MINISTERIO
MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR PROCEDIMIENTO ABIERTO Nº 1/09 CONVOCADO POR LA GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO DE GASES MEDINALES A LOS CENTROS SANITARIOS DEL INGESA EN MELILLA
1. REGIMEN JURIDICO 2
2. ÓRGANO DE CONTRATACION 2
3. OBJETO DEL CONTRATO 2
5. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO. 3
6. REVISIÓN DE PRECIOS 3
7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION 4
8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES 4
9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES 4
9.1. Plazo y lugar de presentación 4
9.2. Forma de las proposiciones 4
9.3. Contenido de las proposiciones 5
9.3.1. Sobre 1: “Documentación Administrativa” 5
9.3.3. Sobre 3: Oferta económica 8
10. VALORACION DE LAS PROPOSICIONES 9
10.1. Criterios de valoración 9
10.2. Procedimiento de evaluación 10
10.2.1. Criterios no evaluables mediante fórmulas matemáticas 10
10.2.2. Criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas 11
10.3. Ofertas con valores anormales o desproporcionados 11
11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACION 12
11.1. Mesa de contratación 12
11.2. Examen de los sobres 1 y 2 12
11.3. Apertura de la proposición económica 12
11.4. Propuesta de adjudicación 12
12. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. 13
13. DOCUMENTACION PREVIA A LA ADJUDICACION DEFINITIVA 13
14. ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONTRATO 14
15. ANUNCIOS 14
16. RETIRADA DE DOCUMENTACION 14
17. FORMALIZACION DEL CONTRATO 15
18. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15
19. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 16
19.1. Obligaciones generales 16
19.2. Prevención de riesgos laborales 16
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 16
21. DEMORA EN LA EJECUCIÓN 16
22. PAGO DEL PRECIO 17
23. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 17
24. PLAZO DE GARANTÍA 17
25. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 18
ANEXO 1 19
ANEXO 1.BIS 00
XXXXX 0 21
1. REGIMEN JURIDICO
1.1. El contrato al que se refiere el presente pliego, tiene naturaleza administrativa, y se regirá, además de por lo establecido en el mismo, por lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, y demás normas concordantes y complementarias vigentes que no se opongan a la normativa indicada con anterioridad.
1.2. El empresario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral y fiscal, así como de las que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la ejecución del mismo. No se derivará ninguna responsabilidad para el INGESA del incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones.
1.3. La presentación de proposiciones por los empresarios supone, conforme a lo dispuesto en el artículo 129.1 LCSP, la aceptación expresa e incondicionada del presente pliego de cláusulas administrativas particulares y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas que rigen este contrato.
2. ÓRGANO DE CONTRATACION
El órgano de contratación es, conforme a la Resolución de 6 xx xxxxx de 2006, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, sobre delegación de competencias en diversos órganos del Instituto (B.O.E. núm. 65, de 17 xx xxxxx de 2006), el GERENTE DE ATENCION SANITARIA.
La dirección postal del órgano de contratación es la siguiente: calle Remonta nº 2, código postal 00000, Xxxxxxx. La dirección electrónica es xxx.xxxxxx.xxx.xx.
El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
3. OBJETO DEL CONTRATO
3.1. El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución del SUMINISTRO DE GASES MEDICINALES a los centros sanitarios del INGESA en Melilla que se describe en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican las necesidades administrativas a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta.
El suministro incluye la distribución, montaje, instalación y puesta en marcha de los bienes objeto de esta contratación, de conformidad con los destinos que se especifican en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas.
3.2. Los bienes a suministrar se integran en el código 24111 de la Clasificación de Productos por Actividades 2002 (CPA-2002) y en el código 2411500 de la nomenclatura CPV.
4. PLAZO DE EJECUCION
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4.1. El plazo de ejecución del contrato es de DOS AÑOS a contar desde el día en que se estipule en el propio contrato.
4.2. El plazo de ejecución del suministro podrá ser prorrogado anualmente por mutuo acuerdo de las partes por un periodo no superior al de su duración inicial.
5. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO
5.1. El presupuesto máximo de contratación asciende a TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS EUROS Y NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (365.222,95 €).
5.2. El INGESA dispone en su Presupuesto de Gastos y Dotaciones de los créditos precisos en el ejercicio ó ejercicios correspondientes, para atender a las obligaciones económicas generadas por este contrato, conforme al siguiente detalle de imputación:
Centro de Gestión | Anualidad | Presupuesto € | IPSI € | Total € | Aplicación |
5202 Asistencia Especializada | 2009 | 102.902,50 | 0 | 352.808,59 | 2223.22164.07 |
2010 | 176.404,30 | 0 | |||
2011 | 73.501,79 | 0 | |||
5201 Atención Primaria | 2009 | 3.620,86 | 0 | 12.414,36 | 2121.22164.42 |
2010 | 6.207,18 | 0 | |||
2011 | 2.586,32 | 0 | |||
TOTAL………. | 365.222,95 | 0 | 365.222,95 |
5.3. El sistema de determinación del precio es el de tanto alzado para el producto consignado en el número de orden 3 y el de precio unitario para los restantes bienes.
5.4. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, sin que, en ningún caso, el precio unitario de cada producto pueda exceder del precio unitario máximo indicado en el pliego de prescripciones técnicas y en modelo de proposición económica (anexo I).
Las cantidades de los bienes a suministrar son estimativas del consumo de VEINTICUATRO MESES, sin que la Administración se obligue a la adquisición de la totalidad por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la Administración (art. 9.3.a) LCSP).
5.5. El valor estimado del contrato, calculado conforme a lo previsto en el art. 76.1 LCSP y teniendo en cuenta sus eventuales prórrogas, es de SETECIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS Y NOVENTA CENTIMOS (730.445,90 €), sin que haya de incluirse el Impuesto sobre el Valor Añadido o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación PSI por virtud de lo dispuesto en las respectivas normativas tributarias.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de la presente contratación podrá revisarse de acuerdo con el Índice de precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, sin que, conforme a lo dispuesto
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en el art. 78.3 de la LCSP, la revisión pueda superar el 85 por 100 de variación experimentada por dicho índice.
La revisión de precios tendrá lugar, a instancia del INGESA o de la adjudicataria, cuando el contrato se haya ejecutado al menos en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 79.3 de la LCSP. Transcurrido dicho plazo de un año, y dentro del mes siguiente, podrá procederse a la revisión de precios a solicitud de cualquiera de las partes, entendiéndose de no producirse dicha iniciativa en plazo que se renuncia a la revisión.
Las revisiones posteriores se realizarán por periodos anuales y deberán instarse necesariamente dentro del primer mes a contar desde el cumplimiento de tales períodos, entendiéndose en caso contrario que se renuncia a la revisión correspondiente a dicha anualidad.
7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La forma de adjudicación de este contrato será el procedimiento abierto conforme a los criterios de valoración que se indican en la cláusula 10ª del presente pliego.
8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, acrediten su solvencia económica y financiera y profesional o técnica en la forma que determina este pliego y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 49 LCSP.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
9.1. Plazo y lugar de presentación
Las proposiciones se presentarán, personalmente o mediante envío por mensajería, en el Registro General de Entrada de la Gerencia de Atención Sanitaria antes de las quince horas (15:00) del último día del plazo señalado en el anuncio público de licitación.
También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo sin haberse recibido la documentación, no será admitida ninguna solicitud de participación enviada por correo.
9.2. Forma de las proposiciones
9.2.1. La documentación para la licitación se presentará en tres sobres cerrados, identificados en su anverso con indicación del procedimiento al que se concurra y
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el nombre y apellidos o razón social de la empresa interesada, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, así como con la firma del interesado o persona que le represente.
9.2.2. La documentación de las proposiciones, cualquiera que fuera la lengua utilizada, incorporará una traducción literal en español, inadmitiéndose las que no cumplieran este requisito.
9.2.3. Toda la documentación a presentar por los interesados relacionada en la cláusula 9.3.1 habrá de ser original o bien copia que tenga carácter de auténtica o compulsada conforme a la legislación vigente en la materia.
9.3. Contenido de las proposiciones
En el interior de cada sobre se hará constar su contenido enunciado numéricamente en hoja independiente.
9.3.1. Sobre 1: “Documentación Administrativa”
Este sobre, que además de incluir en su anverso la información a que se refiere la cláusula 9.2.1 irá identificando con la leyenda “Sobre 1: Documentación Administrativa”, contendrá los siguientes documentos:
a) Si el licitador es una persona física, el Documento Nacional de Identidad o documento que haga sus veces.
b) Si el licitador es una persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea de aplicación. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán presentar certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I.2 del RGLCAP.
La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo ó, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la
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Organización Mundial del Comercio.
d) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se concurra ante la Administración, inscrito en el Registro Mercantil.
e) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración conforme al artículo 49 LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (anexo 2).
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.
f) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica se realizará a través de todos los medios que a continuación de se relacionan:
• Solvencia económica y financiera:
- Declaración acreditativa de que el volumen de negocios, en el ámbito de de los servicios de similar naturaleza a los que son objeto de licitación, en los tres últimos ejercicios fiscales ha sido igual o superior al doble de la anualidad media del presupuesto máximo de licitación. La anualidad media del contrato deberá ser calculada por la empresa según la siguiente fórmula:
Anualidad media = (Presupuesto máximo de licitación / plazo de ejecución del contrato en meses) x 12
- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
• Solvencia técnica:
- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, acompañada de los correspondientes certificados en la forma descrita en el art. 66.1.a) LCSP.
- Certificaciones establecidas por los Institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de los bienes a las especificaciones y normas europeas.
- Fichas descriptivas de los gases que son objeto del suministro.
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- Descripción de las instalaciones técnicas, medios y capacidad productiva.
g) La habilitación empresarial consistente en la autorización de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios como laboratorio de gases medicinales e, igualmente, habrán de disponer de la correspondiente autorización de comercialización de las especialidades farmacéuticas cuyo suministro se contrata.
h) Resguardo original acreditativo de la constitución de una garantía provisional en favor del órgano de contratación por importe equivalente al 3% del presupuesto de licitación, que podrá constituirse en alguna de las modalidades previstas en el art. 84 LCSP, cumpliendo en todos los casos los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 RGLCAP, y de acuerdo con los modelos establecidos en los Anexos III, IV, V y VI del referido texto reglamentario.
i) Los empresarios extranjeros formularán una declaración sometiéndose a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
j) En el caso de uniones de empresarios constituidas temporalmente al efecto, se incluirá un escrito indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la unión, la participación de cada uno de ellos, la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y el nombramiento o designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción. El citado documento deberá de estar firmado por los componentes o los representantes de cada una de las empresas de la unión temporal.
Cada uno de los empresarios que componen la unión deberá acreditar su capacidad de obrar con los documentos que se detallan en los números anteriores.
k) Asimismo, a los efectos previstos en la cláusula 10.2.3 del presente pliego, las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, deberán acreditar tal extremo mediante declaración responsable del licitador donde consten, el número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla referidos al día de presentación de proposiciones.
En caso de producirse la aplicación efectiva de la preferencia a que se refiere la indicada cláusula, la Mesa de Contratación podrá requerir de los licitadores que aporten los documentos TC2 correspondientes a todo
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el personal de la empresa, relación de trabajadores fijos acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad, y los contratos de trabajo de los mismos.
9.3.2. Sobre 2: Propuesta técnica
Este sobre, en cuyo anverso figurará la misma información que en el primero y que irá identificado con la leyenda “Sobre 2: Propuesta técnica”, contendrá exclusivamente la documentación que permita aplicar los criterios de adjudicación, establecidos en la cláusula 10 no evaluables mediante fórmula matemática, y, específicamente, la siguiente:
a) Proyecto técnico de prestación del suministro en el que se definirán los siguientes aspectos:
- Infraestructura, instalaciones, capacidad de almacenamiento en la ciudad de Melilla y medios que se destinarán a la ejecución del suministro.
- Organización de la logística y stock de seguridad.
- Sistema de televigilancia o control telemétrico de las instalaciones del Hospital Comarcal.
- Plan de mantenimiento preventivo, correctivo y técnico-legal.
- Organización del asesoramiento y la asistencia técnica.
b) Plan de formación del personal centro en el que se definirán los programas de actuación especificándose los siguientes extremos:
- Cursos
- Contenidos
- Metodología
- Fechas previstas
- Duración
- Centro o lugar previsto de desarrollo
- Destinatarios de los cursos
- Profesorado
- Documentación de cada curso
c) Plan básico de calidad que expresará los objetivos de calidad que se pretenden alcanzar y los mecanismos disponibles y actividades organizadas para que la prestación del suministro satisfaga los requisitos de calidad.
9.3.3. Sobre 3: Oferta económica
Este sobre, en cuyo anverso figurará la información a que se refiere la cláusula
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9.2.1 irá identificando con la leyenda “Sobre 1: Oferta Económica”, contendrá exclusivamente la documentación la documentación que permita aplicar los criterios de adjudicación, establecidos en la cláusula 10ª evaluables mediante fórmula matemática, con arreglo a las siguientes condiciones:
• Estará firmada por el licitador o su representante y se ajustará al modelo que figura en el anexo 1 del presente pliego. En caso de que los precios se expresarán en números y en letras y hubiera discrepancias entre ambas expresiones, prevalecerá el importe consignado en letra.
• El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el precio ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del contrato y, en concreto, sin que esta relación tenga carácter limitativo, los siguientes:
a) Las obras que precise la central de gases y la instalación de los depósitos criogénicos.
b) El transporte y trasvase de los bienes suministrados.
c) El coste del mantenimiento preventivo y correctivo descrito en el pliego de prescripciones técnicas.
d) El asesoramiento, la asistencia técnica y la formación del personal de los centros del INGESA.
• Cada empresario presentará una proposición en relación con el objeto del contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal de empresarios. La infracción de estas prohibiciones dará lugar a la desestimación de todas las propuestas por él presentadas.
10. VALORACION DE LAS PROPOSICIONES
10.1. Criterios de valoración
Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los a continuación se relacionan, por orden decreciente de importancia y con su correspondiente ponderación:
A. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULA MATEMÁTICA (0-60 puntos)
La puntuación máxima se otorgará a la proposición económica más ventajosa, aplicándose para las demás ofertas la fórmula de proporción inversa, conforme al procedimiento descrito en el apartado 11.2.2 y atendiendo a los siguientes pesos relativos:
Nº ORDEN | ARTICULO | Peso % |
1 | Oxigeno líquido medicinal | 64,74 |
2 | Protóxido líquido medicinal | 7,23 |
3 | Aire medicinal | 13,39 |
4 | Oxigeno medicinal B50-200 Reserva | 0,26 |
5 | Oxigeno medicinal B50-200. A. Primaria | 3,08 |
6 | Oxigeno medicinal B20 y B13-200 BAR | 0,01 |
7 | Oxigeno medicinal B5-200 | 0,15 |
8 | Protóxido de nitrógeno B50 | 3,80 |
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9 | Protóxido de nitrógeno N25 B10 | 1,36 |
10 | Aire medicinal B50 | 0,17 |
11 | Aire medicinal B5 | 0,16 |
12 | Anhídrido carbónico N48 B50 | 0,16 |
13 | Nitrógeno N50 B50 | 4,51 |
14 | Hexafluorudo de azufre B1 | 0,67 |
15 | Oxigeno industrial con reductor B40 | 0,03 |
16 | Acetileno ind. con reductor B40 | 0,16 |
17 | Argón 1 B10 | 0,10 |
18 | Argón B50 | 0,02 |
B. CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FORMULA MATEMÁTICA (0-40 puntos) Todos los apartados de este criterio se valorarán de acuerdo con el procedimiento de evaluación descrito en la cláusula 10.2.1 del presente pliego.
B.1. Proyecto técnico del suministro… ..0-30 puntos
Se valorarán la idoneidad, características y soluciones propuestas; la metodología para la ejecución y prestación del suministro, su viabilidad y validez de sus planteamientos técnicos; los protocolos de actuación; la infraestructura y recursos auxiliares de apoyo al servicio y la capacidad de respuesta a posibles eventos, conforme al siguiente desglose:
B.1.1. Infraestructura, instalaciones, capacidad de almacenamiento en la ciudad de Melilla y medios que se destinarán a la ejecución
del suministro… …0-10 puntos
B.1.2. Organización de la logística y stock de seguridad… ..0-5 puntos
B.1.3. Sistema de televigilancia ..0-5 puntos
B.1.4. Plan de mantenimiento preventivo, correctivo y técnico-legal…0-5 puntos
B.1.5. Organización del asesoramiento y la asistencia técnica……….0-5 puntos.
B.2. Plan de formación… ….0-5 puntos
Se valorará el contenido, documentación y número de cursos y su adaptación a las necesidades concretas del servicio, y la cualificación del profesorado, así como la disponibilidad de un centro de formación propio autorizado
B.3. Plan básico de calidad ….0-5 puntos
Se valorarán la metodología del plan, objetivos y aspectos que se someterán a supervisión, los responsables de la misma y los procedimientos organizativos, de ejecución y verificación a seguir.
10.2. Procedimiento de evaluación
10.2.1. Criterios no evaluables mediante fórmulas matemáticas
En primer lugar, la Mesa de Contratación realizará la evaluación de las ofertas respecto a los criterios correspondientes a la propuesta técnica que no pueden valorarse mediante la aplicación de fórmulas aritméticas. A tal efecto se seguirá el siguiente procedimiento:
1º. Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto dichos criterios en función de sus características y de su comparación conjunta, teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y perfeccionamiento del contrato. El resultado de dicha valoración deberá ser argumentado y justificado en el correspondiente informe de valoración.
2º. A la que se considere mejor oferta respecto de un criterio se le asignará el
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valor 10, que corresponderá el máximo de los puntos de ponderación correspondiente a dicho criterio.
3º. Al resto de las ofertas se les asignará un valor xx xxxx a diez, otorgándoles, en consecuencia, los puntos de ponderación que proporcionalmente les correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula:
P= (pm x O) / 10
P= Puntuación a obtener
Pm= Puntuación máxima del criterio de que se trate
O= Valoración sobre 10 asignada a la oferta que se está puntuando
10.2.2. Criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas
La valoración de las ofertas respecto a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará conforme al siguiente procedimiento:
1º.- Se obtendrá el precio unitario ponderado de cada oferta mediante la media aritmética ponderada de todos los artículos que son objeto del suministro.
2º.- La valoración definitiva de cada una de las ofertas se obtendrá proporcionalmente mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
P= (60 x pmo) / po
P= Puntuación
pmo: precio unitario ponderado más bajo
po= precio unitario ponderado de la oferta a valorar
10.2.3. Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación teniendo en cuenta en su caso el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos con discapacidad igual o superior al 33 por 100, según lo previsto en el apartado primero de la disposición adicional sexta LCSP.
10.3. Ofertas con valores anormales o desproporcionados
Siendo el precio uno de los criterios objetivos que han de servir de base a la adjudicación, el órgano de contratación, con arreglo a lo previsto en el art. 136.2 LCSP podrá estimar, por sí o a propuesta de la Mesa de contratación, como desproporcionadas o anormales las proposiciones cuyo porcentaje de baja exceda en quince unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de todas las proposiciones presentadas, sin perjuicio de la facultad del órgano de
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contratación de apreciar, no obstante, previa la tramitación del procedimiento y audiencia del licitador, como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.
11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACION
11.1. Mesa de contratación
Para la adjudicación de los contratos el órgano de contratación estará asistido de una Mesa constituida por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano de contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o en su defecto, entre el personal a su servicio. Entre los vocales deberá figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.
11.2. Examen de los sobres 1 y 2
La Mesa de Contratación examinará, en el mismo acto, los documentos contenidos en los sobres 1 y 2 para comprobar si contienen todo lo exigido por este pliego y calificar la validez formal de la documentación incluida en el sobre nº 1 por si existieran omisiones determinantes de la exclusión de las proposición. Si en la documentación presentada se observasen defectos u omisiones subsanables, la Mesa lo comunicará verbalmente a los interesados sin perjuicio de hacerlos públicos a través del tablón de anuncios del INGESA, concediéndose a los licitadores afectados un plazo no superior a tres días hábiles para su corrección o subsanación ante la propia Mesa de contratación.
Sin perjuicio de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para que en el plazo máximo de cinco días naturales, y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones, presenten otros documentos complementarios.
11.3. Apertura de la proposición económica
El acto público de apertura de los sobres nº 3 se celebrará en el lugar y fecha indicados en el anuncio de licitación y conforme a las prescripciones contenidas en el art. 83 RLCAP. El Presidente comunicará a los asistentes el resultado de la calificación de los documentos presentados, la relación de admitidos y excluidos y la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor, y, a continuación, se procederá a la apertura y lectura de las proposiciones de los licitadores admitidos.
Finalmente, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles de que habrán de formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles o bien interponer el recurso especial a que se refiere el art. 37 LCSP.
11.4. Propuesta de adjudicación
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación una propuesta de adjudicación razonada que incluirá la ponderación de los criterios de valoración,
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acompañada de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones, así como los informes que se hubieran emitido. Esta propuesta no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto.
12. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
12.1. En el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las ofertas, el órgano de contratación dictará adjudicación provisional del contrato en resolución motivada que se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. .
12.2. El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación provisional, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos supuestos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
13. DOCUMENTACION PREVIA A LA ADJUDICACION DEFINITIVA
Antes de la adjudicación definitiva, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante de la adjudicación provisional, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de las siguientes circunstancias:
• Justificante del estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, cuando se ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto mediante la presentación del alta y del último recibo de pago del impuesto acompañado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
• Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias a que se refiere el art. 13 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho precepto.
Esta información se obtendrá por el órgano de contratación cuando el contratista hubiera presentado, en el sobre de documentación administrativa y conforme al modelo establecido en el anexo 2, la autorización para la cesión por la Administración competente de la información que acredite que la empresa cumple las expresadas obligaciones tributarias.
• Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de hallarse al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social a que se refiere el artículo 14 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho artículo.
• Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva por importe del 5 por 10 del importe de la adjudicación a disposición del órgano de contratación en cualquiera de las formas previstas en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP.
• Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de empresas, escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Economía y Hacienda o análogo y nombramiento de un representante o apoderado único de la
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unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
• Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán también presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias, así como certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
14. ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONTRATO
14.1. La adjudicación provisional se elevará a definitiva En el plazo de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación del adjudicatario provisional, a que se refiere la cláusula anterior, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, siempre que éste haya presentado toda documentación exigida.
14.2. En caso de que el licitador que hubiera resultado adjudicatario provisional no cumpliera las condiciones necesarias para ser adjudicatario definitivo, el INGESA, de conformidad con lo establecido en el artículo 135.5 de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al interesado o interesados siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en la cláusula anterior.
14.3. La resolución de la adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores y se publicará en el perfil del contratante y en los correspondientes Diarios Oficiales. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará información, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor.
15. ANUNCIOS
Los gastos que origine la publicación de los anuncios del concurso serán de cuenta del adjudicatario o adjudicatarios del mismo. El importe total de estos gastos no superará la cantidad de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €).
16. RETIRADA DE DOCUMENTACION
Las empresas no adjudicatarias no podrán retirar la documentación administrativa presentada hasta transcurridos los plazos previstos para la interposición de los recursos. Transcurrido ese plazo, dispondrán de un plazo máximo de cuatro meses para retirar aquélla, que, en caso
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contrario, será destruida.
17. FORMALIZACION DEL CONTRATO
17.1. El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, debiendo correr a su cargo los correspondientes gastos y entregar en el INGESA una copia simple de dicha escritura dentro de los veinte días siguientes a su otorgamiento.
17.2. Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el INGESA podrá acordar su resolución con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP. En tal supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, así cómo, la aplicación de lo dispuesto en el art. 135.5 LCSP.
18. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18.1. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las de prescripciones técnicas particulares, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere el INGESA al contratista.
18.2. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle así como de las consecuencias que se deduzcan para el INGESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sin perjuicio de la imposición de penalidades o, en su caso, de la extinción del contrato, la adjudicataria estará obligada a resarcir económicamente al INGESA en todos los supuestos en que se le ocasione algún daño o perjuicio, y, en concreto, por los siguientes:
a) Por los daños que el personal de la empresa ocasione a los locales, mobiliario, instalaciones, artículos o cualquier propiedad del INGESA.
b) Por las sustracciones de cualquier material, valores o efectos realizadas por su personal o terceros como consecuencia de la inobservancia del deber de custodia.
c) Por las responsabilidades a que haya sido condenado el INGESA como consecuencia del bienes suministrados y actividades realizados por la adjudicataria y su personal.
18.3. EL INGESA determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el INGESA podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
18.4. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
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19. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
19.1. Obligaciones generales
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes, en materia de legislación laboral y fiscal, así como de las que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la ejecución del mismo. No se derivará ninguna responsabilidad para el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en adelante INGESA), del incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones.
19.2. Prevención de riesgos laborales
Conforme a lo previsto en los arts. 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y 24 del Reglamento, y con la finalidad de que garantizar que los servicios contratados por la empresa contratista se ejecutan conforme a las medidas de seguridad establecidas por la normativa vigente y el INGESA, la empresa adjudicataria habrá de presentar la documentación acreditativa de los siguientes extremos:
a) Sistema de gestión de prevención.
b) Certificados de formación en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores que realicen la actividad en los centros del INGESA.
c) Nombramiento de un supervisor o coordinador de la actividad preventiva que se coordinará con la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales del Área de Salud de Melilla.
d) Evaluación de los riesgos generales y específicos de los puestos de trabajo, incluyendo la planificación de la actividad preventiva.
e) Plan de formación materia de prevención de riesgos laborales, que incluirá tanto la relativa a la actividad objeto del contrato como la relacionada con el plan de emergencia y contra incendios.
La documentación relacionada en el apartado anterior habrá de ser presentada por la empresa en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo de adjudicación.
19.3. Obligaciones medioambientales
La adjudicataria adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de legislación medioambiental vigente y las normas internas sobre gestión de residuos que sean de aplicación al trabajo desarrollado.
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá modificar el contrato celebrado por razones de interés público debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el 202 LCSP.
21. DEMORA EN LA EJECUCIÓN
21.1. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución
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sucesiva.
21.2. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el INGESA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades que se establecen en el art. 196 LCSP.
22. PAGO DEL PRECIO
22.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por el INGESA con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
22.2. El pago del precio se efectuará una vez entregados los bienes, previa presentación de la correspondiente factura debidamente conformada por el responsable designado por el órgano de contratación para el control y seguimiento de la ejecución del contrato y realizado el oportuno acto de recepción formal de conformidad indicativo de que el suministro se ajusta a lo contratado.
22.3. Un vez acreditada la realización del contrato, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la presentación de las facturas conformadas y si se demorase deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de dos meses el interés legal del dinero, incrementado en un 1,5 puntos, de las cantidades adeudadas.
22.4. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga derecho de cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a Derecho. Para que la cesión del derecho de cobro tenga plena efectividad frente al INGESA, será requisito imprescindible la notificación fehaciente al mismo del acuerdo de cesión.
23. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
23.1. El contrato se extinguirá por cumplimiento o resolución.
23.2. Sin perjuicio de lo establecido respecto al plazo de garantía de los bienes objeto del suministro, el contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya entregado éstos, de acuerdo con los términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción del INGESA.
23.3. El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 206 y 284 LCSP y tendrá los efectos señalados en los artículos 208 y 276 del mismo texto legal.
El incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en este Pliego y en particular la obligación de guardar sigilo respecto de los datos que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo, también podrán ser causa de resolución del contrato.
24. PLAZO DE GARANTÍA
24.1. Atendiendo a las prestaciones que son objeto del contrato, el plazo de garantía se extiende durante toda la vigencia del contrato y un año desde su extinción.
Sí durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los
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trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos
24.2. Terminado el plazo de garantía sin que el órgano de contratación haya formulado reparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los trabajos ejecutados.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
25. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
25.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato que se regula por este Xxxxxx, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. En el expediente que se tramite al efecto se dará audiencia al contratista.
25.2. Cuantas incidencias surjan entre el INGESA y el contratista en la ejecución del contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio según lo dispuesto en el artículo 97 del RGLCAP.
25.3. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano de contratación o recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
25.4. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, serán susceptibles de recurso especial, los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación en los que establezcan las características de la prestación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determine la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en el artículo 37 LCSP. Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso contencioso administrativo.
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ANEXO 1
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/doña con D.N.I. número , actuando en nombre de , con domicilio en calle , según poder otorgado ante el notario de , D. , con fecha
bajo el número de protocolo .
D E C L A R A
Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso abierto convocado por el INGESA para la contratación del SUMINISTRO DE GASES MEDICINALES (P.A. 1/09) considera que se encuentra en situación de acudir como licitador del mismo.
Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que sirve de base a la convocatoria, que lo acepta incondicionalmente y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a tomar a su cargo el suministro objeto del contrato con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por los precios unitarios que se indican en la hoja adjunta, anexo 1.bis, incluyendo impuestos, tasas, gastos repercutibles, costes de transporte, entrega, montaje e instalación.
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA. Hospital Comarcal X/ Xxxxxxx 0. 00000 XXXXXXX
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ANEXO 1.BIS
EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/09 | |||
LICITADOR: | N.I.F.: | ||
DOMICILIO: | LOCALIDAD: | ||
TELÉFONO: | FAX: | E-MAIL : |
Nº ORDEN | ARTICULO | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO MÁXIMO | PRECIO OFERTADO € |
1 | Oxigeno líquido medicinal | M3 | 0,70 | |
2 | Protóxido líquido medicinal | KG | 5,00 | |
3 | Aire medicinal | Mes | 2.037,70 | |
4 | Oxigeno medicinal B50-200 Reserva | M3 | 1,06 | |
5 | Oxigeno medicinal B50-200. A. Primaria | M3 | 11,26 | |
6 | Oxigeno medicinal B20 y B13-200 BAR | M3 | 9,99 | |
7 | Oxigeno medicinal B5-200 | CARGA | 33,88 | |
8 | Protóxido de nitrógeno B50 | KG | 9,38 | |
9 | Protóxido de nitrógeno N25 B10 | KG | 31,96 | |
10 | Aire medicinal B50 | M3 | 1,07 | |
11 | Aire medicinal B5 | CARGA | 47,40 | |
12 | Anhídrido carbónico N48 B50 | KG | 71,62 | |
13 | Nitrógeno N50 B50 | M3 | 14,15 | |
14 | Hexafluorudo de azufre B1 | CARGA | 99,47 | |
15 | Oxigeno industrial con reductor B40 | CARGA | 116,25 | |
16 | Acetileno ind. con reductor B40 | CARGA | 190,87 | |
17 | Argón 1 B10 | M3 | 35,71 |
Lugar, fecha y firma
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ANEXO 2
MODELO DE DECLARACION
Don/doña con D.N.I. número , actuando en nombre de , con domicilio en , calle , según poder otorgado ante el notario de , D. , con fecha
, bajo el número de protocolo ,
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que ni él/ella, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública (Real Decreto 1098/2001, 12 de octubre), estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Y, asimismo, en caso de resultar propuesto adjudicatario, SI / NO AUTORIZA a la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA para que reclame y reciba las certificaciones expedidas por la Agencia Estatal de Administración y la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativas de que la empresa adjudicataria del contrato de SUMINISTRO DE GASES MEDICINALES a los centros del INGESA en Melilla, expediente P.A. 1/09, se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y cuotas de seguridad Social (art.. 13.2, párrafo segundo, del vigente Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por R.D. 1098/2001, de 00 xx xxxxxxx)
Xx , x. xx xx 0000
Xxx:
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HOJA-RESUMEN1
1 | IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO | ||||
1.1 | Órgano de contratación | GERENCIA DE ATENCION SANITARIA | |||
1.2. | Perfil del contratante | ||||
1.3 | Expediente | P.A. 1/2009 | 1.4 | Tramitación | ORDINARIA |
1.5 | Procedimiento | ABIERTO RESTRINGIDO NEGOCIADO |
2 | DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO | ||||
2.1 | Objeto del contrato | SUMINISTRO DE GASES MEDICINALES | |||
2.2 | Codificación | Xxxxxx XXX | 00000 | Nomenclatura CPV | 2411500 |
2.3 | Contrato sujeto a regulación armonizada | SI | NO | ||
2.4 | División por lotes | SI | NO |
3 | PRESUPUESTO Y PRECIO | ||||
3.1 | Presupuesto máximo del contrato | 365.222,95 € | 3.2 | IPSI estimado del contrato | NO |
3.3 | Anualidades | ||||
Centro de Gasto | Ejercicio | Importe | Aplicación presupuestaria | ||
5202 Asistencia Especializada | 2009 | 106.523,36 | 2223.22164 | ||
2010 | 182.611,47 | ||||
2011 | 76.088,12 | ||||
5201 Atención Primaria | 2009 | 3.620,86 | 2121.22164 | ||
2010 | 6.207,18 | ||||
2011 | 2.586,32 | ||||
3.4 | Revisión de precios | SI NO | 3.5 | Índice o fórmulas | IPC (CLAUSULA 6) |
3.6 | Tramitación del expediente | Normal Anticipada | |||
3.7 | Valor estimado del contrato | SETECIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS Y NOVENTA CENTIMOS (730.445,90 €) |
4. | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |
4.1 | Criterios | Valoración |
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULAS MATEMÁTICAS | 0-60 | |
CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FORMULA MATEMÁTICA | 0-40 | |
4.2 | Umbral mínimo de puntuación en criterios no evaluables mediante fórmulas | SI NO |
5. | DOCUMENTACION DE LOS LICITADORES | |
5.1 | Documentación administrativa (sobre nº 1) | VER CLÁUSULA 9.3.1 |
5.2 | Documentación para la valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas matemáticas (sobre | VER CLÁUSULA 9.3.2 a) Proyecto técnico de prestación del suministro b) Plan de formación del personal del centro |
1 En caso de discrepancia entre los contenidos de esta hoja-resumen y las cláusulas xxx xxxxxx prevalecerá lo establecido en éstas.
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5. | DOCUMENTACION DE LOS LICITADORES | |
nº 2) | c) Plan básico de calidad | |
5.3 | Documentación para la valoración de criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas (sobre nº 3) | VER CLÁUSULA 9.3.3 |
6 | CLASIFICACION Y SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA | Y TECNICA | (Acreditación) | |||
6.1 | CLASIFICACIÓN | SI | NO | |||
6.2 | SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA | a) Declaración acreditativa de que el volumen de negocios, en el ámbito de de los servicios de similar naturaleza a los que son objeto de licitación, en los tres últimos ejercicios fiscales ha sido igual o superior al doble de la anualidad media del presupuesto máximo de licitación. b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. | ||||
6.3 | SOLVENCIA TECNICA | a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, acompañada de los correspondientes certificados en la forma descrita en el art. 66.1.a) LCSP. b) Certificaciones establecidas por los Institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de los bienes a las especificaciones y normas europeas. c) Fichas descriptivas de los gases que son objeto del suministro. d) Descripción de las instalaciones técnicas, medios y capacidad productiva. |
7 | GARANTÍAS | |
7.1 | GARANTIA PROVISIONAL | SI NO 3 POR 100 DEL PRESUPUESTO DE LICITACION |
7.2 | GARANTIA DEFINITIVA | 5 POR 100 DEL IMPORTE DE LA ADJUDICACION |
8 | PRESENTACION DE OFERTAS | |
8.1 | Fecha límite para presentación de ofertas | 29-4-2009 |
8.2. | Lugar de presentación de ofertas | ARCHIVO GENERAL HOSPITAL COMARCAL |
8.3 | Forma de presentación de ofertas | MANUAL |
8.5 | Presentación de muestras | SI NO |
8.6 | Variantes | SI NO |
9 | EJECUCION DEL CONTRATO | ||
9.1 | Plazo de ejecución | TOTAL | 2 AÑOS |
PARCIAL | SEGÚN LAS NECESIDADES DEL INGESA | ||
9.2 | Prórrogas | SI NO | |
9.3 | Lugar de entrega de los bienes | CENTROS DEL INGESA EN MELILLA | |
9.10 | Condiciones especiales de ejecución del contrato SI NO |
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10.1 ART. 196 LCSP
10 PENALIDADES
11 | REGIMEN DE PAGOS |
11.1 | Pago único Pagos parciales |
11.2 | Pago en otros bienes SI NO |
12 | PLAZO DE GARANTÍA | |||
12.1 | Plazo de garantía | SI | NO | 1 AÑO |
Importe máximo 1.500 €
NO
13.1 Gastos de publicidad SI
13. GASTOS DE PUBLICIDAD
14 | SUBCONTRATACION |
14.1 | SEGUN LEGISLACION VIGENTE |
15 | CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO |
15.1 | SEGUN LEGISLACION VIGENTE |
16 | INFORMACION | |||||
16.1 | Aspectos técnicos | UNIDAD DE MANTENIMIENTO DEL HOSPITAL COMARCAL | ||||
Teléfono | 000000000 | Fax | 952698000 | Correo electrónico | ||
16.2 | Aspectos administrativos | UNIDAD DE SUMINISTROS Y CONTRATACION ADMINISTRATIVA | ||||
Teléfono | 000000000 | Fax | 952698028 | Correo electrónico |
17 | OTRAS OBSERVACIONES |
17.1 | LA DOCUMENTACION RELATIVA AL EXPEDIENTE PUEDE SER DESCARGADA DESDE EL PERFIL DEL CONTRATANTE |
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