MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
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III. OTRAS DISPOSICIONES
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXX
00000 Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Plataforma del Tercer Sector, para la comunicación inclusiva del gobierno abierto.
El Director General de Gobernanza Pública y el Presidente de la Plataforma del Tercer Sector han suscrito, con fecha 30 de noviembre de 2021, un convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Función Pública) y la Plataforma del Tercer Sector, para la comunicación inclusiva del gobierno abierto.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio.
Madrid, 10 de diciembre de 2021.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
ANEJO
Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Función Pública) y la Plataforma del Tercer Sector para la comunicación inclusiva del gobierno abierto
En Madrid, a 30 de noviembre de 2021.
De una parte, xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Director General de Gobernanza Pública (Ministerio de Hacienda y Función Pública), según nombramiento efectuado mediante Real Decreto 101/2021, de 16 de febrero, en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 16.1.k) del Real Decreto 682/2021, de 3 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado duodécimo b) de la Orden TFP/747/2020, de 28 de julio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra parte, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Presidente de la Plataforma del Tercer Sector, según renovación de su nombramiento efectuado por la Asamblea General de la entidad el 4 de febrero de 2016, actuando en nombre y representación de la referida entidad y en virtud de la capacidad y las atribuciones que le confieren sus Estatutos.
Interviniendo ambos en el ejercicio de sus cargos y haciendo uso de la representación que ostentan, ambas partes se reconocen suficiente capacidad legal y competencia para celebrar el presente Convenio y en relación con el mismo
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EXPONEN
I. Que la Plataforma del Tercer Sector (en adelante «la Plataforma») es una organización de ámbito estatal constituida en enero de 2012 para unir y ampliar la voz del Tercer Sector en España. Es una entidad sin ánimo de lucro que busca defender los derechos sociales, a la vez que intenta promover soluciones en favor de los colectivos más vulnerables e impulsar la igualdad entre las personas. Es una red de solidaridad conformada por más de 28.000 organizaciones sociales implantadas en todo el Estado
que atiende a toda clase colectivos especialmente vulnerables que por diversas razones se encuentran en riesgo de exclusión.
II. Que la Plataforma, en representación de dichas entidades, viene colaborando activamente con la Administración General del Estado, en el impulso de iniciativas de gobierno abierto cuyo objetivo es promover la transparencia, la participación ciudadana, la integridad pública y la colaboración entre las Administraciones y de éstas con la sociedad para favorecer la rendición de cuentas.
A este respecto, cabe citar expresamente la colaboración desarrollada a través del Foro de Gobierno Abierto, órgano colegiado, de composición paritaria, creado mediante Orden HFP/134/2018, de 15 de febrero, por la que se crea el Foro de Gobierno Abierto, con la finalidad de institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre las Administraciones Públicas y la sociedad civil en materias relacionadas con el gobierno abierto y, en particular, con el objetivo de impulsar la colaboración, la transparencia, la participación y la rendición de cuentas.
Dicha norma de creación del Foro, integrado por la presidencia y 64 vocales, 32 de los cuales han sido designados en representación de las organizaciones de la sociedad civil, atribuye seis de entre sus vocales a las Entidades del Tercer Sector, a propuesta de la Plataforma del Tercer Sector, que ha venido participando en el desarrollo de las funciones atribuidas al Foro en todo lo relativo al diseño, implementación y seguimiento de los planes de acción de gobierno abierto y, en especial, del Tercer y Cuarto Plan de Gobierno Abierto de España 2020-2024, este último con vigencia en el momento actual.
III. Que entre la colaboración desarrollada a través del Foro y sus grupos de trabajo, se encuentra también, de acuerdo con artículo 2 de la Orden de creación del Foro, el fortalecimiento del diálogo y la interlocución con la sociedad civil en el desarrollo de iniciativas relacionadas con gobierno abierto, la canalización y promoción y dar a conocer iniciativas de gobierno abierto que afecten a las instituciones representadas, así como la promoción y colaboración en campañas de sensibilización y divulgación sobre el gobierno abierto.
IV. Que el IV Plan de Gobierno Abierto de España 2020-2024, aprobado por el Foro de Gobierno Abierto el 29 de octubre de 2020, con una vigencia de cuatro años, se basa en un enfoque amplio e integrador y tiene como objetivos: profundizar en la transparencia, impulsar y mejorar la calidad de la participación en la gestión pública, fortalecer valores éticos y sensibilizar a la sociedad y al personal empleado púbico sobre los valores del Gobierno Abierto. En consecuencia, el IV Plan ha recogido como compromiso n.º 8 la
«Comunicación Inclusiva del Gobierno Abierto» que, entre otras iniciativas, se concreta en el despliegue de un Plan de Comunicación Inclusiva sobre Gobierno Abierto, en cuyo diseño viene colaborando la Plataforma a través de su participación en el Foro y la asistencia a las reuniones de su Grupo de Trabajo de Comunicación y Colaboración.
A este respecto merece ser destacado que el Pleno del Foro de Gobierno Abierto, en su reunión extraordinaria de 24 xx xxxxx de 2021, ha adoptado con el apoyo unánime de todas las personas y organizaciones representadas en el mismo, un Acuerdo por la Comunicación inclusiva del Gobierno abierto en el que se manifiesta el compromiso de todas las partes involucradas en la difusión del Gobierno abierto en España (Anexo I).
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Por último, el citado Plan de Comunicación Inclusiva ha sido recogido así mismo como Componente 11. Modernización de las Administraciones Públicas. Inversión C11/I7. Proyecto 6. Gobierno abierto inclusivo en entorno digital, responsabilidad de la DGGP del Ministerio de Hacienda y Función Pública para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que cuenta con financiación con cargo al Fondo establecido al efecto por la UE.
El proyecto consiste en mejorar las condiciones para el ejercicio de la ciudadanía democrática, con especial atención a los colectivos más vulnerables, integrando la opinión ciudadana en las políticas públicas, en partenariado con las Organizaciones de la Sociedad Civil, a través de un refuerzo en la comunicación y sensibilización de la ciudadanía, la integración de su opinión en el diseño y ejecución de las políticas públicas y el refuerzo de la colaboración entre las Administraciones Públicas y las organizaciones de la sociedad civil.
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V. Que la Plataforma, así como las entidades representadas por la misma, vienen colaborando con diversas instituciones públicas mediante convenios de colaboración u otros instrumentos de cooperación.
Dada su capilaridad social y territorial y su experiencia en el desarrollo de dichos instrumentos de colaboración, también podría desarrollar actuaciones conjuntas con otras organizaciones entre ellas el Consejo de Consumidores y Usuarios y el Consejo de la Juventud de en aquellos actos de comunicación y sensibilización que pudieran establecerse de común acuerdo para la promoción del ejercicio por colectivos especialmente vulnerables y/o afectados por la brecha digital, de sus derechos a la información pública y a la participación en los asuntos públicos, así como por personas trabajadoras y voluntarias del Tercer Sector.
En consecuencia con lo expuesto, las partes consideran oportuno suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto del presente Xxxxxxxx establecer los términos de la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública(en adelante MIHFP) y la Plataforma del Tercer Sector para el desarrollo iniciativas de comunicación inclusiva de los valores del gobierno abierto, en el marco del Plan de Comunicación Inclusiva del Gobierno Abierto, principalmente dirigidas a las personas en situación de pobreza, riesgo de exclusión social o afectadas por la brecha digital por su especial vulnerabilidad, con una doble finalidad:
1.º Informar, sensibilizar y concienciar a los colectivos más vulnerables o en riesgo de exclusión social, sobre los principios del Gobierno Abierto y sobre sus derechos de acceso a la información pública y a la participación en los asuntos públicos, así como sobre los medios que pone a su servicio la Administración Pública para poder ejercerlos, con especial referencia al Portal de Transparencia.
2.º Sensibilizar a la ciudadanía, prestando especial atención a las personas más vulnerables y/o afectadas por la brecha digital, promoviendo un comportamiento más activo en el ejercicio de su derecho de acceso a la información y a la participación.
Segunda. Actuaciones a realizar por la Plataforma.
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, la Plataforma realizará las siguientes actuaciones de sensibilización y comunicación:
1. Jornadas, talleres y paneles para la sensibilización de las personas más vulnerables y/o afectadas por la brecha digital.
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Con el fin de que las entidades integradas en la Plataforma puedan dar a conocer entre las personas especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social los valores del gobierno abierto y les proporcionen información sobre la forma de ejercicio de sus derechos democráticos a la información pública y a la participación en los asuntos públicos, la Plataforma asume los siguientes compromisos:
– Organización de, al menos, seis jornadas con colectivos especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social y/o afectados por la brecha digital, que se celebrarán antes del 30 de octubre de 2023, para la difusión de los valores del Gobierno abierto entre las personas de dichos colectivos. Al menos, dos de estas jornadas irán dirigidas a las personas consumidoras y usuarias en situación de pobreza o especial vulnerabilidad y a la visibilidad de la juventud vulnerable y a la promoción de sus derechos a la información pública y a la participación democrática en los asuntos públicos.
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– Organización de talleres dirigidos a los colectivos más vulnerables para promover un comportamiento más activo de las personas vulnerables o en riesgo de exclusión social y/o afectadas por la brecha digital en el ejercicio de sus derechos de acceso a la información pública y a la participación.
– Organización de dos eventos, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y, en su caso, con otras organizaciones e instituciones públicas, con motivo de la celebración de la Semana de la Administración Abierta, correspondientes a los ejercicios de 2022 y 2023, respectivamente.
– Organización de paneles, con una muestra representativa de personas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social, teniendo en cuenta especialmente a jóvenes en situación de pobreza o exclusión social y/o personas consumidoras y usuarias en circunstancias de vulnerabilidad y/o afectadas por la brecha digital, así como a personas voluntarias, con el fin de detectar los déficits existentes en materia de comunicación inclusiva del gobierno abierto o las necesidades específicas de estos colectivos en el ejercicio de sus derechos a la información pública y a la participación en los asuntos públicos.
Así mismo, en el desarrollo de estas jornadas, talleres y paneles, la Plataforma se compromete a dar publicidad al IV Plan de Gobierno Abierto de España, así como a los compromisos e iniciativas del mismo desarrolladas por las Administraciones públicas, asegurando la comunicación inclusiva de los mismos, a través de los mecanismos que se consideren adecuados de acuerdo con las singularidades de cada colectivo social.
2. Difusión y comunicación.
A) Difusión a través de la web de la Plataforma.
Entre las actividades de difusión y comunicación para dar a conocer entre las personas especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social sus derechos a la transparencia, al acceso a la información pública y a la participación ciudadana en las políticas públicas y en las decisiones de las Administraciones públicas, se incluirá en la página web de la Plataforma información actualizada y, en su caso adaptada para favorecer la accesibilidad universal a la misma, acerca de los canales disponibles y la forma en la que pueden ejercer tales derechos a través del Portal de Transparencia de la Administración General del Estado, así como sobre los contenidos del IV Plan de Gobierno Abierto de España.
Esta información incluirá la difusión del logo del gobierno abierto y el enlace al referido Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
B) Difusión a través de las web de las entidades integradas en la Plataforma.
La Plataforma se compromete a solicitar de las Entidades del Tercer Sector que forman parte de la misma, la difusión, a través de sus canales informativos, de las actividades, materiales o recursos que en relación con la obligación contraída en el apartado pudieran desarrollarse, para que las personas vulnerables o en riesgo de exclusión a las que representan tengan fácil acceso a la mismas. C) Edición y difusión de Material divulgativo, adaptado a personas especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social.
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3. Rendición de cuentas.
Sin perjuicio de las funciones atribuidas por la cláusula séptima del presente Convenio a la Comisión de Seguimiento, la Plataforma se compromete a rendir cuentas de la implementación del presente Convenio, en relación con el cumplimiento del compromiso 8 del IV Plan de Gobierno Abierto de España 2020-2023. La rendición de cuentas se efectuará periódicamente en el Grupo de trabajo de Comunicación y Colaboración, dependiente del Foro de Gobierno Abierto y, en su caso, en las reuniones de la Comisión Permanente y del Pleno del Foro.
Tercera. Actuaciones a desarrollar por el MHAFP.
1. Asesoramiento:
El Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Dirección General de Gobernanza Pública, dependiente de la Secretaría de Estado de Función Pública, facilitará a la Plataforma asesoramiento y asistencia sobre las acciones de sensibilización y comunicación del gobierno abierto inclusivo para que las entidades del Tercer Sector y las personas especialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social conozcan y ejerzan sus derechos de ciudadanía relacionados con el gobierno abierto.
2. Seguimiento:
Se realizará el seguimiento de los trabajos realizados por la Plataforma durante la vigencia del presente convenio, a través de reuniones periódicas que se concertarán entre las partes.
3. Comisión de seguimiento:
La DGGP convocará a la Plataforma para la constitución de la comisión de seguimiento a que se refiere la cláusula séptima de este convenio.
4. Material divulgativo:
A través de la DGGP, el Ministerio de Hacienda y Función Pública remitirá a la Plataforma en soporte electrónico y, cuando proceda en papel, los recursos didácticos o divulgativos que sean editados para la comunicación inclusiva del gobierno abierto.
Cuarta. Titularidad de los trabajos realizados.
La titularidad de los trabajos realizados en virtud del presente Convenio, así como cualquier otro derecho que se pudiera derivar de los mismos, pertenecerán al Ministerio de Hacienda y Función Pública y a la Plataforma y no podrán ser explotados por ningún tercero, excepto por las entidades integradas en la Plataforma, sin el consentimiento expreso de todas las partes.
Quinta. Régimen económico.
1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del presente convenio se eleva a 240.000 euros.
2. El Ministerio de Hacienda y Función Pública aportará la cantidad de 180.000 euros, que se abonarán anualmente, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en cada ejercicio, conforme a la siguiente distribución:
– Ejercicio 2021, 60.000 euros.
– Ejercicio 2022, 60.000 euros.
– Ejercicio 2023, 60.000 euros.
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El convenio se financiará con cargo al Fondo Europeo de Recuperación de la Unión Europea. El crédito presupuestario al que se imputará la obligación correspondiente al MIHAFP es el siguiente: 22.50.92.920A.485.
La Plataforma aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de 60.000 euros (€), durante el tiempo de vigencia del Convenio de conformidad con sus acuerdos de colaboración internos, conforme a la siguiente distribución:
– Ejercicio 2021, 20.000 euros.
– Ejercicio 2022, 20.000 euros.
– Ejercicio 2023, 20.000 euros.
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3. A partir de la firma de este Convenio, el MIHFP abonará a la Plataforma en concepto de anticipo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 del Real Decreto- ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los pagos correspondientes al 50 por ciento de su aportación anual (30.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 22.50.92.920A.485 del Presupuesto correspondiente a cada uno de los ejercicios incluidos en el periodo de vigencia del presente convenio.
El 50 por ciento restante del importe del convenio se abonará a la Plataforma previa justificación de los servicios realizados, con cargo a la aplicación presupuestaria 22.50.92.920A.485 del Presupuesto correspondiente a cada uno de los ejercicios incluidos en el periodo de vigencia del presente convenio, conforme a la siguiente distribución:
– Ejercicio 2021, 30.000 euros.
– Ejercicio 2022, 30.000 euros.
– Ejercicio 2023, 30.000 euros.
4. A efectos de la justificación de los gastos correspondientes a cada una de las anualidades, la Plataforma remitirá al MIHFP, junto a la documentación justificativa de las acciones realizadas, una memoria detallada de las actividades desarrolladas y que sean conformes al objeto del Convenio. En tal sentido, se considera como documentación justificativa del gasto, el documento de cargo que emita la Plataforma, junto con la certificación acreditativa de la Secretaría General de la Plataforma en que se especifique el alcance de las labores desarrolladas por la Plataforma en el marco del presente Convenio.
5. A partir de la firma, y antes de la finalización del Convenio, la Plataforma se compromete a abonar la totalidad de su aportación para financiar las actividades previstas en la cláusula segunda del presente Convenio.
Sexta. Consecuencias en caso de incumplimiento.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes será causa de extinción del convenio, conforme al procedimiento establecido en el artículo 51.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público aplicándose la regulación legal vigente, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula novena de este Convenio.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
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Se constituirá una Comisión de Seguimiento con el objetivo de velar por la buena marcha y el adecuado desarrollo del presente Convenio de Colaboración. La Comisión estará compuesta por dos personas en representación de la Dirección General de Gobernanza Pública y por otras dos en representación de la Plataforma, designadas por las partes firmantes del Convenio. La Comisión estará presidida por el Director General de Gobernanza Pública, o funcionario o funcionaria, con rango de Subdirector o Subdirectora General, en quien delegue. Esta Comisión de Seguimiento será el órgano encargado de promover, seguir y evaluar las acciones y resolver las dudas derivadas de este Convenio.
El Ministerio de hacienda y Función Pública y la Plataforma se comprometen a resolver todas las incidencias o controversias que puedan surgir sobre la interpretación, resolución y efectos de este Convenio a través de dicha Comisión de Seguimiento.
A propuesta de cualquiera de las personas miembros de la Comisión de Seguimiento, a las reuniones de la misma podrán asistir otras personas responsables de la Administración General del Estado y de la Plataforma, cuando deban tratarse temas que requieran su presencia o su asesoramiento.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con la periodicidad que se determine en las normas de funcionamiento interno que la misma establezca y que en ningún caso podrán apartarse de lo dispuesto en la normativa vigente que resulte de aplicación a las instituciones firmantes.
En lo que no esté específicamente previsto en las normas de funcionamiento interno, la reunión y actuación de la citada Comisión se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Vigencia.
El presente convenio surtirá efectos una vez inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, serán publicados en el plazo xx xxxx días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado. Su vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2023.
Novena. Resolución de conflictos.
Las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que puedan surgir en la interpretación o ejecución del presente Convenio.
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De conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se someterán a esta jurisdicción las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes en el desarrollo del presente Convenio y que no hubieran podido ser resueltas por la Comisión de Seguimiento.
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X