PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
OBJETO:
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE ASESOR CREATIVO Y COMUNICACIONAL CAMPAÑA 2019”
EXPEDIENTE:
98 Letra J Año 2019
FECHA DE APERTURA:
17 xx Xxxx de 2019 - 14:00 hs.
PRESUPUESTO OFICIAL:
$ 1.880.000.-
LUGAR DE APERTURA:
OFICINA DE COMPRAS DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
Xxxxx Xxxxxxxx 0000 Xxx xxx Xxxxx
LICITACION PRIVADA nro. 08/2019
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- OBJETO: El presente llamado tiene por objeto la “Contratación del Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019” con motivo de desarrollar y posicionar la Marca Ciudad diferenciada y competitiva a través del diseño de campañas publicitarias y de comunicación que resalten sus atributos, beneficios, valores, cultura, personalidad y dirigidas a consumidores definidos , teniendo en cuenta la información xxx xxxxxxx real y potencial de Xxx xxx Xxxxx, con la que cuenta este EMTUR”.
La contratación deberá incluir:
Equipo de trabajo y porcentaje de tiempo asignado para el desarrollo de:
Campaña Integral para cada período cuatrimestral establecido por el EMTUR, con el objetivo de llegar a través de todos los medios posibles al público deseado, de acuerdo a los fines planteados por este organismo contemplando la generación de contenidos y desarrollo de diferentes planes y estrategias de comunicación y medios, necesarios para lograr visibilidad y posicionamiento de la marca turística del destino para los periodos detallados anteriormente.
Identidad visual, redacción y diseño de todas las piezas de comunicación proveyendo los diseños adaptados a los diferentes medios que se establezcan y soliciten por este Departamento: vía pública, gráfica en diarios, revistas, revistas especializadas en el sector turístico y cultural, xxxxxx de notas editoriales, contenido y piezas gráficas para redes sociales (facebook, Youtube, Instagram, Twitter y otras) gifs animados, banners digitales y elementos digitales/multimedia útiles a la promoción de la ciudad, desarrollo de mensajes para PNT, idea creativa para la producción de placas y spots para televisión y radio, siendo los expresados meramente enunciativos y no excluyentes.
Diseños originales y entrega de los mismos a medios contratados por el EMTUR.
Asesoramiento profesional y desarrollo de estrategias de medios tradicionales y no tradicionales, masivos, segmentados y de promoción directa a utilizar para la difusión de distintas campañas o periodos que se deseen comunicar.
Diseño de la línea creativa del sitio web institucional adaptable al tamaño de diferentes dispositivos (celulares, monitores de diferentes pulgadas, tablets, etc).
Diseño y asesoramiento de material promocional motivacional e informativo: folletería, souvenirs, material de ornamentación, diseño de idea creativa para stands promocionales de Xxx xxx Xxxxx, otros elementos gráficos (banners, tapones de prensa, catálogos, libros, estampas para cd/dvd, presentaciones de productos, etc) y digitales (presentaciones en distintos formatos).
Consultor estratégico permanente que trabaje en equipo con personal del Ente asignado, asegurándose un fluir constante de información, y de detalles técnicos y necesidades para las producciones y diseños durante el desarrollo de la campaña y exhibición de la misma.
ARTICULO 2º.- ASESORAMIENTO: El proponente deberá considerar todas las gestiones de asesoramiento técnico que se tramiten al contratar con los distintos medios, por el Ente Municipal de Turismo.
ARTICULO 3º.- INFORMACION OFRECIDA: Es importante destacar que la empresa adjudicataria de éste servicio deberá definir la estrategia de creatividad y de medios a partir de la interpretación de estudios de mercados previos, informes de demanda real y potencial y posicionamiento de marca, que serán entregados por el Ente.
ARTICULO 4º.- PERÍODO DE CONTRATACIÓN Y PRORROGA: La vigencia de la presente Licitación es desde el momento de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive. El Ente Municipal de Turismo se reserva el derecho de prorrogar la presente contratación por un monto hasta el 20% del total adjudicado, sin variación del costo mensual adjudicado (Art. 146º LOM) cuando a su exclusivo juicio, existan razones que lo justificaren.
ARTICULO 5º: PRECIO DE LA CONTRATACIÓN: El presupuesto oficial, asciende a la suma de Pesos Un Millón Ochocientos Ochenta Mil ($ 1.880.000.-), por todo el período de la contratación.
ARTICULO 6º: I.V.A.: Se deja constancia que el Ente Municipal de Turismo reviste el carácter de exento. Tal circunstancia deberá considerarse en la cotización la que no deberá tener el I.V.A. Discriminado.
ARTÍCULO 7º.- CONDICION TRIBUTARIA: El/los oferente/s que se presenten a la Licitación que nos ocupa deberán acreditar una condición tributaría ante la AFIP, que justifique que cuenta/n con capacidad suficiente para llevar a cabo la contratación a que se refiere la misma, conforme el importe establecido por el Presupuesto Oficial.
ARTICULO 8º: DOCUMENTACION A PRESENTAR: Los interesados y/u oferentes deberán cumplimentar las siguientes condiciones:
8.1. Pliego debidamente firmado: Deberá acompañarse el Pliego de Bases y Condiciones debidamente firmado en todas sus fojas, como también los anexos que hacen parte del mismo.
8.2. Constituir domicilio especial: Fijar domicilio especial en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen. (Anexo III).
8.3. Constituir domicilio electrónico: Fijar domicilio electrónico, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen (Anexo III).
8.4. Fotocopia de condición tributaria ante la AFIP actualizada del oferente
8.5. Fotocopias de las constancias de inscripción en los organismos nacionales y/o provinciales a que se encuentren obligados por la legislación vigente. AFIP y RENTAS, etc.- (para oferentes NO inscriptos ante el Registro de Proveedores del Ente).
8.6. Antecedentes relativos a prestaciones similares de las que son objeto en la presente Licitación, en las condiciones requeridas por el respectivo Pliego.
deberá acreditarse experiencia en el rubro no menor a 8 años
deberán presentarse una cantidad máxima de cinco (5) antecedentes de trabajos similares al requerido, que demuestren experiencia comprobable en la implementación de campañas en el ámbito turístico, que sean susceptibles de ser verificados por parte del Ente.
8.7. Oferta: Presentación del desarrollo de la propuesta, según Xxxxx X, con entrega de la misma también en formato digital para PC, y el importe mensual pretendido en letras y números.
Se puede presentar por separado una o más opciones, siempre que se acompañe la oferta del requerimiento original xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
ARTICULO 9º: INHABILIDADES: Están impedidos de participar en esta Licitación bajo cualquier forma:
Los incapaces para contratar según la legislación vigente. Los agentes al servicio del Estado Nacional, Provincial o Municipal y las sociedades integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos gerentes lo fueren.
Los separados de la Administración Pública por exoneración.
Los que se hallaren inhabilitados por las situaciones derivadas de concursos preventivos o quiebras.
Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
Los proponentes deberán manifestar por escrito y con carácter de Declaración Jurada no estar comprendidos en los impedimentos establecidos en el presente.
Al comprobarse posteriormente el falseamiento de lo manifestado bajo declaración jurada, el Ente Municipal de Turismo, podrá declarar la inhabilidad del proponente para presentarse en futuras licitaciones o concursos del Partido, por el término de cinco (5) años, sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte (Xxxxx XXX).
ARTICULO 10º: INFORMACION QUE DEBE OBTENER EL OFERENTE: La presentación de
la oferta indica que el proponente ha analizado los documentos de la Licitación, que obtuvo previamente todos los datos e informes necesarios para efectuar su oferta y cumplir con todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente pliego, por lo que no podrá alegarse por parte del oferente y/o adjudicatario, causa alguna de ignorancia, en cuanto a documentación a presentar o condiciones de realización.
ARTICULO 11º: OMISIONES FORMALES: Todas las omisiones o falencias de carácter formal, tanto así fueran detectadas en el acto de apertura y no suplidas durante su desarrollo como en oportunidad del estudio de las propuestas, serán notificados por cédula al oferente, quién deberá subsanar las mismas dentro de los dos (2) días hábiles administrativos de notificado, bajo apercibimiento de no considerarse su oferta.
ARTICULO 12º: FORMA DE COTIZAR: El oferente deberá cotizar por TODOS los conceptos del artículo 1º y conforme al ANEXO I del presente pliego, el precio mensual pretendido y total, libre de todo gasto adicional, no reconociendo el Ente Municipal de Turismo gastos que no sea el de la cotización propiamente dicha; ni por otros trabajos adicionales a excepción de los ordenados por el Ente Municipal de Turismo.
ARTICULO 13º: PRESENTACION DE LA PROPUESTA: Las propuestas deberán ser presentadas en dos sobres cerrados, sin membrete identificatorio y consignando el número de la presente Licitación y Nº de Sobre. Xxxxxxx presentarse escritas a máquina o manuscritas con letra clara, debidamente firmadas con tinta azul en todas sus hojas por el Oferente o su representante legal con la correspondiente aclaración de firma. No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o entre líneas que no estén debidamente salvadas al pie de las mismas. Las cantidades deberán ser consignadas en letras
y números.
CONTENIDO SOBRES Nº 1 Y 2
SOBRE Nº 1:
13.1. Pliego debidamente firmado: Deberá acompañarse el Pliego de Bases y Condiciones debidamente firmado en todas sus fojas, como también los anexos que forman parte del mismo.
13.2. Constituir domicilio especial: Fijar domicilio especial en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen. (Anexo III)
13.3. Constituir domicilio electrónico: Fijar domicilio electrónico, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen (Anexo III)
13.4. Fotocopia de condición tributaria ante la AFIP actualizada del oferente
13.5. Fotocopias de las constancias de inscripción en los organismos nacionales y/o provinciales a que se encuentren obligados por la legislación vigente. AFIP RENTAS, etc.- (para oferentes NO inscriptos ante el Registro de Proveedores del Ente).
13.6. Antecedentes (Art. 8 inc.6).
SOBRE Nº 2:
13.7. Oferta: Presentación del desarrollo de la propuesta, según Xxxxx X, con entrega de la misma también en formato digital para PC, y el importe mensual prentendido en letras y números.
ARTICULO 14º: APERTURA DE LAS PROPUESTAS: Si el día fijado para el acto de apertura fuera declarado feriado o de asueto administrativo, el mismo se realizará el día hábil inmediato
siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. Vencido el plazo reglamentario para la admisión de las propuestas y antes de proceder a la apertura, podrán los interesados pedir o formular aclaraciones sobre el acto, pero, iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo.
ARTICULO 15º: ADMISIÓN DE LAS PROPUESTAS: Xxxx revestirán carácter de ofertas válidas las que se ajusten a las disposiciones de este Pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello, si se comprobara posteriormente algún incumplimiento que no haya sido advertido en el momento de la apertura de sobres, podrá procederse al rechazo de la oferta.
En el acto de apertura, los funcionarios intervinientes, estarán facultados para rechazar las propuestas, conforme las causales establecidas a tal efecto en el artículo subsiguiente.
ARTICULO 16º: CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Dará lugar al rechazo de las ofertas, en el momento del acto de apertura:
SOBRE Nº1
* la omisión de los siguientes requisitos
- 13.1. Pliego debidamente firmado (según Art. 8º y 13º)
- 13.2. Constituir domicilio especial: Fijar domicilio especial en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen. (Anexo III).
- 13.3. Constituir domicilio electrónico: Fijar domicilio electrónico, en el cual se tendrán por válidas y recibidas todas las notificaciones que se cursen (Anexo III)
- 13.6. Antecedentes (Art. 8 inc.6).
* Contengan enmiendas o raspaduras no salvadas o aclaradas. SOBRE Nº 2:
* la omisión de:
- 13.7. Oferta: Presentación del desarrollo de la propuesta, según Xxxxx X, con entrega de la misma también en formato digital para PC, y el importe mensual prentendido en letras y números.
* Se aparten de las cláusulas xxx xxxxxx o fijen condiciones incompatibles con éste.
El Ente Municipal de Turismo no está obligado a aceptar oferta alguna, pudiendo rechazar todas si así lo estima oportuno y conveniente.
ARTÍCULO 17º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Se podrán efectuar de la siguiente manera:
17.1.- Al acto de Apertura: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones, una vez abiertos los sobres en la fecha y hora fijados y finalizada la apertura.
17.2.- A las Ofertas: Xxxxxxx presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Oficina de Compras, en el horario de 8:30 a 14:30 horas del día hábil siguiente al dia de vista. A los efectos de formular impugnaciones y
observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los oferentes el día habil siguiente al día de apertura en el horario de 8:30 a 13:30 hs. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación. Conjuntamente con la presentación de las impugnaciones deberá acompañar constancia de haber efectuado en la Tesorería de Ente, el depósito de garantía de impugnación, equivalente al uno por ciento (1%) del valor del presupuesto oficial, el que podrá realizarse únicamente en efectivo, bajo apercibimiento de rechazo in límine de la impugnación planteada, sin necesidad de intimación previa para el depósito de garantía. La garantía de impugnación será retenida hasta tanto se substancie la impugnación, procediéndose a su devolución de acogerse favorablemente la misma, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. La garantía no se devolverá quedando a favor del Ente, si la impugnación fuera rechazada in límine, o declararse infundada, inadmisible, improcedente, rechazada o meramente dilatoria, a exclusivo criterio del Ente. Se deja establecido que el proponente manifiesta su conformidad expresa respecto al requisito de constituir la garantía mencionada en este artículo, con la sola firma del presente pliego. De las impugnaciones se correrá traslado por (1) día hábil.
ARTICULO 18º: RESOLUCION DE LAS IMPUGNACIONES: El Ente Municipal de Turismo resolverá sobre la procedencia o rechazo de las impugnaciones en un sólo acto administrativo, al momento de optar por la mejor oferta a su exclusivo criterio.
Las impugnaciones que se produzcan, por cualquier medio administrativo o judicial, no paralizarán el proceso licitatorio.
ARTICULO 19º: AMPLIACION DE LA INFORMACION: El Ente Municipal de Turismo podrá solicitar a cualquier oferente todo tipo de información aclaratoria que considere necesaria. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación que expresamente fuera solicitada por el Ente.
El plazo para responder sobre la información requerida será de un (1) día hábil posteriores a la notificación. Si la misma no fuera evacuada en término o no respondiera a juicio del Ente Municipal de Turismo los fines requeridos, se merituará la oferta con las constancias obrantes en las actuaciones.
ARTÍCULO 20º.- PROCEDIMIENTO NOTIFICACIÓN ELECTRONICA: Se deja expresamente
informado que todos los actos del procedimiento de selección del contratista serán notificados en el domicilio electrónico denunciado con su presentación en la forma prevista en este Pliego. En caso de falta de constitución de domicilio en los términos indicados anteriormente, se lo tendrá por constituido en el denunciado en el Registro de Proveedores del Ente, en el que tendrá validez toda notificación o comunicación que se curse, hasta que el proponente lo constituya posteriormente en forma fehaciente.
ARTICULO 21º: UNICA OFERTA: en el caso de que hubiera una sola oferta válida, por falta de otras o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo del Ente Municipal de Turismo, las condiciones necesarias como para merecer tal adjudicación.
La existencia de una única oferta, no obligará al Ente Municipal de Turismo a aceptar la misma de pleno derecho (Artículo 155º Ley Orgánica de las Municipalidades).
ARTICULO 22º: MANTENIMIENTO DE OFERTA: las propuestas serán mantenidas por el término de treinta (30) días corridos, posteriores al acto de apertura. Vencido dicho plazo, la propuesta se considera automáticamente prorrogada por igual término, salvo manifestación fehaciente en contrario efectuada por el proponente, por escrito.
ARTICULO 23º.- COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN: El Ente Municipal de Turismo designará una Comisión de Preadjudicación donde se elaborará un dictamen en base al estudio y evaluación de la totalidad de las ofertas recibidas y que fueran consideradas como válidas al momento de la apertura.
ARTICULO 24º: DE LA ADJUDICACION: La adjudicación compete exclusivamente al Ente Municipal de Turismo, el que a su sólo e inapelable juicio, decidirá sobre las ofertas presentadas, cuál estima más conveniente para sus intereses analizando para ello, conjuntamente los valores cotizados, la calidad e idoneidad del Oferente y el efectivo cumplimiento de los requisitos exigidos. La misma será notificada fehacientemente al Adjudicatario y al resto de los Oferentes.
El Ente Municipal de Turismo, asimismo, podrá adjudicar total y/o rechazar todas las ofertas, sin derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de los oferentes (Artículo 154º, Ley Orgánica de las Municipalidades).
El precio contractual es la total y única compensación que recibirá el adjudicatario por el servicio prestado objeto de esta Licitación, eximiendo al Ente Municipal de Turismo de toda responsabilidad que no sea el precio pactado.
ARTICULO 25º.- GARANTIA DE ADJUDICACION: Como condición para la firma de la adjudicación se deberá afianzar la misma, con una suma igual al cinco por ciento (5%) del total adjudicado. Esta fianza o garantía deberá cubrir todo el plazo contractual. La devolución de la misma se formalizará una vez comprobado el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato. En ningún caso los depósitos dados en garantía devengarán intereses a cargo del Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 26º.- FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN: La garantía
de la adjudicación exigida en el presente pliego podrá constituirse en alguna de las siguientes formas:
1. Transferencia y/o depósito bancario a la cuenta corriente del Ente Municipal de Turismo,
2. Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran de conformidad con lo establecido por el Decreto Nacional 411/69 y por el Decreto Municipal 218/82, debiendo ser emitida por una Compañía que se halle inscripta en el Registro Municipal de Compañías Aseguradoras.
La Póliza de Xxxxxx deberá presentarse con certificación ante escribano público de las firmas de quienes las suscriban y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad; la firma xxx xxxxxxxxx actuante deberá ser legalizada por el respectivo colegio profesional cuando esté en jurisdicción distinta a la Pcia. de Buenos Aires. Deberá expedirse por todo el período del contrato, hasta la extinción total de las obligaciones emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones, con renuncia a los beneficios de excusión y división. Debiéndose constituir domicilio en el Partido de General Xxxxxxxxxx y establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato las partes se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx con renuncia a cualquier otro Fuero o Jurisdicción que pudiera corresponder.
ARTÍCULO 27º.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTIA DE ADJUDICACIÓN: La devolución de
la garantía constituida para la presente adjudicación será reintegrada dentro de los 30 días posteriores al pago, previo informe de conformidad por parte del Departamento de Marketing.
ARTICULO 28º: CONDICIONES DE PAGO: Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días de la recepción de la factura por el Dto. de Marketing del Ente.
ARTICULO 29º: COORDINACION DE LOS SERVICIOS: El servicio estará coordinado por el Departamento de Marketing del Ente.
ARTICULO 30º.- FACULTADES DEL EMTUR: El Ente Municipal de Turismo se reserva el derecho de elegir los medios de difusión y/o proveedores de servicios propuestos por aquel que resulte adjudicatario. Ello significa que la adjudicación no obligará a la contratación de todos y cada uno de los medios de difusión propuestos, pudiendo utilizar la alternativa que resulte más conveniente a los intereses del Ente.
ARTICULO 31º.- PROPIEDAD INTELECTUAL: En todos los casos la propuesta seleccionada como así también, originales y/o piezas publicitarias efectivas/reales de la campaña (ejemplo: imágenes, idea creativa, tipografía, fotocromos, frases, logos, slogan, etc.), pasarán a la titularidad del Ente Municipal de Turismo sin derecho a reclamo o indemnización alguna por parte del adjudicatario.
Asimismo, deberán ceder derechos de uso quien corresponda, de modelos, locutores, música utilizada en comerciales de radio y/o tv, fotógrafos, editores, etc.
ARTICULO 32º.- PRESTACION DE SERVICIOS: El servicio estará bajo la supervisión y contralor del Departamento de Marketing del Ente, referente al cumplimiento de las cláusulas contractuales y sanciones.
ARTÍCULO 33º.- SANCIONES: Se aplicará una MULTA, que podrá graduarse entre el 5% y el 10% del importe mensual de la facturación correspondiente, por las siguientes transgresiones:
Por no presentar en término los trabajos solicitados por el Ente Municipal de Turismo.
Por no respetar diseño y desarrollo de la campaña propuesta
Por Demora o falta de entrega de piezas originales al Ente y/o terceros,para su publicación
Por toda otra contravención a las disposiciones del presente pliego y/o respectiva adjudicación, que no hubieran sido tipificados específicamente en el presente pliego.
Sin perjuicio de la aplicación de las multas, antes consignadas, cuando a causa de demora, imputable a la adjudicataria, en la entrega de trabajos y/o originales al Ente o a terceros indicados por este organismo, se ocasionara la imposibilidad de publicación en término, de la publicidad autorizada, a modo de resarcimiento, la adjudicataria, se encuentra obligada a realizar una publicación, A SU EXCLUSIVO CARGO, de iguales características y en las mismas condiciones a las oportunamente pautadas.
ARTÍCULO 34º.- EXTINCIÓN DE LA ADJUDICACION: la adjudicación se extinguirá: a.- Con pérdida de la garantía contractual
Por rescisión del contrato por culpa del adjudicatario.
Por declaración judicial de quiebra o de extensión de quiebra.
b.- Sin pérdida de la garantía contractual
Vencimiento del plazo de la contratación
Rescisión del contrato de mutuo acuerdo, siempre que el adjudicatario haya observado el cumplimiento estricto de sus obligaciones.
En caso de concurso preventivo el Ente podrá optar por la continuación del contrato, o bien, por la rescisión del mismo.
ARTÍCULO 35º.- CAUSAS DE RESCISIÓN DE LA ADJUDICACION: El Ente Municipal de Turismo
tendrá derecho a declarar la rescisión de la adjudicación, sin necesidad de previa intimación judicial o extrajudicial en los siguientes casos:
Cuando el adjudicatario contravenga las obligaciones emergentes del presente pliego.
Por deficiencias graves o reiteradas en el cumplimiento del servicio o explotación debidamente comprobadas; si intimado el adjudicatario para hacer o abstenerse de hacer determinada obligación asumida como consecuencia del contrato, bajo apercibimiento de rescindir el mismo, aquél no cumpliera en término o cumpliera en forma parcial.
ARTÍCULO 36º.- CONSECUENCIA DE LA EXTINCIÓN DE LA ADJUDICACION: La extinción de
la adjudicación por culpa del adjudicatario, traerá aparejada la pérdida del depósito de garantía y no tendrá derecho éste a reclamar indemnización al Ente Municipal de Turismo cualquiera fuere su fuente, tipo y causa.
ARTÍCULO 37º.- FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD DEL ADJUDICATARIO: En el caso de
haberse otorgado la presente contratación a una persona física, ocurrido su fallecimiento o incapacidad, quienes se consideren con derechos deberán, dentro de los diez (10) días de acaecidos los hechos, acreditar sumariamente su condición de tales, acompañando la documentación respectiva, manifestando su voluntad de continuar el ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la contratación. Si así no lo hicieran o manifestaran su decisión de no continuar con el contrato, podrá rescindirse el mismo, con devolución de la garantía contractual.
Dentro de los noventa (90) días de acaecidos los hechos, deberán acompañar testimonio de la declaratoria de herederos o de incapacidad declarada y designación de representante legal, bajo apercibimiento de rescisión del contrato, salvo que medien causas justificadas que autoricen la ampliación de este plazo. Si hubiere varios herederos, se deberá unificar personería. Si hubiere menores, se exigirá autorización judicial expresa para la continuación del contrato y la designación de representante. En todos los casos, los continuadores deberán acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos al adjudicatario fallecido o declarado incapaz. El EMTUR previa evaluación de todos los antecedentes podrá decidir la continuación del contrato en los mismos términos y condiciones en que fuera adjudicada o decidir la rescisión del mismo si no reuniera los requisitos exigidos por el pliego de bases y condiciones, devolviendo la garantía de contrato, sin derecho, por parte de los afectados, a reclamo alguno.
ARTICULO 38º.- La empresa adjudicataria se compromete y acuerda en forma irrevocable, mantener indemne al EMTUR por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo y naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica o dependientes del mismo, contratistas o subcontratistas y los dependientes de éstos, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas sin que la enunciación sea taxativa. En este caso, el EMTUR queda facultado para afectar la garantía contractual, sin que ello constituya el límite la responsabilidad del adjudicatario.
ARTICULO 39º.- Los oferentes de esta Licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Provincial Nº 2980/00 R.A.F.A.M., Ordenanza Gral. de Procedimiento Administrativo, y los principios generales del derecho administrativo en todas las circunstancias que no hubieran sido previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.
ANEXO I CONDICIONES PARTICULARES
ARTICULO 41º.- OBJETO: El presente llamado tiene por objeto la “Contratación del Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019” con motivo de desarrollar y posicionar la Marca Ciudad diferenciada y competitiva a través del diseño de campañas publicitarias y de comunicación que resalten sus atributos, beneficios, valores, cultura, personalidad y dirigidas a consumidores definidos , teniendo en cuenta la información xxx xxxxxxx real y potencial de Xxx xxx Xxxxx, con la que cuenta este EMTUR”.
ARTICULO 42º.- GENERALIDADES DE LA PROPUESTA:
1. Público Objetivo: la campaña estará estar orientada a dos (2) segmentos xx Xxxxxxx:
1.1 Mercado tradicional: que realiza sus vacaciones en la ciudad, a efectos de consolidarlo, basado en el estudio de Demanda Real y Potencial de Xxx xxx Xxxxx que se otorgará a los oferentes.
1.2 Ampliación de mercados: segmentación de la comunicación dirigida a otros targets socio económico que no son mercado marplatense con el fin de motivar su visita los fines de semana o periodos más cortos vacacionales o de escapadas.
La campaña es Nacional, teniendo en cuenta los mercados emisores en cada período del año según los estudios de demanda que serán entregados a los proponentes.
A modo de información referente las siguientes regiones geográficas: ciudad de Buenos Aires, Gran Buenos Aires, Provincia xx Xxxxxxx, Provincia de Tucumán, Provincia xx Xxxxxxx, Provincia de Santa Fe; Salta y Corredor Atlántico – Bahía Blanca, Trelew – Madryn- Ushuaia son mercados emisores hacia Xxx xxx Xxxxx en distintas épocas del año.
2. Períodos a Comunicar: se identificarán dos momentos de la campaña:
2.1 Comunicación de fines de semana largos (semana santa, otros fines de semana largos y comunes, para eventos específicos: como por ejemplo Festival Internacional de Cine, Fiesta Nacional del Mar, entre otros).
2.2 Comunicación vacaciones de Invierno y pre temporada xx Xxxxxx (Octubre, Noviembre y Diciembre)
3. El servicio a contratar deberá incluir:
3.1 Equipo de trabajo y porcentaje de tiempo asignado para el desarrollo de:
Campaña Integral para cada período cuatrimestral establecido por el EMTUR, con el objetivo de llegar a través de todos los medios posibles al público deseado, de acuerdo a los fines planteados por este organismo contemplando la generación de contenidos y desarrollo de diferentes planes y estrategias de comunicación y medios, necesarios para lograr visibilidad y posicionamiento de la marca turística del destino para los periodos detallados anteriormente.
Identidad visual, redacción y diseño de todas las piezas de comunicación proveyendo los diseños adaptados a los diferentes medios que se establezcan y soliciten por este Departamento (vía pública, gráfica en diarios, revistas, revistas especializadas en el sector turístico y cultural, xxxxxx de notas
editoriales, contenido y piezas gráficas para redes sociales (facebook, Youtube, Instagram, Twitter y otras) gifs animados, banners digitales y elementos digitales/multimedia útiles a la promoción de la ciudad, desarrollo de mensajes para PNT, idea creativa para la producción de placas y spots para televisión y radio, siendo los expresados meramente enunciativos y no excluyentes.
Diseños originales y entrega de los mismos a medios contratados por el EMTUR.
Asesoramiento profesional y desarrollo de estrategias de medios tradicionales y no tradicionales, masivos, segmentados y de promoción directa a utilizar para la difusión de distintas campañas o periodos que se deseen comunicar.
Diseño de la línea creativa del sitio web institucional adaptable al tamaño de diferentes dispositivos (celulares, monitores de diferentes pulgadas, tablets, etc).
Diseño y asesoramiento de material promocional motivacional e informativo: folletería, souvenirs, material de ornamentación, diseño de idea creativa para stands promocionales de Xxx xxx Xxxxx, otros elementos gráficos (banners, tapones de prensa, catálogos, libros, estampas para cd/dvd, presentaciones de productos, etc) y digitales (presentaciones en distintos formatos.
Consultor estratégico permanente que trabaje en equipo con personal del Ente asignado, asegurándose un fluir constante de información, y de detalles técnicos y necesidades para las producciones y diseños durante el desarrollo de la campaña y exhibición de la misma.
4. Modalidad de Presentación para ser evaluadas por la comisión correspondientes:
Posterior a la Apertura de Ofertas, en fecha y hora, que será comunicada mediante notificación electrónica, cada oferente deberá realizar la presentación y/o defensa de la propuesta, en forma personal, ante la Comisión de Pre- Adjudicación.
La presentación deberá incluir credenciales, detalle de equipo, cv de equipo asignado y proceso de trabajo propuesto, teniendo en cuenta los objetivos y periodos a comunicar detallados precedentemente.
5. Piezas que los oferentes deberán desarrollar y entregar en archivos originales- editables para evaluar la propuesta.
2 Spots para radio
Desarrollo de 2 PNT para radio y 2 PNT para TV
Demo de 1 Spot institucional para televisión de hasta 20 segundos
Diseño de un zócalo para TV abierta y/o cable.
Diseño de avisos gráficos para presencia Institucional en medios de tirada nacional: 2 para diarios y 2 para revistas.
Diseño de 2 piezas para vía Pública: del tipo Sextuples, Chupetes, Gigantografías
Diseño para medios digitales: 2 Banners digitales animados y/o estáticos posteos tipo, 1 clip-video para redes sociales de hasta 15 segundos.
Propuesta de una acción de promoción directa o Activación de marca: Ejemplo de una Acción/Activación en un shopping o en puntos estratégico/céntrico de la Ciudad de Buenos Aires
Propuesta de una acción de promoción directa o Activación de marca: Ejemplo de una Acción/Activación en un shopping o en puntos estratégico/céntrico para una Ciudad del interior del país.
Es importante destacar que la empresa adjudicataria de este servicio deberá definir la estrategia, creatividad y de medios a partir de la interpretación de estudios de mercados previos, informes de demanda real y potencial y posicionamiento de marca.
ARTICULO 43º: Se tendrá en cuenta la presentación fehaciente de antecedentes en realización de campañas para destinos y productos turísticos o relacionados con instituciones que pertenecen al sector.
La presentación física se deberá efectuar en formato digital para PC (compatible con programas del entorno Windows) en programas Adobe Ilustrator, PDF, Corel o Photo Shop, según corresponda; indicando la fuente tipográfica a utilizar y pasibles de adaptación en el área de Diseño de este organismo.
ANEXO II PLANILLA DE COTIZACION
Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019 | Cotización Mensual | Cotización Total |
ANEXO III
Por medio de la presente, declaro/amos conocer y aceptaren todos sus términos el Pliego de Bases y Condiciones, compuesto de nueve (09) fojas y tres (03) anexos, en todos sus términos que rige el llamado, y cuyas cláusulas acepto/amos sin condicionamiento alguno a la Licitación Privada Nº 08/2019 por la contratación del “Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019” , y cuyas cláusulas acepto/amos sin condicionamiento alguno.-
Declaro/amos bajo juramento no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia que determina el citado Xxxxxx en su artículo 9º.
Asimismo me/nos someto/sometemos expresamente a la intervención de la Justicia en lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción., constituyendo domicilio real en la calle
…...............................................nº.............. de la ciudad de..............................................y domicilio
especial en la calle......................................................... nº.......... de la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, del Partido de General Pueyrredon.
De acuerdo con el Art. 20º de presente se constituye como domicilio electrónico en
……………………………………………………………………………………………………………........ Suscribe/imos la presente en la ciudad de ........................................... a los ........ días del mes xx xxxx de 2019.-