OBJETO: “IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS VEREDAS BOCAS DEL ARAUCA - EL VAPOR, MUNICIPIO DE...
CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)
002-2018
OBJETO: “IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS VEREDAS BOCAS DEL ARAUCA - EL VAPOR, MUNICIPIO DE ARAUCA – ARAUCA
SEPTIEMBRE DE 2018
CONVOCATORIA PÚBLICA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
El municipio de Arauca, con el propósito de suministrar al público en general, la información para que formule sus observaciones dentro de los procesos de contratación, invita a las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la ley, para que desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual del proceso de contratación, cuyo objeto es: “IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS VEREDAS BOCAS DEL ARAUCA - EL VAPOR, MUNICIPIO DE
ARAUCA – ARAUCA”, haciendo las recomendaciones escritas y oportunas ante la Oficina Asesora Jurídica Municipal y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxx.xxx.xx, con el ánimo de buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios públicos, así mismo, se informa que podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso de contratación, para lo cual podrá ser consultada en la página web de la entidad. El costo de las copias de las peticiones presentadas seguirá las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo.
(ORIGINAL FIRMADO) XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Alcalde de Arauca
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Jefe Oficina Asesora Jurídica Municipal
(ORIGINAL FIRMADO)
Elaboró: Xxxxxx Xxxxxx
Profesional de apoyo OAJM
RECOMENDACIONES ESPECIALES
El presente pliego de condiciones ha sido elaborada de acuerdo teniendo en cuenta, los criterios de habilitación y ponderación establecidos en el capítulo VII del manual de contratación de la entidad adoptado mediante el Decreto 00055 de 2018, el cual puede consultar a través del link xxxxx://xxx.xxxxxx-
xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxx%00Xxxxxx%00x%00Xxxxxxxx%00XXXX/XXXXXX%00XX%00XXX TRATACION%20DECRETO%20055-2018.PDF
Es importante señalar que una de las principales características de los pliegos de condiciones es que el mismo es Ley para las partes, de esta característica fundamental se resalta la obligatoriedad del cumplimiento de su contenido tanto para la administración como para los participantes, por ende su vinculación y adhesión a las condiciones allí establecidas. Así las cosas, la entidad dará cabal cumplimiento a las condiciones allí señaladas, máxime cuando cada condición establecida se encuentra revestida del principio de legalidad, del que goza el referido manual.
Así las cosas, los oferentes interesados en participar en los diversos procesos de selección que adelanta la entidad, deberán previo a su participación tener pleno conocimiento de las condiciones plasmadas en el manual de contratación expedido por la entidad, y acogerse a los postulados allí señalados.
Por lo anterior, deberá entre otros tener en cuenta los siguientes aspectos:
1. La entidad concibe la experiencia general como aquella que únicamente relaciona con la tipología contractual de acuerdo al proceso de selección.
2. La entidad concibe la experiencia específica como aquella que se relaciona directamente con las actividades de acuerdo al proceso de selección.
Los preceptos allí establecidos serán aplicados por la entidad sin excepción alguna, por lo tal se hace indispensable que los interesados previo a su participación se acojan a estos postulados.
GLOSARIO
EXPERIENCIA GENERAL: Sé habrá de entender como aquella que se encuentra relacionada a la tipología contractual del proceso de selección.
EXPERIENCIA ESPECIFICA: Se habrá de entender como aquella que se encuentra relacionada con las actividades del proceso de selección, quedando proscrito poder exigir objeto y tipología.
SUMATORIA: Será entendida como aquella que se encuentre indistintamente en uno o en todos los requisitos exigidos.
TIPOLOGIA: Entendida como aquella que referencia tipo de contrato que pretenda acreditar, de acuerdo a esto y según el proceso de selección para efectos de acreditar la experiencia general, la tipología contractual para cada tipo de proceso de selección es la solicitada en el presente pliego de condiciones.
ACTIVIDADES: Son cada una de los componentes o ítems que componen un contrato.
LIQUIDADOS: Entendido como el término dentro del cual los oferentes pueden acreditar su experiencia; es decir, contratos sin tener en cuenta la fecha de suscripción o terminación, la cual solo se exigen que hayan sido liquidados dentro de los últimos diez (10) años para la experiencia general y cinco (5) años para la experiencia especifica.
EXPERIENCIA APORTADA EN CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES: Para el caso de contratos
ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación en el formulario predispuesto para tal fin. El valor correspondiente en SMMLV se tomará de acuerdo a la participación que hayan tenido en el contrato que se relacione. (En caso de personas naturales o jurídicas que hayan adelantado contratos en conjunto y formen parte de un mismo porcentaje para la presente convocatoria, solo se tomara el valor correspondiente a la fracción que representaba dicha convocatoria).
En caso que la experiencia se pretenda acreditar mediante contratos bajo alguna forma de asociación (unión temporal o promesa de sociedad), las cantidades de actividades ejecutadas a tener en cuenta, para efectos de evaluación será el resultante de afectar las cantidades ejecutadas, por el porcentaje de participación del integrante en la estructura plural, conforme conste en los documentos de conformación de la unión temporal que deberá entregar el proponente junto con lo exigido en el respectivo literal.
CODIGOS UNSPSC: Se exigen para efectos de la experiencia específica del proponente y no de la clasificación inscritos en RUP.
PLAZO PARA SUBSANAR: Es el que se encuentra estipulado en la cronología del proceso, sin excepción.
CRITERIOS HABILITANTES: Los requisitos habilitantes miden la aptitud del proponente para participar en un proceso de contratación como oferente y están referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional y su experiencia. El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes; de tal manera que la Entidad Estatal sólo evalúe las ofertas de aquellos que están en condiciones de cumplir con el objeto del proceso de contratación.
CRITERIOS PONDERABLES: Los requisitos ponderables miden la calidad del proponente dentro del proceso de contratación, se establecen con el fin de evaluar la propuesta que garantice a la entidad la escogencia de la mejor oferta, esta se realiza teniendo en cuenta criterios de calidad, equipo de trabajo, disponibilidad de equipo y precio, lo cual permite a través del otorgamiento de puntos definir la mejor oferta para la entidad.
CAPITULO I
1. INFORMACION GENERAL
1.1. OBJETO Y ACTIVIDADES A CONTRATAR
El municipio de Arauca, está interesado en seleccionar una persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal para contratar el proceso denominado: “IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS VEREDAS BOCAS DEL ARAUCA - EL VAPOR, MUNICIPIO DE ARAUCA – ARAUCA”.
Los proponentes deben presentar oferta, de acuerdo a los bienes y/o servicios requeridos según el Anexo No. 1.
2 | IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - XX XXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXX - XXXXXX. | ||||
item | ITEM | UND | CANTIDAD | VR. UNIT | VR. PARCIAL |
2,1 | RETIRO DE CARAMA (Rio Arauca) | M3 | 11.000,00 | ||
2,3 | DISPOSICION DE MATERIAL RETIRADO(Rio Arauca) | M3 | 9.900,00 | ||
TOTAL CAPITULO | |||||
SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS | |||||
AIU | 35,0% | ||||
TOTAL OBRA CIVIL | |||||
MITIGACION AMBIENTAL | 0,99% | ||||
TOTAL |
Especificaciones tecnicas anexas. ANEXO 1
CLASIFICACION DEL SERVICIO
CODIGO | DESCRIPCIÓN |
721415 | SERVICIO DE PREPARACIÓN DE TIERRAS |
771115 | SERVICIOS DE SEGURIDAD AMBIENTAL |
771017 | SERVICIOS DE ASESORÍA AMBIENTAL |
771116 | REHABILITACIÓN AMBIENTAL |
1.2 LUGAR DE EJECUCION
El desarrollo de las actividades se realizará en Zona rural, Municipio de Arauca. Sector El Vapor (Latitud: 7° 0'20.26"N - Longitud:70°28'55.79"O).
.
1.3 FINANCIACIÓN
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL | RUBRO | FUENTE DE RECURSO | VALOR |
No. 00 1069 de 29 xx xxxxxx de 2018 | 35030101170101 | 00 RECURSOS PROPIOS | $713.409.673,5 |
1.4. PRESPUESTO OFICIAL
La administración ha estimado como presupuesto oficial del presente proceso de selección la suma de SETECIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS CON CINCO CENTAVOS ($713.409.673,5,).
Las propuestas que superen el presupuesto oficial no serán admisibles.
1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de DOS (02) MESES a partir de la firma del acta de inicio, previa aprobación de las garantías únicas – pólizas.
1.6. CRONOLOGÍA DEL PROCESO
La siguiente es la cronología del proceso a llevarse a cabo en la oficina asesora jurídica municipal, ubicada en las Oficinas del CAM, xxxxxxx 00 xxxxx xxxxxx 00 x 00 Xxxx 0.
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Publicación del aviso convocatoria | 03 de Septiembre de 2018 | Página de la entidad: www.arauca- xxxxxx.xxx.xx |
Publicación de la invitación publicación y estudios previos | 03 de Septiembre de 2018 | Página de la entidad: www.arauca- xxxxxx.xxx.xx |
Presentación de observaciones a la invitación pública | Desde el 03 de Septiembre al 04 de Septiembre de 2018 | Oficina asesora jurídica municipal, ubicada en las dependencias del CAM, xxxxxxx 00 xxxxx xxxxxx 00 y 20 Segundo (2º) piso, o al correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxx.xxx.xx |
Respuesta de observaciones presentadas a la invitación pública | 05 de Septiembre de 2018 hasta las 2:00 p.m. | Página de la entidad: www.arauca- xxxxxx.xxx.xx |
Iniciación del plazo de la invitación para la presentación de ofertas. | 05 de Septiembre de 2018 a las 2:00 p.m. | Página de la entidad: www.arauca- xxxxxx.xxx.xx |
Cierre del Proceso de Selección y Apertura de las propuestas presentadas (Suscripción de Acta) | 07 de Septiembre de 2018 Hora 3:30 p.m. | Oficina Asesora Jurídica Municipal, ubicada en las dependencias del CAM, xxxxxxx 00 xxxxx xxxxxx 00 y 19- 2 Segundo (2º.) piso. |
Evaluación y publicación del informe de evaluación | 10 de septiembre de 2018 | Página de la entidad: www.arauca- xxxxxx.xxx.xx |
Traslado del informe de evaluación para observaciones | El 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 | Xxxxxx único de contratación. xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. / oficina asesora jurídica municipal, ubicada en las dependencias del CAM, xxxxxxx 00 xxxxx xxxxxx 00 x 00 Xxxxxxx (0x) xxxx |
Plazo para subsanar los requisitos habilitantes | El 11 de septiembre de 2018 Hasta las 6:00 p.m. | Oficina Asesora Jurídica Municipal, ubicada en las dependencias del CAM, xxxxxxx 00 xxxxx xxxxxx 00 x 00 Xxxxxxx (0x.) xxxx. |
Adjudicación del proceso de selección y respuestas a las obvservaciones presentadas al informe de evalución | El 12 de septiembre de 2018 | |
Término para celebración del contrato y cumplimiento de requisitos para el perfeccionamiento | Entre el 12 y 14 de Septiembre de 2018 | Despacho xxx Xxxxxxx municipal, Oficina Asesora Jurídica Municipal |
IMPORTANTE: para efectos de presentar observaciones y demás correspondencia por parte de quienes se encuentren interesados en participar en la presente convocatoria pública, DEBERÁ presentarlas única y exclusivamente en la OFICINA ASESORA JURIDICA MUNICIPAL o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxx.xxx.xx, para efectos de que sean resueltas dentro del término establecido en el cronograma, so pena de no ser respondidas.
Lo anterior en aras de garantizar el cumplimiento irrestricto de los términos que establece la entidad en el cronograma so pena de perder competencia para seguir desarrollando la presente convocatoria pública.
1.7. DISPOSICIONES LEGALES
Lo dispuesto en el manual de contratación del municipio y demás normas que la adicionen o complementen y que regulen la materia.
En lo que no se encuentra particularmente regulado, se aplicarán las normas comerciales y civiles vigentes.
1.8. VEEDURÍAS CIUDADANAS
Las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, son aquí convocadas para que puedan desarrollar su actividad durante la etapa precontractual, contractual y post contractual en el
presente proceso de selección, tal como lo dispone el inciso 3º artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y la Ley 850 de 2003.
1.9. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
El Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y del MUNICIPIO DE ARAUCA para que durante todo el proceso precontractual, contractual, y pos contractual se cumplan los principios de transparencia y objetividad, en consecuencia asume las responsabilidades que se deriven de sus actuaciones en contra de estos principios.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (0) 000 00 00; la línea transparente
del programa, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (0) 000 00 00; en el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0-00, Xxxxxx, X.X.
Adicionalmente, se deberá adjuntar el FORMATO No 6 debidamente diligenciado
1.10. PUBLICIDAD DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
La entidad publicará el presente pliego de condiciones en el portal único de contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.11. RETIRO Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El pliego de condiciones podrá ser consultado en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., adicionalmente, los interesados en la presente contratación, pueden consultar el pliego de condiciones oficial en la oficina asesora jurídica, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx XXX xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx 0x Xxxx. Las observaciones que los interesados formulen ante la administración municipal, se deberán remitir únicamente a la oficina asesora jurídica o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxx.xxx.xx
Las preguntas formuladas por los interesados dentro del plazo de la contratación sobre el contenido de estos términos, así como la comunicación escrita de respuesta a las mismas, serán publicadas en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.12. PRÓRROGA DE ENTREGA DE LA PROPUESTA
Cuando lo estime conveniente la administración municipal de Arauca o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan asistido a la audiencia de asignación de riesgos, el plazo de la licitación pública, podrá prorrogarse antes de su vencimiento hasta el máximo permitido por la ley; en este caso dicha prórroga se comunicará a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., la modificación del calendario proceso de selección se informara mediante adenda. Dichas adendas deben ser considerados como parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones y deberán relacionarse en la CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA – FORMATO No. 1.
1.13. CIERRE DEL PROCESO
De acuerdo a lo estipulado en el numeral 1.6. CRONOLOGÍA DEL PROCESO, transcurrida la hora programada para la entrega de las propuestas, se suscribe entre el profesional a cargo del proceso
precontractual, el jefe de la oficina asesora jurídica y el representante legal, representante o apoderado de los proponentes asistentes el acta de cierre, y se dará lectura a los datos más representativos de las propuestas, y se deja constancia del número de folios de cada una de las ofertas y el valor de cada una de las propuestas presentadas. En el evento en que el representante o representante legal no pueda asistir, podrá autorizar por escrito a una persona para que lo represente en la audiencia de cierre y suscriba el acta de la misma.
Los proponentes asistentes podrán dejar las respectivas observaciones en relación con la lectura de los citados documentos. La administración municipal no será responsable por no abrir, o abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.
1.14. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y DISTRIBUCION DE LOS RIESGOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, el municipio de Arauca, con base en el conocimiento y la experiencia del desarrollo normal de sus propias actividades, considera que los riesgos que pueden presentarse en la ejecución del presente proceso contractual se resumen en la matriz de riesgos anexa al presente documento.
1.16. REGLAS DE SUBSANABILIDAD.
De conformidad con lo reglado en el parágrafo primero del Artículo 5° de la Ley 1150 de 2007:
“(…) la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.
En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicación (…)” (Subrayado fuera de texto)
Igualmente, el numeral 7° del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993 consagra:
“De acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en los pliegos de condiciones o términos de referencia, se señalará el plazo razonable dentro del cual la entidad deberá elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas y para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables”.
Los proponentes deberán allegar dentro del término preclusivo y perentorio fijado en el cronograma del proceso, los documentos subsanables y/o documentos requeridos, so pena del rechazo de la propuesta.
Todos aquellos requisitos de la propuesta que afecten la asignación de puntaje no podrán ser objeto de subsanabilidad, por lo que los mismos DEBEN ser aportados por los proponentes desde el momento mismo de la presentación de la oferta, bajo la premisa que el oferente tiene la carga de presentar su oferta en forma íntegra; esto es, respondiendo todos los puntos xxx xxxxxx de condiciones y adjuntando todos los documentos de soporte o prueba de las condiciones que pretenda hacer valer en el proceso.
La entidad acoge los siguientes precedentes jurisprudenciales respecto de la subsanabilidad:
Reiteración de la sentencia del 26 de febrero de 2014, Exp.25.804. Defecto subsanable es el que no asigne puntaje al oferente, y es corregible dentro del plazo que la entidad estatal le otorgue al oferente para enmendar el defecto observado durante la evaluación de las ofertas –usualmente indicado en los
pliegos de condiciones -, sin exceder del día de la adjudicación. (CONSEJO DE ESTADO. Sentencia del 12 de noviembre de 2014. M.P: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Exp: 29855).
Lo que se puede subsanar o sanear es la prueba de las condiciones habilitantes: Pero no el requisito como tal, porque resultaría materialmente imposible tratar de subsanar algo que no existe (CONSEJO DE ESTADO. Sentencia del 12 de noviembre de 2014. M.P: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Exp: 29855)
Todos los requisitos habilitantes se deben cumplir al momento de presentar la propuesta, lo que significa que el oferente no puede pretender adquirir o completar las condiciones mínimas de participación en desarrollo del proceso de selección. (CONSEJO DE ESTADO. Sentencia del 12 de noviembre de 2014. M.P: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Exp: 29855)
La regla general es que las ofertas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones..." – (Artículo 30.6 de la Ley 80. ) (CONSEJO DE ESTADO. Xxxxxxxxx xxx 00 xx xxxxxxxxx xx 0000. M.P: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Exp: 29855)
La posibilidad de subsanar de ninguna forma confiere a los oferentes la posibilidad de aportar nuevos documentos que modifiquen o mejoren la oferta inicial, puesto que el proceso de selección del contratista necesariamente está regido bajo el principio de igualdad y permitir que un proponente pueda mejorar su oferta en la etapa de calificación necesariamente implicaría una trasgresión a dicho postulado que, valga recordar, ostenta rango constitucional (Radicación: 25000 23 31 000 2005 01178 01 (40.660))
La subsanación de las ofertas por parte de un proponente, se encuentra circunscrita o limitada a la posibilidad que tiene un proponente de remediar un defecto o error de su propuesta, siendo por lo tanto incorrecto entender que esta facultad le confiere a este, el derecho de aportar nuevos documentos que modifiquen o mejoren la oferta inicial. (Radicación: 25000 23 31 000 2005 01178 01 (40.660)). La anterior regla se encuentra sustentada en el numeral 8 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, el cual reza “Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.”(Regla aplicable a las licitaciones públicas.
La estructuración de las propuestas es una carga del interesado, lo que quiere decir que toda propuesta debe hacerse con base en los pliegos de condiciones elaborados por la entidad, quien también tiene la carga de que el contenido de los mismos, se fundamente en reglas objetivas claras y justas que conduzcan a ofrecimientos de la misma índole en el escenario del proceso de selección. (Radicación: 25000 23 31 000 2005 01178 01 (40.660).
1.16. MODALIDAD DE SELECCIÓN:
CONTRATACIÓN DIRECTA
JUSTIFICACION DE LA MODALIDAD DE SELECCION
El régimen de contratación se encuentra definido de conformidad a la ley 1523 de 2012, CAPÍTULO. VII Régimen Especial para Situaciones de Desastre y Calamidad Pública artículo 65 Régimen normativo. Declaradas situaciones de desastre o calamidad pública, conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI de esta ley, en la misma norma se determinará el régimen especial aplicable de acuerdo con los antecedentes, la naturaleza, la magnitud y los efectos del desastre o calamidad pública. Las normas versarán entre otras materias sobre contratación del Estado, empréstitos, control fiscal de recursos;
ocupación, adquisición, expropiación, demolición de inmuebles e imposición de servidumbres; reubicación de asentamientos, solución de conflictos, moratoria o refinanciación de deudas, suspensión de juicios ejecutivos, créditos para afectados, incentivos para la rehabilitación, reconstrucción y el desarrollo sostenible; administración y destinación de donaciones y otras medidas tendientes a garantizar el regreso a la normalidad.
Y especialmente elartículo 66 que establece: "las Medidas especiales de contratación. Salvo lo dispuesto para los contratos de empréstito interno y externo, los contratos que celebre la sociedad fiduciaria para la ejecución de los bienes, derechos e intereses del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo o los celebrados por las entidades ejecutoras que reciban recursos provenientes de este fondo o los celebrados por las entidades territoriales y sus fondos de gestión del riesgo, relacionados directamente con las actividades de respuesta, de rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en situación de desastre o calamidad pública, se someterán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, con sujeción al régimen especial dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, Y podrán contemplar cláusulas excepcionales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993. Parágrafo: Los contratos celebrados por las entidades territoriales en virtud del artículo anterior se someterán al control fiscal dispuesto para los celebrados en el marco de la declaratoria de urgencia manifiesta contemplada en los artículos 42 y 43 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que la modifiquen.
En cumplimiento al Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.
La modalidad de selección para la celebración del contrato a que se refiere éste Estudio Previo corresponde a la Contratación Directa a que se refiere el artículo 66 de la Ley 1523 de 2012 en concordancia con el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, como se trata de celebrar un contrato de manera directa, se debe hacer con sujeción a las normas antes trascritas tomando como una consideración el hecho de que el Municipio de Arauca puede contratar de manera directa en la situaciones de Calamidad Pública en el sentido de contrarrestar la emergencia y desastres ocurridos con la actual temporada invernal, dentro de términos perentorios
1.17. EXPEDICION DE COPIAS DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS.
De conformidad a lo establecido en la Ley 80 de 1993, Artículo 24, numerales 3 y 4, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 14, las entidades estatales como responsables de sus procesos de contratación pueden decidir que los proponentes tenga acceso a las propuestas y expedición de copias, una vez se haya publicado el informe de evaluación, lo anterior para mantener la integridad de las mismas y llevar a cabo un procedimiento de evaluación en condiciones de integridad y transparencia.
Por lo anterior, en aras de garantizar el normal desarrollo del proceso de evaluación de las respectivas propuesta en condiciones de igualdad y transparencia; determina que, se expedirán copias a favor del interesado una vez sea publicado el informe de evaluación en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx previo consignación del valor correspondiente. Adicionalmente, para hacer más efectiva esta labor, todos los oferentes allegaran en medio magnético sus respetivas propuestas.
CAPITULO II
1. DE LOS PROPONENTES
2.1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR
La persona natural o jurídica, que desee participar, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
2.1.1 Persona natural: En virtud de lo previsto en la Ley 842 de 2003 y con el fin de no permitir el ejercicio ilegal de la Ingeniería, en el caso de personas naturales sea que se presenten individualmente o a través de consorcio o uniones temporales, deberá acreditar su matrícula profesional como ingeniero civil y/o arquitecto, para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y copia del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por el COPNIA con fecha de expedición no mayor a un
(01) mes anterior a la fecha de cierre de esta licitación, y acreditar la inscripción en el RUP vigente
2.1.2 Persona jurídica: El objeto social debe estar relacionado con el objeto del proceso y acreditar la inscripción en el RUP vigente.
2.1.3 Consorcios, uniones temporales: En el caso de consorcios o uniones temporales sus integrantes deben cumplir con los requisitos de persona natural o jurídica de conformidad con sus miembros.
Los proponentes indicarán, si su participación es a título de consorcio o unión temporal. En el evento que se trate de un Consorcio sus integrantes entenderán que la responsabilidad es solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, por ello las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato afectarán a todos sus miembros.
En el caso de la Unión Temporal se indicará el porcentaje de participación y actividad de cada uno de los integrantes dentro del desarrollo del contrato, los cuales sólo podrán ser modificados con el consentimiento previo y escrito de la Administración Municipal de Arauca.
CAPITULO III
2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
3.1. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán ser presentadas en idioma español y escrita en cualquier medio mecánico, junto con todos los documentos que la acompañan y deberán ser depositadas dentro del plazo de cierre de la licitación, en UN ORIGINAL, en sobres separados, cerrados y sellados en la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx (0) Xxxxxxxx XXX Xxxxxxxx xx Xxxxxx.
La propuesta debe presentarse en DOS SOBRES, los que deberán contener: el Sobre 1: Una carpeta con los documentos de carácter jurídico, una carpeta con los documentos de carácter financiero, una carpeta con los documentos de carácter técnico; el Sobre 2: Una carpeta correspondiente a la propuesta económica.
La propuesta deberá presentarse además, en medio magnético en su totalidad, en cada uno de los sobres deberá contener un CD que cuente con la información presentada en sus documentos técnicos, jurídicos, financieros y la propuesta económica respectivamente.
Deberá presentarse debidamente foliados y legajados en gancho plástico, deberán ser foliados desde su primer cuaderno hasta el final, y se deberá presentar en carpeta desacidificada cuatro aletas, de conformidad con la Ley de Archivo 594 de 2010
Durante la audiencia pública de entrega y apertura de las propuestas, se verificará el contenido de los cuadernillos que contienen la documentación a los aspectos jurídicos, financieros y técnicos, el valor de la propuesta económica se verificará en la audiencia efectiva de adjudicación, (Dto.1882/2018), en ambos dejando constancia del número de folios anunciado, de lo cual se dejará constancia en el acta.
Cada uno de los sobres deberá indicar la siguiente información:
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE ARAUCA CONVOCATORIA PÚBLICA
CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD 002-2018
OBJETO: “IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS VEREDAS BOCAS DEL ARAUCA - EL VAPOR, MUNICIPIO DE ARAUCA – ARAUCA”.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente.
No se aceptan propuestas enviadas por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora exacta de la fecha de cierre. Cerrado el proceso de contratación no se admitirá modificación de la propuesta.
En los casos en que las propuestas sean presentadas por correo certificado, se tendrá como fecha y hora de entrega la fecha y hora de recepción en la Oficina Asesora Jurídica Municipal, con prevalencia sobre la fecha que registre la empresa transportadora.
3.2. PROPUESTAS ALTERNATIVAS Y PARCIALES
Para el presente proceso de selección, la administración municipal no aceptara propuestas alternativas, ni parciales.
3.3. DOCUMENTOS MINIMOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA
Como parte integral de la propuesta deberán acompañarse los documentos que se indican a continuación. LOS DOCUMENTOS QUE CONFORMAN ÉSTE NUMERAL SON VERIFICABLES Y COMO TAL SE CONSTITUYEN EN UN REQUISITO HABILITANTE PARA LA PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCESO DE SELECCIÓN.
3.4.1. DE CARÁCTER JURIDICO (CUMPLE/NO CUMPLE)
Según si se trata de persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal, los proponentes deberán presentar los siguientes documentos de acuerdo a su naturaleza jurídica:
3.4.1.1 Carta de Presentación de la Propuesta
La carta de Presentación deberá estar debidamente firmada por el proponente indicando su nombre y número de identificación o en caso de ser persona jurídica por el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello. En los casos de Uniones Temporales o Consorcios, la carta de presentación de la propuesta (Formato 1) deberá ser firmada por el representante y a la misma deberá anexarse el documento que acredite tal representación.
3.4.1.2. PODER
Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá acreditar mediante documento debidamente otorgado, con anterioridad a la presentación de la oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y para participar en las audiencias a desarrollarse en el transcurso del cronograma del proceso.
3.4.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal y/o matricula mercantil
Las personas jurídicas deberán presentar un CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL, expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de las propuestas, en el que se indique un término de duración de la sociedad no inferior al término de ejecución del contrato y un (01) años más; en los casos de las adendas modificatorios del plazo de la contratación, se tomará como fecha para la verificación del presente requisito la señalada inicialmente, esto es, antes de la adenda.
Para el caso de personas naturales deberán presentar el certificado de matrícula mercantil de la cámara de comercio, conforme al inciso anterior, en todo caso deberá acreditar su matrícula profesional como ingeniero civil o afines.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado original expedido por la Cámara de Comercio debiendo cumplir con los requisitos previstos anteriormente.
3.4.1.4. Abono de la propuesta en los casos en que así se requiere.
Cuando el Representante Legal de la persona jurídica proponente o las personas jurídicas miembros del consorcio o unión temporal, no tengan Tarjeta profesional para la actividad de la especialidad INGENIERO CIVIL, la propuesta para ser considerada válida deberá estar abonada por cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal que no ejerzan la profesión requerida y por ende deberán presentar, un profesional en la especialidad de INGENIERÍA CIVIL, debidamente habilitado para el ejercicio de la profesión. El profesional que aboná deberá adjuntar fotocopias de la tarjeta profesional, del certificado de vigencia de los antecedentes disciplinarios de la misma expedidas por la entidad competente (COPNIA) y deberá estar relacionado en la nómina de la persona jurídica a la que abona, adjuntado las planillas de los pagos de seguridad social de los últimos seis (6) meses, donde se verifique que el profesional hace parte integral de la empresa abonada.
Un mismo profesional no puede abonar a más de un proponente; igualmente, si una persona natural profesional (Ingeniero Civil o profesiones a fines), forma parte integrante de un consorcio o unión temporal con una persona jurídica no puede abonar al proponente persona jurídica, aun siendo socio de esta.
La ausencia del abono en los casos y condiciones requeridas en el presente numeral dará lugar a declarar no habilitada la propuesta.
3.4.1.5. Fotocopia de tarjeta profesional.
El proponente persona natural deberá acreditar su idoneidad como profesional INGENIERO CIVIL para lo cual anexará fotocopia de la tarjeta o matricula profesional y del certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios de la matricula expedido por la entidad competente (COPNIA).
Cuando el proponente es una persona jurídica acreditara su idoneidad en la profesión de INGENIERO CIVIL así:
1. Cuando su representante legal sea INGENIERO CIVIL, deberá adjuntar fotocopias de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios de la matricula expedido por la entidad competente (COPNIA) o de la entidad competente.
2. Cuando el representante legal no tenga tarjeta o matrícula profesional como INGENIERO CIVIL, la propuesta para ser considerada válida, deberá estar abonada por un profesional que tenga Tarjeta Profesional con esta especialidad, en virtud de lo previsto en la Ley 842 de 2003. Este profesional adjuntara fotocopias de su tarjeta profesional y del certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios de la matricula expedido por la entidad competente (COPNIA).
3.4.1.6. Autorización de la Junta Directiva u Órgano Social Competente.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del Órgano Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor del Presupuesto total de la presente contratación. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren, y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta el valor del presupuesto total, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7o. de la Ley 80 de 1993 y en los Artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil.
3.4.1.7. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal
Cuando el proponente se presente bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, suministrará el documento de conformación del consorcio o unión temporal de acuerdo al Formato No 2 y 3.
3.4.1.8. Garantía de Seriedad de la Propuesta
El proponente debe presentar con la propuesta una garantía de seriedad de la oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral. Cualquier error o imprecisión en el texto de la garantía, será susceptible de aclaración por el proponente o de conformidad con lo solicitado por esta entidad.
La Oferta deberá incluir la Garantía de Seriedad de la misma, que deberá amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos descritos en el Artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
Características de las garantías
El proponente deberá constituir a favor del MUNICIPIO DE ARAUCA –Nit. 800102504-0, una garantía de seriedad bajo cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del decreto 1082 de 2015, a saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) Patrimonio autónomo, (iii) Garantía Bancaria.
Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el mismo Decreto 1082 de 2015 y lo dispuesto en el Pliego y deben indicar:
a) Asegurado/ Beneficiario: La garantía de seriedad de la Propuesta deberá ser otorgada a favor del Municipio de Arauca –Nit. 800102504-0.
b) Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la póliza o garantía será igual o anterior a la fecha de presentación de ofertas del proceso.
c) Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
d) Valor Asegurado y Vigencia
De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015 el valor asegurado de la garantía de seriedad será el DIEZ POR CIENTO (10%) del PRESUPUESTO OFICIAL.
La Vigencia de la Garantía será de tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas, pero en todo caso deberá prorrogarse su vigencia cuando EL MUNICIPIO DE ARAUCA resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de Propuestas y/o para la evaluación y Adjudicación del Contrato y/o para la suscripción del Contrato. La prórroga deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por EL MUNICIPIO DE ARAUCA, siempre que la prórroga no exceda de tres (3) meses. En todo caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, la misma se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
Tomador / Afianzado
Si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio
respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
Cuando el ofrecimiento sea presentado por consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes de la estructura plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
3.4.1.9. Certificación Pago de Aportes Parafiscales
En caso de que el proponente sea persona jurídica, deberá acreditar el pago de los aportes parafiscales de sus empleados a los sistemas de Seguridad Social, ARL, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando éste exista por requerimiento xx Xxx, o por el Representante Legal durante un lapso equivalente a que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiere constituido la sociedad y nunca podrá ser inferior a seis (6) meses anteriores al cierre. (Art. 50 Ley 789 de 2002 y 2800 de 2003).
Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración en original, bajo la gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje.
Dicho documento debe certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá aportar la declaración aquí exigida.
En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
3.4.1.10. Registro Único Tributario
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario (RUT) expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente.
3.4.1.11. Registro Único de Proponentes.
El proponente deberá aportar este certificado que demuestre que su inscripción se encuentra vigente a la fecha de cierre del proceso. Dicha exigencia aplica para cada uno de los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente. Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del contador o revisor fiscal, según el caso.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP.
3.4.1.12. Factor Idoneidad Moral o Cumplimiento:
Se verificará de acuerdo con la información que presente el proponente en la carta de presentación, sobre las multas y/o sanciones que le hubieren sido impuestas en los cinco últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre de presentación de propuestas.
Sin perjuicio de la información que aparece en el registro único de proponentes RUP; se considera NO ADMISIBLE:
a) Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno o varios contratos, durante una misma vigencia fiscal con una o varias entidades estatales;
b) Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por los menos dos (2) contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales;
c) Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.
3.4.1.13. Otros Documentos Mínimos Habilitantes
Certificado de antecedentes penales vigente del proponente persona natural, del representante legal de la persona jurídica y de los miembros del consorcio o unión temporal.
Certificado de antecedentes disciplinarios vigente del proponente persona natural, de la persona jurídica y del representante de la misma y de los miembros del consorcio o unión temporal.
Certificado de antecedentes fiscales o boletín fiscal, del proponente, la persona jurídica y de los miembros del consorcio o unión temporal.
El proponente, persona natural o jurídica deberá presentar copia de la cedula de ciudadanía del proponente persona natural, del representante de la persona jurídica y de los miembros del consorcio o unión temporal
La entidad se resera el derecho de verificar la información y documentación aportada por el oferente, en caso de encontrar inconsistencias en cualquier documento o en la información, estos no serán objeto de evaluación.
Si se encuentra adulteración de documentos se pondrá en conocimiento inmediato de la autoridad competente.
Cuando se trate de ofertas que presentan inconsistencias o inexactitudes, que a juicio de la entidad ameriten aclaraciones, esta requerirá al proponente para que rinda las explicaciones correspondientes dentro del plazo que se le señale.
De todas formas si la entidad no encuentra razonables las explicaciones presentadas y persistiere la inconsistencia o inexactitudes, se procederá a la eliminación de la propuesta.
3.4.2 DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO: (CUMPLE/NO CUMPLE)
La Capacidad Financiera de cada proponente o participante de consorcio o unión temporal será verificada con la información consignada en el Certificado de Inscripción, calificación y clasificación en el
Registro Único de Proponentes, que debe estar vigente y deberá acreditar como mínimo en cada uno de los indicadores los establecidos en el Pliego de Condiciones.
La información deberá ser revisada por la Entidad, tomando como referente los datos señalados en el Registro Único de Proponente. El Comité evaluador realizará los cálculos para determinar si el oferente cumple con el puntaje para los índices requeridos.
La capacidad financiera se medirá con base en la información financiera indicada en el Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes R.U.P vigente con fecha de expedición no mayor a 30 días anteriores a la fecha cierre del presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015.
En el caso de las Uniones Temporales y los Consorcios el cumplimiento del puntaje mínimo de los indicadores se calculará con base en la suma de los índices individuales multiplicados por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
Según si se trata de persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal, los proponentes deberán presentar los siguientes documentos de acuerdo a su naturaleza jurídica:
3.4.2.1. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal
Cuando el proponente se presente bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, suministrará el documento de conformación del consorcio o unión temporal de acuerdo al Formato No 2 y 3.
3.4.2.2. Registro Único de Proponentes (RUP)
La Capacidad Financiera y la capacidad organizacional de cada proponente o participante de consorcio o unión temporal será verificada con la información consignada en el Certificado de Inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes, que debe estar vigente.(Decreto 1082/2015), La capacidad financiera será objeto de verificación a todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, sin calificarse en cuanto no es factor de comparación de las ofertas y deberá acreditar como mínimo en cada uno de los indicadores establecidos en el Pliego de Condiciones
En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, ésta será considerada como NO HABIL.
Para el caso de consorcio o uniones temporales anexar aquí el documento correspondiente al numeral 3.4.1.4.
3.4.2.3 Formato único de acreditación de la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional
3.4.3. DE CARÁCTER TECNICO: (CUMPLE/NO CUMPLE)
3.4.3.1 Registro Único de Proponentes:
A la fecha de cierre del presente proceso de selección los proponentes deben encontrarse debidamente inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, deberá presentarse con fecha de expedición no superior a 30 días calendario anterior a la fecha de cierre del proceso de selección.
3.4.3.2 Documentos de acreditación de la experiencia General.
El proponente, persona natural o jurídica debe presentar en el Anexo No. 2 la relación de contratos considerados para la experiencia General.
La omisión de este formato genera el rechazo de la propuesta.
3.4.3.3. Documentos de acreditación de la experiencia específica
El proponente, persona natural o jurídica debe presentar en el Anexo No 2a la relación de contratos considerados para la experiencia específica.
La omisión de este formato genera el rechazo de la propuesta.
3.4.3.4. Relación detallada del Cálculo del Valor de la Propuesta (Anexo No.1)
Existe un presupuesto oficial el cual no puede ser superado so pena de rechazo de la propuesta. En el Anexo No 1 aparece el cuadro de cantidades para el desarrollo del objeto del actual proceso en el cual la descripción, unidades y cantidades que en él aparecen, no podrán ser modificadas por el proponente.
El presente anexo se deberá presentar suscrito por el oferente persona natural o el representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, la omisión de la presentación del presente anexo o la no suscripción del mismo general rechazo de la propuesta.
El proponente deberá tener en cuenta un porcentaje del valor de la propuesta para el cumplimiento de las obligaciones de estampillas, impuestos, deducciones, licencias si hubiere el caso.
NOTA: Adicionalmente se deberán tener en cuenta los requisitos adicionales xxx xxxxxx de condiciones para acreditar su capacidad técnica y experiencia (hojas de vida, cartas de compromiso, documentos de propiedad y demás que se lleguen a requerir)
3.4.4. Causales de rechazo de las Propuestas
Sin perjuicio a las causales de rechazo establecidas de manera taxativa en otros numerales del presente, serán igualmente causales de eliminación de las propuestas las siguientes situaciones:
Cuando sean presentadas extemporáneamente.
Cuando se omita la presentación de cualquiera de los documentos relacionados como no subsanables dentro del documento regla o cuando siendo subsanables el proponente no procedió a realizar las aclaraciones requeridas por la administración dentro del término perentorio concedido para el efecto.
Cuando en la propuesta se presenten inconsistencias o imprecisiones o información que no corresponda con la realidad y que sean determinantes para la evaluación y comparación de las propuestas. Lo anterior procederá cuando el proponente no haya logrado aclarar o explicar satisfactoriamente el asunto en cuestión o cuando la administración luego de cotejar o hacer las averiguaciones respectivas, no se logre aclarar las inconsistencias. Esta causal origina el cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Cuando haya lugar a una de las causales de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con las Normas legales vigentes.
Cuando los proponentes no cumplan con los requisitos de participación estipulados en este documento regla.
Por ocultar datos sobre los contratos en ejecución, necesarios para determinar la propuesta más favorable del presente procedimiento de selección.
Cuando la propuesta presentada supere el presupuesto oficial.
Cuando al menos uno de los ítems contemplados en el cuadro de costos en su oferta, supere el 5% del monto establecido para cada uno de los valores señalados en el estudio previo por ítem.
Cuando la entidad detecte la existencia de acuerdos entre los proponentes para manejar artificialmente la adjudicación.
Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente ya sea directamente o por intermedio de otra persona.
Cuando el proponente reporte antecedentes que de conformidad con la ley, constituyan causal de inhabilidad.
A quienes Xxxx cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para un mismo proceso.
Cuando se omita la presentación de la garantía de seriedad de la oferta al momento de presentar la propuesta.
La no presentación de todos y cada uno de los A.P.U., junto con cada una de las actividades inherentes correlacionadas al mismo, asi como los A.P.U. basicos.
Cuando se presenten inconsitencias entre las actividades de obras y sus componentes reflejados en los A.P.U.
La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma
3.4.5 Declaratoria de Proceso Desierto
La declaratoria de desierto del proceso de selección únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión. Contra esta decisión no procede recurso alguno. LA ENTIDAD declarará desierto el proceso de selección entre otros en los siguientes casos:
Cuando se hubiere omitido dentro del proceso de selección alguno de los requisitos exigidos por la Ley.
Cuando ninguna de las propuestas se ajuste al documento regla.
Cuando no se presente oferta alguna.
CAPITULO IV.
3. CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO Y EVALUACIÓN
4.1. PROCEDIMIENTO PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
En la etapa de verificación de cumplimento de requisitos y documentos señalados en el capítulo 3 se llevará a cabo el análisis de cumplimiento de los aspectos jurídicos, técnicos y financieros. La verificación de los requisitos de la propuesta se hará de forma simultánea.
4.2. CRITERIOS DE VERIFICACION Y EVALUACION
Los aspectos jurídicos, técnicos, financieros, serán objeto de verificación de CUMPLIMIENTO como factores de HABILITACIÓN de la propuesta. El precio, la calidad y el apoyo a la industria nacional serán objeto de ponderación.
4.2.1. FACTORES DE HABILITACIÓN
4.2.1.2 CAPACIDAD FINANCIERA (HABILITA – NO HABILITA)
El decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.1.6.2 señala que para la determinación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta a) el riesgo del proceso de contratación; b) el valor de contrato objeto del proceso de contratación; c) el análisis del sector económico respectivo; d) el conocimiento de fondo de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial; en atención e ello la Administración municipal ha determinado que los indicadores de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses, rentabilidad del activo y del patrimonio se tendrá en cuenta el comportamiento que aparece en la base de datos del Sistema de Información y Riesgo Empresarial SIREM y de la Superintendencia de Sociedades, atendiendo las recomendaciones del manual guía de estudios del sector de Colombia Compra Eficiente sobre bases de datos. Para ello se clasificará el presente pliego así:
REGION | DEPARTAMENTO | CIUDAD |
TODO | TODO | TODO |
MACROSECTOR | SECTOR | ACTIVIDAD |
CONSTRUCCION | ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS | Preparación del terreno |
Con base en las condiciones Financieras señaladas en el estudio del sector, Análisis Financiero; se determinarán los indicadores de este proceso. El comité de Evaluación verificará la información suministrada en el RUP y luego de dicha verificación, se calcularán los siguientes indicadores financieros y organizacionales que se detallan a continuación:
4.2.1.2.1. LIQUIDEZ: Deberá ser mayor a UNO PUNTO NUEVE (1.9)
Liquidez = | Activo Corriente | > 1.9 |
Pasivo Corriente |
La liquidez representa la cualidad de los activos para ser convertidos en dinero efectivo de forma inmediata sin pérdida significativa de su valor; indica la capacidad del proponente para cancelar sus deudas a corto plazo comprometiendo sus activos corrientes, entre más alto sea el índice, menor es el riesgo de que exista incumplimiento del oferente de las deudas a corto plazo.
Según el sistema de información y reporte empresarial SIREM para el sector ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS, el indicador de liquidez refleja una estadística para los años (2014 en 1.60) y (2015 en 2.24); debido a que este indicador tiene como factor preponderante el reducir la probabilidad de insolvencia y la disponibilidad de recursos inmediatos para financiación de este proceso, la Entidad Estatal ha dispuesto que la liquidez deberá ser mayor a uno punto Nueve (1.9), ya que esta mantendrá una política conservadora en la administración de los recursos.
4.2.1.2.2. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: Deberá ser menor a 51.0%
Nivel de Endeudamiento = | Pasivo Total | < 51.0% |
Activo Total |
El endeudamiento es un apalancamiento financiero: es el efecto que introduce el endeudamiento sobre la rentabilidad de los capitales propios.
Este indicador señala la proporción en la cual participan los acreedores sobre el valor total de la empresa. Así mismo, sirve para identificar el riesgo asumido por dichos acreedores, el riesgo de los propietarios del ente económico y la conveniencia o inconveniencia del nivel de endeudamiento presentado. Altos índices de endeudamiento sólo pueden ser admitidos cuando la tasa de rendimiento de los activos totales es superior al costo promedio de la financiación.
El Sistema de Información y Reporte Empresarial SIREM, refleja una información estadística sobre el indicador de Endeudamiento para los años (2014 en 64.47%) y (2015 en 69.29%), dentro del macro sector de la CONSTRUCCION y la actividad referida anteriormente. Basada en esta información la administración Municipal ha determinado que el nivel de endeudamiento del oferente sea menor a 51.0%, indicador que soporta el grado de financiación de la empresa con pasivos externos y su nivel de riesgo.
4.2.1.2.3. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES: Deberá ser mayor o igual a TRES (3.0)
Razón de Cobertura de intereses = | Utilidad operacional | > 3.0 |
Gastos de Intereses |
Refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras.
El indicador de razón de cobertura de intereses se determino según el comportamiento de este, atendiendo la información del Sistema de Información y Riesgo Empresarial SIREM; en caso de que de manera individual o en un consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad alguno de sus integrantes presente en el concepto de gastos de intereses cero (0) RUP, y haya presentado utilidad operacional en los Estados Financieros (RUP), el proponente CUMPLE el indicador; salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses.
El sistema de información y reporte empresarial (SIREM) presenta una información estadística para el indicador de razón de cobertura de intereses, para el sector ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS, así: (2014 en 1.73) y (2015 en 4.50).
El presente proyecto requiere además un indicador financiero adicional que es el CAPITAL DE TRABAJO.
La inclusión y exigencia financiera de este indicador responde a lo establecido por el artículo 2.2.1.1.1.6.2 de decreto 1082 de 2015, sobre la Determinación de los Requisitos Habilitantes literal (a) “el riesgo del proceso de contratación”; b) “el valor de contrato objeto del proceso de contratación”; c) “el análisis del sector económico respectivo”; y d) “el conocimiento de fondo de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial”. Dada la cuantía del presente proceso y la necesidad alta de financiación se considera oportuno y procedente exigir este indicador el cual de manera individual cumple con una exigencia que le impone el mismo proceso y que le genera a la Administración municipal garantía de cumplimiento, se procede a justificar su inclusión en el proyecto de pliegos.
4.2.1.2.4. CAPITAL DE TRABAJO: Deberá ser mayor al CIEN por ciento (100%) del presupuesto oficial.
Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente
CAPITAL DE TRABAJO: Se considera como aquellos recursos que requiere la empresa para poder operar, también es el excedente de los activos a corto plazo sobre los pasivos a corto plazo, es una medida de capacidad que tiene una empresa para continuar con el normal desarrollo de sus actividades a corto plazo, dada la condición de este proceso, y la cuantía, la administración requiere disponibilidad de recursos a corto plazo del oferente para garantizar su financiación por lo que justifica la necesidad de incluirlo como indicador adicional en este proceso.
Adicionalmente a esto es claro que el capital de trabajo es la disponibilidad de recursos inmediatos (activo disponible) con lo que se configura una razón importante para exigir este requisito en los pliegos, dado que con la forma de pago que se estableció en este proceso y la exigencia financiera de este indicador estamos garantizando la financiación del presente.
Es importante adicionalmente, la exigencia de este indicador, dado que una empresa puede tener importantes recursos en sus activos pero no propiamente en el activo disponible, fundamental para la ejecución del presente proceso. Unos activos importantes en el concepto de no corrientes, (maquinaria y equipo) nos puede mostrar, altas depreciaciones en un año y poco recurso disponible, dada la cuantía de este proceso la administración quiere tener potenciales oferentes con disponibilidad inmediata.
El capital de trabajo se considera como aquellos recursos que requiere la empresa para poder operar, tiene relación directa con la capacidad de la empresa de generar (flujo de caja). El flujo de caja o efectivo, que la empresa genere será el que se encargue de mantener o de incrementar el capital de trabajo.
La Administración Municipal ha determinado que la utilidad del capital de trabajo se centra en su capacidad para medir el equilibrio patrimonial del oferente, toda vez, que la existencia de un amplio capital de trabajo positivo acredita la existencia de activos líquidos en mayor cuantía que las deudas con vencimiento a corlo plazo. Por tratarse de un flujo de caja generado por la empresa, para tender de manera oportuna las obligaciones que se adquieran, y en el entendido de la cuantía del presente proceso, es adecuado incluir este indicador por la exigencia financiera y la disponibilidad de recursos importantes que garanticen la sostenibilidad en el tiempo. En este sentido, el Municipio de Arauca ha
determinado de gran relevancia la exigencia de este indicador como factor habilitante para el presente proceso.
4.2.1.3. FACTOR CAPACIDAD ORGANIZACIONAL (Hábil/ No Hábil)
Permite medir el rendimiento de las inversiones y la eficiente utilización de los activos con que cuenta el oferente. La rentabilidad de cualquier inversión debe ser suficiente de mantener el valor de la inversión y de incrementarla. Dependiendo del objetivo del inversionista, la rentabilidad generada por una inversión puede dejarse para mantener o incrementar la inversión, o puede ser retirada para invertirla en otro campo.
De conformidad con el numeral 4, Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 los proponentes deberán acreditar los indicadores exigidos a continuación, con base en la información financiera contenida en el certificado del Registro Único de Proponentes (RUP). La fijación de estos indicadores corresponde al comportamiento de estos dentro del SIREM, según la clasificación del sector que se hizo anteriormente.
Indicador | Índice Requerido |
Rentabilidad sobre patrimonio | Mayor o Igual al 0.08 |
Rentabilidad sobre activos | Mayor o Igual al 0.04 |
4.2.1.3.1. Rentabilidad sobre patrimonio: Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
El Patrimonio es la cuenta que representa los aportes del dueño o de los dueños para constituir la empresa, incluye además las utilidades, superávit, reservas revalorización del patrimonio entre otros, por tanto este indicador pretende medir financieramente la eficiencia o ineficiencia de las inversiones de estos recursos en la totalidad de las utilidades operacionales.
El sistema de información y reporte empresarial (SIREM) presenta una información estadística para el ROE, así: (2014 en 7.98%) y (2015 en 7.56%).
Con el fin de hacer asequible la presente oferta la administración ha determinado que la siguiente es la fórmula aplicable para el cálculo de la Rentabilidad sobre Patrimonio.
Rentabilidad sobre Patrimonio = (Utilidad Operacional / Patrimonio)*100 Condición: Si RP < 8.0% la propuesta se calificará NO HABILITADO.
Si RP > 8.0% la propuesta se calificará HABILITADO.
4.2.1.3.2. Rentabilidad sobre activos: Determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente.
Es la capacidad que tiene los Activos de generar utilidad, con lo cual, el ente empresarial puede o no justificar el beneficio que prestan los activos en el total de los utilidades operacionales. Una vez aplicado el indicador de Rentabilidad de los Activos podemos mostrar financieramente cual fue el retorno de los activos en términos de utilidades en beneficio de la organización.
El sistema de información y reporte empresarial (SIREM) presenta una información estadística para el XXX, así: (2014 en 2.97%) y (2015 en 4.17%).
Con el fin de hacer asequible la presente oferta la administración ha determinado que la siguiente es la fórmula aplicable para el cálculo de la Rentabilidad sobre activos.
Rentabilidad sobre activos = (Utilidad Operacional / Activo Total)*100 Condición: Si RA < 4.0% la propuesta se calificará NO HABILITADO.
Si RA > 4.0% la propuesta se calificará HABILITADO.
CONSIDERACIONES PARTICULARES
Para la evaluación financiera y organizacional de los indicadores, Liquidez, Endeudamiento, Razón de cobertura de intereses, Rentabilidad del Activo y Rentabilidad del Patrimonio se tendrá en cuenta para habilitar la propuesta, la información contenida en el anexo “Formato del certificado de acreditación de la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional para cumplir con los requisitos habilitantes” prescrito por la Secretaria de Hacienda del municipio de Arauca.
Para Sociedades constituidas en el año 2018, la evaluación financiera de las propuestas, se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
En caso de las Uniones Temporales, los Consorcios u otra forma de asociación, los índices financieros, y organizacionales se calcularan con base en la suma de los índices individuales multiplicados por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. Para ello se determina (índice financiero1 x
% participación1 + índice financiero2 x % participación2 + )
El cálculo de valores absolutos como el indicador de Capital de Trabajo establecido como requisito habilitante en el numeral 4.2.1.2.4 del presente proceso, estará definido a partir de la suma simple de los indicadores de cada integrante de la unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura. Para ello se determina (índice financiero1 + índice financiero2 + )
En caso de no cumplir con algunos de los indicadores de capacidad financiera o Capacidad Organizacional, la propuesta será NO HÁBIL.
4.2.1.4 CAPACIDAD RESIDUAL PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS (CR) (Hábil /No Hábil)
La Capacidad Residual es la aptitud de un contratista para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación.
El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar, si el plazo estimado del contrato es menor a doce (12) meses.
La Capacidad Residual de un proponente plural debe ser la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus integrantes.
Capacidad Residual del Proceso de Contratación=Presupuesto oficial estimado-anticipo o pago anticipado
Si el plazo estimado del contrato es superior a doce (12) meses, la Capacidad Residual del Proceso de ontratación equivale a la proporción lineal de 12 meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar.
Capacidad Residual del Proceso de Contratación | = | Presupuesto oficial estimado – Anticipo o pago anticipado | x | 12 meses |
Plazo estimado contrato (meses) |
Por tanto el proponente debe acreditar una Capacidad Residual igual o superior a la Capacidad Residual establecida en los Documentos del actual proceso de contratación, por lo que la Capacidad Residual del proponente es suficiente si:
Capacidad Residual del proponente ≥ Capacidad Residual del Proceso de Contratación
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.6.4. Del Decreto 1082 de 2015, el interesado en el presente proceso de contratación de obra deberá acreditar su Capacidad Residual o K de Contratación para lo cual debe presentar los siguientes documentos:
1. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
2. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
3. Balance general auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Los estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en el último año (1) año.
La Entidad Estatal debe calcular la Capacidad Residual del proponente de acuerdo con la siguiente fórmula:
A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo:
FACTOR | PUNTAJE MAXIMO |
Experiencia (E) | 120 |
Capacidad Financiera (CF) | 40 |
Capacidad Técnica (CT) | 40 |
Total | 200 |
El cálculo de la Capacidad de Organización no tiene asignación de puntaje en la fórmula porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores.
El proponente debe acreditar una Capacidad Residual superior o igual a la Capacidad Residual establecida en los Documentos del Proceso para el Proceso de Contratación. Por consiguiente, la Capacidad Residual del proponente es suficiente si:
Capacidad Residual del proponente ≥ Capacidad Residual del Proceso de Contratación
La Entidad Estatal debe calcular la Capacidad Residual del proponente de acuerdo con la metodología que defina Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta los factores de: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad de Organización (CO), y los saldos de los contratos en ejecución (SCE).
La Capacidad de organización (CO) corresponde a los ingresos operacionales teniendo en cuenta lo siguiente:
AÑOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA | CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (CO) |
Cinco (5) años o más | Mayor ingreso operacional de los últimos cinco años |
Entre uno (1) y cinco (5) años | Mayor ingreso operacional de los años de vida del oferente. |
Menos de un (1) año | USD 125.0001 |
Si los ingresos operacionales del proponente con uno (1) o más años de información financiera es menor a USD125.000, la Capacidad de organización (CO) del proponente es igual a USD125.000.Para verificar la capacidad de organización del proponente la Entidad Estatal debe solicitar el estado de resultados que
1Liquidados a la tasa de cambio determinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cada 2 años para efectos del umbral del beneficio de las Mipyme.
contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años debidamente auditado y aprobado por el contador público o revisor fiscal según corresponda y suscrito por el representante legal. Esta información debe ir incorporada en el sobre dos (2) de los documentos financieros del oferente para la evaluación correspondiente.
La experiencia (E) del oferente para propósitos de la Capacidad Residual es acreditada por medio de la relación entre: (i) el valor total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP en el segmento 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento” del Clasificador de Bienes y Servicios; y (ii) el presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación.
La relación indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía del Proceso de Contratación objeto de la acreditación de la Capacidad Residual. La siguiente fórmula describe lo anterior.
Experiencia | = | valor total de los contratos RUP (COP) |
(Presupuesto oficial x % Participación) |
El cálculo del factor de experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un oferente plural debe tener en cuenta su participación en el Proceso de Contratación objeto del cálculo de la Capacidad Residual. Si el oferente no es plural no hay lugar a porcentaje.
Para acreditar el factor de experiencia (E), el proponente debe diligenciar el formato correspondiente al Anexo 1 de laGuía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública (Colombia Compra Eficiente), el cual contiene los contratos inscritos en el segmento 72 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV.
Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. El anexo debe ir firmado por el representante legal del oferente y si es prural por cada uno de los representantes de cada uno de los integrantes. Esta información debe ir incorporada en el sobre dos (2) de los documentos financieros del oferente para la evaluación correspondiente.
El puntaje asignado al factor de experiencia (E) se debe asignar con base en la siguiente tabla:
Mayor a | Menor o igual a | Puntaje |
0 | 3 | 60 |
3 | 6 | 80 |
6 | 10 | 100 |
10 | Mayores | 120 |
La capacidad financiera (CF) se obtiene teniendo en cuenta el índice de liquidez del proponente con base en la siguiente fórmula:
Índice de liquidez | = | Activo Corriente |
Pasivo Corriente |
El puntaje para la liquidez se debe asignar con base en la siguiente tabla:
Mayor o igual a | Menor a | Puntaje |
0 | 0,5 | 20 |
0,5 | 0,75 | 25 |
0,75 | 1,00 | 30 |
1,00 | 1,5 | 35 |
1,5 | Mayores | 40 |
El índice de liquidez del proponente se verifica con el RUP. Si el proponente no tiene antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, deben tenerse en cuenta los estados financieros xx xxxxx trimestral o de apertura, suscritos por el representante legal y el auditor que se inscribieron en el RUP2.
La capacidad técnica (CT) se asigna teniendo en cuenta el número de socios y profesionales de la arquitectura, ingeniería y geología vinculados mediante una relación laboral o contractual conforme a la cual desarrollen actividades relacionadas directamente a la construcción.
Para acreditar la capacidad técnica (CT) el proponente debe diligenciar el Formato correspondiente al Anexo 2 de laGuía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública (Colombia Compra Eficiente). Esta información debe ir incorporada en el sobre dos (2) de los documentos financieros del oferente para la evaluación correspondiente.
El puntaje de la capacidad técnica (CT) se asigna con base en la siguiente tabla:
Desde | Hasta | Puntaje |
1 | 5 | 20 |
6 | 10 | 30 |
11 | Mayores | 40 |
COMO PRESENTAR LA LISTA DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN
El proponente debe presentar un certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, indicando:
(i) el valor del contrato;
(ii) el plazo del contrato en meses;
(iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año;
2Artículo 9 del Decreto 1510 de 2013.
(iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado;
(v) si el contrato se encuentra suspendido, y si es así, la fecha de suspensión. Si el proponente no tiene Contratos en Ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia.
Por lo anterior, esta información debe ir incorporada en el sobre dos (2) de los documentos financieros del oferente para la evaluación correspondiente.
El cálculo del Saldo de los Contratos en Ejecución (SCE) debe hacerse linealmente calculando una ejecución diaria equivalente al valor del contrato dividido por el plazo del contrato expresado en días. Este resultado se multiplica por el número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato y si el contrato es ejecutado por una estructura plural por la participación del proponente en el respectivo contratista. Si el número de días por ejecutar en un contrato es superior a 12 meses, es decir 360 días, el Saldo del Contrato en Ejecución solo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses.
PROPONENTES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia deben acreditar los factores de ponderación para el cálculo de la Capacidad Residual de la siguiente forma:
a. Capacidad de organización y financiera: deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
b. Experiencia: deben presentar el formato que hace parte de la presente Guía como anexo, suscrito por el representante legal y revisor fiscal o contador del proponente. El proponente debe aportar copia de los contratos ejecutados o certificaciones de terceros que hubieran recibido los servicios de construcción de obras civiles con terceros, bien sean públicos o privados.
Los proponentes extranjeros que de acuerdo con las normas aplicables aprueben sus estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre en una fecha posterior al quinto día hábil del mes xx xxxxx, pueden presentar sus estados financieros a 31 de diciembre suscritos por el representante legal junto con un pre- informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros. Esta disposición también es aplicable para la información que el proponente en estas condiciones debe presentar para inscribirse en el RUP de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015.
4.3. CAPACIDAD TECNICA (HÁBIL /NO HÁBIL)
4.3.1. EXPERIENCIA GENERAL (ANEXO 2)
Se evaluarán únicamente los contratos inscritos en el RUP. En caso de requerirse para complementar la información de la experiencia certificada en el RUP, el oferente deberá aportar los documentos que permitan verificar las exigencias del presente pliego de condiciones. El oferente deberá referir en el ANEXO 2 el número del consecutivo del contrato certificado en el RUP, para identificarlo.
Los contratos según se requieran podrán ser acreditados con alguno de los siguientes documentos:
Los contratos suscritos con entidades públicas podrán acreditarse mediante acta de liquidación y/o certificación expedida por la ENTIDAD contratante, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio, terminación del contrato, fecha de liquidación y su valor.
Los contratos suscritos bajo el régimen de derecho privado; en oferente deberá anexar a la propuesta: Copia del contrato y/o certificación expedida por la entidad contratante y/o factura cambiaria y/o comprobante de pago, donde sea posible verificar, tipología contractual, objeto, valor fecha de suscripción y fecha de liquidación y/o fecha de pago.
Si al comparar la información presentada en el Anexo No. 2 (Experiencia general del Proponente) con la documentación que aporte el proponente dentro de su oferta para acreditar dicha información, se advierten datos erróneos, incompletos o inconsistentes, prevalecerá el contenido de los documentos soporte.
Solo se tendrán en cuenta para evaluar la EXPERIENCIA GENERAL, lo siguiente:
Para la presente convocatoria se exigirá ocho (08) contratos de obra, debidamente liquidados dentro de los últimos diez (10) años anteriores al cierre del presente proceso de selección, cuya sumatoria del presupuesto oficial sea superior a dos (2) veces el establecido en el proceso precontractual, expresado en salarios mínimos (SMLMV).
Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión temporal, el integrante informara únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación en el formulario predispuesto para tal fin. El valor correspondiente en SMMLV se tomara de acuerdo a la participación que hayan tenido en el contrato que se relacione. (En caso de personas naturales o jurídicas que hayan adelantado contratos en conjunto y formen parte de un mismo porcentaje para la presente convocatoria, solo se tomara el valor correspondiente a la fracción que representaba en dicha convocatoria).
TENER EN CUENTA QUE: De conformidad al decreto 00055 de 2018, por medio de la cual se adopta el manual de contratación de la alcaldía de Arauca, y según el capítulo VII, para efectos de acreditar la experiencia general, la tipología contractual para cada tipo de proceso de selección es la solicitada en el presente pliego de condiciones, sin que se pueda aportar otro tipo de tipología ya que es la establecida por la entidad mediante el presente manual.
4.3.1.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (ANEXO 2A):
Se evaluaran únicamente los contratos inscritos en el RUP; para complementar la información de la experiencia certificada en el RUP, el oferente aportara obligatoriamente los documentos que permitan verificar las exigencias del presente pliego de condiciones. El oferente deberá referir en el anexo el número del consecutivo del contrato certificado en el RUP, para identificarlo.
Los contratos según se requiera, podrán ser acreditados con alguno de los siguientes documentos:
Los contratos suscritos con entidades públicas podrán acreditarse mediante copia del contrato y acta de liquidación y/o certificación expedida por la ENTIDAD contratante y acta de recibo final, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio, terminación del contrato, fecha de liquidación, valor, cantidades de obras ejecutadas.
Los contratos suscritos bajo el régimen de derecho privado; en oferente deberá anexar a la propuesta: Copia del contrato y/o certificación expedida por la entidad contratante y/o factura cambiaria y/o comprobante de pago, donde sea posible verificar, tipología contractual, objeto, valor fecha de suscripción y fecha de liquidación y/o fecha de pago.
Si al comparar la información presentada en el anexo No. 2ª (experiencia específica del proponente) con la documentación que aporte el proponente dentro de su oferta para acreditar dicha información, se advierten datos erróneos, incompletos o inconsistentes, prevalecerá el contenido de los documentos soporte.
Para la presente convocatoria se exigirá tres (03) contratos, debidamente liquidados dentro de los últimos cinco (5) años anteriores al cierre del presente proceso de selección, cuya sumatoria del presupuesto oficial sea superior a dos (2) veces el establecido en el proceso precontractual expresado en salarios mínimos (SMLMV), Los cuales deberán en sumatoria estar clasificados en la totalidad de los códigos relacionados a continuación:
CODIGO | DESCRIPCIÓN |
721415 | SERVICIO DE PREPARACIÓN DE TIERRAS |
771115 | SERVICIOS DE SEGURIDAD AMBIENTAL |
771017 | SERVICIOS DE ASESORÍA AMBIENTAL |
771116 | REHABILITACIÓN AMBIENTAL |
Adicionalmente, se deberán cumplir las condiciones señaladas a continuación:
En sumatoria, los contratos relacionados en la experiencia específica, deberá acreditar la ejecución de las siguientes actividades: retiro de xxxxxx y/o disposición de material retirado.
Nota: Discriminar en un cuadro anexo sobre los contratos aportados de la experiencia específica, donde se puedan verificación de las actividades requeridas en los adicionales, donde se relacionen para cada contrato aportado los ítems, actividades y cantidades ejecutadas en las respectivas actas de recibo final, correspondientes a las mismas actividades requeridas en los adicionales y con los cuales el proponente demuestra tener la experiencia e idoneidad, mediante el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego.
JUSTIFICACIÓN: La Alcaldía de Xxxxxx considera de suma importancia que los oferentes acrediten la experiencia en la ejecución de los ítems antes referidos, en tanto que los mismos corresponden a los que se ejecutarán dentro del objeto contractual como actividades más representativas en cada uno de los frentes de trabajo, guardando armonía ello, en virtud del cual las condiciones de participación deben ser adecuadas, esto es, que tengan relación directa con las que van a ser realizadas. Por tal motivo la administración en aras de asegurar que los oferentes tengan amplia experiencia e idoneidad con el tipo de obras a ejecutar. Adicionalmente se solicitan dos condicione adicionales teniendo en cuentas la magnitud del proyecto, donde se encuentra necesario valorar las actividades donde las cantidades juegan un papel importante.
Se exigirá el adicional conforme al artículo 79 de la constitución política que consagra el derecho a gozar de un ambiente sano y dispone que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del medio ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.
Los contratos presentados para acreditar la experiencia general podrán ser los mismos para acreditar la experiencia específica.
Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión temporal, el integrante informara únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación en el formulario predispuesto para tal fin. El valor correspondiente en SMMLV se tomara de acuerdo a la participación que hayan tenido en el contrato que se relacione. (En caso de personas naturales o jurídicas que hayan adelantado contratos en conjunto y formen parte de un mismo porcentaje para la presente convocatoria, solo se tomara el valor correspondiente a la fracción que representaba en dicha convocatoria).
En caso de que la experiencia se pretenda acreditar mediante contratos suscritos bajo alguna forma de asociación (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad), el valor y las cantidades de actividades ejecutadas a tener en cuenta, para efectos de evaluación será el resultante de afectar el valor ejecutado y/o las cantidades ejecutadas, por el porcentaje de participación del integrante en la estructura plural, conforme conste en el documento de conformación del consorcio o unión temporal que deberá entregar el proponente junto con lo exigido en el respectivo literal.
En caso de acreditación de la experiencia a través de contratos ejecutados en el extranjero, la misma sólo será válida para efectos del proceso, cuando se haya suscrito y ejecutado única y exclusivamente para entidades estatales del país donde se ejecutó el contrato, de igual forma cuando se presente duda entre la denominación de las actividades contenidas en la experiencia aportada y la exigida en el presente proceso, el proponente deberá aportar documento emitido por la entidad contratante donde se contemplen las especificaciones técnicas de dichas actividades, con el fin de poder verificar que las mismas son homologas a las aquí requeridas, de tal forma que se garantice que la experiencia allí aportada es la solicitada para el presente proyecto.
4.3.2. EQUIPO DE TRABAJO (HÁBIL /NO HÁBIL)
El proponente deberá contar con personal idóneo para la ejecución del presente contrato, los cuales deberán estar a entera disposición en el momento de iniciar las obras.
Los integrantes del equipo de trabajo que serán objeto de habilitación son:
No. | PERFIL | FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA GENERAL MÍNIMA | % DEDICACIÓN |
1 | Director de obra | Ingeniero civil | Diez (10) años de ejercicio profesional contados a partir de la tarjeta profesional. | 25% |
1 | Residente de obra | Ingeniero ambiental | Cinco (5) años de ejercicio profesional contados a partir de la tarjeta profesional. | 100% |
Según el tipo de empresa de donde se obtiene la experiencia, y de acuerdo a los requerimientos de la presente licitación pública, se deberá aportar certificación así:
1. En empresa privada: deberá aportar certificación de la empresa donde indique que se desarrolló como profesional especificando el cargo y el proyecto y/o obra desarrollada.
2. En empresa privada que ejecutó contratos con entidad pública: En los casos en los cuales se pretenda acreditar experiencia en proyectos desarrollados para una entidad pública, se requiere que la entidad que supervisó y desarrolló el proyecto certifique que dicho profesional se desempeñó en este.
3. En la entidad pública: una certificación del jefe de la división donde desempeño sus funciones, donde indique claramente la participación del profesional como director de contrato o proyecto según corresponda, el periodo de tiempo, y el número y objeto del contrato en el que el profesional estuvo involucrado.
Además de las certificaciones o demás documentos que acreditan la experiencia del personal propuesto, el proponente deberá adjuntar, los siguientes documentos por cada persona propuesta:
Hoja de vida del personal ofrecido.
Copia de la tarjeta o matrícula profesional vigente
Certificación de la vigencia de la matrícula profesional.
Copia del acta de grado o diploma de título profesional
Copia del acta de grado o diploma.
Acta de postgrado (de ser requerido)
De ser el caso, copia del documento de homologación de los títulos obtenidos en el exterior, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Carta de compromiso de cada personal propuesto debidamente suscrita Formato No. 4.
Tratándose de títulos obtenidos en el exterior y mediante los cuales se pretenda obtener puntaje, estos deberán estar debidamente homologados ante el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la reglamentación vigente. El proponente debe anexar copia de la respectiva resolución de convalidación de estudios expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
Adicionalmente debe acreditar las mismas exigencias que requieren los nacionales para el ejercicio de la profesión tales como tarjeta profesional o su equivalente en el país de origen.
La información requerida en este numeral en lo relacionado con la experiencia general adicional que no sea aportada, NO RESTRINGE LA PARTICIPACION DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE
RECHAZO DE LA PROPUESTA, solamente generará la no asignación del puntaje respectivo.
4.3.5. PLAN DE TRABAJO (HÁBIL /NO HÁBIL)
El proponente deberá presentar en la propuesta el programa de trabajo planteado para la realización del proyecto, en el tiempo establecido en los presentes pliegos de condiciones, el cual debe incluir mínimo, lo siguiente:
Plan de trabajo de actividades a realizar para el cumplimiento del contrato objeto del presente proceso de selección, utilizando una aplicación software tipo Project o similar, en un diagrama xx xxxxxx, discriminado en semanas, con un plazo máximo de ejecución del contrato de DOS (02) meses, contados a partir de la fecha probable de suscripción del acta de iniciación.
Aquellos proponentes que presenten de manera coherente y clara los documentos que sustenten el Plan de trabajo para el proyecto propuesto, cumpliendo con la necesidad, idoneidad, calidad y requisitos mínimos exigidos de la siguiente manera:
CONCEPTO | DESCRIPCION |
Plan de Trabajo | Se verificará una detallada, correcta y pertinente planeación y ejecución de actividades en relación al tiempo necesario para alcanzar los objetivos planteados en el proyecto. |
El proponente de conformidad con lo establecido en el presente numeral deberá desarrollar dentro de su propuesta, como mínimo los siguientes aspectos en cada uno de los sub-criterios a verificar.
El plan de trabajo corresponde a la programación de actividades a realizar para el cumplimiento del contrato objeto del presente proceso de selección, utilizando una aplicación software tipo Project o similar. La herramienta que se utilice deberá proveer diagramas que muestren la secuencia lógica y real de ejecución de las actividades por capítulos, incluyendo como mínimo la siguiente información:
a) Nombre de las actividades necesarias para la correcta, real y óptima planeación, ejecución y liquidación del proyecto, Duración estimada, iniciación, terminación, ruta crítica. Deberá mostrase claramente la Ruta Critica las duraciones deben ser congruentes con los tiempos en la etapa de planificación y de obra establecidos de conformidad con los rendimientos plasmados en los Análisis de precios unitarios en el caso de actividades de obra.
b) Iniciación temprana y terminación temprana
c) Iniciación última y terminación última
d) Holguras
e) Presentar el cuadro resumen donde se muestre ítem, nombre de la actividad y/o Capítulo, precede, sigue, secuencia, duración, iniciación y terminación temprana e Iniciación y terminación última; al igual que las respectivas holguras, de cada una de la actividades o capítulos.
Las demás que sean solicitadas durante la ejecución del proyecto.
Los documentos correspondientes al plan de trabajo, deberán anexarse dentro del sobre No.1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas.
4.3.6. FACTORES PONDERACION
Este criterio y etapa de evaluación se aplicará a todas las propuestas que se presenten, indistintamente de que se encuentren habilitadas o no. Excepto, lo que corresponde al criterio propuesta económica, pues en este se ponderará únicamente en la audiencia pública de adjudicación.
FACTORES DE EVALUACION | PUNTAJE |
1. CALIDAD | 500 PUNTOS |
1.1. Equipo de trabajo | 500PUNTOS |
2. ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 PUNTOS |
2.1. trabajadores en situación de discapacidad | 10 PUNTOS |
3. PRECIO-EVALUACION PROPUESTA ECONOMICA | 390 PUNTOS |
TOTAL | 1000 PUNTOS |
4.3.6.1. CALIDAD (PUNTAJE MAXIMO 500 PUNTOS)
4.3.6.1.1. EQUIPO DE TRABAJO (Máximo 500 puntos) 4.3.6.1.1.1 DIRECTOR DE OBRA. (MÁXIMO 300 PUNTOS)
El director del proyecto propuesto que cumpla con el perfil mínimo y las exigencias mínimas de experiencia exigidas en el pliego de condiciones, podrá obtener los 300 puntos distribuidos, así:
CONCEPTO | REQUISITOS | PONDERACIÓN |
FORMACION ACADEMICA | Mínimo: Profesional ingeniero civil | HABILITANTE |
Adicional: Especialista en gestion ambiental | 50 Puntos | |
EXPERIENCIA GENERAL | Mínimo: 10 años de experiencia profesinal, contados a partir de la expedición de la tarjeta profesional. | HABILITANTE |
Adicional: Por cada año adicional al mínimo exigido se le otorgaran 10 puntos hasta un máximo de 50 puntos. | 50 Puntos | |
Adicional: Por cada certificación donde demuestre haberse desempeñado como Direcor de obra en proyectos de obras civiles, se le otorgaran 10 puntos hasta un total de 50 puntos. | 50 Puntos | |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | Mínimo: Por cada certificación donde demuestre haberse desempeñado como Director de obra en proyectos de obras de rehabilitación y limpieza xx xxxx y caños, se le otorgaran 50 puntos hasta un total de 150 puntos. | 150 Puntos |
TOTAL PUNTAJE | 300 Puntos |
4.3.6.1.1.2 INGENIERO RESIDENTE: (MAXIMO 200 PUNTOS)
El ingeniero residente de obra propuesto que cumpla con el perfil mínimo y las exigencias mínimas de experiencia exigidas en el pliego de condiciones, podrá obtener los 200 puntos distribuidos, así:
CONCEPTO | REQUISITOS | PONDERACIÓN |
FORMACION ACADEMICA | Mínimo: Profesional ingeniero ambiental | HABILITANTE |
EXPERIENCIA GENERAL | Mínimo: 5 años de experiencia profesional, contados a partir de la expedición de la tarjeta profesional. | HABILITANTE |
Adicional: Por cada año adicional al mínimo exigido se le otorgaran 10 puntos hasta un máximo de 20 puntos. | 20 PUNTOS | |
Adicional: Por cada certificación donde demuestre haberse desempeñado como Ingeniero Residente en proyectos de obras civiles, se le otorgaran 6 puntos hasta un total de 30 puntos. | 30 PUNTOS |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | Mínimo: Por cada certificación donde demuestre haberse desempeñado como Ingeniero Residente en proyectos de obras de rehabilitación y limpieza xx xxxx y caños, se le otorgaran 50 puntos hasta un total de 150 puntos. | 150 PUNTOS |
TOTAL PUNTAJE | 200 PUNTOS |
Según el tipo de empresa de donde se obtiene la experiencia, y de acuerdo a los requerimientos de la presente licitación pública, se deberá aportar certificación así:
1. En empresa privada: deberá aportar certificación de la empresa donde indique que se desarrolló como profesional especificando el cargo y el proyecto y/o obra desarrollada.
2. En empresa privada que ejecutó contratos con entidad pública: En los casos en los cuales se pretenda acreditar experiencia en proyectos desarrollados para una entidad pública, se requiere que la entidad que supervisó y desarrolló el proyecto certifique que dicho profesional se desempeñó en este.
3. En la entidad pública: una certificación del jefe de la división donde desempeño sus funciones, donde indique claramente la participación del profesional como director de contrato o proyecto según corresponda, el periodo de tiempo, y el número y objeto del contrato en el que el profesional estuvo involucrado
Además de las certificaciones o demás documentos que acreditan la experiencia del personal propuesto, el proponente deberá adjuntar, los siguientes documentos por cada persona propuesta:
Hoja de vida del personal ofrecido.
Copia de la tarjeta o matrícula profesional vigente
Certificación de la vigencia de la matrícula profesional.
Copia del acta de grado o diploma de título profesional
Copia del acta de grado o diploma.
Acta de postgrado (de ser requerido)
De ser el caso, copia del documento de homologación de los títulos obtenidos en el exterior, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Carta de compromiso de cada personal propuesto debidamente suscrita Formato No. 4.
Tratándose de títulos obtenidos en el exterior y mediante los cuales se pretenda obtener puntaje, estos deberán estar debidamente homologados ante el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la reglamentación vigente. El proponente debe anexar copia de la respectiva resolución de convalidación de estudios expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
Adicionalmente debe acreditar las mismas exigencias que requieren los nacionales para el ejercicio de la profesión tales como tarjeta profesional o su equivalente en el país de origen.
La información requerida en este numeral en lo relacionado con la experiencia general adicional que no sea aportada, NO RESTRINGE LA PARTICIPACION DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE
RECHAZO DE LA PROPUESTA, solamente generará la no asignación del puntaje respectivo.
4.3.6.2. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL: 100 Puntos
Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 816 de 2003 y Decreto 1082 de 2015, en cuanto al apoyo de la industria nacional, se establecen los siguientes criterios de calificación, el puntaje se otorgará así:
ITEM | DESCRIPCION | PUNTOS |
1 | SI EL SERVICIO ES DE ORIGEN NACIONAL (FORMATO No. 8) | 100 |
2 | SI EL SERVICIO ES DE ORIGEN EXTRANJERO (FORMATO No. 8) | 50 |
3 | SI NO INDICA | 0 |
Para lo cual deberá allegar el Formato 7 debidamente diligenciado.
4.3.6.3. PROPONENTES QUE VINCULEN TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD (1%) (10 PUNTOS).
Para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:
1. La persona natural o el representante legal, de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificara el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificado los anteriores requisitos, se asignaran 10 puntos a quienes a acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad en su planta de personal señalado a continuación:
NUMERO TOTAL DE TRABAJADORES DELA PLANTA DE PERSONAL DEL PROPONENTE | NUMERO MINIMO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EXGIDO |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
4.3.7. PROPUESTA ECONÓMICA (390 PUNTOS)
El Anexo 1 que soporte la propuesta económica por parte de los oferentes se constituye en un factor puntuable de evaluación, conforme se indica en este pliego de condiciones y permanecerá sellado hasta la audiencia de adjudicación.
4.3.7.1. RELACIÓN DETALLADA DEL CÁLCULO DEL VALOR DE LA PROPUESTA (ANEXO N°. 1)
Existe un presupuesto oficial el cual no puede ser superado so pena de rechazo de la propuesta. En el Anexo N°. 1 aparece el cuadro de cantidades para el desarrollo del objeto del actual proceso en el cual la descripción, unidades y cantidades que en él aparecen, no podrán ser modificadas por el proponente so pena del rechazo de la propuesta. El presente Xxxxx se deberá presentar suscrito por el
representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, la omisión de la presentación del presente anexo o la no suscripción del mismo general rechazo de la propuesta.
El proponente deberá tener en cuenta un porcentaje del valor de la propuesta para el cumplimiento de las obligaciones de estampillas, impuestos, deducciones, licencias si hubiere el caso.
En este sobre, el proponente debe indicar en el ANEXO CORRESPONDIENTE (Anexo No. 1 del presupuesto de obra), en pesos colombianos (Números), el valor total de la propuesta, el cual debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo del contrato. Deberá expresarse en números y ajustarse al peso.
Los proponentes deberán dar precios unitarios y valores totales para todos y cada uno de los ítems que aparecen cuantificados o también indicados como suma global en el formulario de la propuesta (Obligaciones sinalagmáticas) y que forma parte de este pliego de condiciones (La falta de alguno de ellos, variación de cantidades o descripción de los ítems será causal de rechazo de la propuesta). Los precios unitarios y valores totales para cada ítem deben escribirse en forma legible y siempre a tinta, sin enmendaduras, ni tachaduras, en el formulario de la propuesta suministrado por LA ENTIDAD.
La omisión de este documento genera rechazo de la propuesta. LA ENTIDAD corregirá los errores aritméticos (Sumas, restas, multiplicaciones, etc.) contenidos en los productos y en la sumatoria, según lo indicado al efecto en estos pliegos de condiciones.
4.3.7.2. DISCRIMINACIÓN A.I.U.
El proponente deberá calcular un A.I.U., que contenga, todos los costos de administración en los que incurre la organización del contratista para poder desarrollar el objeto del contrato, los imprevistos y la utilidad o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución del trabajo. EL VALOR DEL AIU DEBERÁ SER EXPRESADO
ÚNICAMENTE EN PORCENTAJE (%) Y NO EN PESOS Y DEBERÁ CONSIGNARLO Y DISCRIMINARLO EN LA PROPUESTA ECONÓMICA (ADMINISTRACIÓN (A), IMPREVISTOS (I) Y UTILIDAD (U)).
Es entendido que los precios unitarios que ofrezcan los proponentes se referirán a los pagos de las obligaciones debidamente ejecutados de conformidad con las especificaciones, gastos administrativos, utilidad e imprevistos de riesgos del contratista. El municipio no adquiere ninguna responsabilidad por el olvido o no inclusión de costos y elementos necesarios para el cumplimiento del respectivo ítem.
La no discriminación del A.I.U, será causal de RECHAZO.
El valor del A.I.U. que presenten los proponentes no debe ser mayor al 35%, SO PENA DE RECHAZO DE LA PROPUESTA.
4.3.7.3. ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS.
El proponente deberá diligenciar para cada uno de los ítems enunciados en el ANEXO No. 1, el análisis de todos y cada uno de los precios unitarios (costos directos más indirectos). Los precios unitarios resultantes y las unidades de medidas análisis no podrán ser diferentes a los consignados en el referido anexo que se incluye en la propuesta. El oferente podrá usar libremente un formato para el Análisis de Precios Unitarios, siempre y cuando incluya los insumos correspondientes a equipos, materiales, transporte y mano de obra. Únicamente los valores finales de los Precios Unitarios deben estar ajustados
al peso. Las demás operaciones matemáticas deben ser calculadas y presentadas con dos (02) decimales.
El proponente deberá adjuntar dentro del sobre No 2 los análisis unitarios solicitados en el párrafo anterior. La no presentación de todos y cada uno de los precios unitarios, junto con cada una de las actividades inherentes correlacionadas al mismo, determinará el rechazo de la propuesta. LA ENTIDAD corregirá los errores aritméticos
(Sumas, restas, multiplicaciones, etc.), contenidos en los productos y en la sumatoria, según lo indicado al efecto en estos pliegos de condiciones.
4.3.7.4. REQUISITOS DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La multiplicación de las columnas “Cantidad” por “Precio Unitario” del formulario. Las sumas correspondientes a la columna “Valor Total” del formulario.
El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios o globales propuestos. El valor total de la propuesta tendrá una asignación de 390 puntos como máximo
4.3.7.5. PROPUESTA ECONÓMICA (390 PUNTOS)
El formato que soporte la propuesta económica por parte de los oferentes se constituye en un factor puntuable de evaluación, conforme se indica en este pliego de condiciones.
El valor de la propuesta será consignado en el Anexo 1, y no podrá ser superior al señalado en el presupuesto oficial.
4.3.7.5.1. Requisitos de la Oferta Económica:
La multiplicación de las columnas “cantidad” por “Precio Unitario” del formulario ajustada a dos decimales.
Las sumas correspondientes a la columna “Valor Total” del formulario ajustado al peso.
El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios o globales propuestos. El valor total de la propuesta tendrá una asignación de 390 puntos como máximo.
Cuando al menos uno de los ítems contemplados en el cuadro de costos de la oferta supere el 5% del monto establecido para cada uno de los valores señalados en el estudio previo por ítem, la oferta será rechazada.
4.3.7.5.2. Puntaje por precio.
Esta evaluación otorga un máximo de 390 puntos y aplicará la media aritmética según el manual de Colombia compra eficiente, respecto de las demás propuestas se les restaran 50 puntos según el orden de elegibilidad; en caso de que le orden de elegibilidad de ofertas sea un número superior a 7 en adelante se asignarán 50 puntos.
4.3.7.5.2.1. Media aritmética
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes formulas:
= media aritmética
xi = valor oferta sin decimales
n = número total ofertas válidas presentadas
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las ofertas de acuerdo con las siguientes formulas
= Media Aritmética
Vi = Valor Total De Cada Una De Las Ofertas i, Sin Decimales i = Número De Ofertas
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética, se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
La propuesta más favorable, será para aquel proponente que reúna todos los factores de cumplimiento verificados como hábiles y el mayor puntaje en los demás factores de escogencia, según los criterios de evaluación diseñados, así:
PT= PC+ PAI +PR
Dónde:
PT: Puntaje obtenido por cada proponente
PC: Puntaje por factor calidad
PAI: Puntaje por Apoyo a la Industria Nacional
PR: Puntaje por factor precio.
4.3.7.6. PROCEDIMIENTO EN LA CORRECCION DE ERRORES ARITMETICOS
En la evaluación de la propuesta el municipio de Arauca determinará si existen errores en el producto de las operaciones aritméticas de los precios de la misma, caso en el cual el Municipio hará las correcciones correspondientes.
Las correcciones establecidas en las ofertas, serán de forzosa aceptación para el proponente en relación con los precios, en caso de que se le adjudique el contrato.
Si el proponente rehúsa aceptarlas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cuyo caso se celebrará el contrato con el oferente calificado en segundo lugar, si la propuesta resulta igualmente conveniente.
4.3.8. LA AUDIENCIA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN.
La audiencia pública de adjudicación se realizará según lo señalado en el numeral en el Artículo 2.2.1.2.1.1.2, del Decreto 1082/2015, con el siguiente orden del día:
1. Saludo de bienvenida por parte del Jefe de la Oficina Asesora Xxxxxxxx al señor alcalde (cuando este asista), a los miembros del comité evaluador, a los proponentes y demás asistentes que se presenten a la audiencia de adjudicación.
2. Apertura de las propuestas económicas presentadas, revisión y evaluación por parte del comité evaluador.
3. Traslado de la evaluación de la propuesta económica a los proponentes habilitados y determinación del orden de elegibilidad.
4. Se concede la palabra a los oferentes que deseen manifestarse sobre las respuestas dadas por la entidad estatal a las observaciones presentadas respecto del informe de evaluación, lo cual no implica una nueva oportunidad para modificar o mejorar la oferta.
5. Se concede la oportunidad de réplica por una única vez a los oferentes que así lo soliciten, para que respondan a las observaciones que sobre la evaluación de su oferta hayan hecho los intervinientes.
6. Apertura del sobre económico.
7. Según se requiera, el comité evaluador se pronunciara respecto de las manifestaciones realizadas por los proponentes que intervinieron.
8. Recomendaciones del comité evaluador respecto a los requisitos jurídicos, técnicos y financieros y su consideración respecto a la adjudicación.
9. Manifestación del señor Alcalde o del jefe de la oficina jurídica si esta delegado, aceptando o no las recomendaciones del comité evaluador de adjudicar el proceso.
10. Lectura de la parte resolutiva del acto administrativo de adjudicación.
La oportunidad a la que se refiere el punto 2 y 3, en la cual, los oferentes podrán pronunciarse únicamente sobre las respuestas dadas por la entidad a las observaciones presentadas respecto del informe de evaluación, esto no implicará una nueva oportunidad para realizar observaciones distintitas a las presentadas y lo oferentes interesados tendrán una duración máxima de intervención de 10 minutos.
4.3.9. EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual la entidad mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, de conformidad con lo señalado en el Artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.
4.3.10. CRITERIOS DE DESEMPATE.
El municipio de Arauca después de efectuar la suma de los puntos obtenidos por cada uno de los diferentes oferentes, en caso de presentarse empate en el mayor puntaje entre dos o más, adjudicará el contrato, conforme lo establece el Artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015,
“Artículo 2.2.1.1.2.2.9. Factores de desempate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación”.
Si persiste el empate se utilizará el sistema de sorteo por balotas como método aleatorio, conforme al siguiente procedimiento:
1. A cada proponente se le asignará un número inmodificable de 1 a n (siendo n el Número máximo de proponentes empatados el cual no podrá ser superior a 6.
2. Las balotas serán introducidas en una urna o bolsa, y la primera balota en salir definirá el proponente precalificado adjudicatario del proceso.
CAPITULO V.
4. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
5.1. DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte del contrato que se celebre, los siguientes documentos y a él se consideran incorporados:
El contrato, que tiene prioridad sobre cualquier otro documento
El documento regla y especificaciones que sirvieron de base para preparar la propuesta
Las adendas publicadas por la entidad
Los estudios previos y normas de obligatorio cumplimiento.
La Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios y normas auxiliares.
La propuesta presentada por el contratista y corregida por LA ENTIDAD si a ello hubo lugar.
El acta de iniciación de ejecución del contrato con sus anexos.
Además de las condiciones establecidas en el presente documento, los oferentes están obligados a aceptar íntegramente aquellas que de conformidad con la Ley deben contener los contratos de la administración pública.
5.2. ELABORACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO. DOCUMENTOS REQUERIDOS
Al proponente a quien se le adjudique un contrato, previo los procedimientos legales, contará con un plazo máximo de cinco (5) días, para legalizarlo. El contrato que resulte de la presente contratación se perfeccionará cuando se suscriba por las partes. Posterior a ello, el contratista deberá allegar los siguientes documentos:
Garantía única de cumplimiento.
5.3. TÉRMINO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Quien resulte adjudicatario de la presente selección deberá suscribir el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de no hacerlo, el municipio de Arauca mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, en los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.
5.4. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO
Copia del contrato de obra e interventoría de obra civil, perfeccionados.
Copia del Acta de inicio del contrato de interventoría.
Plan de gestión integral de obra (PGIO) aprobado por la interventoría el cual debe garantizar la ejecución de las obras en los aspectos de calidad, ambiental, seguridad y salud en el trabajo (SST).
Plan de trabajo con programación ajustada a la ejecución de cada actividad del proyecto, las licencias y/o permisos necesarios para el desarrollo del proyecto, las cuales no están a cargo del contrato específico y serán asumidas por la entidad territorial.
Los demás requisitos que disponga la entidad.
5.5. PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
Los contratos estatales no podrán cederse sino con autorización previa y escrita del municipio de Arauca mediante Resolución motivada con previa autorización escrita del representante legal o representante según corresponda.
5.6. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
La entidad con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado de conformidad con los Artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas.
Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993.
5.7. CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, LA ENTIDAD por medio de acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre de conformidad con el artículo 18 de la Ley 80 de 1993.
5.8. GARANTIAS DEL CONTRATO
El oferente deberá constituir las garantías requeridas por la entidad para el cumplimiento de sus obligaciones, estas se podrán presentar a través de a) Contratos de seguros, b) patrimonio autónomo o
c) Garantía bancaria.
- CUMPLIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO Y EL PAGO DE MULTAS Y SANCIONES, por un
término igual al plazo del contrato y seis (6) meses más, y por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. En todo caso deberá permanecer vigente hasta la liquidación del contrato. Artículo 2.2.1.2.3.1.12 del Decreto 1082 de 2015.
- GARANTÍA BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO: por valor equivalente al 100% del valor del anticipo con una vigencia igual al término del contrato y seis (6) meses más de igual manera deberá mantenerse vigente hasta la etapa de liquidación del contrato. Artículo 2.2.1.2.3.1.10 del Decreto 1082 de 2015.
- PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Por una
cuantía equivalente al diez (10%) por ciento del valor del presente contrato y un término igual al plazo de ejecución más tres (3) años más. Artículo 2.2.1.2.3.1.13 del Decreto 1082 de 2015.
- ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA.Por una cuantía equivalente al diez (10%) por ciento, y con una vigencia de cinco (5) años contados a partir del acta de entrega final. Artículo 2.2.1.2.3.1.14 del Decreto 1082 de 2015.
El contratista ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se efectúen, en caso de ser necesario.
- RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Por una cuantía no inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) al momento de la expedición de la póliza, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato. Artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de 2015.
El contratista ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se efectúen, en caso de ser necesario.
INDEMNIDAD:
El contratista deberá mantener indemne al municipio de Arauca de toda reclamación, demanda, acciones legales o similares, originadas en reclamaciones de terceros, que tengan como causa toda acción u omisión del contratista, subcontratista o dependientes a su cargo y que con ellas haya ocasionado daños, lesiones y/o perjuicios a terceros durante la ejecución del contrato.
Asimismo, el municipio de Arauca podrá hacer uso de la cláusula penal pecuniaria y de la cláusula de multas en caso de presentarse alguna irregularidad en la ejecución contractual, pudiendo acudir incluso al ejercicio de las potestades excepcionales que se pacten dentro del texto contractual. En cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía. La aseguradora, responderá al municipio por el pago de todas las sumas que sean exigibles al contratista, por razón del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato. El municipio de Arauca se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la garantía única de cumplimiento a favor de entidades estatales.
5.10. FORMA DE PAGO
El municipio de Arauca pagará este contrato de la siguiente forma:
a) Hasta un ochenta (80%) del valor del contrato mediante actas parciales de ejecución, previa presentación de:
• Informe del contratista
• Informe del interventor
• Certificación de cumplimiento expedida por el Interventor
• Registro fotográfico
• Pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal y los correspondientes certificados de (SENA, ICBF, COMFIAR)
• Pólizas vigentes y su aprobación por la oficina asesora jurídica municipal.
Parágrafo 1º: En caso que la entidad haya entregado al contratista dineros por concepto de anticipo, éste deberá presentar los respectivos soportes de inversión para su correspondiente amortización.
b) El veinte (20%) restante a la finalización del objeto contractual previa presentación de:
• Informe final del contratista
• Certificación de cumplimiento expedida por el Interventor
• Acta final
• Acta de liquidación del contrato suscrito por las partes
• Registro fotográfico
• Soportes del pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal (SENA, ICBF, COMFIAR) y los correspondientes certificados de cada uno.
• Xxx y salvo del pago de salarios y prestaciones sociales al personal contratado, firmado por el contratista y los empleados.
• Pólizas vigentes y su aprobación por la oficina asesora jurídica municipal.
Parágrafo 2º: El municipio concederá al contratista un anticipo hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del contrato, el cual será entregado una vez se haya perfeccionado el contrato. Para efectos de amortización del anticipo, el contratista deberá en cada acta parcial o acta de liquidación de ser el caso, amortizar el mismo porcentaje del que le fue entregado.
MANEJO DEL ANTICIPO:
La iniciación de las labores o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no están supeditados en ningún caso, al giro del anticipo por parte del MUNICIPIO DE ARAUCA, el cual entenderá haber adjudicado al contrato a un proponente que ha acreditado tener la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para ejecutarla cumplidamente.
Cuando el proceso o el contrato resultante del mismo sean diferentes a los casos establecidos en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, el manejo de los recursos entregados al contratista a título de anticipo, deberá realizarse en cuenta conjunta, a nombre del contrato suscrito. Estos recursos serán manejados entre el supervisor o interventor y el contratista. El contratista deberá abrir una cuenta corriente o de ahorros para este fin.
Para el cobro del anticipo el contratista deberá presentar la orden de iniciación, deberán estar satisfechos los requisitos de ejecución del contrato, deberá estar aprobada la garantía única de cumplimiento por el funcionario competente del MUNICIPIO DE ARAUCA y la solicitud de registro presupuestal.
Una vez constituida y aprobada la garantía única, el anticipo se entregará al contratista luego de la presentación por parte del mismo de los respectivos documentos ante la secretaría de hacienda municipal.
Los rendimientos que llegaren a producir los recursos así entregados, pertenecerán al tesoro municipal. El contratista deberá presentar el plan de inversión del anticipo, para revisión y aprobación de la Entidad contratante. Los dineros del anticipo no podrán destinarse a fines distintos que los de ejecución de los trabajos y de los aquí contemplados.
Estos dineros tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean amortizados mediante la ejecución de las obras contratadas, momento hasta el cual su mal manejo, el cambio de destinación o su apropiación darán lugar a las responsabilidades penales correspondientes.
Los desembolsos de la cuenta deben ser directamente proporcionales a la ejecución del contrato, los saldos deben generar rendimientos, salvo que los recursos sean invertidos en su totalidad en un solo giro en actividades tendientes al cumplimiento del objeto contractual. El Interventor y/o supervisor autorizará el primer desembolso de la cuenta, en concordancia con el plan de inversión del anticipo, así mismo verificará los rendimientos financieros de la cuenta conjunta si a ello hubiere lugar.
Para la autorización de los desembolsos siguientes, el contratista deberá presentar al interventor o supervisor un informe de gastos detallados y debidamente soportados, incluyendo las facturas que demuestren el gasto de la totalidad del desembolso entregado, soportes que deben estar legalmente expedidos y firmados; y rendimientos financieros, demostrando que los recursos invertidos se ajustan al plan de manejo del anticipo aprobado con anterioridad y que efectivamente se adquirieron en las fechas en las que se autorizó el desembolso.
El supervisor o interventor del contrato verificará y dará el visto bueno de la relación de gastos, los cuales deben ser consistentes con el plan de inversión del anticipo aprobado. De encontrarse evidencia de uso indebido del anticipo, el interventor o supervisor del contrato remitirá la documentación soporte y solicitud debidamente motivada a la oficina asesora jurídica solicitando de manera expresa hacer efectiva la póliza de buen manejo del anticipo pactado en el contrato. Los rendimientos financieros que genere la cuenta abierta para tal fin, se consignaran a favor del municipio de Arauca, mediante coordinación con la tesorería municipal, previa certificación del banco.
Una vez ejecutado el monto total del anticipo, y el contratista haya entregado los informes requeridos para demostrar el buen manejo del mismo y las consignaciones de la totalidad de los rendimientos financieros ante la tesorería municipal, se procederá a la cancelación de la cuenta bancaria por parte del contratista, previo visto bueno del Interventor y/o supervisor
En los contratos de obra, concesión, salud, o los que se realicen por licitación pública, el contratista deberá constituir una FIDUCIA O UN PATRIMONIO AUTÓNOMO IRREVOCABLE para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, salvo que el contrato sea de menor o mínima cuantía.
El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista.
CRONOGRAMA DE PAGOS
N° ORDEN | CONCEPTO | PORCENTAJE | SALDO |
1 | ACTA PARCIAL 1 | 40% | 60% |
2 | ACTA PARCIAL 2 | 40% | 20% |
3 | ACTA LIQUIDACIÓN | 20% | 0% |
NOTA: La administración municipal hace la salvedad que el cronograma y los porcentajes de las actas parciales de pagos puede variar relativamente a la ejecución y cumplimiento de actividades.
5.11. IMPUESTOS Y DERECHOS
El contratista deberá pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos y gastos legales en que incurra para la realización de las obligaciones contractuales para dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y demás normas legales aplicables que existan sobre el particular.
5.12. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE EJECUCIÓN A LOS CONTRATOS EN VIRTUD DEL DECRETO 0052 DE 13 XX XXXXX DEL 2018.
el futuro contratista se encuentra sometido a las disposiciones establecidas en el mencionado acto administrativo el cual hará parte integral del proceso contractual en donde el jefe de la oficina asesora jurídica municipal cuenta con toda la potestad legal para hacer las exigencias de que haya lugar con el fin de cumplir a cabalidad con la delegación asignada.
5.13. SUPERVISION DEL CONTRATO
Para el control y vigilancia de la correcta ejecución del contrato, la administración municipal, supervisará el desarrollo del contrato a través del secretario de obras públicas municipal, o el que se designe por la Administración para tal fin. El contratista deberá respetar, facilitar y acatar los requerimientos y observaciones de la supervisión. La supervisión está autorizada para impartir instrucciones u órdenes al contratista sobre asuntos de su responsabilidad, relacionados las actividades y éste estará obligado a cumplirlas. Todas las comunicaciones u órdenes del interventor al contratista, serán expedidas o ratificadas por escrito. Serán funciones de la supervisión asegurar para el municipio, que el contratista cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato, para su correcta ejecución en los aspectos técnicos y administrativos del mismo.
5.14. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Al proponente a quien le sea adjudicado el contrato, deberá cumplir con lo ofertado, los requerimientos técnicos solicitados, así como las actividades aquí mencionadas:
a) Acatar la constitución, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el gobierno nacional y municipal, y demás disposiciones pertinentes.
b) Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se le entregue la copia del contrato y las instrucciones para su legalización, deberá constituir las garantías pactadas en el contrato.
c) Cumplir idónea y oportunamente el objeto del contrato en la forma, precio y tiempos pactados.
d) Cumplir con la propuesta presentada en cada una de sus partes y componentes.
e) Ejecutar cada uno de los ítems cumpliendo las características establecidas en las especificaciones técnicas del presente documento.
f) Asumir bajo su costo y riesgo todos los costos en que se incurra para la ejecución del contrato.
g) Responder por la buena calidad de los materiales, insumos y elementos utilizados en el desarrollo de las actividades que se incluyen en el presente proyecto.
h) Disponer del personal profesional o técnico e idóneo para desarrollar cada una de las actividades que involucra el presente proyecto.
i) Garantizar que todos los empleados y trabajadores contratados para la ejecución del proyecto deben estar vinculados por parte del contratista como empleador al régimen contributivo de seguridad social.
j) Presentar informes consolidados de avance de actividades y todos los que le sean requeridos por la supervisión del contrato. Los informes consolidados serán el soporte valido para el trámite de actas parciales.
k) Xxxxxxx las consultas y sugerencias del supervisor presentadas por escrito y acatarlas.
l) Mantener reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato que resulte del presente proceso.
m) Realizar reuniones periódicas con el supervisor con el fin de canalizar diferentes aspectos técnicos y administrativos relacionados con el proyecto si las hubiere y levantar acta de las reuniones realizadas.
n) Efectuar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con la Ley 100 de 1993, Decretos reglamentarios y demás leyes concordantes, realizar los aportes parafiscales de conformidad con las normas aplicables a la materia, exigir a sus trabajadores una vez finalizado el contrato paz y salvo por conceptos salariales y prestacionales.
o) Obrar con lealtad en las etapas contractuales y post contractuales respectivamente.
p) Avisar oportunamente al municipio de las situaciones previsibles que puedan afectar el equilibrio financiero del contrato.
q) No incurrir en situaciones de conflicto de interés o que afectan la integralidad del municipio.
r) Presentar los demás informes que sobre la ejecución del contrato requiera el supervisor del mismo.
s) Las demás inherentes al objeto y a la ejecución del contrato.
5.15. PRESTACIONES SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL CONTRATISTA
Todos los empleados y trabajadores vinculados al contrato deben estar dotados de elementos de protección personal adecuados y requeridos para este tipo de trabajos y afiliados por parte del contratista como empleador, al régimen contributivo de obligación social (SALUD E.P.S., RIESGOS A.R.L. Y FONDO DE PENSIONES). El interventor deberá velar por el cumplimiento de esta obligación legal. Así mismo, el contratista deberá pagar todos los aportes parafiscales que se deriven con la ejecución del presente contrato. (Cuando haya lugar).
5.16. DE LA OBLIGATORIEDAD DE EMPLEAR EL PERSONAL PROFESIONAL REQUERIDO
El contratista está obligado a emplear en la ejecución de los trabajos el personal profesional presentado y aprobado en su propuesta, quienes deberán suscribir con el número de su Tarjeta profesional todos los informes, estudios, etc. Que se produzcan en sus respectivas áreas, la cual debe ser convalidada por el Interventor o supervisor del contrato. Dicho personal no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto; no obstante, si por alguna circunstancia alguno de los profesionales propuestos se debe cambiar, se reemplazará por otro de igual o mayor calificación, de tal forma que su hoja de vida obtenga como mínimo la misma calificación otorgada al profesional incluido en la propuesta. Cualquier cambio del personal profesional propuesto deberá ser aprobado previamente por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE ARAUCA. La entidad se reserva el derecho de exigir el reemplazo o retiro de cualquier empleado o trabajador vinculado al contrato. El contratista no podrá, en ningún caso, vincular menores de edad a las labores objeto del contrato.
5.17. VEEDURÍA DE LOS TRABAJOS.
La veeduría tiene como propósito servir de canal de comunicación entre las demás entidades, la comunidad y el municipio de Arauca, en lo relacionado con el cumplimiento de las labores de la consultoría, durante la ejecución del contrato objeto del mismo, logrando de esta manera desarrollar los principios constitucionales de participación ciudadana, deber y control en la función del Estado.
De acuerdo con la Ley 850 del 2003, las veedurías podrán conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley.
5.18. MINUTA MODELO DEL CONTRATO
Se presenta en el FORMATO No 8, modelo de la estructura general de la minuta contractual, sin embargo la entidad podrá según requerimientos particulares del proceso modificar, adicionar o complementar el contenido de la misma.
5.19. MATRIZ DE RIESGO
La matriz de riesgo se encuentra como documento anexo
CAPÍTULO VI
5. ALCANCE DEL OBJETO
El contratista se obliga para con el municipio a ejecutar, a los precios cotizados en la oferta, hasta su total terminación y aceptación final, la prestación de los servicios referenciados que se detallan en los presentes pliegos de condiciones.
La descripción detallada y completa del objeto del contrato es la establecida en el estudio previo y pliego de condiciones.
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Alcalde Municipal
(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO)
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX
Aspectos Jurídicos Aspectos Financieros
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
Xxxxxx y Avalo Aspectos Tecnicos Profesional de apoyo de la OAJM
(ORIGINAL FIRMADO)
Elaboro: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Profesional de apoyo de la OAJM
ANEXO 1 PROPUESTA ECONOMICA
2 | IMPLEMENTACION DE ACCIONES ENMARCADAS EN EL PLAN DE ACCION ESPECIFICO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA PARA LA RECUPERACION DE LA CAPACIDAD HIDRAULICA DEL RIO ARAUCA AFECTADO EN LAS XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - XX XXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXX - XXXXXX. | ||||
item | ITEM | UND | CANTIDAD | VR. UNIT | VR. PARCIAL |
2,1 | RETIRO DE CARAMA (Rio Arauca) | M3 | 11.000,00 | ||
2,3 | DISPOSICION DE MATERIAL RETIRADO(Rio Arauca) | M3 | 9.900,00 | ||
TOTAL CAPITULO | |||||
SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS | |||||
AIU | 35,0% | ||||
TOTAL OBRA CIVIL | |||||
MITIGACION AMBIENTAL | 0,99% | ||||
TOTAL |
FIRMA DEL PROPONENTE
ANEXO 2
Experiencia general
(Se encuentra en formato Excel publicado)
ANEXO 2A
Experiencia especifica
(Se encuentra en formato Excel publicado)
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Lugar, fecha Señores
MUNICIPIO DE ARAUCA
Centro Administrativo Municipal Arauca Xxxxxxx 00 Xx.00 x 00 Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx
REFERENCIA: CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)002-2018
Nosotros los suscritos: (nombre del oferente) de acuerdo con las bases de la presente Contratación, hacemos la siguiente oferta para
(objeto de la selección abreviada de menor cuantía) y, en caso que nos sea adjudicado el proceso por parte del municipio de Arauca, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente.
Declaramos así mismo:
Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
Que conocemos la información general y demás documentos de los pliegos de condiciones dela presente Selección Abreviada de Menor Cuantía y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
Que conocemos las características del sitio donde se desarrollaran los trabajos.
Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.
Que no hemos sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna Entidad Oficial dentro de los últimos Cinco (5) años anteriores a la fecha límite de entrega de las ofertas ó en su defecto informamos que hemos tenido incumplimiento con las siguientes entidades:
(indicar el nombre de cada entidad).
Que hemos recibido los siguientes adendos a los documentos dela presente Selección Abreviada de Menor Cuantía.
(indicar el número y la fecha de cada uno) y que aceptamos su contenido.
Que si somos adjudicatarios, nos comprometemos a suscribir el contrato, a constituir y presentar las garantías y a realizar todos los trámites necesarios para su perfeccionamiento y legalización, en los plazos señalados en el presente pliego de condiciones.
Que nos comprometemos a cumplir el plazo del contrato de conformidad con lo solicitado en los Pliegos de condiciones, contado a partir de la aprobación del acta de iniciación.
Que nos comprometemos a cumplir con todas las funciones contempladas en los Pliegos de condiciones y con todos los requerimientos señalados en el mismo.
Atentamente,
Nombre del oferente o de su Representante Legal
C. C. No. de
Dirección de correo Dirección electrónica Ciudad Telefono _ Celular_
(Firma del oferente o de su Representante Legal)
MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIO
Lugar, fecha
Señores
MUNICIPIO DE ARAUCA
Centro Administrativo Municipal Arauca Xxxxxxx 00 Xx.00 x 00 Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx
REFERENCIA: CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)002-2018
Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y
(nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y
(nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en la Selección Abreviada de Mediante subasta Inversa Presencial No. -cuyo objeto es
, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato.
2. El Consorcio está integrado por:
NOMBRE PARTICIPACIÓN (%) (1)
(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los miembros, debe ser igual al 100%.
3. El Consorcio se denomina CONSORCIO .
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
5. El representante del Consorcio es (indicar el nombre), identificado con C. C. No. de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la oferta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del contrato con amplias y suficientes facultades.
6. La sede del Consorcio es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Ciudad
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 20 .
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)
(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)
MODELO DE CARTA DE CONFORMACION DE LA UNIÓN TEMPORAL
Lugar, fecha Señores
MUNICIPIO DE ARAUCA
Centro Administrativo Municipal Arauca Xxxxxxx 00 Xx.00 x 00 Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx
REFERENCIA: CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)002-2018
Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y
(nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL para participar en la presente selección abreviada de mediante subasta Inversa Presencial, cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de la Unión Temporal será igual al término de ejecución y liquidación del contrato.
2. La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN EN LA (%) (2)
EJECUCIÓN DEL CONTRATO (1)
(1) Discriminar en función de los ítems establecidos en el presupuesto oficial, para cada uno de los integrantes.
(2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los miembros, debe ser igual al 100%.
3. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL .
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.
5. El representante de la Unión Temporal es (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. , de , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la oferta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del mismo, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede de la Unión Temporal es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono
Telefax Ciudad
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 20 .
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)
(Nombre y firma del Representante Legal
MODELO DE CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL PROPUESTO
Lugar, fecha Señores
MUNICIPIO DE ARAUCA
Edificio Centro Administrativo Municipal Arauca
REFERENCIA: CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)002-2018
Yo, , identificado con cédula de ciudadanía N° expedida en
, me comprometo a prestar mis servicios como
, con la dedicación Establecida en la
Propuesta, a
(Nombre del Proponente, Persona Natural, Persona
Jurídica, Consorcio o Unión Temporal), en la realización de “ “, en caso de que éste
resultare adjudicatario de la presente Selección.
FIRMA: IDENTIFICACION:
FORMATO DE EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS
NOMBRE: ---------- | |||||
C.C: ---------- | |||||
MATRICULA PROFESIONAL: -------- | |||||
FORMACION ACADEMICA Y EXPERIENCIA | |||||
PREGRADO | |||||
No | INSTITUION EDUCATIVA | TITULO OBTENIDO | FECHA DE GRADO | ||
DIA | MES | AÑO | |||
POSTGRADO | |||||
No | INSTITUION EDUCATIVA | TITULO OBTENIDO | FECHA DE GRADO | ||
DIA | MES | AÑO | |||
EXPERIENCIA ESPECIFICA | |||||
No | ENTIDAD O FIRMA CONTRATANTE | CARGO DESEMPEÑADO | PERIODO LABORADO | ||
INICIA | TERMINA | DURACION | |||
Nota: El proponente deberá anexar en la propuesta la totalidad de los documentos que soportan la experiencia relacionada en el presente Anexo.
Declaro con mi firma que la información aquí consignada es veraz y autorizo a la Alcaldía de Arauca, para que verifique dicha información.
FIRMA
FORMATO 6 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Lugar y fecha
Señores
MUNICIPIO DE ARAUCA
CONVOCATORIA PÚBLICA (CONTRATACIÓN PROCESO DE CALAMIDAD)002-2018
Objeto: “XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXX”
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Alcaldía de Arauca para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación mencionado.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación 7SU-006-2017 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
En constancia de lo anterior firmo este documento a los [Insertar información] días del mes de [Insertar información] de [Insertar información].
[Firma representante legal del Proponente o del Proponente persona natural] Nombre: [Insertar información]
Documento de Identidad: [Insertar información]
FORMATO 7
CERTIFICACIÓN RECIPROCIDAD APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
Yo, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en nombre propio y en calidad de Representante Legal de XXXXX CERTIFICO bajo la gravedad de juramento que los servicios son de origen Nacional ( ) o de Origen Extranjero ( ).
FIRMA C.C.
FORMATO 8
MODELO MINUTA DE CONTRATO
LA PRESENTE MINUTA SE PUEDE MODIFICAR DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES DE CADA PROCESO.
CONTRATO XX XXXX Xx. XXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXXX: XXXXXXXXX XX XXXXXX. CONTRATISTA: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
VALOR: xxxxxxxxxxxxx PLAZO: XXXXXXXXXXXX
OBJETO: XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº XXXXXXX expedida en Arauca, en su condición xx Xxxxxxx del MUNICIPIO DE ARAUCA (D), como consta en el Acta de Posesión del XX de XXXXX de 2016, , en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y Decreto Reglamentario 1082 de 2016, quien para efectos del presente documento se denominará EL MUNICIPIO, por una parte y por la otra, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , con NIT. XXXXXXXXXXXXX-X, inscrita en la cámara de comercio de XXXXXXXX, bajo el número XXXXXX del libro X, representada legalmente por XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX de XXXXXXXXX y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO, que se regirá por las siguientes cláusulas, previo estos considerandos: 1) Que el Municipio de Arauca realizó los estudios previos de conformidad con lo expresado en el artículo 20° del Decreto 1082 de 2015, a efectos de desarrollar el proyecto del que trata el presente contrato. 2) Que previa solicitud del Ordenador del Gasto al Secretario de Hacienda municipal, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 000662 del 02 xx xxxx de 2017, con lo cual se demuestra la existencia de recursos financieros para respaldar el compromiso contractual a suscribir. 3) Que el Municipio de Arauca adelantó el proceso de LICITACION PUBLICA No. 1L-006-2018, de conformidad con lo establecido en la Ley 80/93, literal a) numeral 2 del art. 2 de la Ley 1150 de 2007, art. 40 y sucesivos del Decreto 1082 de 2015 y demás normatividad concordante, para lo cual se realizó oportunamente las publicaciones pertinentes en la página WEB de la Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el art. 19 del Decreto 1082/2015. 4) Que el día XX de XXXXX de 2016, se llevó a cabo el cierre del proceso de selección y apertura de las propuestas, constatándose la presentación de XX (XX) propuestas. 5) Que efectuada la verificación de las propuestas presentadas en cuanto los requisitos habilitantes por parte del Comité Evaluador - Asesor, se determinó que las mismas cumplían las exigencias de los pliegos de condiciones, para lo cual se publicó en la página web de la entidad. 6) En virtud a lo anterior, se determinó adjudicar el contrato a XXXXXXXXXXXXXXXXXXX , quien satisface los requerimientos exigidos por la Administración Municipal de acuerdo con los pliegos de condiciones. 7) Que el procedimiento anterior, correspondiente a la Selección mediante LICITACION PUBLICA No. 1L-006-2018, culminó con la adjudicación del contrato mediante Resolución No. XXXX del XX de XXXX de 2017, proferida por el Alcalde del Municipio de Arauca. PRIMERA: - OBJETO: El presente contrato tiene por objeto la “SUMINISTRO DE ALIMENTACIÓN PREPARADA PARA LOS ADULTOS MAYORES DEL CENTRO DE BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR - CBA, CENTRO DÍA Y MUNICIPIO DE ARAUCA, DEPARTAMENTO DE ARAUCA”. SEGUNDA: 1º. Cumplir con la entrega de
los servicios conforme a lo señalado en las especificaciones técnicas del proyecto, los pliegos de condiciones del proceso de selección y la propuesta presentada, la cual contempla la siguiente descripción: =====
ITEM | DESCRIPCION DEL BIEN Y/O SERVICIO | UNIDA D | VALOR UNITARIO | CANT | VALOR TOTAL |
1 | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX | XX | XX | XX | |
VALOR TOTAL |
2) Entregar los Productos objeto del presente contrato, de conformidad con las especificaciones y calidades requeridas por el municipio. 3) Responder por todas las obligaciones que puedan derivarse de su actividad y mantener indemne al Municipio por todo concepto. TERCERA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO: El Municipio se reserva el derecho de ejercer el control sobre la calidad de los servicios y se obliga a pagar el valor del presente contrato al Contratista, de conformidad con lo estipulado en la Cláusula Quinta del mismo. CUARTA: VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX MILLONES DE PESOS ($XXX.XXX.XXX.00) m/cte. QUINTA: FORMA DE PAGO: El MUNICIPIO DE ARAUCA pagará el valor del contrato, previa presentación de la Orden de Pago debidamente soportada, El Municipio de Arauca pagará al contratista, el valor total del contrato, así: Hasta un OCHENTA (80%) del valor del contrato mediante actas parciales de bienes suministrados por el contratista, de acuerdo con las cantidades aceptadas por la interventoría y a satisfacción del Municipio, de acuerdo con los pliegos de condiciones. El saldo restante del VEINTE POR CIENTO (20%), se pagará previo recibo a satisfacción y suscripción del acta de liquidación definitiva y con aprobación de la Unidad Ejecutora y posterior trámite con la presentación de los documentos respectivos ante la Secretaría de Hacienda Municipal PARÁGRAFO PRIMERO: El Contratista tendrá por concepto de anticipo, un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor total del contrato, una vez que éste haya cumplido con los requisitos ejecución, aprobado el plan de manejo del anticipo y se encuentre aprobada la garantía que lo ampare y aprobación del plan de manejo del anticipo avalado por el interventor y/o supervisor designado. La iniciación de las labores o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no están supeditados en ningún caso, al giro del anticipo por parte del MUNICIPIO DE ARAUCA, el cual entenderá haber adjudicado al contrato a un proponente que ha acreditado tener la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para ejecutarla cumplidamente. Para el cobro del anticipo el contratista deberá presentar la orden de iniciación, deberán estar satisfechos los requisitos de ejecución del contrato, deberá estar aprobada la garantía única de cumplimiento por el funcionario competente del MUNICIPIO DE ARAUCA y la solicitud de registro presupuestal. Una vez constituida y aprobada la garantía Única, el anticipo se entregará al contratista luego de la presentación por parte del mismo de los respectivos documentos ante la Secretaría de Hacienda Municipal. SÉPTIMA: SUJECION A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES. Las sumas que se adeudan al CONTRATISTA por el presente contrato quedan sujetas a las apropiaciones presupuestales del MUNICIPIO DE ARAUCA de la actual vigencia fiscal, comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2017 y se imputarán con cargo al Rubro Presupuestal XXXXXXXXXXXXXXXXX, denominado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Certificado de disponibilidad presupuestal XXXXXXX del XX de XXXXX de 2016. OCTAVA: GARANTIAS. EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su xxxxx y a favor del MUNICIPIO, garantía única que avalará: a.) Cumplimiento general del contrato y el pago de multas y sanciones, por un término igual al plazo del contrato y seis (6) meses más, y por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato; en todo caso se deberá garantizar su vigencia hasta la liquidación del contrato. (Artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2013). Buen Manejo Y Correcta Inversión Del Anticipo. Por un cuantía equivalente al ciento (100%) por ciento, del valor total de los dineros entregados en calidad de anticipo y por un término igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. En todo caso este amparo deberá permanecer vigente hasta la etapa de liquidación del contrato (Artículo 2.2.1.2.3.1.10 del Decreto 1082 de 2015). Pago De Salarios, Prestaciones Sociales E Indemnizaciones Laborales. Por una cuantía equivalente al diez (10%) por ciento, del valor del presente contrato y un término igual al plazo de ejecución y tres (3) años más. (Artículo 2.2.1.2.3.1.13 del Decreto 1082 de 2015). De calidad de los bienes. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%), del valor total del contrato, por el
término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. De calidad del servicio. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%), del valor total del contrato, por el término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. Asimismo, deberá constituirse el siguiente seguro: Responsabilidad Civil Extracontractual. Por una cuantía no inferior a cuatrocientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) al momento de la expedición de la póliza, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato (Artículo 2.2.1.2.3.1.17 numeral 3°, del Decreto 1082 de 2015).PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA se obliga a reponer el monto de la garantía siempre que el mismo se ajuste o disminuya por aplicación de multas, por xxxx o incumplimiento parcial. La entidad aseguradora responderá al MUNICIPIO por el pago de todas las sumas que sean exigibles al CONTRATISTA, por razón del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del Contrato. Incluso por el pago de multas. PARÁGRAFO SEGUNDO. La(s) póliza(s) y los amparos enunciados anteriormente, deberán mantenerse vigentes por los términos allí determinados y deberán ampliarse en los eventos de prórrogas, suspensiones, modificaciones y/o adiciones de valor si a ello hubiera lugar y su aprobación será condición necesaria para que se efectúe la Liquidación del contrato. NOVENA: MULTAS. En caso xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo del contratista, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a el Municipio de Arauca, para efectuar la tasación y cobro, sin previo requerimiento, de multas del uno por ciento (1%) hasta el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, las que se harán efectivas luego de la declaratoria del incumplimiento x xxxx. DECIMA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA. Esta cláusula se hará efectiva por el MUNICIPIO en caso xx xxxx o declaratoria de caducidad o de incumplimiento del presente contrato y se fija en la cuantía xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de este contrato, la cual se podrá cobrar, sin previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual presta mérito ejecutivo. DECIMA PRIMERA: APLICACION DE LAS MULTAS Y DE LA CLAUSULA PENAL. El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria ingresará al Tesoro del Municipio y serán tomadas directamente del saldo a favor del Contratista si lo hubiere y/o de las garantías constituidas y si esto no fuere posible se cobrarán por jurisdicción coactiva. DECIMA SEGUNDA: CADUCIDAD. EL MUNICIPIO de Arauca podrá declarar la caducidad administrativa del presente contrato en forma inmediata mediante Resolución motivada si se establece alguno de los hechos contemplados en la Ley 80 de 1993. DECIMA TERCERA: PRINCIPIO DE TERMINACION, MODIFICACION E INTERPRETACION UNILATERALES. Cuando alguna de las partes
y/ o en, los eventos contemplados en la Ley, haya lugar a la modificación terminación e interpretación unilateral del presente contrato, se aplicarán los principios establecidos en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DECIMA CUARTA: CESIONES Y SUBCONTRATOS. El Contratista no podrá ceder total o parcialmente el presente contrato, a personas naturales o jurídicas, Nacional o Extranjera sin previo consentimiento por escrito del Municipio de Arauca. DECIMA QUINTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El Contratista declara no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades estipuladas en los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 y art. 18 de la Ley 1150 de 2007. DECIMA SEXTA: NORMAS Y DOMICILIO. Este contrato se somete a la Legislación Colombiana de la ley 80 de 1993, las Partes fijan su domicilio para este contrato en el la ciudad de Arauca, Departamento de Arauca. DECIMA SEPTIMA: RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL. El Contratista responderá civil, penal y administrativamente según lo establecido en las normas del Título V art. 52 y sucesivos de la ley 80 de 1993. DECIMA OCTAVA: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. El Municipio de Arauca verificará la ejecución y cumplimiento del presente contrato, a través de la SECRETARIA DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, siendo directo responsable de las omisiones que se presenten. DECIMA NOVENA. EXCLUSION DE LA RELACION LABORAL. Con el presente contrato no se genera relación laboral entre el Municipio, el Contratista y las personas que éste utilice para la ejecución del presente contrato. VIGESIMA: LIQUIDACION. Conforme a lo establecido en el Art. 60 de la Ley 80 de 1993 y el art. 11 de la Ley 1150 de 2007, este contrato se liquidará dentro del término máximo de cuatro
(4) meses contados desde la terminación del mismo. En el caso que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 del C. C. A. VIGESIMA PRIMERA: IMPUESTOS: Todos los impuestos derivados de la ejecución de presente contrato correrán a cargo
exclusivo del contratista. VIGESIMA SEGUNDA: INDEMNIDAD: El contratista deberá mantener indemne al municipio de Arauca de toda reclamación de demanda, acciones legales o similares originadas en reclamación de terceros que tenga como causa toda acción u omisión del contratista, subcontratista o dependientes a su cargo y que con ellos haya ocasionado daños lesiones y/o perjuicios que terceros durante la ejecución del contrato. VIGESIMA TERCERA: VALIDEZ Y PERFECCIONAMIENTO. El presente contrato requiere para su validez y perfeccionamiento de la firma de las partes. VIGESIMA CUARTA: REQUISITOS PARA LA EJECUCION. Este contrato requiere para iniciar su ejecución: a.) Registro presupuestal. b) Presentación de las garantías por parte del CONTRATISTA y aprobación de las mismas por el Municipio. PARÁGRAFO. El Contratista tendrá un término de cinco (05) días contados a partir del perfeccionamiento, para legalizar el presente contrato.
Para constancia se firma en Arauca, a los XXXXXX (XX) días del mes de XXXXX de 2018 Xxxxxxxx
XXXXXXXXXX
Alcalde Municipal de Arauca Contratista
Vo. Bo. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Jefe Oficina Asesora Jurídica