PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE XXXXX XXXX 001 DE 2019
OBJETO
GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA.
FEBRERO DE 2019
RECOMENDACIONES GENERALES
El proponente deberá tener en cuenta los siguientes aspectos, antes de aportar la información requerida en el presente pliego de condiciones:
- Leer cuidadosamente el presente pliego de condiciones y sus adendas antes de elaborar la propuesta.
- Seguir las instrucciones que en los Pliegos se imparten en la elaboración de su Oferta.
- La propuesta debe ser presentada en el orden exigido en el pliego de condiciones para facilitar su estudio, con índice y debidamente foliada, desde la primera hoja.
- La presentación de la propuesta constituye evidencia de que el proponente estudió el pliego de condiciones, los estudios y documentos previos, los formatos y demás documentos; que se recibieron las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y se acepta que, el mismo, es completo compatible y adecuado para identificar los bienes o servicios que se contratarán.
- La presentación de la propuesta indica igualmente que el proponente está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
- Tener presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección. En ningún caso se recibirán ofertas fuera del tiempo previsto.
- Sólo mediante ADENDA se podrán modificar los Pliegos de Condiciones.
- Tenga en cuenta todo lo relacionado sobre conflictos de interés para evitar incurrir en infracciones legales por esta razón.
Nota: Se recomienda a los interesados realizar una revisión previa de los anexos técnicos del estudio previo, en aras de posibilitar la comprensión integral de las condiciones establecidas en el pliego de condiciones.
PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD No. 001 DE 2019
OBJETO: GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÒN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA.
FECHA DE APERTURA: 00 XX XXXXX XX 0000
XXXXX XX XXXXXX: 00 XX XXXXX XX 0000
XXXX: 10:00 AM
VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: El valor que se estima para la ejecución del contrato es de QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE
MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE (527.169.414.342), incluidos todos los gastos directos, indirectos e impuestos en que deba incurrir el Contratista para el cumplimiento del Contrato.
El contrato se suscribirá por la modalidad de PRESUPUESTO GLOBAL PROSPECTIVO por la totalidad del valor aquí establecido, y no podrá superar el presupuesto determinado para cada vigencia por regional.
A continuación, se establece el monto para la atención del Plan de Beneficios en Salud (PBS) y el Plan de Atención Convencional PAC por regional y total:
POS Y PAC | |||||
REGIONAL | MAYO – DICIEMBRE DE 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | ENERO – JULIO 2022 | TOTAL POS Y PAC |
XXXXXXXXX | 41.155.246.068 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
PACIFICO | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
CENTRAL | 22.147.658.534 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
ANTIOQUIA - SANTANDER | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 |
Total general | 103.615.447.404 | 159.011.611.301 | 163.116.609.158 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
El valor a contratar para Promoción y Prevención (PyP) será el siguiente por regional y total:
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN POR REGIONAL | |||||
REGIONAL | MAYO – DICIEMBRE DE 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | ENERO – JULIO 2022 | TOTAL PYP |
XXXXXXXXX | 257.583.496 | 385.721.220 | 383.318.100 | 222.288.633 | 1.248.911.449 |
PACIFICO | 167.196.920 | 250.370.856 | 248.811.000 | 144.287.101 | 810.665.877 |
CENTRAL | 129.132.736 | 193.371.228 | 192.166.488 | 111.438.586 | 626.109.038 |
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN POR REGIONAL | |||||
REGIONAL | MAYO – DICIEMBRE DE 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | ENERO – XXXXX 0000 | XXXXX XXX |
XXXXXXXXX - XXXXXXXXX | 71.322.760 | 106.803.048 | 106.137.648 | 61.549.901 | 345.813.357 |
Total general | 625.235.912 | 936.266.352 | 930.433.236 | 539.564.221 | 3.031.499.721 |
El valor total del presupuesto es el siguiente:
VALOR PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL (POS, PAC, PYP) | |||||
REGIONAL | MAYO – DICIEMBRE DE 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | ENERO – JULIO 2022 | VALOR TOTAL PRESUPUESTO OFICIAL |
XXXXXXXXX | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
PACIFICO | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
CENTRAL | 22.276.791.270 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
ANTIOQUIA- SANTANDER | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 |
Total general | 104.240.683.316 | 159.947.877.653 | 164.047.042.394 | 00.000.000.000 | 000.000.000.000 |
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia no contratará por un valor superior al establecido en este Presupuesto Oficial.
De conformidad con la Ley 1882 de 2018 en su Artículo 6° el cual, Adicionó un parágrafo al artículo 8° de la Ley 1150 de 2007, el cual quedo así: “Parágrafo. No es obligatorio contar con disponibilidad presupuestal para realizar la publicación del proyecto xx Xxxxxx de Condiciones”.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del presente contrato será contado a partir de la suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de julio de 2022, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo.
La vigencia del contrato será desde su perfeccionamiento y hasta los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución.
LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS: Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx y Atención Primer Piso, ciudad Bogotá D.C., a más tardar hasta la hora y el día fijados para el cierre del presente proceso de selección. Cualquier propuesta presentada en otra oficina distinta a la enunciada NO será tenida en cuenta para el presente proceso de selección.
“De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en la Página Web dirección xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en aplicación de la Ley 527 de 1999, por lo que será responsabilidad de los participantes conocerlos estos a través de este mecanismo interactivo.”
CAPÍTULO PRIMERO INTRODUCCIÓN
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, es un Establecimiento Público del nivel nacional, creado mediante el Decreto 1591 de 1989, que funciona como entidad adaptada en salud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por los Decretos 1890 de 1995 y 489 de 1996.
La doctrina define las Entidades Adaptadas en Salud (EAS) como aquellas que hacen parte del régimen de transición y tienen una existencia eminentemente transitoria, la cual expira cuando se termine la relación laboral de los afiliados o el periodo de jubilación de los pensionados que tuvieren en el momento de entrar a regir el nuevo sistema de seguridad social en salud.
En su calidad de Entidad Adaptada al Sistema de Salud, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia debe garantizar la prestación del servicio de salud a los pensionados de las extintas Ferrocarriles de Colombia y Puertos de Colombia y a su grupo familiar, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 488 de 1996.
De conformidad con el artículo 2 del Decreto 1591 de 1989, dentro de los objetivos misionales del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se encuentran:
a. Manejar las cuentas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el inciso 1 del artículo 7 de la Ley 21 de 1988.
b. Organizar y administrar las prestaciones asistenciales a que tengan derecho los empleados y pensionados de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en liquidación.
En ejercicio de sus funciones el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia expidió el Acuerdo 013 del 2 xx xxxxxx de 1994, aprobado mediante Decreto 488 de 1996, por medio del cual reglamentó “…los servicios de salud a cargo del Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, ajustándolos a los lineamientos de la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones reglamentarias.”
En virtud de ello, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia debe garantizar la prestación de los servicios integrales de salud, con sujeción al plan de beneficios en salud (PBS), al plan de atención convencional (PAC), y a los programas de promoción y prevención de acuerdo con la ruta de promoción y mantenimiento, con destino a los afiliados y beneficiarios definidos en la Ley
Es importante resaltar que en atención a lo dispuesto en el Decreto 1591 de 1989 y en el Decreto 488 de 1996, el Fondo debe contratar con terceros los servicios que la entidad debe asegurar en razón a su naturaleza, por lo cual se requiere contar con uno o varios operadores que garanticen la prestación del servicio integral de salud a los usuarios y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, que cuente con el andamiaje técnico, administrativo y financiero necesario para garantizar que los servicios de salud sean prestados a todos los afiliados y beneficiarios, en condiciones de oportunidad, calidad y eficiencia, en aras de cumplir con la misión y visión de la entidad.
Por esta razón, se hace necesario acudir a las normas que rigen las diferentes modalidades de selección previstas para contratar conforme lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, la Ley 1882 de 2018, el Decreto 1082 de 2015, y demás normas concordantes, como un mecanismo idóneo para suplir la necesidad antes esbozada.
2. DEFINICIÓN TÉCNICA DE LA NECESIDAD:
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, debe disponer de los medios necesarios para garantizar que la prestación de los servicios integrales de salud se brinde de forma oportuna y eficaz a todos los usuarios y beneficiarios del fondo, de tal manera que se cumpla con el deber legal establecido.
El contrato se celebra para garantizar el acceso a los servicios integrales de salud con oportunidad, accesibilidad, disponibilidad, integralidad, continuidad, calidad, idoneidad profesional y satisfacción a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
Para suplir la necesidad prevista, el Fondo requiere seleccionar uno o varios contratistas, personas naturales o jurídicas con la idoneidad, experiencia, capacidad jurídica, financiera y técnica que demanda el desarrollo del presente objeto contractual, de acuerdo con la naturaleza del servicio, la cuantía del mismo y los requisitos determinados previamente en la ley que rige esta materia. Para dar cumplimiento a las normas que reglamentan la contratación estatal, el presente proceso de selección se realizará bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
3. POBLACIÓN USUARIA
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia tiene afiliados aproximadamente a treinta y nueve mil cuatrocientos noventa y siete (39.497) usuarios que corresponden a los pensionados y sus grupos familiares de las extintas Ferrocarriles Nacionales de Colombia y Puertos de Colombia, los cuales podrán variar de conformidad con el comportamiento epidemiológico de los pacientes.
Actualmente, la prestación del servicio de salud tiene una cobertura en dieciséis (16) departamentos, divididos en setenta y seis (76) municipios, distribuidos en cuatro (4) regiones geográficas del país, así:
Xxxxx Xx 00. Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx por Región.
REGIONAL | AFILIADOS |
XXXXXXXXX: Xxxxxxxxx, Atlántico, Bolívar y Cesar. | 16.288 |
PACIFICO: Xxxxx del Cauca, Risaralda, Caldas, Cauca, Nariño. | 10.560 |
CENTRAL :Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila, Caldas (La Dorada) y Bogotá D.C. | 8.147 |
ANTIOQUIA - SANTANDER: Antioquia y Santander. | 4.502 |
TOTAL USUARIOS | 39.497 |
Fuente: Base de Datos afiliación FPSFN
4. DISTRIBUCIÓN REGIONAL
La distribución de la población usuaria en cada municipio que conforman las regionales se divide tal como se detalla a continuación:
Tabla 2. Distribución de la población de la Regional Magdalena por Municipio según xxxxxx xxxxxxxxxxx. 0000
Xx. | MUNICIPIO | AFILIADOS | AMBITO TERRITORIAL |
1 | Aguachica | 144 | Urbano |
2 | Barranquilla | 4.937 | Urbano |
3 | Bosconia | 69 | Alta ruralidad |
4 | Cartagena | 4.808 | Urbano |
5 | Chiriguana | 49 | Alta ruralidad |
6 | Ciénaga | 539 | Alta ruralidad |
7 | Curumani | 39 | Alta ruralidad |
8 | Fundación | 80 | Alta ruralidad |
9 | Gamarra | 39 | Alta ruralidad |
10 | Pailitas | 18 | Alta ruralidad |
00 | Xxxxxx | 00 | Xxxx xxxxxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxxxxxx | 606 | Alta ruralidad |
13 | Santa xxxxx | 4.684 | Urbano |
14 | Soplaviento | 136 | Alta ruralidad |
15 | Tamalameque | 15 | Alta ruralidad |
16 | Valledupar | 107 | Urbano |
17 | Zona bananera | 1 | Alta ruralidad |
TOTAL | 16.288 |
Fuente: Base de datos afiliación FPCFNC
Tabla 3. Distribución de la población de la Regional Pacífico por Municipio según ámbito territorial. 2018
No. | MUNICIPIO | AFILIADOS | XXXXXX XXXXXXXXXXX |
0 | Xxxxxxx | 242 | Urbano |
2 | Buenaventura | 3.193 | Zona dispersa |
3 | Buga | 104 | Alta ruralidad |
4 | Cali | 5.321 | Urbano |
5 | Cartago | 127 | Urbano |
6 | Dagua | 195 | Alta ruralidad |
7 | Manizales | 130 | Urbano |
8 | Palmira | 287 | Urbano |
9 | Pasto | 16 | Urbano |
10 | Pereira | 200 | Urbano |
11 | Popayán | 90 | Xxxxxx |
00 | Xxxxx | 000 | Urbano |
13 | Tumaco | 236 | Zona dispersa |
14 | Yumbo | 138 | Alta ruralidad |
15 | Zarzal | 62 | Alta ruralidad |
TOTAL | 10.560 |
Fuente: Base de datos afiliación FPCFNC
Tabla 4. Distribución de la población de la Regional Central por Municipio según ámbito territorial. 2018
No. | MUNICIPIO | AFILIADOS | AMBITO TERRITORIAL |
1 | Ambalema | 20 | Alta ruralidad |
2 | Bogotá D.C. | 4.091 | Urbano |
3 | Cachipay | 11 | Alta ruralidad |
4 | Chiquinquirá | 87 | Urbano |
5 | Chocontá | 69 | Alta ruralidad |
6 | Duitama | 60 | Urbano |
7 | Facatativá | 874 | Urbano |
8 | Fusagasugá | 140 | Alta ruralidad |
9 | Girardot | 878 | Urbano |
10 | Guaduas | 10 | Alta ruralidad |
11 | Honda | 45 | Alta ruralidad |
12 | Ibagué | 359 | Urbano |
13 | La Dorada | 462 | Urbano |
14 | La Mesa | 75 | Alta ruralidad |
15 | Mariquita | 201 | Alta ruralidad |
16 | Moniquirá | 8 | Alta ruralidad |
17 | Natagaima | 36 | Alta ruralidad |
18 | Xxxxx | 000 | Xxxxxx |
00 | Xxxxxxxx | 42 | Urbano |
20 | Tunja | 109 | Urbano |
21 | Utica | 59 | Alta ruralidad |
00 | Xxxxxxxxxxxxx | 00 | Urbano |
23 | Villeta | 111 | Alta ruralidad |
24 | Zipaquirá | 139 | Alta ruralidad |
TOTAL | 8.147 |
Fuente: Base de datos afiliación FPCFNC
Tabla 5. Distribución de la población de la Regional Antioquia-Santander por Municipio según xxxxxx xxxxxxxxxxx. 0000
Xx. | MUNICIPIO | AFILIADOS | AMBITO TERRITORIAL |
1 | Amaga | 40 | Alta ruralidad |
0 | Xxxxxxx | 00 | Xxxx ruralidad |
3 | Bello | 586 | Alta ruralidad |
4 | Caldas | 80 | Alta ruralidad |
5 | Caracolí | 58 | Alta ruralidad |
6 | Xxxxxxxx | 127 | Alta ruralidad |
7 | Copacabana | 112 | Alta ruralidad |
8 | Fredonia | 14 | Alta ruralidad |
9 | Girardota | 43 | Alta ruralidad |
10 | Medellín | 1.331 | Urbano |
11 | Xxxxxx Xxxxxx | 000 | Xxxx xxxxxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxx | 4 | Alta ruralidad |
13 | Barrancabermeja | 259 | Urbano |
14 | Bucaramanga | 1.444 | Urbano |
15 | Xxxxxx | 00 | Xxxxxx |
00 | Xxxxx | 2 | Urbano |
17 | Pamplona | 3 | Urbano |
18 | Piedecuesta | 9 | Alta ruralidad |
19 | Xxxxxx Xxxxxxxx | 00 | Xxxx ruralidad |
20 | Puerto Xxxxxxx | 11 | Alta ruralidad |
21 | Sabana xx Xxxxxx | 26 | Alta ruralidad |
22 | San Xxx | 30 | Urbano |
TOTAL | 4.502 |
Fuente: Base de datos afiliación FPCFNC
5. GRUPOS ETARIOS:
La población usuaria presenta una distribución por grupos etarios, con una concentración de población en los grupos etarios de personas mayores de cincuenta (50) años, con predominio de mujeres en la mayoría los grupos quinquenales, con un leve aumento de concentración desde los diez (10) a los veinticinco (25) años, que produce una pirámide invertida, lo cual impacta en la forma de prestación de servicios, ya que corresponde a una población con alta demanda en salud por su longevidad y complicaciones por sus patologías propias de la edad, los cuales se encuentran en su mayoría concentrados en las ciudades principales de cada regional
Tabla 6. Distribución por Grupos Etarios 2018
GRUPO ETARIO | AFILIADOS | % |
Menor de un Año | 19 | 0,05 |
De 1 A 4 Años | 129 | 0,33 |
De 5 A 14 Años | 1.043 | 2,64 |
De 15 A 18 Años (H) | 533 | 1,35 |
De 15 A 18 Años (M) | 526 | 1,33 |
De 19 A 44 Años (H) | 1.093 | 2,77 |
De 19 A 44 Años (M) | 1.362 | 3,45 |
De 45 A 49 Años | 698 | 1,77 |
De 50 A 54 Años | 1.111 | 2,81 |
De 55 A 59 Años | 2.231 | 5,65 |
De 60 A 64 Años | 4.486 | 11,36 |
De 65 A 69 Años | 6.823 | 17,27 |
De 70 A 74 Años | 6.257 | 15,84 |
De 75 Años Y Mayor | 13.186 | 33,38 |
TOTAL GENERAL | 39.497 | 100,00 |
Fuente: Base de datos afiliación FPCFNC
Esto significa una concentración de población en los grupos etarios de personas mayores de cincuenta (50) años, con predominio de mujeres en la mayoría los grupos quinquenales, con un leve aumento de concentración desde los diez (10) a los veinticinco (25) años, que produce una pirámide invertida, lo cual impacta en la forma de prestación de servicios, ya que corresponde a una población con alta demanda en salud por su longevidad y complicaciones por sus patologías propias de la edad, los cuales se encuentran en su mayoría concentrados en las ciudades principales de cada regional.
Figura 1. Pirámide Poblacional Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia
13 DE 70 A 74 AÑOS
11 DE 60 A 64 AÑOS
9 DE 50 A 54 AÑOS
7 DE 19 A 44 AÑOS (M)
5 DE 15 A 18 AÑOS (M)
3 DE 5 A 14 AÑOS
1 MENOR DE UN AÑO
-40,00%-30,00%-20,00%-10,00% 0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% MUJERES HOMBRES
Analizado en la pirámide poblacional se ve que la concentración mayor de población se encuentra por encima de los cincuenta años, siendo el 86,3% de la población total del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, predominantemente mujeres, quienes ocupan el 60%, de la población del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y las mujeres por encima de 50 años ocupan el 52,3%, del total de la población.
6. CURSO DE VIDA.
Dada la importancia desde la prestación de los servicios de salud de conocer la población por curso de vida, se presenta los datos globales de los usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales y puertos de Colombia, así: Primera Infancia de 0 a 5 años, - Infancia de 6 a 11 años. - Adolescencia de 12 a 17 años. - Juventud de 18 a 28 años. - Adultez de los 29 a los 59 años. - Vejez de 60 años, y más, en los cuales se ratifica que el mayor número de usuarios se encuentran en la vejez.
Figura 2 Afiliados por curso de vida
AFILIADOS FPS-FCN SEGUN CURSO DE VIDA
3. ADOLECENCIA; 1368;
2. INFANCIA; 481; 1%
1. PRIMERA INFANCIA; 176; 0%
4%
4. JUVENTUD; 1716; 4%
5. ADULTEZ;
5004; 13%
6. VEJEZ; 30752; 78%
1. PRIMERA INFANCIA 2. INFANCIA 3. ADOLECENCIA 4. JUVENTUD 5. ADULTEZ 6. VEJEZ
La distribución regional de la población usuaria del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, respecto al curso de vida se divide así:
AFILIADOS FPS- FCN POR REGIONAL SEGUN CURSO DE VIDA
X X X X X X X X X
X X X X X X X X
C E N T R A L
A N T I O Q U I A S A N T A N D E R
105
268
781
970
2.050
12.114
39
132
339
464
1.376
8.210
22
49
181
170
945
6.780
10
32
67
112
633
3.648
Figura 3. Afiliados por Curso de Vida
1 . P R I M E R A I N F A N C I A
2 . I N F A N C I A
3 . A D O L E C E N C I A
4 . J U V E N T U D
5 . A D U L T E Z
6 . V E J E Z
1 . P R I M E R A I N F A N C I A
2 . I N F A N C I A
3 . A D O L E C E N C I A
4 . J U V E N T U D
5 . A D U L T E Z
6 . V E J E Z
1 . P R I M E R A I N F A N C I A
2 . I N F A N C I A
3 . A D O L E C E N C I A
4 . J U V E N T U D
5 . A D U L T E Z
6 . V E J E Z
1 . P R I M E R A I N F A N C I A
2 . I N F A N C I A
3 . A D O L E C E N C I A
4 . J U V E N T U D
5 . A D U L T E Z
6 . V E J E Z
El comportamiento poblacional detallado por región, departamento y municipios se encuentran en el Anexo No. 01 del estudio previo – Comportamiento Poblacional.
7. COMPORTAMIENTO EPIDEMIOLÓGICO:
El análisis del comportamiento epidemiológico comprende el análisis de: 1) La morbilidad y 2) La mortalidad.
- Morbilidad:
El análisis de morbilidad que presentan los usuarios del Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en los ámbitos de Consulta Externa, Hospitalización y Urgencias.
- Consulta externa:
Con respecto al nivel Nacional, en el Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia, la primera causa de consulta por sub agrupación de causas, está definida de la siguiente manera:
La primera causa en las enfermedades de los órganos de los sentidos.
La segunda causa en las enfermedades cardiovasculares.
La tercera causa son las enfermedades musculo-esqueléticas.
La cuarta causa son las condiciones orales.
La quinta causa se encuentra las enfermedades genitourinarias dentro de las cuales se encuentran las enfermedades de insuficiencia renal y enfermedades de la próstata.
- Urgencia:
El comportamiento nacional de los usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, es la siguiente:
1º Causa: Enfermedades cardiovasculares.
2º Causa: Traumatismos, envenenamientos u algunas otras.
3º Causa: Enfermedades musculo-esqueléticas.
4º Causa: Enfermedades genitourinarias.
5º Causa: Enfermedades de los órganos de los sentidos.
6º Causa: Infecciones respiratorias.
7º Causa: Enfermedades digestivas.
8º Causa: Persona en contacto con los servicios de salud para la investigación y exámenes.
9º Causa: Enfermedades respiratorias.
10º Causa: Enfermedades infecciosas y parasitarias.
- Hospitalización
A nivel general en el ámbito de hospitalización, se evidencia un predominio de las enfermedades cardiovasculares, de las cuales dependen las enfermedades del corazón y vasos sanguíneos, en segundo lugar las enfermedades por traumatismos, en tercer lugar están las genitourinarias, las cuales incluyen las enfermedades de insuficiencia renal, en cuarto lugar están las enfermedades musculo esqueléticas y en quinto lugar se encuentran las enfermedades digestivas.
1º Causa: Enfermedades cardiovasculares.
2º Causa: Traumatismos, envenenamientos u algunas otras.
3º Causa: Enfermedades genitourinarias.
4º Causa: Enfermedades musculo – esqueléticas.
5º Causa: Enfermedades digestivas.
6º Causa: Enfermedades de los órganos de los sentidos.
7º Causa: Persona en contacto con los servicios de salud para la investigación y exámenes (noclas OMS-OPS).
8º Causa: Enfermedades respiratorias.
9º Causa: Condiciones Neuro – psiquiátricas.
10º Causa: Infecciones respiratorias.
8. SINIESTRALIDAD DE ALTO COSTO:
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles tiene una siniestralidad prevalente verificada a través de los informes de patologías de Alto Costo, los cuales fueron evaluados y auditados de conformidad con los requerimientos establecidos en las resoluciones expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Para su seguimiento, intervención y análisis poblacional, el Fondo ha venido reportado la información en la plataforma de la Cuenta de Alto Costo, subiendo la historia clínica al Share Point para su posterior auditoria por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, de la cual se evidencian los siguientes resultados.
- Hipertensión y Diabetes:
Con relación a la priorización realizada a través xxx XXXX en las siguientes tablas se especifica el comportamiento de las enfermedades precursoras de la Enfermedad Renal Crónica:
Tabla 7 – Pacientes con Hipertensión y Diabetes.
REGIONAL | PACIENTES | % POBLACIÓN |
Xxxxxxxxx | 1430 | 8,78 |
Xxxxxxxx | 1570 | 14,87 |
Central | 1150 | 14,12 |
Antioquia - Santander | 806 | 17,90 |
TOTAL GENERAL | 4956 | 12,55 |
Como se evidencia hay un porcentaje significativo de pacientes con precursoras enfermedades cardiovasculares, por lo tanto se requiere un seguimiento estricto de los pacientes con estas patologías dentro de la prestación de servicios de salud.
- Enfermedad renal crónica:
Se tienen identificados veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y ocho (26.448) pacientes con enfermedad renal crónica en los siguientes estadios:
Tabla 8– Pacientes con enfermedad renal crónica por estadio – Usuarios Fondo
ESTADIO | ESTADIO 1 | ESTADIO 2 | ESTADIO 3 | ESTADIO 4 | ESTADIO 5 | SIN ESTUDIAR |
Xxxxxxxxx | 3333 | 3820 | 3702 | 690 | 144 | 1 |
Pacifico | 807 | 3037 | 2444 | 381 | 38 | 299 |
Central | 48 | 174 | 1750 | 000 | 00 | 0000 |
Antioquia – Santander | 234 | 751 | 926 | 144 | 20 | 403 |
La incidencia cruda por cada 100 habitantes en Colombia está en promedio en el 7,20% para el caso del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, la incidencia cruda está en el 30.18%, equivalente a un 419.16% más que el promedio nacional, tal como se detalla en el anexo correspondiente.
- Cáncer:
REGIONAL | PACIENTES |
Xxxxxxxxx | 658 |
Pacifico | 307 |
Central | 197 |
Antioquia – Santander | 153 |
TOTAL | 1315 |
Se tienen identificados mil trescientos quince (1315) pacientes distribuidos geográficamente así: Tabla 9– Pacientes con Cáncer por regiones – Usuarios Fondo
El estándar nacional por cada 100 habitantes en Colombia corresponde al 0.04% sobre la población asegurada, para el caso del Fondo la población con cáncer equivale al 3.33% de los usuarios asegurados.
- Artritis reumatoide:
REGIONAL | PACIENTES |
Xxxxxxxxx | 180 |
Pacifico | 51 |
Central | 55 |
Antioquia – Santander | 32 |
TOTAL | 318 |
Actualmente, la distribución regional de los pacientes con Artritis reumatoide corresponde a: Tabla 10– Pacientes con artritis reumatoide – Usuarios Fondo
Por la edad de nuestros usuarios se presenta una siniestralidad sentida de pacientes con artritis reumatoide según el informe del Anexo.
- Hemofilia y otras Coagulopatías:
Según la medición por cada 100.000 habitantes en Colombia del promedio asegurado se debería tener máximo un (01) paciente con hemofilia, sin embargo el panorama respecto de los usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia corresponde a:
REGIONAL XXXXXXXXX: Un (01) paciente con hemofilia severa factor VIII y un (01) paciente con otro tipo de coagulopatía.
REGIONAL CENTRAL: Un (01) paciente con hemofilia factor IX y un (01) paciente con otro tipo de coagulopatía
REGIONAL PACÍFICO: Dos (02) pacientes con otras coagulopatías.
- Hepatitis C:
Actualmente, se tienen identificados cuatro (04) casos de pacientes con Hepatitis C en la Regional Xxxxxxxxx. En las demás regionales no se presentan casos.
- VIH.
A pesar que la gran mayoría de usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia superan los 60 años de edad, encontramos una siniestralidad en pacientes con VIH-SIDA en todas las regionales. La identificación de los casos en muchas ocasiones es tardía debido a las ideologías y creencias
religiosas, ya que los pacientes no acceden a los servicios preventivos de salud, si no cuando la patología es evidente.
Distribuidos por departamento la concentración de los 45 casos identificados es la siguiente: Tabla 11 – Pacientes con VIH por Regionales – Usuarios Fondo
REGIONAL MAGDALENA
CIUDAD / MUNICIPIO | CASOS |
Barranquilla | 5 |
Santa Xxxxx | 8 |
Ciénaga | 1 |
Cartagena | 6 |
REGIONAL PACIFICO
CIUDAD / MUNICIPIO | CASOS |
Xxxxxx | 0 |
Xxxxxxx | 1 |
Xxxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxx | 0 |
XXXXXXXX XXXXXXX
XXXXXX / XXXXXXXXX | XXXXX |
Xxxxxx X.X. | 4 |
Facatativá | 1 |
Ibagué | 1 |
REGIONAL ANTIOQUIA – SANTANDER
CIUDAD/MUNICIPIO | CASOS |
Medellín | 1 |
Xxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxx Xxxxxx | 0 |
Xxxxxxxx | 1 |
9. SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD SEGÚN GRUPO DE USUARIOS
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en calidad de Entidad Adaptada en Salud, debe asegurar a los usuarios respecto de la prestación del servicio integral de salud de conformidad con lo establecido en el plan de beneficios en salud (PBS), el plan de atención convencional (PAC) y promoción y prevención de acuerdo con la ruta de promoción y mantenimiento.
Los servicios integrales de salud que deben ser prestados a los pensionados y beneficiarios del Fondo, los cuales se determinan de acuerdo con el tipo de afiliación de que se trate, así:
Usuarios Planes de Beneficios en Salud – PBS: A estos usuarios se les prestarán, de manera exclusiva, los servicios incluidos en el plan de beneficios en salud del régimen contributivo y estarán identificados con un carné denominado PBS, que para tal efecto expedirá el Fondo. En todo caso, la información de los beneficios de cada uno de los afiliados deberá ser consultada por los contratistas
en el correspondiente anexo, y en la base de datos que será suministrada por ésta misma Entidad, así como la discriminación por regiones donde se encuentran cada uno de ellos. Incluyendo lo establecido la Resolución 5857 de 2018 y demás normatividad vigente aplicable.
Usuarios Plan de Atención Convencional – PAC: Este tipo de usuarios tiene derecho a los servicios incluidos en el plan de beneficios en salud del régimen contributivo, así como a los beneficios adicionales fijados en el plan de atención convencional, de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en las respectivas convenciones colectivas, los cuales se detallan en el anexo correspondiente que forman parte del presente proceso de selección, así como la discriminación por regiones donde se encuentra cada uno de ellos. Estos usuarios estarán identificados con un carné expedido por el Fondo denominado PAC. Para su atención el Contratista deberá verificar su estado en la base de datos.
Usuarios Promoción y Prevención PyP: A estos usuarios se les prestará la atención de promoción y prevención de conformidad con la ruta de promoción y mantenimiento, actividades de detección temprana y protección específica, por curso de vida descritas en la Resolución No. 2867 de 2016, los lineamientos técnicos y operativos descritos en la Resolución No. 3280 de 2018 modificada por la Resolución No. 276 de 2019. Esta atención se le brindará tanto a los usuarios PBS como a los usuarios PAC en las mismas condiciones.
Nota: El PBS y EL PyP, están descritos en las normas legales vigentes, las especificaciones del plan de acciones convencionales-PAC, se describen en su totalidad en el Anexo No. 3 del estudio previo.
10. SITUACIÓN ACTUAL DEL ACCESO DE LA POBLACIÓN A LOS SERVICIOS DE SALUD.
Los usuarios asegurados por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles se encuentran atendidos por una red de servicios por regiones y municipios, así: i) oferta de servicios Hospitalarios y Quirúrgicos, ii) Consulta externa Promoción y prevención y iii) apoyo diagnóstico y complemento
A pesar de tener la oferta de servicios por municipio para prestar los servicios que respondan a los problemas y necesidades de la población asegurada por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles, en algunos municipios se viene presentado falta de oportunidad debido a varios factores:
- El difícil acceso de la población a los servicios de salud por la dispersión geográfica en la cual se ubican, estos no llegan con la oportunidad a los servicios solicitados.
- La demora en la espera para la atención, pues el 46% de la red ofertada es Pública y en un alto porcentaje son monopolios en los municipios pequeños, lo que significa que los usuarios del Fondo, deben ser atendidos dentro de los volúmenes de usuarios que manejan estas empresa
- La falta de oportunidad en consulta externa según lo descrito en información de PQR.
- Falta de entrega oportuna de medicamentos, complemento diagnóstico y terapéutico.
- Demora en el apoyo diagnóstico y Terapéutico (autorizaciones procedimientos especializado).
- Inconformismo de los usuarios que hacen que recurran a la alternativa de la acción de tutela para que se respeten sus derechos.
- No hay un sistema de información adecuado que permita conocer en tiempo real las dificultades de acceso a los servicios.
En el Anexo No. 4 del estudio previo – Acceso a los servicios se encuentra con más detalle lo aquí descrito.
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, requiere corregir estas falencias en la prestación del servicio de salud, para garantizar que el mismo sea prestado en condiciones de oportunidad, satisfacción, calidad, accesibilidad y continuidad.
Así mismo, se busca que el futuro se garantice el acceso a los servicios de salud con las características anteriormente mencionadas, de tal manera que se disminuya la mortalidad y morbilidad evitable y se logre mejorar las condiciones de vida de los usuarios del Fondo.
11. IMPLEMENTACIÒN DEL MODELO DE ATENCIÒN INTEGRAL EN SALUD
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, desarrolló un modelo de atención para los afiliados y beneficiarios que busca dar una atención integral y continua, para lo cual define un marco estratégico basado en la atención primaria en salud, la gestión del riesgo, el cuidado, el enfoque diferencial territorial y poblacional y el enfoque de medicina familiar y comunitaria.
Basado en estas estrategias y guardando coherencia con los lineamientos de política nacional de atención integral en salud, promovida por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia, estableció un único modelo integral de salud que debe ser adecuado en todo el territorio nacional donde se hace presente, en consonancia con cada región según sus características demográficas, epidemiológicas, culturales, carga de enfermedad, acceso y disponibilidad de servicios. Según lo anterior, el modelo de atención integral en salud, busca ajustarse en sus componentes operativos a las diferencias poblacionales y territoriales que representan las realidades donde habitan los afiliados y beneficiarios.
El desarrollo del Modelo Integral en Salud en su parte operativa: incluye la caracterización de las poblaciones, conglomerados, personas y familias por grupos de riesgo; sinergia entre acciones colectivas (PIC) y las acciones individuales (PBS), implementación de las rutas obligatorias y priorizadas para el territorio o micro territorio; fortalecimiento de la capacidad resolutiva del prestador primario (equipos extramurales, telesalud, especialidades básicas, gestores en salud , acciones de Salud intercultural) por micro-territorios; acuerdos o concertaciones sobre mecanismos de contratación y pago, desarrollo de capacidades del recurso humano y un fortalecimiento de los sistemas de información que soporten el modelo.
Existe la necesidad de contar con prestadores y operadores que implementen el modelo en cada una de las regionales con las adecuaciones que se requieran en cada entidad territorial. Los detalles del modelo se encuentran en el Anexo No. 5 del estudio previo – Modelo de Atención.
CAPÍTULO SEGUNDO ASPECTOS GENERALES
1. FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
Teniendo en cuenta que el objeto del presente proceso de selección es “GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÒN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA”, el
presente proceso se enmarca en lo señalado en el literal c del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 el cual establece
“(…) ARTÍCULO 2. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:
“(…) 2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
(…) Serán causales de selección abreviada las siguientes:
(…) c) Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 100 de 1993 y en la Ley 1122 de 2007, la celebración de contratos para la prestación de servicios de salud (…)”
Así mismo, el artículo 2.2.1.2.1.2.21 del Decreto 1082 de 2015, establece como otro proceso de selección abreviada, los contratos de prestación de servicios de salud así: “La Entidad Estatal que requiera la prestación de servicios de salud debe utilizar el procedimiento de selección abreviada de menor cuantía. Las personas naturales o jurídicas que presten estos servicios deben estar inscritas en el registro que para el efecto lleve el Ministerio de Salud y Protección Social o quien haga sus veces”.
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, para determinar la oferta más favorable para el presente proceso de selección, se tendrá en cuenta:
La ponderación de los elementos de calidad soportados en puntajes o fórmulas, descritos en el pliego de condiciones correspondiente a la PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
2. LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente proceso de selección y el contrato que se llegue a celebrar se regirán por la Ley Colombiana y en especial, por las normas contenidas en la Constitución Política de Colombia, en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018 y sus Decretos Reglamentarios, la legislación tributaria, las Resoluciones internas de la Entidad y demás normas que las modifiquen o adicionen, así como por los documentos que conforman el presente proceso, el pliego de condiciones, sus anexos, formatos, adendas y demás documentos que sobre la materia se expidan durante el
desarrollo del proceso de selección, y en lo que no esté particularmente regulado en ellas, o en este documento, por las normas legales comerciales y civiles vigentes que sean pertinentes.
3. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 5° del artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015 se convoca a las Veedurías Ciudadanas, establecidas de conformidad con la ley, a realizar el control social al presente proceso de contratación, para lo cual se les invita a consultar los documentos del proceso en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a realizar las recomendaciones que consideren convenientes y a intervenir en las audiencias que se realicen dentro del mismo proceso, en concordancia con las funciones que les corresponden a las Veedurías Ciudadanas establecidas en el artículo 15 de la Ley 850 de 2003.
4. ACCIONES ANTICORRUPCIÓN
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia a los números telefónicos: (0) 000 00 00 (0) 0000000 Ext. 3633; correo electrónico: xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx; por correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxx 00 Xx 0–00 Xxxxxx X.X. También puede reportar el hecho a la Oficina de Correspondencia y Atención al Ciudadano del FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA al número
telefónico (0) 0000000 o en la página web xxx.xxx.xxx.xx .
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
5. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y proponentes.
Descuentos: El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia efectuará los descuentos xx Xxx del orden nacional y municipal vigentes, de acuerdo con la información tributaria suministrada por el Contratista a la Entidad y con la actividad objeto del Contrato.
6. COMUNICACIONES
Todas las comunicaciones entre proponentes y la ENTIDAD, sólo tendrán como conducto regular la página del SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y el correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx los interesados pueden dirigir sus comunicaciones escritas a la XXXXX 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., teléfonos (000) 0000000 Ext. 109 y 112, las cuales se tendrán como únicos medios oficiales, por lo tanto las comunicaciones que se dirijan a otra dirección no se consideraran válidas.
La Entidad no se hará responsable por la demora en la entrega de la documentación que no venga direccionada de la siguiente manera:
Referencia: SELECCIÓN ABREVIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD No. 001 de 2019.
La comunicación debe contener:
El número del presente Proceso de Contratación;
Los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono;
Identificación de los anexos presentados con la comunicación.
Las comunicaciones y solicitudes enviadas a la Entidad por canales distintos a los mencionados no serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación. El Fondo debe responder las comunicaciones recibidas por escrito publicado en el portal de contratación y será obligación del interesado consultar dicho portal a fin de enterarse de las respuestas a las solicitudes y comunicaciones.
7. IDIOMA
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille o consularización.
8. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo a la cuantía del presente proceso y en virtud de los parámetros establecidos en el Artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la presente convocatoria no es susceptible de ser limitada a Mipyme.
CAPÍTULO TERCERO
DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES A CONTRATAR
El objeto a contratar corresponde a GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÒN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA.
1. ALCANCE DEL OBJETO:
Las condiciones aquí descritas serán de obligatorio cumplimiento y serán objeto de un proceso de auditoría sistemático interno o externo por parte del Fondo, y de evaluación por parte de los usuarios delegados de las asociaciones de pensionados reconocidas por las Federaciones de Pensionados, quienes conformarán los Comités de Evaluación de Servicios de Salud creados por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que les asiste a los demás usuarios de asociarse en las formas establecidas por la ley para ejercer el control de los respectivos contratos.
Se precisa que quien preste los servicios de salud contemplados en el Plan de Beneficios en Salud (PBS) y en los respectivos Planes de Atención Convencionales (PAC) a los pensionados y beneficiarios de los programas de Ferrocarriles Nacionales y Puertos de Colombia, se comprometen a hacer efectivos todos los derechos que en materia de actividades, procedimientos, intervenciones, medicamentos, insumos y costos que se establecen en dichos planes.
Además de lo anterior, cada Operador (Contratista), debe iniciar un proceso de formación en humanización del servicio en todo el equipo humano del Operador y su red. El Fondo realizará seguimiento a los contenidos de los programas de este componente, el cual será objeto de seguimiento por parte de equipo de auditoría.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para garantizar el Servicio Integral de Salud, el contratista deberá prestar tres tipos de servicios a los pensionados y beneficiarios del Fondo, a saber: i) Plan de Beneficios en Salud – PBS, ii) Plan de Atención Convencional – PAC, y iii) Acciones Promoción y Prevención (Rutas de Promoción y Mantenimiento). El contratista garantizará la prestación en forma integral y continua de los servicios de salud contemplados en todos los niveles de complejidad, de conformidad con las condiciones definidas en los documentos y anexos del presente proceso de selección.
Adicionalmente, el contratista deberá garantizar la prestación del servicio de salud en el lugar donde el usuario vive, trabaja estudia o se recrea, mientras el servicio allí exista de lo contrario deberá especificar el sistema de referencia y contrareferencia en cumplimiento del principio de continuidad y complementariedad en el servicio.
La prestación del Servicio Integral de Salud deberá garantizar la implementación del modelo de atención establecido para los usuarios del Fondo, descrito en el Anexo No. 5, además debe cumplir con los estándares establecidos en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad para la atención en salud, como son: accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia, continuidad, complementariedad, subsidiariedad, integralidad y satisfacción del usuario como lo describe la normatividad vigente.
A continuación, se determinan los aspectos técnicos más relevantes a tener en cuenta para la presentación de la propuesta:
2.1. COBERTURA DEL ACCESO DE LA POBLACIÓN A LOS SERVICIOS DE SALUD
La Red de Servicios que se pretende contratar, deberá garantizar la atención integral a la totalidad de usuarios del Fondo, que habitan en los 17 departamentos y 76 municipios distribuidos por regionales. El contratista deberá adecuar el modelo de atención y de prestación de servicios a los diferentes grupos de edad y grupos según el curso de vida, en especial los de la tercera edad de conformidad a lo descrito en el Anexo No. 1 del estudio previo.
Por lo anterior, el futuro contratista deberá garantizar la cobertura del acceso según la regional o regionales que le sean adjudicadas.
Nota. El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, por ser entidad adaptada en salud, está exento de la portabilidad, de conformidad con el Artículo 2 del Decreto 1683 de 2013.
2.2. GARANTÍA DE LA PRESTACIÓN DE LOS DIFERENTES PLANES DE BENEFICIOS.
El contratista garantizará la prestación en forma integral de los servicios de salud contemplados en los diferentes planes de beneficios, estos son: i) Plan de Beneficios en Salud – PBS, ii) Plan de Atención Convencional – PAC, y iii) Acciones Promoción y Prevención (Rutas de Promoción y Mantenimiento), de conformidad con las condiciones definidas en la normatividad vigente y en el Anexo No. 3 del estudio previo.
- Plan de Beneficio en Salud (PBS): Para efectos del desarrollo del contrato que se derive del presente proceso de selección, se requiere brindar asistencia en salud a los pensionados y beneficiarios del Fondo, en los términos establecidos en la normatividad colombiana en materia de Plan de Beneficios en Salud – PBS para el Régimen Contributivo.
Corresponde al paquete de servicios básicos en las áreas de recuperación de la salud, prevención de la enfermedad que permita la conservación de su estado de salud previo y el mejoramiento de la calidad de vida, estipulado para todos los afiliados y beneficiarios al SGSSS, cuyas exclusiones están claramente expresadas en la Ley 1751 de 2015 x Xxx Estatutaria.
El Plan de Beneficios en Salud se sujetará a la normatividad que se encuentre vigente y que resulte aplicable durante el plazo de ejecución de los contratos que surjan con ocasión del presente proceso de selección.
- Plan de Atención Convencional (PAC): El futuro contratista deberá brindar asistencia en salud a los pensionados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en los términos establecidos en el programa de beneficios emanados de las convenciones colectivas de trabajo suscritas entre los sindicatos y las empresas Ferrocarriles Nacionales de Colombia y Puertos de Colombia.
Este plan representa un grupo de actividades de atención y cuidado, adicionales al plan de beneficios en salud (PBS) y que implican mejoras sustanciales en la atención de los afiliados y beneficiarios que van orientadas a mejorar la calidad de vida de su entorno individual y familiar.
Representará un paquete de acciones en promoción de estilos saludables y la personalización de los cuidados para los grupos más vulnerables, su contenido se especifica en el Anexo No. 3 del estudio previo.
- Plan de Promoción y Prevención (PyP): Se requiere brindar a los pensionados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, atención integral mediante acciones de protección específica y detección temprana en salud, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico colombiano, sujeto a la normatividad que se encuentre vigente y que
resulte aplicable durante el plazo de ejecución de los contratos que surjan con ocasión del presente proceso de selección de contratistas.
El Plan de Promoción y Prevención, se expresa dentro de la “Ruta de promoción y mantenimiento de la salud “, completamente integradas y sinérgicas con las actividades establecidas en el Plan Decenal de Salud Pública 2012 – 2022 concretadas en los denominados Planes Territoriales de Salud adelantados por las Entidades Territoriales y archivadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Los recursos previstos en el Plan de Promoción y Prevención, se integran a los recursos previstos para los distintos actores del sistema local de salud como son los Planes de Intervenciones Colectivas (PIC) de las Entidades Territoriales, los recursos aportados por las demás entidades aseguradoras (EPS) que comparten la atención de la población del municipio donde habitan los afiliados y beneficiarios del Fondo en el espacio territorial y las entidades que integran las Redes Integrales de Prestación de Servicios de Salud.
2.3. TERRITORIALIZACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN
El contratista deberá diseñar un modelo de atención ajustada a las particularidades del territorio y sus núcleos poblacionales, diferenciando modelos de atención en conglomerados urbanos, ruralidad y alta dispersión señalados en dicha normatividad. La descripción de los territorios y sus características, están contenidos en los Anexos Nos. 1 y 2 del estudio previo donde se plasman los ámbitos territoriales y las necesidades y los problemas que aquejan estas poblaciones.
De igual forma, los diferentes planes de beneficios que se oferten a los distintos afiliados y beneficiarios, deberán ser acordados e integrados a los esfuerzos territoriales en materia de Planificación, según lo establecido en la Política de Atención Integral en Salud – PAIS- y los contenidos definidos para la planificación territorial contenidos en los lineamientos del Plan Decenal de Salud Pública 2012 – 2022 y los Planes departamentales y Locales de salud , logrando de esta forma su incorporación en los sistemas territoriales de salud.
2.4. CARACTERIZACIÓN POBLACIONAL
Con posterioridad a un proceso de acuerdo conceptual frente al proceso de caracterización poblacional, familiar e individual en cuanto a sus variables y estrategias de minería de datos serán exigibles por parte del Fondo en las condiciones y características de la información que deberá ser entregada por los contratistas al realizar la caracterización de la población del Fondo, de manera que se genere al final de los períodos, una Big–Data que soporte la toma de decisiones por parte del Fondo que fundamente el análisis de su comportamiento y defina las necesidades de servicios de su población afiliada y beneficiaria.
El beneficio de la caracterización trae logros importantes para la planificación de los servicios de salud y el desarrollo de modelos de cuidados de estados de “salud” (ausencia de enfermedad) complementarios a los tradicionales servicios de atención de la enfermedad.
Partiendo de este propósito, se entenderá como el conocer las características de cada individuo y su entorno aportará información valiosa para el diseño de planes individuales (personalizados) y familiares de cuidado del riesgo prevalente del padecimiento xx xxxxxxx agudos, enfermedades crónicas o el padecimiento de enfermedades huérfanas y de Alto Costo que determinan los contenidos del gasto de salud esperable por el Fondo y las características de las RIPSS que deberán contratarse para su atención.
2.5. REDES INTEGRALES DE PRESTADORES DE SERVICIOS.
Cada proponente considerando cada ubicación geográfica en el entorno municipal, departamental y regional donde habitan los usuarios, deberá contar con una red integral de prestación de servicios, que cumpla con las condiciones establecidas en la Resolución 1441 – 21/04/2016 y la Resolución 5401 – 29/11/2018 sobre “La Habilitación de Redes Integrales de Servicios de Salud”, y lo propuesto en el Modelo de atención del Fondo expresado en el Anexo No. 5 del estudio previo. Entre las condiciones a tener en cuenta, se evidencian:
• Habilitación de servicios: Cada institución de prestación de servicios debe tener permanentemente los servicios habilitados según la normatividad vigente. El proponente se comprometerá a que mínimo dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de vencimiento de la habilitación de cada servicio, iniciará los trámites de habilitación en aras de evitar que la prestación llegue a suspenderse.
• Red Primaria de Atención: Con la organización y despliegue de servicios, acorde a las necesidades de las comunidades, aportando en la intervención individual y comunitaria de los riesgos en salud, prestando los servicios de baja complejidad y los servicios de consulta externa especializada según el comportamiento epidemiológico de la entidad territorial.
• Red Complementaria: Que sea capaz de gestionar la demanda de servicios, derivada de los niveles básicos para los servicios de mediana y alta complejidad (hospitalarios, quirúrgicos o de Alto Costo).
• Sistema de referencia y contrareferencia: Se deberá presentar un sistema capaz de articular los dos componentes de las RIPSS involucradas en el direccionamiento establecido para cada Ruta integral de atención en salud RIAS, la cual podrá tener carácter regional o central, dependiendo de la tecnología disponible para su desconcentración.
• Metodología para su planeación, organización y ajuste de la Red a las condiciones de salud de los afiliados y beneficiarios asignados.
• Metodología de cómo se mide la suficiencia de la red: de manera que responda a las necesidades y problemas de la población expresada en la carga de enfermedad de la población del Fondo.
• Redes municipales, distritales y regionales: Establecer las Redes Integrales de Prestación de Servicios de Salud por municipio, departamento y región.
• Red Alterna: Definir claramente cuál será la Red Alterna capaz de activarse en caso de problemas de acceso en la Red principal que garantice la continua atención.
• Consideraciones poblacionales: Los contratistas para el diseño y articulación de la red, deberán tener en consideración los siguientes elementos dependiendo de los núcleos poblacionales que serán objeto de la atención. Estas consideraciones poblacionales y su combinación con los servicios más innovadores y costo-eficientes pueden ser:
Zona urbana: Fortalecimiento de la APS y la atención domiciliaria con enfoque familiar y la Telemedicina en sus diversas modalidades.
Área rural y Dispersa: Equipos extramurales, Brigadas de Salud para patologías específicas, Medicina Domiciliaria y la Telemedicina.
- Farmacia de Apoyo: El Proponente deberá ofrecer una farmacia dentro de la red y otra de apoyo en todos los municipios que conforman la regional a la que se presente y donde se presten los servicios de salud.
- Medicamentos: Los medicamentos deberán entregarse de forma inmediata, en caso de que no sean entregados inmediatamente, el contratista deberá enviarlos al domicilio del paciente siempre que éste lo autorice, dentro de los dos días siguientes. Así mismo, el contratista deberá reembolsar al usuario el valor del medicamento en el evento en que no cuente con disponibilidad de entregarlos.
- Seguimiento: El Fondo realizará seguimiento a la operación de la red, según los parámetros establecidos en el Anexo No. 5 del estudio previo, de acuerdo con un proceso de evaluación sistemático de la calidad y la gestión de recursos en la atención en salud.
2.6. GARANTÍA DE LAS CONDICIONES DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS
Todos los servicios realizados por los prestadores en el marco de la atención de los afiliados y beneficiarios del Fondo, deberán cumplir con los diferentes estándares de calidad establecidos por la normatividad vigente para
el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad y los requerimientos particulares exigibles por el Fondo y establecidos en el Anexo No. 4 del estudio previo.
2.7. DEFINIR Y ESTABLECER LAS RUTAS INTEGRALES DE ATENCIÓN EN SALUD – RIAS
Cada proponente deberá definir los contenidos de las diferentes Rutas de Atención definidos para la atención y/o mitigación de los riesgos de la población del Fondo, según las necesidades y problemas priorizados en cada entidad territorial, así:
a. La Ruta de Promoción y Mantenimiento de la Salud para los usuarios del Fondo, se implementara la ruta de promoción y mantenimiento realizada por curso de vida, según lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Socia Esta ruta es de Obligatorio cumplimiento por todos los actores del Sistema, según lo establecido en la Resolución 3280 de 2018 y los anexos metodológicos para su implementación.
b. Las Rutas Integrales de Atención en Salud Se implementarán las rutas que correspondan a los grupos específicos de riesgo establecidos en la caracterización y priorizados por municipio, departamento y región. Estas rutas se cumplirán según la normatividad vigentes. Igualmente se implementarán las rutas definidas por el Fondo para grupos de riesgo o servicios específicos de sus afiliados y beneficiarios.
c. Las Rutas de Atención para patologías y riesgos específicos como son: Materno Perinatal, enfermedades de Alto Costo (en especial la Enfermedad Renal Crónica ERC), la Red de Atención del Cáncer y la Red de Urgencias.
2.8. GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO
El contratista deberá diseñar estrategias que permitan la articulación con los diferentes actores: Entidades territoriales, el Fondo, las IPS que conforman la red y otros actores que dentro de sus funciones propias tienen responsabilidades con el manejo del riesgo en salud de la población.
2.9. INCENTIVOS
El contratista deberá elaborar estrategias, mecanismos e instrumentos para la contratación (capitación por resultados, PGP, eventos, grupos de riesgo).de los diferentes servicios que se requieren con la red integral de prestación de servicios establecida.
El contratista debe elaborar estrategias que estimulen e incentiven al talento humano en salud que participan de la atención, así como estrategias que incentiven a los usuarios al cuidado de la salud, ver Anexo No. 5 del estudio previo.
El contratista podrá subcontratar las IPS y el recurso humano que requiera para el efectivo cumplimiento del objeto del contrato, en aras de garantizar la prestación integral del servicio de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo.
El contratista podrá suscribir contratos con terceros para conformar su red primaria, red complementaria y red alterna o contingente. Sin embargo, bajo ninguna circunstancia el contratista podrá subcontratar bajo la modalidad de pago por capitación, excepto en las actividades de promoción y prevención.
2.10. MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD
Para el presente proceso de selección se requiere que el proponente tenga en cuenta la aplicación de lo establecido en el Anexo No. 05 del Estudio Previo denominado “MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD”. El literal 9 del citado documento será concertado conjuntamente entre el futuro contratista y la entidad.
2.11. DESARROLLO DEL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD.
El modelo de atención integral en salud combina estrategias e insumos para generar un mejor estado de salud en el individuo, supera el ámbito del episodio agudo y contempla un manejo adecuado de la enfermedad crónica, haciendo siempre énfasis especial a la promoción y mantenimiento de la salud.
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia, estableció un único modelo integral de salud en cuanto a sus ejes programáticos, premisas técnicas, rectoría, gobernanza, políticas y en consonancia con cada región según sus características demográficas, epidemiológicas, culturales, carga de enfermedad, acceso y disponibilidad de servicios. Según lo anterior, el modelo de atención integral en salud, busca ajustarse en sus componentes operativos a las diferencias poblacionales y territoriales que representan las realidades donde habitan los afiliados y beneficiarios.
El desarrollo del Modelo Integral en Salud propuesto, guarda plena coherencia con los lineamientos de política relacionadas con la atención en salud que el Ministerio de Salud y Protección Social viene promoviendo y donde cabe destacar los siguientes componentes:
- Identificación del riesgo individual y familiar.
- Desarrollo de la gestión integral del riesgo en salud.
- Desarrollo de las rutas integrales de atención en salud – RIAS.
- Redes integrales de prestadores de servicios de salud – RIPSS.
- Territorialidad del modelo.
- Sistema de evaluación del desempeño e incentivos.
- Sistemas de información.
- Fortalecimiento del recurso humano, administrativo y asistencial.
- Proyectos de innovación.
- Rol del asegurador.
2.12. ACCESO Y OPORTUNIDAD DE LOS SERVICIOS
Para dar inicio a la prestación del servicio integral de salud, se requiere que el contratista tenga identificado:
- Información general del contrato y de las personas o funcionarios que en representación de las partes comparecerán para dar inicio a la prestación del servicio.
- El número de usuarios y beneficiarios que deben ser atendidos.
- El inventario general del recurso humano y físico que dispone el contratista.
- La lista de coordinadores regionales y locales.
El contratista deberá garantizar la oportunidad en la prestación del servicio de salud, para todos los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, que gozan de los beneficios convencionales establecidos en el Plan de Atención Convencional – PAC, los cuales serán monitorizados por la Entidad, de acuerdo con su condición de salud, de conformidad con los indicadores de niveles de servicios.
Cabe resaltar que todas las especialidades podrán generar procesos de Brigada, si es necesario, sobre todo en los sitios donde no se tenga una suficiencia de red adecuada.
Para aquellos pacientes afiliados o beneficiarios del Fondo de Pasivo Social que solo tienen derecho al Plan de Beneficios en Salud – PBS, aplicarán los términos de oportunidad establecidos en la normatividad vigente aplicable.
2.13. PROCESO DE EMPALME
El proceso de empalme deberá realizarse de manera previa al inicio de ejecución de las actividades propias de la prestación del servicio de salud y por lo tanto se llevará a cabo con la mayor antelación posible, de conformidad con los lineamientos y especificaciones técnicas descritas por el Fondo.
El procedimiento de empalme deberá iniciarse por parte de cada contratista una vez sea puesto en conocimiento de la resolución de adjudicación del presente proceso de selección, sin tener que esperar los trámites de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
La fecha de inicio estimada del contrato se prevé para el 01 xx xxxx de 2019, razón por la cual el proponente adjudicatario tendrá la responsabilidad de adoptar todas las medidas administrativas, logísticas y demás para el desarrollo del proceso de empalme de tal manera que se garantice el inicio de la operación en el tiempo establecido.
Así mismo, el contratista queda obligado a la finalización del contrato a realizar el correspondiente empalme, para lo cual dispondrá de mínimo quince (15) días posteriores al vencimiento del plazo so pena de que la entidad pueda hacer efectiva la póliza de garantía de cumplimiento.
En términos generales se deberán considerar los siguientes puntos:
2.13.1. EL PROCESO DE ENTREGA ENTRE EL FONDO Y LA RED DE ATENCIÓN:
Definida la Red de Prestadores que se encargará de la atención integral de la población afiliada y beneficiaria, el Fondo transferirá toda la información frente a las bases de datos, indicadores de atención y de situación de salud, la ubicación por Departamento y Municipio así como la carga de enfermedad por cada región.
Para el efecto, se realizará un completo inventario de la información transferida y debidamente habilitada entregada a cada prestador mandante de RIPSS seleccionada. El Fondo definirá las condiciones de entrega y los controles para la gestión segura del mismo.
2.13.2. EL PROCESO DE ENTREGA DE UNA RED PRESTADORA A OTRA RED PRESTADORA O AL FONDO TRAS LA FINALIZACIÓN DE CONTRATO
El futuro contratista, una vez finalice el contrato deberá realizar la entrega de la población asignada para cuidado y atención. La entrega se efectuará bajo las condiciones establecidas por el Fondo, de tal manera que la transición del empalme y transferencia de la totalidad de las competencias y responsabilidades se de en el período más corto posible.
Entre la información que será objeto del empalme deberá contarse como mínimo con:
- Comportamiento demográfico de la población usuaria.
- Caracterización.
- Integración usuarios – EPS – Prestador.
- ASIS de los usuarios de Fondo.
- Indicadores de Salud Pública.
- Información financiera.
- Autorización aprobada a espera de cumplimiento y el costo (Represa de órdenes autorizadas, pero no causadas).
2.14. SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Los contratistas deben cumplir a cabalidad con los procesos informáticos desde la actualización, validación, organización, administración de datos, transferencia de datos y disposición de la información.
El Fondo, requiere acceder a través de sus equipos a los sistemas de información (plataforma), con los que cuenta el futuro contratista para generar los reportes de manera automatizada, por lo cual deberá brindarle al Fondo, un usuario de consulta con los permisos suficientes de acuerdo con las necesidades de auditoría inspección y supervisión del contrato.
Los contratistas deben cumplir con la información requerida por el Fondo y la establecida en la normatividad vigente, entre otras: Resolución 3374 de 2000, Resolución 1552 de 2013, Resolución 256 de 2016, Resolución 4505 de 2012, y la información requerida para las enfermedades de alto costo. Anexo No. 5 del estudio previo.
2.14.1. SISTEMA DE COMUNICACIÓN
El contratista deberá contar con un sistema de comunicación – call center, para las actividades que deben llevarse a cabo con los usuarios propendiendo por una efectiva comunicación y que cumpla con los estándares de calidad a aplicar, el recuso tecnológico e informático y recurso humano disponible para la atención de los usuarios del Fondo.
Este sistema de comunicación es diferente a la línea de atención e información a usuarios y autorización de urgencias 24 horas del Plan de Beneficios y deberá ser implementada, para lo cual deberán informar al Fondo los números de la misma línea.
El Oferente deberá contar con un sistema telefónico de asignación de citas básicas con capacidad para satisfacer la demanda de los usuarios del Fondo.
2.15. ACCESO Y OPORTUNIDAD DE LOS SERVICIOS
Para dar inicio a la prestación del servicio integral de salud, se requiere que el contratista cuente con:
- Información general del contrato y de las personas o funcionarios que en representación de las partes comparecerán para dar inicio a la prestación del servicio.
- El número de usuarios y beneficiarios que deben ser atendidos.
- El inventario general del recurso humano y físico que dispone el contratista.
- La lista de coordinadores regionales y locales.
El contratista deberá garantizar la oportunidad en la prestación del servicio de salud, para todos los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, que gozan de los beneficios convencionales establecidos en el Plan de Atención Convencional – PAC, los cuales serán monitorizados por la Entidad, de acuerdo con su condición de salud, de conformidad con los estándares que se determinan en el Anexo No. 5 del estudio previo.
2.16. ATENCIÓN AL CIUDADANO
El futuro contratista deberá establecer mecanismos que garanticen a la población usuaria del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, diferentes canales para la recepción de las peticiones, quejas, reclamos y solicitudes.
Así mismo, debe garantizar dar respuesta de fondo a todas las solicitudes sin que estas lleguen al ente de vigilancia y control. El proponente deberá enviar la información pertinente a las solicitudes de los afiliados
usuarios del Fondo, no obstante, algunos usuarios podrían poner en conocimiento de la Superintendencia de salud de este requerimiento.
2.17. COMITÉS DE EVALUACIÓN
El contratista deberá participar en todos los comités de evaluación de servicios de salud de los municipios que conforman la regional y en aquellos locales a los cuales sea citado por parte del Fondo. Dejando claridad que la responsabilidad de las decisiones allí tomadas estarán a cargo del contratista.
Los comités de evaluación locales se realizarán de forma mensual en la sede donde indique el Fondo, a la cual deberá asistir como mínimo un representante del contratista, un representante del Fondo y un representante de los usuarios.
Adicionalmente, se realizarán comités de evaluación regionales cada dos meses en la sede donde indique el Fondo, a la cual deberá asistir como mínimo un representante del contratista, un representante del Fondo y un representante de los usuarios.
La reglamentación sobre el desarrollo y participación en los Comités de Evaluación la determinará el Fondo y será de obligatorio cumplimiento para el contratista.
3. CLASIFICACIÓN UNSPSC
De acuerdo con el clasificador de bienes y servicios de Naciones unidas – UNSPSC, de la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx, el servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra identificado en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, como se indica a continuación:
UNSPSC | 85101700 | |
GRUPOS | F | Servicios |
SEGMENTOS | 85 | Servicios de Salud |
FAMILIAS | 10 | Servicios integrales de salud |
CLASES | 17 | Servicios de administración de salud |
UNSPSC | 85121700 | |
GRUPOS | F | Servicios |
SEGMENTOS | 85 | Servicios de Salud |
FAMILIAS | 12 | Práctica médica |
CLASES | 17 | Servicios de prestadores especialistas de servicio de salud |
UNSPSC | 85101500 | |
GRUPOS | F | Servicios |
SEGMENTOS | 85 | Servicios de Salud |
FAMILIAS | 10 | Servicios integrales de salud |
CLASES | 15 | Centros de salud |
UNSPSC | 85111600 | |
GRUPOS | F | Servicios |
SEGMENTOS | 85 | Servicios de Salud |
FAMILIAS | 11 | Prevención y control de enfermedades |
CLASES | 16 | Prevención y control de enfermedades no contagiosas |
CAPÍTULO CUARTO
ASPECTOS GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
1. PARTICIPANTES
Podrán participar en el presente proceso las personas naturales o jurídicas públicas, privadas o mixtas, nacionales, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, conformadas en los términos establecidos en la Ley 80 de 1993,que prestan servicios de salud de conformidad con la normatividad expedida para el efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social, que su objeto las faculte para prestar los servicios a contratar, con capacidad legal y estatutaria para presentar oferta y desarrollar la actividad a contratar, que cumplan con las condiciones establecidas en este documento.
El proponente singular o el proponente plural deberán cumplir con todos los requerimientos establecidos en el presente proceso.
Es de aclarar que los proponentes pueden presentar oferta para una, dos o más regionales, caso en el cual estas deberán presentar propuestas independientes para cada regional a la que aspiren, aun cuando se repitan los documentos a entregar, es decir, cada propuesta debe contener todos y cada uno de los documentos requeridos de habilitación y calificación establecidos en el presente proceso de selección.
2. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
La documentación e información jurídica y financiera que se establece en este proceso de selección abreviada para la contratación de servicios de salud, para los oferentes individuales deberá presentarse también por cada uno de los integrantes de un proponente conjunto.
En el caso de proponentes conjuntos deberá indicarse claramente el porcentaje de participación que corresponde a cada uno de los miembros; participación que debe reflejarse en el cumplimiento de las condiciones mínimas habilitantes. Adicionalmente, todos los integrantes de la unión deberán acreditar experiencia en las prestaciones de servicios en salud y estar debidamente habilitados en cumplimiento del Decreto 1011 de 2006, Resolución 1043 de 2006 y normatividad complementaria, modificatoria o transitoria.
Los proponentes conjuntos deben demostrar que fueron constituidos con antelación a la fecha de presentación de la propuesta y que su duración será la del posible contrato, incluida la etapa de liquidación. Un miembro de un proponente conjunto no podrá hacer parte de varios proponentes conjuntos, ni presentar propuesta en forma individual en la misma para la cual presenta propuesta el proponente conjunto del cual forma parte. Tampoco podrá participar a título personal o mediante accionistas hasta el segundo grado de consanguinidad.
No podrán participar aquellas personas jurídicas cuyo objeto no se refiera a la prestación de servicios de salud, como tampoco podrán participar entidades que administren estos recursos, o entidades administradoras de planes de beneficios o cajas de compensación.
En ningún caso podrá el contratista entregar la responsabilidad de organizar y prestar los servicios a un tercero en las mismas condiciones en que adquiere ésta responsabilidad frente al Fondo. En caso de concretarse ésta situación, el Fondo entenderá que el Contratista ha incurrido en la práctica de la subcapitación, modalidad prohibida dentro del régimen de seguridad social en salud en Colombia.
NOTA: El proceso de selección se adelantará de forma independiente y paralela para cada regional, por lo que se suscribirá un contrato por cada una de las regiones adjudicadas.
3. ACUERDOS COMERCIALES
Acuerdo Comercial | Entidad Estatal incluida | Presupuesto del Proceso de Contratación superior al valor del Acuerdo Comercial | Excepción aplicable al Proceso de Contratación | Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial | |
Alianza Pacifico. | Chile | SI | SI | SI | NO |
México. | SI | SI | SI | NO | |
Perú. | SI | SI | SI | NO | |
Canadá | SI | SI | SI | NO | |
Chile | SI | SI | SI | NO | |
Corea | SI | SI | SI | NO | |
Xxxxx Rica | SI | SI | SI | NO | |
Estados AELC | SI | SI | SI | NO | |
Estados Unidos | SI | SI | SI | NO | |
México | SI | SI | NO | SI | |
Triángulo Norte | El Xxxxxxxx | SI | SI | NO | SI |
Guatemala | SI | SI | NO | SI | |
Honduras | SI | SI | NO | SI | |
Unión Europea | SI | SI | SI | NO | |
Comunidad Andina de Naciones | SI | SI | NO | SI |
4. RECEPCIÓN DE MANIFESTACIONES DE INTERÉS Y POSTULACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el Cronograma del Proceso, contado a partir de la fecha de apertura del proceso, los posibles oferentes interesados en participar, manifestarán su interés por escrito, a la dirección establecida o a los correos electrónicos relacionados en el cronograma, a través de documento que establezca las formas de contacto y comunicación eficaces a través de los cuales la entidad podrá informar directamente a cada interesado fecha y hora de la audiencia de sorteo, según el cronograma del proceso.
Las manifestaciones escritas y debidamente firmadas deberán contener como mínimo lo siguiente:
Nombre de la persona natural o jurídica.
Nombre del representante legal para el caso de persona jurídica.
Número de cedula de ciudadanía del representante legal o persona natural.
Número de identificación tributaria.
Número de contacto.
Dirección comercial o personal según corresponda y un correo electrónico.
Indicar la regional o las regionales para las cuales pretende participar.
Manifestar intención de participar por parte del interesado, indicando el objeto, modalidad y número del Proceso.
Para el caso de los consorcios y/o uniones temporales, además de la información anterior, deberá indicar el nombre de la figura asociativa y el nombre de sus integrantes, de lo contrario la inscripción no se tendrá en cuenta.
Adicional al documento de manifestación del interés, se deberá aportar copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, donde el Fondo verificará que el objeto social guarde relación con la prestación de servicios de salud, de lo contrario, no será tenida en cuenta.
Para el caso de los proponentes plurales, deberán aportar copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio correspondiente de cada uno de los integrantes que lo conforma,
donde el Fondo verificará que el objeto social guarde relación con la prestación de servicios de salud, de lo contrario, no será tenida en cuenta.
La manifestación de interés, deberá realizarse a través de los medios dispuestos, es decir, a través de correo electrónico o documento físico. Así, para cumplimiento de estos fines, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia cuenta con el correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx.Xx el evento de presentar la manifestación a través de medio físico, este deberá ser radicado en la oficina de atención al usuario y gestión documental, ubicada en el Edificio Estación de la Sabana, Xxxxx 00 Xx.00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
Solo serán tenidas en cuenta las manifestaciones que contengan esta información mínima y que su objeto social guarde relación con la prestación de servicios de salud.
Esta manifestación es un requisito habilitante y como tal debe realizarse dentro del plazo señalado en los pliegos (Cronología del Proceso) (ni antes, ni después).
Cuando el número de posibles oferentes sea superior a diez (10) por regional, la Entidad determinará fecha para realización de Audiencia Pública con el fin de realizar un sorteo para escoger diez (10) proponentes por regional para que participen en el proceso.
Lo anterior no es óbice para que la entidad decida continuar el proceso con todas ellas y prescindir de la realización de la audiencia.
De lo anterior quedará constancia escrita en acta que será publicada en la página Web de la Entidad y en el SECOP.
Cuando el número de posibles oferentes sea inferior a diez (10) por regional, la entidad adelantará el proceso de selección con todos ellos, y se prescindirá de la realización de la audiencia.
5. CIERRE
El presente Proceso de selección abreviada para la contratación de servicios de salud, cerrará en las instalaciones del fondo ubicadas en la Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx, xxxxxx Xxxxxx X.X., en la fecha y hora fijada para el efecto en el cronograma definitivo del proceso, para lo cual los interesados en participar deberán radicar sus propuestas en la Oficina de Correspondencia y Atención al ciudadano ubicada en el primer piso de las instalaciones del Fondo. Cualquier propuesta presentada en otra oficina distinta a la enunciada NO será tenida en cuenta.
Después de la fecha y hora establecidas anteriormente, el Fondo dejará constancia de las propuestas presentadas, y procederá a dar lectura al nombre o razón social del proponente, el número total de folios, el valor asegurado y el número de la póliza de garantía de seriedad de la propuesta y la(s) Regional(es) a la cual presenta propuesta.
Para efectos de control del tiempo, el Fondo se ceñirá conforme a la hora legal colombiana registrada por el Instituto Nacional de Metrología de Colombia, publicada en la siguiente página web: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/
Se aclara que el presente proceso de selección estará abierto hasta la fecha y hora señalada en el cronograma, luego de lo cual no se recibirán más ofertas, como tampoco se recibirán propuestas presentadas en un lugar del Fondo distinto de aquel establecido en el presente documento.
En el acta de cierre del proceso se dejará constancia de las propuestas presentadas por fuera del lugar, fecha y hora establecida en el cronograma del proceso, así como de aquellas ofertas que hayan sido enviadas a través de correo certificado. Tanto las propuestas presentadas a destiempo como las enviadas por correo
certificado o medios electrónicos se devolverán sin habérseles dado apertura y en el mismo estado en que fueron recibidas y en el acta de cierre se ordenará la devolución inmediata de la misma.
6. PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El plazo del presente proceso de selección, entendido como el término contado a partir del día hábil siguiente a la fecha en la cual el FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA
informa a los interesados el resultado del sorteo y hasta el cierre del proceso, será el establecido en el cronograma del presente proceso. En caso de no proceder el sorteo, el plazo correrá a partir del día hábil siguiente al vencimiento del término para las manifestaciones de interés.
Todos los plazos del presente proceso de selección hasta la firma del contrato serán los establecidos en el cronograma; sin embargo, estos plazos podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el término razonable que determine la Entidad y la justificación se hará constar en la adenda correspondiente, salvo que exista regulación especial en la ley o el reglamento.
7. SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección podrá ser suspendido por un término no superior a quince (15) días hábiles, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se considere necesario. Este término podrá ser mayor si la entidad así lo requiere, de lo cual se dará cuenta en el acto que lo señale.
8. ACLARACIONES Y ADENDAS A LOS DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN ABREVIADA
Si algún proponente encuentra una inconsistencia, error u omisión en los documentos del presente proceso de selección o requiere una aclaración de cualquier estipulación contenida en los mismos, deberá formular al FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, al correo electrónico
xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx o presentarlas por escrito en la CALLE 13 No. 18-24 Estación de la Sabana DEPENDENCIA Oficina de Correspondencia y Atención ubicada en el Primer Piso, ciudad Bogotá D.C. Dichas observaciones deberán ser presentadas de acuerdo a lo establecido en el cronograma del presente proceso.
La consulta o su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas, y en consecuencia si el interesado antes del cierre del presente proceso no recibe respuesta de la entidad, las condiciones xxx xxxxxx y sus adendas habrán de tomarse como se expidieron originalmente.
El FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, se reserva la facultad
de hacer las aclaraciones que considere necesarias hasta antes del cierre del presente proceso, en cuyo caso las publicará en el Portal Único de Contratación – Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Toda modificación a las condiciones previstas en el presente pliego de condiciones se hará mediante
ADENDAS, numeradas en forma consecutiva, las cuales formarán parte integral del mismo.
Así mismo, acorde con lo señalado en el inciso tercero del artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe publicar las adendas en días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.
De igual manera, es importante señalar que la entidad podrá expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
Será responsabilidad de cada proponente consultar el Portal Único de Contratación – Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx para efectos de enterarse de las respuestas y adendas que expida la Entidad.
Cada proponente deberá anotar en el espacio respectivo de la carta de presentación de la propuesta, que ha consultado en el Portal Único de Contratación – Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx la información sobre preguntas, respuestas y adendas, y que su propuesta ha sido preparada de acuerdo con las mismas. En el evento de no anotarlo se entenderá con la presentación de la propuesta que ha efectuado las consultas respectivas.
En caso de Consorcio o de Uniones Temporales, la información sobre preguntas y respuestas se entenderá que ha sido consultada por el representante legal del Consorcio o la Unión Temporal.
Las adendas y el documento de preguntas y respuestas se publicarán en el Portal Único de Contratación – Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, las cuales harán parte integral del proceso de contratación.
Se entiende con la presentación de la propuesta que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos y trámites y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
Así mismo, con la presentación de la propuesta se entiende que el proponente tiene conocimiento de los diferentes documentos que han sido publicados durante el presente proceso de selección a través de los diversos medios de comunicación que utilice para el efecto la entidad.
9. NÚMERO MÍNIMO DE OFERENTES
El proceso se adelantará con la presentación de al menos una oferta en la regional, cuya adjudicación se llevará a cabo siempre que la propuesta reúna los requisitos mínimos de participación exigidos en este Pliego de Condiciones Definitivo y no esté incursa en alguna de las causales de rechazo.
10. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán por escrito en máquina o computador, foliadas, en castellano y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta.
Se reitera que en caso que el proponente se presente a más de una región debe presentar propuesta por cada una de ellas.
La propuesta por regional deberá ser presentada en tres (3) sobres así:
Un (1) sobre cerrado y marcado ORIGINAL, que contenga la propuesta original completa, con todos los documentos, formularios, apéndices, y anexos relacionados.
Dos (2) sobres cerrados y marcados respectivamente como COPIA, los cuales contendrán dos copias exactas de la propuesta original, a que se refiere el punto anterior.
Una (1) copia de la propuesta de medio magnético, con los documentos que contienen la propuesta original, y los archivos en Excel requeridos.
Las propuestas deben contener todos los documentos indicados en el presente pliego de condiciones.
El presente proceso de selección está comprendido por cuatro regionales, que componen la totalidad de lo aquí establecido, razón por la cual el proponente podrá presentarse en una, dos, tres o en todas, las que tenga cobertura, teniendo en cuenta que deberá presentar una oferta independiente para cada una.
En cada uno de los sobres deberá indicar la regional para la cual se presenta.
Las propuestas deberán venir escritas de manera legible, paginadas, con interlineado sencillo, foliadas, y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta, así mismo la propuesta en medio magnético debe tener identificados y nombrados cada uno de los documentos que la conforman.
Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de manera que se identifique el nombre y número del proceso de selección, el nombre del proponente, el nombre del representante legal del proponente, su dirección, teléfono y correo electrónico y el contenido del sobre según sea: ORIGINAL O COPIA. En caso de que haya discrepancias entre el original y la copia, prevalecerá el original.
Si algún proponente considera, que un formato en alguna forma impide mencionar o destacar algunos detalles, o información que él supone de importancia para la evaluación de su propuesta, deberá presentar además de los formatos correspondientes, toda la información que considere necesaria para complementar su propuesta en un apéndice, marcando claramente la parte específica del formato de la propuesta, del cual hace parte como apéndice.
Igualmente, en caso que existan diferencias entre el texto escrito de la oferta económica y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto escrito.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijadas para su entrega, serán consideradas como propuestas extemporáneas.
La entidad, no asumirá responsabilidad alguna por no tener en cuenta cualquier propuesta que haya sido incorrectamente entregada o identificada.
11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección/ Publicación de Documentos y Pliegos Definitivos. | 14 xx xxxxx de 2019 | Sistema Electrónico de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | |
Presentación de manifestaciones de interés. | Del 14 al 18 xx xxxxx de 2019 | Hasta las 2:30 PM | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx –Oficina de Atención al Usuario y correspondencia Horario Laboral 7:30 AM a 4:30 PM o remitirlos al correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx |
Conformación Lista de Oferentes y Sorteo (Decreto 1082 de 2015). Si a ello hubiere lugar. | 18 xx xxxxx de 2019 | A las 4:00 PM | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx – Dirección General |
Consolidación de Manifestaciones de Interés. | 00 xx xxxxx xx 0000 (Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx) | HORARIO SECOP | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx- Dirección General. |
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones. | Del 14 al 19 xx xxxxx de 2019 | Hasta la 4:30 PM | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx –Oficina de Atención al Usuario y correspondencia o al correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx |
Respuesta observaciones al Pliego de condiciones. | 27 xx xxxxx de 2019 | HORARIO SECOP | Sistema Electrónico de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Plazo límite para la expedición de Xxxxxxx. | Hasta 29 el xx xxxxx de 2019 | Hasta las 9:59 AM | Sistema Electrónico de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: |
Plazo Máximo Presentación de Ofertas. | 01 xx xxxxx de 2019 | Hasta las 10:00 AM. | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx –Oficina de Atención al Usuario y correspondencia- Bogotá. |
Informe de presentación de Ofertas/ Acta de Cierre. | 01 abril de 2019 | Acto seguido al cierre. | Sistema Electrónico de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: |
Evaluación de las ofertas. | Del 01 al 08 xx xxxxx de 2019 | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx – Dirección General/ Subdirección Financiera/ Coordinación GIT Bienes, Compras y Servicios Administrativos | |
Publicación del informe de evaluación de las Ofertas. | 8 xx xxxxx de 2019 | Sistema Electrónico de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: | |
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las Ofertas y Plazo para subsanar. | Hasta el 11 xx xxxxx de 2019 | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx –Oficina de Atención al Usuario y correspondencia Xxxxxxx Xxxxxxx o remitirlos al correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx | |
Respuesta a Observaciones / Resolución de adjudicación / Declara Desierto. | 16 xx xxxxx de 2019 | Sistema Electrónico de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
CAPÍTULO QUINTO
CONDICIONES PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, las propuestas presentadas serán verificadas y evaluadas en los aspectos técnicos, jurídicos, financieros y de experiencia, aspectos sobre los cuales se proferirá un informe que será puesto a consideración de los oferentes por el término establecido en el cronograma, a fin de que los proponentes formulen las observaciones que estimen pertinentes.
La primera copia de las ofertas estará a disposición de los oferentes en la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad y, en todo caso, las copias que soliciten los proponentes serán expedidas x xxxxx de estos mismos. El Fondo llevará a cabo el registro sobre los proponentes y demás interesados que consulten las propuestas
2. REQUISITOS HABILITANTES
Conforme a lo establecido en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto ley 019 de 2012 y en el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015 los requisitos habilitantes se establecieron bajo un esquema de CUMPLE Y NO CUMPLE.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, en al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se establecieron como requisitos habilitantes la capacidad jurídica, financiera, operacional, técnica y las condiciones de experiencia mínimos que aquí se establecen.
Los requisitos habilitantes se VERIFICARÁN entregando el siguiente resultado:
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES | |||
1 | Capacidad Jurídica | Verificable | HABILITA |
2 | Capacidad Financiera | Verificable | HABILITA |
3 | Capacidad Organizacional | Verificable | HABILITA |
4 | Condiciones de Experiencia | Verificable | HABILITA |
5 | Capacidad Técnica | Verificable | HABILITA |
RESULTADO CUMPLE / NO CUMPLE |
La Entidad podrá verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, Entidades Estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación.
En caso de faltar alguno de los requisitos habilitantes, estos deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación señalado en el cronograma del presente proceso de selección para la contratación de servicios de salud. Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
3.1. CAPACIDAD JURÍDICA
La exigencia de la capacidad jurídica del proponente tiene por objeto determinar si las propuestas presentadas dentro del proceso de selección se ajustan a los requerimientos legales que de acuerdo con la naturaleza del contrato deben cumplirse, esto es, la aptitud del proponente de ser titular de derechos y obligaciones y por
tanto, de ejercer o exigir los primeros y contraer los segundos en forma personal o a través de su representante legal o apoderado, así como no estar incurso en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés que le impidan celebrar el contrato.
El análisis de los documentos jurídicos solicitados, no dan derecho a la asignación de puntaje, pero esta conducirá a determinar si el oferente es hábil o no para participar en la convocatoria pública, por tanto el proponente debe acompañar su propuesta con los siguientes documentos:
3.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Este documento deberá ser firmado por el Representante Legal del proponente singular o por el Representante designado en el documento de constitución, si se trata de proponente plural.
El proponente deberá presentar este documento, de acuerdo con el modelo suministrado por la Entidad. El proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la Entidad.
Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
En caso de personas jurídicas, tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Además deberán presentarse, cuando sea necesario, las autorizaciones que determine la Ley o los estatutos.
En caso de ser consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender la de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
NOTA. La carta de la presentación de la propuesta deberá ser firmada por el representante legal principal, en caso de estar autorizado o por quien lo proceda en ausencias temporales o absolutas, dicha ausencia deberá está justificada, para proceder a otorgar la validez de la misma.
3.1.2. ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Los proponentes deberán acreditar su existencia legal mediante los siguientes documentos:
Certificado expedido de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del proceso, en caso de prórroga del plazo de la presente selección, este certificado tendrá validez con la primera fecha de cierre.
El objeto social del oferente debe permitir la actividad, gestión y operación que se solicita en este proceso de contratación y en el contrato que de él se derive.
Así mismo, para contratar, la persona jurídica oferente deberá demostrar que su duración no es inferior a la duración del contrato y cinco (05) años más contado a partir de la fecha de liquidación del mismo, de conformidad con el inciso 2 del artículo 6 de la Ley 80 de 1993.
De igual manera, deberá aportar autorización expresa para contratar del órgano social competente, cuando a ello hubiere lugar. El documento de autorización deberá presentarse debidamente suscrito y expedido con anterioridad a la presentación de la propuesta.
En el evento en que en el certificado mencionado no se indique las facultades del representante legal o la duración de la sociedad, el proponente deberá presentar el extracto de los estatutos sociales en donde se indiquen las mismas, con el fin de verificar, directamente por parte de la Entidad, estos aspectos.
Cuando el proponente sea persona jurídica sin ánimo de lucro, deberá presentar junto con su propuesta los Estatutos de constitución con sus correspondientes reformas vigentes. Lo anterior, en caso de ser necesario para verificar información que no se pueda constatar con el certificado de existencia y representación legal.
En caso de presentarse la oferta en Consorcio o Unión Temporal, estos documentos deben ser presentados en forma individual por cada uno de los integrantes.
Si el proponente o los integrantes del mismo cuando éste sea un Consorcio o Unión Temporal, al cierre del proceso carezcan de los requisitos previstos en cuanto al registro o sucursal domiciliada, la indicación de las facultades del Representante Legal, el término de duración y el objeto social exigidos, la propuesta correspondiente NO SERÁ HABILITADA.
La capacidad de la persona jurídica oferente se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, lo cual se verificará en el certificado de existencia y representación legal o en los estatutos de la sociedad. Para proponentes que sean consorcio o unión temporal, todos sus miembros deben cumplir con este requisito.
Los oferentes deben acreditar la renovación de la matrícula mercantil, lo cual se verificará con el certificado de existencia y representación legal.
3.1.3. CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, y en concordancia con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente junto con la presentación de su oferta debe acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, que comprende el Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
Para lo cual, el proponente persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal, con personal vinculado laboralmente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual se acredite el pago de los aportes realizados durante por lo menos los seis (6) meses anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección.
En el caso de personas jurídicas, dicha certificación debe venir suscrita por el revisor fiscal de la sociedad, si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el representante legal de la sociedad proponente.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal respectivo y según corresponda.
El revisor fiscal debe figurar inscrito en el certificado de existencia de representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
La Entidad se reserva el derecho de verificar la información certificada por el revisor fiscal o representante legal, según sea el caso, haciendo las respectivas consultas ante las instancias competentes con el fin de establecer si el proponente se encuentra al día con las obligaciones derivadas del sistema de seguridad social y demás aportes a que hubiere lugar.
Si el proponente no tiene más de seis (6) meses de constituido, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Se verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas
establecidas en las normas vigentes. Para el cumplimiento del aporte en salud, éste se deberá hacer de conformidad con lo establecido en el Decreto 2236 de 1999 y las demás normas que lo regulen.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el proponente deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
En caso que el proponente no tenga empleados a su cargo, o por cualquier motivo no esté obligado al pago de aportes de seguridad social y parafiscal, así deberá manifestarlo.
3.1.4. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, se deberá aportar el documento de constitución suscrito por sus integrantes, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de tal manera que se demuestre el estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 7o. de la ley 80 de 1993, según formato xxx xxxxxx, donde se debe:
a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal.
b. Identificar a cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identidad y domicilio.
c. Designar la persona, que para todos los efectos, representará el consorcio o la unión temporal. Deberán constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al proceso de selección y las de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios.
d. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades, su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa.
e. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la UNIÓN TEMPORAL, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad.
f. Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y cinco (5) años más.
En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del consorcio o unión temporal, la Entidad requerirá al proponente y le fijará el plazo dentro del cual deba presentarlas. En el caso de no entregar las aclaraciones dentro del plazo establecido, la oferta será rechazada.
En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución y para efectos del pago, en relación con la facturación deben manifestar:
1. Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el número del NIT de quien factura.
2. Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato.
3. Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se debe indicar el número. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de la Entidad.
La Entidad NO acepta propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
Conforme a lo establecido en el artículo 9 de la ley 80 de 1993 una vez celebrado el contrato no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de la Entidad.
3.1.5. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA.
El proponente deberá aportar con su propuesta, el Formato (Compromiso de Transparencia), debidamente diligenciado.
En caso de consorcio o unión temporal esta declaración deberá ser, además, suscrita por cada uno de los integrantes que lo conforman.
3.1.6. ANTECEDENTES FISCALES, DISCIPLINARIOS Y JUDICIALES.
Verificación de no inclusión en el Boletín de Responsables Fiscales.
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar que el e contratante persona natural o jurídica y su representante legal, o los miembros del proponente plural y sus representantes no se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, El Fondo verificará en el último Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n) reportado (s) en dicho Boletín.
Verificación del Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación.
Es requisito indispensable para la presentación de la propuesta que la persona jurídica y su representante legal, o la persona natural o los miembros del proponente plural y sus representantes que participe en el proceso de selección no se encuentren reportados en el SIRI.
De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del proponente y cada uno de sus integrantes. El Fondo realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios a través de la página web de la Procuraduría General de la Nación.
Verificación de antecedentes judiciales del Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional.
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del proponente (representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), El Fondo realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través de la página web de la Policía Nacional.
3.1.7. CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC
Es requisito indispensable para la presentación de la propuesta que la persona jurídica y su representante legal, o la persona natural o los miembros del proponente plural que participen en el proceso de selección no se encuentren reportados en el RNMC. Para lo cual se deberá anexarse certificado del Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas que para el efecto lleva la Policía Nacional, correspondiente a la persona natural
oferente o al representante legal de la persona jurídica, con una fecha no mayor a 3 meses, contados desde la presentación de la propuesta.
3.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, los proponentes podrán otorgar como mecanismos de cobertura del riesgo cualquiera de las garantías establecidas por la citada norma, siempre y cuando se cumplan los requisitos señaladas para cada una de ellas en la mencionada reglamentación y la respectiva garantía además cumpla con la información mínima requerida en el presente literal.
En el evento en que el proponente opte por constituir una póliza de seguros ésta deberá cumplir con los requisitos del presente numeral y deberá ser expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, así mismo, el costo de la prima de la garantía será por cuenta del proponente.
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, persona jurídica o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
En el caso de proponentes plurales debe ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando todos sus integrantes y el porcentaje de participación) y no a nombre de su representante. Los nombres deben señalarse de la misma forma como figuran en el certificado de existencia y representación legal, expedido por la autoridad competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
La garantía deberá constituirse de la siguiente manera:
- Valor de la garantía de seriedad de la oferta: Diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para la regional en la que se presenta.
- Vigencia: Ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del proceso.
- Constituirse a favor de: XXXXX XX XXXXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX con NIT 000.000.000-2.
- Citarse claramente que se está garantizando la seriedad de la propuesta presentada para participar en el proceso. El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso.
- Firmarse por la aseguradora y por el oferente.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de seriedad de oferta deberá cubrir los siguientes eventos:
a. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
b. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
c. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
En el evento que la propuesta la presente un Consorcio o una Unión Temporal, en la garantía de seriedad de la oferta deberá estipularse que el tomador es “El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), e individualizarse las personas naturales y/o jurídicas que la conforman”, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
En el evento en que la Entidad amplíe la fecha de cierre del proceso de selección, el proponente deberá ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta de tal suerte que la vigencia de la misma cubra el plazo total establecido en este literal.
La Garantía de seriedad, una vez seleccionado el contratista, podrá ser reclamada por los proponentes o sus representantes o apoderados en la siguiente forma:
Por el seleccionado, una vez aprobada la garantía única que ampare el contrato suscrito.
Los demás oferentes podrán reclamarla dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso de selección en la Entidad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018, el cual modifica el Parágrafo 1 y se incluyen los parágrafos 3, 4, y 5 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, “La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma”.
3.1.9. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
En virtud de lo contemplado por el inciso segundo del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, no solicitará la presentación del registro único de proponentes - RUP.
Por lo anterior, la entidad procederá a verificar la capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y organizacional de los proponentes, de conformidad con las especificaciones descritas en el presente documento. Así como la manifestación por parte del proponente, bajo la gravedad de juramento acerca de si existen sanciones que puedan inhabilitarlo.
3.1.10. CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los oferentes no deberán estar incursos en inhabilidades o incompatibilidades para contratar con la Entidad, de conformidad con las previsiones de la Ley 80 de 1993, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas concordantes.
Por lo cual, el proponente personal natural o jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, cuando el proponente sea plural, debe presentar certificación, en la cual se acredite bajo la gravedad del juramento no estar incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad ni conflicto de interés alguno, que le impida ser contratista del Estado y ejecutar el contrato germinante del presente proceso de selección.
Para el cumplimiento del presente requisito la Entidad establecerá un Formato adjunto al Pliego de Condiciones.
3.1.11. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT
El proponente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberán presentar la copia del Registro Único Tributario – RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia – DIAN, con fecha de expedición no mayor a un (01) año.
3.1.12. DOCUMENTO DE IDENTIDAD
Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la persona jurídica y en caso de consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes anexará copia de su respectiva cédula de ciudadanía.
3.1.13. CERTIFICACIÓN BANCARIA
Se deberá presentar certificación bancaria del proponente o de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, con fecha de expedición no mayor a 3 meses. Dicho documento deberá indicar el nombre del titular, el número y tipo de cuenta y el nombre de la entidad financiera.
3.1.14. AUTORIZACIÓN PARA PUBLICAR EN SECOP I LA PROPUESTA, EN CASO DE SER ADJUDICATARIA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY DE DATOS.
El representante legal del proponente o del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar documento contentivo de autorización, en el cual se autorice al Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia para que, en caso de resultar adjudicatario se pueda publicar la oferta en la plataforma del Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II, de acuerdo al tratamiento de datos personales dispuesto en la Ley 1581 de 2012.
3.1.15. HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL PROPONENTE
El proponente deberá allegar con la propuesta la Hoja de Vida de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 190 de 1995, al establecer que: “Todo aspirante a ocupar un cargo o un empleo público, o a celebrar un contrato de prestación de servicios con la administración deberá presentar ante la unidad de personal de la correspondiente entidad, o ante la dependencia que haga sus veces, el formato único de hojas de vida debidamente diligenciado en el cual consignará la información completa que en ella se solicita”.
3.1.16. ANEXO DE MULTAS, SANCIONES O EFECTIVIDAD DE LAS GARANTÍAS
El proponente deberá relacionar en un Anexo, las multas y demás sanciones por incumplimiento que le hayan impuesto como contratista, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato respectivo, las cuales pueden haber sido impuestas directamente por la entidad contratante, ya sea pública o privada, así como los actos administrativos mediante los cuales se les haya hecho efectivas las garantías constituidas para respaldar los contratos.
En caso de consorcios o uniones temporales, todos y cada uno de los integrantes deberán diligenciar este Anexo.
3.1.17. LIBRETA MILITAR.
Si el representante legal del proponente es hombre menor de 50 años se deberá allegar fotocopia de la Libreta Militar. Para el caso de consorcio o Uniones Temporales cada integrante de los mismos deberá anexar esta copia cumpliendo de manera independiente este requisito.
3.2. CAPACIDAD FINANCIERA
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia habilitará la capacidad financiera y patrimonial del proponente que asegure a la entidad la ejecución sin riesgos económicos del objeto a contratar, para lo cual debe cumplir con los siguientes rangos financieros.
El estudio financiero de las propuestas, no tiene ponderación alguna, se efectúa con el fin de medir la fortaleza financiera del interesado, e indica si la propuesta CUMPLE O NO CUMPLE.
Para que la propuesta sea admitida, se deben cumplir los indicadores aquí descritos, para lo cual aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
- Balance General, Estado de Resultados, Estado de cambios en la situación patrimonial y Estado de flujos de efectivo con corte a 31 de diciembre de 2018 comparativo a 31 de diciembre de 2017 certificados, dictaminados y con notas a los estados financieros.
- Relación de estado de cuentas por cobrar a clientes por edades de vencimiento.
- Relación de pasivos de proveedores por edades de vencimiento.
- Certificación de obligaciones mercantiles de más de 360 días, suscrito por el Representante Legal y Revisor Fiscal.
- Cumplimiento de las condiciones de las IPS para celebrar contratos de prestación de servicios de salud, de ingreso a la base de datos, certificación de archivos adjuntos, información general y de tipo
financiero, especificaciones técnicas, plazos, cumplimiento de las instrucciones y veracidad de la información entre otros, de la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.
- Fotocopia legible de la tarjeta profesional tanto de los contadores como de los revisores fiscales, en caso de modificación se deben reportar los cambios en 15 días hábiles al Fondo del Pasivo Social. Certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedidos por la Junta Central de Contadores.
- Para aquellas personas jurídicas obligadas a tener Revisor Fiscal, deberán presentarse los respectivos dictámenes. En los casos que aplique, los Estados Financieros deberán estar suscritos por el representante legal, el contador y el revisor fiscal. Los documentos a que hace referencia este numeral deben cumplir con lo establecido en la Ley 43 de 1990, el Decreto 2649 de 1993 y la Ley 222 de 1995 y demás normas contables vigentes.
La fortaleza financiera del proponente se medirá de la siguiente manera:
3.2.1. PATRIMONIO:
El Patrimonio reportado por el oferente en su Balance General, se debe encontrar por encima del sesenta por ciento (60%) de la cuenta de Balance que registra el Capital Social (Art.83 Dcto. 2649 de 1993), según corresponda, de acuerdo con la naturaleza jurídica del proponente.
Para proponentes individuales, la fórmula aplicable será la siguiente:
Patrimonio Mínimo = Patrimonio x 100 / capital.
Para el caso de proponentes conjuntos, a fin de calcular el cumplimiento de este indicador, se sumarán las razones financieras de cada uno de los integrantes del proponente conjunto con la siguiente fórmula:
Patrimonio Mínimo= (Patrimonio total proponente. 1 + Patrimonio total proponente 2... etc) x 100 / (Capital proponente 1 + Capital Proponente 2... Etc.)
Para el cálculo del Patrimonio Mínimo se restará del Patrimonio Total registrado en el Balance, el saldo de la cuentas Superávit por Valorizaciones y Revalorización del Patrimonio. (Art. 85 y 90 del decreto 2649/93 y todas aquellas que la modifiquen o deroguen).
Ninguno de los miembros de un proponente conjunto puede presentar dentro de sus estados financieros un saldo de la cuenta patrimonio inferior al 50% de la Cuenta de Balance que registra el Capital Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Decreto 2649 de 1993.
3.2.2. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO:
Es una razón que nos indica la propiedad que tienen los terceros sobre la empresa. El resultado deberá ser menor o igual a 70%.
En el caso de proponentes individuales, el endeudamiento se calculará mediante la siguiente fórmula: Pasivo Total x 100/Activo total.
En el caso de proponentes conjuntos, para calcular el cumplimiento del indicador, se suman las razones financieras de cada uno de los miembros que lo conforma y se aplicará la siguiente fórmula:
(Pasivo Total Prop 1 + Pasivo Total Prop. 2... Etc.) X 100 /(Activo Total Prop. 1 + Activo Total Prop. 2... Etc.
3.2.3. LIQUIDEZ:
Será evaluada mediante la prueba ácida. Este indicador mide la capacidad de la empresa para cancelar sus obligaciones corrientes (corto plazo) sin depender de la venta de sus inventarios.
El resultado de este indicador, debe ser mayor o igual a uno punto dos (> o = 1.2) y se aplicará la siguiente fórmula:
Activo Corriente – Inventarios / Pasivo Corriente
Para el caso de proponentes conjuntos, a fin de calcular el cumplimiento del indicador, se sumarán las razones financieras indicadas de cada miembro que lo conforma y se aplicará la siguiente fórmula:
((Activo Corriente – Inventarios Prop. 1) + (Activo Corriente - Inventarios Prop. 2)... Etc ) / (Pasivo Corriente Prop. 1 + Pasivo Corriente Prop. 2... etc).
3.2.4. CAPITAL DE TRABAJO:
Entendido como activo corriente menos pasivo corriente, no podrá ser inferior al valor de un pago mensual correspondiente al presupuesto oficial establecido para la zona o región correspondiente. Se calcula mediante la siguiente formula:
Activo Corriente – Pasivo Corriente
Para el caso de proponentes conjuntos, se sumarán los capitales de trabajo de cada uno de los miembros que lo conforman, aplicando la siguiente formula:
(Activo Corriente Prop. 1 + Activo Corriente Prop.2... etc) – (Pasivo corriente prop. 1 + pasivo corriente prop. 2... etc).
3.2.5. ENDEUDAMIENTO A CORTO PLAZO (MENOR DE UN AÑO) / VENTAS:
Indica la proporcionalidad del nivel de endeudamiento de corto plazo sobre las ventas.
Para el caso de proponentes conjuntos, se sumarán las razones financieras de cada uno de los miembros que lo conforman, aplicando la siguiente formula:
(Endeudamiento proponente 1+Endeudamiento proponente 2…etc. / Ventas proponente 1+ Ventas proponente 2….etc.)
El indicador no podrá ser superior a 0,8.
3.2.6. EBITDA (EVALUACIÓN ANTES DE IMPUESTOS, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES):
Utilidad operacional + depreciaciones + amortizaciones.
Para el caso de proponentes conjuntos, se sumarán los conceptos de cada uno de los miembros que lo conforman, aplicando la siguiente formula:
(Utilidad operacional (o pérdida) + depreciaciones +amortizaciones prop1)+ (Utilidad operacional (o pérdida)+depreciaciones+ amortizaciones prop 2) (etc).
El EBITDA deberá ser mayor que 0. (>0).
3.3. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Para que la propuesta sea admitida, se debe cumplir el siguiente indicador:
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO – RP
RP= Utilidad neta _ Patrimonio | Igual o Superior a 5% |
NOTA 1: En caso de consorcios o unión temporal, la capacidad financiera y de organización del proponente, será calculada con base en los índices de cada uno de los integrantes del proponente plural, ponderados por el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
En todo caso, la capacidad de organización no podrá ser inferior a la mínima requerida en el presente numeral.
NOTA 2: Los proponentes extranjeros deberán presentar la información financiera – organizacional que aquí se solicita de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo a la normatividad vigente del país originario:
Balance General.
3.4. CONDICIONES DE EXPERIENCIA
3.4.1. EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
El proponente deberá aportar máximo TRES (03) certificaciones de contratos ejecutados en los últimos diez
(10) años; la sumatoria de las certificaciones deberá corresponder a un valor igual o superior al veinte por ciento (20%) del valor del presupuesto total correspondiente a la regional a la que se presenta.
Para los proponentes conjuntos, el requisito se cumplirá al verificar la sumatoria de la experiencia de los miembros que lo conforman, de acuerdo al porcentaje de participación. Cada miembro del consorcio o unión temporal deberá aportar al menos una certificación de experiencia.
3.4.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Dentro de las certificaciones aportadas para acreditar la experiencia del numeral 3.4.1, el proponente deberá acreditar experiencia de cobertura de salud en mínimo el 80% de los municipios que conforman la regional a que pretende atender en los últimos diez (10) años O certificar haber atendido una población que geográficamente se comprenda dentro de la regional a la cual se presenta y que el número de esta población corresponda como mínimo al 60% del equivalente a la cantidad de usuarios de la respectiva regional.
Para los proponentes conjuntos, esta condición podrá acreditarse por cualquiera de los miembros que lo conforman.
Las certificaciones de experiencia de que tratan los anteriores numerales deberán reunir la totalidad de los siguientes requisitos:
a. Deberá presentarse copia del contrato, certificado de porcentaje de ejecución o recibo a satisfacción o certificación de experiencia de la entidad o empresa contratante.
b. El valor del contrato certificado debe estar indexado a la fecha de la presentación de la propuesta.
c. El objeto contractual debe estar relacionado con la prestación de servicios de salud.
d. Celebrado con entidades públicas o privadas.
e. Debe contener la siguiente información: Objeto, entidad contratante, teléfono, dirección, nombre del contratista si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación; fecha de iniciación, fecha de terminación, valor final del contrato y firma de la persona competente, así:
Para contratos públicos, por el ordenador del gasto de la entidad contratante o el funcionario competente.
Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, por el representante legal de la empresa contratante, o la persona delegada para suscribirlo.
Para contratos privados suscritos con personas naturales, por la misma persona natural con quien se suscribió el contrato.
El FPS se reserva el derecho de verificar durante la evaluación y hasta la adjudicación la información aportada por el proponente y solicitar los soportes que considere convenientes tales como: copias de los contratos, facturas de venta, copia de los medios de pago, actas suscritas, actas de liquidación, estados financieros, copia del pago de impuestos o cualquier otro.
Las certificaciones presentadas para efectos de la acreditación del presente numeral deberán ser de contratos que tengan como mínimo un porcentaje de ejecución a satisfacción del 50%.
No se admitirán auto – certificaciones.
3.5. CAPACIDAD TÉCNICA
3.5.1. RECURSO HUMANO MÍNIMO EXIGIDO
El contratista deberá contar con un recurso humano mínimo para el desarrollo del objeto contractual, el cual debe estar conformado así:
RECURSO HUMANO | PERFIL | CANTIDAD MÍNIMA | DOCUMENTO SOPORTE |
COORDINADOR REGIONAL | Profesional en áreas de salud o administrativas con posgrado en la modalidad de especialización en áreas de salud pública o afines, con experiencia mínima de cinco (05) años en cargos del nivel directivo o asesor dentro de las instituciones del sistema general de seguridad social en salud. | Uno (01) por regional. | Fotocopia de la Cédula de ciudadanía. Fotocopia diplomas o actas de grado. Fotocopia tarjeta profesional. (Si se requiere). Registro profesional. (Si se requiere). Impresión del ReTHUS. (Si se requiere). Certificaciones de experiencia. Carta de intención: Con la manifestación expresa que va a trabajar en la ejecución del contrato en caso de serle adjudicado. |
COORDINADOR LOCAL | Profesional en áreas de salud o administrativas con posgrado en la modalidad de especialización en áreas de salud pública o afines, con experiencia mínima de tres (03) años en cargos del nivel directivo o asesor dentro de las instituciones del sistema general de seguridad social en salud. | Uno (01) para cada una de las siguientes ciudades: Cali, Bogotá D.C., Bucaramanga, y Barranquilla. | Fotocopia de la Cédula de ciudanía. Fotocopia diplomas o actas de grado. Fotocopia tarjeta profesional. Registro profesional. (Si se requiere). Impresión del ReTHUS. (Si se requiere). Certificaciones de experiencia. Carta de intención: Con la manifestación expresa que va a trabajar en la ejecución del |
RECURSO HUMANO | PERFIL | CANTIDAD MÍNIMA | DOCUMENTO SOPORTE |
contrato en caso de serle adjudicado. | |||
COORDINADOR DE SERVICIOS Y ALTO COSTO | Profesional en el área de la salud con posgrado en la modalidad de especialización en auditoría médica o en salud, con experiencia mínima de tres (03) años en auditoría. | Uno (01) por regional. | Fotocopia de la Cédula de ciudanía. Fotocopia diplomas o actas de grado. Fotocopia tarjeta profesional. Registro profesional. (Si se requiere). Impresión del ReTHUS. (Si se requiere). Certificaciones de experiencia. Carta de intención: Con la manifestación expresa que va a trabajar en la ejecución del contrato en caso de serle adjudicado. |
TECNÓLOGO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN | Tecnólogo en sistemas de información en salud con experiencia mínima de tres (03) años en manejo de bases de datos y reporte de información en el sector salud. | Uno (01) por regional | Fotocopia de la Cédula de ciudanía. Fotocopia diplomas o actas de grado. Fotocopia tarjeta profesional. (Si se requiere). Registro profesional. (Si se requiere). Impresión del ReTHUS. (Si se requiere). Certificaciones de experiencia. Carta de intención: Con la manifestación expresa que va a trabajar en la ejecución del contrato en caso de serle adjudicado. |
COORDINADOR DE ATENCIÓN AL USUARIO | Profesional en áreas de la salud o administrativas, ingeniería o áreas sociales con experiencia mínima de tres (03) años en atención al usuario y solución de conflictos. | Uno (01) por regional. | Fotocopia de la Cédula de ciudanía. Fotocopia diplomas o actas de grado. Fotocopia tarjeta profesional. (Si se requiere). Registro profesional. (Si se requiere). Impresión del ReTHUS. (Si se requiere). Certificaciones de experiencia. Carta de intención: Con la manifestación expresa que va a trabajar en la ejecución del contrato en caso de serle adjudicado. |
3.5.2. ROLES DEL RECURSO HUMANO
3.5.2.1. COORDINADOR REGIONAL
Será el encargado de coordinar la debida prestación del servicio de salud en todos los municipios que conforman la regional, de las actividades de plan asistencial (PBS-PAC y PyP), de realizar la coordinación de las actividades y el responsable del diligenciamiento de la información relacionada con el programa de detección temprana, protección específica, promoción y prevención, realizando evaluaciones y cumplimiento de indicadores en los formatos de seguimiento establecidos por el Fondo y tendrá disponibilidad 100% para el Fondo.
Implementará el sistema de garantía de calidad y dará aplicación a los indicadores establecidos en el PAMEC del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, con oportunidad y calidad para los organismos de control por la totalidad de IPS que conforman la red, así mismo establecerá los planes de mejoramiento y su respectivo seguimiento.
Deberá realizar los reportes establecidos por la normatividad vigente aplicable de acuerdo con los ciclos de vida de los usuarios, garantizando la calidad y confiabilidad del dato en los reportes, bases de datos e información que requiera el Fondo.
Tendrá plena autonomía para definir y solucionar lo concerniente a la prestación del servicio de salud y deberá atender los requerimientos formales del Fondo y los diferentes entes de control, respecto de la ejecución del contrato en la respectiva regional.
Adicionalmente, el coordinador regional deberá asistir como representante del contratista a los comités de evaluación de servicios de salud de los municipios que conforman la regional y a aquellos locales a los cuales sea citado por parte del Fondo. Dejando claridad que la responsabilidad de las decisiones allí tomadas estarán a cargo del contratista.
Así mismo, será el responsable de la implementación del modelo de atención en cada uno de los municipios, departamentos y la región adjudicados.
Realizará apoyo técnico en las visitas de seguimiento por parte de las secretarías de salud, en los municipios que conforman la regional adjudicada.
3.5.2.2. COORDINADOR LOCAL
En las ciudades de Cali, Bogotá D.C., Bucaramanga, y Barranquilla deberá existir un (01) coordinador local quien tendrá disponibilidad 100% para la atención exclusiva de los usuarios del Fondo.
Deberá hacer seguimiento a la implementación del modelo de atención en los municipios que conforman la regional adjudicada en conjunto con el coordinador regional.
Adicionalmente, deberá gestionar con la red las soluciones respecto de las dificultades presentadas en la atención en salud y administrar la información sobre la prestación integral de los servicios de salud, en los formatos de seguimiento definidos por el Fondo. Así mismo, será el responsable del cargue de la información y del acompañamiento y soporte en las visitas ante los entes de control nacionales y territoriales.
Tendrá comunicación directa con la veeduría local, quienes son los representantes de los usuarios.
3.5.2.3. COORDINADOR DE SERVICIOS Y ALTO COSTO
Será el encargado de realizar la auditoría interna de los servicios y la cuenta de alto costo, así como de hacer seguimiento a las cohortes objeto de reporte y el diligenciamiento de las bases de datos para el reporte de
información. Así mismo, deberá garantizar la obtención de las historias clínicas para subir al repositorio establecido por la cuenta de alto costo. Tendrá disponibilidad 100% para el Fondo
Brindará soporte al Fondo en las auditorias que realice incluyendo las de cuentas de alto costo.
3.5.2.4. TECNÓLOGO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN.
Se encarga de actualizar, validar, verificar, administrar, organizar, transferir y disponer de las bases de datos relacionadas con la administración y prestación de los servicios de salud.
Así mismo, deberá responder a los requerimientos de la normatividad vigente.
3.5.2.5. COORDINADOR DE ATENCIÓN AL USUARIO
Serán los encargados de liderar la atención al usuario en cada uno de los puntos de atención y gestionar las solicitudes de los usuarios del Fondo, de una manera adecuada y con oportunidad.
Brindará los insumos para que el Fondo de respuesta a los requerimientos que realicen los diferentes entes de control, respecto a la prestación del servicio integral de salud.
Gestionar frente a la red, el cumplimiento de los requerimientos administrativos y operativos de los usuarios y del Fondo.
Tendrán articulación con el proceso de atención al usuario del Fondo, para seguir las políticas institucionales y para gestionar la información administrativa requerida.
Brindarán la información adecuada de acuerdo a la situación en salud, siguiendo los criterios que se definen dentro del plan de beneficios y el plan de atención convencional.
Garantizarán que la atención al usuario se realice con enfoque de derechos y enfoque diferencial.
Remitirán en forma oportuna al Fondo los informes requeridos para dar cumplimiento a la normatividad vigente en esta materia con información verídica y de calidad.
Realizarán el seguimiento a las PQRS y encuestas de satisfacción del usuario establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, así mismo evaluarán los indicadores que midan el impacto de la situación de las PQRS.
Brindarán solución de fondo a las PQRS presentadas y establecerán recomendaciones a la red, en aras de garantizar la satisfacción de los usuarios y el mejoramiento de la prestación del servicio de salud.
Actualizarán la información con destino al usuario, contenida en carteleras, folletos y demás mecanismos publicitarios utilizados por el contratista.
Se requiere que uno de los profesionales de atención al usuario, se encuentre ubicado en las instalaciones del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en aras de garantizar un contacto directo y soluciones oportunas entre el usuario y el contratista. El contratista deberá contar con un (01) profesional de atención al usuario adicional por cada 2.500 usuarios de la regional adjudicada, para lo cual en la propuesta tendrá que manifestarlo.
3.5.3. COMPONENTE PRIMARIO
El proponente deberá presentar el Formato de Componente Primario, teniendo en cuenta los criterios mínimos establecidos en el Anexo No. 07 del estudio previo. Lo anterior, sin perjuicio que dentro de la ejecución del
contrato, la red integral de servicios del contratista deba cumplir con los criterios de habilitación que establece la normatividad vigente aplicable.
Las características mínimas de la red habilitante establecidas en el citado anexo, corresponden a un criterio de capacidad del proponente, sin que ello determine las condiciones definitivas que durante la ejecución del contrato, deba cumplir la red integral de servicios de conformidad con la Resolución 1441 – 21/04/2016.
El proponente deberá aportar copia de la promesa de contrato suscrito con cada una de las IPS que conformará su componente primario, sujeta a la adjudicación del presente proceso de selección. El citado documento contractual deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la Resolución 1441 – 21/04/2016 e incluir una cláusula donde se establezca que se garantizará la capacidad instalada disponible para la prestación del servicio de salud a los usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
Adicionalmente, en los contratos suscritos entre el contratista y los subcontratistas, se deberá incluir una cláusula en virtud de la cual se disponga que la prestación de los servicios de salud podrán ser autorizados u ordenados directamente por el Fondo, sin que para tal efecto se requiera de autorización u orden expresa emitida por parte del contratista, siempre que exista una queja formal presentada por un usuario o evidencia manifiesta de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.
4. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
Las ofertas que cuenten con la habilitación jurídica, financiera, organizacional, de experiencia y técnica, serán objeto de calificación.
Una vez verificados los requisitos habilitantes se procederá a calificar las propuestas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007. La omisión de los documentos necesarios para la comparación de una oferta con las demás, impedirá que la misma sea tenida en cuenta para la evaluación y posterior adjudicación del contrato.
Esta evaluación se hará de conformidad con los siguientes criterios: La oferta más favorable se determinará con la ponderación de lo aquí contemplado; para tal efecto, se hará la evaluación de las mismas otorgando un puntaje total de CIEN (100) PUNTOS.
Las ofertas tendrán orden de elegibilidad de conformidad con el puntaje obtenido una vez realizada la ponderación por parte del Fondo, el cual corresponderá de mayor a menor.
Para efectos de la aplicación de los citados factores, se han establecido los siguientes puntajes de calificación, así:
No. | FACTOR DE CALIFICACIÓN | PUNTAJE MAXIMO |
1. | Oferta programa atención integral de ERC | 15 |
2. | Número de programas de atención integral con equipo multidisciplinario, con operación permanente y sistema de información, de patologías priorizadas según demanda y capacidad instalada (HTA, Diabetes, Obesidad, Salud Mental, Control Prenatal, Hiperlipidemia, Insuficiencia Renal, EPOC, Cáncer, entre otras). | 15 |
3. | Disponibilidad de Call Center con software métricos, Software y Aplicativos, que ofrezcan información, tramites, PQRS, a los usuarios, de tal manera que eviten el desplazamiento y garanticen eficiencia y oportunidad | 12 |
4. | Responsables del sistema de referencia y contrareferencia. | 10 |
5. | Disponibilidad de servicios de telemedicina y/o teleasistencia, con uso de las TIC para la atención de la población afiliada. | 10 |
6. | Oferta de unidades móviles extramurales | 10 |
7. | Apoyo a la industria nacional. | 10 |
8. | Oferta de varias regionales | 9 |
No. | FACTOR DE CALIFICACIÓN | PUNTAJE MAXIMO |
9. | IPS Acreditadas. | 8 |
10. | Ofrecimiento de trabajadores en condición de discapacidad. | 1 |
TOTAL | 100 |
El puntaje obtenido en cada uno de los Factores de Evaluación como en el puntaje total se indicará en números enteros.
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia aproximará el puntaje al número entero más cercano (hacia arriba), siempre que el puntaje obtenido en números decimales sea igual o superior a punto cinco (0.5), igualmente aproximará el puntaje al número entero más cercano (hacia abajo), siempre que el puntaje obtenido en números decimales sea inferior a punto cinco (0.5).
El proponente que obtenga el mayor puntaje será al que se adjudicará el contrato.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia tendrá en cuenta los siguientes factores, puntajes y formulas máximos para escoger la oferta más favorable:
4.1. OFERTA DE PROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL DE ERC. HASTA QUINCE (15) PUNTOS.
Se evaluará al proponente que oferte un programa de enfermedad renal crónica y que esté certificado por una EPS.
# | DESCRIPCIÓN | Población certificada a cargo con ERC | PUNTAJE |
1 | Oferta de programa de atención integral en ERC incluyendo visitas domiciliarias y que el prestador este certificado por una EPS de tener dicho programa con población mayor a 20.000 usuarios. | Mayor a 20.000 | 15 PUNTOS |
2 | Oferta de programa de atención integral en ERC incluyendo visitas domiciliarias y que el prestador este certificado por una EPS de tener dicho programa con población menor a 20.000 y mayor a 15.000 usuarios. | Menor a 20.000 y mayor a 15.000 | 9 PUNTOS |
3 | Oferta de programa de atención integral en ERC incluyendo visitas domiciliarias y que el prestador este certificado por una EPS de tener dicho programa con población menor a 15.000 y mayor a 10.000 usuarios. | Menor a 15.000 y mayor a 10.000 | 6 PUNTOS |
4 | Oferta de programa de atención integral en ERC incluyendo visitas domiciliarias y que el prestador este certificado por una EPS de tener dicho programa con población menor a 10.000 usuarios. | Menor a 1.000 usuarios | 3 PUNTOS |
5 | No oferta programa de atención integral en ERC o nefroprotección. | Ninguna | 0 PUNTOS |
Para la calificación de este punto el proponente debe anexar:
- Certificado de la EPS donde conste que el proponente tiene la experiencia en el programa de atención integral de ERC, en dicho certificado debe aparecer el tiempo de ejecución y la población.
- Oferta en formato OFERTA ERC.
- Para consorcios y uniones temporales uno de sus integrantes debe aportar esta experiencia.
- El programa de atención integral en ERC deberá cumplir con lo establecido en la guía de alto costo, de acuerdo con sus estándares y frecuencias de uso de visitas domiciliarias.
4.2. NÚMERO DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN INTEGRAL CON EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO, CON OPERACIÓN PERMANENTE Y SISTEMA DE INFORMACIÓN, DE PATOLOGÍAS PRIORIZADAS SEGÚN DEMANDA Y CAPACIDAD INSTALADA (HTA, DIABETES, OBESIDAD, SALUD MENTAL, CONTROL PRENATAL, HIPERLIPIDEMIA, INSUFICIENCIA RENAL, EPOC, CÁNCER, ENTRE OTRAS). HASTA QUINCE (15) PUNTOS.
Para la revisión y calificación de este punto el oferente deberá entregar certificado de oferta firmado por el representante legal.
# | DESCRIPCION | PUNTAJE |
1 | Oferta por región más de dos (2) rutas integrales de atención o programas completos de patologías crónicas o de alto costo. | 15 PUNTOS |
2 | Oferta por región dos (2) rutas integrales de atención o programas completos de patologías crónicas o de alto costo. | 10 PUNTOS |
3 | Oferta por región una (1) ruta integral de atención o programa completo de patologías crónicas o de alto costo. | 5 PUNTOS |
Para la calificación el proponente adicional a la certificación deberá anexar:
- Manual de operación por ruta de atención integral o programa completo de patología crónica o de alto costo. El manual debe tener justificación, objetivos, metodología, recursos, cronograma, indicadores, metas, resultados. La metodología debe ser en cuanto a la tecnología, frecuencia de uso, niveles de atención, criterios de selección y demás de acuerdo con MANUAL METODOLÓGICO PARA LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS RIAS que emitió el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Oferta de servicios detallada de la ruta integral de atención o de programa completo indicando mínimo número de horas médico general, número de horas medicina especializada, número de horas medicina sub especializada, tipo, número y frecuencia de exámenes de laboratorio clínico por ruta de atención, frecuencia de uso en controles. Este documento debe ser firmado por el representante legal. ANEXO PROGRAMA ATENCION INTEGRAL. Este documento debe ser por región a ofertar. Dentro del anexo deben tener los códigos CUBS de la ruta y la frecuencia de uso
4.3. DISPONIBILIDAD DE CALL CENTER, SOFTWARE Y APLICATIVOS, QUE OFREZCAN INFORMACIÓN, TRAMITES, PQRS, A LOS USUARIOS, DE TAL MANERA QUE EVITEN EL DESPLAZAMIENTO Y GARANTICEN EFICIENCIA Y OPORTUNIDAD. HASTA OCHO (8) PUNTOS. HASTA DOCE (12) PUNTOS.
Call Center: Los proponentes deberán ofertar mínimo un centro de llamadas o call center por región, este call center deberá tener mínimo lo siguiente:
- Coordinador de call center
- Puestos de trabajo
- Personal de call center
- Software call center (Metico y almacenaje)
- Línea telefónica
- Red comunicaciones.
Puestos de Trabajo: En la siguiente tabla se describe el número mínimo de estaciones de llamado por cada
1.500 personas por región.
# | REGION | PUESTOS DE CALL CENTER |
1 | ANTIOQUIA –SANTANDER | 3 |
# | REGION | PUESTOS DE CALL CENTER |
2 | CENTRO | 6 |
3 | XXXXXXXXX | 11 |
4 | PACIFICO | 7 |
Calificación
Para la revisión y calificación de este punto el oferente deberá entregar certificado de oferta firmado por el representante legal, este certificado debe ser individual por región.
PROCESO DE PUESTOS TRABAJO CALL CENTER | |||
# | DESCRIPCION | NUMERO OFERTAS ADICIONALES | PUNTAJE |
1 | Oferta el mínimo requerido por región y adicionales tres (3) puestos. | 3 | 6 PUNTOS |
2 | Oferta el mínimo requerido por región y adicionales dos (2) puestos. | 2 | 4 PUNTOS |
3 | Oferta el mínimo requerido por región y adicionales un (1) puestos. | 1 | 2 PUNTOS |
4 | Oferta el mínimo requerido por región. | 0 | 1 PUNTO |
Para la revisión y calificación de este punto el oferente deberá entregar certificado de oferta firmado por el representante legal, este certificado debe ser individual por región.
PROCESO DE SOFTWARE METRICO CALL CENTER, SOFTWARE PQRS + SOFTWARE ENCUESTA AL USUARIO | ||
# | DESCRIPCION | PUNTAJE |
1 | Proponente que ofrezca software métrico de CALL CENTER y el Software de PQR y el software de ENCUESTA DE SATISFACCION AL USUARIO. | 6 PUNTOS |
2 | Proponente que ofrezca SOLO el software métrico de CALL CENTER. | 4 PUNTOS |
3 | Proponente que ofrezca SOLO software de PQR y el software de ENCUESTA DE SATISFACCION AL USUARIO. | 2 PUNTOS |
4 | Proponente no ofrece ningún software | 0 PUNTOS |
Para la revisión y calificación de este punto, el oferente deberá entregar certificado de oferta suscrito por el representante legal. En dicho certificado se debe adjuntar:
- Nombre de software.
- Especificaciones de los módulos.
- Manual de usuario.
- Forma de licenciamiento
4.4. RESPONSABLES DEL SISTEMA DE REFERENCIA Y CONTRAREFRENCIA. HASTA DIEZ (10) PUNTOS.
El proponente que oferte el mayor número de responsables del sistema de referencia y contrareferencia por grandes ciudades (Resolución No. 429 de 2016) obtendrá DIEZ (10) puntos y el resto se ponderará mediante regla de 3. Este criterio se podrá presentar mediante manifestación escrita, suscrita por el representante legal
4.5. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS DE TELEMEDICINA Y/O OFERTA DE TELE ASISTENCIA MÉDICA, CON USO DE LAS TIC PARA LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN AFILIADA. HASTA DIEZ (10) PUNTOS.
Para ofertar telemedicina o tele asistencia deberá tener disponibilidad mínimo de ocho (8) horas al día por mínimo cinco (5) días por semana por ruta de atención de patología crónica o de alto costo.
Para la revisión y calificación de este punto el oferente deberá entregar certificado de oferta firmado por el representante legal.
# | DESCRIPCION | OFERTA | PUNTAJE |
1 | Oferta por región del servicio de telemedicina o tele asistencia en más de dos (2) rutas de atención integral o programas completos de patologías crónicas o de alto costo. | EN MAS DE DOS (2) RUTAS DE ATENCION INTEGRAL O PROGRAMAS COMPLETOS DE PATOLOGIAS CRONICAS O ALTO COSTO. | 10 PUNTOS |
2 | Oferta por región del servicio de telemedicina o tele asistencia en dos (2) rutas de atención integral o programas completos de patologías crónicas o de alto costo. | EN DOS (2) RUTAS DE ATENCION INTEGRAL O PROGRAMAS COMPLETOS DE PATOLOGIAS CRONICAS O ALTO COSTO. | 8 PUNTOS |
3 | Oferta por región del servicio de telemedicina o tele asistencia en una (1) ruta de atención integral o programa completo de patologías crónicas o de alto costo. | EN UNA (1) RUTA DE ATENCION INTEGRAL O PROGRAMA COMPLETO DE PATOLOGIAS CRONICAS O ALTO COSTO. | 5 PUNTOS |
El certificado de oferta debe ir acompañado de:
- Si oferta telemedicina debe adjuntar:
o Manual de operación por programa o ruta de atención de patología crónica o de alto costo. El manual debe tener justificación, objetivos, metodología, recursos, cronograma, indicadores, metas, resultados. La metodología debe ser en cuanto a la tecnología a aplicar como el modelo de operación frente a los requisitos del centro de referencia de telemedicina (sub especialidad) y el recurso humano entrenado y capacitado en el prestador remisor (Asistencial – Paciente).
o Medio por el cual va a realizar el servicio de telemedicina.
o Oferta de servicio de telemedicina. (Horas telemedicina por sub especialidad según ruta de atención de patología crónica o de alto costo.)
o El prestador tiene dos meses para habilitar
- Si oferta tele asistencia debe adjuntar:
o Manual de operación por programa o ruta de atención de patología crónica o de alto costo. El manual debe tener justificación, objetivos, metodología, recursos, cronograma, indicadores, metas, resultados. La metodología debe ser en cuanto a la tecnología a aplicar como el modelo de operación frente a los requisitos del centro de referencia de teleasistencia (sub especialidad) y el recurso humano entrenado y capacitado en el prestador remisor (Asistencial
– Paciente)Licencia de Software.
o Número de puestos de trabajo de tele asistencia y oferta de horas por sub especialidad según ruta de atención de patología crónica o de alto costo.
o El prestador tiene dos meses para habilitar.
4.6. OFERTA DE UNIDADES MÓVILES EXTRAMURALES. HASTA DIEZ (10) PUNTOS.
Las unidades móviles extramurales son una estrategia para atender de forma oportuna a una determinada población que por limitaciones de vías de acceso o distancia, se hace difícil la prestación de servicios de salud.
Por tal razón el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia requiere que los prestadores brinden este tipo de soluciones y tecnologías para que sean incorporadas en la prestación de servicios de salud.
Se evaluará la propuesta del proponente que tenga y oferte un número de unidades móviles ambulatorias extramurales para la prestación de servicios adicionales a la capacidad instalada.
# | DESCRIPCION | PUNTAJE |
1 | Cuenta con al menos DOS (02) UME en funcionamiento. | 10 puntos |
2 | Cuenta con al menos UNA (01) UME en funcionamiento y no oferta adicional. | 5 Puntos |
3 | No cuenta con UME | 0 puntos |
Para evaluar las unidades móviles extramurales que tengan los oferentes, deben aportar los siguientes documentos:
- Habilitación de la Unidad móvil de salud terrestre. Debe estar en el REPS
- Tarjeta de propiedad (Debe estar a nombre del proponente)
- SOAT Actualizado
- Certificado técnico mecánico actualizado.
- En proponentes conformados por unión temporal o consorcios cualquiera de los integrantes debe aportar la tenencia de la UME
4.7. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL. HASTA DIEZ (10) PUNTOS.
En los procesos de licitación, selección abreviada y concurso de méritos, salvo lo previsto para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, en los que se involucren bienes y servicios de origen extranjero, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 816 de 2003 por parte de las entidades estatales, incluyendo en los pliegos de condiciones los puntajes mencionados en la precitada ley, dentro de los criterios de calificación de las propuestas.
Para el efecto, se deberán tomar como referencia las definiciones sobre bienes y servicios nacionales contenidas en el decreto 2680 de 2009. Para efectos de lo anterior, el proponente deberá diligenciar y allegar junto con la propuesta el FORMATO “APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (LEY 816 DE 2003)”, debidamente suscrito por el respectivo representante legal en caso de ofertar bienes nacionales.
Si el proponente ofrece bienes de origen extranjero, el oferente deberá diligenciar y allegar junto con la propuesta el FORMATO “APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (LEY 816 DE 2003)”, debidamente suscrito por el respectivo representante legal, para obtener el puntaje previsto para el presente criterio de calificación, así: Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero en procesos de selección nacionales, siempre que cumplan con alguna de estas condiciones:
a. Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país, o
b. Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante la presentación de una certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v)
Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. En el último caso, el Ministerio de
Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el Secop de las certificaciones referidas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.
En caso de ser proponente plural, se deberá diligenciar el formato individualmente por cada uno de sus miembros y allegar la documentación que se requiera para cada uno de los integrantes.
El proponente que omita la presentación del FORMATO “APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (LEY 816 DE 2003)” o que no acredite y presente con la propuesta los documentos requeridos para que se le de tratamiento de bienes y servicios nacionales no obtendrá puntaje por este criterio.
Se asignarán hasta diez (10) puntos en este criterio de acuerdo con lo establecido en la Ley 816 de 2003, por medio del cual se apoya a la Industria Nacional a través de la contratación pública.
Así las cosas, el proponente deberá demostrar su contribución a la misma, aportando en su propuesta una certificación firmada por el Representante Legal, en donde acredite que la empresa cuenta con personal 100% Nacional. En caso contrario deberá especificar porcentualmente el componente nacional y el componente extranjero, y frente al cual se otorgará Puntaje según lo dispuesto en la siguiente tabla:
ITEM | FACTOR DE CALIFICACIÓN APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJE |
1 | Sociedad o Empresa cuya oferta de servicios sea con personal 100% Nacional. | 10 |
2 | Sociedad o Empresa cuya oferta sea de 85% a 99% de servicios con personal nacional. | 8 |
3 | Sociedad o Empresa cuya oferta sea de 65% a 85% de servicios con personal nacional. | 4 |
4 | Sociedad o empresa cuya oferta sea del 64% a un mínimo de 25% de servicios con personal nacional. | 2 |
4.8. OFERTA DE VARIAS REGIONALES. HASTA NUEVE (9) PUNTOS.
Se dará puntos a los proponentes que resulten habilitados en varias regiones del presente proceso, tal como se relaciona a continuación:
# | DESCRIPCION | PUNTAJE |
1 | Proponente que resulte habilitado en las CUATRO (4) REGIONALES | 9 PUNTOS |
2 | Proponente que resulte habilitado en las TRES (3) REGIONALES. | 5 PUNTOS |
3 | Proponente que resulte habilitado en las DOS (2) REGIONALES. | 3 PUNTOS |
Para la evaluación deberá llenar el formato REGIONALES A OFERTAR
4.9. IPS ACREDITADAS. HASTA OCHO (8) PUNTOS.
El proponente que oferte dentro de su red el mayor número de IPS acreditadas de conformidad con los estándares de calidad presentadas en la oferta obtendrá máximo de puntos y el resto se ponderara mediante regla de 3. Para acreditar este criterio, el proponente deberá aportar copia del certificado de acreditación vigente, la cual deberá conservarse durante la ejecución del contrato.
4.10. OFRECIMIENTO DE TRABAJADORES EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD. UN (01) PUNTO.
En atención a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 1°
del Decreto 392 de 2018, se otorgara el uno por ciento (1%) del total de los puntos, es decir UN (01) PUNTO, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
b. De igual forma, acreditará el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
c. Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1%, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número de trabajadores de la planta de personal del proponente. | Número de trabajadores con discapacidad exigido. |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
NOTA: Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva la ejecución del contratación.
5. REGLAS DE DESEMPATE
Se aplicarán las reglas contempladas en el artículo 2.2.1.1.2.2.9., del Decreto 1082 de 2015, así:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales
a. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
b. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
c. Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
d. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina
está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
e. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación
.
De persistir el empate, este se dirimirá mediante sorteo mediante el método de suerte y azar, conforme a lo dispuesto a continuación:
Se introducirán en una bolsa el número de papeletas equivalente a los proponentes respecto de los cuales persiste el empate y una (1) de ellas contendrá la palabra adjudicatario.
El orden alfabético del nombre de los proponentes determinará cuál de ellos sacará la primera papeleta. El proponente que saque la papeleta que contenga la palabra adjudicatario será el ganador.
LA INFORMACIÓN REQUERIDA PARA APLICAR LOS CRITERIOS DE DESEMPATE, DEBERÁ SER PRESENTADA JUNTO CON LA OFERTA, EN TODO CASO, LA NO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO RESTRINGE LA PARTICIPACIÓN DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE RECHAZO DE LA PROPUESTA.
6. SORTEO
Para dirimir el empate entre proponentes teniendo en cuenta que los mismos han sido evaluados en sus propuestas y concluyendo que en esta situación los proponentes se encuentran en igualdad de condiciones técnicas, financieras y económicas dentro de este procedimiento de convocatoria, se realizará un sorteo por balotas en audiencia pública cuya fecha y hora serán informadas en el Portal de Contratación xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, y que en todo caso será después de vencido el término de traslado para observaciones al informe de evaluación.
En la misma comunicación en que se cita a la audiencia de sorteo serán resueltas las observaciones presentadas por los proponentes en el término del traslado del informe de evaluación.
El sorteo se llevará a cabo con balotas, mediante el siguiente procedimiento:
a. En el día y fecha de la audiencia de sorteo, a cada proponente se le asignará (por selección directa de quien los asiste o por selección aleatoria de servidores del FONDO en el caso de los proponentes empatados que no asisten) un número inmodificable de uno (1) (siendo el número máximo de proponentes empatados), de forma aleatoria mediante sorteo xx xxxxxx.
b. La audiencia pública será conducida por el Ordenador del Gasto y las personas que designe para tal efecto el ordenador del Gasto de lo cual se dejará constancia en el acta, acompañado por un designado de la Subdirección Financiera o de otra persona que pertenezca al FONDO, preferiblemente, en caso de falta del asistente por la subdirección Financiera o del asistente de Dirección General.
c. Los resultados del sorteo serán consignados en acta la cual será suscrita por los funcionarios y demás interesados que asistan a ella.
d. Las balotas asignadas serán ingresadas nuevamente en la balotera y la persona designada por Dirección General- Evaluador Designado- del FONDO o su designado, será el responsable de extraer las mismas, la primera en salir coincidirá con el proponente que se ubicará en el primer orden de elegibilidad y así sucesivamente hasta completar el cuadro de elegibles.
En todo caso se aplicara conforme lo normado por el Decreto 1082 de 2015 (modificado por el Decreto 1676 de 2016).
CAPÍTULO SEXTO
OTROS ASPECTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1. ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS
Estarán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta. Por lo tanto, la entidad no reconocerá ningún reembolso por este concepto.
La presentación de la propuesta constituye un acuerdo entre el proponente y el FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, por el cual dicha propuesta permanece abierta para aceptación de esta última, por el mismo período señalado para la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
Durante este período el proponente se compromete a no retirar su oferta, ni menoscabar o derogar los efectos de la misma.
En la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso de selección se procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas. El acto de apertura de las propuestas se realizará en el FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA.
Para efectos de verificar la hora señalada para la diligencia de cierre del plazo del presente proceso de selección, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Directiva 013 de 2005, expedida por la Procuraduría General de la Nación, en lo relacionado con la hora legal colombiana, señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2153 de 1992. En caso de no contar con servicio de Internet para la diligencia de cierre se verificará con el reloj dispuesto para tal fin a la vista del público.
La apertura de los sobres se efectuará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre del proceso.
De lo anterior se levantará un acta donde se consignarán como mínimo los siguientes datos:
Nombres e identificación de los proponentes, e integrantes cuando se trate de consorcios o uniones temporales.
Número de folios de la propuesta.
Constancia de Seguridad Social y Parafiscales
Garantía de Seriedad de la Oferta
2. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
No se aceptarán propuestas alternativas; de presentarse ese tipo de ofertas no serán tenidas en cuenta y solo se evaluará y verificará aquella oferta básica que cumpla con los requisitos señalados en los pliegos de condiciones.
3. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERACIÒN DE LAS PROPUESTAS.
La información relativa al análisis, evaluación, comparación de las propuestas y a las recomendaciones para la adjudicación del contrato, será reservada para los proponentes y terceros durante el proceso de evaluación de las propuestas.
Esta reserva aplica igualmente para el período de respuesta a las observaciones efectuadas por los oferentes a la evaluación correspondiente.
4. TÉRMINOS DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
El Comité Evaluador dispuesto para tal fin, procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la participación en el proceso y la ponderación de las ofertas dentro del término establecido en el cronograma del proceso contado a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Los evaluadores dentro de este plazo solicitarán aclaraciones y/o documentos habilitantes que no constituyan factores de escogencia establecidos en el pliego, es decir, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, para que los proponentes subsanen dentro del término perentorio que establezca la Secretaría en el oficio de solicitud.
5. MENCIÓN DE LOS DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Si se presenta alguna información o documento que el proponente considere que es confidencial, es necesario que en la carta de presentación de la propuesta se indique el carácter de confidencialidad de la misma, se cita la norma en que se apoya dicha confidencialidad y se entregue en sobre separado.
6. PERÍODO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERACIÓN
Los informes de verificación de requisitos habilitantes y ponderación de las propuestas estarán a disposición de los proponentes por un término de TRES (3) DÍAS HÁBILES improrrogables para que presenten las observaciones que estimen pertinentes.
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
NOTA: Toda observación efectuada que pretenda desvirtuar la veracidad de la información contenida en la propuesta de un participante en el presente proceso, deberá venir debidamente soportada y presentada dentro del término de publicación del informe de verificación de requisitos habilitantes y ponderación establecido en el cronograma del proceso.
7. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE Y EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD
Se advierte que la Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección.
Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones que conlleva la presentación de su oferta y para tal efecto deberá realizar todos los análisis y evaluaciones que sean necesarias para su presentación sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma.
La exactitud, confiabilidad e integridad de la información que tenga a bien consultar el proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, e igualmente la interpretación que hagan de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión que se realice.
8. SOLICITUD DE COPIAS DE LAS PROPUESTAS Y ACTUACIONES
De acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, cualquier persona que demuestre interés legítimo, podrá solicitar por escrito y a su xxxxx, copia parcial o total de las propuestas recibidas, o de las actuaciones generadas en virtud del presente proceso.
Para garantizar la transparencia, economía y responsabilidad del proceso, la entidad no suministrará datos referentes a las propuestas, si no de acuerdo con el procedimiento descrito anteriormente.
Cuando el proponente demuestre que sus documentos tienen el carácter de reserva legal y la entidad así lo confirme, no se expedirá copia de dichos documentos. De igual manera, se respetará la reserva de que gozan
las patentes, procedimientos y privilegios.
9. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Será motivo de rechazo e inadmisibilidad de las propuestas las siguientes situaciones:
a. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural se encuentre incurso en las causales de inhabilidades, incompatibilidad o en conflicto de interés fijados por la Constitución y la Ley, para presentar la propuesta.
b. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
c. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural de encuentre registrado en el boletín expedido por la Contraloría General de la República como responsable fiscal.
d. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural de encuentre con antecedentes por sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación.
e. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural de encuentre con antecedentes por sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación.
f. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural de encuentre con antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones pública en el boletín de la Policía Nacional.
g. Cuando el proponente singular o alguno de los miembros del proponente plural de encuentre con antecedentes en el Registro Nacional de Medidas Correctivas – RNMC.
h. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato
i. Cuando se presente alguna inconsistencia o inexactitud en la información de la propuesta, sobre los documentos con los cuales se acrediten factores habilitantes o de ponderación, sin que medie justificación razonablemente aceptable.
j. Cuando presente varias propuestas a una misma regional, directamente o por interpuesta persona, por parte de un mismo proponente, o la participación del proponente en más de una propuesta del presente proceso. En este evento se rechazarán todas las propuestas en las que el proponente haya participado directamente o por interpuesta persona.
k. Cuando se compruebe que existieron acuerdos colusorios entre los proponentes.
l. Cuando la Entidad haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los referidos a los factores técnicos y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones determinados por la Entidad, en todo caso hasta antes de la adjudicación.
m. Cuando no se cumpla con uno o más requerimientos técnicos mínimos solicitados, posterior a la solicitud de la entidad de subsanar y/o aclarar el respectivo requisito.
n. Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora exactas señaladas para el cierre del plazo.
o. Cuando presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio o unión temporal.
p. Cuando el proponente presente más de una propuesta técnica para una misma regional.
q. Cuando el proponente no cuente con los permisos y autorizaciones exigidos por las autoridades competentes para la prestación de los servicios de que trata el presente proceso de selección.
r. Cuando el Proponente se encuentre en xxxx en el pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
s. Cuando se presenten propuestas alternativas al cierre del proceso.
t. Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones, o que establezca condiciones que resulten contrarias a las estipulaciones xxx xxxxxx de condiciones o a la ley de contratación, aunque aluda excepciones o renuncias a su aplicación.
u. Cuando el proponente no aporte la garantía de seriedad junto con la propuesta.
v. Cuando el proponente intente influir en el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales que pueda interponer la entidad.
w. Las demás contenidas en las normas legales vigentes aplicables.
10. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN
La entidad, declarará desierto el proceso de selección en los siguientes casos:
a. Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta.
b. Cuando no se presente propuesta en ninguna de las regionales. En caso de presentarse al menos una propuesta en una o algunas de las regionales se adelantará el proceso de selección para ella(s).
c. Cuando ningún proponente resulte habilitado en el informe de verificación de requisitos
d. Cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en el presente pliego de condiciones.
La declaratoria se hará mediante acto motivado en la cual se expresarán detalladamente las razones que condujeren a esa decisión (numeral 18, artículo 25 de la Ley 80 de 1993.)
Dicha decisión se notificará a todas las personas que hubieren presentado oferta y se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
11. TERMINO DE ADJUDICACIÓN
El plazo para la adjudicación del presente proceso de selección será el establecido en el cronograma del proceso, este término empezará a contarse a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo previsto para que los proponentes presenten observaciones a los informes de verificación y ponderación de las propuestas.
12. ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
La adjudicación se hará dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.
La adjudicación se efectuará mediante acto de adjudicación en forma motivada, de acuerdo con el pliego de condiciones y el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la cual será publicada en el Portal Único de Contratación - Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP.
El FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, adjudicará el contrato a
la propuesta que obtenga el mayor puntaje como resultado de la sumatoria de los factores de ponderación establecidos en el presente pliego de condiciones y que cumpla con los parámetros de evaluación definidos en este documento.
El Fondo podrá adjudicar el proceso de forma total o parcial, de acuerdo con el orden de elegibilidad respecto del puntaje obtenido por el proponente para cada una de las regionales en las que se presente.
Se considera que la propuesta ha sido aceptada cuando la entidad, publica el acto de adjudicación.
Dentro del término establecido siguiente a la adjudicación el proponente favorecido deberá acudir a la dependencia de la entidad, para suscribir el contrato.
El contratista contará con el término establecido en el cronograma del proceso para presentar los documentos requeridos para la legalización del contrato, este término empezará a contarse a partir de la fecha de entrega por parte de la entidad de la copia del contrato para la legalización.
Si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993.
La circunstancia de que el proponente favorecido no cumpla con lo dispuesto en este numeral, por causas imputables a él, constituirá causa suficiente para dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cuyo caso entidad, si lo encuentra conveniente, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente
calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. (Numeral 12, artículo 30 de la Ley 80 de 1993).
CAPÌTULO SÉPTIMO CONTRATO
1. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
Los proponentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones y aquellas que de conformidad con la ley deben tener los contratos celebrados con la Administración Pública. La oferta, el estudio previo, el pliego de condiciones, los anexos y demás documentos del proceso, formarán parte integrante del contrato a celebrar.
Previa existencia de la correspondiente apropiación presupuestal, la entidad, en cumplimiento de sus responsabilidades y competencia administrativa, podrá eliminar, aumentar o disminuir en cualquier momento las cantidades de los bienes y servicios a contratar, según las necesidades de la misma, previa comunicación por escrito al contratista.
El Contrato a suscribir es un CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
2. FORMA DE PAGO
El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia pagará mediante la modalidad de pago global prospectivo por la totalidad de los niveles de atención, se realizarán pagos mensuales vencidos así:
PROYECCION MENSUAL | |||||
REGIONAL | PGP MES MAYO- DICIEMBRE 2019 | PGP MES ENERO - DICIEMBRE 2020 | PGP MES ENERO - DICIEMBRE 2021 | PGP MES ENERO - JULIO 2022 | Total pago MES PGP |
XXXXXXXXX | 5.176.603.695 | 5.295.370.905 | 5.425.324.270 | 5.608.823.894 | 00.000.000.000 |
PACIFICO | 3.530.151.223 | 3.611.177.573 | 3.696.025.695 | 3.821.175.734 | 00.000.000.000 |
CENTRAL | 2.784.598.909 | 2.848.453.695 | 2.930.716.444 | 3.029.998.477 | 00.000.000.000 |
ANTIOQUIA- SANTANDER | 1.538.731.587 | 1.573.987.631 | 1.618.520.458 | 1.673.403.464 | 6.404.643.139 |
Total general | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 | 00.000.000.000 |
NOTA 1: Esta modalidad de pago genera un fuerte impacto al realizar acciones de promoción de la salud, prevención primaria y detección temprana, para reducir el riesgo primario de incidencia y de severidad, genera también un fuerte incentivo para gestionar el riesgo técnico de morbilidad evitable (mejorando la coordinación, la continuidad y la integralidad de la atención, y realizando acciones de prevención secundaria y terciaria) y el riesgo técnico de utilización (reduciendo la variabilidad en las conductas médicas).
NOTA 2: Los pagos mensuales se someterán a una auditoría – interventoría técnica para determinar el grado de cumplimiento de matrices de cumplimiento de PYP, oportunidad en la atención y demás medidas de evaluación que determine el contratante en la ejecución del contrato. Con el informe del auditor o interventor se procederá a realizar las glosas, descuentos, retenciones o deducciones en el mes siguiente. Para lo anterior el contratista suministrara toda la información, datos, registros o demás requerimientos necesario para realizar dichas auditorias o interventorías. Es deber del contratista entregar toda la información de forma oportuna.
NOTA 3: En los pagos correspondientes a diciembre de 2019, diciembre de 2020, diciembre de 2021 y el último pago de la vigencia 2022, se realizarán retenciones según el promedio de las glosas, descuentos o deducciones hasta que el Fondo verifique el informe de ejecución del contrato y se descontarán en el mismo mes.
NOTA 4: El pago mensual esta dado para la prestación de servicios de baja complejidad, mediana complejidad, alta complejidad, alto costo, acciones dentro del PAC y las acciones de promoción de la salud y prevención de
la enfermedad, todas las acciones anteriormente mencionadas se pagaran por región según el valor mensual por vigencia que se define en la tabla anterior.
NOTA 5: Se verificará la cantidad de usuarios del fondo y las frecuencias de uso pactadas, si varia la cantidad de usuarios esta automáticamente se ajustara en el pago mensual, esta verificación se realizara durante toda la ejecución del contrato. Se verificara cada cuatro (4) meses durante un periodo de un (1) año las frecuencias de uso y el número de eventos inicialmente dados en el anexo No “FRECUENCIAS DE USO”, si estos varían por encima xxx xxxx por ciento (10%), el fondo entrara revisar lo indicado por el contratista y reajustara la fórmula de pago, únicamente se dará lo anterior si se determina que la frecuencia de uso aumento solo por la severidad de las patologías, para tal caso el contratista deberá aportar toda la información requerida por el contratante para que pueda realizar el estudio y hacer los ajustes necesarios. El ajuste por severidad en la patología nunca podrá ser superiores al cinco (5%) del valor mensual. Pasado un año no se volverán a ajustar las frecuencias de uso.
Nota 6: Los recursos que se descuenten se invertirán en la prestación de servicios de salud en promoción de la salud y prevención de la enfermedad o en programas integrales de atención en patologías crónicas o de alto costo, lo anterior se realizara como incentivo a la región que cumpla con los requisitos planteados por el FONDO. Esta valoración se realizara cada cuatro (4) meses y los recursos se entregaran a la región que mejor este cumpliendo con los indicadores de acuerdo a las evaluaciones realizadas por el FONDO.
3. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato será en el territorio nacional donde se encuentren ubicados los usuarios y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA se obliga para con EL FONDO, a cumplir las siguientes obligaciones:
4.1. GENERALES
1. Cumplir el objeto contractual a cabalidad, teniendo en cuenta lo señalado en los documentos que forman parte integral del contrato y los anexos técnicos.
2. Cumplir con todas las especificaciones establecidas en los estudios previos, los pliegos de condiciones, anexos y la minuta contractual.
3. Cumplir con la prestación de todos los niveles de atención de servicios de salud.
4. Acatar las directrices dadas por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
5. Informar oportunamente a la Entidad sobre cualquier irregularidad que se presente en la ejecución contractual.
6. Asumir el pago de todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana
7. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, transporte, gravámenes, aportes, parafiscales y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato.
8. Obrar con buena fe, evitando dilaciones y en trabamientos que puedan presentarse durante la ejecución del contrato.
9. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho.
10. Cumplir cada uno de los ofrecimientos hechos en su oferta, en todo aquello que no contraríe lo aquí estipulado, lo cual hace parte integral del contrato.
11. Guardar confidencialidad de la totalidad de la información que el Fondo con fundamento en las obligaciones que se asuman en virtud del contrato.
12. Presentar informes de los servicios prestados y las actividades desarrolladas que sean requeridos por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en los formatos establecidos por la entidad.
13. Asistir a todos los comités de seguimiento, locales y regionales designando un representante con capacidad de decisión.
14. Permitir el acceso a las personas que determine EL FONDO a la información y la infraestructura para la supervisión, auditoría e interventoría en la prestación de los servicios.
15. Entregar al FONDO, a la finalización del contrato, las historias clínicas de consulta externa y demás documentos relacionados con los aspectos médicos de las personas que cubre el presente Contrato.
16. Cumplir con las obligaciones contractuales que asuma con sus subcontratistas y demás proveedores vinculados a la prestación del servicio integral de salud, en forma oportuna de manera tal que los servicios no sufran afectación.
17. Pagar oportunamente a las IPS los servicios contratados para la atención de los afiliados y beneficiarios del Fondo. En caso de retardo injustificado el Fondo podrá girar directamente los recursos a las IPS con cargo a los recursos del contrato.
18. Cumplir el Código de Ética y de Buen Gobierno de la Entidad y aplicar el contenido de los mismos en la ejecución del contrato.
19. Cumplir a cabalidad con la política integral de salud.
20. Designar un funcionario de su organización, responsable en el manejo del programa de servicios de salud para EL FONDO, con amplias facultades administrativas y técnicas para resolver los aspectos relacionados con éste, además contará con personal capacitado y entrenado en el manejo bioestadístico.
21. Adecuar la prestación de los servicios a su cargo a los lineamientos técnicos y administrativos que sean establecidos por EL FONDO y a cumplir con los niveles de servicio ofrecidos en el presente contrato.
22. Cumplir con los estándares de calidad de los servicios integrales de salud y acatar los procedimientos para la auditoría e indicadores de gestión mediante los cuales se determinen los criterios para la evaluación de desempeño que serán establecidas por EL FONDO.
23. Velar por el bienestar y la preservación del mejor estado de salud de los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
24. Garantizar el acceso integral y equitativo a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad.
25. Asumir por cuenta y riesgo, los gastos en que deba incurrir para garantizar la correcta ejecución del contrato, en los casos en que se presenten deficiencias en el desarrollo por estimación defectuosa o demoras en la prestación del servicio integral de salir, por causa del personal contratado o subcontratado.
26. Dar respuesta oportuna a todas las comunicaciones y requerimientos que sean formulados por EL FONDO, durante la prestación del servicio de salud.
4.2. ESPECÍFICAS
1. Garantizar la prestación de forma integral de los servicios de salud contemplados en todos sus niveles de complejidad, de conformidad con las condiciones definidas en el presente documento.
2. Adaptar el modelo a las necesidades y características del territorio en el que se encuentren los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia conforme la categorización xx xxxxxx, xxxx ruralidad y disperso.
3. Identificar y priorizar las zonas según las características del territorio para la prestación de los servicios de salud.
4. Adoptar el modelo de prestación de salud a las características diferenciales de la población a la que pertenezcan los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
5. Garantizar la disponibilidad de la línea de atención e información a usuarios y autorización de urgencias 24 horas del Plan de Beneficios y establecer un mecanismo enlace para coordinar las urgencias de los usuarios a nivel nacional, sin que esto genere costos adicionales para el Fondo.
6. Desarrollar proyectos de innovación conforme a la caracterización de los afiliados y beneficiarios del servicio de salud.
7. Pagar los servicios médicos de urgencias que le sean prestados a los afiliados y beneficiarios del Fondo cuando se encuentren por fuera de la regional.
8. Facturar al FONDO, dentro de los tiempos y condiciones establecidos en el presente contrato, bajo las
exigencias fijadas. Para tal efecto junto con la respectiva factura mensual, EL CONTRATISTA, se compromete a certificar, a través de su representante legal y el revisor fiscal, el estado de cumplimiento y pago de las obligaciones contraídas con sus subcontratistas y demás proveedores vinculados a la prestación de los servicios integrales de salud.
9. Gestionar integralmente el riesgo de salud de los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
10. Garantizar la prestación de los servicios de salud de promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y paliación reconocidos en el Plan de Beneficios.
11. Garantizar la prestación de los servicios de salud reconocidos en el Plan de Atención Convencional, respetando lo pactado en todas las convenciones colectivas.
12. Garantizar la prestación de los servicios de salud de Promoción y Prevención incluidos en la Ruta de Promoción y Mantenimiento.
13. Caracterizar a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, para identificar su riesgo individual.
14. Identificar y priorizar a los usuarios de acuerdo con el resultado de la caracterización.
15. Realizar a cada afiliado y beneficiario las rutas integrales de atención en salud según la caracterización de cada usuario.
16. Desarrollar las rutas integrales de atención en salud que identifique al momento de caracterizar a los afiliados y beneficiarios y realizar intervenciones individuales que demande cada paciente.
17. Mantener durante el plazo de ejecución del contrato, todo el personal idóneo y calificado de nivel directivo, profesional, técnico y de soporte administrativo y operativo que sea necesario para el óptimo desarrollo del mismo.
18. Reportar al FONDO la información requerida por los sistemas de información en los tiempos y formas exigidos a las Entidades Adaptadas en la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud y demás normas concordantes.
19. Manejar la historia clínica de los pacientes de conformidad con lo establecido en la Ley 23 de 1981 y el Decreto 1995 de 1999 y garantizar al FONDO el acceso a las mismas durante la ejecución del contrato.
20. Reportar al FONDO la información adicional que sea solicitada por los entes de control en la forma y plazo establecidos por el Fondo.
21. Entregar toda la información en medio digital y física que se desprenda de la atención de los servicios de salud al Fondo en los tiempos que la entidad requiera.
22. Entregar toda la información que requiera el Fondo en medio digital y físico.
23. Garantizar que durante todo el periodo de ejecución del contrato contará con la red de instituciones prestadoras de salud principal y alterna ofertada para cubrir contingencias.
24. Contar con prestadores primarios en cada municipio para la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
25. Contar con prestadores complementarios para la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia que le permita atender de forma integral todas las rutas y protocolos de atención.
26. Contar con servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico dentro de la red de servicios.
27. Contar con prestadores complementarios la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
28. Contar con las redes integradas de servicios que garanticen los servicios de salud a los que tienen derecho los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en todos los niveles de complejidad.
29. Garantizar que las IPS que conforman la red de servicios, cumplan las normas y lineamientos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social o quien haga sus veces para su funcionamiento.
30. Cumplir con la elaboración, envío y entrega de todos los reportes requeridos por entes de control, Superintendencia de Salud, Ministerio de Salud y Protección Social y entes territoriales en los tiempos que requieran dichos entes, se deberá entregar una copia de cada uno de los reportes enviados al Fondo.
31. Cumplir con los componentes del Sistema Obligatorio de la Calidad en Salud, en cuanto a instalaciones, auditorias, atención a los usuarios, capacitaciones para garantizar la provisión de los servicios de manera integral.
32. Contar con sistemas de evaluación de desempeño e incentivos.
33. Fortalecer el recurso humano administrativo y asistencia.
34. Xxxxxxx al Fondo toda la información relacionada con su política de gestión xxx xxxxxxx humano, incluyendo matrices de roles, responsabilidades, responsables de procesos y sus respectivas funciones.
35. Entregar al Fondo toda la documentación relacionada con actividades administrativas xxx xxxxxxx humano, en la que se incluyan: procesos de selección, inducción general y específica, reinducción, capacitación continua de todo su personal en áreas especializadas del aseguramiento en salud, así como entrenamiento en las funciones propias del cargo, gestión y desvinculación.
36. Xxxxxxx al Fondo la información relacionada con la forma y mecanismos de evaluación de desempeño de su talento humano.
37. Presentar en los primeros 5 días de cada mes el informe de afiliados fallecidos durante el periodo inmediatamente anterior a la fecha del reporte.
38. Realizar el correspondiente empalme al terminar el contrato, disponiendo de mínimo quince (15) días posteriores al vencimiento del plazo.
39. Todas las demás obligaciones que el supervisor y el auditor o interventor impartan para la correcta ejecución del contrato o que emanen de la ley debido a la naturaleza del servicio que se presta.
5. OBLIGACIONES DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA.
EL FONDO se obliga para con EL CONTRATISTA a:
1. Realizar acciones de vigilancia en salud pública al operador del servicio.
2. Realizar seguimiento individual y familiar.
3. Realizar monitoreo, evaluación y retroalimentación de los casos atendidos por el prestador.
4. Hacer seguimiento de acciones de promoción y mantenimiento.
5. Cancelar el valor del contrato en los términos y plazos establecidos en el presente documento.
6. Cumplir con las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte integral.
7. Suministrar toda la información requerida para el desarrollo del objeto contractual.
8. Supervisar que el servicio prestado por el contratista, cumpla con todos los requerimientos establecidos.
9. Suscribir las actas y documentos que se requieran en virtud del presente contrato.
10. Definir los procedimientos de calidad, indicadores de gestión y las reglas para la evaluación de desempeño.
11. Efectuar a través del funcionario designado para ejercer la Supervisión y el auditor o interventor del contrato, la verificación del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los Sistemas de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación, SENA e ICBF), como requisito previo para el desembolso del pago y liquidación del contrato.
12. Prestar toda la colaboración necesaria para la debida ejecución del contrato.
13. Poner en conocimiento del contratista el Plan de Atención Convencional (PAC).
14. Informar al contratista los procedimientos de calidad, indicadores de gestión y las reglas de evaluación de desempeño.
15. Realizar evaluación de desempeño sobre la prestación del servicio integral de salud.
16. Dar aplicación al modelo de gestión, procedimientos de calidad y auditoría médica, indicadores de gestión y las reglas para la evaluación de desempeño.
17. Expedir el certificado de Registro Presupuestal del contrato.
18. Aprobar la garantía única que en debida forma constituya EL CONTRATISTA.
19. Suministrar al CONTRATISTA la información requerida para el desarrollo del objeto contractual.
20. Cumplir con las demás obligaciones que sean necesarias e inherentes para lograr el adecuado desarrollo y cumplimiento del objeto del presente contrato.
6. GARANTIAS
El artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, señala que los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. Los proponentes prestarán garantía de seriedad en los ofrecimientos hechos.
De conformidad con el Art 2.2.1.2.3.1.2.del Decreto 1082 del 2015, las garantías que los proponentes o contratista pueden otorgar son: contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo y garantía bancaria.
Las garantías deberán cubrir los riesgos establecidos en los Art. 2.2.1.2.3.1.5, 2.2.1.2.3.1.6. y siguientes del Decreto 1082 del 2015 de acuerdo con el objeto del proceso.
Se exigirá la garantía única que cubra los amparos de cumplimiento, calidad del servicio, salarios y prestaciones sociales, la cual deberá ser aportada de acuerdo al Cronograma del Proceso y será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de la suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos:
Tipo o Clase de garantía | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento. | Será el equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses. |
Calidad del Servicio. | Será el equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses. |
Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. | Será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que pudiera llegar a atribuirse al Fondo con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, o de los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros corresponderá al equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor del FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
7. SUPERVISION
La Supervisión del contrato estará a cargo del funcionario que designe el Director General.
De conformidad con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el supervisor deberá realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato.
8. INTERVENTORÍA O AUDITORÍA
Adicional a la supervisión, de acuerdo el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, la entidad contratará a una persona natural o jurídica que preste el servicio de interventoría o auditoría externa, quien se encargará del seguimiento técnico sobre el cumplimiento del contrato y el desarrollo de la implementación y garantía del modelo de
atención en salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
9. RIESGOS ASOCIADOS AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los riesgos asociados al proceso de contratación, la forma de mitigarlos y su asignación, están contenidos en Matriz estimación, tipificación y asignación de riesgos, la cual hace parte integral del presente pliego de condiciones.
10. MULTAS
En virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, las partes acuerdan que en caso de retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato se causará a favor de la entidad contratante una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, previa realización del procedimiento señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Los montos correspondientes, se compensarán directamente, descontando el valor de las multas de los pagos que la entidad contratante deba efectuar al contratista, si ello fuere posible, o haciendo efectiva la garantía única con cargo al amparo de cumplimiento, o acudiendo al cobro ejecutivo.
En caso que la entidad contratante opte por el cobro ejecutivo, éste se realizará a través de la jurisdicción coactiva y se llevará a cabo sin necesidad de requerimiento alguno, ni constitución en xxxx.
11. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
Si el CONTRATISTA no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, pagará al FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA el
DIEZ por ciento (10%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se impongan las multas a que haya lugar y/o reclamación por los perjuicios ocasionados. Así mismo, para efectos de declarar el incumplimiento del contratista con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
12. APLICACIÓN DE LAS MULTAS Y DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria se compensará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o haciendo efectiva la garantía o a través del cobro ejecutivo
13. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
En aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas en la ejecución del contrato, se acudirá a los mecanismos de solución previstos en la ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción.
14. INDICADORES DE NIVELES DE SERVICIOS
Teniendo en cuenta la importancia de la prestación de los servicios integrales de salud, así como las condiciones técnicas mínimas de calidad y oportunidad en que debe garantizarse este servicio y considerando la población que tiene asegurada el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se determinan los siguientes niveles que se consideran esenciales y prioritarios para la debida ejecución de los contratos.
El futuro contratista, deberá cumplir con todos los indicadores de niveles de servicios que a continuación se relacionan, para efectos de recibir el pago total correspondiente a cada mes por la prestación del servicio de salud.
En caso de que los usuarios no reciban una atención adecuada y oportuna, de conformidad con los indicadores aquí establecidos, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia podrá realizar los descuentos, glosas y retenciones a que haya lugar.
14.1. COBERTURA
Se pretende garantizar a la totalidad de usuarios asegurados por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles, el acceso a los servicios médicos asistenciales y promoción y prevención, garantizando la verificación de derechos a través de la web en cualquiera de los 76 Municipios repartidos en 16 departamentos y 4 distritos donde se ubiquen en el territorio nacional, la cual será verificada por el Fondo con base en los siguientes indicadores:
a. Número de fallos que amparen los derechos fundamentales del usuario por servicios incluidos en el Plan de Beneficios y Plan de Atención Convencional, por causal de no atención.
- 0 (cero) fallos que amparen los derechos fundamentales en el periodo = 100%
- 1 fallo que ampare los derechos fundamentales o más = Se realiza Descuento.
b. Número de PQRS recibidas por el FPS que no fueron gestionadas por el contratista y que se presentaron por causal de no atención al usuario en servicios incluidos en el Plan de Beneficios y Plan de Atención Convencional.
- 0% - 29% PQRS sin atender en el periodo = 100%
- 30% PQRS sin atender en el periodo o más = Se realiza Descuento.
14.2. HABILITACION DE SERVICIOS
Las IPS tienen habilitados diferentes servicios en los municipios donde hacen presencia, el vencimiento de cada servicio habilitado de manera individual tiene fecha de renovación independiente, razón por la cual se requiere que el contratista garantice que la renovación de la habilitación se realice adecuadamente y dentro de los tiempos establecidos por la norma, para que los usuarios siempre sean atendidos por IPS habilitadas al 100% en todos los servicios ofertados en cada regional.
a. Servicios habilitados con respecto a los servicios ofertados con respecto a las 9 especialidades básicas del Fondo: Número de servicios habilitados / Número de servicios ofertados
- 100% de servicios ofertados, que se encuentren habilitados
- Menor al 100%, se realiza descuento
14.3. SUFICIENCIA DE RED
En la oferta mínima de servicios se exige una red que supla de manera adecuada las necesidades en salud de la población asegurada por el Fondo, a través de profesionales en las diferentes especialidades y subespecialidades en salud, para evitar las demoras en la atención, así mismo esta red debe operar adecuadamente la implementación y operación de las rutas de atención, con el fin de que el usuario asegurado por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, pueda tener la atención sin demora, de acuerdo a la ruta priorizada para él, y la caracterización realizada.
a. Oportunidad en la atención en las consultas de las especialidades (9 especialidades), Número de consultas adjudicadas en un periodo de tiempo/Número total de citas solicitadas.
- 100% de citas adjudicadas.
- Menor al 100%, se realiza descuento*
* Dependiendo de la oferta en las especialidades presentes en el mercado de salud en Colombia.
14.4. REFERENCIA Y CONTRARAFERENCIA
Los usuarios asegurados por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, por las patologías que padecen requieren atención de baja, mediana y alta complejidad, razón por la cual, el contratista debe garantizar la prestación del servicio de salud en forma integral y oportuna, de tal manera que redireccione
la atención cuando sea necesario para brindar una atención adecuada y óptima. Se aplicará para consulta externa, cirugía, hospitalización y urgencias.
a. Sumatoria del número de días transcurridos entre la solicitud de la referencia y el momento en el cual es autorizada por la IPS/Total de solicitudes de referencia (hospitalario y ambulatorio).
- 0 (cero) a 1 día: 100%
- Más de 1 día se realiza descuento
b. Oportunidad en la Atención: Sumatoria del número de días transcurridos entre la autorización de la referencia y el momento en el cual es atendido por la IPS/Total de solicitudes de referencia (hospitalario y ambulatorio).
- Antes de 30 días calendario: 100%
- Posterior a 30 días calendario: se realiza descuento.
14.5.PROMOCIÓN DE LA SALUD
El contratista deberá priorizar los lineamientos técnicos y operativos de conformidad con la Resolución No. 3280 de 2018 y demás normas vigentes, para la implementación de la ruta de atención integral para la promoción y mantenimiento de la salud, por lo cual deben realizar intervenciones y procedimientos en los ciclos de vida: primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, adultez y vejez, garantizando la adherencia a los programas por la población asegurada y así mismo la realización de cada uno de los protocolos y guías de atención establecidas por la medicina basada en la evidencia y expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
a. Primera Infancia: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades de programadas 7 días de nacido hasta los 5 años y 11 meses / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades de 7 días de nacido hasta los 5 años y 11 meses de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades desde 7 días de nacido hasta los 5 años y 11 meses, con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
b. Infancia: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades de programadas en edades de 6 años hasta los 11 años y 11 meses / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades de 6 años hasta los 11 años y 11 meses de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades desde los 6 años hasta los 11 años y 11 meses con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
c. Adolescencia: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades programadas en edades de 12 años hasta los 17 años / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades de 12 años hasta los 17 años de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades desde los 12 años hasta los 17 años con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
d. Juventud: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades programadas en edades de 18 años hasta los 28 años / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades 18 años hasta los 28 años de acuerdo a la resolución 3280 del 2018
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades desde los 18 años hasta los 28 años con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
e. Adultez: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades programadas en edades 29 años hasta los 59 años / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades de 29 años hasta los 59 años de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades desde los 29 años hasta los 59 años con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
f. Vejez: Número de actividades realizadas a los usuarios con las edades programadas en edades mayores de 60 años / Número total de actividades que se deben realizar a los usuarios con edades mayores de 60 años de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Seguimiento del 100% de los usuarios con edades mayores de 60 años con las actividades clínicas de acuerdo a la resolución 3280 del 2018.
- Menos del 100% se realiza descuento.
14.6.ATENCION AL CIUDADANO
El contratista deberá garantizar a la población usuaria del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, diferentes canales para la recepción de las peticiones, quejas, reclamos y solicitudes. Así mismo, el contratista debe dar respuesta de fondo a todas las solicitudes sin que estas lleguen al ente de vigilancia y control, no obstante, algunos usuarios podrían poner en conocimiento de la Supersalud de este requerimiento.
a. Número de PQRS resueltas antes de 15 días / Número total de PQRS por periodo de tiempo.
- Antes de 15 días hábiles: 100%
- Posterior a 15 días 15 días hábiles: se realiza descuento.
b. Percepción global del servicio por parte de los clientes
- Satisfactorio: 100%
- No satisfactorio: se realiza descuento
c. Número de facturas de viáticos pagadas/ Número total de facturas generadas
- 100% facturas pagadas
- Menos del 100% de las facturas pagadas: se realiza descuentos
14.7.ATENCION AMBULATORIA
El contratista deberá priorizar la atención ambulatoria en términos de oportunidad, para algunas especialidades de mayor demanda por la población usuaria del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, específicamente, medicina general, ginecología, pediatría, odontología, oftalmología, urología, ortopedia, cirugía general, medicina interna, promoción y prevención. La demora en la obtención de la atención por parte de los contratistas representa un riesgo en salud para los usuarios.
a. Oportunidad en cuando a la asignación de citas, (9 especialidades básicas): Sumatoria de Número de días para asignación de citas por 9 especialidades básicas / Número total de citas solicitadas
- Menor de 7 días.
- Mayor a 7 días se realiza descuento
14.8.MEDICAMENTOS, PROCEDIMIENTOS Y COMPLEMENTOS TERAPEUTICOS
Cerca del ochenta por ciento (80%) de la población asegurada por el Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles, posee una o dos patologías de base, que requieren una medicación sin ningún tipo de interrupciones, por lo cual el contratista deberá garantizar que se les realicen los procedimientos médico-diagnósticos en aras identificar la ruta clínica a seguir según la patología.
Del mismo modo el contratista deberá garantizar el suministro permanente de complementos terapéuticos como xxxxxx xx xxxxxx, concentradores, balas de oxigeno portátiles, muletas entre otros elementos que permiten al usuario mejorar su calidad de vida, el contratista debe garantizar el suministro permanente de estos elementos a los usuarios.
a. Número de fórmulas con medicamentos pendientes/número total de fórmulas dispensadas.
- 0 (cero) formulas con pendientes = 100%
- 1 o más formulas con pendientes; se realiza descuento.
b. Número de medicamentos entregados en menos de 48 horas/ Numero de medicamentos pendientes.
- Todos los medicamentos entregados dentro de las 48 horas = 100%
- Menos del 100%, se realiza descuento.
c. Número de elementos complementarios pendientes/número total de fórmulas dispensadas
- Entrega de elementos complementarios formulados dentro de 15 días = 100%.
- Entrega de elementos complementarios formulados posterior a 15 días = Se realiza descuento
14.9. HOSPITALIZACIÓN
Con la alta hospitalización de los usuarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se requiere que el contratista cumpla con los indicadores de hospitalización, infección, re-hospitalización por mal servicio o atención clínica etc. que permita identificar las falencias médicas y hospitalarias en la atención de los usuarios que puedan ser evitadas.
a. Número de usuarios hospitalizados por causas evitables/ número total de usuarios hospitalizados.
- Entrega de elementos complementarios formulados dentro de 15 días = 100%.
- Entrega de elementos complementarios formulados posterior a 15 días = se realiza descuento.
b. Número de usuario con asignación de cama hospitalaria en menos de 24 horas/Número de usuarios con orden de hospitalización.
- Todos los usuarios con asignación de cama hospitalaria en menos de 24 horas = 100%.
- Menor del 100% se realiza descuento.
14.10. ALTO COSTO
La población asegurada por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, es de más de
39.500 usuarios, de los cuales 26.500 ya tienen ERC, adicionalmente 1.300 tienen cáncer, por tal motivo se requiere que el contratista cumpla con los indicadores de seguimiento de calidad para las patologías de alto costo más representativas como son ERC, CANCER, VIH, ARTRITIS, HEMOFILIA, HEPATITIS C.
a. Estudio de los pacientes con diagnóstico presuntivo de patología de alto costo (Incidencia). Número de pacientes que ingresaron a la cohorte de alto costo (ERC, CANCER, VIH, ARTRITIS, HEMOFILIA, HEPATITIS
C) con estudio de acuerdo a la guía clínica en un periodo de tiempo / Número total de pacientes que ingresaron a la cohorte de alto costo en un periodo de tiempo
- Estudio del 100% de los pacientes con sospecha de diagnóstico de patología de alto costo (ERC, CANCER, VIH, ARTRITIS, HEMOFILIA, HEPATITIS C).
- Menos del 100% se realiza descuento.
b. Seguimiento del 100% de los pacientes identificados con diagnóstico de las patologías de alto costo (ERC, CANCER, VIH, ARTRITIS, HEMOFILIA, HEPATITIS C), de acuerdo a las guías de práctica clínica: Número de pacientes pertenecientes a la cohorte de alto costo (ERC, CANCER, VIH, ARTRITIS, HEMOFILIA, HEPATITIS
C) con estudios de seguimiento de acuerdo a la guía clínica en un periodo de tiempo / Número total de pacientes que pertenecen a la cohorte.
- Seguimiento del 100% de los pacientes con las actividades clínicas de acuerdo a las guías de práctica clínica, en un periodo de tiempo.
- Menos del 100% se realiza descuento.
15. DESCUENTOS Y DEDUCCIONES
Durante la ejecución del contrato, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, de acuerdo a criterios técnicos de seguimiento, realizará mensualmente los descuentos y deducciones pertinentes al contratista, de conformidad con la normatividad vigente. El porcentaje se determinará de conformidad con el valor mensual de cada regional.
# | PROCESO | ITEM | RANGO | DESCUENTO |
1 | AFILIACIÓN | Tutelas por servicios. | Mayor a una tutela. | 0,20% |
2 | Tutelas por medicamentos. | Mayor a una tutela. | 0,20% | |
3 | HABILITACIÓN | Servicios Habilitados. | Mayor o igual a una sede no habilitada. | 0,50% |
4 | SUFICIENCIA RED | Oportunidad en la atención. | Tener más de un indicador por fuera de lo estipulado por el FPS FNC. | 0,50% |
5 | REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA | Referencia de servicios. | Mayor a un día. | 0,10% |
6 | PROMOCIÓN DE LA SALUD | Cumplimiento Metas PyP. | Cumplimiento menor del 95% de metas de acciones de PyP. | 0,50% |
7 | ATENCIÓN AL CIUDADANO | PQRS. | PQRS sin resolver en 15 días. | 0,10% |
8 | Encuesta Satisfacción. | Encuesta de satisfacción realizada por FPS FNC. | 0,10% | |
9 | ATENCIÓN AMBULATORIA | Oportunidad en la asignación de Citas. | Asignación de citas mayores a las indicadas por el FPS FNC. | 0,20% |
10 | MEDICAMENTOS, PROCEDIMIENTOS Y COMPLEMENTOS TERAPÉUTICOS | Medicamentos no entregados. | Formulas médicas no entregadas. | 0,20% |
11 | HOSPITALIZACIÓN | Hospitalización evitable. | Mayor al 1% de las hospitalizaciones. | 0,30% |
12 | Oportunidad en Hospitalización. | Mayor al 1% de las hospitalizaciones. | 0,10% | |
13 | ALTO COSTO | Nuevos casos con estudios. | Menor al 95%. | 0,50% |
14 | Pacientes con seguimiento. | Menor al 95%. | 0,50% | |
15 | PROMOCIÓN DE LA SALUD | Cumplimiento Metas PyP. | Cumplimiento entre el 95% y el 100% de metas de acciones de PyP. | 0,70% |
16 | ALTO COSTO | Nuevos casos con estudios. | ENTRE EL 95 Y 100%. | 0,50% |
17 | Pacientes con seguimiento. | ENTRE EL 95 Y 100%. | 0,50% |
Los descuentos y deducciones a que queda habilitado el Fondo como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de los niveles descritos, se aplicarán sin perjuicio y de manera independiente de las sumas de dinero que el fondo deba pagar a terceros por concepto de los servicios o suministros en que haya debido incurrir a fin de garantizar el servicio de salud a los usuarios y demás beneficiarios.
16. CESIÓN Y SUBCONTRATOS
El CONTRATISTA no podrá ceder el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito del FONDO DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, pudiendo éste negar la autorización de la cesión.
17. POTESTADES EXORBITANTES
El contrato que se derive del presente proceso de selección, se regirá por las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación y terminación unilaterales de que tratan los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
18. LIQUIDACIÓN
Terminada la ejecución del contrato el supervisor y el interventor o auditor, según el caso, procederán a su liquidación de mutuo acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato, vencido el plazo anterior se procederá conforme con lo ordenado por el artículo 60 de
la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 0019 de 2012 y el artículo 11 de la ley 1150 de 2007, que le sean aplicables y las demás normas que las regulan, complementan y modifican.
19. DOMICILIO
Para todos los efectos legales se fija como domicilio la ciudad de Bogotá D.C.
ELABORÓ: (ORIGINAL FIRMADO) | REVISÓ: (ORIGINAL FIRMADO) | APROBÓ: (ORIGINAL FIRMADO) |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Abogada Oficina Asesora Jurídica (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX Xxxxxxx Subdirección de Prestaciones Sociales (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Ingeniero Subdirección de Prestaciones Sociales (ORIGINAL FIRMADO) XXXX XXXXX XXXXXX Economista Subdirección de Prestaciones Sociales (ORIGINAL FIRMADO) XXXXX XXXXX XXXXXXX Administrador Subdirección de Prestaciones Sociales | XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX Subdirector de Prestaciones Sociales (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX Coordinador GIT Prestación Servicios de Salud (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX Asesor Dirección General (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Jefe Oficina Asesora Jurídica | XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX Director General |
FORMATOS
FORMATO No. 1 – MINUTA DEL CONTRATO
FORMATO No. 2 – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMATO No. 3 – COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
FORMATO No. 4 – DECLARACIÓN MULTAS SANCIONES O EFECTIVIDAD DE LAS GARANTÍAS FORMATO No. 5 – CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
FORMATO No. 6 – MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
FORMATO No. 7 – CERTIFICACION DE PAGOS DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEMAS APORTES A QUE HAYA LUGAR - PERSONA JURIDICA - ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002
FORMATO No. 8 – CERTIFICACION DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEMÁS APORTES A QUE HAYA LUGAR - PERSONAL NATURAL. ARTICULO 9 LEY 828 DE 2003
FORMATO No. 9 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL FORMATO No. 10 – COMPONENTE PRIMARIO (POR REGIONAL)
FORMATO No. 11 – PROGRAMAS DE ATENCIÓN INTEGRAL CON EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO, CON OPERACIÓN PERMANENTE Y SISTEMA DE INFORMACIÓN, DE PATOLOGÍAS PRIORIZADAS SEGÚN DEMANDA Y CAPACIDAD INSTALADA (HTA, DIABETES, OBESIDAD, SALUD MENTAL, CONTROL PRENATAL, HIPERLIPIDEMIA, INSUFICIENCIA RENAL, EPOC, CÁNCER, ENTRE OTRAS).
FORMATO No. 12 – DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS DE TELEMEDICINA Y/O TELEASISTENCIA FORMATO No. 13 – DISPONIBILIDAD DE CALL CENTER CON SOFTWARE MÉTRICOS FORMATO No. 14 – OFERTA DE UNIDADES MÓVILES EXTRAMURALES
FORMATO No. 15 – OFERTA PROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL DE ERC FORMATO No. 16 – OFERTA DE VARIAS REGIONALES
FORMATO No. 17 – CAPACIDAD TÉCNICA – EXPERIENCIA ESPECÍFICA FORMATO No. 18 – CAPACIDAD TÉCNICA – RECURSO HUMANO
FORMATO No. 1 MINUTA DEL CONTRATO
OBJETO: | GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA. |
CONTRATANTE | FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA |
CONTRATISTA | XXXXXX |
VALOR: | Hasta la suma de XXXXXX PESOS ($XXXXXX) M/CTE) incluido IVA, AIU y todos los impuesto, gastos y erogaciones en que debe incurrir el contratista para la ejecución del servicio. |
PLAZO DE EJECUCIÓN: | El plazo de ejecución del presente contrato será contado a partir del 01 xx xxxx de 2019 hasta el 31 de julio de 2022, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo. |
Entre los suscritos: XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.094.916.423 de Armenia, en su calidad de Director General, obrando en nombre y representación del FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, establecimiento
público del orden Nacional con NIT. 800.112.806 -2 con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, con domicilio en Bogotá, D.C., creado mediante Decreto 1591 del 18 de julio de 1989, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, nombrado como tal mediante Decreto No. 170 del 22 de enero de 2018, quien en adelante se denominará EL FONDO, por una parte, y por la otra: XXXXXX con domicilio en XXXXX y NIT No. XXXXXX, representada legalmente XXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXX, y quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, quien manifiesta bajo la gravedad del juramento que ni él ni la sociedad que representa se encuentran incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad descritas en la constitución y en la ley para contratar, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, previa observancia y aplicación de lo previsto por la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 (modificado por el Decreto 1676 de 2016), en tratándose de contratación mediante convocatoria pública por parte EL FONDO, y con base en las siguientes consideraciones: 1. Que el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, es un Establecimiento Público del nivel nacional, creado mediante el Decreto 1591 de 1989, que funciona como entidad adaptada en salud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por los Decretos 1890 de 1995 y 489 de 1996. 2. Que la doctrina define las Entidades Adaptadas en Salud (EAS) como aquellas que hacen parte del régimen de transición y tienen una existencia eminentemente transitoria, la cual expira cuando se termine la relación laboral de los afiliados o el periodo de jubilación de los pensionados que tuvieren en el momento de entrar a regir el nuevo sistema de seguridad social en salud. 3. Que en su calidad de Entidad Adaptada al Sistema de Salud, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia debe garantizar la prestación del servicio de salud a los pensionados de las extintas Ferrocarriles de Colombia y Puertos de Colombia y a su grupo familiar, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 488 de 1996. 4. Que de conformidad con el artículo 2 del Decreto 1591 de 1989, dentro de los objetivos misionales del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se encuentran: a. Manejar las cuentas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el inciso 1 del artículo 7 de la Ley 21 de 1988; b. Organizar y administrar las prestaciones asistenciales a que tengan derecho los empleados y pensionados de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en liquidación. 5. Que en ejercicio de sus funciones el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia expidió el Acuerdo 013 del 2 xx xxxxxx de 1994, aprobado mediante Decreto 488 de 1996, por medio del cual reglamentó “…los servicios de salud a cargo del Fondo Pasivo Social de
Ferrocarriles Nacionales de Colombia, ajustándolos a los lineamientos de la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones reglamentarias.” 6. Que en virtud de ello, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia debe garantizar la prestación de los servicios integrales de salud, con sujeción al plan de beneficios en salud (PBS), al plan de atención convencional (PAC), y a los programas de promoción y prevención de acuerdo con la ruta de promoción y mantenimiento, con destino a los afiliados y beneficiarios definidos en la Ley. 7. Que es importante resaltar que en atención a lo dispuesto en el Decreto 1591 de 1989 y en el Decreto 488 de 1996, el Fondo debe contratar con terceros los servicios que la entidad debe asegurar en razón a su naturaleza, por lo cual se requiere contar con uno o varios operadores que garanticen la prestación del servicio integral de salud a los usuarios y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, que cuente con el andamiaje técnico, administrativo y financiero necesario para garantizar que los servicios de salud sean prestados a todos los afiliados y beneficiarios, en condiciones de oportunidad, calidad y eficiencia, en aras de cumplir con la misión y visión de la entidad. 8. Que se hace necesario acudir a las normas que rigen las diferentes modalidades de selección previstas para contratar conforme lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, la Ley 1882 de 2018, el Decreto 1082 de 2015, y demás normas concordantes, como un mecanismo idóneo para suplir la necesidad antes esbozada. 9. Que la subdirección financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuestal con No. xxxxxx del xxxx de xxxxx de 2019, de la vigencia fiscal 2019, así como las vigencias futuras xXXXX, XXXXX, XXXXX para adelantar el presente proceso contractual. 10. Que la Entidad expidió o elaboró el insumo de contratación justificando la necesidad de la contratación. 11. Que EL FONDO, mediante Resolución No. XXXX de XXXX de XXXX de 2019, ordenó la apertura a la Selección Abreviada para la Contratación de Servicios de Xxxxx XXXX 001 DE 2019. 12. Que EL FONDO, adelantó el proceso de SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE XXXXX XXXX 001 DE 2019
conforme lo contenido en la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y que para el efecto el día XXXX de XXXX de 2019 se fijó como fecha de entrega de propuestas donde se presentó; XXXXXXX. 13. Que surtidas todas las etapas pre-contractuales propias para el proceso de selección abreviada establecida en el pliego de condiciones y que hace parte integral del presente contrato, el comité evaluador, mediante acta de evaluación de propuesta, recomendó al director del fondo llevar a cabo la contratación que aquí se trata con el proponente XXXXXXXX favorecido por cumplir con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros. 14. Que a través de resolución No XXXX de XXXX de XXXX de 2019 se adjudica el proceso de contratación cuyo objeto es “GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS
USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA.” 15. Que con base en todo lo anterior, las partes firmantes delimitan el presente acuerdo de voluntades dentro de las siguientes clausulas: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga con EL FONDO a
cumplir con todas y cada una de las especificaciones enunciadas en su propuesta la cual hace parte del contrato, para todos los efectos legales. CLAUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 2.1. GENERALES. 1. Cumplir el objeto contractual a cabalidad, teniendo en cuenta lo señalado en los documentos que forman parte integral del contrato y los anexos técnicos. 2. Cumplir con todas las especificaciones establecidas en los estudios previos, los pliegos de condiciones, anexos y la minuta contractual. 3. Cumplir con la prestación de todos los niveles de atención de servicios de salud. 4. Acatar las directrices dadas por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 5. Informar oportunamente a la Entidad sobre cualquier irregularidad que se presente en la ejecución contractual. 6. Asumir el pago de todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana. 7. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, transporte, gravámenes, aportes, parafiscales y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. 8. Obrar con buena fe, evitando dilaciones y en trabamientos que
puedan presentarse durante la ejecución del contrato. 9. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. 10. Cumplir cada uno de los ofrecimientos hechos en su oferta, en todo aquello que no contraríe lo aquí estipulado, lo cual hace parte integral del contrato. 11. Guardar confidencialidad de la totalidad de la información que el Fondo con fundamento en las obligaciones que se asuman en virtud del contrato. 12. Presentar informes de los servicios prestados y las actividades desarrolladas que sean requeridos por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en los formatos establecidos por la entidad. 13. Asistir a todos los comités de seguimiento, locales y regionales designando un representante con capacidad de decisión. 14. Permitir el acceso a las personas que determine EL FONDO a la información y la infraestructura para la supervisión, auditoría e interventoría en la prestación de los servicios. 15. Entregar al FONDO, a la finalización del contrato, las historias clínicas de consulta externa y demás documentos relacionados con los aspectos médicos de las personas que cubre el presente Contrato. 16. Cumplir con las obligaciones contractuales que asuma con sus subcontratistas y demás proveedores vinculados a la prestación del servicio integral de salud, en forma oportuna de manera tal que los servicios no sufran afectación. 17. Pagar oportunamente a las IPS los servicios contratados para la atención de los afiliados y beneficiarios del Fondo. En caso de retardo injustificado el Fondo podrá girar directamente los recursos a las IPS con cargo a los recursos del contrato. 18. Cumplir el Código de Ética y de Buen Gobierno de la Entidad y aplicar el contenido de los mismos en la ejecución del contrato. 19. Cumplir a cabalidad con la política integral de salud. 20. Designar un funcionario de su organización, responsable en el manejo del programa de servicios de salud para EL FONDO, con amplias facultades administrativas y técnicas para resolver los aspectos relacionados con éste, además contará con personal capacitado y entrenado en el manejo bioestadístico. 21. Adecuar la prestación de los servicios a su cargo a los lineamientos técnicos y administrativos que sean establecidos por EL FONDO y a cumplir con los niveles de servicio ofrecidos en el presente contrato.
22. Cumplir con los estándares de calidad de los servicios integrales de salud y acatar los procedimientos para la auditoría e indicadores de gestión mediante los cuales se determinen los criterios para la evaluación de desempeño que serán establecidas por EL FONDO. 23. Velar por el bienestar y la preservación del mejor estado de salud de los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 24. Garantizar el acceso integral y equitativo a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad. 25. Asumir por cuenta y riesgo, los gastos en que deba incurrir para garantizar la correcta ejecución del contrato, en los casos en que se presenten deficiencias en el desarrollo por estimación defectuosa o demoras en la prestación del servicio integral de salir, por causa del personal contratado o subcontratado. 26. Dar respuesta oportuna a todas las comunicaciones y requerimientos que sean formulados por EL FONDO, durante la prestación del servicio de salud. 2.2. ESPECÍFICAS: 1. Garantizar la prestación de forma integral de los servicios de salud contemplados en todos sus niveles de complejidad, de conformidad con las condiciones definidas en el presente documento. 2. Adaptar el modelo a las necesidades y características del territorio en el que se encuentren los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles de Colombia conforme la categorización xx xxxxxx, xxxx ruralidad y disperso. 3. Identificar y priorizar las zonas según las características del territorio para la prestación de los servicios de salud. 4. Adoptar el modelo de prestación de salud a las características diferenciales de la población a la que pertenezcan los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 5. Desarrollar proyectos de innovación conforme a la caracterización de los afiliados y beneficiarios del servicio de salud. 6. Pagar los servicios médicos de urgencias que le sean prestados a los afiliados y beneficiarios del Fondo cuando se encuentren por fuera de la regional. 7. Facturar al FONDO, dentro de los tiempos y condiciones establecidos en el presente contrato, bajo las exigencias fijadas. Para tal efecto junto con la respectiva factura mensual, EL CONTRATISTA, se compromete a certificar, a través de su representante legal y el revisor fiscal, el estado de cumplimiento y pago de las obligaciones contraídas con sus subcontratistas y demás proveedores vinculados a la prestación de los servicios integrales de salud. 8. Gestionar integralmente el riesgo de salud de los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 9. Garantizar la prestación de los servicios de salud de promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y paliación reconocidos en el Plan de Beneficios.
10. Garantizar la prestación de los servicios de salud reconocidos en el Plan de Atención Convencional, respetando lo pactado en todas las convenciones colectivas. 11. Garantizar la prestación de los servicios de salud de Promoción y Prevención incluidos en la Ruta de Promoción y Mantenimiento. 12. Caracterizar a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, para identificar su riesgo individual. 13. Identificar y priorizar a los usuarios de acuerdo con el resultado de la caracterización.
14. Realizar a cada afiliado y beneficiario las rutas integrales de atención en salud según la caracterización de cada usuario. 15. Desarrollar las rutas integrales de atención en salud que identifique al momento de caracterizar a los afiliados y beneficiarios y realizar intervenciones individuales que demande cada paciente.
16. Mantener durante el plazo de ejecución del contrato, todo el personal idóneo y calificado de nivel directivo, profesional, técnico y de soporte administrativo y operativo que sea necesario para el óptimo desarrollo del mismo. 17. Reportar al FONDO la información requerida por los sistemas de información en los tiempos y formas exigidos a las Entidades Adaptadas en la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud y demás normas concordantes. 18. Manejar la historia clínica de los pacientes de conformidad con lo establecido en la Ley 23 de 1981 y el Decreto 1995 de 1999 y garantizar al FONDO el acceso a las mismas durante la ejecución del contrato. 19. Reportar al FONDO la información adicional que sea solicitada por los entes de control en la forma y plazo establecidos por el Fondo. 20. Entregar toda la información en medio digital y física que se desprenda de la atención de los servicios de salud al Fondo en los tiempos que la entidad requiera. 21. Entregar toda la información que requiera el Fondo en medio digital y físico. 22. Garantizar que durante todo el periodo de ejecución del contrato contará con la red de instituciones prestadoras de salud principal y alterna ofertada para cubrir contingencias. 23. Contar con prestadores primarios en cada municipio para la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 24. Contar con prestadores complementarios para la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia que le permita atender de forma integral todas las rutas y protocolos de atención. 25. Contar con servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico dentro de la red de servicios. 26. Contar con prestadores complementarios la prestación del servicio integral de salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 27. Contar con las redes integradas de servicios que garanticen los servicios de salud a los que tienen derecho los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en todos los niveles de complejidad. 28. Garantizar que las IPS que conforman la red de servicios, cumplan las normas y lineamientos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social o quien haga sus veces para su funcionamiento. 29. Cumplir con la elaboración, envío y entrega de todos los reportes requeridos por entes de control, Superintendencia de Salud, Ministerio de Salud y Protección Social y entes territoriales en los tiempos que requieran dichos entes, se deberá entregar una copia de cada uno de los reportes enviados al Fondo. 30. Cumplir con los componentes del Sistema Obligatorio de la Calidad en Salud, en cuanto a instalaciones, auditorias, atención a los usuarios, capacitaciones para garantizar la provisión de los servicios de manera integral. 31. Contar con sistemas de evaluación de desempeño e incentivos. 32. Fortalecer el recurso humano administrativo y asistencia. 33. Xxxxxxx al Fondo toda la información y sus actualizaciones relacionada con su Política de Gestión xxx Xxxxxxx Humano, incluyendo matrices de roles, responsabilidades, responsables de procesos y sus respectivas funciones. 34. Entregar al Fondo toda la documentación relacionada con actividades administrativas en relación con el talento humano en la que se incluya: procesos de selección, inducción general y específica, reinducción, capacitación continua de todo su personal en áreas especializadas del aseguramiento en salud, así como entrenamiento en las funciones propias del cargo, gestión y desvinculación xxx xxxxxxx humano. 35. Xxxxxxx al Fondo la información relacionada con la forma y mecanismos de evaluación de desempeño de su talento humano. 36. Presentar en los primeros 5 días de cada mes el informe de afiliados fallecidos durante el periodo inmediatamente anterior a la fecha del reporte. 37. Realizar el correspondiente empalme al terminar el contrato, disponiendo de mínimo quince (15) días posteriores al vencimiento del plazo. 38. Todas las demás obligaciones que el supervisor y el auditor o interventor impartan para la correcta ejecución del contrato o que emanen de la ley debido a la naturaleza del servicio que se presta. CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL FONDO. 1. Realizar acciones de vigilancia en salud pública al operador del servicio. 2. Realizar seguimiento individual y familiar. 3. Realizar monitoreo, evaluación y retroalimentación de los casos atendidos por el prestador. 4. Hacer seguimiento de acciones de promoción y mantenimiento. 5. Cancelar el valor del contrato en los términos y plazos establecidos en el presente documento. 6. Cumplir con las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte integral. 7. Suministrar toda la información requerida para el desarrollo del objeto contractual. 8. Supervisar que el servicio prestado por el contratista, cumpla con todos los requerimientos establecidos. 9. Suscribir las actas y documentos que se requieran en virtud del presente contrato. 10. Definir los procedimientos de calidad, indicadores de gestión y las reglas para la evaluación de desempeño. 11. Efectuar a través del funcionario designado para ejercer la Supervisión y el auditor o interventor del contrato, la verificación del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los Sistemas de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación, SENA e ICBF), como requisito previo para el desembolso del pago y liquidación del contrato. 12. Prestar toda la colaboración necesaria para la debida ejecución del contrato.
13. Poner en conocimiento del contratista el Plan de Atención Convencional (PAC). 14. Informar al contratista los procedimientos de calidad, indicadores de gestión y las reglas de evaluación de desempeño. 15. Realizar evaluación de desempeño sobre la prestación del servicio integral de salud. 16. Dar aplicación al modelo de
gestión, procedimientos de calidad y auditoría médica, indicadores de gestión y las reglas para la evaluación de desempeño. 17. Expedir el certificado de Registro Presupuestal del contrato. 18. Aprobar la garantía única que en debida forma constituya EL CONTRATISTA. 19. Suministrar al CONTRATISTA la información requerida para el desarrollo del objeto contractual. 20. Cumplir con las demás obligaciones que sean necesarias e inherentes para lograr el adecuado desarrollo y cumplimiento del objeto del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: VALOR DEL CONTRATO. Para efectos legales y fiscales el valor del presente contrato será de
XXXXXXXXX. CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO. El valor total del contrato se pagará mediante pagos XXXXXXXXXXXXXXXX, tal como se relaciona a continuación: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PARÁGRAFO 1: Esta modalidad de pago genera un fuerte impacto al realizar acciones de promoción de la salud, prevención primaria y detección temprana, para reducir el riesgo primario de incidencia y de severidad, genera también un fuerte incentivo para gestionar el riesgo técnico de morbilidad evitable (mejorando la coordinación, la continuidad y la integralidad de la atención, y realizando acciones de prevención secundaria y terciaria) y el riesgo técnico de utilización (reduciendo la variabilidad en las conductas médicas). PARÁGRAFO 2: Los pagos mensuales se someterán a una auditoría – interventoría técnica para determinar el grado de cumplimiento de matrices de cumplimiento de PYP, oportunidad en la atención y demás medidas de evaluación que determine el contratante en la ejecución del contrato. Con el informe del auditor o interventor se procederá a realizar las glosas, descuentos, retenciones o deducciones en el mes siguiente. Para lo anterior el contratista suministrara toda la información, datos, registros o demás requerimientos necesario para realizar dichas auditorias o interventorías. Es deber del contratista entregar toda la información de forma oportuna. PARÁGRAFO 3: En los pagos correspondientes a diciembre de 2019, diciembre de 2020, diciembre de 2021 y el último pago de la vigencia 2022, se realizarán retenciones según el promedio de las glosas, descuentos o deducciones hasta que el Fondo verifique el informe de ejecución del contrato y se descontaran en el mismo mes. PARÁGRAFO 4: El pago mensual esta dado para la prestación de servicios de baja complejidad, mediana complejidad, alta complejidad, alto costo, acciones dentro del PAC y las acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, todas las acciones anteriormente mencionadas se pagaran por región según el valor mensual por vigencia que se define en la tabla anterior. PARÁGRAFO 5: Se verificara la cantidad de usuarios del fondo y las frecuencias de uso pactadas, si varía la cantidad de usuarios esta automáticamente se ajustara en el pago mensual, esta verificación se realizara durante toda la ejecución del contrato. Se verificara cada cuatro (4) meses durante un periodo de un (1) año las frecuencias de uso y el número de eventos inicialmente dados en el anexo No “FRECUENCIAS DE USO”, si estos varían por encima xxx xxxx por ciento (10%), el fondo entrara revisar lo indicado por el contratista y reajustara la fórmula de pago, únicamente se dará lo anterior si se determina que la frecuencia de uso aumento solo por la severidad de las patologías, para tal caso el contratista deberá aportar toda la información requerida por el contratante para que pueda realizar el estudio y hacer los ajustes necesarios. El ajuste por severidad en la patología nunca podrá ser superiores al cinco (5%) del valor mensual. Pasado un año no se volverán a ajustar las frecuencias de uso. PARÁGRAFO 6: Los recursos que se glosen o descuenten se invertirán en la prestación de servicios de salud en promoción de la salud y prevención de la enfermedad o en programas integrales de atención en patologías crónicas o de alto costo, lo anterior se realizara como incentivo a la región que cumpla con los requisitos planteados por el FONDO. Esta valoración se realizara cada cuatro (4) meses y los recursos se entregaran a la región que mejor este cumpliendo con los indicadores de acuerdo a las evaluaciones realizadas por el FONDO. CLÁUSULA SEXTA: DESCUENTOS Y DEDUCCIONES. Durante la ejecución del contrato, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, de acuerdo a criterios técnicos de seguimiento, realizará mensualmente los descuentos y deducciones pertinentes al contratista, de conformidad con la normatividad vigente. El porcentaje se determinará de conformidad con el valor mensual de cada regional.
# | PROCESO | ITEM | RANGO | DESC UENT O |
1 | AFILIACIÓN | Tutelas por servicios. | Mayor a una tutela. | 0,20% |
2 | Tutelas por medicamentos. | Mayor a una tutela. | 0,20% | |
3 | HABILITACIÓN | Servicios Habilitados. | Mayor o igual a una sede no habilitada. | 0,50% |
4 | SUFICIENCIA RED | Oportunidad en la atención. | Tener más de un indicador por fuera de lo estipulado por el FPS FNC. | 0,50% |
5 | REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA | Referencia de servicios. | Mayor a un día. | 0,10% |
6 | PROMOCIÓN DE LA SALUD | Cumplimiento Metas PyP. | Cumplimiento menor del 95% de metas de acciones de PyP. | 0,50% |
7 | ATENCIÓN AL CIUDADANO | PQRS. | PQRS sin resolver en 15 días. | 0,10% |
8 | Encuesta Satisfacción. | Encuesta de satisfacción realizada por FPS FNC. | 0,10% | |
9 | ATENCIÓN AMBULATORIA | Oportunidad en la asignación de Citas. | Asignación de citas mayores a las indicadas por el FPS FNC. | 0,20% |
10 | MEDICAMENTOS, PROCEDIMIENTOS Y COMPLEMENTOS TERAPÉUTICOS | Medicamentos no entregados. | Formulas médicas no entregadas. | 0,20% |
11 | HOSPITALIZACIÓN | Hospitalización evitable. | Mayor al 1% de las hospitalizaciones. | 0,30% |
12 | Oportunidad en Hospitalización. | Mayor al 1% de las hospitalizaciones. | 0,10% | |
13 | ALTO COSTO | Nuevos casos con estudios. | Menor al 95%. | 0,50% |
14 | Pacientes con seguimiento. | Menor al 95%. | 0,50% | |
15 | PROMOCIÓN DE LA SALUD | Cumplimiento Metas PyP. | Cumplimiento entre el 95% y el 100% de metas de acciones de PyP. | 0,70% |
16 | ALTO COSTO | Nuevos casos con estudios. | ENTRE EL 95 Y 100%. | 0,50% |
17 | Pacientes con seguimiento. | ENTRE EL 95 Y 100%. | 0,50% |
PARÁGRAFO PRIMERO: Los descuentos y deducciones a que queda habilitado el Fondo como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de los niveles descritos, se aplicarán sin perjuicio y de manera independiente de las sumas de dinero que el fondo deba pagar a terceros por concepto de los servicios o suministros en que haya debido incurrir a fin de garantizar el servicio de salud a los usuarios y demás beneficiarios. CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO. El plazo de ejecución del presente contrato será contado a partir de la suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de julio de 2022, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo. La vigencia del contrato será desde su perfeccionamiento y hasta los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución. CLÁUSULA OCTAVA: LUGAR. El lugar de ejecución del contrato será en el territorio nacional donde se encuentren ubicados los usuarios y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. CLÁUSULA NOVENA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL.- Que en el presupuesto general xx xxxxxx y gastos de la actual vigencia fiscal de 2019, existen disponibilidad presupuestal N° xxxxxx del xxx de xxxxx de 2019. CLÁUSULA DÉCIMA: GARANTÍA. EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA identificado con NIT. 800.112.806-2 las siguientes garantías, que deberán consistir en contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo o garantía bancaria. Las garantías deberán constituirse a más tardar dentro de los tres (03) días hábiles siguiente a la fecha de suscripción del presente contrato, debiendo cumplir los siguientes amparos:
Tipo o Clase de garantía | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento. | Será el equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses. |
Calidad del Servicio. | Será el equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses. |
Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. | Será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato. | Por el término de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que pudiera llegar a atribuirse al Fondo con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, o de los perjuicios ocasionados por
eventuales reclamaciones de terceros corresponderá al equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al contratista de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa del FONDO. PARÁGRAFO SEGUNDO. En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución del contrato y/o se adicione en valor, EL CONTRATISTA se compromete, dentro de los dos (2) días siguientes a presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. PARÁGRAFO TERCERO. EL CONTRATISTA deberá mantener la garantía en plena vigencia y validez en los términos expresados en esta cláusula y deberá pagar las primas y demás expensas necesarias para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: PENAL PECUNIARIA. Si el CONTRATISTA no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, pagará al FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA el
DIEZ por ciento (10%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se impongan las multas a que haya lugar y/o reclamación por los perjuicios ocasionados. Así mismo, para efectos de declarar el incumplimiento del contratista con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA: MULTAS.- En virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, las partes acuerdan que en caso de retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato se causará a favor de la entidad contratante una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, previa realización del procedimiento señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Los montos correspondientes, se compensarán directamente, descontando el valor de las multas de los pagos que la entidad contratante deba efectuar al contratista, si ello fuere posible, o haciendo efectiva la garantía única con cargo al amparo de cumplimiento, o acudiendo al cobro ejecutivo. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso que la entidad contratante opte por el cobro ejecutivo, éste se realizará a través de la jurisdicción coactiva y se llevará a cabo sin necesidad de requerimiento alguno, ni constitución en xxxx. PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria se compensará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o haciendo efectiva la garantía o a través del cobro ejecutivo. CLÁUSULA DECIMA TERCERA: MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES.-
El presente contrato se rige por las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación y terminación unilaterales de que tratan los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMA CUARTA: AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL. Con absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre LA ENTIDAD y EL CONTRATISTA o sus dependientes o subcontratistas o cualquier otro tipo de personal a su cargo. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Las diferencias que surjan en desarrollo del presente contrato, se solucionarán a través de los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1.993 o por conciliación, amigable composición y transacción. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: CESIÓN y SUBCONTRATOS.- El CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar el presente contrato a persona jurídica alguna sin el consentimiento previo, expreso y escrito del FONDO, pudiendo éste reservarse la razón o razones que tenga para negar la cesión o el subcontrato. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. SUPERVISIÓN. La Supervisión del contrato estará a cargo del funcionario que designe el Director General. De conformidad con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el supervisor deberá realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: RESPONSABILIDAD. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes citadas, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley 80 de 1993. PARÁGRAFO SEGUNDO: La supervisión de las actividades derivadas del presente contrato, genera para el funcionario designado para ello la responsabilidad propia de este tipo de funciones. Por lo tanto, tiene el deber de actuar con la más absoluta diligencia y racionalidad en aras de proteger el patrimonio público. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: INTERVENTORÍA O AUDITORÍA. Adicional a la supervisión, de acuerdo el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, la entidad contratará a una persona natural o jurídica que preste el servicio de interventoría o auditoría externa, quien se encargará del seguimiento técnico sobre el cumplimiento del contrato y el desarrollo de la implementación y garantía del modelo de atención en salud a los afiliados y beneficiarios del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: LIQUIDACIÓN.- Terminada la ejecución del contrato el supervisor y el interventor o auditor, según el caso, procederán a su liquidación de mutuo acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato, vencido el plazo anterior se procederá conforme con lo ordenado por el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217
del Decreto Ley 0019 de 2012 y el artículo 11 de la ley 1150 de 2007, que le sean aplicables y las demás normas que las regulan, complementan y modifican. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para su legal ejecución requiere la expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía por parte de la Entidad.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C., a los
POR EL FONDO POR EL CONTRATISTA
XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX EL CONTRATISTA DIRECTOR GENERAL
NOTA: La presente minuta es un modelo sugerido, el cual puede ser variado por la Entidad
FORMATO No. 2
MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Bogotá D.C., de de 0000
XXXXXXX
XXXXX XX XXXXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX DIRECCIÓN GENERAL
CIUDAD
REFERENCIA: SASS No. 001 DE 2019
OBJETO: GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA.
Respetados señores:
En mi condición de representante legal de (Nombre de la persona jurídica PROPONENTE, identificada con Xxx Xx. ) me permito presentar, en original, dos copias y un medio magnético, oferta para para el proceso de selección abreviada para la contratación de servicios de salud.
En mi calidad de proponente declaro:
Que conozco el pliego de condiciones del proceso de selección en referencia e informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
Que declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.
Que acepto las condiciones, especificaciones técnicas, obligaciones generales y específicas y demás exigencias para la ejecución del contrato, contenidas en los documentos del proceso y sus anexos, así como las del y en el contrato, si éste llegare a suscribirse.
Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el acta de iniciación y a terminar el contrato dentro de los plazos contractuales, de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de selección.
Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
Que responderemos por la calidad de servicios contratados, sin perjuicio de la constitución de la garantía exigidas en el pliego de condiciones.
Que leí cuidadosamente el pliego de condiciones y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
Que he consultado en el Portal Único de Contratación – Sistema Electrónico de la Contratación Pública – SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx la información sobre preguntas, respuestas y adendas.
Que contamos con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte de la selección abreviada para la contratación de servicios de salud.
Que contamos con los permisos, patentes, licencias, libros y registros, seguros y demás requisitos que se exigen en las normas aplicables y en caso de resultar favorecidos, nos obligamos a mantenerlos permanentemente actualizados.
Que mi propuesta se resume así:
NOMBRE DEL PROPONENTE: (Cuando el proponente sea un consorcio y/o una unión temporal se deberá indicar el nombre de los integrantes).
REPRESENTANTE LEGAL:
PAÍS DE ORIGEN: (Cuando el proponente sea un consorcio y/o una unión temporal se deberá indicar el país de origen de cada uno de los integrantes)
PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO:
VALIDEZ DE LA PROPUESTA: Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la de la garantía de seriedad de la oferta así:
GARANTÍA DE SERIEDAD No. |
ASEGURADORA |
VALOR |
VIGENCIA |
Que la presente propuesta consta de ( ) folios debidamente numerados.
Finalmente, me permito informar que las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente dirección:
DIRECCION:
CORREO ELECTRÓNICO:
TELÉFONO:
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 3 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Identificado con la cedula de ciudadanía No. domiciliado en la ciudad de quien actúa en representación legal de sociedad
con NIT inscrita en la Cámara de Comercio de
y quien en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesto mi voluntad de asumir, de manera unilateral, los documentos que conforman el presente proceso de selección abreviada para la contratación de servicios de salud, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que EL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES, adelanta un proceso
de selección abreviada para la celebración de un contrato estatal cuyo objeto es “GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA”.
SEGUNDO: Que es interés de EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado colombiano, y del Fondo, para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas.
TERCERO: Que siendo del interés de EL PROPONENTE participar en el proceso de selección aludido, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral de transparencia, que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS:
CLAUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS. EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asumo los siguientes compromisos:
1.1. No ofrecer ni entregar sobornos, ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con mi propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de mi propuesta.
1.2. No permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en nombre de la persona jurídica que represento.
1.3. Impartir instrucciones a todos mis empleados, agentes, asesores, y cualquier otro representante mío, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de selección y la relación contractual que podría derivarse de ella. Así mismo, les impondré obligaciones de: a) No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de la entidad, ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta; b) No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de la entidad, durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada mi propuesta.
1.4. No efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de selección.
CLAUSULA SEGUNDA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO. EL PROPONENTE asume a través de
la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de selección, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de a los días del mes del año 2019.
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 4
DECLARACIÓN DE MULTAS SANCIONES O EFECTIVIDAD DE LAS GARANTÍAS
Ciudad y fecha
SEÑORES
FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA DIRECCIÓN GENERAL
CIUDAD
Identificado con la cedula de ciudadanía No. domiciliado en la ciudad de quien actúa en representación legal de sociedad
con NIT inscrita en la Cámara de Comercio de
, bajo la gravedad de juramento certifico que en los últimos dos (2) años a la fecha, SI
NO he sido objeto de multas y/o sanciones y/o efectividad de garantías por incumplimiento de mis obligaciones contractuales frente a entidades públicas o privadas.
(En caso de multas y /o sanciones, deberá relacionar cada una de ellas, indicando el monto de la multa, de la sanción o de la efectividad de la garantía, la fecha en que se impuso y el nombre de la entidad que la impuso).
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019.
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 5
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Identificado con la cedula de ciudadanía No. domiciliado en la ciudad de quien actúa en representación legal de sociedad
con NIT inscrita en la Cámara de Comercio de
,, declaro bajo la gravedad del juramento que conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia, y que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento.
Así mismo, declaro que conozco las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en el numeral 7° del artículo 26 y el artículo 52 de la Ley 80 de 1993, y los efectos legales consagrados en el numeral 1° del artículo 44 de la misma normatividad.
Por último declaro que, tal como lo soportan los certificados allegados con la propuesta, no me encuentro sancionado por la Contraloría General de la República en juicio de responsabilidad fiscal, ni he sido inhabilitado por la Procuraduría General de la Nación.
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019.
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 6
MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
. , identificado con la C.C. No. de . , y vecino de
, obrando en representación de la sociedad , domiciliada en la ciudad de y
. , identificado con la C.C. No. de . , y vecino de
, obrando en representación de la sociedad , domiciliada en la ciudad de , hemos decidido conformar una (Unión temporal o Consorcio) denominada (indicar el nombre del consorcio o la Unión Temporal que se conforma) en los términos que estipula la Legislación y, especialmente lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, que se hace constar en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: La (Indicar el nombre de la Unión Temporal o Consorcio) se conforma con el propósito de presentar propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato resultante el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en relación al proceso de selección abreviada para la contratación de servicios de salud – SAAS No. 001 de 2019 cuyo objeto es “GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DE ACUERDO CON EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DISEÑADO POR EL FONDO, CUMPLIENDO CON EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD – PBS, EL PLAN DE ATENCIÓN CONVENCIONAL – PAC Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA CON OPORTUNIDAD, ACCESIBILIDAD, DISPONIBILIDAD, INTEGRALIDAD, CONTINUIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD Y SATISFACCIÓN DE LOS USUARIOS EN LA REGIONAL ADJUDICADA”
CLÁUSULA SEGUNDA: La participación en la (Indicar el nombre de la Unión Temporal o Consorcio) que se acuerda, será del % para y del % para (En el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato), los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad.
CLÁUSULA TERCERA: (Integrante) e (Integrante), responderán en forma solidaria y mancomunada por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado.
CLÁUSULA CUARTA: Se acuerda que (Integrante) y (Integrante), atenderán en forma conjunta todas las obligaciones y deberes asumidos en la respectiva propuesta en los diferentes aspectos allí contenidos, delegando la representación y respectiva coordinación de la (Unión Temporal o Consorcio) en cabeza de
, como representante legal de (Integrante) y de esta (Unión Temporal o Consorcio). (Indicar las facultades de representación).
CLÁUSULA QUINTA: La duración de esta (Unión Temporal o Consorcio) se extenderá por todo el tiempo en que se generen obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato y cinco (5) años más, según lo preceptuado en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA SEXTA: Las responsabilidades que se desprendan de esta (Unión Temporal o Consorcio) y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas por la Ley 80 de 1993 para la (Unión Temporal o Consorcio).
CLÁUSULA SÉPTIMA: La Unión Temporal o Consorcio, no podrá ceder total o parcialmente los derechos u obligaciones que se deriven de la ejecución del contrato, sin el consentimiento previo y escrito por parte de la Entidad.
CLAUSULA OCTAVA: Para efectos del pago, en relación con la facturación manifestamos:
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 7
CERTIFICACION DE PAGOS DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEMAS APORTES A QUE HAYA LUGAR - PERSONA JURIDICA - ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002.
(USE LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA, SEGÚN CERTIFIQUE EL REPRESENTANTE LEGAL O EL REVISOR FISCAL).
, identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Xxx , certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, y demás aportes a que haya lugar.
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificado con Nit , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, y demás aportes a que haya lugar.
Estos pagos, corresponden a los montos contabilizados y pagados por la compañía durante dichos 6 meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FOMATO No. 8
CERTIFICACION DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEMÁS APORTES A QUE HAYA LUGAR - PERSONAL NATURAL. ARTICULO 9 LEY 828 DE 2003.
_ identificado (a) con c.c de , de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su artículo 442, que he efectuado el pago por concepto de mis aportes y el de mis empleados (En caso de tener empleados a cargo) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, y demás aportes a que haya lugar, durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes al sistema de seguridad social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.
FORMATO No. 9
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
DESCRIPCIÓN | MARQUE CON UNA X |
Ofrezco bienes o servicios de origen extranjero | |
Ofrezco bienes o servicios de origen nacional |
Especificar porcentualmente el componente nacional y el componente extranjero, y frente al cual se otorgará Puntaje según lo dispuesto en la siguiente tabla:
ITEM | FACTOR DE CALIFICACIÓN APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | MARQUE CON UNA X |
1 | Sociedad o Empresa cuya oferta de servicios sea con personal 100% Nacional. | |
1 | Sociedad o Empresa cuya oferta sea de 85% a 99% de servicios con personal nacional. | |
2 | Sociedad o Empresa cuya oferta sea de 65% a 85% de servicios con personal nacional. | |
3 | Sociedad o empresa cuya oferta sea del 64% a un mínimo de 25% de servicios con personal nacional. |
En constancia, se firma a los días del mes de de 2019
FIRMA NOMBRES Y APELLIDOS
Cédula de Ciudadanía No.