CONTRATO DE COMPRA-VENTA Bote semirrígido Los Williams
CONTRATO DE COMPRA-VENTA Bote semirrígido Los Xxxxxxxx
Entre la señora Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, DNI N° 00.000.000, domiciliada en la calle Los Alamos 285, B° Chapelco, de la localidad de Xxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, representada en este acto por Xxxxxxxx Xxxxxxxx,DNI N°00.000.000 en mérito al Poder Especial que le otorgara por escritura N°164, el 5 del mes xx xxxxx de 2013 que consta en el Registro Notarial N° 2 de la ciudad de San Xxxxxx de los Andes, al folio 346 , en adelante la parte VENDEDORA y el señor Xxxxx Xxxxx Xxxx, DNI N° 00.000.000, domiciliado en la calle Xxxxxxxx 658, de la localidad de Xxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, en representación del Club Náutico San Xxxxxx de los Andes en su calidad de secretario del mismo en mérito de la certificación emitida por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas el 00 xx xxxxxxx xx 0000 (Xxxxxx 651PJ) , en adelante la parte COMPRADORA; todos mayores de edad y hábiles para contratar en los términos fijados por la legislación vigente, acuerdan en celebrar el presente contrato de compra-venta, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La parte VENDEDORA vende y la parte COMPRADORA compra una embarcación tipo bote semirrígido a motor, denominada Los Xxxxxxxx, matrícula número SMAN0120, sin motor que la parte COMPRADORA ha tenido a la vista y declara su total conformidad. La embarcación se entrega con un trailer para su transporte, con una rueda de auxilio y una pala bichero en el estado actual que la parte COMPRADORA conoce y acepta por haberla visitado e inspeccionado previamente a la firma del presente.
SEGUNDA: La presente venta se realiza sobre la base de títulos perfectos, libre de todo tipo de gravámenes y/o inhibiciones por prenda, embargo, depósito o préstamo con todos sus impuestos, tasas y contribuciones pagos al día 31 de diciembre de 2014 y sin oposición de terceros. Asimismo se deja expresa constancia que no se encuentran inhibidos los vendedores para disponer de sus bienes.
TERCERA: El precio de la embarcación se establece en pesos veinticuatro mil ($ 24.000.-), que son abonados a través de una transferencia electronica a la cuenta bancaria informada por la parte VENDEDORA, a saber:
Banco Macro
Caja de ahorro en pesos Numero : XXXXXXXXXXXXX0000 CBU XXXXXXXXXXXXXXXXXXX7098
CUARTA: A partir de las 13,00 hs. de este día la COMPRADORA toma posesión de la embarcación y acepta en forma exclusiva la responsabilidad civil y penal por todas las consecuencias derivadas del uso o posesión de la embarcación, haciéndose cargo además de todos los gravámenes que pesen en el futuro sobre el mismo.
SEPTIMA: Se establece de común y mutuo acuerdo para todos los efectos legales derivados de la aplicación del presente contrato de compra-venta que las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Junín de los Andes, haciendo expresa renuncia a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles, fijando domicilios sus legales y especiales, a efectos de cualquier notificación, citación judicial o extra-judicial, en los arriba declarados.
En la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes leído que es el presente documento y de plena conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, a los 23 días del mes de setiembre del año 2015. Se deja constancia que cada parte retira su ejemplar.
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx
DNI N° DNI N° 00.000.000
Vendedora Compradora