Contract
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXX Y LA AGENCIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE LA CÁTEDRA DE POLÍTICA DE COMPETENCIA
En Sevilla, a 00 xx xxxxx xx 0000
XXXXXXXX
De una parte, D. Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx, Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxxx, en nombre y representación de la misma en virtud de su nombramiento por Decreto 57/2012, de 6 xx xxxxx de la Junta de Andalucía (BOJA 48, de 9 xx xxxxx de 2012), con domicilio social en Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, x/x, 00000 Xxxxxxx, y con las atribuciones conferidas por el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxx, aprobados por el Decreto 324/2003 de 25 de noviembre (BOJA 235, de 5 de diciembre), modificado por el Decreto 348/2004, de 25 mayo y el Decreto 16/2008, de 29 de enero.
Y de otra parte, Xx Xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Directora Gerente de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, con domicilio en Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxxx, actuando en su nombre y representación de acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 7.1 y 10.2 de la Ley 6/2007, de 26 xx xxxxx, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía; el artículo 6, letra m) de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 289/2007, de 11 de diciembre, y el Decreto de nombramiento 261/2012, de 12 xx xxxxx.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para formalizar el presente
documento y asumir sus derechos y obligaciones, por lo que
EXPONEN
1.- Que con fecha 21 de septiembre de 2011 se firmó un Convenio Marco de Colaboración entre la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía y la Universidad xx Xxxxxxx para el desarrollo de las actividades de la Cátedra de Política de Competencia.
2.- Que el Decreto Ley 5/2014, de 22 xx xxxxx, de medidas normativas para reducir las trabas
administrativas para las empresas modificó el articulado de la Ley 6/2007, de 26 xx xxxxx, de
y asignó a la Agencia nuevos fines
generales y competencias.
3.- Que, con posterioridad, la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir
las trabas administrativas para las empresas confirmó esta ampliación de cometidos.
4.- Que la Agencia considera que sus nuevas funciones determinan la necesidad de ampliar el área de colaboración con la Universidad xx Xxxxxxx, a través de la Cátedra de Política de Competencia, para la atribución y desarrollo de nuevas tareas de análisis, investigación, docencia y divulgación.
5.- Que la Universidad considera de interés la cesión de la gestión económica y administrativa de la Cátedra de Política de Competencia a la Fundación de Investigación de la Universidad xx Xxxxxxx (FIUS).
La Universidad y la Agencia, por los motivos expuestos, acuerdan establecer una adenda al
convenio marco de colaboración, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO
Se modifica el primer párrafo de la cláusula primera del convenio, que queda como sigue:
Ambas partes acuerdan establecer una relación fluida y directa para la defensa y la promoción de la competencia en el ámbito de la Universidad; para lo cual esta, a través del Departamento de Economía e Historia Económica y del Centro de Documentación Europea, llevará a cabo el desarrollo de las actividades de la Cátedra de Política de Competencia. Su objeto será el análisis, la investigación y la docencia sobre las siguientes materias:
Con carácter general, sobre el funcionamiento competitivo de los mercados y la mejora de la
regulación económica.
De modo concreto, sobre materias relacionadas con la defensa de la competencia y la prevención de ilícitos anticompetitivos; la implantación de sistemas de información que promuevan la política de competencia; el desarrollo de mecanismos que garanticen la unidad xxx xxxxxxx y la remoción de obstáculos a las libertades de establecimiento y circulación de los operadores económicos; el establecimiento de cauces institucionales de cooperación entre distintas Administraciones para avanzar en la mejora de la regulación económica; la adopción de criterios para avanzar en la simplificación administrativa y en la transparencia normativa; y la instauración de dispositivos que refuercen la protección de los consumidores y usuarios.
CLÁUSULA CUARTA.- ACTIVIDADES DE LA CÁTEDRA
Se modifica el primer párrafo de la cláusula cuarta del convenio, relativo a sus objetivos
específicos, que queda como sigue:
Las partes firmantes acuerdan que los objetivos específicos de la Cátedra serán los siguientes:
Promover entre los universitarios el interés científico y la dedicación profesional por áreas de conocimiento relacionadas con la defensa y promoción de competencia, la mejora de la regulación económica o el desarrollo de herramientas metodológicas y conceptuales para la efectiva implantación de la unidad xx xxxxxxx.
Divulgar entre ellos la misión y objetivos de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía; en particular, los relacionados con la preservación del funcionamiento competitivo xxx xxxxxxx respecto de las actividades que se desarrollan en Andalucía, la difusión de los valores positivos asociados a la existencia de una competencia efectiva, la aplicación de los principios que refuerzan la transparencia, simplicidad y eficacia del marco normativo, la detección de trabas a la unidad xx xxxxxxx, la intermediación entre los operadores económicos y las Administraciones andaluzas en el proceso de mejora y simplificación de la regulación económica en Andalucía y el establecimiento de mecanismos para la protección del acceso y ejercicio de las actividades económicas.
Se modifica el párrafo segundo de la cláusula cuarta del convenio, relativo a las actividades
esenciales de la Cátedra, para conseguir sus objetivos específicos, que queda como sigue:
Como actividades esenciales de la Cátedra para la consecución de dichos objetivos se describen
las siguientes:
a) El desarrollo de seminarios, talleres y ciclos de conferencias.
b) La realización de proyectos de investigación relacionados con dicho ámbito.
Entre otras actividades complementarias se contemplan:
1. La concesión de ayudas para llevar a cabo estudios e investigación que permitan la elaboración de Tesis Doctorales. La Comisión de Seguimiento establecerá las condiciones de obtención de dichas ayudas. Los beneficiarios se integrarán en la Cátedra para el desempeño de sus tareas.
2. La realización de Cursos de Postgrado, según la normativa de Títulos Propios de la propia Universidad y de aquellos otros Convenios que la Universidad pueda tener con entidades externas en materia de formación.
3. La participación de los miembros de la Comisión de Seguimiento en representación de la Universidad, o quienes designe la Dirección de la Cátedra, en Congresos, Conferencias, Convenciones o cualquier otro foro donde puedan presentar
r información y formación relevante para la política de competencia, la mejora y simplificación de la regulación económica, la aplicación de los principios de garantía de la unidad xx xxxxxxx, la detección de trabas y obstáculos en el acceso y ejercicio de las actividades económicas y la protección de los consumidores y usuarios.
4. La participación de la Dirección de la Cátedra, o quienes ésta designe, como Jurado en el “Premio de Investigación sobre Políticas de Promoción y Defensa de la Competencia” de la ADCA.
5. La concesión de becas, para llevar a cabo actividades prácticas dirigidas a capacitar profesionalmente a sus beneficiarios. La Comisión de Seguimiento establecerá las condiciones de obtención de dichas becas. El desarrollo de dichas prácticas se realizará en la sede de la ADCA y bajo su dirección.
6. Cualesquiera otras que, en relación con el objeto de la Cátedra, estime oportuno, de manera
extraordinaria, la Comisión de Seguimiento.
Las actividades básicas o complementarias desarrolladas por la Cátedra que estén dirigidas a alumnos de la Universidad podrán ser tramitadas para su convalidación como créditos de libre configuración de acuerdo con la normativa vigente.
La Dirección de la Cátedra, de acuerdo con los términos contenidos en la Cláusula Segunda del presente Convenio, deberá diseñar una Programación Anual de actividades que deberá detallar los contenidos por cada actividad prevista.
La Programación Anual debe ser aprobada por la Comisión de Seguimiento, siendo posible la realización de actividades no incluidas en la misma si tiene la previa aprobación de dicha Comisión.
CLÁUSULA 6.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD
De acuerdo con el expositivo 5 anterior, modificar el apartado primero de la cláusula sexta del
convenio, añadiendo el siguiente párrafo:
“La Universidad encomendará la gestión económica y administrativa de la Cátedra de Política de Competencia, derivada del convenio xxxxx xxxxxxxx entre ambas instituciones, a la Fundación de Investigación de la Universidad xx Xxxxxxx. Dicha Fundación, atendiendo a su naturaleza de medio propio de la Universidad, recibirá en nombre y por cuenta de esta los importes de las subvenciones concedidas por la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía para el desarrollo de las actividades de la cátedra”.
Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.