Contract
CARATULA XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE REMODELACIÓN DE XXXX XXXXXXX XXXXX -FASE II- POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION.
1. OBJETO DEL CONTRATO: Remodelación de Xxxx Xxxxxxx xxxxx, Fase II.
1.1.- Núm. de referencia C.P.V.
1.2.- Expresión de los documentos del proyecto que revisten carácter contractual:
- Memoria del Proyecto.
- Planos de Conjunto y Detalle.
- Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
- Precios.
- Programa de desarrollo de los Trabajos.
- Estudio de Seguridad y Salud o, en su caso, Estudio Básico de Seguridad y Salud, en los términos previstos en las Normas de Seguridad y Salud de las Obras
- En su caso, Estudio Geotécnico de los Terrenos sobre los que la Obra se va a ejecutar.
1.3.- Existencia de lotes (sí/no): No.
a) Reglas especiales para licitar a los lotes (sí/no):
b) Reglas especiales para adjudicar los lotes (sí/no):
1.4.-Posibilidad de introducir variantes (sí/no): No.
Variantes en número total no superior a sobre los siguientes elementos o sistemas y en las condiciones (requisitos mínimos y modalidades de presentación) que se señalan:
1.5.- Necesidades Administrativas a satisfacer mediante el contrato: Renovación y mejora de urbanización.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Abierto y adjudicación en base a varios criterios.
3. TRAMITACIÓN: Ordinaria.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 4.1.- El valor estimado del contrato es de 331.109,16 € euros (excluido I.V.A.)
4.2.- El presupuesto base de licitación asciende a 331.109,16 € (IVA excluido). Corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (18%) 52.977,47 €.
5. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA (en su caso, distribución en anualidades): -----
6. PLAZO DE EJECUCIÓN: TRES MESES desde el día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
6.1.- Plazos de cumplimiento parcial:
7. PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO: Un (1) mes a contar desde la fecha de formalización del contrato.
8. REVISIÓN DE PRECIOS (sí/no): No procede, al ser el plazo de duración del contrato inferior a un año.
8.1.- Índice o fórmula de carácter oficial aplicable:
8.2.- Método o sistema para su aplicación:
9. GARANTÍAS:
9.1.- Garantía provisional: No se exige
9.2.- Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
9.3.- Garantía complementaria: No se exige
10. SE REQUIERE PÓLIZA DE SEGURO QUE CUBRA GARANTÍA DECENAL (sí/no): No
11. IMPORTE DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD: hasta 600 € serán a cargo del adjudicatario.
12. PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN: El porcentaje máximo de subcontratación será el establecido en el Art. 227 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial.
13. PENALIDADES CONTRACTUALES:
13.1.- Por demora: las establecidas en el Art.212.4 del TRLCSP.
13.2.- Por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato: Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso si al tiempo de la recepción, los trabajos objeto de este contrato no se encuentran en estado de ser recibidos por causas imputables al contratista. Como regla general, su cuantía será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente. En todo caso, la imposición de penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
13.3.- Por incumplimiento de los criterios de valoración ( art 150.6) y de las obligaciones establecidas en los pliegos que rigen el contrato: Se impondrán penalidades por este concepto si durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de de los compromisos asumidos en la oferta, los asumidos en relación con los criterios de adjudicación o las obligaciones establecidas en los pliegos que rigen el contrato. Como regla general, su cuantía será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente. En todo caso, la imposición de penalidades no eximirá al contratista del cumplimiento de los compromisos asumidos ni del cumplimiento de las obligaciones establecidos en los pliegos que rigen el contrato.
13.4.- Por incumplimiento de las condiciones para proceder a la subcontratación previstas en el art. 227.2 del TRLCSP o del limite máximo especial que pueda establecerse para la subcontratación en la Carátula de este pliego: hasta un 50% del importe del subcontrato.
14. PLAZO DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LA OBRA:
14.1.- Plazo de Recepción: un mes desde la fecha prevista de terminación de la obra.
14.2.- Plazo de Garantía: un año desde la recepción de la obra, salvo que el adjudicatario ofrezca otro plazo mayor.
15. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN:
- Perfil del contratante: xxx.xxxxxxx-xxxx.xxx → tablón de anuncios.
- Boletines Oficiales: XXX.
16. LUGAR DONDE SE PUEDE EXAMINAR EL PROYECTO Y DEMAS DOCUMENTACION DE INTERES ASI COMO OBTENER COPIAS:
16.1. Examen y obtención de la documentación:
¼ XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX-XXXX XXXX XXXXX, 0 (0x XXXXXX)
00000 GERNIKA-LUMO
TLF. : 00 000 00 00
17. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
} REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE GERNIKA-LUMO FORU PLAZA, 3
48300 GERNIKA-LUMO
18. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: Sobre A.- Documentación administrativa, de capacidad y solvencia.
Sobre B.- Documentación relativa a los criterios no valorables mediante formulas
Sobre C.- Proposición económica y documentación relativa a los criterios valorables mediante formula
Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos: SOBRE:
DOCUMENTACIÓN:
OBJETO DEL CONTRATO:
DENOMINACIÓN EMPRESA:
NOMBRE DEL APODERADO O FIRMANTE:
DIRECCIÓN:
e-MAIL DE CONTACTO:
FAX:
TLF. DE CONTACTO:
19. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: hasta las 13 horas y dentro de los 26 días naturales contados desde el siguiente a la publicación del anuncio de la licitación en el X.X.X.
20. CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL O CONDICIONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL:
En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos del que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la
declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
20.1.- En el caso de exigirse clasificación: No se exige.
20.1.1.- Clasificación exigida:
20.1.2.- En defecto de dicha clasificación, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán por los medios fijados a continuación los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCAP:
a) Medios de acreditación:
- Solvencia económica y financiera:
- Solvencia técnica:
- Requisitos:
20.2.- Contratos cuyo presupuesto es inferior a 350.000,00 euros, o se encuentran exceptuados de clasificación: los licitadores acreditarán por lo medios fijados a continuación los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP:
20.2.1.- Medios de acreditación:
- Solvencia económica y financiera: Informe de Institución Financiera emitido expresamente para la presente contratación.
- Solvencia técnica: Relación de obras similares, tanto en tipo como en importe que deberá ser igual o superior al que se licita, ejecutadas en el curso de los últimos cinco años y avaladas por certificados de buena ejecución respecto de, al menos, cinco (5) de las obras más importantes. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se llevaron normalmente a buen término.
20.2.2.- Requisitos:
20.2.3. Clasificación empresarial que puede sustituir a la solvencia exigida: Grupo G, Subgrupo 6, Categoría c).
20.3.- El licitador deberá suscribir y presentar el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato dichos medios, según el modelo recogido en el citado Xxxxx XX.
21. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR QUIEN LICITA (al objeto de valorar los criterios de adjudicación fijados en el punto 22.2 de esta carátula):
21.1.- Documentación que se ha de acompañar:
En el sobre B para la valoración de los criterios no cuantificables mediante formulas:
- Memoria constructiva, organización y programación de los trabajos: el licitador presentará memoria constructiva en la que se desarrollará la metodología constructiva
con la correspondiente Programación de los trabajos en la que se describan todos los aspectos necesarios para su valoración conforme a los criterios establecidos.
- Mejoras sobre las prestaciones obligatorias: se presentarán conforme al modelo anexo a este pliego.
En el sobre C para la valoración de los criterios valorables mediante fórmulas:
- Oferta económica, según modelo del anexo I a este pliego.
21.2.- Si entre los citados criterios se contempla el concepto de mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas, se estará a lo previsto en la cláusula 7.4 y anexo IV xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, en el caso de que se encuentren fijados, los siguientes límites y condiciones:
Número total no superior a -----------, sobre los siguientes elementos o sistemas y en las condiciones que se señalan:
21.3.- Si entre los citados criterios se contempla el plan de trabajo habrá de estarse a lo que se establece en el pliego.
22. CRITERIOS DE VALORACION DE OFERTAS:
22.1.- Existencia de un único criterio de adjudicación: Precio mas bajo (sí/no): No.
22.2.- Criterios que han de servir de base a la adjudicación:
A) No valorables por formulas:
a) Memoria constructiva, organización y programa de trabajos (30 puntos)
Se valorará el conocimiento de la obra y su entrono en la descripción de la metodología a emplear en la ejecución de la obra así como la programación de los trabajos, valorándose el planning, el horario de trabajo para cada tajo, la organización, medios y ejecución de los trabajos, medidas correctoras, y cualesquiera de otras cuestiones que redunden en una mejor planificación de los trabajos.
b) Mejoras (19 puntos)
Solamente se valorarán como mejoras aquellas prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas en los pliegos que, sin coste económico para el Ayuntamiento, se presenten justificadas técnicamente y valoradas económicamente, según precios xx xxxxxxx, por el licitador (pudiéndose desechar las que estén sobrevaloradas a juicio de los servicios técnicos municipales) y que dentro del ámbito del proyecto licitado respondan a los objetivos principales del mismo, sin modificarlo, mejorándolo de forma cuantitativa y cualitativa.
Las mejoras valorables en esta licitación versarán únicamente sobre el siguiente aspecto:
- Ampliación de las obras de remodelación a la calle transversal Alhóndiga conforme a los criterios de diseño y materiales definidos en el Proyecto que se licita al que se han incorporado como anexo dos planos informativos de la citada calle (estado actual y propuesta de reformado).
Las mejoras se analizarán según idoneidad para el contrato y una vez aceptadas se otorgará la mayor puntuación al licitador cuyas mejoras tengan el mayor valor económico y el resto de forma directamente proporcional.
B) Valorables por formulas:
- Oferta económica: (de 0 a 51 puntos)
A cada porcentaje de baja económica admitida (Bi) obtenida sobre el presupuesto de licitación, le corresponde una puntuación (Pi) dentro del gráfico siguiente, siendo el 10% de baja la puntuación máxima de 51 puntos.
22.3.- Supuesto excepcional en que se dará preponderancia a criterios no cuantificables mediante formulas (sí/no): No.
22.4.- Umbral Mínimo de puntuación que debe obtenerse en los criterios no cuantificables mediante formulas: Si se establece: Conforme al articulo 150.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables por formulas los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación la ofertas cuya puntuación no alcance 25 puntos.
22.5.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados: Se consideran ofertas con valores anormales o desproporcionados aquellas cuyo porcentaje de baja exceda en al menos 15 unidades a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas y admitidas.
23. ABONOS AL CONTRATISTA: certificaciones mensuales, previo visado de los Servicios Técnicos correspondientes.
24. MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: Si.
El contrato podrá ser modificado cuando concurran algunas de las circunstancias y con los límites previstos en el Art. 107 del TRLCSP.
25. CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO.
Son causas específicas de resolución las siguientes:
- El incumplimiento o cumplimiento defectuoso reiterado de la prestación objeto del contrato y de los términos contenidos en su oferta.
- El incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.