Contract
Para efectos de Matrícula este documento, tendrá la connotación de SOLICITUD DE CONTRATO, una vez esté legalizado y aprobado la realización del servicio, se convertirá en CONTRATO.
Entre los suscritos Señor XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, mayor de edad vecino de Cali, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.107.078.885 domiciliado en Cali, en mi calidad de representante legal de la Empresa: Transportes Especiales Línea Dorada S.A.S., identificada con el NIT 805.019.975-1, quien en adelante se denominará LA EMPRESA TRANSPORTADORA y los Señores y mayor (es) de edad, identificado(s) como aparece al pie de su firma, hábil(es) para contratar y obligarse, obrando en su propio nombre y en su condición de padres o acudientes del (a) estudiante , quien en adelante y para todos los efectos de este contrato se denominará EL (LOS) CONTRATANTE (S), hemos acordado celebrar el presente CONTRATO regido por la legislación vigente y las siguientes cláusulas.
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. Las partes celebran el presente contrato para prestar el servicio de transporte escolar al estudiante desde y/o hasta la dirección que sea registrada por EL (LOS) CONTRATANTES, hacia y/o desde las instalaciones del COLEGIO ALEMAN – DEUTSCHE SCHULE, consistiendo entonces este transporte, en el recibo y entrega del estudiante en la puerta del vehículo escolar a la auxiliar de transporte de la empresa transportadora debidamente identificada y la entrega del estudiante a la persona autorizada por EL CONTRATANTE, conforme la información registrada en el presente contrato (Anexo 1) o a la solicitada por escrito. PARAGRAFO 1: La EMPRESA TRANSPORTADORA revisará la dirección del servicio, teniendo en cuenta que la ruta se habilita con un mínimo de 10 estudiantes por zona. Los sectores no incluidos por cobertura o de difícil acceso, serán estudiados y discutidos entre la familia y el coordinador de transporte para buscar la conveniencia y punto donde se prestará el servicio. La inscripción en esta solicitud no garantiza la prestación del mismo. PARAGRAFO 2: Las direcciones en callejones, cuadra de difícil acceso, serán revisadas por el personal de transporte y sugerir un punto común para la prestación del servicio, solicitando de parte de la familia y estudiante el llegar lo más cercano posible al vehículo. SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA- LA EMPRESA
TRANSPORTADORA deberá 1) Brindar el servicio de transporte escolar descrito en la cláusula primera del presente contrato, para lo cual que deberá acreditar en forma escrita el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto 348/2015, Decreto Reglamentario 1079/2015 y Decreto 431/2017 2) Garantizar que durante el recorrido los estudiantes se encuentren acompañados por dos adultos responsables, los cuales serán Conductor y Auxiliar de Transporte. 3) Que los Recorridos se efectuarán en la modalidad descrita en la cláusula primera, es decir, en la dirección registrada por EL (LOS) CONTRATANTES), excepto cuando sea difícil el acceso del vehículo por su tamaño (bus o buseta) en las unidades residenciales, calles sin salida o bombones, como se indicó en los parágrafos 1 y 2 de la cláusula anterior. TERCERA OBLIGACIONES DE LOS CONTRATANTES. LOS CONTRATANTES deberán 1) Pagar a la EMPRESA
TRANSPORTADORA en los términos y condiciones, los valores indicados en la cláusula séptima. 2) Entregar y recibir a los alumnos en la hora y sitio del domicilio registrado en el archivo de la Coordinación de Transporte. 3) Cumplir con los horarios asignados y en caso de no hacerlo, el transportador no está obligado a esperar al alumno (Manual de Servicio de Transporte). Cuando se presenta esta circunstancia será por cuenta y riesgo de LOS CONTRATANTES el traslado de su hijo o alumno a cargo al Colegio. 4) Informar por escrito a la Coordinación de Transporte del CONTRATISTA todo cambio de domicilio con cinco (5) días de anticipación para efectos de reasignación xx xxxx. 5) Informar previamente y por escrito, mediante autorización dirigida a la Coordinación de Transporte del CONTRATISTA cuando LOS CONTRATANTES acreditado recoja al alumno en su vehículo particular para llevarlo de regreso a su hogar. 6) Xxxx y acatar con su hijo o alumno a cargo las normas del Manual de Convivencia Del Colegio con el fin de tener un excelente comportamiento en el transporte escolar. 7) Informar al CONTRATISTA cualquier irregularidad o queja, en lo referente al servicio de transporte escolar, que tanto LOS CONTRATANTES como su hijo o alumno a cargo consideren necesarias. PARÁGRAFO. Por aspectos de seguridad, no se acepta por ningún motivo llevar de regreso al alumno a un sitio diferente al del domicilio que aparece registrado, a menos de que dé cumplimiento al numeral 4 de la presente cláusula y el CONTRATISTA le haya asignado ruta. 8) Según las que la Ley estipule y las que se deriven de las cláusulas de este contrato, serán obligaciones especiales de EL (LOS) CONTRATANTE(S) las que consten en el “Manual de Servicio de Transporte”, referente a lo establecido para “PADRES” CUARTA. OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE - El ESTUDIANTE deberá 1) Cumplir con los horarios asignados de iniciación y terminación de recorrido 2) Cumplir con las normas de disciplina establecidas en el Manual de Convivencia del periodo académico 2019-2020 del Colegio 3) Según las que la Ley estipule y las que se deriven de las cláusulas de este contrato, serán obligaciones especiales de EL (LOS) CONTRATANTE(S) las que consten en el Manual de Servicio de Transporte, referente a lo establecido para “ESTUDIANTES”. QUINTA. DERECHOS DE LOS CONTRATANTES - LOS CONTRATANTES tienen derecho a 1) que EL CONTRATISTA le dé información acerca de su hijo o alumno a cargo, en lo que corresponda al
servicio de transporte escolar. 2) Cambiar la dirección de domicilio inicialmente pactada, siempre y cuando cumpla con la obligación del numeral 4 de la cláusula tercera. 3) Presentar solicitudes, quejas o reclamos al CONTRATISTA en lo concerniente al servicio de transporte escolar. SEXTA: El horario aproximado y el sitio pactado para recoger y regresar al estudiante, serán determinados para cada caso. El horario podrá variar dependiendo de los ajustes necesarios para la óptima prestación del servicio. SEPTIMA: VALOR Y FORMA DE PAGO: De acuerdo con la zona y tarifa:
Tarifa 1 : SUR | Completo: $ 319.000 | Medio: N/A |
Tarifa 2: OESTE | Completo: $ 341.000 | Medio: N/A |
Tarifa 3: NORTE Y JAMUNDI | Completo: $ 363.000 | Medio: N/A |
EL CONTRATANTE se obliga a diez (10) pagos mensuales del valor por el servicio contratado, mediante recibo de pago codificado para cada usuario; completo o medio, dependiendo de la zona y tarifa; el inicio del servicio es a partir del 15 xx xxxxxx de 2019, las mensualidades serán canceladas dentro de los cinco (05) primeros días de cada mes, a partir del mes de Septiembre de 2019, sin interrupción y hasta el cumplimiento total de la obligación hasta el 30 xx Xxxxx de 2020. PARÁGRAFO 1: Para los estudiantes del grado 12 (doce), el contrato corresponde a nueve (09) pagos mensuales del valor por el servicio contratado, iniciando el 15 xx Xxxxxx de 2019 PARÁGRAFO 2: Será condición necesaria que EL (LOS) CONTRATANTE (S) cancele a la firma del presente documento, la mensualidad correspondiente al mes de Septiembre de 2019 o en su defecto, que dicho pago lo realice antes de iniciar la prestación del servicio al inicio del año escolar; por lo anterior, LA EMPRESA TRANSPORTADORA no estará obligada a prestar el servicio a quienes no hayan realizado el pago oportuno y con antelación a la fecha indicada. PARAGRAFO 3: En caso xx xxxx en el pago de una o varias cuotas, o en el caso de presentarse pagos con cheques no corrientes, EL (LOS) CONTRATANTE (S) pagará intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, liquidados sobre las cuotas mensuales pactadas y adeudadas, sin perjuicio de las acciones legales que LA EMPRESA TRANSPORTADORA pueda adelantar para el cobro judicial y/o extrajudicial de la obligación, los gastos y las costas de la cobranza, incluyendo los honorarios del abogado, a quien se confíe las gestiones de cobro, honorarios que en la etapa pre-jurídica serán del 12% liquidados sobre la totalidad del capital y de los intereses adeudados más el IVA, si hubiere lugar a este y en la etapa jurídica serán los liquidados por el juez que conozca del proceso, caso en el cual, estará a cargo exclusivo de EL CONTRATANTE. PARAGRAFO 4: Una vez la cuenta ingrese a cobro pre-jurídico, será cobrada y liquidada directamente por la firma encargada por LA EMPRESA TRANSPORTADORA para tal fin y solamente podrá salir de este estado cancelando la totalidad de lo adeudado; mientras la firma encargada, no expida un PAZ Y SALVO, cada mes vencido ingresará a cobro Pre-jurídico. PARAGRAFO 5: Las partes contratantes dentro de esta cláusula renuncian expresamente a los requerimientos de constitución en xxxx de la obligación, a los requerimientos judiciales y extrajudiciales. PARAGRAFO 6: Este contrato, presta mérito ejecutivo para las partes contratantes a partir de su firma.1 El contrato servirá como carta de instrucción para hacer efectivo el pagaré que hace parte del presente documento, art 622 Código de Comercio. PARAGRAFO 7: EL (LOS) CONTRATANTE (S), autoriza(n) a LA EMPRESA TRANSPORTADORA o a quien este determine, para que consulte, reporte, procese y divulgue a cualquier entidad del sector financiero y /o Comercial, que maneje base de datos con los mismos fines, entre ellas DATACREDITO, COVINOC, CIFIN. De igual manera EL CONTRATANTE(S) autoriza (n) expresamente aplicar los pagos que realicen en primer lugar a las sanciones establecidas contractualmente en el parágrafo 2 de esta cláusula y por último al valor del servicio de transporte (artículo 1.653 del CC). PARAGRAFO 8: EL (LOS) CONTRATANTE(S) para efectos de la información tributaria y contable del presente contrato, proporcionamos el nombre de __________________________, con cédula de ciudadanía No.
, a fin de que LA EMPRESA TRANSPORTADORA adelante los registros correspondientes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y demás autoridades estatales conforme a la ley. OCTAVA: SUSPENSIÓN SERVICIO DE TRANSPORTE: en adición al parágrafo 2, el incumplimiento de una ( 1 ) cuota en el pago del transporte, le dará derecho a LA EMPRESA TRANSPORTADORA de suspender el servicio hasta que se normalicen la(s) cuota(s) incumplidas. El no pago oportuno dentro del mes corriente, facultará a LA EMPRESA TRANSPORTADORA para realizar la suspensión del servicio el primer día hábil del mes siguiente. LA SUSPENSIÓN NO SIGNIFICA TERMINACIÓN DEL CONTRATO, el cual seguirá vigente hasta finalizar el año escolar. Una vez verificado el pago vencido LA EMPRESA TRANSPORTADORA tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para reactivar el servicio hasta tanto verifique el pago requerido e insoluto. NOVENA – DURACION: La duración del presente contrato será igual al término de duración del año lectivo Agosto15 de 2019 a junio a Junio 30 de 2020, aunque su ejecución será sucesiva por periodos mensuales (diez meses completos), excepto los alumnos que cursan grado 12, contrato que durará nueve meses. DECIMA – MODIFICACIONES: Las partes manifiestan que los términos y condiciones del presente contrato solo podrán modificarse mediante acuerdo entre ambas partes que conste por escrito. DECIMA PRIMERA- COORDINACIÓN: Para coordinar todos los aspectos relacionados con el desarrollo del contrato la EMPRESA TRANSPORTADORA designará como su representante un Coordinador de Transporte con sede en el colegio. DECIMA SEGUNDA – TERMINACION: Las partes podrán terminar el presente contrato
1 ART 422 CGP y artículos concordantes
unilateralmente con justa causa, previa notificación escrita a la otra parte con un mínimo de treinta (30) días. LA EMPRESA TRANSPORTADORA determinará si la terminación por parte DEL CONTRATANTE se denomina justa causa. Pese a la cancelación del contrato aprobada por LA EMPRESA TRANSPORTADORA, el CONTRANTANTE se obliga a cancelar las cuotas que estuvieran vencidas y pendientes como las multas y otros similares correspondientes. PARAGRAFO 1: Se entiende por una justa causa: certificación médica que solicite horarios especiales ó imposibilite la asistencia a la institución educativa, cambio de domicilio en donde la empresa transportadora no pueda prestar el servicio y/o cambio de situación económica previamente acreditada por una autoridad judicial y/o administrativa. DECIMA TERCERA – DOMICILIO CONTRACTUAL: Para los efectos legales que se deriven de la ejecución del presente contrato, las partes acuerdan que el domicilio para estos efectos es la ciudad de Santiago de Cali, Departamento xxx Xxxxx del Cauca. DECIMA CUARTA– NOTIFICACIONES JUDICIALES: Toda notificación o comunicación prevista en este contrato será por escrito y remitida mediante entrega personal en las siguientes direcciones: 1) TRANSPORTES ESPECIALES LINEA DORADA S.A.S.: En Cali, Carrera 85 A # 15 – 86 Barrio El Ingenio II y EL (LOS) CONTRATANTES en la dirección anotada al pie de su (s) firma (s).
En constancia de aceptación de las cláusulas anteriores, las Partes suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la ciudad de Cali, el día del mes del año 2019.
EMPRESA TRANSPORTADORA,
XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
En representación de Transportes Especiales Línea Dorada SAS NIT 805.019.975-1
LOS CONTRATANTES,
Firma del padre o acudiente Firma de la madre o acudiente
CC No. de CC No. de
Correo Electrónico: _ Correo Electrónico: Celular: _ Celular:
Dirección de domicilio _ Dirección de domicilio:
ANEXO 1
DATOS DEL TOMADOR DEL SERVICIO
(Nombres Completos)
El cambio de dirección durante la prestación del contrato estará sujeto a disponibilidad de la ruta y tendrá hasta 3 días hábiles para efectuarse.
SERVICIO COMPLETO MEDIO TRANSPORTE
Nombre del estudiante:
Grado: Edad: Tipo de Sangre:
EPS: Medicina Prepagada:
Alergias (medicamento)
Teléfono Casa: Celular de Padre, Madre o Acudiente:
Email del padre o acudiente para contacto:
Dirección donde se recoge al estudiante:
A.M. BARRIO
Nombre Unidad Residencial y Apto
Dirección donde se deja al estudiante:
P.M. BARRIO
Nombre Unidad Residencial y Apto
Persona autorizada para recibir al estudiante: C.C:
Fecha de Inicio del Contrato:
ENVIO DE COMUNICACIONES Y FACTURACION POR MEDIO ELECTRONICO. REPORTE DE PROXIMIDAD DE
RUTAS (GPS) & HABEAS DATA
Yo (nosotros) identificados como aparece al pie de
mi (nuestra) firma, por medio del presente documento autorizo (amos) a TRANSPORTES ESPECIALES LINEA DORADA S.A.S., para que me (nos) haga llegar por medio electrónico la facturación correspondiente al Servicio de Transporte Escolar. Así mismo para que se me contacte a través del mismo correo electrónico y mediante mensaje de texto, de las eventualidades, requerimientos, reporte de proximidad de rutas y demás comunicaciones, durante la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios de Transporte Escolarsuscrito.
Para efectos de HABEAS DATA, EL CONTRATANTE autoriza al uso de su información personal en virtud de la Ley Estatutaria 1581/12.
Firma del Padre o Acudiente Firma de la Madre o Acudiente
PAGARE No.
VALOR: ($ )
Yo (nosotros) , mayor (es) de edad, identificado
(s) conforme aparece al pie de la respectiva(s) firma(s), declaro (xxxx) que:
PRIMERA. OBJETO: Que por virtud del presente título valor, pagaré (mos) solidaria e incondicionalmente, a la orden de TRANSPORTES ESPECIALES LINEA DORADA S.A.S. o a quién represente sus derechos, en Cali en la Carrera 85 A # 15 – 86 Barrio El Ingenio II, la suma por valor de . ($ ) más la sanción señalados en la cláusula tercera del contrato.
SEGUNDA. INTERESES: Que sobre la suma debida reconoceré (mos) intereses moratorios a la tasa máxima legal autorizada.
TERCERA. CLAUSULA ACELERATORIA: El tenedor podrá declarar el vencimiento de la obligación y exigir su pago inmediato ya sea judicial o extrajudicialmente, cuando el deudor entre en xxxx o incumpla una cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato de prestación de servicio de transporte firmado entre las mismas partes.
En constancia de lo anterior, se suscribe este documento el día : ( ) del mes de de 20 .
Firma del Padre o Acudiente
CC No de
Dirección Residencia Teléfono Celular Correo: _
Firma de la Madre o Acudiente
CC No de
Dirección Residencia Teléfono Celular Correo: _