SUNANCO S.R.L.
SUNANCO S.R.L.
CUIT: 30-71555159-0. Por Contrato de Cesión de Cuotas, Cambio de denominación y reforma parcial del contrato social de fecha 9 xx Xxxxx de 2021, se resolvió: (i) ceder y transferir cierto número de cuotas sociales en el siguiente orden: el Socio Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, cede y transfiere al Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 750 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una y a la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx – 600 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; por otro lado la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx cede y transfiere a la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 150 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; quedando el capital social repartido de la siguiente manera: (a) Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx - argentino, casado con Xxxxx Xxxxxxxx, bajo el régimen de ganancialidad, nacido el 30/10/1982, con documento nacional de identidad número 00.000.000, CUIT 23-00000000-9 empresario, domiciliado en la xxxxx 0 xx Xxxxxxx 000, Piso 8° “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – 750 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; (b) Xxxxx Xxxxxxxx – argentina, nacida el 10/06/1982, casada, con Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx bajo el régimen de ganancialidad, con documento nacional de identidad 00.000.000, CUIT 27-00000000-0, domiciliada en 3 de Febrero 978, Piso 8° “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 750 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; (c) Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx- xxxxxxxx, casado con Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, bajo el régimen de ganancialidad, nacido el 17/06/1976, con documento nacional de identidad 00.000.000, CUIT 20- 00000000-3, con domicilio Xxxxxxx Xxxxx 000, Xxxxxxxx – Xxx Xxxxxx. Provincia de Buenos Aires – 750 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; y (d) Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx argentina, casada con Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, bajo el régimen de ganancialidad, nacida el 19/12/1978, con documento nacional de identidad número 00.000.000, CUIT 27-00000000-0 con domicilio Xxxxxxx Xxxxx 000, Xxxxxxxx – Xxx Xxxxxx. Provincia de Buenos Aires – 750 cuotas de valor nominal $ 10 pesos cada una; (ii) Aprobar el cambio de denominación social de la Sociedad a “SUNLAN GROUP S.R.L.” y reformar el artículo primero del contrato social, nueva redacción: “PRIMERO: Bajo la denominación SUNLAN GROUP S.R.L. (la “Sociedad”) continúa funcionando la Sociedad antes denominada SUNANCO S.R.L. (inscripta por ante la Inspección General de Justicia, el 16 xx xxxxx de 2017 bajo el número 2638 del libro 151 del tomo - de
S.R.L) con domicilio legal dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Sociedad
podrá cambiar la ubicación de su sede social y establecer agencias, sucursales y representaciones dentro o fuera del país.”; (iii) Aprobar la modificación de la cláusula tercera del contrato social; nueva redacción: “TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por sí o por terceros las siguientes operaciones Agropecuarias: (i) explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas ganaderos, frutícolas y de granjas, establecimientos para invernadas y cría de ganado, tambos y cabañas; (ii) almacenamiento en silos de granos y de todo tipo de cereales, forestación y reforestación; (iii) industriales: transformación de materias primas, productos y subproductos correspondiente a la industria agropecuaria; (iv) comercialización: compra, venta, importación, exportación y distribución de materias primas, productos y subproductos relacionados con el objeto agropecuario y (v) asesoramiento: prestar servicios de asesoramiento comercial y consultoría a clientes en las materias y asuntos contenidos en los puntos (i), (ii) y (iii) del presente objeto. En caso de que sea necesario, la Sociedad contratará a los profesionales con matrícula habilitante requeridos. A tal efecto, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y cumplir con toda clase de actos no prohibidos por las leyes o estos Estatutos.”; (iv) Aprobar la modificación de la cláusula novena, nueva redacción: “NOVENO: El ejercicio contable finaliza el 31 Agosto de cada año. El/los gerente(s) prepararán los estados contables en la fecha de cierre y los someterán a consideración y aprobación de la asamblea de titulares de cuotas
en conjunto con un proyecto de distribución de utilidades, si las hubiere, conforme a la ley aplicable. El cinco por ciento (5%) de las utilidades se destinará al fondo de reserva legal hasta alcanzar un máximo del 20% (veinte por ciento) del capital social de acuerdo con el artículo 70 de la Ley No. 19.550 según sus reformas. Las ganancias y las pérdidas se distribuirán entre los titulares de cuotas en proporción a sus respectivas suscripciones al capital.” (v) Se aprobó cambiar el domicilio social a 3 de Febrero 976, Piso 8° “A” CABA; y (vi) Designar como Gerente a Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx y como gerente suplente a Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, quienes aceptaron la designación de cargos al momento de firmar el contrato y constituyeron domicilio especial en 3 de Febrero 976, Piso 8° “A” CABA. Autorizado según instrumento privado Contrato de fecha 09/03/2021 XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX - T°: 113 F°: 385 C.P.A.C.F.
e. 25/03/2021 N° 17446/21 v. 25/03/2021