Convenio de Becas de Investigación Categoría “Becas de Maestría”
Convenio de Becas de Investigación Categoría “Xxxxx xx Xxxxxxxx”
Xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx mediante , dictada por el
Consejo Superior el día de …… de 2021 ha adjudicado a. ,
DNI Nº , una beca de investigación para realizar su Maestría en
..........................................................................................................., bajo la dirección de
..........................................................................................................................., en el marco
del Proyecto financiado de la Programación Científica UBACYT 2018 (Modalidad I) y 2020 (todas sus categorías): , en la
Facultad de ..-
Obligaciones del Becario/a:
En este acto de notificación de adjudicación de la beca, el beneficiario/a asume el compromiso de iniciar las tareas el día 1° de .......................... de 2021 hasta el día …......
de ............................. de 2023, pudiéndose prorrogar por UN (1) año adicional, previa evaluación satisfactoria del informe de avance tanto del plan de la beca como de la tesis de Xxxxxxxx, que será presentado con CIENTO VEINTE (120) días de anticipación a la finalización del primer período. En dicha oportunidad el becario/a y su director/a deberán firmar la aceptación de esa prórroga.
En el caso de defender la tesis antes de la finalización de la beca, el becario/a deberá informar la fecha de defensa y el dictamen con la calificación obtenida a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires. En ese caso, la beca se dará por finalizada el último día del mes en que se haya realizado la defensa. Los becarios/as deberán informar tanto la presentación como la aprobación de sus tesis de posgrado, aun con posterioridad de haber finalizado la beca.
Las Maestrías deberán estar dentro de las ofertas de esta Universidad y desarrollarse íntegramente en el ámbito de la misma.
Al finalizar la beca deberá presentar un informe final, que deberá incluir un resumen (introducción, resultados y conclusiones) que demuestre que su tesis se encuentra
finalizada o en la etapa de finalización, en la Secretaría de Investigación de la Unidad Académica donde se desarrollen las actividades de investigación del director/a de beca, dentro de los SESENTA (60) días corridos a partir de la fecha de finalización de la beca. Tanto el informe de avance como el Informe final serán remitidos a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad para su evaluación. En caso de renuncia a la beca también deberá presentar un informe de lo realizado.
El becario/a se compromete a presentar antes de los SEIS (6) meses de iniciada la beca el certificado de admisión a la Maestría, de lo contrario la misma quedará automáticamente cancelada.
La beca tendrá un estipendio mensual de PESOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS. ($ 73.780,82.-), que se
actualizará de manera automática y en función de los futuros acuerdos paritarios, equiparándolo a la remuneración básica de un jefe de trabajos prácticos (JTP) con dedicación exclusiva. (Resolución CS. 3744/2015).
El becario/a asume el compromiso de desempeñarse con dedicación exclusiva, equivalente a 40 horas semanales, al cumplimiento de las tareas para las cuales fue becado/a en la dependencia de esta Universidad donde el/la Director/a realice sus investigaciones. La beca sólo es compatible con UN (1) cargo docente rentado o ad- honorem en la Universidad de Buenos Aires o hasta DIEZ (10) horas semanales en actividad docente rentada en UNA (1) sola institución de enseñanza no universitaria. El becario/a debe cumplir con actividades docentes en cursos de grado y/o posgrado o de transferencia de conocimientos. Esta actividad docente deberá desarrollarse en alguna de las siguientes modalidades:1) con cargo docente en la Universidad de Buenos Aires. 2) mediante colaboración en el dictado de cursos equivalentes a dedicación parcial verificable, avalada por la autoridad de la Unidad Académica de esta Universidad que correspondiese. El incumplimiento de este requisito obligatorio dará lugar a la cancelación de la beca.
El becario/a con cargo docente rentado solo podrá cobrar, además del estipendio de la beca, una remuneración adicional equivalente a una designación parcial en el cargo que desempeña, manteniendo la antigüedad en dicho cargo. Si el becario desempeñara un cargo de mayor dedicación en la Universidad de Buenos Aires, se le deducirá del estipendio de la beca la diferencia entre el haber docente del cargo que desempeña y el haber de una
dedicación parcial del mismo cargo, tomando para ambos valores la antigüedad que posee en el mismo. El becario/a no podrá renunciar, dar de baja o solicitar licencia sin goce xx xxxxxx, ni disminución de la dedicación en el cargo docente durante el período de usufructo de la beca.
En caso de cualquier modificación de su situación docente durante el período de la beca, deberá comunicarlo al Departamento de Administración de Estipendios de la Secretaría de Ciencia y Técnica, dentro del mes de producido el mismo, mediante la presentación de una declaración jurada de cargos y actividades. La falta de cumplimiento de esta obligación dará lugar a la adopción de sanciones académicas y el reintegro de los aportes percibidos en exceso.
El plazo máximo para la presentación de la tesis de maestría es de CUATRO (4) años a partir de la fecha de inicio de la beca. Comprende los dos primeros años de beca y la extensión de un (1) año opcional y un período adicional, debidamente justificado, de hasta un (1) año, sin goce de estipendio. El becario/a asume el compromiso de informar la presentación de la Tesis de Maestría y el dictamen de la defensa a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires. Caso contrario, el becario/a no podrá presentarse en las próximas convocatorias en calidad de director/a, codirector/a ni integrante de proyectos de investigación o de beca en esta Universidad. Asimismo, podrá producirse la inhabilitación del director para presentar postulantes a becas durante los dos
(2) años subsiguientes.
Deberá asistir y participar en todo evento científico vinculado con la actividad cuando sea convocado por esta Universidad.
En caso de fallecimiento o cambio en la situación docente del Director/a, deberá solicitar cambio de Director/a de Beca, cuyos antecedentes serán sometidos a evaluación por las Comisiones Técnicas Asesoras o por las comisiones Ad Hoc correspondientes.
El becario/a deberá informar por anticipado cualquier modificación en las condiciones establecidas para la adjudicación de la beca. Cualquier modificación del plan de investigación, proyecto marco de la beca y/o del lugar de investigación deberán ser aprobados por la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires. Los cambios deberán ser solicitados fundadamente por el becario/a, juntamente con el
director/a, ante la Secretaría de Ciencia y Técnica de esta Universidad, la que resolverá sobre ella para su resolución.
Cumplir con las normas vigentes en esta Universidad en cuanto a Propiedad Intelectual y de Resultados, filiación y repositorio digital, en particular las presentes en el CODIGO.UBA: Capítulo A CODIGO.UBA I-43 Propiedad de los resultados de investigación y desarrollo tecnológico-; Capítulo J CODIGO.UBA I-26 Bibliotecas y publicaciones: citación de la Filiación en publicaciones de personas vinculadas a la Universidad de Buenos Aires, sus modificatorias o normas que la reemplacen.
El Consejo Superior podrá cancelar las becas en los siguientes casos: 1) El incumplimiento del Reglamento o del presente compromiso por parte del becario/a implicará la baja de la beca, el inicio de las acciones legales correspondientes y podrá, además, originar su inhabilitación para la postulación a otra beca, así como para el desempeño de cargos en esta Universidad. El incumplimiento de este Reglamento o del mencionado compromiso por parte del director/a podrá dar lugar a su reemplazo o a su inhabilitación para desempeñarse como tal en convocatorias posteriores de becas de la Universidad. 2) Cuando de la evaluación surgiera un rendimiento insatisfactorio del plan de investigación por parte del becario/a. 3) Por solicitud justificada del director/a ante el incumplimiento de las tareas encomendadas en el marco del plan de investigación del becario/a, en términos de investigación, o por causas reiteradas de otra índole que merezcan el cese de la beca.
4) Por el ejercicio de cualquier actividad remunerada no compatible con la beca, según la categoría respectiva. En estos casos además la Universidad solicitará al becario/a la devolución de los estipendios percibidos durante el período de incompatibilidad de la beca, actualizados hasta el momento de la efectiva devolución.
Derechos del Becario/a:
Podrá acceder libremente a las diversas fuentes de información con que cuenta la Universidad de Buenos Aires tales como bibliotecas, bases de datos, publicaciones electrónicas.
Desarrollar las actividades académicas relacionadas con su formación que su director/a considere apropiadas, tales como cursos, visitas, concurrencias, estancias de investigación a laboratorios u otras.
El becario/a podrá dejar sin efecto el desarrollo de sus tareas de investigación y consecuentemente renunciar al usufructo de la beca, previa presentación de nota formal fundamentada a su director/a, la cual será remitida a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires, con treinta (30) días de anticipación.
El becario/a podrá ausentarse sin goce de estipendio, en su beca por un período de dos (2) meses por año cumplido desde la iniciación de la beca al momento de solicitud, por motivos personales. En este caso, el becario/a deberá elevar juntamente con su director/a, con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha de inicio, solicitud fundada ante la Secretaría de Ciencia y Técnica de esta Universidad, la que resolverá sobre ella. El goce de estos beneficios no implicará modificación de la fecha de finalización de la beca.
El becario/a durante el mes de enero, y por un periodo de treinta (30) días, no desarrollará las tareas de investigación ni asistirá al lugar asignado, con cobro de estipendio. Cualquier cambio de fecha, deberá contar con el aval del director/a de la beca y ser solicitado con al menos treinta (30) días de anticipación a la Secretaría de Investigación de la Unidad Académica sede de la beca y remitirlo a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires.
Asimismo, podrán ausentarse por los siguientes motivos: a) Las becarias podrán ausentarse de su lugar de desempeño por el término de noventa (90) días corridos por maternidad, con un mínimo de treinta (30) días y un máximo de cuarenta y cinco (45) días previos a la fecha estimada de parto, acumulándose en caso de nacimiento anticipado hasta completar un total de noventa (90) días, debiendo para ello presentar certificado emitido por autoridad competente. Las becarias tendrán un periodo de extensión de su beca por igual período. En ambos casos, las becarias cobrarán el estipendio respectivo. b) El Padre/Madre no gestante podrá ausentarse: por QUINCE (15) días corridos posteriores al parto, también podrá ser fraccionado en un máximo de CINCO (5) días previos y DIEZ (10) posteriores.
c) El becario/a que acredite que se le ha otorgado la tenencia de uno o más niños, con fines de adopción, podrá ausentarse por el término de sesenta (60) días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de haberse dispuesto la adopción. Las y los becarias/os tendrán un periodo de extensión de su beca por igual período. En ambos casos, las y los becarias/os cobrarán el estipendio respectivo. Al cónyuge le corresponderá igual derecho que para padre/madre no gestante en caso de nacimiento.
Los becarios/as, también, podrán ausentarse de su lugar de desempeño, en caso de fallecimiento de algún familiar por los siguientes períodos según corresponda:
a) Parentesco de 1er grado consanguíneo y cónyuge cinco (5) días hábiles con percepción de estipendio. b) Parentesco de segundo grado consanguíneo: tres (3) días hábiles con percepción de estipendio. c) Parentesco de 1er o 2do grado político: un día hábil el cual deberá coincidir con el fallecimiento o sepelio, con percepción íntegra de estipendio.
En caso de enfermedad, podrá ausentarse notificando al director/a el motivo y dispondrá de cinco (5) días hábiles para presentar el certificado médico correspondiente. Hasta treinta (30) ausencias por enfermedad anuales serán con percepción de estipendio. En caso de enfermedad o convalecencia por periodos prolongados de tiempo, deberá informar por nota adjuntando las certificaciones correspondientes para continuar con la percepción del estipendio y solicitar extensión de la beca por igual periodo.
Los becarios/as que contraigan matrimonio o realicen unión civil podrán ausentarse de su lugar de desempeño por el término xx xxxx (10) días corridos a partir del matrimonio/unión civil.
Los períodos de ausencia no usufructuados durante el año en curso, no podrán ser transferidos ni acumulados para el año siguiente, ni tampoco darán derecho a la extensión de la beca, salvo los casos estipulados específicamente. Estos periodos caducaran automáticamente con la cancelación o finalización de la beca. Deberá notificar con antelación a su director/a y acreditar ante éste con certificación que justifique la ausencia respectiva.
Todos los becarios/as sin cargo docente rentado podrán solicitar la adhesión al Plan de Salud para Estudiantes y Graduados o al Plan de Salud para Docentes Ad-Honorem de la Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires (DOSUBA). La solicitud de adhesión deberá ser aprobada por DOSUBA. Asimismo, contaran con un seguro de riesgos por accidentes de trabajo contratados por la Universidad de Buenos Aires durante el período de duración de la beca, que cubrirá las actividades contempladas en el programa de beca. En el caso de actividades a desarrollar fuera del lugar de desempeño consignado originalmente para la beca, siempre deberá informarlo y solicitar la tramitación de la cobertura de la ART en el nuevo lugar por el periodo correspondiente al cambio, esto último incluye actividades dentro de la República Argentina y también en el exterior.
El lugar de desempeño podrá modificarse transitoriamente por un período de hasta sesenta (60) días por cada año de beca, en forma continua o acumulativa, manteniendo su estipendio con el fin de asistir a cursos o realizar actividades de investigación que el director/a considere necesarias.Para ello, el becario/a deberá elevar conjuntamente con su Director/a, una solicitud fundada a la Secretaria de Ciencia y Técnica de la Universidad con conocimiento de su Unidad Académica, TREINTA (30) días antes de la fecha del cambio de lugar donde realizará las actividades propuestas por el Director/a. La Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad establecerá los mecanismos para asegurar la efectiva certificación de actividades de investigación del becario/a por parte del director/a. En caso de viaje y a su regreso, el becario/a continuará con su beca. Asimismo, deberá presentar ante la misma Secretaría un informe de las actividades desarrolladas durante su ausencia, refrendado por su director, al momento de presentar la solicitud de prórroga o en el informe final, según corresponda de acuerdo con la fecha del viaje para su evaluación. Si dicho informe fuera calificado no satisfactorio, la Universidad podrá solicitar la devolución del estipendio recibido durante el periodo de ausencia.
El presente convenio se encuentra regulado por las disposiciones establecidas en el Reglamento de Becas de Investigación aprobado por RESCS-2021-575-E-UBA-REC, Resoluciones de convocatoria y de otorgamiento que el Becario/a declara conocer.
Buenos Aires, de de 20……..
Firma del Becario/a: .............................................................
Aclaración: .........................................................................
DATOS PERSONALES DEL BECARIO/A
Apellido y Nombres: ......................................................................DNI................................
Nacionalidad:............................................Fecha de Nacimiento.........................................
Estado Civil:.....................Código DGI (1) (CUIL, CUIT, CDI)(2) Nº:......................................
Domicilio particular: Calle:..............................Nº:......................Piso:..........Unidad:............
Edificio /Torre:.................Localidad: .........................................CP: ....................................
N° TE CELULAR(1) : ..............................Compañía Telefonía Celular (1) :……….........
E-mail: ..................................................................................................
(1) Completar obligatoriamente. (2) Tachar la opción que no corresponda
Lugar de desempeño de la beca (3).............................................................................
TE: ................................. FAX: ........................... E-mail: ..............................................
Cargo docente que desempeña (4)............................................ Dedicación: .....................
Unidad Académica donde desempeña el cargo: .................................................................
Es beneficiario actualmente de otra Beca: SI – No
Institución/ es otorgante/ es: ..............................................................................................
Tipo de Beca: .......................................................................................................................
Fecha de inicio y finalización de la misma: ..........................................................................
Fue beneficiario de otra beca UBACyT anteriormente: SI - NO
Categoría de Beca: ..............................................Período de la
beca:........................................
(3) Completar obligatoriamente. (4) Completar en todos los casos, sea rentado o ad honorem.
Buenos Aires, de de 20……..
Firma del Becario/a: .............................................................
Aclaración: ........................................................................