente tabla:
NUMERO DE RECURSOS | CARGO | REQUISITOS ADICIONALES | PUNTAJE | ||
Participación como Director de | |||||
Interventoría en un proyecto de | |||||
mantenimiento y/o adecuación de | 150 | ||||
1 | DIRECTOR INTERVENTORÍA | DE | Bienes de interés Cultual o patrimonial. | ||
Cinco (5) años adicionales | de | ||||
experiencia como Director Interventoría en obras | de de | 50 | |||
mantenimiento y/o adecuación. |
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1 | RESIDENTE DE INTERVENTORÍA BOGOTÁ | Tres (3) años adicionales de experiencia como Residente de Interventoría en obras de mantenimiento y/o adecuación. | 150 |
1 | RESIDENTE DE INTERVENTORÍA CARTAGENA | Tres (3) años adicionales de experiencia como Residente de Interventoría en obras de mantenimiento y/o adecuación. | 150 |
1.20.3 FORMACIÓN ACADÉMICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO (MÁXIMO 300 PUNTOS)
Una vez efectuada la verificación académica mínima del equipo de trabajo, la Entidad procederá a evaluar la formación académica adicional del equipo de trabajo, aplicando la siguiente tabla:
CRITERIO DE EVALUACIÓN | TITULO | PUNTAJE |
DIRECTOR DE INTERVENTORÍA | TITULO DE POSTGRADO EN INTERVENTORÍA DE OBRAS O GERENCIA DE PROYECTOS O RESTAURACIÓN O CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y/O CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO, O AFINES. | 100 |
RESIDENTE DE INTERVENTORÍA BOGOTÁ | TITULO DE POSTGRADO EN INTERVENTORÍA DE OBRAS O GERENCIA DE PROYECTOS O RESTAURACIÓN O CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y/O CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO, O AFINES. | 100 |
RESIDENTE DE INTERVENTORÍA CARTAGENA | TITULO DE POSTGRADO EN INTERVENTORÍA DE OBRAS O GERENCIA DE PROYECTOS O RESTAURACIÓN O CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y/O CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO, O AFINES. | 100 |
Nota: En ejercicio de lo señalado en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Ley 30 de 1992, Decreto 019 de 2012, Resolución 21707 de 2014, modificada por la Resolución 06950 de 2015 del Ministerio de Educación Nacional. Para la profesión de Ingeniero en cualquiera de sus ramas se aplicará lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 842 de 2003.
TIPO DE DOCUMENTO: | FORMATO | CODIGO: GC-FO-53 |
NOMBRE: | GESTIÓN CONTRACTUAL / PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA | VERSION: 1 |
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1.20.4 CALIFICACIÓN ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
De acuerdo con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 20 de la Ley 80 de 1993 y el parágrafo del artículo 1o de la Ley 816 de 2003 modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con el art. 2.2.1.2.4.1.3. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe conceder trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.
Entiéndase por bienes y servicios acreditados con componente nacional, los que han sido importados y cuentan con bienes o servicios profesionales, técnicos y operativos.
El mínimo exigido de componente nacional será el 10% del valor del bien en fábrica ofertado y para los servicios el 10% del personal profesionales, técnicos y operativos.
Conforme con la Ley 816 de 2003, el puntaje que se aplicará como consecuencia de la protección a la industria nacional, será efectuado después de la sumatoria del puntaje técnico económico de la siguiente forma:
CONDICIÓN | PUNTAJE |
Bienes y servicios 100% nacionales | 20% |
Bienes y servicios incluidos en acuerdos comerciales | |
Bienes y servicios con trato nacional | |
Servicios prestados por oferente miembros de la comunidad Andina de Naciones | |
Bienes y servicios con componente nacional, sin aplicación del principio de reciprocidad | 5% |
Bienes y servicios extranjeros sin reciprocidad | 0% |
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NOTA UNO: CONSIDERANDO QUE EL PORCENTAJE ASIGNADO POR LA ACREDITACIÓN DE LOS BIENES TIENE EL CARÁCTER DE COMPARACIÓN DE PROPUESTAS, EL ANEXO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO Y SUSCRITO SE PRESENTARÁ CON LA OFERTA, SO PENA DE NO OTORGARSE EL RESPECTIVO PUNTAJE.
NOTA DOS: El oferente seleccionado con productos de origen nacional o acreditado no podrá cambiar el origen de los bienes al momento de la entrega, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, éstos últimos debidamente acreditados.
NOTA TRES: El oferente seleccionado con bienes y servicios con componente nacional tendrá la obligación cumplir con el mismo durante la ejecución del contrato, so pena de hacerse acreedor a las sanciones xx Xxx.
NOTA CUATRO: En el evento de que todos los bienes y/o servicios ofertados puedan ser calificados como bienes o servicios nacionales no habrá lugar al otorgamiento de puntaje alguno por este numeral.
Para efectos de la evaluación del origen de los bienes y/o servicios, el oferente diligenciará el Anexo “Origen de los Bienes y/o Servicios”.
Sobre los aspectos y documentos señalados para la asignación del puntaje técnico, el Ministerio o su Fondo Rotatorio, NO REALIZARÁ ningún tipo de requerimiento, teniendo en cuenta que los mismos constituyen factor de escogencia de las ofertas.
Resumen de puntajes
CONCEPTO | EVALUACIÓN |
ASPECTOS JURIDICOS HABILITANTES | CUMPLE / NO CUMNPLE HABILITADO/ NO HABILITADO |
ASPECTOS TÉCNICOS HABILITANTES | CUMPLE/ NO CUMPLE HABILITADO / NO HABILITADO |
ASPECTOS FINANCIEROS HABILITANTES | CUMPLE/ NO CUMPLE HABILITADO / NO HABILITADO |
ASPECTOS TECNICOS DE PONDERACION Y EVALUACIÓN | 1200 PUNTOS |
EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE | 400 |
EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO | 500 |
FORMACIÓN ACADÉMICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO | 300 |
PUNTAJE TOTAL | 1200 PUNTOS |
INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL | Hasta un 20% del puntaje total |
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1.21. ADJUDICACIÓN
El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES adjudicará el presente proceso de contratación EN FORMA TOTAL, adjudicado el proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2017 cuyo objeto es el MANTENIMIENTO INTEGRAL Y ADECUACIONES DE OFICINAS A PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE DE LOS INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO O POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE EN BOGOTÁ D.C., y CARTAGENA DE INDIAS D.T. y C”, convocado por la
entidad.
El valor del contrato a celebrar será por el valor ofertado en la lista de precios de la plataforma del SECOP II.
Se adjudicará el proceso de contratación al oferente que habiendo presentado una propuesta hábil, obtenga el primer orden de elegibilidad, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego de condiciones.
La adjudicación se hará en la fecha y hora señalada en el Cronograma del Proceso. Este término podrá prorrogarse antes de su vencimiento y por un plazo no superior a la mitad del inicialmente fijado, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan, conforme con el numeral 9º del artículo 30 de la ley 80 de 1993.
La prórroga a que se hace referencia en los incisos anteriores será comunicada a los oferentes y así mismo se publicará el documento correspondiente en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES hará la adjudicación en la fecha establecida en el cronograma del proceso de selección.
De la adjudicación se levantará un acta.
La adjudicación se efectuará a través de acto administrativo motivado que se notificará al proponente seleccionado o a su representante legal, según el caso, o al apoderado constituido para el efecto, en la forma y términos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El acto de adjudicación se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP II o xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El acto de adjudicación obliga tanto a la entidad como al adjudicatario, y contra él no procede recurso alguno por la vía administrativa. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del proceso y la suscripción del contrato, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado de acuerdo con lo señalado en el inciso 3º del artículo 9º de la Ley 1150 de 2007, caso en el cual, el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
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En caso de que se adjudique el contrato con base en una propuesta que presente precios que no obedezcan a las condiciones xxx xxxxxxx y que no logren ser detectados durante el proceso de selección, el contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de tal hecho ya que el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES no aceptará reclamo alguno con relación a ellos.
1.22. FIRMA DEL CONTRATO
El contrato resultante del presente proceso se suscribirá de conformidad con los plazos establecidos en el cronograma.
Si por algún motivo no se pudiera firmar el contrato dentro del período de validez de la propuesta, el proponente seleccionado tendrá la obligación de anexar el certificado de modificación de la garantía de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
1.22.1. XXXXXXXXX DEL PROPONENTE FAVORECIDO A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el proponente seleccionado mediante el presente proceso no suscribe el contrato dentro del término previsto, quedará a favor de la Entidad la garantía de seriedad del ofrecimiento, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía, de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
En este evento, la Entidad podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.
1.22.2. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá perfeccionado con la suscripción del mismo. Para la ejecución del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente Registro Presupuestal por parte de la entidad y se apruebe la garantía exigida.
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, el Contratista constituirá la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual a favor del FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES NIT. 860.511.071-6, y una vez aprobada por parte de la Entidad iniciará la ejecución del mismo.
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1.23. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato que se suscriba se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 164 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.