CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE DEPARTAMENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE DEPARTAMENTO
Conste por el presente documento que se extiende por duplicado, el Contrato de Arrendamiento que celebran de una parte la Señora .............................................., identificada con DNI N° con domicilio en
................................................................. , distrito de. a quien en adelante se le denominará
LA PROPIETARIA y, de la otra parte …………………………, identificada/o con DNI/Pasaporte ................
con domicilio para efectos del presente contrato en el inmueble que se le arrienda en ,
provincia y departamento de Lima y a quien en adelante se les denominará EL ARRENDATARIO. El contrato se celebra en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: Del inmueble arrendado: LA PROPIETARIA es dueña del inmueble constituido por el loft, ubicado en el segundo piso de , distrito de San Xxxxxx, provincia y Departamento de Lima.
SEGUNDO: Objeto del contrato: Por el presente contrato LA PROPIETARIA da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, y éste lo acepta para él inmueble indicado en la cláusula precedente, comprometiéndose a destinarlo única y exclusivamente a casa habitación. El inmueble cuenta con todos los servicios y conexiones necesarias para vivienda en óptimas condiciones, EL ARRENDATARIO conoce y acepta las características del inmueble que se arrienda y las condiciones en las que se le entrega el inmueble
impecable en excelentes condiciones, lo que se constata en inventario y fotos anexas .
TERCERO: Plazo: El plazo de vigencia del presente contrato es de que empieza a contarse a partir de……….
y concluirá el…………. la merced conductiva es de US$ ....... ( dólares americanos) mensuales,
pagaderas por adelantado
LA PROPIETARIA facilitará a EL ARRENDATARIO su instalación en el inmueble a partir de la firma del contrato, éste entregará a LA PROPIETARIA el importe de US$ calidad de garantía. El primer mes
xx xxxxx adelantado equivalente al importe de US$........ (………dólares americanos) ya es pagado a través de la plataforma de alojamientos. equivalente al importe de US$........ ( dólares americanos) el xx de xxxx
del 20xx. El pago del arriendo a partir del segundo mes se efectuará por EL ARRENDATARIO en forma directa a LA PROPIETARIA o según acuerden.
CUARTO: Este contrato puede ser prorrogado, previo acuerdo escrito entre las partes. Para ello EL ARRENDATARIO deberá solicitarlo con una anticipación no menor a sesenta días anteriores al vencimiento.
Si EL ARRENDATARIO deseara poner término al presente contrato dentro del año de vigencia deberá comunicar este hecho a LA PROPIETARIA, con anticipación no menor a treinta días y estarán obligados a pagar el equivalente a dos (02) meses xx Xxxxx por concepto de lucro cesante.
En el caso que la devolución del inmueble por parte de EL ARRENDATARIO no se produjera al vencimiento del plazo pactado, de acuerdo al artículo 1704 del Código Civil, automáticamente, EL ARRENDATARIO abonará a LA PROPIETARIA la suma de US$ 40.00 (Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos) diarios por concepto de penalidad adicional a la renta, hasta la total devolución efectiva del inmueble arrendado sin perjuicio de derecho de LA PROPIETARIA de iniciar las acciones judiciales pertinentes para la desocupación del inmueble por el vencimiento del contrato conforme se establece en la cláusula Décimo Primero.
QUINTO: Condiciones de entrega del inmueble: El departamento se encuentra en perfectas condiciones de mantenimiento y funcionamiento con las instalaciones de energía eléctrica, agua desagüe y demás conexiones en buen estado, según lo señala en el inventario que forma parte integral del presente contrato y que se verificará y firmará a la entrega del bien y a la finalización del arrendamiento, EL ARRENDATARIO se obliga a devolver EL INMUEBLE, en las mismas condiciones, sin mayor deterioro por el uso normal del mismo, ambas partes establecen que LA PROPIETARIA entregará a EL ARRENDATARIO las llaves del departamento a la firma del contrato.
Las partes pactan que cualquier deterioro menor durante la ocupación del inmueble, que ocurriera en las instalaciones de agua, electricidad, gas, cerrajería, vidrios y demás del inmueble, serán reparados por EL ARRENDATARIO y los gastos reembolsados por LA PROPIETARIA.
En el caso que los desperfectos se deban a fallas de construcción o vicios ocultos no imputables por su naturaleza a EL ARRENDATARIO, la reparación será de cargo de LA PROPIETARIA.
EL ARRENDATARIO se obliga a conservar el inmueble en perfectas condiciones de mantenimiento. Al término de este contrato EL ARRENDATARIO deberá devolver el inmueble en igual estado que el recibido. (Pintura, limpieza, lavado cortinas entre otros)
SEXTO: Mejoras: Queda expresamente convenido que EL ARRENDATARIO deberá obtener autorización previa de LA PROPIETARIA para hacer mejoras, así como efectuar modificaciones en el inmueble objeto del presente contrato.
Si EL ARRENDATARIO efectuará modificaciones en el inmueble objeto del presente contrato, sin consentimiento de LA PROPIETARIA, deberá removerlos antes de la devolución del inmueble sin afectar a éste y será responsable de los daños y perjuicios que su incumplimiento irrogue a LA
PROPIETARIA del inmueble. Las mejoras introducidas en el inmueble que acepte LA PROPIETARIA no generarán derecho a reintegro alguno al momento de la devolución.
OCTAVO: Cláusula de Garantía: Interviene en éste contrato en calidad de FIADOR con
domicilio para los efectos en………………………………………………. Departamento de y
distrito de………………..
NOVENO: Servicios y arbitrios: LA PROPIETARIA conviene y acepta que son de su cargo y exclusiva responsabilidad, a partir de la fecha de firma de este contrato y durante todo el tiempo que ocupe el inmueble materia del presente arrendamiento los pagos por electricidad, así como el mantenimiento del edificio.
DECIMO: Subarriendo: EL ARRENDATARIO queda prohibido de subarrendar el inmueble ni traspasarlo o cederlo, en todo o en parte, sea a título oneroso o gratuito, bajo pena de automática resolución del presente contrato y pago de lucro cesante equivalente a tres meses xx xxxxx.
DECIMO PRIMERO: Siniestros: Se deja expresa constancia que EL ARRENDATARIO no asume responsabilidad alguna por los siniestros, que, por causa de las instalaciones del inmueble, causas fortuitas o de fuerza mayor, puedan afectar a LA PROPIETARIA del inmueble materia del presente arrendamiento. En el caso de un siniestro por fenómenos naturales (terremoto) o incendio de propiedades colindantes o del propio edificio, que afectasen al inmueble, la reparación de los daños será de cuenta de LA PROPIETARIA. En el caso que la afectación del inmueble no permitiera continuar viviendo en él, EL ARRENDATARIO puede pedir la conclusión del contrato de arrendamiento por causal de fuerza mayor y en consecuencia sólo abonará la merced conductiva hasta el día en que devuelva desocupado el inmueble a LA PROPIETARIA quien le devolverá la garantía recibida y el reintegro de los días de arriendo pagados con anticipación.
Así mismo, en el caso que el inmueble arrendado o sus instalaciones sean afectados por un siniestro causado por negligencia de EL ARRENDATARIO, éste será responsable por su reparación inmediata en forma material y/o económica. Por lo tanto, EL ARRENDATARIO deberá asumir las seguridad y provisiones que juzgue convenientes para poder cumplir absolutamente con esta cláusula. a su costo, cuenta y riesgo.
DECIMO SEGUNDO: Incumplimiento de contrato: La falta de pago de un mes y quince días xx xxxxx o el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente contrato, será causal de resolución de pleno derecho del mismo, sin perjuicio del pago de las obligaciones pendientes por parte de EL ARRENDATARIO debiendo este desocupar el inmueble, dentro de los siete días siguientes de ser requerido por LA PROPIETARIA. Todos los gastos y costos del eventual procedimiento judicial que requiriese la desocupación
del inmueble serán de cargo de EL ARRENDATARIO incluyendo honorarios de abogados que contrate LA PROPIETARIA para este propósito.
DECIMO TERCERO: Clausula arbitral: Todas las controversias, derivadas o relacionadas con este contrato o convenio, serán resueltas de forma definitiva mediante arbitraje de derecho por un árbitro (árbitro único) de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje del Centro Nacional e Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad”.
DECIMOCUARTO: Cláusula Adicional: De conformidad con lo establecido en el artículo 594 del Código Procesal Civil, modificado por el artículo 5 de la Ley 30201, EL ARRENDATARIO manifiesta de manera expresa su ALLANAMIENTO A FUTURO para la restitución del inmueble por conclusión de este contrato de arrendamiento o por resolución del mismo por falta de pago conforme a lo establecido en el artículo 1697 del Código Civil.
Para los efectos de esta disposición ambas partes legalizan sus firmas ante un Notario de Lima. Para los efectos de esta ley, ambas partes dejan constancia que cualquier modificación del plazo de vigencia de este contrato solo será eficaz si consta expresamente, por escrito y con firma de las partes debidamente legalizada por ante Notario de Lima.
Este contrato se extiende en dos originales, y es suscrito por las partes a los…… días del mes de del
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LA PROPIETARIA El ARRENDATARIO
……………………………....... ……………………………………. .
....................................................... DNI:...........................
FIADOR SOLIDARIO
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