UNIDAD SOLICITANTE: SERVICIO DE FARMACIA DE LA DIRECCIÓN ASISTENCIAL –
PROVINCIA DE CATAMARCA SECRETARIA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 21/2020 S.C.A. (ARTICULO 98 INC. a) MODALIDAD “COMPRA DETERMINADA”
EXPEDIENTE ELECTRONICO: EX-2020-00895191- -CAT-DPCBS#MHP
COMPRE Y CONTRATE PREFERENTEMENTE CATAMARQUEÑO
UNIDAD SOLICITANTE: SERVICIO DE FARMACIA DE LA DIRECCIÓN ASISTENCIAL –
MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX.
ADQUISICIÓN DE ANESTÉSICOS, DESCARTABLES Y
OBJETO DEL LLAMADO:
MEDICAMENTOS DESTINADOS AL SERVICIO DE FARMACIA DE LA MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX.
AUTORIZADO POR: RESOL-2021-8-CAT-SCA#MHP.
PRESUPUESTO OFICIAL:
PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 30/100 CENTAVOS ($ 5.306.220,30).
FECHA, HORA Y MODO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
LAS OFERTAS DEBERÁN SER PRESENTADAS HASTA EL DÍA 28 DE ENERO DE 2021 A HORAS DIEZ (10:00), A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DIGITAL DEL SISTEMA BIONEXO, CUYO SITIO DE INTERNET ES: XXXX://XX.XXXXXXX.XXX//.
FECHA Y MODALID AD DE LA APERTURA:
LA APERTURA DE OFERTAS SE EFECTUARÁ EL DÍA 28 DE ENERO DE 2021 A HORAS DIEZ (10:00) A TRAVÉS DEL SISTEMA “BIONEXO”. GENERANDOSE EN FORMA ELECTRÓNICA Y AUTOMÁTICA EL ACTA DE APERTURA DE OFERTAS.
CONSULTA DE PLIEGOS E INFORMES:
LOS PLIEGOS PUEDEN SER DESCARGADOS DE:
b) xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx
CONSULTAS E INFORMES AL CORREO ELECTRONICO:
xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
PLIEG-2021-00046320-CAT-DPCBS#MHP
PROVINCIA DE CATAMARCA SECRETARIA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO CONTRATACIÓN DIRECTA N° 21/2020 S.C.A.
MODALIDAD: COMPRA DETERMINADA EX-2020-00895191- -CAT-DPCBS#MHP
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
UNIDAD LICITANTE:
JURISDICCION: MINISTERIO DE HACIENDA PUBLICA
UNIDAD LICITANTE (U.L.): SECRETARIA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: (S.A.F.) N° 9
CUIT N°: 30-71642193-3
DOMICILIO FISICO U.L.: PABELLÓN N° 21, XXXX CENTRAL, C.A.P.E. - S.F.V. CATAMARCA (C.P. 4700).
DOMICILIO ESPECIAL ELETRONICO U.L.: xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
UNIDAD SOLICITANTE N° 1 (U.S. N° 1)
JURISDICCION: MINISTERIO DE SALUD
UNIDAD SOLICITANTE: MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX. SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: (S.A.F.) N° 28
CUIT S.A.F.: 30-71159205-5
DOMICILIO FISICO S.A.F.: Xxxxxxxx xx Xxxxxxx N° 1650, SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA.
DOMICILIO ESPECIAL ELECTRONICO S.A.F.: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
ARTICULO 1º: La presente Contratación (modalidad: Compra Determinada), la Orden de Compra, y su posterior ejecución se regirán por las siguientes normas:
a) Disposiciones de la Ley Nº 4938 que establece y regula “La Administrac ión
Financiera, las Contrataciones, la Administrac ión de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial” y su modific atoria Ley N° 5636;
b) Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 – Anexo I - Decreto Acuerdo Nº 1127/20 modific ado por el Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020;
c) RESOL-2020-24-E-CAT-CGP#MHF, RESOL-2020-26-E-CAT-CGP#MHF, RESOL- 2020-28-E-CAT-CGP#MHF y RESOL-2020-29-E-CAT-CGP#MHF;
d) Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus
Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02.
e) El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos.
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f) Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado por analogía.
Normativas a las que el oferente con la presentación de su propuesta, implic a su
conocimiento, aceptación y sometimiento a ellas. Asimismo, toda la normativa podrá consultarse en el sitio de internet de la Contaduría General de la Provincia: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx/, sin que pueda alegarse su desconocimiento.
La presentación de las propuestas sin observaciones al pliego único de bases y condiciones generales y al pliego de bases y condiciones particulares, implic a su conocimiento, aceptación y sometimiento a todas sus disposiciones. Igual tratamiento corresponde asignar en aquellos casos en que no se acompañen los pliegos a la propuesta o que aquellos no sean rubric ados. -----------------------------
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 2°: Las ofertas deberán ser Presentadas en la plataforma del Sistema BIONEXO hasta el día 28 de Enero de 2021 a horas Diez (10:00), cumplido este plazo el sistema no permitirá el ingreso de nuevas ofertas, ni modific ar las ya presentadas. La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, en la hora y fecha establecida en el presente Artículo. En forma electrónica y automátic a se generará Reporte General de PDC, el cual servirá como base para la confección del acta de apertura de ofertas correspondiente.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, a la misma hora.
La apertura de la presente contratación será llevada adelante por la Dirección
Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios de Sec retaría de Compras y Abastecimiento del Ministerio de Hacienda Pública el día 28 de Enero del 2021, a horas Diez (10:00), en presencia de las autoridades respectivas.
A través xxx xxxxx ilio especial electrónico constituido por la Dirección Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Sec retaria de Compras y Abastecimiento: xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, se remitirá el Reporte General de PDC generado por la plataforma BIONEXO a los oferentes e interesados al domic ilio especial electrónico constituido por los mismos en los términos del Anexo IV del presente Pliego. ---
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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
ARTICULO 3º: La presente Contratación, modalidad compra determinada, tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE ANESTÉSICOS, DESCARTABLES Y MEDICAMENTOS DESTINADOS AL SERVICIO DE FARMACIA DE LA
MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX, según se detalla en el Anexo I y II del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el formulario de cotización electrónica que suministre el portal oficial xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//. ------------------
EL PRESUPUESTO OFICIAL
ARTICULO 4º: El presupuesto oficial de la presente contratación, asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 30/100 CENTAVOS ($ 5.306.220,30). ----------------------------
MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN
ARTÍCULO 5°: La modalidad de la Presente Contratación será Compra Determinada, conforme lo establecen los artículos 22° c) y 25° del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938- del Decreto Acuerdo N° 1127/20 modific ado por el Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/20. --------
DESCARGA Y CONSULTA DE PLIEGOS
ARTÍCULO 6°: El presente pliego no tendrá costo alguno, y podrá ser desc argado de manera totalmente gratuita del Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx// y del sitio de internet de la Contaduría General de la Provincia: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxx x.xxx.xx/.
Para efectuar consultas con respecto al presente Xxxxxx, el proveedor deberá haber cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuario externo del portal: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, únicamente a través del portal menc ionado hasta la fecha y hora fijadas en el portal. Los interesados deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domic ilio, y dirección de correo electrónico en la que serán válidas las comunic aciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas y posteriormente, a través del correo oficial de la Dirección Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Secretaria de Compras y Abastecimiento: contrataciones.scya@catamarca.gov.ar.--------------
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CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS
ARTÍCULO 7°: Los interesados podrán formular consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares a través del correo oficial de la Dirección Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Secretaria de Compras y Abastecimiento: xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, siempre que se hubieran registrado en el portal: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, hasta TRES (3) DÍAS previos a la fecha fijada para la apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas realizadas por cualquier otro medio y fuera del término establecido. La Secretaría de Compras y Abastecimiento, difundirá en el Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, las circulares aclaratorias y las modific atorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas, en este último caso sin indicar el autor de la consulta. Las Circulares aclaratorias que serán incluidas como parte integrante del presente Xxxxxx; serán difundidas, public adas y comunic adas por el citado medio con un mínimo de anticipación de DOS (2) DÍAS CORRIDOS a la fecha fijada para la presentación de las ofertas. Las mismas deberán incluirse como parte integrante xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y serán difundidas en el Sistema BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, y en el sitio de internet de la Contaduría General de la Provincia: xxxx://xxx.xxx- catamarc x.xxx.xx/,xxxxxxxxxxxxxxx.
Las modific aciones al Pliego de Bases y Condiciones particulares deberán ser resueltas por acto administrativo de la misma autoridad que hubiere aprobado el mismo, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020, modific ado por Decreto Acuerdo Nº 1573/2020 y Decreto 2036/2020. Dichas modific aciones deberán ser difundidas, publicadas y comunic adas en el mismo medio en que se efectuaron los correspondientes al llamado original. Entre la publicidad de las modific aciones menc ionadas y la fecha de apertura deberán cumplirse los mismos plazos de antelación que deben mediar entre la convocatoria original y la fecha de apertura, de acuerdo al procedimiento de selección de que se trate. En el menc ionado acto administrativo deberá indicarse la nueva fecha para la presentación de ofertas.
No se podrá alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren produc ido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
Ante cualquier eventualidad, problema o para presentar consultas se deberá enviar un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, detallando el problema
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encontrado y adjuntando la captura o impresión de pantalla (screenshot) del mismo. Las notificaciones recibidas por la administrac ión mediante domic ilio especial electrónico deberán contener en el Asunto lo que motiva dicha notificación (Consulta de pliegos, consulta de presentación, presentación de documentac ión solicitada, presentac ión de impugnac ión, petic ión de prórroga, etc.) de modo que permita identificar el carácter de la notificación. En oportunidad de realizar una consulta al Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, los interesados deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domic ilio, y dirección de correo electrónico en la que serán válidas las comunic aciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
El DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO constituido por los oferentes goza de validez y eficacia jurídica y producirá en el ámbito administrativo los efectos xxx xxxxx ilio constituido, siendo válidos y plenamente eficaces las notificaciones. -------
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 8°: Las propuestas deberán presentarse hasta el día y la hora límite establecidos en el Artículo 2° del presente pliego de bases y condiciones particulares a través del Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, utilizando el formulario electrónico que suministra el sistema y cumpliendo con todos los requerimientos de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares, acompañando la documentac ión que la integre en soporte electrónico donde se indica: “UPLOAD OBSERVACION”. Se tomará como fecha y hora de la presentación de la oferta, la establecida en el sitio oficial del sistema Bionexo.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente quien podrá realizarla únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado con el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios del Sistema Electrónico BIONEXO.
La apertura de las ofertas recibidas a término en el sitio oficial xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, la realizará la Secretaria de Xxxxxxx o quien ésta delegue, en el día y hora establecida para la apertura de ofertas. A partir de la hora fijada como termino para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado, tampoc o se podrá realizar modific aciones de las ofertas presentadas. ---------------------------------------------
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CONTENIDO DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 9°: Junto a la Oferta económic a que indique claramente Razón Social y CUIT del oferente deberá presentarse la documentac ión detallada a continuación, remitida a través del Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: http: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, en la pestaña que indic a: “UPLOAD OBSERVACION” digitalizada en formato PDF único:
a) Planilla de cotización (ANEXO I del presente), que deberá ser redactado en idioma nacional y junto con las características básicas de los bienes ofrecidos conforme se detallan en el ANEXO II - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (junto con los Certificados allí solicitados).
b) Formulario de “CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL ELECTRONICO” que forma parte de este pliego como Anexo IV.
c) Declaración jurada denunciando el domic ilio real y constitución xx xxxxx ilio legal en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarc a. El cual será utilizado para el supuesto de excepción planteado en el segundo párrafo y en el inciso b) del artículo 15° del Anexo I del Decreto Acuerdo N° 1127/20 modific ado por los Decretos Acuerdo 1573/2020 y 2036/2020 (cuando en su lugar de residencia no se cuente con acceso a la conectividad del servicio de internet alámbric a e inalámbric a).
d) Declaración Jurada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Catamarc a con renuncia expresa al Fuero Federal y a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, para la resoluc ión de controversias motivadas por el contrato en cualquiera de sus etapas.
e) Declaración Jurada del oferente, de no encontrarse incurso de ninguna de las causales de inhabilidad ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado Provincial para contratar con la provincia.
f) Estar Inscripto o empadronado en el Registro de Proveedores del Estado Provincial en el rubro que corresponda con el objeto de la presente contratación, si el oferente no estuviera inscripto o empadronado, la sola presentación de ofertas, implic ará la solicitud de Inscripción en el Registro de Proveedores, debiendo el oferente completar la documentac ión pertinente, dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de Apertura de las propuestas. Si el oferente no cumpliera se tendrá por no inscripto.
g) Certificados emitidos por: Dirección Provincial de Comerc io y Servicios y por la Dirección de Inspección Laboral, esto a los fines de poder gozar de los beneficios de la Ley N° 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Acuerdos Reglamentarios N° 1122/01 y Nº 445/02. Debiendo en todos los
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casos, estar vigentes a la fecha de apertura de la contratación, y autenticados por la Autoridad de Aplicación que los emitió o por ante Escribano Público. El certificado que carezca de los requisitos precedentemente enunciados, no será considerado a los efectos de la determinac ión de la condición de preferencia en el precio de la oferta respectiva.
h) Cédula Fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vigente, en la que se acredite que se encuentra inscripto en la actividad objeto de la presente contratación, expedido por la Agencia de Recaudación de Catamarc a (ARCA) – Dirección General xx Xxxxxx, para el supuesto de contribuyentes locales; a tales fines se considerará válida la descargada de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/. Para los contribuyentes no locales, Constancia de Convenio Multilateral sobre los Ingresos Brutos en la que se acredite la inscripción en la actividad objeto de la presente licitación, a tales fines se considerará válida la desc argada de la página de Internet: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/.
i) Constancia de Inscripción vigente en los tributos nacionales ante la Administrac ión Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), en la que se acredite que se encuentra inscripto en la actividad objeto de la presente licitación, a tales fines se considerará válida la desc argada de la página de Internet: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/.
j) Garantía de mantenimiento de oferta a favor de la Unidad Licitante (Secretaria de Compras y Abastecimiento), por el plazo establecido en el artículo 11° del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, equivalente al Uno por ciento (1%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto, y corresponderá su constitución siempre que la oferta supere el monto total de Pesos Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Cinco Mil Con 00/100 ($6.455.000,00). La misma deberá ser constituida de acuerdo a alguna de las formas que se establece en el artículo 24° del presente pliego.
k) Copia de Disposición o Certificado de Autorización de Funcionamiento de
Empresa y Certificado de Registro/Autorización de Comerc ialización del Producto Médic o, todos ellos expedidos por la A.N.M.A.T. (conforme ANEXO II -
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS). --- --
La Secretaria de Compras y Abastecimiento, verificará el Estado de los Oferentes respecto al Registro de Proveedores del Estado Provincial, corroborando la situación a través de la página del sistema electrónico de contrataciones “XXXXX.XX” y verificará documentac ión societaria, firmantes autorizados y demás documentac ión disponible en el módulo GUP del sistema Gestión Documental Electrónica (GDE). ---
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OFERTA ECONÓMICA
ARTÍCULO 10°: Se deberá cotizar utilizando el Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx// a través del formulario electrónico que suministre dicho portal y conforme a los ítems detallados en la PLANILLA DE COTIZACIÓN adjunta al presente como ANEXO I.
Se deberá consignar:
1. Precio unitario, en números con referencia a la unidad de medida establecida; el precio total del ítem, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta en números y letras; y en caso de divergencia se tendrá por válido lo señalado en letras; determinados en moneda nacional.
2. El precio cotizado será el prec io final que deba pagar el organismo contratante por todo concepto.
El proponente podrá formular oferta por xxxxxxx o parte de éste, o por algunos de ellos, por lo cual se entenderá implíc ita la posibilidad de presentar ofertas parciales. Los precios establecidos en las propuestas serán invariables. Los proponentes estarán obligados a mantener sus ofertas durante el plazo que se establece en el presente Pliego, Plazo que se empezará a contar desde la fecha de Apertura de las Propuestas. ---
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
ARTICULO 11º: Los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas mínimamente hasta el día 10 xx Xxxxx de 2021. Si al vencimiento del término de mantenimiento de las ofertas no se hubiera adjudicado la contratación, se prorrogará automátic amente el plazo de mantenimiento por un término de 30 días corridos, salvo que los proponentes comuniquen su decisión en contrario, por un medio fehaciente cinco (05) días corridos antes del vencimiento del plazo original. -
NOTIFICACIONES
ARTÍCULO 12°: Todas las notificaciones entre el Organismo Licitante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes serán realizadas mediante el domic ilio especial electrónico constituido por los oferentes, el cual goza de validez y eficacia jurídica; y producirá en el ámbito administrativo los efectos xxx xxxxx ilio constituido, siendo válidos y plenamente eficaces las notificaciones, emplazamientos y comunic aciones practicadas allí; conforme lo establecido en los artículos 104° BIS de la Ley 4938; y 15°, 29° y 30° del Reglamento Parcial Nº 2 de
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la Ley 4938 – Anexo I - Decreto Acuerdo N°1127/20 modific ado por el Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020.
Además, se recomienda a los interesados revisar periódicamente el Sistema
Elec trónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, en partic ular el Esc ritorio del Proveedor, para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación electrónica y demás informac ión relevante.
La no recepción oportuna de correos electrónicos de alerta, no justificará ni se considerará como causal suficiente para eximir a los proponentes de sus cargas y responsabilidades. ---
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD
ARTÍCULO 13°: De conformidad a lo establecido en el artículo 75° del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº1127 modific ado por el Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020, la oferta será declarada inadmisible en los siguientes supuestos:
a) Cuando la oferta no fuera remitida por el Sistema Electrónico BIONEXO, cuyo sitio de internet es: xxxx://xx.xxxxxxx.xxx//, y acompañando la documentac ión requerida ut supra.
b) Fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con la Provincia.
c) Fuera condicionada.
d) Contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
e) Si el precio cotizado merec iera la calificación de vil o no serio, conforme al artículo 76° del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 modific ado por el Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020.
f) Que el oferente no estuviere inscripto o empadronado en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, a la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, salvo las excepciones expresamente previstas.
Los errores intrascendentes de forma no serán causales de inadmisibilidad de la oferta. ---
ARTÍCULO 14°: Cualquiera de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo anterior que pasara inadvertida en la apertura de las ofertas, podrá surtir efecto durante el estudio de las ofertas y hasta la adjudicación. ----------------------
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ARTÍCULO 15°: En el acto de apertura no serán rechazadas las propuestas que contengan defectos de forma, defectos u omisiones intrascendentes que no impidan su exacta comparac ión con las demás propuestas presentadas. La Comisión Evaluadora deberá intimar al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de DOS (2) DÍAS. La solicitud de subsanación se realizará al correo electrónico oportunamente declarado por el oferente, donde se tendrá por válida la comunic ación efectuada. Si no se subsanaren los defectos en el plazo indicado, La Comisión Evaluadora desestimará la oferta. --------------------------------------------
VISTA DE LAS ACTUACIONES
ARTICULO 16°: Toda persona que acredite algún interés legítimo o un derecho subjetivo, podrá tomar vista de las actuaciones referidas a la contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas, comprendida entre el vencimiento del plazo para exhibir las ofertas presentadas y la emisión del dictamen de evaluación, si lo hubiere, o la adjudicación.
Exceptuase de lo previsto en el párrafo anterior a la documentac ión amparada por normas de confidencialidad o la declarada reservada o secreta por autoridad
competente. A estos efectos los terceros deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba. La toma de vista en ningún caso dará derecho al particular a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la contratación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de contratación. La misma deberá solicitarse por escrito.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 17°: Se entenderá por etapa de evaluación de las ofertas al período que va desde la confección del cuadro comparativo hasta la emisión del dictamen de evaluación por parte de la Comisión Evaluadora. Esta etapa es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones.
De las ofertas recibidas, dentro de aquellas que resulten admisibles, se adjudicará la oferta más conveniente; teniendo en cuenta el precio, la calidad del bien, la idoneidad comerc ial del oferente y el cumplimiento de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en los ANEXOS I y II que integran el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
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Se entenderá como oferta admisible a aquella que cumpla con todos los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes en los términos del presente pliego. --
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 18°: A efectos de determinar la propuesta más conveniente, se elaborará el cuadro comparativo de las propuestas en función de los parámetros objetivos de valoración que se establecen a continuación, el máximo puntaje que se podrá obtener es de 100 puntos distribuidos en:
a) Antecedentes como Proveedor 3 puntos
b) Precio de los Bienes a Proveer. . . . . . . . . . . . .80 puntos
c) Calidad de los Bienes a Proveer 15 puntos
d) Plazo de Entrega 2 puntos
A los fines de lo menc ionado precedentemente, la metodología a emplear será la siguiente:
a) ANTECEDENTES COMO PROVEEDOR (3 PUNTOS):
1) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial no hayan sufrido penalidad, ni suspensión, ni inhabilitación alguna, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Tres (3) Puntos.
2) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan incurrido en penalidad/es según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Dos (2) Puntos.
3) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan incurrido en suspensión/es según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Un (1) Punto.
4) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan incurrido en inhabilitación/es, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Cero (0) Puntos.
b) PRECIOS DE LOS BIENES A PROVEER (80 PUNTOS): se asignará el mayor puntaje a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor prec io. Las demás serán puntuadas conforme la regla de proporc ionalidad inversa.
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De corresponder se aplicará lo establecido en la Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02 para valorar el presente factor como se detalla a continuación:
Formula =
MENOR PRECIO PONDERADO COMPUTABLE X MÁXIMO DE VALORACIÓN (80 PS) PRECIO PONDERADO COMPUTABLE DE LA OFERTA A CONSIDERAR
*PRECIO PONDERADO COMPUTABLE (P.P.C.): VALOR OFRECIDO – (MENOR PRECIO OFRECIDO X F.P. ).
*FACTOR DE PONDERACIÓN (F.P.) = VARIABLE EMPRESA x (0,08 x INSUMOS LOCALES + 0,04
x INSUMOS NO LOCAL COMPRADO LOCALMENTE + 0,04 x EMPLEO LOCAL).
c) CALIDAD DE LOS BIENES A PROVEER (15 PUNTOS): En cuanto a este
factor, la puntuación se realizará tomando como base la calidad de los bienes ofrecidos en cuanto a si cumple con las cualidades solicitadas, la de Comisión Evaluadora podrá solicitar informe técnico de peritos en la materia, si correspondiere, la calidad de los bienes a proveer se calificará de acuerdo a la siguiente escala:
MUY BUENO 15 puntos
BUENO. . . . . . . . . . . . . . . 05 Puntos
d) PLAZO DE ENTREGA (02 PUNTOS): A aquellas ofertas que propongan un plazo de entrega dentro de lo estipulado en el presente Pliego se asignará este factor de acuerdo a la siguiente escala teniendo en cuenta el plazo fijado por cada oferente:
De Uno (1) a Cinco (05) días hábiles 2 Puntos
De Seis (06) a Diez (10) días hábiles 1 Puntos
DICTAMEN DE EVALUACIÓN
ARTÍCULO 19°: El Dictamen de Evaluac ión de las ofertas que constará en un acta, deberá emitirse dentro del término de TRES (3) DÍAS CORRIDOS, contados a partir de la fecha de recepción de la actuación por la Comisión Evaluadora. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido, dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga por igual plazo a la autoridad competente que autorizó el llamado, quien deberá resolver sobre la proc edenc ia del pedido. El mismo deberá formularse por escrito y fundarse debidamente.
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En todos los casos, el Dictamen de Evaluación de Ofertas que se emita por la Comisión Evaluadora interviniente, explicitará los fundamentos por los cuales la respectiva oferta presentada se pondere inadmisible o inconveniente. En relación a las ofertas que considere admisibles y convenientes la Comisión Evaluadora interviniente ponderará los factores y recaudos establecidos en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares al efecto, de la comparac ión de las ofertas presentadas y la incidencia de cada uno de ellos, al efecto de determinar el respectivo orden de mérito, recomendando en consecuencia en su Dictamen. La Comisión Evaluadora podrá requerir informac ión complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
La preadjudic ación se hará por renglón por parte de este o por total ofertado según convenga y recaerá en la propuesta que, ajustada a las bases de la Contratación, resultare más conveniente a los intereses del Estado Provincial.
Los descuentos que se ofrezcan por pago dentro de un plazo determinado, no serán considerados a los efectos de la comparac ión de las ofertas, debiendo no obstante ser tenidos en cuenta para el pago, si la cancelación de las facturas se efectúa
dentro de los términos fijados. ---- ---------------------------------
DESEMPATE DE OFERTAS
ARTICULO 20º: En caso de existir igualdad de puntaje, se adjudic ará al oferente que cotizare al menor prec io. En caso de igualdad de puntaje y de prec ios, se solicitará a los respectivos oferentes, que por escrito y dentro del plazo común que se les fije, formulen una mejora de prec ios. Estas propuestas serán abiertas de acuerdo a lo previsto en el Art. 2º del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ---
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 21°: La adjudic ación será dec xxxxx por la autoridad competente conforme lo establecido en el Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938- del Decreto Acuerdo N° 1127/20 modific ado por el Decreto Acuerdo N° 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020), y sobre la base del dictamen de la Comisión Evaluadora. Si la adjudicación fuera distinta a la aconsejada por la Comisión, deberá fundamentar dicha decisión. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
La autoridad facultada para adjudicar podrá rechazar todas las propuestas, sin que el adjudicatario tenga derecho a exigir indemnizac ión o diferencia de precio.
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Se resolverá dentro del plazo de mantenimiento de las propuestas y recaerá en la propuesta que sea considerada más conveniente, de acuerdo a la normativa aplicable.
La adjudic ación será notificada dentro de los TRES (3) DÍAS de dic tado el acto respectivo, mediante aviso en el correo electrónico oportunamente declarado por el oferente, donde se tendrá por válida la comunic ación efectuada. ---------------------
DE LA ORDEN DE COMPRA
ARTÍCULO 22°: Dentro del plazo de mantenimiento de oferta se emitirá la Orden de Compra, y su notificación en el domic ilio especial electrónico constituido al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato, siempre que el adjudicatario no la rechace.
La Orden de Compra, será emitida y suscripta por la Secretaría de Compras y Abastecimientos dentro de los CINCO (5) DÍAS CORRIDOS de resuelta la adjudicación.
La misma deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación; en caso de errores, omisiones o ambigüedades, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del Organismo que la expidió, sin perjuicio de cumplir el contrato conforme a la propuesta adjudicada y a las bases de la contratación.
Cuando el adjudicatario rechace la Orden de Compra o por cualquier causa no se hiciere cargo de su obligación en el momento y forma prevista, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello; la Administrac ión resolverá la contratación sin responsabilidad alguna para la misma, y podrá adjudicar la contratación a la segunda oferta que resulte más conveniente a los intereses de la Provincia, teniendo en cuenta los factores de ponderac ión establecidos en este pliego, las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en los ANEXOS I y II del presente pliego y el Dictamen emitido por la Comisión Evaluadora. El contratante incumplidor será pasible de la aplicación de las penalidades y sanciones respectivas. ---
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 23°: Para afianzar el cumplimiento de todas las obligaciones, el oferente que hubiera resultado adjudicatario, deberá constituir una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, a favor de la Unidad Solicitante, del TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la adjudicación, dentro de los CINCO (5) DÍAS contados a partir del perfeccionamiento del contrato y corresponderá su constitución siempre que el monto adjudic ado supere el monto total de Pesos Dos
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Millones Ciento Cincuenta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Seis Con 67/100 ($2.151.666,67). Conforme lo establece los artículos 83° y 84° inc. b) y 87° del Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 modific ado por el Decreto Acuerdo N° 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020. --
FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 24°: La GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y GARANTIA DE
MANTENIMIENTO DE OFERTA (ART. 9° INC. J) podrán constituirse de las siguientes formas, o combinac iones de ellas:
a) En efectivo, exclusivamente mediante depósito o transferencia bancaria en la cuenta oficial de la Tesorería General de la Provincia N° 46600695-38 del Banco de la Nación Argentina - Sucursal Catamarc a (3155) - "Garantía de Licitación".
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, que opere preferentemente en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarc a. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional y/o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en una entidad banc aria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades banc xxxxx al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con fianza bancaria, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo N° 1574 y concordantes del Código Civil y Comerc ial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendenc ia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante. Deberá constituir la Aseguradora domic ilio legal en la Ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarc a, Provincia de Catamarc a. En las cláusulas se designará como asegurado al Organismo Licitante.
f) Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en un organismo provincial, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la cesión pertinente.
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g) Con pagaré sin protesto suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poder suficiente, cuando el monto de la garantía no supere el valor de VEINTE (20) MODULOS (es decir $ 129.100), esto para el caso de ofertas y/o adjudicaciones parciales hasta ese valor de garantía, referido al valor de la garantía calculado sobre el monto total de la adjudicación parcial.
h) Toda otra garantía que, a propuesta del Organismo contratante, disponga por acto administrativo la Contaduría General de la Provincia.
Cuando se optara por avales y demás garantías personales para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato, deberá reponerse Sellado provincial equivalente al Cero coma Sesenta por Ciento (0.60 %) sobre el valor de la misma, conforme a lo establecido por el artículo 19º Inc. 6 de la Ley Impositiva Provincial Nº 5686 vigente para el Ejercicio Fiscal 2021.
LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN
ARTÍCULO 25°: La entrega de los bienes objeto de la presente contratación, se realizará en el lugar, forma y cantidad establecida en el ANEXO III del presente Pliego.
Fijase como plazo máximo de la entrega de los bienes objeto de la presente contratación, el plazo xx XXXX (10) DÍAS HABILES, contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de notificación de la respectiva Orden de Compra en el domic ilio especial electrónico constituido. El plazo de entrega otorgado por el oferente debe especificarla en días hábiles.
Cuando en una oferta no se fije expresamente el plazo de entrega, se entiende que se ajusta al plazo máximo admitido en el presente Pliego. Asimismo, cuando el oferente indicare un plazo de entrega sin indicar “hábiles” o habiendo indicado “corridos”, a todos los efectos de la presente contratación, se considerará que ofertó dicho plazo en días hábiles
El suministro de los bienes objeto de la presente contratación se efectuará libre de impuestos, contribuciones, aranceles, tasas aplicables y otros gastos que genere; corriendo estos gastos por cuenta exclusiva del adjudicatario.
La entrega de cada ítem deberá ser acondicionada para su dispensa. En los remitos se deberá incluir número de lote y fecha de vencimiento de cada uno de los Ítems, de corresponder.
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La recepción de los bienes en el lugar establecido, tendrá carácter de provisional y los recibos o remitos que se firmen serán de condición “a revisar”, sujetos a verificación posterior.
La Jurisdicción Solicitante, designará al personal que será responsable de la Recepción Definitiva de los bienes, conforme lo establece el artículo 95°, del Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– del Decreto Acuerdo N° 1127/20 modific ado por el Decreto Acuerdo N° 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020 (en lo pertinente). A los efectos de la conformidad definitiva deberá procederse previamente a la confrontación de los bienes recibidos con la oferta adjudicada, las espec ificaciones del pedido, además de lo que dispongan las cláusulas particulares. Los funcionarios con competenc ia para certificar la recepción definitiva podrán requerir directamente al proveedor la entrega de las cantidades faltantes.
En caso de silencio de la Administrac ión, el proveedor podrá intimar la certificación de la recepción. No obstante, si no se expidiera dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la fecha de la intimac ión, se tendrá por recibido de conformidad.
Si los bienes provistos, no se ajusta a lo solicitado será devuelto, corriendo por cuenta del adjudic atario todos los gastos de fletes, acarreos, desc arga, seguros, etc., que demande la devolución; exigiendo posteriormente la entrega de lo contratado, caso contrario se procederá de conformidad a lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
La certificación de la recepción definitiva no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de defectos o vicios que se advirtieran luego, sin perjuic io de las garantías de los produc tos otorgadas por sus fabric antes que también obligan a los adjudicatarios.
Corresponderá a los funcionarios con competenc ia para certificar la recepción definitiva remitir a la oficina ante la cual tramitaren los pagos, la certificación
correspondiente. ---- -- ------------------------
DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
ARTÍCULO 26°: La factura o documento equivalente, deberá ser remitida de forma electrónica a la dirección de correo electrónico de la Dirección de Administrac ión, Servicio Administrativo Financiero o quienes haga sus veces de la Unidad Solicitante; conjuntamente con la Orden de Compra y la certificación de la recepción definitiva de los bienes objeto de la presente contratación; lo que dará comienzo al plazo para el pago que será de TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS; sin perjuic io de ello, los pagos se atenderán considerando la programac ión y disponibilidad financiera que establezca la Tesorería General de la Provincia.
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La menc ionada factura o documento equivalente, deberán reunir los requisitos legales que al efecto determina la AFIP, y en las mismas se deberá consignar:
- el tipo y número de la contratación.
- el número de orden de compra.
- la fecha de la facturación.
- el detalle de los bienes entregados.
En caso de que luego de notificación de orden de compra por el total de ítems adjudic ados luego de análisis técnico correspondiente se optara por entrega en forma parcial, con su factura correspondiente por el importe parcial de lo dec epc ionado, se deberá notificar formalmente la entrega parcial a fines de tomar los recaudos administrativos respectivos para la imputac ión del gasto.
Xxxxxx expresa constancia que en oportunidad de hacerse efectivo el pago por la provisión, al adjudicatario se le practicará la retención impositiva que le correspondiere por dicho importe, según las leyes impositivas vigentes. ----------
DE LAS PENALIDADES Y SANCIONES
ARTÍCULO 27°: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas en el en el Título IV – Capítulo I y II del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 modific ado por el Decreto Acuerdo N° 1573/2020 y Decreto Acuerdo 2036/2020, artículos 110 a 123. -----------------------------------
-----------------------------------
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA,
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ANEXO X
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PLANILLA DE COTIZACIÓN
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 21/2020 S.C.A. | |||||
EXPEDIENTE ELECTRONICO EX-2020-00895191- -CAT-DPCBS#MHP | |||||
ADQUISICIÓN DE ANESTÉSICOS, DESCARTABLES Y MEDICAMENTOS DESTINADOS AL SERVICIO DE FARMACIA DE LA MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX. | |||||
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 30/100 CENTAVOS ($ 5.306.220,30). | |||||
ITEMS Nº | CANTI- DAD | UNIDAD | DETALLE | PRECIO | |
UNITARIO | TOTAL | ||||
1 | 500 | UNIDAD | BUPIBACAIHNA CLORIDRATO HIPERBARICA 5MG/ML AMP- KIT CON AGUJA INTRODUCTORA 27 GX3 1/2 TIPO CASARA XXXXX | ||
2 | 150 | UNIDAD | IMIPENEM FRASCO FRASCO/AMPOLLA X 500 MG | ||
3 | 2.500 | UNIDAD | AGUJA DESCARTABLE 16/5 | ||
4 | 22.500 | UNIDAD | AGUJA DESCARTABLE 25/8 | ||
5 | 500 | UNIDAD | AGUJA DESCARTABLE 40/12 | ||
6 | 18.000 | UNIDAD | AGUJA DESCARTABLE 40/8 | ||
7 | 500 | UNIDAD | AGUJA DESCARTABLE 50/8 | ||
8 | 900 | UNIDAD | ALGODÓN x 500 GRS.TIPO DONCELLA | ||
9 | 20 | UNIDAD | BAJALENGUA X 100 UNIDADES | ||
10 | 5.000 | UNIDAD | BOTAS ALTAS DESCARTABLES DE 30 GRAMOS CON TIRA EL PAR | ||
11 | 4.000 | UNIDAD | CAMISOLINES DES. SMS CON MANGAS Y PUÑO DE 1,40 MTS. DE LARGO, 30 GRS. COLOR AZUL | ||
12 | 50 | UNIDAD | CATETER INTRAVENOSO Nº 22 TIPO HOSPIRA/BD | ||
13 | 3.000 | UNIDAD | CATETER INTRAVENOSO Nº 24 CALIDAD TIPO HOSPIRA/BD | ||
14 | 1.000 | UNIDAD | CATETER INTRAVENOSO Nº 26 TIPO HOSPIRA/BD | ||
15 | 150 | UNIDAD | CANULAS NASALES PARA OXIGENOTERAPIA - NEONATALES | ||
16 | 150 | UNIDAD | CANULAS NASALES PARA OXIGENOTERAPIA - ADULTOS | ||
17 | 360 | UNIDAD | CLORHEXIDINA 2 % SOLUCION x 250 ml. | ||
18 | 800 | UNIDAD | CLORHEXIDINA 4% JABON x 500 ML CON VALVULA DISPENSADORA TIPO XXXXXX | ||
19 | 2.500 | UNIDAD | ELECTRODOS DESCARTABLES ADULTO TIPO 3M | ||
20 | 400 | UNIDAD | EQUIPO PARA ADM. SOLUC. MICROGOTERO TIPO V-17c/ ROLLER |
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21 | 3.500 | UNIDAD | EQUIPO PARA ADMINISTRACION DE SOLUCIONES MACROGOTERO TIPO V-14 CON ROLLER | ||
22 | 90 | UNIDAD | GEL BASE PARA ECOGRAFIA x 1kg | ||
23 | 600 | UNIDAD | GUANTES DE CIRUGIA ESTERIL Nº 6 1/2 ANATOMICOS, CAÑA LARGA SIN TALCO | ||
24 | 4.000 | UNIDAD | GUANTES DE CIRUGIA ESTERIL Nº 7 ANATOMICOS, CAÑA LARGA SIN TALCO | ||
25 | 4.000 | UNIDAD | GUANTES DE CIRUGIA ESTERIL Nº 7 1/2 ANATOMICOS, CAÑA LARGA SIN TALCO | ||
26 | 1.750 | UNIDAD | GUANTES DE CIRUGIA ESTERIL Nº 8 ANATOMICOS, CAÑA LARGA SIN TALCO | ||
27 | 500 | UNIDAD | GUANTES DE LATEX EXAMINACION X 100 UNIDADES, TALLE S | ||
28 | 1.000 | UNIDAD | GUANTES DE LATEX EXAMINACION X 100 UNIDADES, TALLE M | ||
29 | 25 | UNIDAD | GUANTES DE LATEX EXAMINACION X 100 UNIDADES, TALLE L | ||
30 | 3.000 | UNIDAD | HOJA DE BISTURI N° 24 | ||
31 | 2.000 | UNIDAD | HOJA DE BISTURI Nº 11 | ||
32 | 2.000 | UNIDAD | HOJA DE BISTURI Nº 15 X 100 | ||
33 | 27.000 | UNIDAD | JERINGA DESCARTABLE DE 10 CC S/AGUJA | ||
34 | 27.000 | UNIDAD | JERINGA DESCARTABLE DE 5 CC S/AGUJA | ||
35 | 3.000 | UNIDAD | JERINGA P/INSULINA 100 UI CON AGUJA TIPO TERUMO | ||
36 | 10.000 | UNIDAD | JERINGA TUBERCULINA 1 CC. S/ AGUJA | ||
37 | 4.000 | UNIDAD | JERINGAS DE 20CC S/AGUJA | ||
38 | 500 | UNIDAD | LLAVE 3 VIAS ESTERIL 360° LUERLOCK C/PROLONG. 15CM | ||
39 | 200 | UNIDAD | LLAVE 3 VIAS ESTERIL 360° LUERLOCK C/PROLONG. 30 CM | ||
40 | 200 | UNIDAD | LLAVE 3 VIAS ESTERIL 360° LUERLOCK C/PROLONG.50 CM | ||
41 | 750 | UNIDAD | LLAVE DE TRES VIA | ||
42 | 50 | UNIDAD | SET PARA NEBULIZAR COMPLETO PIPETA+ MASCARA + TUBULADURA | ||
43 | 250 | UNIDAD | MASCARA CON BOLSA RESERVORIO | ||
44 | 5.000 | UNIDAD | PROLONGADOR PVC ESTERIL 2.6MM X1.5M | ||
45 | 25 | UNIDAD | SONDA INTUB.GASTRICA K 9 | ||
46 | 25 | UNIDAD | SONDA INTUB.GASTRICA K10 | ||
47 | 25 | UNIDAD | SONDA INTUB.GASTRICA K11 | ||
48 | 100 | UNIDAD | SONDA K32 CON REGULADOR | ||
49 | 400 | UNIDAD | SONDA NASOGASTRICA K31 | ||
50 | 2.700 | UNIDAD | SONDA NASOGASTRICA K 33 | ||
51 | 2.250 | UNIDAD | SONDA NASOGASTRICA K 35 | ||
52 | 1.000 | UNIDAD | SONDA NELATON PVC N° 12 T/K93 | ||
53 | 2.700 | UNIDAD | SONDA P/ASPIRACION MUCUS K33P C/REGULADOR | ||
54 | 1.000 | UNIDAD | SONDA P/ASPIRACION MUCUS T/K31P C/REG. | ||
55 | 1.000 | UNIDAD | SONDA P/ASPIRACION MUCUS T/K35P C/REGULADOR | ||
56 | 5 | UNIDAD | SET DE VIA CENTRAL DOBLE LUMEN 7 FRENCH TIPO ARROW | ||
57 | 30 | UNIDAD | SET DE VIA CENTRAL SIMPLE LUMEN VIA 7 FRENCH TIPO ARROW | ||
58 | 3 | UNIDAD | SET DE VIA CENTRAL DOBLE LUMEN 4 FRENCH /13 CM |
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22/22 G CALIDAD TIPO ARROW | |||||
59 | 3 | UNIDAD | SET DE VIA CENTRAL DOBLE LUMEN 4 FRENCH /30 CM 22/22 G CALIDAD TIPO ARROW | ||
60 | 1.000 | UNIDAD | TAPON INTERMITENTE TIPO XXXXX in stopper | ||
61 | 900 | UNIDAD | TELA ADHESIVA 2,5 MM X 9,00 MTS CALIDAD TIPO ADHESUR | ||
62 | 120 | UNIDAD | TELA ADHESIVA 5 MM X 9,00 MTS CALIDAD TIPO ADHESUR | ||
63 | 120 | UNIDAD | TELA ADHESIVA HIPOALERGENICA MICROPORE 2,5 CM TIPO 3 M | ||
64 | 180 | UNIDAD | TELA ADHESIVA HIPOALERGENICA TRANSPORE 2,5 CM TIPO 3 M | ||
65 | 126 | UNIDAD | HILO DE SUTURA N1 CON AGUJA TIPO VICRYL CODIGO J341 | ||
66 | 60 | UNIDAD | MISOPROSTOL 200 MG COMPRIMIDOS VAGINALES RAM X 12 | ||
IMPORTE TOTAL $ |
*En la descripción de los productos ofrecidos se deberá indicar la Marca de los mismos.
PLAZO DE ENTREGA: ___________________________________________
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: _________________________
FORMA DE PAGO: ______________________________________________
LUGAR DE ENTREGA: ___________________________________________
OBSERVACIONES: _____________________________________________
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL A LA PROPUESTA PRESENTADA, RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA PROPONENTE.
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ANEXO II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
- Los establecimientos de ventas mayoristas o minoristas de Productos Médicos deberán presentar habilitación de la Autoridad Sanitaria Provincial correspondiente, acompañada por una nota emitida por el establecimiento elaborador o importador de los produc tos a adquirir, que certifique dicho vínculo.
- Las empresas importadoras de produc tos médic os, deberán presentar habilitac ión por disposic ión de ANMAT y disposic ión del registro de sus produc tos.
- Los establec imientos elaboradores de produc tos médic os, deberán presentar certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), y certificado de habilitación emitida por ANMAT, ambos certificados en conjunto. Además, no deberán tener alertas, ni retiro del merc ado establecido por ANMAT.
- Las empresas importadoras de produc tos médic os, sin excepc ión, deberán contar con habilitación por Disposición ANMAT 2319/02(TO 2004) y registro de sus productos por Disposición ANMAT 2318/02(TO 2004).
- No se aceptarán ofertas de productos médic os, si no están registrados y autorizada su venta por ANMAT. Cuando se cotice produc tos médic os deberá adjuntarse el número de certificado bajo el cual se hallen registrados.
- Produc tos importados deben tener autorización de ingreso al país emitido por la Dirección de Tecnología Médica. (Se indica, producto, xxxx a, modelo, lote y Nº de serie).
- Presentar Nº de Registro del Producto Médico.
- Deberán contener todos los productos la leyenda “Autorizado por ANMAT-PM (legajo) - (Nº de produc to médic o)”
- Los productos deberán tener un vencimiento MINIMO posterior a un (1) año a partir de la fecha de su recepción.
- Se deberá cotizar sólo una xxxx a comerc ial por ítem.
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ANEXO III
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
DE LAS ENTREGAS
Las entregas a las que hace mención el Artículo 23° del presente pliego se llevaran a cabo de acuerdo a lo establecido en el presente Anexo:
La totalidad de los Ítems solicitados deberán ser entregados en la UNIDAD SOLICITANTE N° 1 (U.S. N°1): LA ENTREGA SE EFECTUARÁ EN EL SERVICIO DE FARMACIA DE LA MATERNIDAD PROVINCIAL 25 XX XXXX, SITO EN XXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX 0.000 XX XX XXXXXX XX XXX XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, EN EL HORARIO DE 08:00 A 12:00 HORAS.
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ANEXO IV
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO
En mi carácter de …………………................................……. de la firma
...................................................., CUIT/CUIL/CDI Nº ,
constituyo como domicilio especial electrónico: ,
conforme a lo dispuesto en el 4° párrafo Artículo 104 BIS Ley 4938 y sus modificatorias.
A tal efecto, declaro aceptar en todos sus términos y condiciones que se indican a continuación:
PRIMERA: El domicilio especial electrónico constituido es de uso exclusivo de la razón social…………………………………………………………………., constituyéndome en custodio de la confidencialidad de la clave de acceso al mismo, obligándome a no ceder, transferir o comunicar bajo ninguna circunstancia la misma, asumiendo la autoría y plena responsabilidad por las ofertas, documentos y presentaciones que bajo esta casilla ingresen en el domicilio especial constituido por la administración provincial para la presente contratación. Por lo tanto, asumo las consecuencias de su divulgación a terceros, liberando a la PROVINCIA DE CATAMARCA de toda responsabilidad que de ello derive. Renuncio expresamente a oponer defensas basadas en la inexistencia o defecto del uso del domicilio especial electrónico constituido, o en la acreditación de la existencia de la información electrónica que provenga de su uso.
SEGUNDA: En los términos del 4° párrafo Artículo 104 BIS Ley 4938, sus modificatorias, reconozco que, el domicilio especial electrónico que constituyo en el presente formulario goza de validez y plena eficacia jurídica y producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio constituido, siendo válidos y plenamente eficaces las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones, practicadas allí.
TERCERA: Las presentaciones electrónicas por medio del domicilio especial electrónico constituido, no podrán revocarse bajo ninguna forma o medio a mi alcance.
CUARTA: Asumo la responsabilidad por el uso indebido o inadecuado del domicilio especial electrónico constituido, haciéndome cargo de todos los daños y perjuicios correspondientes, sin que ello obste a la facultad de la Administración a implementar las sanciones o penalidades respectivas.
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QUINTA: La PROVINCIA DE CATAMARCA no asume ninguna responsabilidad por los inconvenientes que tuviera con el software, hardware, servidores o nodos ajenos al mismo.
SEXTA: Acepto la prueba de la existencia de la documentación y comunicaciones electrónicas que surjan de los domicilios especiales electrónicos constituidos tanto por la Administración de la PROVINCIA DE CATAMARCA como el constituido en la presente declaración.
SEPTIMA: Dejo expresa constancia que, de mi parte renuncio expresamente a oponer, en sede administrativa o judicial, defensas relacionadas con la inexistencia de firma ológrafa de todos los documentos que se envíen desde el domicilio especial electrónico que constituyo por la presente, considerándose que dichos documentos que son enviados desde el mismo contienen mi rubrica y por lo tanto tienen los mismos efectos que la firma ológrafa en papel.
Lugar y fecha:
Apellido y nombres del representante:
Documento:
CUIT/CUIL/CDI:
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL A LA PROPUESTA PRESENTADA, RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA PROPONENTE, EL DOCUMENTO FISICO DEL MISMO DEBERÁ PRESENTARSE DENTRO DE LOS DOS DIAS HABILES DE LA APERTURA DE OFERTAS EN LA MESA DE ENTRADA DE LA SECRETARIA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO.
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Gobierno de Catamarca 2021
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2021-00046320-CAT-DPCBS#MHP
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, CATAMARCA
Lunes 25 de Enero de 2021
Referencia: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
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DN: cn=GDECatamarca, c=AR, o=Tesoreria General de la Provincia, ou=Secretaria de Modernizacion del Estado de Catamarca, serialNumber=CUIT 30636511354
Date: 2021.01.25 08:59:44 -03'00'
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Director Provincial
Direccion Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios - Secretaria de Compras y Abastecimiento - MHP
Ministerio de Hacienda Publica
Digitally signed by GDECatamarca
DN: cn=GDECatamarca, c=AR, o=Tesoreria General de la Provincia, ou=Secretaria de Modernizacion del Estado de Catamarca, serialNumber=CUIT 30636511354
Date: 2021.01.25 08:59:46 -03'00'