Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS” PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR MTRO. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y POR LA OTRA EL
«APELLIDO_PATERNO» «APELLIDO_MATERNO» «NOMBRE» A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE:
I.1 LA CIUDAD DE MÉXICO ES UNA ENTIDAD FEDERATIVA INTEGRANTE DE LA FEDERACIÓN, SEDE DE LOS PODERES DE LA UNIÓN Y CAPITAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, CUYO GOBIERNO ESTÁ A CARGO, ENTRE OTROS DEL EJECUTIVO LOCAL, TITULAR QUE SE AUXILIA DE ÓRGANOS CENTRALES, DESCONCENTRADOS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, LOS CUALES INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 44 Y 122 APARTADO C, BASE TERCERA, FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN RELACION CON EL SEGUNDO TRANSITORIO Y QUINTO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE DECLARAN REFORMADAS Y DEROGADAS DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DELOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE LA REFORMA POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MEXICO…”.
I.2 QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION EN LA ALCALDIA XXXXXX XXXXXX ES UNA UNIDAD ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA, QUE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 87, PÁRRAFO TERCERO, 104. 105 Y 117 DEL ESTATUTO DE GOBIERNO; 2, PÁRRAFO SEGUNDO, 6, 36 Y 39 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y 1° 120, 122, 122 BIS, FRACCIÓN III Y X XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XX XXXXXX XX XXXXXX; CUYAS FUNCIONES SON: ADMINISTRAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS DEL ÓRGANO POLÍTICO- ADMINISTRATIVO, CONFORME A LAS POLÍTICAS, LINEAMIENTOS CRITERIOS Y NORMAS ESTABLECIDAS POR LA OFICIALÍA MAYOR Y LA SECRETARÍA DE FINANZAS.
I.3 QUE EL MTRO. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE ADMINSTRACIÓN EN LA ALCALDIA XXXXXX XXXXXX, ACREDITA SU PERSONALIDAD EN TÉRMINOS DEL NOMBRAMIENTO DE FECHA 01 DE OCTUBRE 2018, EXPEDIDO POR LIC. SANTIAGO XXXXXXX XXXXXXX, ALCALDE DE ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO MANIFESTANDO QUE CUENTA CON FACULTADES AMPLIAS Y SUFICIENTES PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR XX XXXXXXXX 00 XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX; 2, FRACCIÓN VII Y 3, FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO; 122, FRACCIÓN III 122 BIS Y B DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO; NUMERALES 1.4.1, 1.4.1 Y 4.7. DE CIRCULAR UNO BIS
2015, NORMATIVIDAD EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PARA XXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX; ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES Y DIRECTORES DE ÁREA DE LA ALCALDIA XXXXXX XXXXXX LAS FACULTADES QUE SE INDICAN”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA 00 XX XXXXXXX XXX 0000; Y EN LOS NUMERALES 1.4.1, 1.4.2 Y 4.7. DE CIRCULAR UNO BIS 2015, NORMATIVIDAD EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PARA LAS ALCALDIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Y ASIMISMO, DE CONFORMIDAD EN LOS LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018.
1.4 QUE XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS ACREDITA SU PERSONALIDAD EN TÉRMINOS DEL NOMBRAMIENTO DE FECHA 01 DE OCTUBRE 2018, EXPEDIDO POR LIC. SANTIAGO XXXXXXX XXXXXXX, ALCALDE EN ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO.
I.5 QUE DENTRO DE LAS FUNCIONES QUE COMPETEN A “LA ALCALDIA”, ESTÁ LA DE ADMINISTRAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS DE LA ALCALDIA, QUE REQUIERE DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, MISMO QUE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
I.6 QUE EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 20, 21, FRACCIÓN VI, 54 FRACCIÓN XII Y 55 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, SE INFORMÓ AL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”, SOBRE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA Y CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES PRESTADOS POR “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”.
I.7 QUE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AUTORIZANDO A “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”, EL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES DEL EJERCICIO FISCAL 2018, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 10°, 11°, 12° Y TERCERO TRANSITORIO DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018.
I.8 QUE DE CONFORMIDAD CON LA PROYECCIÓN DE INGRESOS ANUAL 2018, SE PREVÉ LA OBTENCIÓN DE RECURSOS PROVENIENTES DE INGRESOS POR PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, EL CUAL AFECTA LA PARTIDA PRESUPUESTAL 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”, DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018.
I.9 QUE EL PRESENTE CONTRATO ESTÁ EXENTO DE LA PRESENTACIÓN DE FIANZA POR PARTE DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
I.10 QUE PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES, REQUIERE DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
I.11 QUE TIENE SU DOMICILIO EN XX. XXXXXXXX XXX XXXXX 0000, XXX. XXXXX XXXX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX X.X. 00000, EL QUE SE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
QUE CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO V DE LAS OBLIGACIONES DE LAS DEPENDENCIAS, ALCALDIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y ENTIDADES, ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO, PARRAFO TERCERO DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018, EL PRESENTE INSTRUMENTO FUE REVISADO Y APROBADO EN SU FORMA, CONTENIDO Y ALCANCES POR EL DIRECTOR JURÍDICO EN ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, ASI MISMO LAS AUTORIZACIONES PREVISTAS EN LOS NUMERALES 1.4 Y 1.5 SON CON EFECTOS A PARTIR DEL 01 DE OCTUBRE DE 2018.
II. DECLARA "EL PRESTADOR DE SERVICIOS":
II.1. QUE ES UNA PERSONA FÍSICA, CON CAPACIDAD JURÍDICA Y TÉCNICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO Y DISPONE DE LA ORGANIZACIÓN, ELEMENTOS PROPIOS, CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA SUFICIENTE PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DEL PROGRAMA PARA EL QUE SE LE ESTÁ CONTRATANDO, LO QUE ACREDITA CON EL CURRÍCULUM VITAE RESPECTIVO Y QUE TIENE ESTUDIOS DE: «ESCOLARIDAD», TAL COMO LO DEMUESTRA CON «DOCTO_OBTENIDO», DOCUMENTALES QUE FORMAN PARTE INTEGRAL EN EL EXPEDIENTE CORRESPONDIENTE.
II.2 QUE ES DE NACIONALIDAD «NACIONALIDAD», DE EDAD «EDAD» LO CUAL ACREDITA CON SU ACTA DE NACIMIENTO Y SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL «IFE», EXPEDIDA POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, MISM(O) (A) QUE OBRA EN EL EXPEDIENTE RESPECTIVO, BAJO EL RESGUARDO DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE NÓMINAS Y PAGOS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
II.3. QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES «RFC» LO QUE ACREDITA CON LA CÉDULA FISCAL EXPEDIDA A SU FAVOR POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ASÍ COMO QUE SU CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN ES «CURP» (EN CASO DE NO SER DE NACIONALIDAD MEXICANA. DOCUMENTALES QUE SE AGREGAN EN EL EXPEDIENTE CORRESPONDIENTE).
II.4. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 8 Y 15 DEL CÓDIGO FISCAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, Y ACORDE CON LO ESTABLECIDO EN LOS LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE
PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 “HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS”, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018.
II.5. QUE MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO SE ENCUENTRA INHABILITADO PARA DESEMPEÑAR LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO.
ASIMISMO, “EL PRESTADOR DE SERVICIO” SE OBLIGA A PRESENTAR TANTO LA CONSTANCIA DE NO EXISTENCIA DE REGISTRO DE INHABILITACIÓN EMITIDA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO LA EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (REGISTRO DE SERVIDORES PÚBLICOS SANCIONADOS), POR LO QUE SE REFIERE AL GOBIERNO FEDERAL Y EN EL CASO DE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO “EL PRESTADOR DE SERVICIO” QUEDA ENTERADO QUE NO PODRÁ INGRESAR A PRESTAR SUS SERVICIOS EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
II.6. QUE DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD NO HA OPTADO POR EL RETIRO VOLUNTARIO.
II.7. QUE MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO TIENE CELEBRADO OTRO CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OTRA ACTIVIDAD EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO AL TIEMPO DE CELEBRARSE EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
II.8. ASIMISMO MANIFIESTA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO NO DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL O DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
II.9. QUE ES SU VOLUNTAD PRESTAR LOS SERVICIOS QUE LE SON REQUERIDOS POR “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” Y QUE SON MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE EN ÉL SE ESTIPULAN.
II.10. QUE TIENE SU DOMICILIO EN: «CALLE» «COLONIA» «DELEGACION» «CP», MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
III. AMBAS PARTES DECLARAN:
ÚNICO. QUE MANIFIESTAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN ESTE CONTRATO NO HAY DOLO, LESIÓN, NI MALA FÉ Y QUE LO CELEBRAN DE ACUERDO CON SU LIBRE VOLUNTAD.
QUE EN ESTE ACTO SE RECONOCE MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTAN Y LA CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE SE SOMETEN AL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DEL MISMO DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” ENCOMIENDA A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: «ACTIVIDAD».
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE OBLIGA A REALIZAR SUS SERVICIOS Y ACATANDO LA NORMATIVIDAD CORRESPONDIENTE.
LOS SERVICIOS DEL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁN CUMPLIR CON LAS CARACTERÍSTICAS, PERIODICIDAD Y ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO.-
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PAGARÁ A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” POR CONCEPTO DE LA CONTRAPRESTACIÓN POR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA CANTIDAD MÁXIMA DE $ «MONTO_VIGENCIA».00 («MONTO_LETRA») MENOS LAS RETENCIONES, QUE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” TENGA OBLIGACIÓN DE REALIZAR CONFORME A LAS LEYES FEDERALES O LOCALES CORRESPONDIENTES
LA RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS, SERÁ EFECTUADA EN TÉRMINOS DE LAS REGLAS PARA EL CONTROL Y MANEJO DE LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE ASIGNEN A LAS DEPENDENCIAS, ALCALDÍAS Y ÓRGANOS. DESCONCENTRADOS QUE LOS GENEREN MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS.
SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” QUEDA OBLIGADO A CUMPLIR DE MANERA PERSONAL, CON TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES FISCALES A LAS QUE SE ENCUENTRE SUJETO SEGÚN LA NATURALEZA DE SU ACTIVIDAD
TERCERA.- FORMA DE PAGO.-
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” SE OBLIGA A PAGAR A "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" EL IMPORTE ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA ANTERIOR, MEDIANTE DEPÓSITO EN TARJETA DE DÉBITO O PAGO EN VENTANILLA POR CHEQUE A NOMBRE DEL “PRESTADOR DE SERVICIOS”, CONTRA PRESENTACIÓN DE LOS RECIBOS QUE AMPAREN EL PAGO DE TALES CANTIDADES, SIEMPRE Y CUANDO SE ESTÉ CUMPLIENDO CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONFORME A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PAGARÁ AL "PRESTADOR DE SERVICIOS" EL MONTO EN PARCIALIDADES DENTRO DEL MES POSTERIOR AL VENCIMIENTO DE LA PARCIALIDAD QUE CORRESPONDA A LA CONCLUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS, SIEMPRE Y CUANDO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” HAYA ENTREGADO LOS INFORMES DE ACTIVIDADES QUE CUMPLAN CON LAS CONDICIONES Y TERMINOS PREVISTOS EN LA PRIMERA CLÁUSULA.
LAS PARTES ACUERDAN QUE PARA EL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL NO SE OTORGARÁ ANTICIPO, QUE EL IMPORTE ES FIJO Y NO SE RECONOCERÁ INCREMENTO NI ESCALATORIA ALGUNA DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO.
TRATÁNDOSE DE PAGOS EN EXCESO QUE RECIBA “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, ÉSTE DEBERÁ REINTEGRAR DICHAS CANTIDADES MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, A REQUERIMIENTO, “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” LOS CARGOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS NATURALES DESDE LA FECHA DEL PAGO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ÁRTICULO 64 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MEXICO.
CUARTA.- VIGENCIA O PLAZO DE EJECUCIÓN.-
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" SE OBLIGA A INICIAR LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, EL DIA «FECHA INICIO_» Y A TERMINARLOS A MÁS TARDAR EL DIA «FECHA FIN_». CONVINIENDO AMBAS PARTES DESDE ESTE MOMENTO, QUE “EL ORGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PODRÁ DAR POR TERMINADO CON ANTICIPACIÓN Y SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA, EL PRESENTE CONTRATO, CUANDO EL PRESTADOR INCURRA EN UNA FALTA DE OBSERVANCIA Y/O CUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO DEL PRESENTE INSTRUMENTO O INCURRA EN ALGUNA DE LAS CAUSALES PREVISTAS EN LAS CLÁUSULAS QUE SE DETALLEN CON POSTERIDAD.
AL CUMPLIRSE EL TÉRMINO POR EL QUE SE CELEBRA ESTE CONTRATO, EL MISMO QUEDARÁ CONCLUIDO, SIN NECESIDAD DE AVISO PREVIO A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, EN RAZÓN DE HABERSE CUMPLIDO EL TÉRMINO POR EL CUAL SE CELEBRÓ Y SE DIO ORIGEN.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.-
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE OBLIGA A PRESTAR LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO CONFORME A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL MISMO, Y QUE DICHOS SERVICIOS SE EFECTÚEN A SATISFACCIÓN DE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” ASÍ COMO A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO POR NEGLIGENCIA, IMPERICIA O DOLO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 2615 DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" SE OBLIGA A REALIZAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EN EL LUGAR QUE DESIGNE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” ENTREGARA A “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” UN INFORME DEL SERVICIO PRESTADO CON MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO EN CUYO CONTENIDO SE DEBERA JUSTIFICAR LA FORMA Y MODO DADO AL DE OBJETO DEL CONTRATO.
SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS.
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL O TOTAL A FAVOR DE TERCERAS PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO POR LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS REALIZADOS QUE AMPARA ESTE CONTRATO, SIN PREVIA APROBACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DEL “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE OBLIGA A NO CEDER A TERCERAS PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX SUS DERECHOS U OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO.
SÉPTIMA.- FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SEÑALA QUE EN TODOS LOS CASOS, EL SERVICIO PROPORCIONADO SERÁ EFECTUADO DE MANERA PROFESIONAL, ACEPTANDO SU RESPONSABILIDAD POR CUALQUIER CAUSA RELACIONADA CON IMPERICIA, NEGLIGENCIA, DOLO O MALA FE, EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
OCTAVA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
LOS DATOS, PRODUCTOS O RESULTADOS OBTENIDOS DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, LOS DERECHOS DE AUTOR O DE OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS, QUE SE DERIVEN DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍAS, ASESORÍAS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES, INVARIABLEMENTE SE CONSTITUIRÁN A FAVOR DE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, SALVO QUE EXISTA IMPEDIMENTO, POR LO QUE “EL PRESTADOR DE SERVICIO” NO PODRÁ DIVULGAR POR MEDIO DE PUBLICACIONES, CONFERENCIAS, INFORMES O CUALQUIER OTRA FORMA, LOS PRODUCTOS, DATOS Y RESULTADOS OBTENIDOS DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DE ESTE CONTRATO.
NOVENA.- SUPERVISIÓN.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” TENDRÁ LA FACULTAD DE VERIFICAR LOS SERVICIOS QUE PROPORCIONE "EL PRESTADOR DE SERVICIO" LOS CUALES SERÁN SUPERVISADOS A TRAVÉS DEL PERSONAL AUTORIZADO DEL ÁREA USUARIA QUE EN FORMA DIRECTA RECIBA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, CON EL OBJETO DE VERIFICAR EL CONTROL, CALIDAD Y AVANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
SI "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX" A TRAVÉS DEL PERSONAL AUTORIZADO DEL ÁREA USUARIA QUE EN FORMA DIRECTA RECIBA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, LLEGARE A DETECTAR Y DETERMINAR ALGUNA IRREGULARIDAD POR PARTE DE "EL PRESTADOR DE SERVICIO" EN CUANTO A LA CALIDAD, AVANCE DE LOS SERVICIOS Y/O CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS EN ESTE INSTRUMENTO, DICHA IRREGULARIDAD, SERÁ CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX".
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" CONVIENE Y ACEPTA QUE EN LA ATENCIÓN AL ORIGEN EXCEPCIONAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO NO SE DERIVAN EN NINGUN CASO RELACIONES DE CARÁCTER PERMANENTE NI LABORAL, POR LO QUE MANIFIESTA SABER DE MANERA EXPRESA QUE "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX" NO SE ENCUENTRA OBLIGADA A CELEBRAR UN NUEVO CONTRATO CON “EL PRESTADOR DE SERVICIO”, AL TÉRMINO DEL PRESENTE NI A RECLAMAR ACCION ALGUNA DE CARÁCTER LABORAL CON MOTIVO DE LA NATURALEZA JURÍDICA DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA.- NATURALEZA DEL CONTRATO.
LAS PARTES QUEDAN OBLIGADAS A DAR CUMPLIMIENTO A LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO, SUJETÁNDOSE A LO DISPUESTO POR EL ART. 2614 DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, POR TRATARSE DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE NATURALEZA CIVIL SUJETO AL PAGO DE HONORARIOS, POR CONSIGUIENTE, QUEDAN LIBERADAS DE OTORGARSE PRESTACIONES PROPIAS DE UNA RELACIÓN DE TRABAJO, POR LO QUE EL “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” EXIME A “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD PRESENTE O FUTURA POR ESTE CONCEPTO.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” TENDRÁ LA FACULTAD DE VERIFICAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE ESTÉN EJECUTANDO POR "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONVENIDAS, EN CASO DE NO SER SATISFACTORIAS, LA “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”, PROCEDERÁ A APLICAR LAS PENAS CONVENCIONALES, Y EN SU CASO, RESCINDIRÁ ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO O EXIGIRÁ A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SU CUMPLIMIENTO; EN AMBOS CASOS, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR SU INCUMPLIMIENTO CAUSE A “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”.
SI "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX" A TRAVÉS DEL PERSONAL AUTORIZADO DEL ÁREA USUARIA QUE EN FORMA DIRECTA RECIBA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, LLEGARE A DETECTAR Y DETERMINAR ALGUNA IRREGULARIDAD POR PARTE DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” EN CUANTO A LA CALIDAD, AVANCE DE LOS SERVICIOS Y/O CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS EN ESTE INSTRUMENTO, DICHA IRREGULARIDAD, SERÁ CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX".
DÉCIMA SEGUNDA.- PENA CONVENCIONAL.- PARA EL CASO DE QUE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” INCUMPLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O EN CUALQUIERA DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, SE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DE ESTE CONTRATO POR CADA DÍA, A PARTIR DE QUE SE COMPRUEBE SU INCUMPLIMIENTO, CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO Y 57 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
DECIMA TERCERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN NECESIDAD DE RESOLUCIÓN JUDICIAL, POR INCUMPLIMIENTO DEL "PRESTADOR DE SERVICIOS" DE CUALQUIER ESTIPULACIÓN AQUÍ CONTENIDA O EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 2614 DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, LO ANTERIOR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO Y 63 Y 64 DE SU REGLAMENTO.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PODRÁ OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO O BIEN, SOLICITAR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. SI “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” OPTA POR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” ESTARÁ OBLIGADO A PAGAR DAÑOS Y PERJUICIOS.
PARA EL CASO DE QUE PROCEDA LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, ÉSTA SE INICIARÁ DENTRO DE LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A AQUEL EN EL QUE SE HUBIERA AGOTADO EL PLAZO PARA HACER EFECTIVA LA PENA CONVENCIONAL.
ADEMÁS "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX" RESCINDIRÁ EL CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACION SE SEÑALAN:
A) SI “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” NO CUMPLE CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS.
B) SI " EL PRESTADOR DE SERVICIOS" NO REALIZA LOS SERVICIOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DEL PRESENTE CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LA CALIDAD, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
C) SI " EL PRESTADOR DE SERVICIOS " SUBCONTRATA, CEDE O TRASPASA EN FORMA TOTAL O PARCIAL LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO.
D) EN GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A " EL PRESTADOR DE SERVICIOS" QUE LESIONE LOS INTERESES DE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”.
E) POR INCUMPLIMIENTO "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX" PODRÁ OPTAR POR EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O BIEN DECLARAR ADMINISTRATIVAMENTE LA RESCISIÓN DEL MISMO CON INDEPENDENCIA DE ACUDIR A LAS INSTANCIAS LEGALES COMPETENTES.
DÉCIMA CUARTA.- NULIDAD DE PLENO DERECHO.-
SERÁ CAUSA DE ANULACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, QUE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE ENCUENTRE EN EL SUPUESTO SEÑALADO EN LA DECLARACIÓN II.4 DE ESTE CONTRATO, O BAJO ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESTABLECIDAS EN LAS FRACCIONES II, III, IV, V, IX, X, XII Y XV DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
PARA EL CASO QUE RESULTEN FALSAS LAS DECLARACIONES ¨EL PRESTADOR DE SERVICIOS¨ DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO INCURRIENDO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2225 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, PROCEDERÁ LA ANULACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA "EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX"
DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PODRÁ SUSPENDER EN TODO O EN PARTE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y EL PAGO CONSECUENTE EN CUALQUIER MOMENTO, POR CAUSAS JUSTIFICADAS, SIN QUE ELLO IMPLIQUE SU TERMINACIÓN DEFINITIVA.
EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ CONTINUAR PRODUCIENDO TODOS LOS EFECTOS LEGALES, UNA VEZ QUE HAYAN DESAPARECIDO LAS CAUSAS QUE MOTIVARON DICHA SUSPENSIÓN.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
“EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” PODRÁ EN CUALQUIER TIEMPO DAR POR TERMINADA ANTICIPADAMENTE LA RELACIÓN CONTRACTUAL QUE SE FORMALIZA, CUANDO CONCURRAN CAUSAS JUSTIFICADAS O SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE, DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. “LAS PARTES”, CONVIENEN QUE ¨EL PRESTADOR DE SERVICIOS¨ DEBERA AVISAR CON QUINCE DIAS DE ANTICIPACIÓN LA TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, OBLIGADO A SATISFACER LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE CAUSEN, CUANDO NO DIERE ESTE AVISO CON OPORTUNIDAD, SUJETANDOSE A LAS DISPOSICIONES SEÑALADAS POR EL ARTÍCULO 69, PÁRRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
DÉCIMA SEPTIMA- CAUSAS DE SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES.-
DE CONFORMIDAD CON EL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MEXÍCO, EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ SUSPENDERSE CUANDO LAS AUTORIDADES FISCALES DETECTEN LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES POR PARTE DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
SI “EL PRESTADOR DE SERVICIO” NO DÁ CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES FISCALES QUE SEÑALA EL CÓDIGO FISCAL EN EL PLAZO ESTABLECIDO, “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” DARÁ POR TERMINADO EL CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA LA MISMA.
DÉCIMA OCTAVA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ SER MODIFICADO EN TODO O EN PARTE A TRAVÉS DEL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, MISMO QUE SERÁ SUSCRITO POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CELEBRAN EL PRESENTE INSTRUMENTO O POR QUIEN LOS SUSTITUYA EN EL CARGO O FUNCIONES, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 67 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, CUANDO ASÍ LO CONSIDERE NECESARIO “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”.
DÉCIMA NOVENA.- EXCLUSIÓN.-
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” TIENE PLENO CONOCIMIENTO DE QUE NO LE ES APLICABLE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO “B“ DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, NI LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, POR LO TANTO SE ENCUENTRA EXCLUIDO DE LAS REFERIDAS DISPOSICIONES LEGALES.
“POR LO QUE DESDE ESTE MOMENTO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, RENUNCIA EXPRESAMENTE A CUALQUIER ACCIÓN O DERECHO PARA DEMANDAR POR LA VÍA LABORAL, POR LAS RAZONES EXPUESTAS EN EL MISMO”.
TODA VEZ QUE SE TRATA DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER CIVIL, CON LA FIRMA DE LAS PARTES QUE LO CELEBRAN QUEDA DEBIDAMENTE PERFECCIONADO, NO PUDIENDO SER EN CONSECUENCIA, CONSIDERADO COMO TRABAJADOR DE “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX” POR LO QUE TAMPOCO LE SERÁ APLICABLE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
VEINTEAVA.- INTERPRETACIÓN.
PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LAS LEYES Y JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR TANTO, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” RENUNCIA AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
LAS PARTES MANIFIESTAN SER SABEDORAS DEL CONTENIDO, EFECTOS Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE LO FIRMAN DE CONFORMIDAD Y PARA CONSTANCIA LEGAL, EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, EL DIA, , «FECHA INICIO_»
POR “EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN LA ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX”
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” QUE CELEBRA EL CONTRATO