CUMPLIMENTACIÓN DE LA OFERTA GENÉRICA DE EMPLEO CARACTERISTICAS DE LA OFERTA:
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CUMPLIMENTACIÓN DE LA OFERTA GENÉRICA DE EMPLEO CARACTERISTICAS DE LA OFERTA:
Cuando la preselección de los candidatos se encomiende a los Servicios Públicos de Empleo, se hará la correspondiente solicitud al responsable de estos de las provincias en las que se deseen cubrir puestos.
Dicha solicitud deberá hacerse en el modelo oficial, que existe al efecto en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo.
Se deberá solicitar la preselección de, al menos, cinco candidatos por puesto. No obstante, si hubiera más demandantes de empleo que cumplieran los requisitos, los Servicios Públicos de Empleo seleccionarán atendiendo al criterio de antigüedad en la demanda.
El modelo oficial de solicitud se completará con los siguientes anexos, en hoja adjunta:
ANEXO 1: DISTRIBUCIÓN DE LOS PUESTOS
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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Las plazas de personal laboral temporal sujetas al IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado que se ofertan son las que se detallan a continuación:
Ámbito Territorial | Grupo profesional y especialidad | Número de plazas |
Madrid (Madrid) | E2 – Preimpresión Digital | 1 |
ANEXO 2: REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
Además de los requisitos relacionados en el modelo oficial, los candidatos deben reunir los siguientes requisitos:
1. Situación laboral: Estar en situación de desempleo y haberlo estado, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la preselección por parte del Centro Gestor a los Servicios Públicos de Empleo.
En caso de no existir suficientes personas candidatas que cumplan el requisito anteriormente reseñado, se podrá reducir progresivamente el período exigido de permanencia en los Servicios Públicos de Empleo.
2. Nacionalidad:
CORREO ELECTRÓNICO:
Xx XX XX XXXXXXXXXX, 00 00000 XXXXXX
TEL. 000 000 000
Tener la nacionalidad española.
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Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
3. Edad: Tener cumplidos 16 años.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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4. Titulación: Estar en posesión del título que se señala en el Anexo II o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
6. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
COMUNICACIÓN CON LOS PRESELECCIONADOS
Una vez que los Servicios Públicos de Empleo faciliten la relación de candidatos preseleccionados, el gestor se pondrá en contacto con ellos, citándolos para entregarles una copia del proceso selectivo.
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RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN LA MODALIDAD DE CONTRATO DE RELEVO DEL GRUPO PROFESIONAL E2, ESPECIALIDAD DE PREIMPRESIÓN DIGITAL, SUJETO AL IV CONVENIO ÚNICO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, EN LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A., ENCOMENDANDO LA PRESELECCION A LOS SERVICIOS PUBLICOS DE EMPLEO.
1. Se va a proceder a la cobertura de una plaza de personal laboral temporal en la modalidad de contrato de relevo en el grupo profesional E2-Preimpresión Digital y con la jornada que se indica en el Anexo II.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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Según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 22 de noviembre de 2001 por la que se establecen criterios para la selección de personal laboral temporal, la Resolución de 28 de febrero de 2022 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones de gestión relativas a la jubilación parcial del personal laboral acogido al IV CUAGE, la Resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función Pública, de 21 xx xxxxx de 2022, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento de autorización de contratos de relevo para el personal laboral acogido al IV CUAGE, y del resto de la normativa vigente en la materia, y previo informe favorable por la Dirección General de la Función Pública, esta Subsecretaría acuerda convocar proceso selectivo para la cobertura de una plaza de personal laboral temporal con contrato en la modalidad de relevo, encomendando la preselección a los Servicios Públicos de Empleo.
El contrato de relevo que se celebre derivado de la presente convocatoria:
a) Deberá reflejar la persona cuya jubilación parcial anticipada ha motivado la contratación del correspondiente relevista.
b) Tendrá una duración que no excederá, en ningún caso, de tres años, produciéndose, alcanzado dicho periodo, la extinción automática de la relación laboral de la persona relevista.
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c) La extinción se producirá, en todo caso, cuando la persona que ha accedido a la jubilación parcial anticipada alcance la edad ordinaria de jubilación total, con independencia de que pueda seguir prestando servicios en su calidad de jubilada parcial.
2. La selección final se realizará mediante el sistema de CONCURSO con las valoraciones que se especifican en el Anexo I.
3. La descripción de la plaza se detalla en el Anexo II de esta convocatoria.
El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
Los candidatos preseleccionados por los Servicios públicos de Empleo podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. Los candidatos dispondrán de cinco días hábiles, contados desde la fecha de la entrega de una copia del presente proceso selectivo, para presentar ante el Tribunal la documentación acreditativa de los méritos que deseen les sean valorados en el concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el Anexo I.
6. En el plazo de tres días hábiles desde la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación, el Tribunal calificador publicará en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, la relación que contenga la valoración provisional de la fase de concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
7. Finalizada la fase de concurso, el presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido al menos la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.
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Dicha relación se publicará en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los primeros aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas, de un plazo de cinco días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.
8. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.
9. La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
10. El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de un mes, durante el que la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.
11. En el caso de que alguno de los candidatos propuestos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos a los aspirantes, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a que se refiere la base 7.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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12. Si una vez formalizado el contrato, la persona relevista causara baja o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba fuera desfavorable, se podrá sustituir por el siguiente candidato de lista a la que se refiere la base 7, siempre y cuando el siguiente candidato siga cumpliendo los requisitos fijados en la presente convocatoria y no se hayan superado los plazos de validez de las autorizaciones establecidos en el apartado 5 de la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral, nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, de 17 de noviembre de 2010, y la Resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función Pública por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento de autorización de contratos de relevo para el personal laboral acogido al IV CUAGE, de 21 xx xxxxx de 2022.
13. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Convenio colectivo que, en su caso, sea de aplicación; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en el referido proceso selectivo.
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DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
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Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. P.D (Orden
ICT/111/2021, de 5 de febrero), la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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ANEXO I:
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DESCRIPCION DEL PROCESO SELECTIVO
El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos con las valoraciones que se detallan a continuación:
Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: 80 puntos
1. Experiencia profesional en puestos de trabajo del mismo grupo profesional y especialidad o categoría profesional equivalente con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a la que se opta.
Puntuación máxima: 80 puntos.
Forma de puntuación: 6´666 puntos por cada mes completo de experiencia.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios o copia de la facturas o facturas, en las que se aprecie el prestador de los servicios y el contenido del servicio, que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.
2. Experiencia profesional en puestos de trabajo de grupo profesional o categoría profesional igual o superior y con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta:
Puntuación máxima: 24 puntos.
Forma de puntuación: 2´222 puntos por cada mes completo de experiencia. Forma de acreditación: igual que la anterior.
3. Experiencia profesional en puestos de trabajo de grupo profesional o categoría profesional inferior y con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta:
Puntuación máxima: 16 puntos.
Forma de puntuación: 1´111 puntos por cada mes completo de experiencia. Forma de acreditación: igual que la anterior.
En todo caso, la experiencia se valorará con independencia del ámbito de adquisición.
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Méritos formativos: 20 puntos
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1. Poseer una titulación académica oficial o cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesional distinta a la(s) exigida(s) para participar en el presente proceso selectivo, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar, o haber superado el proceso selectivo de acceso como personal laboral fijo a algún puesto de similar categoría profesional y contenido funcional que los correspondientes a la plaza a la que se opta, siempre y cuando dicho proceso se hubiera celebrado en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria:
Puntuación máxima: 10 puntos.
Forma de puntuación: 10 por un proceso selectivo superado y 5 puntos por cada titulación o especialidad.
Forma de acreditación: copia auténtica de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención, o de haber superado el correspondiente proceso selectivo.
2. Cursos, seminarios o congresos (siempre que tengan una duración mínima de 15 horas) relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta:
Puntuación máxima: 10 puntos.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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Forma de puntuación: 2 puntos por cada curso, seminario o congreso. Forma de acreditación: copia auténtica de los títulos o certificados.
Para superar el proceso, será necesario obtener la puntuación mínima que determine el Tribunal.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo del mismo grupo profesional y especialidad o categoría profesional equivalente con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a la que se opta.
2. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo de grupo profesional o categoría profesional igual o superior y con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta.
3. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo de grupo profesional o categoría profesional inferior y con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta.
4. Titulaciones o, en su caso especialidades, distintas a la exigida, relacionadas con las funciones de la plaza.
5. Cursos, seminarios o congresos.
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Antes de la formalización del contrato, los candidatos que no posean la nacionalidad española y el conocimiento xxx xxxxxxxxxx no se deduzca de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una prueba en la que se compruebe que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
El contenido de la prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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ANEXO II
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RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS
Centro directivo/ Organismo: OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A.
Grupo profesional: E2
Especialidad profesional: Preimpresión Digital
Convenio aplicable: IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
N.º de Plazas | Titulación requerida | Funciones | Retribución | Jornada | Provincia de residencia | Localidad de residencia |
1 | Las descritas a continuación | Las descritas a continuación | La retribución bruta anual será de 8.947,47 Euros (en 14 Pagas) | 50% | Madrid | Madrid |
Titulación requerida: Título de bachillerato o técnico equivalente.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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Funciones:
- Digitalización de documentos de textos.
- Tratamiento de documentos digitales de textos. Manejo de los equipos y de las aplicaciones informáticas implicadas en el tratamiento de textos.
- Digitalización de originales de imágenes. Tratamiento de la imagen digital.
- Ajuste de la calidad de la imagen digital.
- Manipulación, preservación y conservación de fondos documentales y preservación digital.
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ANEXO III
) a través del Código Seguro de Verificación: MGT2Xwv503kdhAYPi3TÑGQ
ÓRGANO DE SELECCIÓN TITULAR
PRESIDENTE: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Jefe de Área de RRHH de la OEPM.
SECRETARIA: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Jefa de Servicio de Organización y Planificación de RRHH en la OEPM.
VOCALES:
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx (UGT), M1, Técnico Superior de Diseño y Gestión de la Producción Gráfica en la OEPM.
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (CSIF), Técnico Superior Examinador en la OEPM.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx (CCOO), personal laboral E1, Ayudante de Gestión y servicios Comunes, con destino en OEPM.
ÓRGANO DE SELECCIÓN SUPLENTE
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX - DIRECTORA. Fecha 14/08/2023 09:40
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PRESIDENTA: Xxxxxx Xxx Xxxx Xxxxx, Jefa de Sección en el área de RRHH, de la OEPM.
SECRETARIA: Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Jefa de Negociado de Personal en el área de RRHH de la OEPM.
VOCALES:
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx (UGT), personal laboral E2, Impresión Gráfica, con destino en
S.G. de Oficialía Mayor y Administración Financiera, Mincotur.
Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxxx (CSIF), Técnico Superior Examinador de la OEPM. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (CCOO), personal labora 4G con destino en el Mincotur
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