Contract
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS. En desarrollo de lo señalado en el estatuto de la contratación de TELEPACIFICO, y en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del contrato, de manera que el eventual contratista pueda valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgo que la entidad propone. TELEPACIFICO es una empresa industrial y comercial del estado del orden territorial, prestadora de servicios de Televisión en la región del Occidente Colombiano y en especial considerando que la sociedad de Televisión xxx xxxxxxxx está regida por un régimen especial dada su naturaleza de E.I.C.E prestadora de servicios de Televisión ley de 1995, que en su artículo 37 numeral 3º consagra: “ … los actos y contratos de los canales regionales de Televisión, en materia de producción, programación, comercialización y en general sus actividades comerciales, en cumplimiento de su objeto social se regirán por las normas el derecho privado…” Además en el artículo 14 de la ley 1150 de 2007 la cual fue modificada por el artículo 93 de la ley 1474 de 2011 que al respeto reza: “ estarán sometidas al Estatuto General de contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados , caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales…” la contratación está soportada en los estatutos internos de Telepacífico y en especial lo contenido en esta materia en la RESOLUCION 196 DE 2014. Actuando en mi condición de Director del área de Producción de Telepacífico Ltda. y en virtud del principio de planeación y según la naturaleza del contrato se deben realizar los estudios de factibilidad del proyecto pretendido en procura de obtener los resultados esperados. Los estudios y documentos previos se pondrán a disposición de los interesados. |
1.- DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER: Para TELEPACIFICO como operador del servicio de televisión pública de la región pacifica Colombiana, comprometido con el desarrollo social, educativo y cultural, dedicado a promover y fortalecer los valores que generen sentido de pertenencia de la región es de gran importancia el cumplimiento de la normatividad vigente; por lo que acogiéndonos a la Resolución 0485 del 23 xx Xxxxx de 2016: “ por medio de la cual se aprueba a la Sociedad |
Televisión xxx Xxxxxxxx Ltda.”, la financiación del Plan de inversión vigencia 2016 y se asignan recursos del Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los contenidos”, Resolución 0292 del 29 de enero de 2013: “ por medio del cual se reglamenta el fondo para el desarrollo de la Televisión y los contenidos a cargo de la Autoridad Nacional de Televisión”, el Acuerdo 002 xx xxxxx 30 de 2011, acuerdo 003 de 2011 y circular 002 del 23 xx xxxxxx de 2012: “Por medio del cual se reglamenta la radiodifusión de contenidos en el servicio público de Televisión abierta” y teniendo en cuenta que la norma exige que la parrilla de programación de importancia a la formación, la cultura y el entretenimiento, prestando especial atención a contenidos culturales, educativos, informativos contenidos para la población infantil juvenil y familiar, musicales, crónicas y de entretenimiento de tal forma que puedan subsanarse los vacíos que en estos tópicos dejan otras propuestas televisivas, se requiere por tanto dar uso debido al recurso para el diseño y producción por encargo de una serie de televisión de 13 capítulos de 60 minutos cada uno, del proyecto ICONOS Entre las obligaciones a cargo de TELEPACÍFICO está la de ejecutar a través de convocatorias públicas como mínimo el 20% de los recursos destinados a la línea de inversión en programación, dando prioridad a los productores de origen y domicilio en la respectiva región. Estas convocatorias no podrán estar dirigidas para la transmisión de eventos, cesión de derechos de emisión y/o contratación de servicios. Con base en las anteriores apreciaciones es evidente la necesidad de contratar una persona natural o jurídica, que garantice la producción por encargo de 26 capítulos de 60 minutos cada uno, del proyecto ICONOS. |
2. OBJETO A CONTRATAR: OBJETO: Prestación de servicios por parte del contratista para la investigación, diseño, producción y posproducción de una serie de televisión de 13 capítulos de 60 minutos cada uno, del proyecto ICONOS. DECRIPCIÓN DEL PROYECTO: REFERENCIA DEL PROYECTO: ICONOS NÚMERO DE CAPITULOS: 13 DURACIÓN DE CADA CAPÍTULO: 60 MINUTOS FORMATO: ENTREVISTA FRECUENCIA DE EMISIÓN: POR DEFINIR PRESUPUESTO: $ 114.950.550 Incluidos todos los impuestos. |
TIPO DE CONTRATO. PRESTACION DE SERVICIOS
QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR: PERSONAS NATURALES, JURIDICAS y/o UNIONES TEMPORALES
AUDIENCIA DESTINATARIA: FAMILIAR
2.1. OBJETIVO.
La idea general del proyecto es acercarse a los temas del campo de manera educativa, revisando aspectos económicos, sociales y culturales y de esta manera proponer un espacio de crecimiento integral para las regiones rurales.
2.2 CONSIDERACIONES GENERALES.
Se requiere que los proponentes presenten una propuesta de producción para desarrollar el formato del proyecto ICONOS que incluya:
Talento humano:
Director Productor general
Asistente de producción Realizador Camarógrafo
Recursos de producción:
Servicio xx xxxxxx
Servicio de sonido en campo Luces
Posproducción de video y audio.
Recursos de logística. Tiquetes aéreos Hospedaje
Alimentación de exteriores y de grabación en estudio Transportes terrestres
Ambientación
El proyecto se grabará en Cali en el teatro estudio de TELEPACÍFICO y el canal proveerá los siguientes servicios:
Máster de grabación o unidad móvil
Iluminación Cámaras
Personal operativo
El contratista seleccionado debe aportar todos los recursos técnicos y de producción señalados para la realización de la serie.
2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ENTREGA DE MÁSTER.
FÍSICO:
Discos ópticos XDCAM, Memoria SxS, USB, Dispositivos de estados sólidos ó discos duros.
INTERNET:
A través de una ftp segura del Contratista, o correo electrónico, de acuerdo al tamaño y sin comprimir la señal para no generar degradación de la misma.
El máster debe tener una duración exacta con sólo un (1) minuto de desfase, de esta manera los programas de media hora deberán durar 24 minutos (min. 23:01 – Max. 24:59), los programas de 1 hora deberán durar 50 minutos (min. 49:01 – Max. 50:59), los programas de 1 hora y media deberán durar 72 minutos y así en adelante siendo el 20% de tiempo el destinado a comerciales, los tenga o no.
Se deben hacer 2 cortes para capítulo de media hora y 3 cortes para capítulos de 1 hora. El máster debe marcarse internamente con claqueta que especifique
Nombre,
Referencia,
Casa productora,
Canal de audio,
Duración de cada
PARAMETROS TÉCNICOS.
Formato Contenedor o Wrapping:
MXF OP1a (Material Exchange Format).
Codec de compresión:
1080i 25/30, corresponde al sistema para formato “FULL HD”, el cual está compuesto por
una resolución horizontal de 1920 muestra de pixeles/líneas y 1080 líneas activas en escaneo entrelazadas con una frecuencia de cuadro de 25 ó 30 respectivamente.
Codec de compresión:
XDCAM 420 - 1440x1080 35Mbps (VBR)
XDCAM 422 - 1920x1080 50Mbps (CBR)
Video.
Frame: MPEG2 Long GOP
Muestreo: 4:2:2 ó 4:2:0
Resolución: 1920 Pixeles x 1080 Líneas
Tasa de Fotogramas: 29.97i Fps entrelazados
Relación de Aspecto: 16:9
Orden xx Xxxxxx: Dominancia de cuadro Upper Field First
Niveles de video:
Máximo 700 mV para niveles xx xxxxxx Mínimo 0 mV para niveles de Negro
Niveles de Croma:
No deben excederse los 263 mV.
Nota1: Todos los valores deben estar ajustados teniendo en cuenta el patrón xx xxxxxx de color SMPTE o EBU 75% (100/0/75/0).
Nota2: Se debe conservar el encuadre de la relación de aspecto 4:3
Audio
Mezclados en el canal 1 Frecuencia de muestreo: 48 KHz
Bit de Muestreo: 20/24 Bits
Niveles de Audio: Entre -20 dBFS y máximo -10 dBFS. promedio -12 dBFS
FÍSICO:
Discos ópticos XDCAM, Memoria SxS, USB, Dispositivos de estados sólidos ó discos duros.
INTERNET:
A través de una ftp segura del Contratista, o correo electrónico, de acuerdo al tamaño y sin comprimir la señal para no generar degradación de la misma.
2.4 PLAZO DE EJECUCION:
El plazo de ejecución será, desde la suscripción y perfeccionamiento del contrato hasta el 15 de Noviembre de 2016.
2.5 CLASE DE CONTRATO A CELEBRAR:
Contrato de prestación de servicios.
2.6 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: para este debido cumplimiento del objeto a controlar EL CONTRATISTA se obliga a :
A A. cumplir a cabalidad con el objeto contractual.
B. Producción por encargo de 26 capítulos de hasta 60 minutos cada uno.
C. Cumplir con todos los requerimientos, señales y parámetros técnicos requeridos para la buena ejecución del contrato y la emisión del programa.
D. Cumplir con todos los criterios y características de contenidos establecidos por Telepacífico para la buena ejecución del contrato y la emisión del programa.
E. A solicitud, incluir en el desarrollo del producto audiovisual contratado la inclusión de notas, patrocinios, píldoras o cualquier clase de contenido que por razones administrativas o comerciales que defina TELEPACIFICO.
F. De conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por el artículo 1o de la ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. Parafiscales (caja de compensación familiar, SENA e ICBF).
X. Xxxxxxxx informes según las necesidades y exigencias tanto de la ANTV, cómo de TELEPACIFICO y en las fechas que la solicite la supervisión del contrato.
H. Abstenerse de incluir en publicidad en el contenido editorial de los capítulos.
I. El nombre que cada programa tenga no podrá modificarse y pertenece a TELEPACIFICO.
J. Abstenerse de incluir en los programas contenidos con tendencias políticas o ideológicas o aquello que promueva o difunda prácticas religiosas, infomerciales o tele ventas.
K. Especificar de forma escrita en el contrato que son recursos del FONTV.
L. Entregar oportunamente el máster de los capítulos con la debida identificación y cortes comerciales acordados.
M. Disponer de los recursos humanos, técnicos y la infraestructura necesarios para garantizar servicios de óptima calidad, de conformidad con las condiciones especificadas por TELEPACIFICO para esta contratación.
N. Conformar un comité editorial, donde tenga asiento un representante de Telepacífico y se acate la línea editorial propuesta por el Canal.
Ñ. Informar de manera oportuna de los imprevistos, cambios o inconvenientes que surjan en desarrollo del presente contrato.
O. Atender la invitación que otros programas de producción propia de TELEPACIFICO realicen a grupo de trabajo.
P. Asistir a las reuniones de evaluación y seguimiento de las producciones y cumplir las recomendaciones para su mejoramiento.
Q. Responder y entregar los documentos correspondientes a derechos de autor que se deriven de la producción objeto del presente contrato, en sus diferentes componentes: cabezote, música, cortinillas, entrevistas y testimonios, material adicional que se emplee.
Si el programa incluye fuentes testimoniales tendrá que anexarse el respectivo derecho de uso de imagen y testimonios, para efectos de su emisión en un Canal Público Regional como Telepacífico.
R. Abstenerse de ceder el contrato.
S. Presentar a TELEPACIFICO el respectivo informe técnico, Administrativo y financiero, en la forma y con los soportes que determine la supervisión del contrato, dicho informe será de carácter obligatorio para proceder a realizar los pagos pactados en el contrato.
T. En cada emisión deberá incluirse el reconocimiento expreso de que las mismas fueron financiadas por FONTV y TELEPACIFICO.
U. Una vez cumplida la emisión por parte del operador, la ANTV podrá disponer de todo el material audiovisual que se produzca.
V. El programa deberá contar con apoyos en redes sociales como Twitter, Factbook etc. Y cada mes, se hará llegar a Telepacífico el registro de seguidores.
W. Por tratarse de programas coleccionables, se tendrá que garantizar atemporalidad, con el propósito de poder repetirlo, a excepción del año de realización, que tendrá que marcarse al finalizar los créditos del mismo.
x. proporcionar el material en video, gráfico, sonoro o fotográfico que sea requerido para la promoción en plataforma digital o en la pantalla del canal.
2.7 OBLIGACIONES DE TELEPACIFICO: para el debido cumplimiento del objeto contractual, TELEPACIFICO se obliga a:
a. Verificar la calidad técnica del objeto contractual de manera eficiente.
b. Revisar el estado contractual.
c. Pagar al contratista el Valor que se establezca en el contrato.
3. 1 LUGAR DE EJECUCION: Se tendrá como lugar de entrega y/o cumplimiento del objeto a contratar, las instalaciones de TELEPACIFICO, ubicadas en la Calle 5 No. 38A – 14 Tercer Piso del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxx xxx Xxxxx.. 3.2. SUPERVISION: LA SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. - TELEPACIFICO efectuará supervisión del contrato a través de la jefatura de la Dirección de Producción, o quien mediante oficio designe el Gerente del Canal, quien deberá controlar su correcta ejecución y cumplimiento y vigilará el desarrollo del objeto del presente contrato. La supervisión será ejercida en los términos en los artículos 83 y 84 de la ley 1474 de 2011 y la resolución 200 de 2014 manual de supervisión e interventoría contractual de Telepacífico, especialmente lo consagrado en los artículos 1,5, 6 y 8. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos. |
4.1 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: De acuerdo a lo establecido en el artículo 12 de la Resolución 292 de 2013 expedida por la ANTV, el cual establece que los recursos destinados por los operadores públicos regionales al fortalecimientos de su programación y con base en las políticas internas y manuales de contratación deberán contratar como mínimo el 20% a través de convocatorias públicas, por lo cual la presente convocatoria se realizara a través INVITACIÓN PUBLICA de acuerdo a lo establecido en la Resolución interna No. 196 del 27 xx xxxxx de 2014 ( artículo 23 numeral 23.1.) y con base en los principios contratación consagrados en Ley 80 de 1993 El artículo 14 de la ley 1150 de 2007, modificada por el artículo 93 de la ley 1474 de 2011. Numeral 3 del Artículo 37 de la Ley 182 de 1995. |
Decreto 1082 de 2015
Artículo 12 de la Resolución 292 de 2013 expedida por la ANTV
4.2 JUSTIFICACION QUE PERMITA IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN:
Para la selección del contratista y la celebración del contrato, se aplicarán los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y atendiendo el objeto, las características de la contratación y la cuantía, se atemperaran a lo establecido en el Estatuto Interno de contratación de TELEPACIFICO, aprobado mediante Resolución N° 196 de 2014, se toman como factores de selección del servicio a contratar, la experiencia e idoneidad en la ejecución de contratos con objeto similar al del presente estudio.
Además el proceso de selección será realizado con base al numeral 3 del artículo 5 de la Resolución 0005 de 2016, por medio del cual se establece que el canal debe ejecutar a través de convocatorias públicas, como mínimo el 20% de los recursos destinados a la línea de inversión en programación, dando prioridad a los productores de origen y domicilio en la respectiva región.
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN:
El presupuesto estimado para la contratación objeto del presente estudio se estima en CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS
CINCUENTA PESOS M/CTE. ($ 114.950.550,oo) Que corresponde al aporte del Fondo Nacional para la Televisión
Todos los gastos, costos, artículos y deducciones legales que por concepto de estampillas, impuestos, y otros establecidos en disposiciones legales vigentes que deban hacerse por el presente contrato, serán de cuenta exclusiva del CONTRATISTA, los cuales éste autoriza descontar de los pagos que se le hagan en virtud el mismo.
Los programas deberán ser entregados listos para emitir, con los respectivos cortes comerciales y de acuerdo con el cronograma acordado con el Supervisor del contrato
5.1 FORMA DE PAGO:
Primer pago: LA SOCIEDAD DE TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA – TELEPACIFICO
cancelará al CONTRATISTA 20% de pago Contra la entrega del cronograma del proyecto y la investigación de 5 capítulos, previa certificación expedida por el supervisor recibido a satisfacción y certificación del pago al Sistema de Seguridad Social, correspondiente al periodo ejecutado.
Segundo pago: LA SOCIEDAD DE TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA – TELEPACIFICO
cancelará al CONTRATISTA 30% de pago Contra la entrega del máster del capítulo 1 de la serie, aprobado por la instancia de supervisión designada por el canal y la investigación de los capítulos 6 al 10, previa certificación expedida por el supervisor recibido a satisfacción y certificación del pago al Sistema de Seguridad Social, correspondiente al periodo ejecutado.
Tercer pago: LA SOCIEDAD DE TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA – TELEPACIFICO
cancelará al CONTRATISTA 40% de pago Contra la entrega del máster de los capítulos 2 al 10 de la serie y la investigación de los capítulos 11 al 13, aprobados por la instancia de supervisión designada por el canal, previa certificación expedida por el supervisor recibido a satisfacción y certificación del pago al Sistema de Seguridad Social, correspondiente al periodo ejecutado.
Cuarto pago: LA SOCIEDAD DE TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA – TELEPACIFICO
cancelará al CONTRATISTA 10% de pago Contra la entrega del máster de los capítulos 6 al 13 de la serie, aprobados por la instancia de supervisión designada por el canal, previa certificación expedida por el supervisor recibido a satisfacción y certificación del pago al Sistema de Seguridad Social, correspondiente al periodo ejecutado.
NOTA: Con la última entrega se deben adjuntar: 5 fotos digitales para promoción en redes sociales, tráiler de la serie de máximo 2 minutos, brief de la serie, sinopsis actualizada de cada capítulo, música original, releases o sesión de derechos y proyecto gráfico editable.
5.2 CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
La presente convocatoria pública se encuentra respaldada por el certificado de
disponibilidad presupuestal No. 547 de fecha 1 xx xxxxx de 2016 por valor de CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA
PESOS M/CTE. ($ 114.950.550,oo) imputada al rubro presupuestal No. 4211001
6. CRITERIOS DE SELECCION
6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
1. Carta de presentación debidamente firmada por el Representante Legal de la empresa.
2. Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la Sociedad, con fecha de expedición no superior a (30) días calendario, anteriores a la fecha fijada para la recepción de propuestas, en caso de ser persona jurídica
3. Formato único hoja de vida persona jurídica o natural
4. Estados Financieros: Balance General y Estado de Resultados comparados (2014- 2015) con sus notas correspondientes comparadas (2014-2015), debidamente certificados y dictaminados (cuando aplique), con corte contable al 31 de Diciembre de 2015.
5. Fotocopia de la tarjeta profesional, antecedentes de la Junta Central de Contadores, y de la cédula de ciudadanía del contador que avale los Estados Financieros.
6. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal, o de la persona natural
7. Fotocopia del RUT.
8. Certificado de antecedentes disciplinarios tanto del representante legal como la compañía que representa, expedido por la Procuraduría General de la Nación.
9. Certificado expedido por la Contraloría en que conste que ni el representante legal ni la compañía que representa, no aparecen en el Boletín de responsables fiscales.
10. En caso de que los estatutos sociales, señalen limitaciones a las facultades del Representante Legal, se debe anexar copia autenticada del acta del órgano social, que autorice al representante legal a comprometer a la sociedad en la presente propuesta y para suscribir y ejecutar el respectivo contrato, en caso de ser seleccionada.
11. Manifestación juramentada que debe realizar el representante legal de la compañía de no encontrarse ni él, ni la sociedad que representa incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad constitucional o legal para contratar con entidades públicas. El cual se entenderá prestado con la sola firma de la propuesta.
12. CERTIFICACIÓN del revisor fiscal o del representante legal según el caso, donde conste que se encuentra x xxx y salvo en cuanto a los aportes y contribuciones al sistema general de Seguridad Social Integral (Pensiones, Salud, ARP) y Parafiscales,
con base en lo establecido en el Art. 50 de la Ley 789 de 2.002, modificado por el Art. 1° de la Ley 828 de 2003.
13. Si se presentan propuestas en Consorcio y/o Unión Temporal, deberán aportar el documento de constitución, cada uno de sus integrantes deberá presentar individualmente los documentos que acrediten su capacidad, existencia, representación legal, así como los requisitos financieros.
6.2 REQUISITOS HABILITANTES 6.2.1. Capacidad Financiera:
la verificación se realizará mediante los siguientes Indicadores:
Ítem | Indicador | Descripción |
1. | Capital de trabajo | El proponente deberá acreditar un capital de trabajo, de por lo menos lo correspondiente a dos (2) meses de trabajo. |
2. | Patrimonio | El proponente deberá acreditar un Patrimonio Positivo por lo menos el valor del presupuesto oficial. |
3. | Liquidez | El proponente deberá acreditar mínimo una Liquidez de 1,2 veces |
4. | Endeudamiento | El proponente deberá acreditar un endeudamiento máximo del 65%. |
6.2.2. Experiencia:
Se verificara con la presentación de la certificación ó certificaciones de contrato (s) similar (es), por cuantía (s) cuyo valor sea igual o superior al 30% del valor del presupuesto oficial estimado para la contratación, que acrediten una constitución y experiencia mínima de tres
(3) años. Para el efecto, son válidas certificaciones, certificado de existencia y representación legal, copia de los contratos por sí solos, copia de facturas, actas de recibo, de liquidación, etc. TELEPACIFICO se reserva el derecho de verificar la información consignada en la (s) certificación (es).
6.3. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS. ( causal de rechazo)
Las ofertas deben venir en sobre sellado identificando el mismo con el número de la invitación y deben ser remitidas a la gerencia de TELEPACÍFICO, en original y 2 copias, radicándose en la ventanilla única.
Las propuestas deben incluir los siguientes documentos:
CARTA REMISORIA FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA PROPONENTE.
En ella se debe indicar el nombre de la persona natural a nombre de quien se presenta la propuesta o del representante legal, en caso de tratarse de una persona jurídica.
PROPUESTA DE PRODUCCIÓN. ANEXO 1 (Estrategia de producción).
Propuesta técnica. El oferente debe presentar la relación de equipos técnicos y sus características específicas, con los cuales propone desarrollar el proyecto. Cámara, accesorios, luces, consola de sonido, micrófonos, sala de posproducción de video y audio.
Estrategia de producción. El oferente debe presentar una propuesta de producción para la serie que contemple como máximo la entrega de los capítulos al 15 de Noviembre de 2016. La propuesta debe optimizar los recursos de producción para garantizar la calidad de los contenidos.
En esta estrategia se debe presentar, por medio de un texto de máximo una página, la forma en la que distribuirá el tiempo y los recursos del proyecto. Se espera que los oferentes hagan una propuesta de cuantas personas conformarían el equipo de trabajo, sus funciones y el método de trabajo para cada etapa del proyecto.
HOJA DE VIDA DEL PRODUCTOR GENERAL PROPUESTO PARA EL PROYECTO
Debe presentar con soportes la experiencia que tiene para desempeñar el rol de productor por medio de la presentación de su hoja de vida. Mínimo de debe certificar 2 años de experiencia en este rol, en proyectos audiovisuales.
MUESTRA AUDIOVISUAL DEL CAMARÓGRAFO PROPUESTO PARA EL PROYECTO
Debe sustentar la experiencia que tiene para desempeñar el rol de camarógrafo por medio de la presentación en un DVD o dispositivo USB, de un proyecto audiovisual completo (no reel), en donde el postulado se haya desempeñado como camarógrafo o director de fotografía y su hoja de vida con los soportes de la experiencia
relacionada. En la hoja de vida debe especificar el nombre del proyecto sobre el cual presenta la muestra audiovisual y el medio por el cual se emitió.
NOTA: el equipo humano propuesto para el proyecto no podrá sustituirse durante la ejecución del mismo salvo solicitud hecha a la instancia de supervisión y su aprobación.
6.4. FACTORES PARA LA EVALUACION DE LAS PROPUESTAS.
ITE M | FACTOR | CRITERIOS | PUNTA JE |
1 | Teaser del segmento perfil | Valores de contenido y estéticos | 30 |
2 | Muestra audiovisual del director | Calidad narrativa y relación con el tema de la invitación | 10 |
3 | Muestra audiovisual del camarógrafo | Calidad narrativa | 10 |
4 | Propuesta estética | Valores novedosos y enganchadores | 10 |
5 | Propuesta narrativa tipo para cada capítulo | Pertinencia para la serie y claridad en su definición. | 15 |
6 | Propuesta de producción | Calidad de los equipos propuestos | 10 |
Solidez de la propuesta | 10 | ||
7 | Procedencia del oferente | Procedencia regional | 5 |
TOTALES | 100 |
EQUIPO EVALUADOR.
El equipo que evaluará las propuestas estará conformado por el director de producción, el director de programación y el gerente de Telepacífico o a quienes designen.
CRITERIOS DE DESEMPATE.
En caso de que se presente empate entre dos o más oferentes, tendrá prelación la propuesta que hay obtenido mayor puntaje en el factor: Teaser del segmento perfil.
En caso de que persista el empate entre dos o más oferentes, tendrá prelación la propuesta que hay obtenido mayor puntaje en el factor: Propuesta narrativa tipo para cada capítulo.
En caso de que persista el empate entre dos o más oferentes, tendrá prelación la propuesta que hay obtenido mayor puntaje en el factor: Calidad de la muestra audiovisual del director.
7 SOPORTE QUE PERMITE ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO:
En los términos del artículo 4 de la ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2015, la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles del contrato que se celebre, corresponderá a la que se establece a continuación:
RIESGOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El contratista asume los riesgos que se listan más adelante, además de aquellos que se desprendan de cláusulas o estipulaciones del contrato, sus anexos o que se deriven en la naturaleza de este contrato, a partir de la fecha de su suscripción.
Los efectos causados a terceros por daños o accidentes ocurridos en ocasión de la prestación del servicio.
Los efectos favorables o desfavorables derivados de las variaciones en los precios xx xxxxxxx de los insumos, mano de obra y demás necesarios para cumplir con el objeto contractual y sus obligaciones.
Los efectos derivados de los daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de su propiedad causados por terceros.
Lo efectos causados por modificaciones en las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta.
Los efectos ocasionados con la consecución de financiación, contratación de personal, labores administrativas, procedimientos utilizados, equipos y materiales necesarios para cumplir con las obligaciones contractuales.
PERDIDA DEL MATERIAL Y/O INSUMOS
La pérdida, destrucción, deterioro, o robo de escenografía, materiales, equipos e insumos referentes al objeto del contrato, será exclusiva responsabilidad del contratista y por lo tanto este riesgo será asumido por él.
RIESGOS TRIBUTARIOS
Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación tributaria, la
creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta, es asumido por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario, por lo tanto no habrá lugar a reclamo por desequilibrio económico, bien sea por el hecho del Príncipe o por la imprevisión.
El hecho del príncipe, como fenómeno determinante del rompimiento de la ecuación financiera de contrato, se presenta cuando concurren los siguientes supuestos:
a. La expedición de un acto general y abstracto.
b. la incidencia directa o indirecta del acto en el contrato estatal.
c. La alteración extraordinaria o anormal de la ecuación financiera del contrato como consecuencia de la vigencia del acto.
d. La imprevisibilidad del acto general y abstracto al momento de la celebración del contrato. Para el caso en concreto significa que cuando ocurra cualquiera de estos eventos en materia tributaria enunciados anteriormente, los riesgos serán asumidos por el contratista.
RIESGOS DERIVADOS DE LA DERIVACIÓN EN LA LEGISLACIÓN DE MEDIOS
Los efectos favorables o desfavorables de las variaciones en la legislación de medios, la creación de nuevos emolumentos, multas, tasas, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones existentes al momento de la presentación de la propuesta, es asumido por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario. Sin embargo, en materia de legislación aplicable en materia contractual se aplicaran los artículos 38 y 39 de la ley 153 de 1887, que establecen:
En todo contrato se entenderán incorporadas las leyes vigentes al tiempo “de su celebración”, salvo:
1. Al modo de reclamar los derechos contractuales.
2. Y a las penas o multas por infracción de las estipulaciones.
Porque éstas dos últimas hipótesis se rigen por las normas vigentes para ese momento.
Y en cuanto a la demostración de los contratos celebrados en vigencia de la norma antigua se podrán demostrar con los medios probatorios que ese precepto disponía, pero aplicando la nueva ley respecto “de la forma” de rendirse la prueba.
RIESGOS DERIVADOS DE LOS CAMBIOS DE LA PAUTA PUBLICITARIA
Los efectos favorables y desfavorables, del comportamiento de la demanda de pauta publicitaria, sin que existan garantías, reconocimientos o compensaciones a favor del Contratista y a cargo de TELEPACIFICO por las variaciones en los ingresos del Contratista derivadas del comportamiento del xxxxxxx xx xxxxx publicitaria, independientemente de las causas que den origen a tales variaciones. En general, los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por éste mismo; y deberá soportar el 100% de la variación de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos. En lo atinente a los riesgos no asignados, bien sea porque nos encuentren en este capítulo o porque ello no se desprenda de las estipulaciones del contrato o de la naturaleza del mismo, el contratista y TELEPACIFICO estarán a lo que se desprenden de las normas y principios aplicables en materia de contratación estatal. Nota: El proponente deberá efectuar sus propias estimaciones y cálculos y con fundamentos en los mismos, adoptar la decisión de asumir la asignación de riesgo, así como la que se derive de las estipulaciones del contrato o de la naturaleza del mismo. Como consecuencia de lo anterior, no procederán reclamaciones del contratista basada en el acaecimiento de alguno de los riesgos que fueran asumidos por este y consecuentemente TELEPACIFICO no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al contratista, que permitirá eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de los riesgos que se le asignan, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactadas en el contrato. | |||||
1 | Eventos de cambio de legislación, de situación política o de condiciones macro económicas que tengan impacto negativo. | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por TELEPACIFICO | ||
2 | Demora en la atención de requerimientos realizados por el supervisor / interventor | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
3 | Riesgo económico: imposición | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por |
de nuevos tributos, cambios en el marco de normatividad, inflación, IVA, etc., que puedan afectar el equilibrio contractual | el contratista | ||||
4 | Errores, Omisiones y mala utilización de los recursos entregados en la calidad de pago anticipado | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
5 | Retraso de pagos | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por TELEPACIFICO | ||
6 | Riesgos derivados de la prestación de servicios | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
7 | Riesgos técnico: Daño de material audiovisual | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
8 | Perdida del material y/o insumos | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
9 | Riesgos derivados del cambio de televisión analógica a digital | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por el contratista | ||
10 | Riesgos derivados de los cambios de la pauta publicitaria | 100,00% | Este riesgo debe ser asumido por TELEPACIFICO | ||
7. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTIAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL: El contratista deberá constituir a favor de TELEPACIFICO y a satisfacción de la misma, a través de una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia o una entidad bancaria la respectiva garantía única a favor de TELEPACIFICO, con los siguientes amparos: A) Cumplimiento: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del plazo de ejecución y seis (06) meses más, contados a partir de la legalización del mismo. B) Calidad del servicio: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia |
igual a la del plazo de ejecución contrato y seis (06) meses más, contados a partir de la legalización del mismo. C) Pago de Salarios y Prestaciones Sociales e indemnizaciones: por cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia correspondiente al plazo de ejecución del contrato y tres (03) años más. D) Responsabilidad Civil Extracontractual: El contratista constituirá dicha póliza por un valor equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual al periodo de ejecución del contrato y seis (06) meses más, la cual se constituye mediante amparo autónomo. El valor de las primas y el valor que se cause por la ampliación de las sumas aseguradas o de la vigencia de la garantía, correrá a cargo del Contratista, Toda prórroga del plazo dará lugar a la correspondiente ampliación de las garantías señaladas, con el fin de mantener la cuantía porcentual y la vigencia pactada. RESOLUCION 196 DE 2014. MANUAL DE CONTRATACIÓN DE TELEPACÍFICO. |
8. INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACION ESTA COBIJADO POR ALGÚN ACUERDO COMERCIAL La presente contratación que se pretende adelantar no se encuentra bajo los parámetros de trato internacional alguno, como tampoco de la entrada en vigencia de tratos de libre comercio suscritos por el Estado Colombiano como lo establece el artículo 20 núm. 8 del Decreto 1082 de 2015. |
ORIGINAL FIRMADO XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Director de Producción SOCIEDAD TELEVISIÓN XXX XXXXXXXX LTDA- TELEPACIFICO |