CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
Conste por el presente contrato que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE, con domicilio legal en Av. General Xxxxxxx Nº 859 – Pueblo Libre con RUC Nº 20131377062, debidamente representado por el Gerente Municipal Señor Lic. XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 06639253, a quien en a delante de le denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte la empresa DIXISA S.A.C. identificada con RUC Nº 20512556583, con domicilio legal en Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xx 000, xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx, debidamente representada por su Gerente General Xx. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 09855975 a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL.
Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006.
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850.
Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley N° 26850.
Bases Administrativas de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0014-2006-MPL.
La Propuesta Técnica y Económica presentadas por LA EMPRESA.
CLÁUSULA SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD.
LA MUNICIPALIDAD, según la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es una persona jurídica de Derecho Público, con autonomía económica y administrativa. LA MUNICIPALIDAD, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales, para fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción. Para cumplir cabalmente con esta labor es necesario contar con el debido suministro de bienes que aseguren la operatividad de los servicios básicos y su adecuada difusión. En virtud de ello, se desarrolló la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0014-2006-MPL-B, cuya Buena Pro ha sido otorgada a LA EMPRESA.
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO.
Mediante el presente contrato LA EMPRESA suministrara a LA MUNICIPALIDAD, lo siguiente:
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE |
CANTIDAD |
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MEDIDA |
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01 |
PINTURA XXXX COLOR BLANCO |
GALÓN |
55 |
02 |
PINTURA XXXX XXXX XXXXXXX |
GALÓN |
50 |
03 |
PINTURA XXXX AMARILLO LIMÓN |
GALÓN |
40 |
04 |
PINTURA XXXX XXXX XXXXXX |
GALÓN |
50 |
05 |
PINTURA XXXX NEGRO |
GALÓN |
40 |
06 |
PINTURA XXXX VERDE TONER |
GALÓN |
30 |
07 |
PINTURA BASE XXXX XXXXXX |
GALÓN |
20 |
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO.
El plazo del presente contrato tiene vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre del 2006.
CLÁUSULA QUINTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO.
LA MUNICIPALIDAD abonará a LA EMPRESA la suma total de S/. 13,517.50 (Trece Mil Quinientos Diecisiete y 50/100 Nuevos Soles), incluido I.G.V. La forma de pago será en cuotas proporcionales a cada entrega. Los pagos se efectuaran en la Unidad de Tesorería a la presentación de la respectiva Factura girada a nombre de LA MUNICIPALIDAD y en moneda Nacional, acompañada de la Guía de Remisión debidamente firmada por el Almacén Central, de acuerdo a la Propuesta Económica de LA EMPRESA.
Las Facturas no podrán presentarse ni ser canceladas total o parcialmente por la Unidad de Tesorería, bajo responsabilidad, antes de la recepción a su entera satisfacción de los productos según cronograma establecido.
Los atrasos que se produzcan en el pago a LA EMPRESA por causas ajenas a LA MUNICIPALIDAD, no devengarán el pago de interés alguno.
CLÁUSULA SEXTA: PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA.
El plazo de entrega de los bienes será de acuerdo al cronograma establecido, el cual forma parte del presente contrato. LA MUNICIPALIDAD, emitirá la Orden de Compra el primer día hábil del mes al que corresponde la entrega. LA EMPRESA entregará los bienes acompañados de la respectiva Guía de Remisión. LA MUNICIPALIDAD no recepcionará bienes que incumplan con las características indicadas en las especificaciones técnicas.
CLÁUSULA SÉTIMA: REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO.
Son requisitos para la formalización del presente contrato:
LA EMPRESA entregará a LA MUNICIPALIDAD, a la suscripción del contrato, como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato una Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento de Contrato, en concordancia con el numeral 6 del Art. 217 del D.S. Nº 084-2004-PCM.
LA EMPRESA entregará a LA MUNICIPALIDAD, una Declaración Jurada de NO estar Inhabilitado de Contratar con el Estado la cual será verificada por LA MUNICIPALIDAD a través del SEACE, en concordancia con el Art. 55 del Reglamento del Registro Nacional de Proveedores.
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA.
Dar cumplimiento a su Propuesta Técnica y Económica presentada de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas emitidas por LA MUNICIPALIDAD, las cuales forman parte integrante del presente contrato.
No utilizar información proporcionada por LA MUNICIPALIDAD para el cumplimiento del presente contrato, para fines ajenos a la presente contratación.
No contratar, ceder o transferir total o parcialmente el objeto materia del presente contrato.
A emitir la Factura una vez que se emita la respectiva Orden de Compra.
CLÁUSULA NOVENA: OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD.
Emitir la Orden de Compra, esto de acuerdo al cronograma de entrega que se anexa al presente contrato.
Efectuar los pagos correspondientes, en la forma establecida.
Llevar el control de todos los aspectos relacionados con el estado óptimo de calidad, cantidad y presentación de los bienes entregados.
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA PENALIDAD.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, aún cuando ésta sea parcial, LA EMPRESA se hará acreedora de una penalidad por xxxx cada día calendario de retraso injustificado, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto total del contrato, de conformidad al Artículo 222º del D.S. Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dicha penalidad por xxxx será deducida en el pago de las respectivas facturas por parte de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: HECHO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR.
En caso de Hecho Fortuito o de Fuerza Mayor el Proveedor deberá presentar el recurso pertinente ante LA MUNICIPALIDAD dentro de las 24 horas de sucedido el hecho, debidamente sustentado con prueba instrumental fehaciente. LA MUNICIPALIDAD, podrá no computar los días de incumplimiento y modificar el Cronograma de entregas, previa expedición del informe técnico suficientemente sustentado. De ser el caso, el no cómputo única y exclusivamente procederá a partir del día de la presentación del recurso, pudiendo acompañarse la documentación pertinente hasta cinco días calendarios después de la presentación del mismo. LA MUNICIPALIDAD por motivos justificados podrá ampliar este plazo.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: CLÁUSULA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Por deliberado y persistente incumplimiento por parte de LA EMPRESA, de las obligaciones asumidas por el presente contrato y a las disposiciones impartidas por LA MUNICIPALIDAD, en ejecución y de acuerdo con el presente contrato. La Dirección de Administración determinará el incumplimiento.
Por la cesión o transferencia parcial o total del objeto del contrato a terceros por parte de LA EMPRESA.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, indicada en la cláusula precedente.
En caso de incumplimiento en la ejecución del Contrato, se procederá a su resolución de pleno derecho, para lo cual sólo bastará el envío por LA MUNICIPALIDAD de una Carta Notarial sobre el particular, dicha Carta dará un plazo de quince días calendarios al postor para que cumpla con su obligación; en caso contrario se procederá automáticamente a la resolución del contrato.
La Resolución del contrato se produce sin perjuicio de la interposición de las acciones legales que resulten pertinentes, para el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran causarse a LA MUNICIPALIDAD.
Se podrá dar por finalizado el contrato en caso que desaparezca la necesidad institucional. No generado ello derecho alguno a favor de LA EMPRESA.
La entrega del producto de mala calidad no apta para el servicio.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.
Para todos los efectos del presente contrato, las partes contratantes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten expresamente a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Lima y señalan como sus domicilios los indicados en la introducción del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Cuando en la ejecución o interpretación del contrato surja entre las partes una discrepancia, esta será definida mediante el procedimiento de conciliación extrajudicial o arbitraje, según lo acuerden las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: CONDICIONES FINALES.
Forma parte integrante del presente contrato la Propuesta Técnica – Económica presentada por LA EMPRESA, para la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0014-2006-MPL-B.
En todo lo que no este previsto en el presente contrato son de aplicación las disposiciones de la Ley Nº 26850 y de los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, sus modificatorias y normas pertinentes del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato a los 30 días del mes xx Xxxx del 2006.
_____________________________ ____________________________
Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Gerente General Gerente Municipal
DIXISA S.A.C MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
CALENDARIO DE ENTREGA
PRODUCTO: PINTURA XXXX.
MES |
AÑO |
FECHA DE ENTREGA |
CANTIDAD |
COLOR |
FECHA DE EMISIÓN ORDEN DE COMPRA |
JUNIO |
2006 |
05/06/2006 |
15 |
BLANCO |
01/06/2006 |
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15 |
ROJO BANDERA |
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10 |
AMARILLO LIMÓN |
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15 |
XXXX XXXXXX |
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10 |
NEGRO |
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10 |
VERDE TONER |
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05 |
BASE XXXXXX |
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XXXXX |
2006 |
05/07/2006 |
15 |
BLANCO |
03/07/2006 |
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15 |
ROJO BANDERA |
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10 |
AMARILLO LIMÓN |
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15 |
XXXX XXXXXX |
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10 |
NEGRO |
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10 |
VERDE TONER |
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05 |
BASE BLANCO |
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SETIEMBRE |
2006 |
04/09/2006 |
15 |
BLANCO |
01/09/2006 |
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10 |
ROJO BANDERA |
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10 |
AMARILLO LIMÓN |
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10 |
XXXX XXXXXX |
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10 |
NEGRO |
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05 |
VERDE TONER |
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05 |
BASE BLANCO |
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NOVIEMBRE |
2006 |
06/11/2006 |
10 |
BLANCO |
02/11/2006 |
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10 |
ROJO BANDERA |
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10 |
AMARILLO LIMÓN |
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10 |
XXXX XXXXXX |
|
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10 |
NEGRO |
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05 |
VERDE TONER |
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05 |
BASE BLANCO |
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