Acuerdo Territorial Voluntario para la Gestión Sustentable de la Cuenca de Aculeo
Acuerdo Territorial Voluntario para la Gestión Sustentable de la Xxxxxx xx Xxxxxx
2020
En Paine, a 2 de septiembre de 2020, comparecen, por una parte, XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Alcalde de la Ilustre Municipalidad xx Xxxxx; XXXXX XXXXXX XXXXXX, Director General de Aguas; XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional xx Xxxxx (CNR); XXXXXXX XXXXX DE LA XXXXXXXX, Director Ejecutivo de la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático; XXXX XXXXXXXXX XXXX, Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región Metropolitana, y en representación del territorio suscriben, XXXXXXX SOLO XX XXXXXXXX, Vice Presidente de Organización No Gubernamental de Desarrollo Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx; XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, presidenta de Altos xx Xxxxxxxxxx Ecoturismo Limitada y XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, Presidente de corporación de Derecho privado Aculeufu.
Los anteriormente citados, concurren a la firma del “Acuerdo Territorial Voluntario para la Gestión Sustentable de la Xxxxxx xx Xxxxxx”, cuyo texto se desarrolla a continuación:
PRIMERO: CONSIDERANDO
● Ley 20.416 que Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño y que, entre otras disposiciones, en su Artículo Décimo fijó la Ley de Los Acuerdos de Producción Limpia, correspondiéndole al Consejo Nacional de Producción Limpia - actual Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático- realizar las actividades de coordinación entre los órganos de la Administración del Estado y las empresas o entidades del sector privado que correspondan.
● Ley 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
● Ley N° 6.640 que Aprueba el Texto Refundido de la Ley Nº 6334, que Creó las Corporaciones de Reconstrucción y Auxilio y de Fomento a la Producción.
● Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
● Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
● Ley N°18.910 Sustituye Ley Orgánica del Instituto de Desarrollo Agropecuario
● DFL N°7.912 de 1927, Organiza las Secretarías de Estado.
● DFL N°1.115 de 1969, Determina disposiciones ley 15.840 y otras aplicables a la Dirección General de Aguas.
● DFL Xx0 xx 0000, Xxxx texto refundido del DL N°1.172 de 1975 que creó la Comisión Nacional xx Xxxxx.
● DS N°160/2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento del Consejo Nacional de Producción Limpia - actual Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático-, comité dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción – CORFO.
SEGUNDO: FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES
La Xxxxxx xx Xxxxxx está conformada por un cordón montañoso, cuyas quebradas son de carácter nivo-pluvial intermitente y confluyen hacia la Laguna de Aculeo. Se encuentra ubicada en la comuna xx Xxxxx, perteneciente a la provincia del Maipo de la Región Metropolitana de Santiago.
Esta comuna cuenta con una superficie de 820 Km2, de los cuales la Xxxxxx xx Xxxxxx representa el 18,2% (149 Km2), mientras que el Acuífero que la alberga un 25,14% y el área de la Laguna el 1,37% de la superficie total de la comuna.
En relación a la vocación productiva del territorio, destacan los sectores económicos de turismo, ganadería y agricultura, sectores que están conformados, básicamente, por empresas pequeñas y medianas. En cuanto a su valor ecológico, se destaca el valor ecosistémico del área de reserva que es parte de la Cuenca, “El Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx”. Éste corresponde al sitio prioritario de mayor importancia de conservación en la Región Metropolitana de Santiago, debido a la presencia de ecosistemas únicos con especies de flora y fauna endémicas de la región.
En 2018 la laguna de Aculeo se declaró oficialmente seca. Se trató de un proceso que se fue agravando durante los últimos diez años y que se mantiene hasta hoy. Los motivos son variados, y van desde causas naturales, sobreconsumo, tanto para uso humano, como productivo, además de la mega sequía que ha asolado a la zona desde hace una década.
Según el proyecto “Estudio de Balance Hídrico en la Laguna de Aculeo y Evaluación de Escenarios”1 la desaparición del cuerpo de agua se debe a que la precipitación de la última década (2010-2018) es aproximadamente un 38% menor que el promedio histórico, mientras que el consumo de agua ha aumentado en aproximadamente un 23% desde la década de los 90.
Según este estudio, la desaparición del cuerpo de agua se dio en un contexto caracterizado por la reducción de las extensiones de cultivo, el aumento de la presencia de frutales, así como el incremento de la presencia de las parcelas de agrado y viviendas, tal como se observa en la siguiente tabla:
1 Facultad de Ciencias Forestales y de la Conservación de la Naturaleza de la Universidad de Chile, con Financiamiento FIC-R del Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, 0000.
Tabla 1: Evolución de las superficies de ocupación del uso de suelo, período 2006 a 2018
Tipo de usos de suelo | Hectáreas totales 2006 | Hectáreas totales 2012 | Hectáreas totales 2018 |
Cuerpos de Agua | 1232.9 | 905.8 | 0.0 |
Cultivo | 1169.1 | 938.2 | 751.9 |
Pastizal | 513.7 | 378.3 | 1387.5 |
Frutales | 209.9 | 288.2 | 299.1 |
Suelo Desnudo | 3605.5 | 3751.7 | 4409.7 |
Parcelas de Agrado | 301.6 | 315.1 | 529.2 |
Bosque | 10966 | 11354 | 10696.4 |
Matorral | 2200.4 | 2278.4 | 2095.8 |
Viviendas | 87.3 | 88.5 | 123.4 |
Fuente: Universidad de Chile, Gobierno Regional Metropolitano; “Estudio de Balance Hídrico en la Laguna de Aculeo y Evaluación de Escenarios”; 2019.
El crecimiento de las parcelas de agrado está asociado a un fenómeno de fuerte crecimiento poblacional. Por ejemplo, a nivel comunal se presenta un aumento de la población entre los años 2002 a 2017 del 45,44% (Biblioteca del Congreso Nacional, 2017)2 aspecto que da cuenta de la presión existente sobre la xxxxxx xx Xxxxxx.
Esto es confirmado por el “Estudio de Balance Hídrico en la laguna de Aculeo y evaluación de escenarios” (Universidad de Chile, GORE RM; 2019), que da cuenta de un crecimiento mayor a 3 veces de la población de Rangue para el período considerado, tal como se observa en el siguiente gráfico:
2 xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/0000/xxxxx.xxx/Xxxxx
Gráfico 1: Crecimiento poblacional, sector Rangue Período 1992 - 2017
Fuente: Universidad de Chile, Gobierno Regional Metropolitano; “Estudio de Balance Hídrico en la Laguna de Aculeo y Evaluación de Escenarios”; 2019.
Adicionalmente, como parte del diagnóstico de construcción del Acuerdo, realizado a través de una metodología participativa con los actores del territorio y representantes de la institucionalidad pública, se identificó y priorizó las siguientes problemáticas de la Cuenca (Tabla 2).
Tabla 2: Problemáticas y ámbitos diagnóstico participativo Acuerdo
ÁMBITOS | PROBLEMÁTICAS | ||
Recurso hídrico | Menor disponibilidad recurso hídrico | Débil gestión del recurso hídrico | Débil capacidad para organizarse |
Sectores productivos | Turismo poco diversificado sin promoción | Precariedad de la actividad ganadera | Agricultura amenazada por déficit hídrico |
Ecosistema y medioambiente | Diversidad de riesgos amenazan al ecosistema (incendios, débil manejo de flora y fauna) | ||
Ordenamiento territorial | Crecimiento inmobiliario poco sustentable | Instrumentos ordenamiento limitados | |
Gobernanza e institucionalidad | Débil articulación entre actores | Capacidad institucional limitada | |
Información y educación | Desconocimiento de oferta de información institucional | Débil conocimiento sobre valor del ecosistema |
Fuente: Elaboración propia
En relación con lo anterior, los actores del territorio destacan a la sequía como la principal problemática del territorio, en tanto pone en riesgo no sólo la disponibilidad del agua potable, sino que también el desarrollo productivo de la cuenca, el que está íntimamente ligado a la existencia de agua superficial y subterránea, tanto para el desarrollo del turismo como del sector agrícola.
Según lo identificado en este diagnóstico participativo, la problemática de la sequía se vio agravada en la coexistencia de intereses particulares y muchas veces opuestos entre sí, que han dado lugar a un modelo de uso de agua no sustentable que ha deteriorado al tejido social dentro de la comunidad y puesto en riesgo a la existencia del sector productivo del territorio. Además, la ausencia de información transparente ha ocasionado que se difundan rumores infundados que deterioran las confianzas, principalmente, entre la comunidad y las empresas presentes en el territorio.
En efecto, el secado de la laguna dio lugar a conflictos socio ambientales, lo que hace necesario la activación de mecanismos de gobernanza y de uso sustentable del recurso hídrico, que permitan la coexistencia de los distintos usos presentes en el territorio.
De esta forma, este Acuerdo nace con la intención de establecer las bases para generar un modelo de gestión que permita la creación de capacidades de gobernabilidad y de compromisos compartidos entre las empresas usuarias de los recursos naturales de la cuenca, sus habitantes, la sociedad civil y el estado, facilitando el desarrollo productivo sustentable del territorio y su adaptación al cambio climático, a través de la implementación de prácticas de producción limpia en las empresas y por parte de la comunidad.
Con ello, se espera que en el mediano plazo la xxxxxx xx Xxxxxx se transforme en un territorio sustentable, resiliente e inteligente, que conserve y promueva su patrimonio económico, ambiental y cultural con identidad rural, adaptada al cambio climático u otras crisis, en la que las actividades de sus actores conviven en armonía con su entorno.
TERCERO: NORMATIVA VIGENTE APLICABLE A LOS SECTORES PRODUCTIVOS DEL TERRITORIO
Las metas y acciones convenidas en el presente acto tienen como base el cumplimiento de la normativa vigente:
● DFL N° 1.122, Fija texto del Código de Aguas
● Ley N° 18.450, Aprueba normas de fomento a la inversión privada en obras xx xxxxx y drenaje y su Reglamento , contenido en DS 397/1996 del Ministerio de Agricultura,
● DFL N° 725, Código Sanitario
● DL 3557, Establece disposiciones sobre protección agrícola
● Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
● Nch 1.333 de 1978 sobre requisitos de calidad del agua
● Nch 409/1 de 2005, Norma Chilena de Agua Potable.
CUARTO: DEFINICIONES
Agricultores usuarios de INDAP: agricultores que cumplen con los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 13 de la Ley Orgánica N° 18.910 de INDAP:
● Activos no superiores a 3.500 UF
● Explotar una superficie de terreno de hasta 12 Hectáreas xx Xxxxx básico o vivir y trabajar en el campo.
● Ingresos principalmente provenientes de la explotación agrícola o actividad silvoagropecuaria.
Cambio Climático: se entiende un cambio del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables.
Canal o cauce artificial: es un acueducto construido por la mano del hombre. Forman parte de él las obras de captación, conducción, distribución y descarga del agua, tales como bocatomas, canoas, sifones, tuberías, xxxxxx partidores y compuertas. Estas obras y canales son de dominio privado.
Co-ejecutor: es el responsable ante la ASCC de la ejecución técnica y financiera del proyecto postulado al Fondo PL3, según las metodologías señaladas en la Guía Operativa Acuerdos Territoriales4. Deberá ser una persona jurídica constituida en Chile, con formación y reconocida experiencia en la ejecución de proyectos de colaboración pública – privada en territorios, en materias de producción limpia, sustentabilidad y cambio climático.
Comité de Agua Potable Rural: organización intermedia de base funcional regidas por la Ley de Juntas de Vecinos, bajo el Decreto Nº 58, de 1997, y La ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias del Ministerio del Interior. No persiguen fines de lucro, gozan de personalidad jurídica y sus socios ingresan y participan de forma voluntaria, personal e indelegable. Su objetivo fundamental es administrar, operar y mantener el servicio de agua potable en cada localidad donde el Ministerio de Obras Públicas ha construido un servicio.
Comunidades de Aguas Subterráneas (CASUB): organización jurídica que tiene por principal objetivo la gestión integrada de recursos hídricos y eficiencia hídrica, lo que implica la Explotación sustentable, la Gestión conjunta agua subterránea/ agua superficial, la Gestión en cantidad y calidad, la Conservación de ecosistemas y la Gestión de recursos hídricos a nivel xx xxxxxx.
Cuenca hidrográfica: Es una cavidad natural en la que se acumula agua de lluvia. Ésta circula hacia una corriente principal y finalmente llega a un punto común de salida. Unidad básica para la gestión de los recursos hídricos.
Desarrollo Sustentable: el proceso de mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medio ambiente, de manera de no comprometer las expectativas de las generaciones futuras.
Espacio: desde el punto de vista de la geografía, es el modo en que las sociedades se interrelacionan con su medio ambiente, estructurado en diversos “paisajes”: natural, humanizado, agrario, industrial, urbano, etcétera. Puede emplearse como sinónimo de territorio.
Metodología participativa: proceso de trabajo que concibe a los participantes de los procesos como agentes activos en la construcción del conocimiento y no como agentes pasivos, simplemente receptores; de esta forma promueve y procura que todos los integrantes del grupo participen.
Organizaciones de usuarios: entidades privadas sin fines de lucro, reguladas por el Código de Aguas, responsables de la captación, conducción y distribución de las aguas a las que tienen derecho sus titulares. En los cauces naturales, se organizan en Juntas de Vigilancia y en los cauces artificiales (canales, embalses) se organizan en Asociaciones de Canalistas o Comunidades de Aguas.
Organizaciones intermedias: Agrupaciones asociativas de carácter privado y sin fines de lucro, compuesta por integrantes de la Sociedad Civil, autónomas en la determinación de su finalidad, dirección y estatutos, conformadas para relacionarse con la autoridad pública en la satisfacción de necesidades públicas.
4 ver en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xxxxxxxxx_0.xxx
Riberas o márgenes: corresponden a las zonas laterales que lindan con el álveo o cauce.
Territorio: concepto teórico y metodológico que explica y describe el desenvolvimiento espacial de las relaciones sociales que establecen los seres humanos en los ámbitos cultural, social, político o económico.
Territorio Inteligente: aquellos en que sus actores tienen la capacidad para relacionarse y aprender a generar un uso renovado de sus recursos físicos, ambientales, culturales y sociales, a favor de generar una dinámica armoniosa con el entorno.
Territorio resiliente: aquellos que han sido capaces de superar desastres naturales o problemas sociales, haciendo de la amenaza una oportunidad.
Sequía: período de condiciones anormalmente secas durante suficiente tiempo para causar un desequilibrio hidrológico grave.
Unidad demostrativa: Área física, lote sub-predial, parcela, zona o establecimiento donde se llevan a cabo las actividades de producción, acopio, transformación, procesamiento, almacenamiento, distribución y comercialización de productos y son utilizadas por usuarios de INDAP para mejorar la productividad de sus cultivos y manejar de la mejor forma sus insumos, mediante la metodología “aprender-haciendo”.
Zona de escasez hídrica: extensión de territorio definido por un decreto de escasez dictado por el Ministerio de Obras Públicas, para proveer herramientas a usuarios del agua y a la población en general para reducir al mínimo los daños derivados de la sequía; y facultar a la DGA para establecer criterios y delimitaciones para las autorizaciones de extracción de aguas.
QUINTO: ALCANCE TERRITORIAL Y CAMPO DE APLICACIÓN
Para efectos de este Acuerdo, el alcance territorial corresponde al bloque de montaña xxx xxxxx xxx xx xx xxxxxx xxx xxx Xxxxx, que comprende desde Altos xx Xxxxxxxxxx hasta los límites comunales con Isla de Maipo (Al noroeste) y Melipilla (Al oeste).
El presente Acuerdo podrá ser adherido por las empresas y entidades que se encuentren ubicadas en la cuenca hidrográfica de Aculeo. Asimismo, podrán adherir en calidad de terceros interesados, organizaciones intermedias de la sociedad civil pertenecientes a la cuenca. A modo de referencia, se visualiza la Cuenca acorde con la siguiente figura:
Figura 1: Xxxxxx xx Xxxxxx
Fuente: Estudio Universidad de Chile. Proyecto FIC-R
SEXTO: OBJETIVOS
6.1 Objetivo general
Establecer las bases para generar un modelo de gestión para la cuenca hidrográfica de Aculeo que permita fortalecer las capacidades de articulación de las empresas, la sociedad civil y los organismos públicos con incidencia en el territorio, para avanzar en acciones de desarrollo sustentable y producción limpia, así como acciones para adaptarse a los desafíos del cambio climático.
6.2 Objetivos específicos
a) Fomentar el desarrollo productivo de la agricultura, ganadería y turismo en la cuenca mediante el uso de buenas prácticas, fortaleciendo el capital humano y la diversificación5.
b) Desarrollar medidas que contribuyan a la gestión sustentable del recurso hídrico, por parte de las empresas y de otros actores del territorio, a través de mayor eficiencia en su uso y acciones para aumentar la disponibilidad del recurso.
c) Proteger el ecosistema de la cuenca, reduciendo el riesgo de incendios forestales.
d) Promover un uso de suelo ordenado, planificado de manera coherente con la situación del territorio.
e) Fortalecer las capacidades de colaboración y organización entre los actores, a través de un sistema para la gestión del acuerdo, que contribuya a una mejor gobernanza de la cuenca.
f) Fortalecer los canales de información y educación ambiental, generando capacidades locales para la gestión de la cuenca.
5 Se deberá tener especial consideración con la escala de sus impactos, de modo de no atentar contra la identidad rural de la cuenca.
SÉPTIMO: METAS, ACCIONES Y PLAZOS DE CUMPLIMIENTO
Las empresas adherentes, entidades territoriales, instituciones públicas y terceros interesados deberán cumplir con las metas y acciones específicas declaradas a continuación, dentro de los plazos que se definen, de acuerdo a las etapas del proceso en que participen.
META N° 1: ARTICULAR LAS INICIATIVAS QUE BUSQUEN AUMENTAR LA DISPONIBILIDAD DEL RECURSO HÍDRICO
Acción 1.1: La Dirección General de Aguas, a través de su Dirección Metropolitana (en adelante DGA RM), conformará un comité territorial que tendrá como función identificar y evaluar alternativas técnicas y económicas orientadas al llenado de la laguna.
Para ello, la DGA RM convocará a las siguientes instituciones: I.M. xx Xxxxx, Dirección de Obras Hidráulicas, Seremi del Medio Ambiente, Comisión Nacional xx Xxxxx, equipo FIC Universidad de Chile, ASCC y representantes de los actores privados y de la comunidad del territorio, tales como: Agrícola Cerezos de Aculeo, la Corporación de Adelanto del Xxxxx xx Xxxxxx (en adelante CAVA), Camping Pintue, comunidades de agua y asociaciones de canalistas, entre otras entidades territoriales que quieran participar.
Algunas de las alternativas que este comité deberá considerar y que han sido identificadas en el proceso de construcción del acuerdo son:
1. Trasvase del Canal xxx Xxxxxxxx.
2. Trasvase del Canal de Panamá.
3. Arreglo del Canal del Cepillo (Cuesta el Cepillo de Rangue).
4. Trasvase de Canal Challacura.
5. Recarga de Acuíferos.
6. Traslado de agua desalinizada proveniente del océano u otras obras de infraestructura.
7. También deberá evaluar la conveniencia y factibilidad de "desbancar o dragar" los sedimentos acumulados en el lecho de la laguna, para que afloren las vertientes.
Medio de verificación: Actas de constitución de Comité y de sesiones de trabajo, con información de los proyectos evaluados.
Plazo: Mes 3.
Acción 1.2: En caso de que se declare zona de escasez hídrica para la cuenca, la Ilustre Municipalidad xx Xxxxx convocará a las empresas y comunidades adheridas a un Comité de Gestión Hídrica con el fin de chequear la disponibilidad del recurso hídrico para fines humanos y articular colaboraciones que signifiquen compartir agua
Medio de verificación: Acta de reunión y registro de entrega, si corresponde.
Plazo: A partir del mes 1, según corresponda.
META N° 2: IMPULSAR MEDIDAS QUE PROMUEVAN LA EFICIENCIA HÍDRICA.
Acción 2.1: La I.M. xx Xxxxx implementará acciones para disminuir el consumo de agua en los bienes nacionales de uso público y fiscales que le corresponde administrar (por ejemplo, plazas, campos deportivos, calles, etc.) Entre las medidas a implementar pueden considerarse el cambio a vegetación nativa de menor requerimiento hídrico o la instalación xx xxxxx tecnificado.
Medio de verificación: Catastros de acciones realizadas y registros fotográficos.
Plazo: A partir del mes 3.
Acciones para aguas de uso agrícola
Acción 2.2: La Comisión Nacional xx Xxxxx del Ministerio de Agricultura (en adelante CNR) apoyará a los agricultores a la postulación de proyectos xx xxxxx a los concursos vigentes dentro del marco de la Ley N° 18.450 del Ministerio de Agricultura, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras xx xxxxx y drenaje, también conocida como Xxx xx Xxxxx (modificada por medio xx Xxx N° 20.705/2013, del mismo Ministerio).
Medio de verificación: Comprobantes de reunión de difusión con agricultores y presentación con mecanismos para postular a concursos de la Xxx xx Xxxxx.
Plazo: Mes 12.
Acción 2.3: La I.M xx Xxxxx, con el apoyo de la ASCC, convocará a los gremios agrícolas del territorio que cumplan con los requisitos de acreditación colectiva, para que postulen a INDAP u otra institución de fomento un Proyecto de Unidad Demostrativa que sirva de referencia técnica para la aplicación de tecnologías de uso eficiente del agua en agricultura.
Medio de verificación: Registro de convocatoria y acta de reunión.
Plazo: Mes 6.
Acción 2.4: La I.M. xx Xxxxx solicitará apoyo técnico al Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (en adelante INDAP), para que, a través de su Programa de Desarrollo Local (PRODESAL) y Servicios de Asesoría Técnica (SAT), diseñe e implemente un programa de capacitación a los pequeños agricultores, enfocado en técnicas sustentables xx xxxxx y en aumentar la productividad del suelo.
Entre los temas a capacitar, se destacan:
● Incentivo al uso xx xxxxx tecnificado o la mejor alternativa para cultivo y realidad.
● Determinar uniformidad xx xxxxx.
● Manejo de sistema xx xxxxx.
● Uso eficiente del agua.
Medio de verificación: Registro de capacitaciones, tales como listas de asistencia, registro fotográfico, entrega de material, entre otros y malla curricular de éstas.
Plazo: Mes 8.
Acción 2.5: Una vez capacitados, y con el apoyo de las instituciones y programas de la acción anterior (acción 2.4), los pequeños agricultores deberán elaborar e implementar un programa xx xxxxx que dé cuenta de los requerimientos reales de los cultivos. A su vez, como parte de este programa, los agricultores deberán registrar las labores xx xxxxx, incluyendo la siguiente información:
● Tiempo xx xxxxx.
● Volumen de agua aplicado.
● Nombre Responsable.
● Sector y/o cuartel.
● Caudal del gotero.
Medio de verificación: Programa xx xxxxx, registro de mediciones y riego conforme a los estándares especificados en acción 2.4.
Plazo: A partir del mes 9.
Acción 2.6: Una vez implementadas todas las acciones antes señaladas, los agricultores usuarios de INDAP deberán calcular el porcentaje de reducción de los consumos de aguas por hectárea, según tipo xx xxxxx.
Medio de verificación: Porcentaje de reducción de los consumos de agua por kilo producido.
Plazo: Mes 12.
Acciones para aguas de uso residencial
Acción 2.7: La I.M. xx Xxxxx, con apoyo técnico de los servicios públicos firmantes del Acuerdo, organizará 4 talleres sectorizados, para motivar y sensibilizar a la comunidad y representantes de las empresas a cambiar los hábitos en el consumo de agua.
Medio de verificación: Registros fotográficos y/o asistencia.
Plazo: Mes 12.
Acción 2.8: Los Programas de Agua Potable Rural (APR) que adhieran al presente Acuerdo, incorporarán en las boletas mensuales infografías con orientaciones para la eficiencia hídrica y el cuidado del agua con el fin de promover un mejor consumo. La ASCC contribuirá con apoyo técnico y diseño gráfico de la infografía.
Medio de verificación: Diseño, impresión y distribución de las infografías.
Plazo: Mes 8.
META 3: FORTALECER LAS CAPACIDADES DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUAS EXISTENTES Y APOYAR LA CREACIÓN DE NUEVAS ESTRUCTURAS
Acción 3.1: La Dirección General de Aguas (DGA) apoyará, desde lo técnico, a los usuarios de agua con derechos debidamente constituidos, en la formalización de una Comunidad de Aguas Subterráneas (CASUB) y, una vez formalizada, la Comisión Nacional xx Xxxxx (CNR RM) apoyará con actividades de capacitación para el fortalecimiento de las capacidades de gestión de esta comunidad.
Medio de verificación DGA: Resolución que ordene el registro en el catastro de organizaciones de agua.
Plazo: Mes 12 tener conformada la CASUB.
Medio de verificación CNR: Registros de actividades de apoyo técnico a CASUB.
Plazo: a partir de la constitución de la CASUB.
Acción 3.2: Los Comité de Agua Potable Rural (APR) que adhieran, con apoyo técnico del Comité de Coordinación del Acuerdo, diseñarán un plan estratégico de fortalecimiento, que promueva compartir e intercambiar buenas prácticas y la colaboración entre ellos.
Medio de verificación: Plan elaborado.
Plazo: Mes 12.
Acción 3.3: LA DGA RM convocará y capacitará a los APR de Rangue - Los Hornos y El Vínculo en técnicas de toma de muestras de aguas en sus fuentes (previo a proceso de potabilización).
Con los resultados obtenidos, la DGA RM realizará el análisis del comportamiento y compartirá con los APR esta información.
Medio de verificación: Informe con resultados de laboratorio de aguas, según periodicidad establecida en el programa de monitoreo.
Plazo 1: A partir del mes 4 (capacitación).
Plazo 2: Mes 8 Muestra.
Plazo 3: Mes 12 informe (medio de verificación).
META N° 4: DESARROLLAR UNA OFERTA TURÍSTICA RESILIENTE Y DIVERSIFICADA.
Acción 4.1: La I.M. xx Xxxxx, con el apoyo de la ASCC, convocará a un equipo de trabajo intersectorial que formule un plan de desarrollo estratégico con acciones de promoción, fomento y diversificación para los servicios del sector turístico, que permita la ejecución de acciones en el corto y mediano plazo.
Para ello, se invitará a participar a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), la Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx, representantes de los empresarios, CAVA y de la cadena de valor de la industria, incluyendo a los actores relacionados con el medio ambiente y la cultura local.
Medio de verificación 1: Acta de constitución del equipo de trabajo intersectorial Plazo: Mes 3.
Medio de verificación 2: Informe con plan de desarrollo estratégico para el sector turismo
Plazo: Mes 12.
Acción 4.2: La Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx convocará a actores del sector de turismo y representantes del territorio de la xxxxxx xx Xxxxxx (Juntas de Vecinos, CAVA, Municipio y otros) para diseñar, identificar fuentes de financiamiento y postular, si corresponde, un proyecto asociativo orientado a la gestión y mejoramiento del turismo rural con duración de 3 años.
Este proyecto deberá considerar, entre otros, la generación de nuevos productos turísticos que pongan en valor el patrimonio cultural de la Xxxxxx xx Xxxxxx (tales como: arqueología, oficios tradicionales, astronomía y otros), debiendo, además, identificar fuentes de financiamiento para su postulación e implementación.
Medio de verificación: Documento de proyecto formulado, identificación xx xxxxxxx de financiamiento y postulación, si corresponde. Registro de las actividades realizadas.
Plazo: Mes 12.
Acción 4.3: La I.M. xx Xxxxx diseñará una aplicación web que agrupe y difunda la oferta turística del territorio, tomando como referencia la aplicación Xxx Xxxxx.
Medio de verificación: Proyecto de app desarrollada con recursos municipales.
Plazo: Mes 4.
Acción 4.4: La I.M. xx Xxxxx, con apoyo técnico de la ASCC, y de los actores del sector turismo, diseñará y ejecutará un plan de medios que permita difundir en los medios de comunicación con difusión nacional el valor turístico de Aculeo.
Medio de verificación 1: Plan de medios desarrollados.
Plazo: Mes 6.
Medio de verificación 2: Registro de apariciones en medios de comunicación de alcance nacional.
Plazo: Mes 12.
Acción 4.5: Las empresas de turismo que adhieran al presente Acuerdo desarrollarán iniciativas para apoyar a micro y pequeñas empresas productoras locales en la venta de sus productos (incluyendo bebidas y productos agrícolas de la zona, entre otros).
Las medidas de apoyo pueden ser:
● Asesoría y/o capacitación.
● Apoyo financiero.
● Incorporación formal como proveedor del establecimiento.
● Organización y/o apoyo en la realización, en sus propias instalaciones, de eventos, exposiciones y otras actividades destinadas a poner en valor la cultura local.
Medio de verificación: listado de iniciativas desarrolladas dentro del último año, que incluya: breve descripción de la iniciativa apoyada, método de apoyo, respaldo con evidencia gráfica y carta firmada por el productor local o de las asociaciones locales de productores dando cuenta del apoyo realizado.
Plazo: Mes 12.
META N° 5. IMPULSAR LA INCORPORACIÓN DE PRÁCTICAS SUSTENTABLES AL SECTOR GANADERO.
Acción 5.1: La I.M. xx Xxxxx solicitará a la Dirección Regional RM del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG RM) la difusión de buenas prácticas sanitarias para asegurar una actividad sustentable entre los ganaderos del sector.
Medio de verificación: Documento que demuestre la solicitud de difusión de buenas de prácticas a SAG RM y registro de la difusión, si corresponde.
Plazo: A partir del mes 4.
Acción 5.2: La I.M. xx Xxxxx gestionará con los responsables técnicos del proyecto Global Environment Facility (GEF, por sus siglas en inglés): “Corredores Biológicos de Montaña”, que es desarrollado por el Ministerio del Medio Ambiente y la agencia ONU Medio Ambiente, un programa de difusión de buenas prácticas ganaderas, correspondientes:
G1. Determinar capacidades de carga.
G2. Establecer un sistema de pastoreo controlado.
G3. Ajustar carga animal.
G4. Construir y mantener cercos.
G5. Implementar un sistema de bebederos.
G6. Incorporar manejos alternativos frente a la presencia de depredadores nativos.
Medio de verificación: Registro de las actividades de difusión.
Plazo: A partir del mes 4.
Acción 5.3: Las empresas u organizaciones agrícolas ganaderas que adhieran al presente Acuerdo deberán implementar las acciones recomendadas en la acción anterior.
Medio de verificación: Registro de las acciones implementadas.
Plazo: A partir del mes 4.
Acción 5.4: La I.M. xx Xxxxx, a través de su Oficina de Turismo, realizará una charla de conciencia turística a las organizaciones de arrieros y ganaderos presentes en Aculeo para sensibilizar sobre su valor como patrimonio y aporte al turismo local, orientada a la generación de una ruta turística.
Medio de verificación: Registros fotográficos y de asistencia a la actividad.
Plazo: Mes 6.
Acción 5.5: La I.M. xx Xxxxx generará acuerdos con los condominios y parcelaciones para la recolección de los restos de la poda de los pastos particulares y financiará el transporte de éstos y del proveniente de otras fuentes, tales como Lo Xxxxxxxx o el Estadio Monumental de Colo- Colo, como alimento para el ganado del territorio y que sean parte del presente Acuerdo.
Medio de verificación: Registros de la recolección y entrega de los restos de la poda de los pastos particulares.
Plazo: A partir del mes 4.
META N° 6: GENERAR CONDICIONES QUE FACILITEN LA TRANSFORMACIÓN DE LA AGRICULTURA HACIA UN MODELO MÁS SUSTENTABLE Y COMPETITIVO.
Acción 6.1: La I.M. xx Xxxxx, con apoyo técnico de la ASCC, invitará a los pequeños agricultores del territorio para que participen de una visita al Centro Experimental HIDANGO, del Centro Regional de Investigación INIA Rayentué, ubicado en la comuna de Litueche, en donde, a través de un día de campo, conocerán las últimas técnicas en producción agrícola.
Medio de verificación: Cartas de invitación, registro de su remisión y registro de la visita al centro.
Plazo: Mes 9.
Acción 6.2: Las empresas agrícolas xxxxxxxx0 que adhieran al presente APL desarrollarán un plan de relacionamiento comunitario con la comunidad local con el objetivo de comunicar su modelo de producción, mitigar en conjunto impactos ambientales y dar a conocer sus acciones en materia de gestión hídrica. Por ejemplo, se podrán coordinar visitas educativas de estudiantes y apoderados a sus respectivas instalaciones.
Medio de verificación: Plan de relacionamiento elaborado y registro de las actividades realizadas.
Plazo: Mes 12.
Acción 6.3: La ASCC convocará a la Secretaría Regional de Agricultura para el diseño e implementación de una charla de difusión de la xxx xx xxxxx a los agricultores, con énfasis en los beneficios que ésta establece y cómo pueden postular a ellos.
Medio de verificación: Lista de asistencia
Plazo: Mes 12.
Acción 6.4: La I. M. xx Xxxxx designará un profesional para que diseñe e implemente un Programa de Fomento Agrícola, que funcionará en las dependencias de la Oficina Territorial de Pintué a objeto de asesorar a agricultores y otros actores del territorio en cuanto a eficiencia hídrica en el riego.
Medio de verificación: Decreto Municipal de designación de profesional y creación del Programa de Fomento Agrícola.
Plazo: Mes 12.
6 Microempresa: volumen de ventas oscila entre 0 a 2.400 U.F anuales.
Pequeña Empresa: volumen de ventas oscila entre 2.401 a 25.000 U.F anuales. Mediana Empresa volumen de ventas oscila entre 25.001 a 100.000 U.F anuales. Gran Empresa: volumen de ventas es mayor a las 100.001 U.F anuales.
META N° 7: GESTIONAR LOS RIESGOS QUE AMENAZAN LOS ECOSISTEMAS.
Acción 7.1: CONAF RM implementará el programa de prevención de incendios “Comunidad Preparada”7 en las localidades de Aculeo y llevará a cabo el “Plan Comunitario de Prevención de Incendios Forestales” considerado en el programa.
Medio de verificación: Actas de registro de actividades realizadas.
Plazo: 31 de diciembre de 2021
Acción 7.2: La I.M. xx Xxxxx y las organizaciones privadas firmantes del presente Acuerdo diseñarán e implementarán un programa participativo de recuperación del ecosistema en las riberas de la laguna y xxxx.
Entre las acciones que se pueden incluir en este programa, se destacan las siguientes: plantación de especies en las riberas, siembra de semillas en taludes, estaquillados, técnicas de bioingeniería, etc.
Medio de verificación: Registro de actividades realizadas.
Plazo: Mes 12.
Acción 7.3: Los representantes del territorio que firman el presente Acuerdo, en conjunto con las organizaciones intermedias de la comunidad de Aculeo, como juntas de vecinos, parcelas y condominios, CAVA y las autoridades locales, entre otros, un plan dirigido a la conservación de la Cuenca como área protegida, más allá del espacio territorial de la Reserva.
Medio de verificación: Plan elaborado postulado a alguna categoría de protección.
Plazo: Mes 12.
7 El Programa “Comunidad Preparada Frente a los Incendios Forestales” administrado por la Corporación Nacional Forestal, a través de la Gerencia de Protección Contra Incendios Forestales y el Departamento Prevención Incendios Forestales, nace a partir del creciente problema que significan en la actualidad los incendios forestales y en especial por el gran impacto social que estos generan.
Está dirigido especialmente a quienes habitan en las zonas de interfaz urbano-forestal, atendiendo a la cercanía de la población con el área natural y al poco cuidado que se tiene con labores de quema de basuras y hojas, al juego de niños y/o actividades recreativas como encendido de fogatas o parrillas.
Su objetivo es “concientizar a la comunidad sobre el riesgo de vivir en una zona rural y/o de interfaz forestal/urbana, así como también propender hacia la modificación de los comportamientos para tender hacia una mayor responsabilidad individual y comunitaria en la prevención de incendios forestales”.
El producto concreto que persigue es que en cada comunidad se elabore un “Plan Comunitario de Prevención de Incendios Forestales”, el cual se va construyendo con la información recopilada a través de la realización de los talleres comunitarios que considera el programa para sensibilizar y empoderar a los vecinos en la aplicación e implementación de medidas de prevención y mitigación contra incendios forestales
Acción 7.4: CONAF RM, con el apoyo de la I.M. xx Xxxxx, implementará una campaña comunitaria de reforestación “UN ACULEGUANO, UN ÁRBOL NATIVO”, en 3 sectores definidos previamente con los firmantes del Acuerdo.
Medio de verificación: Registro de actividades realizadas.
Plazo: 31 de diciembre de 2021
Acción 7.5: La I.M xx Xxxxx gestionará con CONAF RM el aporte de, al menos, 500 árboles nativos y de bajo requerimiento hídrico, los que serán dispuestos en bienes nacionales de uso público, como orillas de caminos. Por su parte, la Municipalidad se encargará de su mantención y reposición hasta su prendimiento (lo que ocurre alrededor del 4to año de plantado).
Medio de verificación: Registros de gestiones realizadas ante CONAF RM para la entrega de los árboles y registros de las plantaciones realizadas por el municipio, en caso de haberse obtenido.
Plazo: 31 de diciembre de 2021
META N° 8: PROMOVER LAS POLÍTICAS Y ESTÁNDARES DE RESIDENCIA SUSTENTABLE
Acción 8.1: La I.M. xx Xxxxx, con apoyo de la ASCC, capacitará, a través de metodologías presenciales o a distancia, a las parcelaciones en construcción sustentable y en estrategias para disminuir el consumo hídrico. Entre las medidas que se pueden recomendar se destacan:
a) Monitoreo Participativo: es el registro sistemático del consumo de agua subterránea, realizadas por personas de los vecinos de los condominios.
b) Paisajismo xérico, xerófito o xeripaisajismo: modalidad de jardinería que trabaja con especies con baja necesidad hídrica o adaptadas a climas con poca precipitación pluvial por lo que ayuda a la eficiencia del recurso hídrico.
c) Aplicaciones móviles para la gestión eficiente de consumo de agua domiciliario.
d) Detergente de ropa sin enjuague: Consiste en un detergente biodegradable que no requiere enjuague, eliminando todo tipo de residuo desde la primera descarga de agua, lo que permite a los usuarios ahorrar agua y energía eléctrica. El producto no hace espuma, no contiene colorantes, ni fijadores ni ablandadores de agua, además, se degrada en 21 días.
e) Uso de “lluvia sólida” o “hidrogeles”.
Debe tenerse en cuenta que estas capacitaciones deberán realizarse en los mismo condominios.
Medio de verificación: Registros de capacitación.
Plazo: A partir del mes 6.
Acción 8.2: Las comunidades de parcelaciones que adhieran al presente Acuerdo se comprometen a evaluar y aplicar buenas prácticas para la disminución del consumo hídrico.
Entre ellas se consideran acciones como diseñar e implementar un programa de verificación del consumo de agua, reemplazar sus árboles exóticos por árboles nativos en los espacios comunes, evaluar e implementar nuevos diseños paisajísticos y tecnologías que permitan disminuir el consumo de agua, como por ejemplo: la construcción de senderos en las áreas verdes y el uso de hidrogel o lluvia sólida.
Medio de verificación: Registros de capacitación.
Plazo: A partir del mes 6.
Acción 8.3: Las comunidades de parcelaciones que adhieran al presente Acuerdo evaluarán la factibilidad técnica, legal y económica, de un modelo asociativo orientado a la conformación de una asociación de condominios, la cual promueve la reducción de consumo de agua, considerando o de un modelo alternativo que promueva un uso eficiente del agua.
Medio de verificación: Acta con conclusiones, indicando condominios representados en reuniones.
Plazo: Mes 6.
Acción 8.4: La I.M. xx Xxxxx actualizará, mediante una metodología participativa, su Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO), especificando las características del desarrollo territorial y el crecimiento sustentable de la comuna.
Además, actualizará, también mediante una metodología participativa, la Ordenanza de Gestión Ambiental para la Xxxxxx xx Xxxxxx, con el apoyo de la Seremi de MMA.
Medio de verificación: Pladeco y ordenanza actualizadas.
Plazo: Mes 12.
Acción 8.5: La Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx desarrollará una propuesta de “Guía con orientaciones para condominios y parcelaciones sustentables” y la distribuirá entre los condominios del territorio.
Medio de verificación 1: Guía diseñada.
Plazo: Mes 3.
Medio de verificación 2: Medios que acrediten el envío de la guía a los condominios.
Plazo: Mes 12.
META N° 9: INSTALAR CAPACIDADES Y LIDERAZGOS QUE CONVERJAN EN UNA GOBERNANZA QUE TRASCIENDA EL ACUERDO
Acción 9.1: La ASCC presentará al Comité de Coordinación del Acuerdo, para su validación, una propuesta de comités temáticos los cuales orienten estratégicamente el cumplimiento de las metas y acciones a su cargo.
Medio de verificación: Acta que dé cuenta de la conformación de los comités temáticos.
Plazo: Mes 2.
Acción 9.2: La DGA expondrá al Comité de Coordinación del Acuerdo, los resultados del Plan Estratégico de la Cuenca del Maipo y propondrá al comité proyectos con posibles soluciones a las distintas problemáticas de la cuenca asociadas a la disponibilidad de agua.
Medio de verificación: Acta del Comité Coordinador del Acuerdo.
Plazo: Mes 2.
Acción 9.3: La I.M. xx Xxxxx evaluará la creación de un "Programa de Asuntos Hídricos", en la misma oficina territorial de Pintué, para recibir inquietudes de la comunidad.
Medio de verificación: Acta de Concejo Comunal con detalle de la discusión.
Plazo: Mes 12
META N° 10: FACILITAR LA DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS DEL PRESENTE ACUERDO
Acción 10.1: La I.M xx Xxxxx, con apoyo de las instituciones representantes del territorio en el presente Acuerdo y los servicios públicos firmantes del Acuerdo, organizará e implementará jornadas de educación en los establecimientos educacionales, con el objeto de abarcar la mayor cantidad de niños en cuanto a sensibilización y educación ambiental, así como la construcción de una cultura hídrica y relevar el rol de las comunidades en la problemática actual.
Medio de verificación: Registro de las actividades realizadas.
Plazo: A partir del mes 6.
Acción 10.2: La Dirección General de Aguas (en adelante DGA), a través de su Dirección Regional Metropolitana (en adelante DGA RM) realizará un taller, dirigido a representantes de los actores del territorio, para explicar las funcionalidades de su página web, en especial sobre registros, catastros e información de los recursos hídricos y derechos de aprovechamiento de agua de la cuenca, los que deben ser compartidos a los integrantes del Comité de Coordinación del Acuerdo.
Medio de verificación: Registro de asistencia a taller y de los contenidos entregados.
Plazo: Dentro de los 3 primeros meses.
Acción 10.3: Los medios locales, como radios o canales de televisión, que adhieran al presente Acuerdo (tales como: Xxxxxx, Felicidad y Golondrina) transmitirán y difundirán los resultados de estudios asociados a la Cuenca, como el Balance hídrico realizado por la Universidad de Chile, así como las acciones del acuerdo y sus avances.
Medio de verificación: Registro de las transmisiones.
Plazo: A partir del mes 3.
Acción 10.4. La Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx, en trabajo con las comunidades del territorio, diseñará contenidos y actividades de educación ambiental para aplicar en espacios comunitarios y educativos en Aculeo, y obtendrá su validación por el Comité de Coordinación del Acuerdo.
Medio de verificación: Documentos con diseños de contenidos y acta del comité coordinador que los valida.
Plazo: Documento elaborado en mes 8.
Acción 10.5: La ASCC informará de los avances del acuerdo en las comisiones y mesas temáticas que correspondan.
Medio de verificación: Registros de difusión de avances.
Plazo: Permanente, según resultados.
OCTAVO: SISTEMA DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y ACCIONES DEL ACUERDO
Una vez firmado el Acuerdo, se da inicio a la Etapa de Implementación y Seguimiento del mismo.
Para dicho efecto la Línea de Cofinanciamiento N° 5 del Fondo de Producción Limpia que administra la Agencia, contempla la posibilidad de postular a recursos para la implementación, seguimiento y evaluación de las acciones del Acuerdo, para lo cual pueden postular sus suscriptores de conformidad a las disposiciones contenidas en las Bases Técnicas y Administrativas de la Línea.
El proyecto a ser presentado debe incluir la participación de un Co-Ejecutor, que asumirá la responsabilidad ante la ASCC de la ejecución técnica y financiera del proyecto postulado al Fondo PL (xxxx://xxx.xxx.xx/), según las metodologías señaladas en la Guía Operativa Acuerdos Territoriales.
El sistema de seguimiento y control contempla las siguientes etapas:
8.1 Diagnóstico inicial
La entidad co-ejecutora debe realizar una evaluación para precisar el estado inicial de los firmantes y adherentes respecto de las metas y acciones comprometidas en el Acuerdo, a partir de la fecha de firma o adhesión del mismo.
Este levantamiento de brechas debe realizarse de acuerdo al formato preestablecido en formulario de Seguimiento y Control Anexo N° 1 que le será facilitado.
Una vez realizada la evaluación y el levantamiento de los datos, el Co ejecutor entregará a la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (ASCC) dicha información consolidada, en formato digital. Los registros se deben llevar en archivos digitales para hacer más fácil su manejo y distribución.
8.2 Seguimiento y control del avance de la implementación del acuerdo
El seguimiento y control debe ser realizado por el Co ejecutor, a través de auditorías que den cuenta del estado de avance de las metas y acciones establecidas en el Acuerdo, desde el diagnóstico indicado en 8.1.
El Co ejecutor deberá reportar la información en la plataforma de seguimiento dispuesta por la ASCC, así como elaborando un (1) informe consolidado de auditoría de seguimiento y control en el mes diez (10), contado desde la fecha de la resolución que aprueba el contrato de cofinanciamiento.
Esta fase de seguimiento y control será monitoreada por el Comité Coordinador del Acuerdo, conforme al artículo Décimo del presente Acuerdo.
8.3 Evaluación Final de Cumplimiento
Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoría externa correspondiente.
8.4 Evaluación de Impactos del APL
El Co ejecutor deberá elaborar un informe con indicadores de impacto económico, ambiental y social, elaborados a partir de los datos recopilados con cada una de las entidades aplicando el debido instrumento o encuesta aprobada por la ASCC. Este informe permitirá cuantificar el grado de mejoramiento en la gestión de la cuenca, gracias a la ejecución del Acuerdo una vez que éste haya finalizado.
Los suscriptores del Acuerdo deberán colaborar con los antecedentes necesarios para el buen desarrollo del informe. El plazo de entrega del Estudio de Evaluación de Impacto es el mes catorce (14), contado desde la fecha de resolución que aprueba el contrato.
NOVENO: ROLES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES ASOCIADOS AL SEGUIMIENTO, CONTROL EVALUACIÓN Y MANTENCIÓN POSTERIOR DEL ACUERDO
9.1 Empresas que suscriben el presente Acuerdo.
● Suscribir el APL en los formularios de adhesión y entregárselo al Co-ejecutor.
● Ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo, a fin de alcanzar las metas comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente Acuerdo.
● Entregar al Co – ejecutor la información necesaria para la ejecución de las auditorías en los plazos convenidos.
● Entregar al Co ejecutor la información relativa a los indicadores de sustentabilidad definidos para el sector, costos y beneficios de la implementación de las acciones comprometidas en el Acuerdo, que permitan realizar una evaluación de impactos ambientales y sociales.
● Participar del Comité Coordinador del Acuerdo.
9.2 Los Organismos Públicos Participantes del APL
● En caso de que corresponda, ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo, a fin de alcanzar las metas comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo.
● Participar en la Mesa de Trabajo o en los Grupos Temáticos que se han definido para
este Acuerdo, y que sea pertinente de acuerdo a sus competencias.
● Participar del Comité Coordinador del Acuerdo.
● En caso de que corresponda, recibir, analizar, validar y almacenar la información agregada relativa a la implementación de las acciones que son de su competencia exclusiva y que se encuentran contenidas en el Acuerdo. Además de orientar a las empresas al cumplimiento de las metas.
● Ejercer su rol fiscalizador y considerar en la fiscalización los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Producción Limpia, cuando corresponda.
● Apoyar el monitoreo, evaluación y verificación del cumplimiento de las acciones y metas comprometidas en el acuerdo, a través de la designación de un responsable al interior del servicio.
● Difundir el Acuerdo al interior de su servicio.
Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático
● Coordinar el Comité Coordinador del Acuerdo.
● Evaluar y aprobar las condiciones técnicas para el levantamiento de datos primarios y formatos de elaboración de los indicadores de sustentabilidad del sector.
● Fomentar el cumplimiento del Acuerdo.
● Cumplir los compromisos que se hayan declarado en el Acuerdo.
● Coordinar el flujo de información entre el Consorcio y los organismos públicos participantes del Acuerdo para los fines correspondientes.
● Otorgar el certificado de cumplimiento del APL.
DÉCIMO: COMITÉ COORDINADOR DEL ACUERDO
El Comité Coordinador es el encargado de monitorear el avance en la implementación del Acuerdo y solucionar los problemas y diferencias que surjan durante su desarrollo. Tiene además competencia para establecer las medidas aplicables en los casos de incumplimiento respecto de aquellas metas y acciones que no se encuentren normadas.
Está conformado por representantes de todas las instituciones firmantes del Acuerdo, quienes son designados mediante un oficio o carta firmada por el representante legal de la institución.
En el caso de surgir controversias relativas a la interpretación, implementación o grado de cumplimiento del Acuerdo, y que no se hubiere resuelto por otras vías, las partes deben recurrir al Comité Coordinador del Acuerdo.
Las decisiones que adoptará este Comité serán por consenso y estará formado por un representante de los firmantes del Acuerdo, quienes, a su vez, podrán invitar a otras instituciones para que sean parte de él.
DÉCIMO PRIMERO: ACCESO A FINANCIAMIENTO
Para efectos de apoyar el cumplimiento de las metas del presente Acuerdo, la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (ASCC) se compromete en apoyar, en el marco del presupuesto y normativa vigente, con los recursos para el cumplimiento de los compromisos emanados del presente acuerdo. Ello considera la Línea 5 del Fondo de Promoción de Producción Limpia para la promoción de Acuerdos de Producción Limpia y de Iniciativas públicas y privadas, que tiene como objetivo apoyar con cofinanciamiento a las empresas, o las asociaciones gremiales que las representan, actuando conjuntamente con organizaciones intermedias de la sociedad civil y asociaciones; y entidades públicas, todas territorialmente consideradas, para el mejoramiento de sus estándares de sustentabilidad, fomentar la producción limpia y aumentar sus capacidades para enfrentar los desafíos asociados al cambio climático, mediante la formalización de “ACUERDOS VOLUNTARIOS DE PRODUCCIÓN LIMPIA TERRITORIALES”.
Adicionalmente, de manera de apoyar la implementación de las actividades establecidas en el marco Acuerdo o apoyar otras líneas de trabajo relacionadas, es compromiso de esta Agencia apoyar la postulación de iniciativas a otras fuentes de financiamiento de otras instituciones vinculadas al sistema nacional de fomento productivo e innovación, tales como por ejemplo:
● Fondo de Protección Ambiental (FPA) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA).
● Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT).
● Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC).
● Comisión Nacional xx Xxxxx (CNR).
● Dirección de Obras Hidraúlicas (DOH).
● Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (INDAP).
DÉCIMO SEGUNDO: ADHESIÓN AL ACUERDO
Las empresas o terceros asociados interesados, tendrán un plazo de 60 días para adherir al Acuerdo, contado desde la fecha de firma del mismo.
La adhesión se producirá mediante trámite de ingreso por Oficina de Partes de la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático, del formulario institucional predispuesto y en que constatará la voluntad de la empresa de adherir al APL.
DÉCIMO TERCERO: PLAZO
El plazo de cumplimiento de las acciones del Acuerdo es hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, cada una de las acciones establecidas en el presente Acuerdo debe ser cumplida en el plazo específico fijada para cada una de ellas.
DÉCIMO CUARTO: VIGENCIA PARA SERVICIOS PÚBLICOS
El presente Acuerdo entrará en vigencia, para los servicios públicos que lo suscriben, una vez que se encuentre totalmente tramitado el último acto administrativo que lo apruebe y durará hasta el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos en éste. Por razones de buen servicio, las acciones comprometidas en el presente Acuerdo podrán comenzar a ejecutarse desde la fecha de su suscripción. Para ello, los actos administrativos de los servicios públicos suscriptores deberán reconocer expresamente dicha circunstancia.
DÉCIMO QUINTO: PERSONERÍAS
Las personerías con que comparecen: XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Alcalde de la Ilustre Municipalidad xx Xxxxx, consta en Acta de Proclamación xx Xxxxxxx y Concejales del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, de fecha 29 de noviembre de 2016; XXXXX XXXXXX XXXXXX, Director General de Aguas, consta en Decreto Supremo N° 31, del 14 xx xxxxxx de 2018, del Ministerio de Obras Públicas; XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional xx Xxxxx, consta en Decreto Supremo N° 124 de 7 de diciembre de 2018, del Ministerio de Agricultura; XXXXXXX XXXXX DE LA XXXXXXXX, Director Ejecutivo de la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático consta en Resolución Afecta de Personal N° 216, del 17 xx xxxxxx de 2020 de CORFO; XXXX XXXXXXXXX XXXX, Director Regional de CONAF Metropolitana, consta en Resolución 288, del 10 xx xxxxx de 2020, de la Corporación Nacional Forestal; XXXXXXX SOLO XX XXXXXXXX, Vice presidente de Organización No Gubernamental de Desarrollo Corporación Altos xx Xxxxxxxxxx, consta en Certificado de Directorio de Persona Jurídica Sin Fines de Lucro, del 21 de febrero de 2020; XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, presidenta de Altos xx Xxxxxxxxxx Ecoturismo Limitada, consta en Certificado del Conservador de Bienes Raices de Buin, de fecha de 30 de enero de 2020, y XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, Presidente de corporación de Derecho privado Aculeufu, consta en Certificado de Directorio de Persona Jurídica sin Fines de Lucro del SII del 21 de febrero de 2020.
DÉCIMO SEXTO: EJEMPLARES
El presente ACUERDO se extiende en una 1 copia original.